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Librepensador solicita excomunión
Por P.Flecha -
Thursday, Jul. 24, 2003 at 4:14 AM
pedroflecha@yahoo.com
Miguel Guerra, un joven librepensador peruano junto con PROLIBCO ha solicitado notarialmente que... ¡lo excomulguen!.
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Lima , 21 de julio, 2003
Señor Ingeniero Juan Luis Cipriani Thorne Arzobispo de Lima Palacio Arzobispal Plaza Mayor S/N Lima.-
Señor:
MIGUEL ALEJANDRO GUERRA LEÓN, ciudadano peruano, identificado con DNI
N° 41123987 señalando domicilio procesal en Parque Orquídeas 175 Pueblo Libre Lima, siendo mayor de edad, en pleno uso de mis facultades civiles y políticas, así como, de los derechos que me asignan tanto, el Artículo 2°, inciso 3°, de la Constitución Política
del Perú como, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos, muy especialmente, el Artículo 18° de la Declaración Universal de Derechos Humanos, el Artículo 3° de la Declaración Americana, el Artículo 18°, incisos 1°,2°, 3° y 4° y el Artículo 27° del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Artículo 12°, incisos 1°,2°, 3° y 4° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, ante usted me presento y digo:
Que, no existiendo en el Código de Derecho Canónico CIC procedimiento
establecido para la tramitación del presente escrito, lo dirijo a usted, como obispo diocesano, por las siguientes consideraciones:
a.- Que, el canon 393 del CIC dispone que: "El Obispo diocesano representa a la diócesis en todos los negocios jurídicos de la misma"
b.- Que, el canon 383.1, CIC establece que: "Al ejercer su función pastoral, el Obispo diocesano debe mostrarse solícito con todos los fieles que se le confían (...), así como con quienes se hayan apartado de la práctica de la religión".
Que, he sido bautizado en la fe católica, durante mi minoría de edad,
en la parroquia de San Pedro (distrito de ancon, provincia de lima) en la ciudad de Lima como resultado de una decisión tomada por mis ascendientes, debido a la presión ideológica ejercida por la Iglesia Católica, por el Estado y/o la sociedad, asumiendo de plano cuáles deberían ser mis convicciones morales y religiosas, por tanto negándome, la plena libertad para emitir un juicio personal libre y soberano, en uso de mi criterio de conciencia.
Que, tras haber debidamente meditado suficientes años, haciendo uso de mi inalienable derecho a la libertad de conciencia y a mi capacidad de razonamiento crítico, sobre el significado de mi adscripción a la fe católica y, por consiguiente, viéndome sometido a
su autoridad y más aun, a su público y palmario doble sentido de ética y moral.
Que, en razón de mi profundo convencimiento que la fidelidad a la propia conciencia es un derecho constitucional reconocido en el Artículo 2°, inciso 3° de la Constitución Política del Perú, a la cual está sometida toda, persona, entidad pública o privada establecida dentro del territorio de la República.
Que, en la presente declaración jurada, legalizada mi firma por Notario Público, haciendo ejercicio del derecho de mi capacidad de juicio liberal y democrático, deseo expresar en absoluta libertad- mi
contradicción con la adscripción a una entidad, que no respeta la opinión de otros credos y por ende, caracterizada por su dogmatismo.
Por lo expuesto, rechazando totalmente la fe cristiana y, precisamente la católica, me considero incurso en apostasía y cisma, tal y como se definen en el canon 751 del Codex Iuris Canonici, cuyo tenor a letra cito: "Se llama herejía la negación pertinaz, después de haber recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe
divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; apostasía es el
rechazo total de fe cristiana; cisma, el rechazo a la autoridad del sumo pontífice o de la comunión con los miembros de la iglesia a él sometidos".
POR TANTO, A USTED SOLICITO:
1º Mi exclusión a todos los efectos, incluso los estadísticos, del registro de personas bautizadas en la fe católica y el reconocimiento
del acto de apostasía y cisma que por esta declaración expreso, por voluntad y convicción propias y haciendo uso del legítimo derecho a disponer libremente de las convicciones morales, éticas y religiosas que considero convenientes.
2º Dicte, las órdenes pertinentes, para que se me haga llegar el decreto arzobispal que acoja la presente solicitud de Apostasía y Cisma, debidamente legalizado, donde se haga constar, mi voluntad de abdicar de la fe católica y mi negativa a que los datos personales facilitados cuando se me bautizó, sean utilizados sin mi consentimiento expreso de cualquier forma por persona o autoridad perteneciente directa o indirectamente a su colectivo religioso, acogiéndome al amparo de lo dispuesto en la Ley de Hábeas Data en el Perú.
Sin otro particular lo saluda, Atentamente,
MIGUEL ALEJANDRO GUERRA LEÓN DNI N° 41123987
Si quiere que lo excomulguen visite http://www.excomunion.tk Ahí están las instrucciones para cualquier país o escríbanle a Miguel a excomunion2003@hotmail.com
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