EXPTE.N°3696/D/04
DIP.COFIRMANTES: Ferreyra, Jarque, Polino, Roselli,
Walsh, Lozano
PROYECTO DE DECLARACIÓN
La Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
DECLARA
Su
preocupación por la situación por la que atraviesa la familia Casiano,
perteneciente al pueblo Mapuche, que encuentra usurpado su territorio
tradicional reconocido por la disposición del Consejo de Desarrollo de
Comunidades Indígenas (CODECI) N° 13/03, del 14 de abril de 2003, ubicado en
parte de los lotes 41 y 60 de la sección VII y 50 y 51 de la Sección VIII del
Departamento 25 de Mayo, Provincia de Río Negro.
Asimismo,
esta Cámara solicita a la Fiscalía de Estado interviniente en el Expediente N° 17201-F-03, se investiguen los hechos denunciados en el marco de
la facultad que le confiere la Ley Provincial Integral del Indígena N° 2287,
para que inicie las actuaciones legales que correspondan y promueva la
reparación de sus consecuencias, conforme a la protección especial ordenada por
el Convenio Nº 169 de la OIT, sobre los Pueblos Indígenas y Tribales, en sus
artículos 17.3 y 18 y de acuerdo con lo establecido por la Constitución
Nacional en su artículo 75, inciso 17.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Se puede decir que los pueblos
indígenas de nuestros país se han visto siempre marginados y postergados. Desde
el surgimiento del Estado Nacional se vieron perseguidos y expulsados de sus
tierras. En realidad, son las víctimas de un genocidio social y cultural.
Una sumatoria de negligencias
y complicidades de diversas autoridades,
nacionales y provinciales, con los intereses económicos privados, han
logrado que durante décadas las poblaciones indígenas se vieran excluidas de
los derechos sociales.
Una vez más, esta historia
se repite en la Provincia de Río Negro, donde la familia Casiano, perteneciente
al Pueblo Mapuche, se ve impedida de poder vivir en sus tierras, ubicadas en
parte de los lotes 41 y 60 de la Sección VII, y 50 y 51 de la Sección VIII, del
Departamento de 25 de Mayo.
Desde la década del
cincuenta, los miembros de la familia Casiano vienen siendo estafados, robados
y usurpados por habitantes de la localidad de Ingeniero Jacobacci, que han
codiciado sus tierras. Y todo ello se concreta bajo el amparo del Gobierno provincial
y la Policía local que se niegan a intervenir.
La existencia de todo un
sistema de impunidad y la dificultad de los sectores excluidos para poder
acceder a la justicia, hacen que se perpetúe la situación de discriminación
social de larga data. A pesar de existir pruebas relevantes del derecho
legítimo de parte de la familia Casiano como propietarios de sus tierras.
En el libro de la Comisión
Inspectora de Río Negro, tomo XIV, 1919-1920, consta que –ya desde 1890– los
Casiano residían en la zona de Quetrequile. Asimismo, en el libro de la
Dirección de Tierras, Inspección General de la Zona de Fomento, Sección VII,
Tomo 427, se consigna que en 1926, por resolución del 6 de marzo y por resolución del 24 de junio, se otorgó permiso de
ocupación.
Además, en el año 1930 el
Ministerio de Agricultura de la Nación –en el expediente administrativo nº
104.343/30– reconoce la legitimidad en la ocupación de las tierras por esta
familia mapuche. Finalmente, la ley provincial nº 2.287, vigente desde 1988, conocida
como Ley Integral del Indígena, reconoce a los habitantes originarios el
derecho a la tierra.
La Fiscalía de Estado, por
impulso del Consejo de Desarrollo de las Comunidades Indígenas (CODECI), debe
velar por el cumplimiento de la ley 2.287. Por tal motivo, en el año 1999, la
Dirección de Tierras de la Provincia ordeno el desalojo de quienes usurpaban
las tierras de la familia Casiano.
Sin embargo, la situación
siguió sin resolverse. Tanto es así, que durante los años 2002 y 2003
decidieron nuevamente denunciar el despojo del que son victimas ante la
CODECI. Hasta el día de la fecha, no
han recibido respuesta de los organismos del Estado responsables de la
aplicación de la Ley Integral del Indígena sobre sus reclamos territoriales.
Por el contrario, sus dilaciones, imprudencias, irresponsabilidades y
negligencias obstaculizan su progreso; todo
esto, sumado a la “desaparición” de la Resolución de la Dirección de
Tierras que ordenó en 1990 el desalojo de los usurpadores de las tierras
tradicionales de la familia Casiano con fundamento en los legítimos derechos de
esta familia mapuche.
Considerando la necesidad
de poner fin de una vez por todas a las injusticias que nuestros pueblos
originarios vienen padeciendo desde hace más de un siglo, todos los responsables
de las decisiones políticas, en cualquiera de los niveles del Estado, debemos
buscar el modo de hacer respetar el derecho de estos pueblos, históricamente castigados, a vivir en su
territorios tradicionales.
Por todo lo expuesto, se
solicita a los legisladores la aprobación del presente proyecto de declaración.