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Rosario: denuncian torturas a menores en comisarías
Por Coordinadora de Trabajo Carcelario - Sunday, Jul. 11, 2004 at 6:22 PM

La Coordinadora de Trabajo Carcelario de Rosario denuncia aplicación de tormento a menores alojados en dos comisarías

http://www.tercermundonline.com.ar/index.php?option=news&task=viewarticle&sid=2341
http://www.rosario-12.com.ar ( 9 de julio 2004 )
http://www.lacapital.com.ar/2004/07/09/policiales/noticia_114938.shtml


Escrito presentado a partir de tomar conocimiento de la situación de los menores trasladados de la comisaría 21 y algunos de los que permanecen en la comisaría 6 y 11.

La ctc preocupada por el estado de abandono de muchos de los chicos detenidos en comisarías, y consecuente con las denuncias y reclamos de estos últimos 10 años volvimos a hacer otra denuncia judicial.


Señora
Agente Fiscal
Dra. Graciela Argüelles
S. / D.
De nuestra consideración:
LILIAN ECHEGOY, CARMEN MARIA MAIDAGAN, ANTONIO TESOLINI, FEDERICO GARAT, integrantes
de la COORDINADORA DE TRABAJO CARCELARIO, nos dirigimos a la Sra. Agente Fiscal,
dentro del Habeas hábeas seguido a favor de los menores detenidos en Comisarías, a
fin de elevar informe efectuado por nuestra organización y efectuar algunas
consideraciones con relación al cumplimiento de lo ordenado en el tramite judicial.
1. INFORME
El 5 de julio visitamos las comisarías 11 y 6. Atento a que había menores
trasladados de la comisaría 21 después del motín del sábado. A la misma nos
acompañó el asesor médico de CTC, Dr. Damián Lavarello.
COMISARÍA 11
Origen del motín:
Los menores refieren que ante una situación de pedido de traslado por parte de uno
de los menores, que como forma de protesta se había cocido la boca y de otro
interno que también solicitaba traslado, es sacado del penal uno de los chicos al
que el personal policial le dice que va a ser trasladado a Las Flores, Santa Fe, al
negarse al traslado se genera una situación de violencia. Los demás comienzan el
reclamo para que sea reintegrado al penal y ante la negativa policial, se genera
el motín en solidaridad con el menor que estaba siendo golpeado.
Explican que estando en suelo, esposados y de espalda fueron golpeados por el
personal con cables de teléfono y mojados con agua fría mientras le gritaban esta es
la pasión de Cristo.
El médico de la C.T.C., Dr. Lavarello constató
L, presenta varias lesiones escoriadas contusas en piel y partes blandas de10 y 15
centímetros de longitud en forma de lonjas en la espalda, de color violáceo.
Alejandro Rojas: hematoma de 8 cm. de diámetro en la región lumbar.
M: lesiones escoriadas y contusas en piel y partes blandas de 10 a 15 centímetro de
longitud en la parte superior de la espalda y en región lumbar, refiere orinar
sangre en forma abundante el día anterior a nuestra visita y en la fecha en menor
cantidad. Puño percusión renal positiva del lado derecho
L lesiones escoriadas y contusas en piel y partes blandas de 10 a 15 centímetros en
forma de lonja en toda la espalda.
J tumefacción del codo derecho.
R lesiones escoriadas y contusas en piel y partes blandas de 10 a 15 centímetro en
forma de lonja en la espalda.
Todas las lesiones presentan una notable similitud que expresa claramente que han
sido producidas de una manera sistemática con una practica estándar
Encontramos con un chico de 14 años a cargo del Dr. Saldarriaga que necesita
atención siquiátrica y debe ser trasladado de la comisaría 11. Esto fue informado al
Dr. Cartele el día martes 6. El miércoles 7 pedimos una entrevista con el Dr.
Saldarriaga explicando la urgencia del caso, no obstante se negó a recibirnos.
COMISARIA 6
Refieren los internos lo mismo que en la comisaría 11, en cuanto a la represión. Nos
manifiestan que Gustavo Dominguez al que no vimos por estar en Fray Luis Beltrán ,
estaba muy golpeado.
L tenía lesiones escoriadas y contusas en piel y partes blandas en frente, espalda,
mano y ojo derechos.
J lesiones escoriadas y contusas en piel y partes blandas de 10 a 15 centímetros de
longitud en la espalda.
Los menores que estaban en la sexta y los que fueron trasladados de la 21,
refieren que la guardia del domingo los volvió a sacar de los penales cuando estaban
durmiendo, los golpearon y los insultaron.
En la entrevista que tuvimos con el Juez en turno al momento del hecho, Dr. Cartele
y con personal del juzgado, nos informaron que algunos menores habían sido
trasladados al Hospital Centenario y al Roque Saenz Peña, a estos internos no
pudimos verlos porque habían sido trasladados a otras comisarías.
Es preocupante que había dos mayores conviviendo con los menores.
2.- CONSIDERACIONES
Que hemos tomado conocimiento que la Dirección del menor en conflicto con la ley
penal ha acompañado , un informe sobre las obras de ampliación del IRAR que se
encuentran efectuando.
Que entendemos que la orden judicial dictada en julio de 2002 abarca a todos los
menores detenidos en Comisarías que asciende aproximadamente a 70, en consecuencia
mal puede entenderse que ha de cumplirse con la misma si las obras proyectadas
prevén solamente 25 plazas y los plazos se encuentran largamente vencidos.
Por otra parte de una rápida lectura del informe, surge que la construcción que se
esta realizando no cumple con las reglas mínimas establecidas por Naciones Unidas, a
modo de ejemplo, se están construyendo celdas para alojar a 3 internos cuando
conforme dichas reglas las mismas deben ser individuales, sin perjuicio de ser
reiterativos transcribimos las mismas:
Locales destinados a los reclusos: 9.1. Las celdas o cuartos destinados al
aislamiento nocturno no deberán ser ocupados más que por un solo recluso. Si por
razones especiales, tales como el exceso temporal de población carcelaria, resultara
indispensable que la administración penitenciaria central hiciera excepciones a esta
regla, se deberá evitar que se alojen dos reclusos en cada celda o cuarto
individual.
10. Los locales destinados a los reclusos y especialmente aquellos que se destinan
al alojamiento de los reclusos durante la noche, deberán satisfacer las exigencias
de higiene, habida cuenta del clima, particularmente en lo que concierne al volumen
de aire, superficie mínima, alumbrado, calefacción y ventilación.
Que por lo expuesto solicitamos se tenga por no cumplida la orden judicial,
remitiendo los antecedente al Juzgado penal correspondiente y se intime al Sr.
Ministro de Gobierno a fin que proceda a desalojar a los menores de Comisarías
alojándolos en lugares adecuados, y aplique astreinte (art. 666) por cada día de
demora en cumplir la orden judicial
CONCLUSIONES
A- Se sostiene y agrava la situación de los menores en comisarías.
B- El estado de los penales, la falta de sol en la comisaría 11 no respeta ni las
reglas mínimas para el tratamiento de los reclusos de Naciones Unidas que fueron
aprobadas hace 50 años.
C- No tienen ningún tipo de actividad recreativa o educativa.
D- No hay colchones ni siquiera para la mitad.
E- La comida y el pan son escasos, manifestaron tener hambre, no tenían pava ni
recipiente para calentar agua.
F- Los lugares son húmedos, y oscuros, en la comisaría 11 no tienen luz solar y
los desagües están tapados
G-Es gravísima la cantidad de menores fuertemente golpeados, aunque, a los más
graves no pudimos verlos porque fueron trasladados a otras comisarías.
H-Que los golpes en la espalda que tienen casi todos los chicos ratifican que
fueron golpeados mientras estaban en el suelo, esposados y de espalda.
I-Como lo muestran las fotos muchos chicos se encuentran casi sin ropa, sin calzado
y extremadamente delgados. Hecho que resulta más grave dada la baja temperatura
estacional.

En consecuencia

I- Es altamente preocupante que ninguno de los jueces de menores se haya constituido
en las comisarías donde estaban alojados los menores trasladados.
II- Se reitera la problemática de la salud. La atención médica y siquiátrica es
deficiente o nula.
III- Los hechos descriptos configuran una clara violación a los derechos humanos
fundamentales y a toda la legislación vigente en materia de trato a los reclusos y a
los pactos internacionales de derechos humanos.
IV- Se de intervención al Sr. Fiscal en turno a fin que investigue la posible
comisión del delito de apremios ilegales contra los menores que se encontraban
alojados en la comisaría 21.-
V- Solicite al Sr. Juez interviniente que tenga por no cumplida la sentencia dictada
en autos, actuando en consecuencia y que fije astreintes por cada día de demora en
el cumplimiento de la orden judicial.-
Sin otro particular, Saludamos a Ud. atentamente
OTROSIDECIMOS: Que acompañamos al presente tomas fotográficas de las lesiones
ocasionadas a los menores


CTC ZEBALLOS 1410. te 4450082

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