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Errores y horrores: La justicia federal rosarina y los crímenes del terrorismo de Estado
Por Postales del Sur - Carlos del Frade - Wednesday, Aug. 11, 2004 at 5:53 PM

La declaración de falta de mérito para los oficiales que tenían a su cargo las responsabilidades operativas de lo que sucedía en las fábricas militares de Rosario y Fray Luis Beltrán; el vertiginoso paso de Luciano Jáuregui por los tribunales y la inexistente presentación de los fiscales rosarinos para declarar la inconstitucionalidad del indulto menemista que dejó impune a Ramón Genaro Díaz Bessone; parecen remitir a un profundo desconocimiento de lo ya actuado y probado y, lo peor, pueden convertirse en antecedentes de una nueva construcción de impunidad.

Todo esto en medio de una cuestionable distancia que tomó el movimiento social rosarino con respecto a lo que sucede en los tribunales de bulevar Oroño. Hay que recordar y repetir que este proceso judicial es hijo directo de otros que se iniciaron apenas arrancó la democracia y que tiene en la sentencia del juicio a las juntas de la dictadura un antecedente de cosa juzgada que, parece, no es tenido en cuenta por los actuales funcionarios de los tribunales y cámara federales de la ciudad.

Hechos históricos y judiciales

La Cámara Federal de la Capital Federal dictó sentencia sobre los crímenes del terrorismo de estado entre el 24 de marzo de 1976 y el 18 de agosto de 1982. Fue el juicio a las juntas militares y desde entonces hasta el presente se dieron por probados los hechos denunciados ante la Comisión Nacional de Desaparición de Personas.

En la provincia de Santa Fe se comprobaron 668 casos de privaciones ilegítimas de la libertad.

Por lo tanto resulta inadmisible que la actual ronda de juicios penales que se lleva adelante en los tribunales federales rosarinos exija a los sobrevivientes recomponer las pruebas de algo ya definitivamente probado y corroborado.

Después de la anulación de las leyes de punto final y obediencia debida, los actuales procesos judiciales son una continuidad de lo actuado en los primeros años de la democracia, no un empezar de nuevo.

“Se ha demostrado que, pese a contar los comandantes de las Fuerzas Armadas que tomaron el poder el 24 de marzo de 1976, con todos los instrumentos legales y los medios para llevar a cabo la represión de modo lícito, sin desmedro de la eficacia, optaron por la puesta en marcha de procedimientos clandestinos ilegales sobre la base de órdenes que, en el ámbito de cada uno de sus respectivos comandos, impartieron los enjuiciados”, dice aquella sentencia que tiene la fuerza de cosa juzgada.

“Se ha acreditado así que no hubo comando conjunto y que ninguno de los comandantes se subordinó a persona u organismo alguno”, agrega el escrito.

Y en el punto 30 de la sentencia se decía que “se ponga en conocimiento del Consejo Supremo de las Fuerzas Armadas el contenido de esta sentencia y cuantas piezas de la causa sean pertinentes, a los efectos del enjuiciamiento de los oficiales superiores que ocuparon los comandos de zona y subzonas de defensa, durante la lucha contra la subversión y de todos aquellos que tuvieron responsabilidad operativa en las acciones”, sostenía.

Falta de qué, entonces, doctor Digerónimo

A la luz de estos hechos jurídicamente resueltos como cosa juzgada, resulta incomprensible que el juzgado federal de Omar Digerónimo haya dictado la falta de mérito para Jordana Testoni, Rubén Cervera y Horacio Maderna, como titulares de las Fábricas de Armas “Domingo Matheu”, de Rosario y Fray Luis Beltrán, respectivamente. En las instalaciones rosarinas se probó la existencia de un centro clandestino de detención, tal como lo prueban los expedientes de la CONADEP dados por ciertos por la Cámara Federal de la Capital Federal en diciembre de 1985. Y en el caso de la fábrica de Fray Luis Beltrán, se han dado por ciertos los casos de desaparición de Hugo Parente y Carlos Prat.

Y los tres oficiales tenían “responsabilidad operativa en las acciones”.

La declaración de falta de mérito supone la nulidad de lo sentenciado en 1985 y la total ignorancia de sus alcances.

Además resulta llamativo que el ex general Luciano Adolfo Jáuregui no haya permanecido más de dos horas declarando ante el juez cuando debió contestar sobre las distintas etapas en las cuales tuvo evidente “responsabilidad operativa en las acciones”.

Jáuregui fue segundo comandante del Segundo Cuerpo de Ejército, con asiento en Rosario y jurisdicción en las provincias de Santa Fe, Chaco, Misiones, Formosa, Corrientes y Entre Ríos, entre diciembre de 1977 y febrero de 1979.

Y desde el 8 de febrero de aquel año, asumió como primer comandante del Segundo Cuerpo, hasta el 9 de diciembre de 1980.

Durante su administración se constataron trece casos de desapariciones: Antonio Tono, Luis de Córdoba, Alberto Brainin, Jorge Adur, Eduardo Escabosa, Carlos Marcon, Lorenzo Viñas, Angela Salomone, Mateo Matutinovich, Ramón Osuna, Alfredo Cortez, Cristina Fiori y Margarita Viñas.

Aunque Jáuregui sufre detención domiciliaria por su participación en los casos de secuestros y posterior desaparición y muerte de los militantes montoneros que protagonizaron la llamada contraofensiva, es necesario destacar que era el comandante del Segundo Cuerpo de Ejército. Por lo tanto debe explicar su “responsabilidad operativa en las acciones”.

Tampoco tiene lógica la demora de los actuales fiscales federales rosarinos que hasta el momento no presentaron una declaración de inconstitucionalidad de los indultos menemistas, como ha ocurrido en otras regiones del país, para que preste declaración el armador de todo el mecanismo terrorista en el Segundo Cuerpo de Ejército que fue Ramón Genaro Díaz Bessone, titular de la unidad entre setiembre de 1975 y octubre de 1976, cuando fue reemplazado por Leopoldo Galtieri.

La propia Cámara Federal de Apelaciones de la justicia rosarina lo acusó de 69 delitos de lesa humanidad en esos años.

Por eso resulta extraño que la mencionada Cámara Federal no comparta los hechos ya probados sobre el terrorismo en la zona del Gran Rosario con el juez que lleva adelante esta etapa del proceso penal contra los represores.

El dolor de los sobrevivientes

De manera simultánea a este discurrir de la justicia federal, decenas de familiares sobrevivientes realizan investigaciones por su cuenta con un costo material y espiritual al que nadie parece prestarle atención desde los distintos nichos estatales.

Lloran de impotencia, buscan en círculos y van de un lado para otro sabiendo que están solos.

No solamente cargan con el dolor de la desaparición de un ser querido y con la angustia de haber sido mutilados en lugares que todavía no se sabe dónde estaban, sino que enfrentan la escasa voluntad política en hacer justicia.

Como si todo esto fuera poco, el movimiento social y político rosarino parece haberse desatendido de la suerte del juicio penal.

Y sin presión política, la evolución de las causas, bajo estos misteriosos criterios que ignoran todo lo ya actuado y probado, es incierta y preocupante.

Estos errores judiciales, derivados del desconocimiento de todo lo actuado desde 1983 a la fecha, hace que los actuales sobrevivientes y abogados que los representan, se vean obligados a probar hechos que ya fueron dados por ciertos.

Mientras tanto el tiempo avanza y al no darse por válidos las denuncias que existen en la CONADEP, aparecen los dictámenes de falta de mérito y el paso raudo por los tribunales de los grandes responsables del genocidio perpetrado en la zona del litoral argentino.

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