Julio López
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Los lápices continúan dibujando!
Por indy La Plata (((i))) - Friday, Sep. 17, 2004 at 3:50 AM
cmilaplata@riseup.com

editorial

Se cumplen 28 años del secuestro, tortura y desaparición de siete jovenes estudiantes secundarios de La Plata. Ellos junto a muchos otros, peleaban contra la opresión de la dictadura de aquellos años y por construir una sociedad nueva.

Nuevamente en la movilización del 16 se demostró que los lápices siguen escribiendo en las multiples luchas que se emprenden: desde los secundarios hasta las madres e HIJOS, de las movimientos de desocupados hasta los universitarios, desde los sindicatos docentes hasta las organizaciones de Derechos Humanos. Todos congregados para dedir ¡presente!, ni olvido ni perdón!, para recordar a los compañeros caidos y para insistir en que la memoria está en la continuidad de la lucha popular. La lucha por el cambio social.

Participaron la Coordinadora de Estudiantes Secundarios (CES), el centro de estudiantes del Colegio Vergara, la agrupación HIJOS La Plata, los familiares de Detenidos Desaparecidos, las Madres de Plaza de Mayo - La Plata, la Asociación Miguel Bru y su presidenta Rosa Schonfeld, Pablo Díaz –único sobreviviente de los secuestros de 16 de septiembre del 76’-, familiares de victimas del Gatillo Fácil -como la mamá de Sebastián Bordón-, el SUTEBA La Plata, las agrupaciones de estudiantes secundarios No Pasarán, Seguimos en Pie, UJS, Octubre y MUS. Los centros de estudiantes del Liceo, Normal 3, el Nacional, Bellas Artes y muchísimos estudiantes secundarios de otras escuelas y docentes.

Las agrupaciones universitarias: Copa Estudiantil (Aule, Muece, Cambiun, Idea), M-31, CAUCE, MIU de Derecho, E.co., Miles (Harldo Conti, Utopia), En Clave Roja, Venceremos, MUI (Movimiento Universitario de Izquierda), Aguanegra, Praxis, CEPA-Unite, Rodolfo Walsh, la Federación Universitaria (FULP), los centros de estudiantes de Ciencias Exactas, Naturales, Trabajo Social. Y las organizaciones sociales y políticas: La Chispa, MUP, AUCA, MST en IU, PTS, PC, Liga Socialista Revolucionaria, Partido Obrero, Las Azucenas, Agrupación Martín Fierro, ARI, Agrupación Claudia Falcón, Juventud Guevarista.

En el acto en el Ministerio de Obras publicas hablaron representantes de la FULP, el CEPRODH, estudiantes del Colegio Vergara, Vanina Kosteki, la madre del Sebastián Bordón -joven asesinado por la policía mendocina- que le hizo una fuerte critica a las políticas de criminalización del gobierno y a las exigencias de Blumberg para terminar con la inseguridad.
Se hicieron lecturas de las adhesiones al acto y luego se leyó el documento de la CES. La jornada terminó con la música de las bandas Trip y Neguza Negas.

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Diálogo con Ana, estudiante secundaria de 2º año del Colegio Vergara:

¿qué ocurrió en el Vergara?

“Querían abrir el ISER -Instituto Superior de Enseñanza de Radiodifusión-, quería venir a ocupar el subsuelo de nuestro colegio, ahora no está ocupado, no hay alumno, pero nosotros teníamos proyectos para hacer ahí, la cosa es que cuando hablamos con los directivos de hacer esos proyectos, ahí nos enteramos que no podíamos hacerlos porque iba a venir un instituto, y la directora había firmando el contrato con el ISER. Y lo que hicimos fue tomar el colegio para que no venga, nos contactamos con un montón de gente, ahora esta todo frenado, el colegio está intervenido -por la justicia- o sea que de aquí hay que esperar un tiempo para ver qué pasa. Tuvimos dos tomas y la última fue el 27 de agosto. También fuimos a hablar a la torre 1 con Marioni -responsable del ISER- que nos dijo que el ISER no nos podía decir nada. Ahi entramos los chicos del centro de estudiantes y ella nos dijo que “hay que esperar hasta que se normalice todo”, esa es la respuesta que nos dio".

¿Cómo se organizan?

"En el centro de estudiantes, hacemos asambleas con los chicos, tenemos mucho apoyo aparte de la gente… varios somos. El centro surgió este año, este año empezó a funcionar."


cómo van a continuan peleando...

“Ellos nos dijeron que esperemos pero el ISER a mi colegio no va a ir y el centro de estudiantes va a desarrollar los proyectos que quiere y el subsuelo va a ser ocupado por nosotros y no por el ISER. No es que estamos en contra de los chicos del ISER, nosotros queremos que ellos tengan su propio lugar” También queremos las aulas para nosotros, para que allá más gente, porque nosotros en el turno de la tarde no son muchos, pero en el turno mañana somos 35 monos en un curso y no entramos, no hay lugar a la mañana.”

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guarda con la tendencia
Por tincho - Saturday, Sep. 18, 2004 at 5:02 PM

Che muchachos, seamos un poquito mas cuidadosos: tengo entendido que ademas de los centros de estudiantes de exactas, naturales y trabajo social, estuvieron tambien los de humanidades,periodismo, ingenieria, agronomia, medicina...y no solo no los nombramos, sino que ponemos primero las agrupaciones, para recien despues mencionar los centros DE TODOS LOS ESTUDIANTES !!!. Somos muy cuidadosos de discrminar que agrupaciones componen la COPA estudiantil o el MILES (cosa que no me parece para nada mal, es mas, me parece bien) pero no tanto para aclarar quienes componen el MUI (que no se llama en todos las facultades de la misma manera) o la misma CEPA (que no en todos lados se llama Unite).
En el turno de las organizaciones sociales y politicas tampoco nos molestamos en mencionar a la JCR (para que??? si casi no tiene incidencia en el movimiento estudiantil; simplemente desde la CEPA motoriza la conduccion de cinco centros de estudiantes y en conjunto con el MUI, MST Y AGUANEGRA conduce la Federacion Universitaria de La Plata, UNA PAVADA!!)
Tampoco se hace referencia al Partido Socialista que tambien estuvo.
Parece ser que a muchos compañeros de lucha se les hace cuesta arriba resolver el problema de la tendencializacion de los organismos de masas (un problema en el que todos tenemos cosas para mejorar) y que se les hace muy dificil reconocer en los papeles el trabajo y los logros concretos realizado por ciertas agrupaciones y organizaciones politicas.
Porque la unidad debe ir seguida de la critica, invito a los compañeros de Indy La Plata a reflexionar y a luchar por ser menos subjetivos a la hora de contar la realidad a los demas. Un abrazo.

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Viva la subjetividad!!!!
Por matiasLP - Sunday, Sep. 19, 2004 at 12:15 AM

- gracias al compañero por aclarar las omisiones que sin querer se hicieron en la editorial, ahora veras que las hemos modificado para mostrar a todos/as los que participamos de la marcha del 16 de septiembre

- Con respecto a la "tendencionalización" en la que caeriamos, de por ejemplo, en los centros de estudiantes es una pavada lo que vos decis, porque si bien si se pasaron varios centros en la primera editorial, no hay desviación hacia alguna tendencia en particular ya que los centros que inicialmente pusimos fueron: exactas, naturales y trabajo social, conduciones respectivamente por el M-31, la MUI y la cepa
entonces cúal tendencia??? a favor y en contra de quien???

Nadie niega la incidencia de la JCR, o los 5 centros de la cepa pero tampoco es esa una materia a destacar en un articulo sobre una marcha unitaria.

- con respeto a los nombres de cada agrupación que compone a coordinadoras,corrientes u mov. más amplios sientamente no los puse porque los desconozco a muchos. Si vos sabés los nombres con que se denomia en cada facultad el MUI o el M 31 (como otro ejemplo que pusimos sus generico y no como se llama en cada facu) o el MST o la CEPA, ayudamosnos, cooperemos.

- ah, con respecto a la subjetividad, gracias a ella es que existen tantos grupos, con colores diferentes, con consignas distintas (muchas veces opuestas) es precisamente lo subjetivo, que tiene un papel clave en la cosntitucion de los sujetos, de las organizaciones populares, lo que acompaña a las practicas sociales, estan profundamente arraigadas: sentidos y cuerpo, inteligencia y actividad, signo y materia.
A parte qué seria lo objetivo -como opsisicón a las "ser menos subjetivos"? es una interesante cuestion la tensión entre subjetividad y objetividad.


saludos.

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viva la subjetividad?? muera laobjetividad??
Por tincho - Tuesday, Sep. 21, 2004 at 10:39 PM

che loco, mató el poder de autocritica que tiene la gente de indy.
Asi que lus subjetivo es lo que tiene un papel clave en la constitucion de los sujetos??? pero mira que joya de la tautologia hemos encontrado.
La tension entre lo objetivo y lo subjetivo obviamente existe. El desafio de los hombres en el proceso del conocimiento consiste en que sus razonamientos (subjetivos) reflejen de manera cada vez mas profunda y veraz lo objetivo. Ese es el aspecto principal en esa contradiccion por lo que resaltar lo subjetivo, es decir lo que nos diferencia al margen de las necesidades objetivas que nos unen carece de sentido.
les sigo pidiendo reflexion, y un par de lecturas de Lenin, que algo enseño sobre el tema.
chau.

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viva la objetividad!!!
Por matiasLP - Friday, Sep. 24, 2004 at 12:56 AM

muy bien tincho, si vos leiste a vladimir contanos al resto qué decia el revolucionario respecto del papel de los objetivo y lo subjetivo, (¿lo conciente y lo espontaneo?), no nos lo mandes a leer...

saludos

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cuadradito
Por abuelitodimetú - Friday, Sep. 24, 2004 at 1:28 AM

Mirá, para mi tincho, haces un berengenal con el problema de la subjetividad. Pedirle a alguien que hace comunicación que sea objetivo, es como pedirle a un pez que viva fuera del agua. Lenín no tiene que ver acá (¿o quizás querías decir Trostky con eso de las condiciones objetivas y subjetivas?)

La objetividad en la comunicación no existe. Se peude pedir amplitud de criterio, generosidad ideológica, apoyo al compañero, etc, etc, pero objetividad JAMAS.

Pensalo, es bien simple.

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Tomen nota de todo
Por Urgente mensaje - Friday, Sep. 24, 2004 at 11:42 PM




AMIGOS DE LA LIBERTAD



- Poco a poco va cayendo el velo del brutal engaño a que se sometió al mundo en general y a los argentinos en particular por el complot montado por el eje Scilingo-Verbitsky-Garzón.



- La guerra revolucionaria que azotó a la Argentina y a los demás países latinoamericanos fue ocultada convenientemente por gobiernos y dirigentes de izquierda afines al comunismo para su beneficio.



- La opinión pública, vilmente engañada tiene todavía el recurso de la búsqueda, de la investigación de la verdad y la facultad de pedir sanciones para los engañadores y mistificadores profesionales de la fe pública que se burlaron de los pueblos atacados.



- No estará el trabajo completo ni el pueblo a salvo hasta que no llegue la reivindicación necesaria e imprescindible de las Fuerzas Armadas y de Seguridad Argentinas por haber salvado a la Nación de las garras de la esclavitud a que pretendía someterlo el comunismo internacional .



- Aquí una prueba más:



- Su participación –como lector- por la verdad, lo obligan a difundir esta noticia de interés mundial.



gm

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-Audiencia Nacional
-Sumario N° 19/ 97

-Juzgado Central de Instrucción N° 5





AL JUZGADO CENTRAL DE INSTRUCCIÓN N° 5

DE LA AUDIENCIA NACIONAL





ADOLFO FRANCISCO SCILINGO MANZORRO, pasaporte Argentino N° 5.510.186, por derecho propio comparezco y DIGO:



Que teniendo en cuenta declaraciones efectuadas por el ciudadano argentino Gonzalo Torres de Tolosa, la promulgación de la Ley 25.779 por parte del Estado Argentino, por la cual se declararon insanamente nulas las Leyes 23.492 y 23.521 lo que ha permitido la reapertura de las causas que se tramitaban en la Justicia Argentina respecto a los mismos hechos del Sumario 19/97, asi como el dictado de nuevas condenas y el procesamiento de presuntos responsables de esos hechos y que existe pieza separada respecto al suscripto que dio lugar al Rollo de Sala N° 139/97 que tramita la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina del 24-8-04 por la que declaró imprescriptibles los Delitos de Lesa Humanidad me presento en el citado Sumario 19/ 97 en calidad de testigo a efectos de testimoniar bajo juramento sobre temas relacionados con el mismo, haciéndolo en forma voluntaria, sin coacciones y dando cumplimiento a lo que dispone el Articulo 117 del Código Penal Argentino respecto a la retractación de calumnias.



Ante todo, y en concordancia con lo reiteradamente planteado por mi defensa y por el Ministerio Fiscal dejo planteada la falta de jurisdicción de la Justicia Española para investigar y enjuiciar los supuestos hechos ocurridos en la República Argentina entre los años 1976 y 1983.



A tal efecto me remito a lo dicho pro el Tribunal Supremo en las STS N° 327/ 2003(Ponente D. Miguel Colmenero Méndez de Luarca) del 25/ 02 / 2003 , (caso Guatemala), STS de 10 / 05 / 2003 (Ponente D. Cándido Conde Pumpido Turón) caso Perú y STS de 03 /03 / 2004 ponente: D. Luis Román Puerta Luis, caso Brady Roche a lo que se suma:



a) Lo resuelto por la Asamblea General de las Naciones Unidas al aprobar el Art.VI del Convenio para la prevención y la sanción del delito de Genocidio, del 9-12-1948, del cual el Reino de España no hizo reserva alguna (BOE N° 34 del 8-2-1969) y por el que las personas acusadas de Genocidio “serán juzgadas por un Tribunal competente del Estado en cuyo territorio el acto fue cometido o ante la Corte penal internacional”.



Ante la duda que podría surgir en la interpretación de dicho Art.VI del Convenio, corresponde acudir a los trabajos preparatorios del mismo tal como lo dispone el Art 32 de la Convención de Viena sobre los Tratados de 1969 y cuya importancia para dichos fines la ha dado la Corte Permanente de Justicia Internacional en sus Sentencias Serie N° 7, pag. 20; Serie B, N°11, pag. 39; Serie B, N°14, Pag. 28; Serie A , N° 10, pag 16; Serie A, N° 20/21, pag 30; Serie A/B, N°47, pag. 249, -entre otras.



En este caso se trata del Documento E / 794 del 26/5/1948 del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, con el proyecto del Comité Especial de Genocidio que sesionó entre el 5 de abril y 10 de mayo de 1948.



Sobre la jurisdicción, y aludiendo al Documento E/ 794, el Jurista español José María Rodríguez Devesa, en su Derecho Penal español, parte especial, 9° edición, pag. 604, dice “El principio de represión universal que parece derivarse de la consideración del genocidio como delito internacional, fue rechazado en la Comisión ad hoc por cuatro votos en contra, dos a favor y una abstención. Se alegó para excluirlo que “era contrario a los principios tradicionales del derecho internacional y que, al permitir a los tribunales de un Estado castigar delitos cometidos en el extranjero por extranjeros, se atacaba a la soberanía del Estado”, haciendo observar, además, que, como “el genocidio implica generalmente una responsabilidad del Estado sobre cuyo territorio ha sido cometido, el principio de la represión universal llevaría convertir a tribunales nacionales en jueces de la conducta de Gobiernos extranjeros”, lo cual podría conducir a “tensiones internacionales peligrosas”. La consecuencia de esta decisión es que, si el delito se comete fuera del territorio de los países contratantes, la única acción posible es acudir a los órganos competentes de las Naciones Unidas, a fin de que adopten “las medidas que juzguen apropiadas para la prevención y la represión” de los dichos actos.



Se agrega fotocopia de dicho texto (Documento N° 1) y del Documento E/794 (Documento N° 2).



Esto es compartido por la Doctrina del Tribunal Constitucional en su Sentencia 140/1995, de 28 de septiembre (fjs.8 y 9 ) y en su Auto de 3 de mayo de 2000, cuando dice que “nos esta vedado enjuiciar directamente la adecuación a nuestra Constitución de actos realizados por autoridades extranjeras” (fjs.3 ).



b) El Convenio Europeo para la represión del Terrorismo del 27 de enero de 1977 entró en vigor en España el 21 de agosto de 1980 (BOE N° 242 de 8-10 1980) y solo puede ser aplicado por supuestos hechos cometidos a partir de dicha fecha (Art.24 Convención de Tratados de Viena de 1969) no pudiendo hacerse con retroactividad.



Ello con independencia que el Convenio Europeo para la represión del Terrorismo no fue firmado por la República Argentina y por ende no es de aplicación en su territorio o por supuestos actos cometidos en el mismo (Arts. 29 y 34 de la Convención de Viena de 1969).



c) Tampoco es de aplicación el Art.5 del Convenio contra la tortura y otros tratos o penas crueles inhumanos o degradantes de 10-12-1984, que entró en vigor en España el 20 de noviembre 1987 (BOE N° 268 del 9-11-1987) pues su aplicación no es retroactiva y eso ya fue asi resuelto para el caso Argentina por el Comité contra la Tortura con arreglo al Art.22 de la Convención en su reunión del 23-11-1989 al tratar las Comunicaciones N°1, 2 y 3 /1988. (Documento N° 3).



d) A partir de la promulgación de la Ley 25.779.del Congreso Argentino del 21-8-2003 por la que se declararon insanamente nulas las Leyes 23.492 ( Punto Final) y 23.521 (Obediencia Debida) y la consiguiente Resolución Judicial del 1-9-2003 sobre la continuación del Trámite de la Causa N° 761 ESMA, Ahora N° 14.217/03 del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12 Secretaría N° 23 de Buenos Aires tampoco tiene Jurisdicción la Justicia Española por aplicación de los Art. 96 de la C.E. y 27 de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, tal como lo resolvió el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en su Auto de 4-11-1998, F. D. Segundo, último párrafo.



Esto ha sido reconocido por el Estado español, al rechazar el Consejo de Ministros en su reunión del 29-8-2003 el procedimiento de extradición solicitado por el Magistrado Instructor de ese Sumario 19/ 97.



A ello se agregó el reconocimiento de la jurisdicción argentina por parte del propio Juez Instructor quien se presentó por Auto de 30-8-2003 como denunciante ante la Justicia de la República Argentina por los mismos hechos que investiga.



Dicho lo anterior a efectos que mi presentación no sea interpretada como un reconocimiento de la jurisdicción española para investigar y juzgar los mismos hechos motivo del Sumario 19/ 97, paso a declarar sobre la carta que el abogado Gonzalo Torres de Tolosa remitió al Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional con fecha 3-12-1999 y de la que he tenido conocimiento en la actualidad y que intereso sea requerida a la Fiscalía de esa Audiencia Nacional .



Previo a ello debo detallar una serie de circunstancias relacionadas con la misma.



Cuando el entonces Presidente Carlos Saúl Menem hizo uso de su derecho constitucional y por Decreto N° 2741 del 29-12-1990 indultó a Emilio Eduardo Massera quien había sido condenado a prisión perpetua e inhabilitación absoluta perpetua (fs. 29843 de la Causa N° 13/ 84 instruida por Decreto N° 158/83 del PEN) consideré que se estaba cometiendo un gravísimo error, no solo por las causales por las que había sido condenado por la Justicia Argentina sino también por haber utilizado a la Armada Argentina para poner en marcha contra el “fenómeno de terrorismo” existente en nuestro país a marzo de 1976, que por su extensión, grado de ofensividad e intensidad, fue caracterizado como guerra revolucionaria,...procedimientos clandestinos e ilegales sobre la base de órdenes, que en ámbito de su respectivo comando impartió el enjuiciado” (fs 29839 de la Causa 13/8399, lo cual no solo fue negado por este en el juicio sino que tampoco asumió ninguna responsabilidad de las que le corresponden según el Artículo 514 del Código de Justicia Militar.



Ante ello me propuse iniciar una batalla personal para lograr la nulidad de las leyes de Obediencia debida y Punto final y la reapertura de las causas judiciales cerradas por la aplicación de dichas Leyes de impunidad.



Consideré inaceptable que se repitiera lo ocurrido en España, donde uno de los mayores criminales de la historia del mundo como fue el dictador Francisco Franco, responsables de miles de ejecuciones extrajudiciales, más de 30.000 desaparecidos, el robo de 12.000 hijos de presos republicanos y el uso sistemático de la tortura, fue exculpado junto a sus cómplices ya sea por el “pacto del olvido” o por la amnistía dictada por el nuevo Jefe de Estado nombrado por voluntad del propio dictador.



Mientras los jueces españoles niegan cualquier reparación solicitada por las familias de las víctimas, alegando las citadas normativas de impunidad, que sin duda pueden tenerse por contrarias al “ius cogens” internacional y contraviniendo tratados internacionales que España tiene suscriptos, el dictador asesino descansa en un faraónico mausoleo y sus estatuas y calles con su nombre rinden vergonzoso homenaje en su memoria y algunos de sus secuaces continúan ejerciendo funciones de gobierno.



La justicia española tal como dijo el ex presidente Alfonsin “siempre se las agarra con los sudacas” pero acepta la injusticia para las víctimas del franquismo y de sus repugnantes crímenes.



Y esa impunidad que permite España fue lo que me propuse combatir en Argentina pero no a partir de mediados de los años 80 para obtener algún beneficio económico como dice Torres de Tolosa en su carta sino, como ya dije, a partir del indulto de Massera, si bien es cierto que lo hice en soledad como expresa la carta al Fiscal Jefe.



Era una batalla desigual ya que contra Massera y el apoyo que le brindaba Menem solo contaba con la información que había obtenido en la Armada Argentina desde que me enteré lo que le había ocurrido a mi amigo Jorge Devoto puesto que las leyes dictadas por el Congreso Argentino impedía cualquier actuación Judicial.



Tampoco podía buscar apoyo naval ya que el tema era tabú y salvo información parcializada nadie se animaba a hablar de ello.



Quien si me brindó un detallado relato fue el capitán Jorge Yon, un jefe naval con amplia participación en el Grupo de Tareas 3.3.2. y en el Centro Piloto de París, el cual falleció llevándose a su tumba, sin duda, muchísima información.



Durante años continué informándome sobre lo que había hecho Massera hasta que llegara el momento oportuno de actuar.



Lo ideal era encontrar a un periodista sensacionalista y que no investigara en profundidad mi relato pues ello se caería por su propio peso con solo algunas consultas.



Lo encontré en Horacio Verbitsky, un terrorista confeso, que bajo promesa de decir la verdad en su declaración testimonial del 18-11-1999 reconoció haber pertenecido a la banda terrorista Montoneros lo que lo hace copartícipe de 5.215 atentados explosivos, 1.052 atentados incendiarios, 1311 secuestros de artefactos explosivos y 132 secuestros de material incendiario, 2.13 intimidaciones con armas, 252 actos contra medios de comunicación social, 1748 secuestros, 1501 asesinatos, 551 robos de dinero, 19 robos de material de comunicaciones, 73 robos de material sanitario, 151 de material diverso, 20 copamientos de localidades, y otros miles de actos terroristas, tal como lo detalla la Causa 13/83 a fs 28.306 y subsiguientes, lo que hace que los etarras parezcan niños de pecho ante este personaje y sus cómplices, los cuales gozan hasta la fecha de total impunidad tanto en la República Argentina como por parte de los jueces de la Audiencia Nacional.



Ante el cobarde silencio demostrado por Massera cuando no ascendieron a dos de sus subordinados por cumplir sus órdenes en la ESMA consideré que era el momento de hacer reaccionar a la opinión pública y fui a ver a Verbitsky quien aceptó con agrado mi deseo de autoimputarme una historia que creara la suficiente alarma social para lograr la revocación de las Leyes de impunidad que permitieran que saliese a la luz la verdad de lo ocurrido y se juzgara a los responsables.



El lógico odio que tiene el citado periodista contra los militares afloraba en cada una de las múltiple charlas que tuvimos preparando el relato, donde conocí por su boca y por textos que me prestó muchísima información que, unida a mis verdades parciales, fueron armando un libreto que tenía cierta lógica y, si bien carecía de sustento real, podía ser aceptada como cierta por la prensa sensacionalista y por todo aquel que apostara por la prensa amarilla.



Asi comenzó la grabación de la historia tantas veces suspendida por errores o por no usar la correcta expresión de voz que diera veracidad al relato, el cual debía ver la luz el 3 de marzo de 1995, fecha en que pronunciaría un discurso el Jefe de la Armada Almirante Molina Pico, uno de los encubridores de lo ocurrido en la ESMA.



Lamentablemente Verbitsky antepuso su interés económico y publicó el libro “El Vuelo” sin mi conocimiento, donde vuelca la novela convenientemente aderezada con información propia.



La morbosidad demostrada por muchos periodistas a lo que se agregaron las múltiples entrevistas teatralizadas que me hicieron bajo la preparación y asesoramiento de Verbitsky lograron el objetivo deseado y no solo se produjo un verdadero impacto periodístico mundial sino, lo mas importante, el comienzo del “mea culpa” de distintos estamentos de la FFAA, comenzando por el propio Jefe del Ejército, Teniente General Balza.



Pese a ello los interese contrapuestos entre los de Verbistky y los míos se hicieron evidentes. El periodista sacaba rédito económico de todo lo que podía, lo que yo consideraba inmoral dadas las razones que en teoría nos movían, motivo por el cual tuvimos varias discusiones, en especial cuando descubrí que estaba negociando la producción de una película con una empresa americana sin mi conocimiento, la cual se frustró por no estar de acuerdo con los honorarios que le ofrecieron.



La reacción contra mi no se hizo esperar y en mayo un Juez corrupto me inventó una falsa estafa y me envió a prisión durante dos años.



Durante ese período un nuevo hecho actualizó mi personal lucha. El Auto de 12-9-1996 del Juzgado de Instrucción de la Audiencia Nacional de Madrid me imputaba en las diligencias previas 108/96 disponiendo que se me tomara declaración.



Al recobrar mi libertad, a mediados de 1997, y como consecuencia del escándalo jurídico que implicó la nulidad de mi prisión al confirmarse que la causa era inventada por un Juez corrupto, mi nombre recobró actualidad y con ello comenzaron las amenazas para que guardara silencio, cosa que no hice y que culminó con mi secuestro el 11-9-1997 y del cual no se como salí con vida.



Paralelamente, en una reunión mantenida en el despacho de mis abogados con el Defensor del Pueblo adjunto de la Ciudad de Buenos Aires Eugenio Simino, este me informó que se había reunido con el Juez Baltasar Garzón y que era muy importante para las actuaciones que estaba instruyendo mi presentación a declarar, dándome una serie de pautas sobre lo que necesitaba el Juez para sustentar su trabajo.



A ello se agregaron llamadas por parte de Graciela Lois, familiar de un desaparecido, quien me pedía que viajara a Madrid para apoyar la instrucción de la Audiencia Nacional.



Para ello yo contaba con nueva información recibida durante mis dos años de prisión del propio Verbitsky, su secretaria Lilia, ex compañera de un periodista desaparecido y de organizaciones de Derechos Humanos a lo que se sumó lo hablado al salir de prisión con la abogada Alicia Olivera del CERPAJ, todos los cuales me aportaron nuevos elementos para mejorar mi relato.



En salvaguarda de mi vida y para apoyar a los familiares consideré que lo mejor era viajar a Madrid, hecho que comunique a mis abogados. Previo a ello quise saber si realmente existía jurisdicción por parte de la Justicia Española y cuales eran las condiciones legales de mi declaración ante el Juez español.



Respecto al primer punto, el abogado Mario Ganora faltó a la verdad ya que alegó el Artículo 23 de la LOPJ la cual contradice los Tratados firmados por España y el derecho Internacional, en especial el Art. 27 de la Convención de Tratados de 1969.



Sobre mi declaración el consulado español me explicó que como imputado no tenía obligación de decir la verdad (Art.387 LECrim.) y que el Juez de Instrucción debe practicar todas las diligencias necesarias para adquirir el conocimiento de la verdad (Art.406 LECrim).



Habiendo resuelto el problema económico del viaje al aceptar una invitación del periodista Carlos Herrera viajé a Madrid junto a mis dos abogados argentinos. En Barajas fui recibido por gente de Izquierda Unida, entre los que se encontraban los letrados Enrique Santiago y Romero y Virginia Diaz, además de Graciela Lois.

En sus vehículos marchamos hasta el hotel donde, como escribió un periodista, “no fueron a descansar, sino que, sentados en el amplio vestíbulo, solitario a esa hora, hablaron largo rato y analizaron la estrategia procesal que seguirían”.



En efecto, allí se me explicó lo que el Juez Baltasar Garzón necesitaba que declarase y se me hizo hincapié sobre lo que citan los Art. 387 y 406 de la L.E. Crim. Podía decir lo que quisiera y en especial lo que se me pedía que relatara. Luego el Juez lo investigaría. Me aportaron nuevos nombres de personas a imputar y nuevos hechos que incorporé a la novela a relatar. La idea era tratar de involucrar a la mayor cantidad de personas y declarar con espectacularidad para lograr la mayor alarma social que diese mucha prensa y apoyar a la causa que se instruía en la Audiencia Nacional. A algunas me negué como ser detalles de vejaciones de tipo sexual pues me pareció un disparate muy poco creíble. Luego entendería que con el montaje que se había preparado cualquier cosa sería aceptada.



Al día siguiente mis abogados se reunieron con el abogado Carlos Slepoy, luego de lo cual se me dieron nuevas instrucciones sobre mi declaración, en especial que no hablara sobre la convivencia que había entre secuestrados y secuestradores y que no planteara la falta de jurisdicción.



El 7 de octubre de 1997 comencé a relatar mi novela ante el Juez Baltasar Garzón. Tal era el disparate de lo que decía respecto a hechos supuestamente vividos por mi en la ESMA en diciembre de 1976 que me alteré. Y digo disparate, porque en esa fecha yo no estaba en la ESMA ya que llegué de pase el 7 de febrero de 1977, tal como lo demuestra el certificado adjunto, Documento N° 4, lo que también confirma que son falsos los dichos al respecto en el Auto de Procesamiento 24-11-2000.



El hecho de tener que mentir en el Juzgado me puso muy nervioso y perdí el control. Ante ello el Juez Garzón me llevó al despacho de la Secretaría del Juzgado. Allí a solas y a puerta cerrada, muy amablemente me dio un vaso de agua, como correctamente relató la prensa, y me pidió que “por el bien de los familiares de las víctimas continuara declarando según lo pactado”. Le explique que mis dichos no eran veraces, a lo que me contesto que él debía investigar todo lo que yo dijera. Asi mas tranquilo ante lo dicho por el Juez continué mi falso relato a la medida de lo que pidieron los abogados de Izquierda Unida y el letrado Carlos Slepoy, en un todo de acuerdo con lo que necesitaba el Juez Baltasar Garzón para continuar la instrucción.



Si bien se trataba de una clara coacción psicológica por parte de los letrados y del Juez, también es cierto que sabía que estaba ayudando a muchas víctimas de Massera.



Por supuesto que ello fue posible por la ausencia del Fiscal, hecho que el propio Juez consideró, ante mi consulta al respecto, que no era importante. De haber estado el Fiscal, y dado que su papel según el Art.124 de la CE es promover la acción de la justicia en defensa de la legalidad, jamás hubiera permitido que el Juez hablara en privado y a solas con el imputado.



Otra situación incómoda se produjo con el abogado del Turno de Oficio que me designaron. El letrado Gallo Perez quiso plantear la cuestión de falta de jurisdicción a lo cual me negué por mi palabra dada al respecto a lo cual los letrados de la actuación particular. Ello quedó reflejado en el Recurso de Reforma que mi defensor presentó contra el Auto de Prisión Provisional del 10-10-1997.



Respecto a mi prisión, supe por boca del letrado Enrique Santiago y Romero que solo duraría tres meses y que se había dictado para evitar alarma social.



Durante mi estancia en Carabanchel continué recibiendo instrucciones por parte de los letrados de Izquierda Unida, ya sea por medio de visitas de los mismos o por correo, lo cual esta reflejado en el escrito del 22-1-2000 de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y donde también figuran los depósitos de dinero en mi peculio que realizó el abogado Enrique Santiago y Romero hasta cubrir 33.000 pesetas.



Recuerdo que en una de las visitas, y a instancias de Santiago y Romero, ideamos una carta contestando otra que había publicado el diario “La Nación” de Buenos Aires firmada por el Vicealmirante ( R) Luis María Mendía, la cual causó un importante revuelo en Argentina . Pienso que el original debe estar todavía en poder del letrado de Izquierda Unida.



Esa excelente relación se cortó dias después de salir en libertad. El 9 de enero de 1998 mantuve una reunión con gente de Izquierda Unida quienes me dieron dinero para cubrir los gastos de ese fin de semana y me alojaron en el hotel Praga de c/ Antonio López, habitación 501 0 601, pero me exigieron para continuar pagando los gastos que el letrado Fernando Gallo Perez retirara el escrito que había presentado el 21-11-1997 donde planteó la falta de jurisdicción de la Justicia española para investigar hechos ocurridos en la República Argentina. La negativa de mi defensor a recibir instrucciones por parte de abogados de Izquierda Unida puso fin a la relación que teníamos, pese a lo cual posteriormente visité a Santiago y Romero en su despacho y salimos de copas, ofreciéndome los servicios de una abogado amigo para mi defensa, lo cual no acepté.



Pese a todo lo hasta aquí dicho y mis deseos de terminar con la impunidad, de que Massera volviese a prisión y de colaborar para que se hiciese justicia con los familiares de las víctimas, por temor a la posible actitud de un corrupto Juez argentino que no investigara mis declaraciones en profundidad y que me enviara a la cárcel, tomé una serie de precauciones en todas mis declaraciones, tanto a la prensa como ante la Justicia y es en ello que debo dar razón parcial a los dichos por Fernando Torres de Tolosa en su carta al Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional.



1° ) Ante todo en la Armada argentina no existen arengas, por lo tanto jamás pude participar de ninguna por parte del Vicealmirante Mendía en marzo de 1976, más cuando solo era un Tte de Fragata, Jefe de electricidad de un destructor y donde toda la información nos la proporcionaba el Comandante, convenientemente filtrada para cada jerarquía. En marzo de 1976 estaba navegando a la altura de Mar del Plata, como podrá confirmarse en el libro de navegación del Destructor A.R.A. Storni por lo que nunca pude participar de ninguna reunión en Puerto Belgrano.



2° ) Jamás pedí ser destinado a la ESMA. En 1976 solicité como destino para 1977 la 1° y 2° división de Destructores agregando que no deseaba destino en tierra. Ello puede constatarse en mi ficha censo de 1976.



3°) Ser destinado a la ESMA me cayó muy mal pues no quería ir de pase a Bs As. Y además profesionalmente para un oficial electricista no implicaba un buen destino.



4° ) Mi traslado, hecho efectivo el 7 de febrero de 1977, tal como lo certifica el Documento N° 4, y no en diciembre de 1976, fue a la ESMA , centro de instrucción donde cursaban estudios 5000 aspirantes navales, y no al Grupo de Tareas 3.3.2, destino independiente de la ESMA, con su propia organización y funcionamiento, del mismo modo que también era independiente la Escuela de Guerra Naval que funcionaba en el mismo predio.



5° ) Al llegar de pase asumí el cargo de Electricidad de la ESMA, lo cual es lógico dada mi especialidad. Mis tareas estaban limitadas exclusivamente a dependencias de la ESMA pero no incluían las de la Escuela de Guerra Naval ni las del Grupo de Tareas 3.3.2. cuyas dependencias eran de acceso prohibido. Al respecto y habiendo un grupo electrógeno del inventario de la ESMA instalado en dependencias del Grupo de Tareas, existía una planilla de consignación firmada por el Jefe de Logística de ese destino lo que obligaba al mismo a asumir las tareas de mantenimiento del citado equipo eléctrico.



6° ) En los meses de mayo y junio de 1977 estuve de baja por tener un virus no localizado. Los primeros dias permanecí en reposo en mi habitación y luego fui internado en el Hospital Naval Buenos Aires, tal como puede comprobarse en los partes de sanidad de la ESMA y los registros del establecimiento hospitalario de esa época.



Por tal motivo elegí Junio para mi novelado relato del vuelo, incorporando al entonces Capitán de Fragata Arduino y al Subdirector de la ESMA por no tener ninguno de ellos la más mínima relación con el Grupo de tareas y ser hipercríticos con la forma de vida que llevaban los integrantes del mismo ( vestir de civil, comer juntos en mesa separada de los oficiales de la ESMA, no cumplir con las normas de comportamiento naval, etc.) El organigrama de ambos destinos demostrará la independencia que había entre uno y otro Por otra parte, nunca podía haber recibido una orden del Capitán Arduino sin conocimiento de mi Jefe de Departamento, el entonces Capitán de Fragata Guillermo Bayá, cuyo testimonio demostrará la inexistencia de dicha orden.



7° ) La incorporación en el relato del Tte de Navío Carlos Eduardo Daviou y del abogado Gonzalo Torres de Tolosa fue otra forma de autoprotejerme ante eventuales acciones judiciales al margen de la Ley.



El Tte Daviou estaba destinado en un destructor en Puerto Belgrano, lo cual hace imposible su presencia en el inexistente vuelo. Ello podrá certificarse con el correspondiente libro de Plana Mayor del destructor donde revistaba ( no recuerdo cual era ) donde quedan registrados todos los movimientos de oficiales.



Respecto a Torres de Tolosa debo reconocer que es un verdadero dislate pensar que pueda haber participado de tales tareas y mucho menos que estaba destinado en la ESMA, como lo dice el Auto de Procesamiento del 24-11-2000. Se trata de un abogado que, como muchos otros ciudadanos y políticos visitaban el Grupo de Tareas para alentar a lo que supuestamente era una legal lucha contra el terrorismo. Por ser gordo se lo llamaba la vaca Aurora, en referencia a un comic que había en argentina y luego, como se pasaba horas en la sala de estar a la espera de su amigo Acosta y cuando este aparecía lo enviaba a hacer recados por Bs As. a lo que contestaba “comprendido”, se lo comenzó a llamar Tte Vaca en forma jocosa.

Por otra parte, y tal como el mismo ha dicho a la prensa, sufre una enfermedad congénita que le impide volar.



El listado de destinos de la ESMA y del Grupo de tareas 3.3.2. demostrará que jamás estuvo destinado allí, (lo cual nunca hubiera podido ocurrir), y un certificado médico que no puede volar.



8° ) A principios de julio, de regreso al Hospital Naval (donde estuve ingresado como dije anteriormente), y mientras la mayoría de la Plana Mayor y todos los alumnos de la ESMA estaban de vacaciones de invierno, se realizaron las tareas de ampliación y modernización de la cocina por lo que debí permanecer hasta el 27 de ese mes dirigiendo las modificaciones eléctricas, fecha en que viajé a Bahía Blanca para pasar mi cumpleaños (el dia 28 de julio) en mi casa, donde permanecí hasta el 15 de agosto. Eso puede demostrarse en el libro de Plana Mayor y los partes diarios de la época donde constan las vacaciones de los oficiales.

Por tal motivo elegí la primera quincena de agosto para mi segundo supuesto viaje.



Con ello quiero testimoniar que ninguno de los citados, a saber, Capitán de Navío Jorge Gonzalez, Capitán de Fragata Adolfo Mario Arduino, Teniente de Navío Carlos Eduardo Daviou, y abogado Fernando Torres de Tolosa, han participado en los hechos que se les imputan en el Auto de procesamiento del 24-11-2000 y que han sido incluidos en mi relato, tanto periodísticos como judiciales, por las razones anteriormente expuestas, lo cual ratifica mi declaración indagatoria de marzo de 2001 respecto a la falsedad de los hechos imputados.



Los vuelos son producto de mi imaginación y de la del Juez Instructor.



En todo el historial de los aviones de la Armada Argentina quedan registradas las fechas, las tripulaciones, y los motivos del vuelo y su destino.



En este caso parece que se trata de vuelos de fantasía, donde no existen fechas, ni tripulaciones. Evidentemente carece de toda seriedad.



Como recuerda Torres de Tolosa en su carta al Fiscal Fungairiño, la entonces Secretaria de Derechos Humanos dijo que yo refritaba información periodística para vender. Ello es verdad a medias. La información que obtuve en la Armada Argentina y en los periódicos, sumada a la provista por Verbitsky y otros periodistas mas, la dada por los abogados de Izquierda Unida, la refrité para atacar a Massera pero nunca la usé para hacer negocios.



Pienso que el fin fue legítimo. A un canalla se lo combate con todas las armas que se tienen y en este caso eran las únicas que tenía: información, periodistas y luego la Justicia Española.



Con esta declaración doy cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 117 del Código Penal argentino sobre retractación de calumnias.



Si durante la instrucción del presente Sumario 19/97 se hubiera dado cumplimiento a lo que dispone el Art. 406 de la L.E.Crim. no hubiera sido necesaria esta declaración ya que se habría sabido la verdad mucho tiempo antes.



Si bien no existió corrupción en el investigación, no hay duda que existe en su tramitación corruptela, dicho esto con el mayor respeto y en base a la segunda acepción que se da a tal palabra. Ello en base a:



a) Incumplimiento del citado Art.406 de la L.E.Crim. ya que la única diligencia que se hizo para verificar la verdad de la declaración fue tomarle declaración al confeso terrorista Horacio Verbitsky, el autor de la novela “El vuelo” que, por lógica, declaró en defensa de su libro, cometiendo falso testimonio como podrá comprobarse.



b) No se tuvo en cuanta durante la instrucción el certificado de la Armada Argentina del 10-10-2000.



c) Se me tomó declaración como imputado sin la presencia del Fiscal

lo que permitió que fuese coaccionado psicológicamente por el Juez Instructor.



d) No se han tenido en cuenta al estudiar la Jurisdicción ninguno de los documentos que se aportan al presente, pese a que fueron producidos por las Naciones Unidas y son de vital importancia para resolver sobre el tema, lo que motiva que se estén violando Tratados firmados por España y con ello el Derecho Internacional.



e) El Sumario 19/97 y lo decidido respecto a la jurisdicción esta influido por un cierto condicionamiento político, según el Fiscal General Don Cándido Conde-Pumpido, (El Mundo, 30-5-2004, pag. 20) lo cual impide una justicia imparcial.



f) Tampoco puede considerarse justicia imparcial a los Jueces de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal, los cuales se resisten a inhibirse del conocimiento del Sumario 19/97 pese a ser recusados no solo por mi defensa sino nada menos que por el Ministerio Fiscal, quien lo ha reiterado en su escrito de 21-2-2004 alegando que los magistrados están contaminados.



g) No se da cumplimiento a lo resuelto por el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional en Auto de 4-11-98, F.D. Segundo último párrafo, pese a que en la República Argentina se han anulado las llamadas leyes de Impunidad y se reabrió la causa 761 ESMA (actualmente N° 14.217 / 03 que tramita el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, Secretaría N° 23 ) que investiga los mismos hechos que el Sumario 19/97 y donde ya se han dictado procesamientos.



h) Tampoco la instrucción se ha preocupado ante las diferencias entre lo declarado por mi y lo que esta surgiendo de las instrucciones y procesamientos que llevan adelante la Justicia Argentina, por ejemplo en el caso de las monjas francesas Domon y Duquet.



i) A ello hay que agregar el interés directo que muestra el Juez Instructor en la causa lo que esta reflejado en su presentación ante la Justicia Argentina como denunciante de los mismos ciudadanos argentinos que tiene imputados y/ o procesados, por Auto de 30-8-2003, lo que lo obliga a inhibirse, de acuerdo a lo que disponen los Art.54 y 55 L.E.Crim. y Art.219 y 221 L.O.P.J. y el llamativo silencio que ha guardado ante el reconocimiento de algunos testigos de haber sido integrantes de una banda terrorista responsable de miles de asesinatos y atentados, cuyo conocimiento no puede negar por estar detallados en la Causa 13/83 incorporada al Sumario 19/97.



Parecería que en todo esto se ha interpuesto un interés periodístico a la búsqueda de la verdad y se ha olvidado pedir pruebas fundamentales, como por ejemplo los historiales de vuelo de los aviones de la Armada Argentina y de la Prefectura Argentina, los cuales, además de demostrar que mis declaraciones no son acordes con la verdad, permitirían establecer cuando se realizaron dichos vuelos y quienes participaron.



No dudo que con mis declaraciones, siguiendo las instrucciones de los abogados de la acusación particular ya citados y del propio Juez Instructor, he ayudado a las familias de los desparecidos y a presionar para que se anularan las Leyes de Obediencia Debida y Punto Final. He cumplido con mi Patria, con la Armada Argentina y con mis conciudadanos, usando el mismo principio que utiliza Massera para combatir al terrorismo: el fin justifica los medios.



Si bien reconozco que es cierto lo dicho por Gonzalo Torres de Tolosa en su carta al Fiscal Fungairiño respecto a que jamás fui admitido ni participé en ninguna tarea ni tuve conocimiento de lo que se hacía en el Grupo de Tareas 3.3.2., ello no significa aceptar las calumnias y las injurias que en el texto de dicho escrito se hacen sobre mi persona, ya sea a nivel personal como a nivel profesional.



En su virtud,



Solicito al Juzgado que tenga por presentado esta declaración con los documentos agregados, y a tenor de su contenido se me cite a ratificarla bajo juramento, en carácter de testigo.



Otro si digo: que intereso con carácter imprescindible el requerimiento al Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional del original de la carta remitida por Gonzalo Torres de Tolosa el 3-12-1999.



Segundo otro si: que a efectos de iniciar las correspondientes acciones legales contra Gonzalo Torres de Tolosa por calumnias e injurias solicito a ese juzgado la entrega de una fotocopia confrontada de dicha carta.





En Madrid, a 13 de septiembre de 2004












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lenin no tiene que ver aca??
Por tincho - Saturday, Sep. 25, 2004 at 12:58 AM

a ver....parece que el berenjenal se lo hace mas de uno.
Lo que esta de fondo en esta discucion es la capacidad o no de las personas de reflejar la realidad existente INDEPENDIENTEMENTE DE ELLAS.Los materialistas dialecticos consecuentes (marx, lenin ,trotsky, mao, etc) no han dudado jamas de esta capacidad y dieron una lucha a muerte con las afirmaciones seudocientifcas que en su epoca disfrazaban esta cuestion con mas de un artilugio.
El hombre no solo es capaz de reflejar en su cerebro el mundo que le rodea, sino que ademas, mediante el lenguaje esta capacitado para trasmitirlo (comunicarlo) a los demas.
Esta capacidad se encuentra desarrollada (y en desarrollo) en todos los hombres, incluso en quienes hacen comunicacion, por lo que no solo se puede sino que se debe pedirles el mayor grado de objetividad en lo que comunican; poco tiene que ver en esta cuestion la amplitud ideologica (¿?), la generosidad de criterio (¿?), o el apoyo al compañero(¿¿¿¿????? !!!!!!).En cambio mucho tiene que ver en esta cuestion el caracter de clase de quienes comunican esa realidad; y en las escuelas y facultades de periodismo impera un modelo concreto que nos dice que la objetividad es imposible, discurso acorde al caracter de clase de este estado y de sus instituciones educativas.
La contradiccion entre lo conciente y lo espontaneo tanbien esta traido de los pelos, y poco tiene que ver en este debate ( no significa eso que no lo podamos debatir).
Bueno muchachos, espero respuestas.

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