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Ante los trágicos hechos ocurridos la semana pasada, en la penitenciaría de San Martín
Por subido por comunicadores solidarios -
Friday, Feb. 18, 2005 at 2:33 PM
Participación de la sociedad civil y otros sectores en las investigaciones de lo ocurrido durante el Motín. Exigir la inmediata reanudación de las visitas de los familiares a los presos y observar y vigilar la situación actual en la cárcel mediante la posibilidad en entrar como Comisión con visitas regulares. Repudiar las declaraciones del gobernador De La Sota y su complicidad con la violaciones a los DDHH y la impunidad que permite la perpetuación de las mafias en Córdoba y responsabilizarlo que cualquier situación trágica que pudiera ocurrir en adelante con respecto a la realidad que se vive en las cárceles de Córdoba.
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Córdoba, viernes 18 de Febrero
de 2005 Ante los trágicos
hechos ocurridos la semana pasada, en la penitenciaría de San
Martín, distintas organizaciones de nuestra ciudad convocan a una
conferencia de prensa para presentar la conformación de una Comisión
Intersectorial. Conferencia de
prensa hoy viernes 18 de
febrero a las 17 hs en el CISPREN
Ejes de la
conferencia: DOCUMENTO DE LA COMISIÓN INTERSECTORIAL DE
OBSERVACIÓN Y SEGUIMIENTO DE LA SITUACIÓN CARCELARIA EN
CÓRDOBA Distintos sectores de la sociedad cordobesa nos convocamos a
partir de los acontecimientos del motín generado en el Establecimiento
Penitenciario Nº 2, Penal San Martín, de la ciudad de Córdoba. El motivo
inicial fue la preocupación común por los hechos que se desencadenaron
producto del abandono y la violación sistemática de la legalidad y por
ende de los derechos de los presos y de los guardias cárceles. A partir de esa preocupación inicial esta comisión se ha
fijado los siguientes objetivos a corto, mediano y largo
plazo: 1) Crear un espacio de debate y coordinación de acciones
entre los distintos sectores afectados por la
temática.- 2) Participar en la investigación sobre las causas y
consecuencias del motín a los fines de garantizar un procedimiento
transparente, en el cual la ciudadanía tenga un rol activo.-
3) Acompañar
las distintas acciones surgidas como consecuencia del conflicto, para que
se den en un marco de total legalidad y respeto de las garantías
constitucionales. 4) Aportar al diseño y discusión de una política
penitenciaria respetuosa de las más elementales reglas de un estado
democrático de derecho. 5) Materializar el aporte de la comunidad al proceso de
reinserción social, tal cual lo provéen los arts. 1, 158, 168 y 178
de la ley nacional 24.660.- El
marco de legalidad que rige la cuestión carcelaria, está dada en nuestra
provincia por: ley nacional 24.660;
Reglas Mínimas para el Tratamiento de los reclusos (Primer Congreso de
las Naciones Unidas sobre Prevención del delito y Tratamiento del
Delincuente en 1955); articulo 29 Declaración Universal de los derechos
humanos Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre (Bogotá 1948), adoptada por la IX
Conferencia Internacional Americana. Dto.-Ley 9983/57,
La Convención Americana sobre Derechos Humanos, El Conjunto de principios
para la protección de todas las personas sometidas a cualquier forma de
detención o prisión, aprobados por la ONU por Resolución Nro. 43/173, del
9 de diciembre de l988.; Los Principios Básicos para el tratamiento de los
reclusos, adoptados por
resolución 45/111 del 14 de diciembre de 1990, por la Asamblea General de
la ONU. y finalmente Ley provincial 8812, su decreto reglamentario Nº 1293
y sus anexos, la Ley provincial 8878, y la
8816. Este
conjunto normativo establece que la ejecución de la pena privativa de la
libertad debe ser regida, entre otros, por los siguientes principios. En
primer lugar el principio de reinserción social, establecido
específicamente en la ley 24.660 que establece en su Art.1:
“La ejecución de la pena privativa de libertad, en todas sus modalidades,
tiene por finalidad lograr que el condenado adquiera la capacidad de
comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social,
promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad”; principios que
consideran que las personas sometidas a la pena de prisión son sujetos de
derecho”El condenado podrá ejercer todos los derechos no afectados por la
condena o por la ley; el
principio de legalidad, establecido por el art. 18 de la
Constitución Nacional, entre otros. Estas son las normas que el Estado
está obligado a cumplir en materia carcelaria, tanto a nivel de decisión
de políticas institucionales y acciones
concretas.- Esta comisión interpreta que la situación carcelaria
imperante en la provincia de Córdoba, ha sido el caldo de cultivo
apropiado para el desenlace que nos ha llenado de dolor como integrantes
de la sociedad. Las condiciones de cumplimiento de la pena de prisión se
caracterizan por: condiciones de alojamiento denigrantes que ponen en
riesgo la seguridad y la vida de los presos, guardia cárceles y de todas
las personas que desarrollan actividades dentro del penal; prácticas
institucionales violentas; falta de control del cumplimiento de la ley de
ejecución penitenciaria y los tratados internacionales de derechos
humanos; falta de involucramiento de los funcionarios políticos en las
cuestiones carcelarias; ausencia de interlocutores que reciban reclamos y
denuncias ante conflictos y demandas, inviabilidad del tratamiento
penitenciario en esas condiciones; insuficiencia de personal técnico;
insuficiencia en la capacitación y contención del personal de seguridad;
sólo un mínimo de personas recluidas acceden a un trabajo y el mismo se da
en condiciones laborales fuera del marco normativo.- .
Reclamo de la comisión de delegados de los
presos: Esta comisión a través del presente quiere difundir los
puntos del reclamo que los presos han elevado al gobierno provincial a
través del un fiscal de instrucción y que son los
siguientes: 1-
Efectivización
de la figura del Juez de Ejecución ya incorporada en la legislación
provincial. 2-
Se
garantice la comunicación directa del Grupo de delegados con esta comisión
intersectorial. 3-
Se
otorgue asistencia médica en forma inmediata a todas las personas,
informándose a los familiares estado de salud, lugar de atención y
evolución de los mismos.-
Cuestionamiento a la Política Criminal del gobierno provincial y a
las manifestaciones vertidas en relación al conflicto del
motín. Es responsabilidad directa del Estado de la provincia no
haber instrumentado medidas que resolvieran los conflictos dentro de la
unidad penal y evitar de ese modo acciones que pusieran en riesgo la vida
de las personas, a lo que alude el art.3 de la ley provincial 8816 que
regula el funcionamiento del Servicio Penitenciario :” …velar por la
seguridad y custodia de las personas alojadas en establecimientos de su
dependencia…” Hay que destacar la indelegable responsabilidad que ha
tenido el gobierno de la provincia en los hechos que originaron el motín
como se mencionó anteriormente
y en sus consecuencias, dentro de las cuales sobresalen 8 muertes que fueron minimizadas cuando se evaluó el
procedimiento del Comité de Crisis. Llama la atención que a partir de esta situación gravísima
el gobernador José Manuel de la Sota haya hecho declaraciones que atentan
ostensiblemente contra las garantías constitucionales y los principios
básicos de un Estado de Derecho : “…tirar a matar ….tirar a que se impida de quienes tienen
que cumplir una condena se fuguen. Es lo que corresponde, lo que manda la
ley” [1][1] Destacó además que los presos condenados a cadena perpetua
deben salir de la cárcel ” con los pies para adelante, cuando Dios se los
lleve de este mundo”[2][2] .El gobernador sostuvo: “….el Pacto de San José de Costa
Rica concede un montón de derechos a los condenados que tienen todavía un
margen de maniobra…”[3][3]
Es un marcado retroceso para un sistema democrático que
pretenda construir seguridad y superar el miedo que desde el gobierno de
la provincia se confunda política criminal con la violación de derechos
humanos y se hagan manifestaciones en franca oposición con el artículo
75,inc.22 de nuestra
Constitución Nacional. Componen esta
Comisión intersectorial los siguientes
sectores: Comunicador@s
Solidari@s Comunicadores Solidarios -
Córdoba, Argentina.
Documento tentativo para opinar y adherir
Mail:
comunicadoresolidarios@yahoo.com.ar
Web:
http://comunicadores.tripod.com.ar
Tel./Cel.: (0351) 155-921-480 /
156-503-929 /156-005-047 /
155-373-575