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Abuso sexual a 40 niños en el Jardín de infantes Nuestra Sra. Del Camino de Mar del Plata
Por Niños Abusados Mar del Plata -
Wednesday, Mar. 09, 2005 at 3:14 AM
padres_de_ninos_abusados_mdp@hotmail.com
AGRADECEMOS SU DIFUCION,LOS PADRES DE LOS NIÑOS ABUSADOS EN EL JARDIN DE INFANTES NUESTRA SEÑORA DEL CAMINO ,MAR DEL PLATA AÑO 2002.
MUCHAS GRACIAS
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Cura parroco Alejandro Martinez - Abusador
Ojalá, no hubiésemos tenido que escribir esta carta, porque si así fuera, nada de esto hubiera ocurrido. Solo queremos decirles que somos padres de chicos de entre 3 y 5 años de edad del Jardín de Infantes del colegio Nuestra Señora del Camino de Mar del Plata, sito en la calle Juan B. Justo 5104 En este establecimiento, el viernes 4/10/02 se presento una denuncia, contra él profesor de gimnasia Fernando Melo Pacheco, que presuntamente habría abusado sexualmente de una niña de 4 años, luego de esta, apareció otra por maltratos y golpes a un nene de la misma sala, al día de hoy, ya son 39 las denuncias por abuso sexual y maltratos, el colegio esta encubriendo todo, el día en que los padres le presentan la denuncia a las autoridades del mismo, le preguntan “si en alguna oportunidad alguien había puesto de manifiesto algo similar, contestando la Directora “nunca”, cuando hacia 2 meses atrás, una mamá alertada por lo que su hija contaba con términos y gestos que jamás podría haberse manifestado por si misma siendo que es muy pequeña e inocente, concurre al Jardín para comunicarle a la Directora, con un cassete grabado, las cosas que decía la pequeña. La respuesta de la Directora fue“que en colegio eso no sucedía” El Cura párroco Alejandro Martinez, siendo la autoridad máxima, como director del establecimiento, jamás tuvo la intención de avisar a los padres de lo que realmente pasaba, el mismo día en que los padres concurren al colegio a presentar la denuncia penal a las autoridades, una vez concluido el informe, el Cura viaja a la localidad balnearia de Ostende, dando a entender lo poco que le intereso el caso, por lo menos así lo demostró con esa actitud, y hasta el lunes 7, no nos llamo. Dado la gravedad del hecho, los padres solicitan en forma desesperada, una reunión en el colegio para el mismo viernes 4/10 a las 21hs. con todos los padres y autoridades del mismo, a fin de alertar lo grave que estaba ocurriendo, llamamos a la parroquia, al colegio, a la Directora Olga Larroquet, a la casa del Cura, dejando en todos los casos mensajes c/los números telefónicos para que por lo menos alguien nos llame... nadie nos contesto ese día, teníamos que esperar hasta el lunes, porque el viernes era el día de la Patrona del colegio, luego, por ser fin de semana, esta gente no le daba realmente la importancia que merecía el caso, dado que el Cura se fue de la ciudad y nos dejo sin la contención que nosotros necesitábamos en ese momento. Finalmente la reunión se realizo, pero no en el colegio, sino, en la casa de uno de los padres denunciantes. El día lunes 7/10 se realiza otra reunión en el gimnasio del colegio, con un clima de gran hermetismo por parte de los padres, en todo momento, el Cura sé dirigió hacia nosotros con una sonrisa en la cara, hasta que una madre le increpa, “que saque de inmediato esa sonrisa ridícula de su rostro, que el motivo de la reunión, no era para mostrarse alegre” Fueron muchos los chicos afectados, hay muchísimos testimonios de chicos que vieron cosas y muchos padres que han comentado que sus hijos fueron sometidos, pero no se arriesgan a denunciarlo debido a las amenazas que estamos sufriendo. Este profesor, hacía casi 6 años, que daba clases en el Jardín, “nunca nadie vio nada” tenia salita de 3, 4 y 5º, estos niños inocentes, fueron abusados maltratados, golpeados, este profesor, daba clases, que no eran presenciadas por personal docente, como consta en el reglamento escolar. Este monstruo, les robo la inocencia, la alegría, por eso les pedimos que nos ayuden a aclarar todo esto, para que tanto el Cura párroco Alejandro Martinez, director del colegio, (hoy relevado de su cargo) como así también personal directivo del mismo, sean separados de sus cargos, él cual realizan ineficientemente, hay muchísimas denuncias por maltratos de parte de docentes de este colegio radicadas en el consejo escolar de nuestra ciudad, y no se hizo nada, como puede ser, que quien fuera en su momento la autoridad máxima de la Iglesia de MdP, el ex Monseñor Arancedo, se halla enterado 10 días después de haberle puesto en conocimiento a las autoridades del mismo, dado la gran cercanía que mantienen ambos, como así también, que los padres estén retirando a los chicos del colegio y las autoridades ni se muevan. Ayúdenos, para que la sociedad se entere de las atrocidades que este profesor les realizaba a estos pequeños, entre ellas, amenazándolos que si hablaban, “un monstruo les iba a matar a sus mamas” hoy nuestros niños, entre otras dolencias, sufren de pesadillas y regresiones. Son muchos los damnificados y no queremos que el Obispado siga encubriendo estas cosas. También queremos decirles que este profesor en su analítico de egresos, en una de las materias “Educación física especial” para niños de 3/5 años, paso con calificación (4), la pregunta es “como puede ser que un colegio, ponga al frente de una clase especial, a una persona que egreso con calificación (4). Melo Pacheco, al día de hoy consiguió un beneficio por medio del poder de la Curia, entre ellos como primer responsable el ex Obispo Arancedo, como así también, el Cura A. Martinez, que se los vio, varias veces en Fiscalía y no precisamente, interiorizándose por como estaban nuestros hijos. Casualmente, luego de estas reuniones, a este profesor le conceden una “excarcelación extraordinaria” otorgada por el Camarista, José Arriola, al día de hoy, este camarista fue destituido en un Jury, por cohecho. Este, es un beneficio que se les da, a los delincuentes con enfermedades terminales y personas mayores de 70 años, por lo cual este profesor tiene 34 y goza de buena salud. Al conocerse la determinación de la Cámara de Apelaciones, tal como consta en el Diario La Capital de MdP. con fecha 24/12/02, personal del Colegio Ntra. Sra. del Camino, en especial el cuerpo docente“FESTEJO” en una manifestación llevada a cabo en la playa de estacionamiento de tribunales. Lo que no entendemos los padres... “por que festejan”, a que se debe este festejo, a que halla quedado con prisión domiciliaria, un violador de menores. Vale aclarar, que la justicia no desincriminó a Melo Pacheco, sino que le otorgó un “polémico arresto domiciliario, sin custodia policial” en su finca, de Gaboto 4050, aunque “si” confirmó su procesamiento por el delito de "abuso sexual gravemente ultrajante reiterado y calificado, abuso deshonesto y corrupción doblemente agravada. Melo Pacheco, tampoco esta cumpliendo estrictamente el arresto domiciliario, dado que hay mas de 5 denuncias radicadas en la comisaría 3º de nuestra ciudad, de gente que lo vio deambular por el barrio y saliendo a correr con peluca rubia. Es por eso que los padres de todos los niños damnificados, no podemos comprender la actitud del personal docente y como este profesor pudo conseguir este beneficio. Por otra parte, queremos decir que al día de hoy, ni el ex Obispo Arancedo, (al haberse comprometido con los padres, a seguir el caso de muy cerca, y estar en permanente comunicación con nosotros), hoy arzobispo de Santa Fe, reemplazando al cuestionado Obispo Storni, “quien también esta procesado por abuso sexual ”, ni el Cura A. Martinez, Director del Colegio, hoy, implicado formalmente en la causa, como coautor y participe secundario en los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante reiterados y calificados, tampoco, la Directora Olga Rufina Larroquet, que también esta imputada como participe secundario en el mismo delito mas falso testimonio. y al frente del Jardín y ninguna de las maestras del colegio Ntra. Sra. del Camino, se han puesto en contacto con los padres, para interiorizarse sobre la salud psicofísica de nuestros hijos, cabe aclarar, que a una pequeña de 4 añitos, se le detecto un cuadro de “Clamidia Tracomatis” esta es una enfermedad de transmisión sexual exclusivamente cuyo germen produce consecuencias gravísimas, entre ellas, la esterilidad. Este informe es un indicio evidente de la responsabilidad del imputado Fernando Melo Pacheco en los hechos que se le adjudican, ya que esta niña presenta una dolencia física propia de los niños abusados. Por otro lado, el Juez Néstor Salas, ha permitido en forma irregular al Obispado de MdP. intervenir en las actuaciones presentando peritos colaboradores accediendo al expediente, tomando conocimientos de hechos reservados para las partes legítimamente constituidas, pese que no se lo ha reconocido como parte. Queremos dejar en claro, que el Cura A. Martinez, es Director de varios colegios católicos de nuestra ciudad, entre ellos, el colegio Divino Rostro, donde también se produjeron hechos de público conocimiento, por abuso sexual a niños. Hacía ya semanas, veníamos concurriendo al Juzgado de Menores, aguardando en algunos casos mas de cinco horas, por ser atendidos, sin que se nos permitan acompañar a nuestros hijos en las audiencias, que se nos entreguen a nuestros hijos de 4 o 5 años, luego de permanecer horas con extraños, sin haberles dado de comer o beber, sin que los revise un perito oficial, como así también que los mortifiquen con preguntas intimidantes. Que la intromisión irregular del obispado en este doloroso proceso se esta llevando a cabo con el evidente fin de entorpecer la investigación bajo una supuesta colaboración que llevarían a cabo tres psicólogas que CASUALMENTE SON LAS MISMAS PROFESIONALES OFRECIDAS COMO PERITOS DE PARTE POR EL IMPUTADO MELO PACHECO en la causa 122.818. que se le sigue en la fiscalía de la Dra. Lorenzo. Somos los padres, y no vamos a parar hasta que se haga Justicia, caiga él, y los responsables. ESTA PROBADO, QUE ESTAMOS FRENTE AL CASO MAS GRANDE Y ABERRANTE, DE ABUSO SEXUAL A NIÑOS QUE HAYA PASADO EN LA ARGENTINA. Al dolor de compartir con nuestros hijos la más horrenda de las experiencias jamás imaginada, de saber que nuestros hijos están marcados de por vida por haber sido abusados por un pervertido profesor y sacerdote de un colegio religioso, al dolor de sentirnos engañados usados y despreciados por quienes confiamos ciegamente al entregarles nuestros hijos para que los eduquen, debemos sumarles la certeza de que quienes deberían estar de nuestro lado compartiendo nuestra angustia y procurando llegar a la verdad, COMPARTEN LOS PERITOS MENCIONADOS con el imputado Melo Pacheco. Que las irregularidades en cuanto a la violación de la reserva de las actuaciones a favor del Obispado cuando no ha sido tenido como parte, él haber accedido a que colaboren con la causa, no son mas que hechos jurídicos que entorpecen el normal desarrollo de proceso, que obstaculizan la investigación y por ende BENEFICIAN AL PROFESOR imputado de abusar de nuestros hijos. Ojalá el Director y las autoridades, hubieran defendido a los niños y no el buen nombre del colegio y sus 41 años de trayectoria, que nadie puso en duda, hasta que nos mostraron la hilacha. Ojalá en el abrazo solidario, realizado el 8/11/02 por el colegio y a favor del mismo, un cobarde no le hubieran pegado, por la espalda, a una mamá que solo pregunto, si se iba a abrazar a los chiquitos del Jardín que estaban sufriendo, y que ni el Director y autoridades, supieron defender. Ojalá en la E.G.B. hubieran hecho una reunión para explicarles a la Gran Familia Parroquial del colegio Ntra. Sra. del Camino, lo que sucedió en el jardín realmente, en vez de mandar una nota que decía, “Cualquier información que deseen recabar los directivos, están a total disposición”. Ojalá, quienes no tuvieron la desgracia de padecer la tortura y el dolor de saber que sus hijos fueron abusados, entiendan que no somos padres piqueteros, que no es que debamos cuotas y no queremos pagar, que no queremos sacarle plata al colegio, porque podemos dar fé, que la impotencia y el dolor que sentimos, no hay plata en el mundo que lo pueda pagar. Ojalá, el padre en la misa, además de pedir por el establecimiento, los docentes y la parroquia que están pasando por un difícil momento, hubiera pedido por los niños abusados del jardín, que son quienes de “verdad”están pasando un difícil momento. Ojalá nunca hubiéramos conocido esta horrenda cara del colegio y parroquia, donde varios padres se casaron, bautizaron y se los entregaron para su formación. Ojalá Dios les de sabiduría e inteligencia a los directivos y sobre todo al Director, para olvidar su soberbia y reconocer que todo esto no es culpa de los niños, sino de él mismo y del profesor por ellos contratado. Ojalá y no tenemos dudas, Dios ilumine a los abogados, fiscales, peritos etc. Para llegar a la verdad, de la que nosotros no tenemos ninguna duda, porque ante todo creemos en la palabra de nuestros hijos. Ojalá Dios nos ilumine, para poder sacar de nuestro corazón todo el ODIO que esta gente nos hace sentir. Ojalá Dios ilumine a nuestros chiquitos para que sus heridas se borren de sus mentes para siempre. Ojalá toda la sociedad entienda que los únicos perjudicados son los niños abusados y que ni el colegio, y ni la Gran Familia Parroquial lo están. Para terminar, Dios bendiga a todos los que están del lado de las únicas victimas... Los niños ABUSADOS del Jardín, Nuestra Señora del Camino.
Profesor Alejandro Pache Melo
Por Niños Abusados Mar del Plata -
Wednesday, Mar. 09, 2005 at 3:14 AM
padres_de_ninos_abusados_mdp@hotmail.com
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Profesor Alejandro Pache Melo
Abusador de 32 niños del Jardin de infantes Nuestra señora del Camino
Olga Rufina Larroquet
Por Niños Abusados Mar del Plata -
Wednesday, Mar. 09, 2005 at 3:14 AM
padres_de_ninos_abusados_mdp@hotmail.com
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Olga Rufina Larroquet
Complice de abusado, actualmente a cargo del jardin
Obispo encubridor
Por Niños Abusados Mar del Plata -
Wednesday, Mar. 09, 2005 at 3:14 AM
padres_de_ninos_abusados_mdp@hotmail.com
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El encubrimiento de la verguenza del jardin del infierno
indigancion por la absolucion del abusador
Por veronica -
Tuesday, Mar. 28, 2006 at 2:46 AM
aventurasargentinas@yahoo.com.ar
fui victima de abuso desonesto, desde los 7 años y les puedo asegurar que LOS CHICOS NO MIENTEN, lamento muchisimo lo que les ha pasado a estos chiquitos, tengo un hijo de 2 años, que va a jardin, tengo muchisimo cuidado con las personas que lo cuidan, y me presento en el jardin de vez en cuando sin avisar, pero lo mas importante es que no veo actitudes extrañas en mi hijo, esto es indispensable de ver en los chicos, a veces no le damos el tiempo que deberiamos darle a nuestros hijos por falta de tiempo o por estar cansados, no debemos transmitirle miedos para que ellos cuenten todo lo que les pasa por mas insignificante que sea, ES LO MAS IMPORTANTE QUE TENEMOS, SON NUESTROS HIJOS.
Saquen a los chicos de los colegios religiosos, no tiene que ver con creer en Dios, yo a pesar de lo que me entero soy creyente, pero la iglesia esta apestada de muchas de estas personas con problemas serios de personalidad.
Sigan su lucha no bajen los brazos, hagan que la sociedad en MAr del Plata vea lo que estan sufriendo y sobre todo espongan la cara del abusador para que otros padres lo conozcan, expongan los nombres de los encubridores, para asi presionar a los que nos gobiernan, corten calles, hagan que el intendente sienta que le mueven el piso. De otra manera, la justicia esta muy influenciada por la Iglesia, contactense con organismos de derechos humanos,y otras organizaciones que traten abuso sexual. A los Padres solo les pido que tengan fuerza para acompañar a sus hijos piesen que ellos empiezan a vivir, denles mucho amor, mucho cariño y atencion, ese apoyo les va a servir mucho para poder formar una familia propia.
Lean la sentencia
Por Antonio Perls -
Tuesday, Feb. 05, 2008 at 5:37 PM
Por favor, lean la sentencia:
http://www.fmdelsol.com.ar/index.php?name=News&file=article&sid=1965&theme=Printer
http://www.fmdelsol.com.ar/index.php?name=News&file=article&sid=1964
http://www.fmdelsol.com.ar/index.php?name=News&file=article&sid=1963
QUÉ DIJO LA SENTENCIA
Por Antonio Perls -
Tuesday, Feb. 05, 2008 at 5:43 PM
EL CASO DEL PROFESOR DE GIMNASIA DE MAR DEL PLATA ACUSADO
DE ABUSO SEXUAL PRIMERA PARTE http://www.fmdelsol.com.ar/index.php?name=News&file=article&sid=1965&theme=Printer Nota: El texto con
fuente “Times New Roman” corresponde a
citas textuales. Mis comentarios están en “Verdana”. Cuestión Primera: ¿es legalmente admisible el
desistimiento parcial de la acusación realizado el Ministerio Público Fiscal
respecto de ocho de los hechos materia de juzgamiento? Recordemos que inicialmente
la acusación comprendía 21 casos, pero El Ministerio Público [ Los fundamentos del aludido retiro parcial, las graves
falencias en las que habrían incurrido tanto la perito psicóloga del Tribunal
de Menores, licenciada Adriana Vitali,
como la licenciada en psicología Ana
Birades. Estas críticas de no se observan hechos de contenido sexual en los relatos que
prestan (en cámara Gesell) los niños 20, 19, 21 y 11 con relación a 2 se advierte en sus dichos una
inducción evidente del relato materno, además de contar con un dictamen de su
propia terapeuta que no constata un probable abuso. Una especial consideración merece la conducta asumida por 33,
madre de los niños 14, 18 y 12, respecto de quien La madre acusada lo fue
entonces por falso testimonio y no como trascendió en algunos medios, por una
imputación de amenazas a una profesora del colegio. Concretamente las peticionantes le atribuyen a la testigo
haber faltado a la verdad en sus sucesivas declaraciones prestadas durante la
audiencia de debate ante este Tribunal y bajo juramento de ley, al negar
haberles manifestado oportunamente, tanto a la licenciada Andrea Fabiana Banchero
como a la directora del Colegio Nuestra Señora del Camino, Sra. Olga Rufina
Larroquet, que su hija 14 le refiriera haber sido víctima de
distintas situaciones de abuso sexual y que nombrara como autor de ellas a
"Roberto", siendo ese el nombre de su cónyuge (el padre de la menor). [Este y el resto de los subrayados son míos.] Esto le fue atribuido en su declaración por la licenciada
Banchero, y ratificado en la diligencia de careo con Varios son los motivos que me inclinan a considerar ciertos
los dichos de la licenciada Banchero y a) En primer lugar, no se advierte cuál podría ser el
interés de una profesional de b) Por lo demás, Banchero pudo constatar esto personalmente
en sus entrevistas con 14, quien le hizo referencias concretas a lugares
de su casa donde se producían los hechos en ausencia de la madre,
manifestándole que Roberto (su padre) le refería cuando jugaban al "juego
de los maridos" expresiones tales como "sos igual a tu mamá",
llegando a la conclusión que la niña podía haber sido víctima de abuso sexual a
manos de su padre, 43. c) También es importante destacar que la licenciada
Banchero llegó a este diagnóstico con anterioridad a tomar conocimiento de la
situación que se había presentado en relación al Colegio Nuestra Señora del
Camino, por lo que no puede atribuírsele un deseo de favorecer al docente que
aparecía sindicado como autor de actos de la misma índole. Por el contrario,
a partir que d) Por último, contribuye a reforzar la convicción que la
licenciada Andrea Banchero se ha manifestado con la verdad sobre el punto
controvertido, el testimonio aportado durante la audiencia por la directora del
Colegio Nuestra Señora del Camino, Sra. Olga Rufina Larroquet, cuando sostuvo
que Frente a tales indicios de concurrencia del tipo objetivo
descripto por el artículo 275 del Código Penal, y aún cuando resten acreditarse
distintas circunstancias vinculadas a los elementos subjetivos del tipo en el
caso particular, relativas a los motivos que pudieron haber llevado a la
testigo Queda claro entonces que En atención a todo lo expuesto hasta aquí y demás
consideraciones puntuales efectuadas por Hasta aquí resulta que no
hay elementos para acusar en 8 de los 21 casos presentados originalmente y se
resolvió procesar por falso testimonio a Cuestión Segunda: ¿Se encuentran acreditados los hechos
de la acusación en sus respectivas exteriorizaciones materiales?: Concretaron finalmente su acusación las señoras
representantes del Ministerio Público Fiscal, Dras. María de los Angeles
Lorenzo y Andrea Nancy Gómez, respecto de trece (13) hechos a los que asignaron
connotaciones delictivas contra la integridad sexual, consistentes en:
tocamientos en zona genital y/o anal de los niños 3, 4, 5, 9, 13, 16, 15, 1,
6, 7, 8, 10 y 17 Luego de un debate que dio comienzo hace exactamente un mes
atrás, durante el cual se le recibió declaración a más de 90 personas, se
proyectaron por sistema de video las dieciocho [SIC:
Tres de los niños no declararon] declaraciones de las presuntas víctimas
(filmadas a través de cámara Gessell), se incorporaron piezas documentales y
actuaciones de Punto de partida ineludible resultarán las declaraciones
prestadas por los niños que presuntamente habrían sido víctima de los hechos
durante el año 2002, por entonces de entre 4 y 5 años de edad, debiendo
aclararse que en razón de las posturas asumidas por las partes al momento de
los ofrecimientos de prueba (…) habiendo deducido oposición a la incorporación
por lectura al debate de aquellas prestadas oportunamente ante el Tribunal de
Menores (…), sólo habrán de tomarse en cuenta aquellas cuya producción
dispusiera este Tribunal en lo Criminal como instrucción suplementaria a fs.
2357/66 (…), que fueran llevadas a cabo y registradas mediante sl sistema de
cámara Gessell a fin de resguardar los derechos que en nuestro ordenamiento
jurídico constitucional y legal se les reconoce a las personas menores de edad,
especialmente luego de Además, también se afirmó
que los jueces habrían sostenido que "...el más grave error de la justicia
es creer en los testimonios de los niños..." Pero los jueces han dicho
exactamente lo contrario: los avances operados en las últimas décadas en Así, en la actualidad, la investigación científica
(basada en experiencia empírica) sustenta la habilidad de los niños para
brindar testimonio de manera acertada, si bien se hace cargo de las
dificultades que encierra obtener relatos de una persona con su psiquismo en
formación. Por ejemplo, cuando se les requiere transmitir hechos complejos que
implican mayor nivel de abstracción o inferencia. Pero también puede afectarse
su testimonio (al igual que el de un adulto) si se los confunde mediante
preguntas tendenciosas o sugestivas, afirmando que la entrevista técnicamente
mal conducida es una causa principal de falsas denuncias, por lo que destaca la
necesidad de utilizar técnicas especiales para obtener el testimonio y de
contar con profesionales idóneos en la materia (Berlinerblau, V.: op. cit.,
p.203; Glaser, D.-Frosh, S.: "Abuso sexual de niños", Paidós,
Bs.As.,1997). Tampoco puede desatenderse la posibilidad de co-construcción
de los relatos de los niños ya que es sabido- la memoria humana no guarda registros
en la forma en que lo hace una videocámara, sino que se generan
"baches" que pueden ser rellenados por la influencia de factores
diversos, por lo que debe estarse atento a la posibilidad de inducción de
terceros en los relatos de los niños, en especial cuando ella se ejerce
desde una posición de poder e influencia. Si bien con distintos matices, esto
fue aceptado durante el debate tanto por expertos convocados por la acusación
(Dr. Volnovich) como por Teniendo todo ello presente, para dar respuesta a la
cuestión planteada, he de mensurar el grado de credibilidad de los relatos de
los niños atendiendo principalmente a los siguientes criterios de
ponderación: a) la posibilidad material de acaecimiento de los
hechos que refieren; b) la posibilidad de contaminación de sus relatos,
bien sea por experiencias vividas (vistas, oídas) aunque no sufridas, o por inducción
conciente o inconsciente- de terceras personas; c) la concordancia del
relato con la información que aporte la historia previa, d) con el
examen clínico-genital, e) con el examen psíquico del niño; y f)
la concordancia con otros elementos de prueba existentes en la causa. Los profesionales de la psicología que actuaron en carácter
de terapeutas, al ser interrogados por la defensa durante el debate acerca de
si habían realizado alguna actividad tendiente a investigar si los hechos
referidos por los niños que evaluaron habían ocurrido realmente, contestaron
(por caso Y esto es correcto desde el punto de vista puramente
psicoanalítico, que se desentiende de la realidad objetiva y se limita a
interpretar la "realidad subjetiva" del paciente (sea ésta verdadera
o imaginaria), atendiendo sólo a lo que verbaliza durante la terapia. Pero
no resulta aceptable en el ámbito judicial, donde a través de la actividad
investigativa se pretende determinar la existencia de elementos objetivos que
permitan sostener ambos extremos de la imputación, al menos en grado de probabilidad , no es igualmente aceptable que el órgano estatal que tiene
a su cargo la persecución penal pública se maneje atendiendo casi con
exclusividad a éstos hipotéticos indicadores orientativos se imponía analizar con singular detenimiento y minuciosidad
la posibilidad física de acaecimiento de los hechos denunciados, en las
condiciones de tiempo, lugar y modo contenidas en los distintos relatos, y ello
toda vez que en razón de la edad de las presuntas víctimas (4 y 5 años)
resultaba imposible exigirles a los niños mayores aportes que los que se
volcaran en autos. No me cabe duda que si no hubiese estado constreñida por las
muy razonables limitaciones derivadas de la edad de las presuntas víctimas, (en
respeto a la ya citada Convención de los Derechos del Niño) seguramente Y seguramente habría dispuesto que las víctimas narraran
"in situ" los presuntos actos abusivos sufridos, precisando lugares,
trayectos y modalidades de comisión. Esto hubiese permitido a los
investigadores "poner en acto" los relatos y obtener un importante
indicador de su veracidad, credibilidad y valor como prueba. Pero no siendo
ello posible, como se dijo, en atención al debido cuidado que merecen los
superiores intereses del niño y las posibilidades ciertas de
"revictimización", debieron duplicarse las precauciones del
órgano de persecución estatal por efectuar las comprobaciones indispensables
para permitir apreciar la verosimilitud de los relatos. Si bien con las limitaciones propias de las dos inspecciones
judiciales practicadas por el Tribunal en presencia de las partes en las
dependencias internas del colegio donde se dicen perpetrados los hechos
denunciados, concluyo que resulta materialmente imposible que dentro del bajo
escalera (cuarto o "cuartito") en el que se guardan todo tipo de
productos de limpieza, materiales de escenografía para actos escolares y
elementos utilizados en las clases de educación física, puedan ingresar
simultáneamente varias personas adultas y más de un menor de edad, y en tales
circunstancias efectuar allí distintos movimientos corporales, extender sobre
el piso algunas de las colchonetas que permanecen apiladas y tomar fotografías
desde su interior, tal cual se pretende que ocurriera en algunos de los relatos
adjudicados a los niños Igualmente, no se advirtió entonces tampoco de qué forma -en
la estructura de hormigón armado del bajo escalera- pudo hallarse allí un caño
del que habría sido colgada una menor, o si existían rastros materiales
de su retiro a posteriori de los hechos. Tampoco consta, ni fue alegada, actividad investigativa
alguna respecto de la vivienda a la que según el relato del niño 4,
habría sido trasladado desde el colegio en horario de clases a bordo de una
"combi" junto a un amigo, a pesar que su madre 26 manifestó
haber logrado identificarla a indicaciones de su hijo-, si bien extrañamente
refiere no haber puesto ello en conocimiento de quienes tenían a su cargo la investigación
a pesar de la evidente trascendencia de ese dato obtenido para corroborar el
relato del niño. Podrá contestarse a esto que la fiscalía sólo concretó
acusación por presuntos tocamientos genitales y/o anales que atribuye al
profesor de educación física del colegio Nta. Sra. del Camino, y que se habrían
cometido en dependencias interiores del establecimiento; tocamientos que
(como sostuvo el acusador en su alegato) no necesitan tiempo de preparación y
se pueden practicar en pocos segundos, pero aún así Sostuvo al respecto la defensa en su alegato final que si
le cree a los niños en la totalidad de sus manifestaciones, debiera extenderse
la imputación a no menos de quinces personas más; de lo contrario, si se
"recorta" el relato de los niños se termina por considerar probados
sólo a los hechos menos descabellados. En vez de ello, la veracidad de los relatos de los niños se
ponderó exclusivamente a través de las conclusiones arribadas por los
profesionales de la psicología que entrevistaron a los menores, basados ellos
en indicadores inespecíficos que fueron tanto negados como afirmados durante el
curso del debate. Y el grave error de prescindir de prueba objetiva sobre la
posibilidad real de acaecimiento de los hechos, haciendo reposar la veracidad
de los relatos de los niños tan sólo en el dictamen de aquellos profesionales,
consiste en que esto no repara suficientemente en la eventual posibilidad de
contaminación, bien sea por experiencias vividas por los niños (vistas, oídas)
aunque no sufridas, o por inducción conciente o inconsciente- de terceras
personas, en especial si se vinculan con él a través de una relación de poder e
influencia, punto al que me referiré a continuación. La posibilidad de contaminación de los relatos. resultó sumamente ilustrativo el testimonio prestado por Luego de exponer las condiciones
a que debe atenerse el profesional, Concluyó la testigo que la declaración inicial del niño
es la de mayor validez, en orden a su credibilidad ya que en las posteriores
pueden interactuar factores diversos que hagan variar el relato inicial. La labor técnica cumplida por la licenciada Ana María
Birades. Al analizar la forma en que han sido obtenidos los relatos
de la mayor parte de los niños en la presente causa, se advierte que no se
observaron ninguna de las recomendaciones y prescripciones ya expuestas por concluyendo que Birades podría encontrarse incursa en la
figura legal prevista por el art. 275, 2º párrafo del CP (falso testimonio
agravado por haberse perpetrado en perjuicio del imputado). La lamentable actuación profesional cumplida por si resulta grave en sí que la nombrada haya inobservado
reglas mínimas de actuación profesional en lo referente a la metodología
exigible en el examen psíquico del niño presunto víctima de abuso sexual
(omitiendo las practicas principales recomendadas) es aún más grave no haber
respetado la esencial condición de mantenerse emocionalmente neutral al
tomar contacto con los niños. a punto tal de llegar a exhortar a la señora defensora a que
"no analizara los hechos como abogada sino como madre". La
posible contaminación de los relatos de los niños por inducción de una
profesional incapaz y desbordada que fue precisamente quien tuvo a su cargo la
primera entrevista con los niños 6, 7, 13, 17, 9, 19, 5, 4, 1 y 16,
proyecta el posible daño psíquico sobre un fundamental elemento probatorio como
lo es el relato de las presuntas víctimas, según analizaré más adelante. Pero hay algo aún más grave, y es la posibilidad de que
la falta de objetividad e impericia puesta en práctica por Birades haya
provocado un resultado dañoso en la salud psíquica de los menores tal cual
postula Por estas razones, estimo que corresponde hacer lugar a lo
peticionado por las partes (Fiscalía y Defensa), debiendo formarse causa por
separado en orden a la presunta comisión del delito de falso testimonio
agravado por resultar en perjuicio del imputado (art. 275, 2º párrafo, del
Código Penal) y lesiones culposas (CP, 94) La labor técnica cumplida por la licenciada Adriana
Vitali. la fiscalía criticó durante su alegato la labor cumplida en
la causa por esta perito oficial, atribuyéndole haber exhibido falta de
idoneidad y profesionalismo tanto en lo referente a la forma de llevar a cabo
las entrevistas con los niños como a la falta de respaldo científico de sus
conclusiones, lo que la condujo lógicamente a no tomarlas en cuenta al momento
de exponer el cuadro probatorio cargoso, y a requerir la formación de proceso
por separado para que se investigue si existe, de su parte, una adecuación a la
conducta típica descripta por el art. 248 CP. Todo ello fue compartido asimismo
por la defensa. Comparto las críticas formuladas y hago a ellas un agregado
que estimo esencial. Cierto es que la licenciada Vitali incumplió reglas
mínimas que hacen a una correcta evaluación psicológico-forense al no
proveer de la necesaria privacidad a sus entrevistas con los niños, permitiendo
el ingreso en varios casos de sus padres, de su terapeuta (reconoció que
colaboró Birades, quien formulaba preguntas) y hasta de un grafólogo (lo
consideró de interés). También que exhibió en sus conclusiones
contradicciones serias entre los distintos informes elaborados en relación a un
mismo niño, no logrando dar explicación satisfactoria a las mismas,
demostrando deficientes fundamentos científicos, lo que deslegitima
procesalmente su actuación profesional (doct. art. 250 CPP). Pero el mayor reproche que cabe formular a su actuación en
autos se vincula a una cuestión que fue develada por la propia licenciada
Vitali durante su declaración en la audiencia de debate. En efecto, sostuvo en
relación a dos de los niños que evaluó (5 y 4) que los mismos "pudieron
haber sido influenciados", reconociendo que contaba con poca
información para ser concluyente, no obstante lo cual se limitó a practicar
sólo las dos entrevistas con los niños y las dos con sus padres que reconoció
haber efectuado en los restantes casos, con utilización de las mismas técnicas
(evaluación en entrevista, hora de juego y dibujo). Esta situación la considero
de singular gravedad toda vez que su rol de perito oficial le imponía
ciertamente, ante semejante sospecha, recabar toda la información adicional que
resultare necesaria para confirmar o descartar una hipótesis que pudo haber
tenido incidencia decisiva en el trámite de la causa, si hubiese sido atendida
con la seriedad profesional que los hechos ameritaban. En razón de lo expuesto hasta aquí, estimo que corresponde
hacer lugar a lo peticionado por las partes (Fiscalía y Defensa), debiendo
formarse causa por separado en orden a la presunta comisión del delito de incumplimiento
de los deberes de funcionario público (art. 248 del Código Penal) Intervención de los padres de los niños Ya fueron consignadas al comienzo de este apartado las
precauciones que deben tomarse si se quiere preservar el contenido del relato
del niño. Pero si bien ellas deben ser observadas por los profesionales de la
psicología infantil, no necesariamente han de ser conocidas por los padres que a
veces de manera paulatina, otras en forma repentina- llegan a la sospecha que
su hijo puede haber sufrido un acto sexualmente abusivo. La doctrina especializada advierte que no existe una
prescripción válida para todos los casos acerca de cómo actuar frente a esta
situación, dependiendo ello de la personalidad del menor, su situación y su
entorno, y que no todas las personas están en condiciones de hacerlo
correctamente pues es posible que la afectación emocional impida al adulto
encarar el problema con serenidad y sensatez, siendo necesario "controlar
los propios sentimientos y superar la consternación que se sufre, no dejarse
dominar por el pánico y no actuar de manera irreflexiva, ya que las acciones no
meditadas podrían perjudicar antes que ayudar" (Besten, B.: "Abusos
sexuales en los niños",Ed. Herder, Barcelona, 1997, p. 103/4). …cuanto menos, se me ocurre que por lo agresivas,
recurrentes, iracundas e indiscriminadas, estas acciones resultaron
manifiestamente excesivas si lo que se pretendía era que la comunidad
tomara conciencia de las presuntas situaciones de abuso sobre niños de edad
escolar; innecesarias si lo que se perseguía era evitar "la
impunidad" pues la causa se hallaba en pleno trámite y dentro de los
plazos legales; pero por sobre todas las cosas irracionales y temerarias por
sus consecuencias ciertamente perniciosas para la salud psicológica de
los niños y para la buena marcha del proceso. Debe repararse asimismo en lo afirmado por 44, madre
de 45, también alumna de Jardín, quien manifestó durante el debate
haberse sentido presionada por los padres durante un reunión para que hiciera
una "exposición". Posteriormente llevó a su hija a tratamiento
psicológico durante un año y medio y no le fue hallado ningún indicador de
conductas traumáticas. Resulta igualmente significativo, a ese respecto, el
testimonio prestado por 46, docente en escuelas municipales y madre de
un niño de Jardín del Colegio Nuestra Señora del Camino, quien tomara contacto
con 26, madre de una de las presuntas víctimas (4), la que se
presentó en su domicilio y le comentó hechos narrados por su hijo que a la
testigo 46 no le parecieron extraños, interrogando a 26 acerca de
los motivos por los que formularía la denuncia, recibiendo como respuesta que la
hacía por las dudas de que hubiera pasado algo, y al advertirle 46
que ello podría influenciar a los chicos, le contestó que ella lo estaba viendo
"mas como docente que como mamá" En el marco de ese contexto puede encontrar su explicación
el hecho llamativo de advertirse notables diferencias en cuanto a las
connotaciones que le asignan la mayoría de los padres al juego escolar
denominado "la cola de zorro", y a los fines que le
atribuyen a la utilización por parte de los docentes del denominado "secretito",
frente a lo que cuentan al respecto sus hijos, en los relatos que fueran
reproducidos durante la audiencia. En efecto, el juego de la "cola del zorro"
fue explicado por la directora del colegio Nta. Sra. del Camino, Olga
Larroquet, durante su declaración en la audiencia. Lo definió como un juego de
persecución, tradicional, que conocen y utilizan todos los profesores de
Educación Física, consistente en que varios niños del grupo (5 o 6) se colocan
la "cola" en el elástico del pantalón y, cuando se imparte la orden,
los restantes comienzan la persecución de aquéllos intentando arrebatarles la
"cola" dado que quien lo logra pasa a su vez a colocársela y comienza
a ser perseguido. Detalló, en cuanto a los objetos que utilizaban a modo de
"cola", que existen distintas variantes en base a los materiales con
que cuente el colegio, utilizándose en este caso bastones flexibles, con abrojo
en sus extremos (fueron exhibidos en la audiencia uno de color amarillo y otro
de color rojo, secuestrados durante la investigación). Aclaró que los niños más
chicos no lograban colocarse la "cola" por sus propios medios y eran
ayudados por el docente. En cuanto al "secretito" explicó la
directora que era un recurso utilizado por la profesora de música cuando les
enseñaba a los niños una canción a ser interpretada durante un acto escolar,
dirigido a que éstos no la cantaran en sus casas y así sus padres la escucharan
por primera vez el día de la representación. Para ello les manifestaba a los chicos
que esa canción era un "secretito" que debían mantener y que no había
que contar a los papás. Estos dichos fueron ratificados por la propia docente
aludida, Mónica del Carmen Palacios, durante el debate. Ahora bien, lo que podría considerarse la primera referencia
que se hace al juego de la "cola del zorro" en la presente
causa se advierte en la denuncia de fs. 2/3 -incorporada por lectura-
interpuesta por los padres de 1, donde expresan que luego que su hija
les contara que otro nene de jardín le había tocado la vagina con el dedo y le
había puesto un papelito en la cola, la interrogaron en relación a los juegos
que practicaba en el jardín, y que 1 les refirió el juego, mencionando
al profesor de educación física, incluyendo en la descripción de lo narrado por
su hija actos con connotaciones sexuales. A partir de la difusión que el matrimonio 23 dio a
estos presuntos dichos entre los padres de los compañeros de 1,
solicitando que interrogaran a sus hijos sobre los mismos temas, varios de
ellos así lo hicieron, manifestando durante el debate haber obtenido de los
chicos similares relatos de connotación sexual en relación a este juego de la "cola
de zorro" y la explicación de que no les habían contado estos actos
porque era un "secretito" . Sin embargo, como se verá luego en
cada caso particular, los niños no incluyen estas menciones en sus relatos.
Esta disparidad se advierte de manera muy clara con relación al menor 9,
entre el relato del niño (ver desgravación) y el de su madre, 30, prestado
en la audiencia.Y se la advierte también con relación a varios aspectos
tratados en distintas partes de esta sentencia, como los son relativos a
hechos que se presentan como materialmente imposibles, otros francamente
improbables, tanto por las circunstancias espaciales en las que se dicen
cometidos, como por la generalización de víctimas ante quienes se habrían
llevado a cabo y de abusadores que habrían actuado conjuntamente. La concordancia de los relatos con las historias previas. surge de los testimonios de los docentes del colegio y de la
mayoría de los padres que éstos (salvo contadas excepciones), hasta la
interposición de la ya aludida denuncia del matrimonio 23, no habían
hecho saber a las autoridades del establecimiento queja o preocupación alguna
acerca de problemas o cambios que hubieren constatado en el comportamiento de
sus hijos. La concordancia de los relatos con los exámenes clínicos.
Durante el debate prestó declaración Sólo con relación a los niños 1 y 9 los exámenes
clínicos describen signos que serán tratados con detenimiento al referirme a
sus casos en particular. La concordancia con otros elementos de prueba existentes
en la causa En la presente causa no sólo no encuentro evidencias
objetivas independientes del relato de los niños que me permitan dar por
probado los hechos, sino que doy por acreditada la existencia de verdaderos contraindicios
que me conducen a establecer que ellos hechos difícilmente puedan haber
ocurrido en la forma relatada. No es posible dar por sentado que pudieran haberse
perpetrado sin ser advertidos por la cantidad de personas que circulaban en
forma incesante por el lugar donde se estiman cometidos y sus adyacencias; la
mayor parte de ellos docentes del colegio, autoridades del mismo y personal
auxiliar. Y no puedo aceptar lo que, aún cuando no fue expresamente manifestado
por la parte acusadora, pareciera implícito en los dichos del particular
damnificado: que la directora, vicedirectora, maestras jardineras,
preceptoras, portera, choferes de transporte escolar, fotógrafo, si no olvido a
alguien más -y omito deliberadamente al representante eclesiástico del colegio,
padre Félix Alejandro Martínez, pues aún existe causa en trámite a su respecto-
fuesen tan torpemente inocentes como para no reparar en los reiterados actos de
maltrato y abusos que -se afirma- se cometían delante de sus narices o, peor
aún, que a pesar de haber tomado conocimiento permanente de estos hechos se
hubiesen conjurado para encubrir perversiones de un simple profesor de
educación física con tres años de antigüedad en el colegio, en perjuicio de
decenas de niños que asistían al jardín maternal. Fueron especialmente
significativas las expresiones de Sandra Elizabeth Lugones en el debate
(maestra jardinera desde 1994) quien señaló, en alusión a los hechos
denunciados: "...es aberrante, somos dieciséis personas enfermas que veíamos
eso y no decíamos nada; de haberlo visto, yo lo hubiera matado...".
mentira
Por leonardo millan -
Wednesday, Nov. 02, 2011 at 1:04 PM
Esto es absolutamente mentiratodos fueron declarados inocentes de culpa y cargo,el padre alejandro es una exelente persona ,el unico caso del que cvomprobo abuso el culpable era el padrastro de la criatura que habia huido a españa por favor no sigan ensuciando a inocentes,que DIOS se apiade de los injustos.