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LA TRANSFORMACION REVOLUCIONARIA DEL ORDEN JURIDICO PENAL
Por Daniel Gamboa - Sunday, Mar. 13, 2005 at 1:18 PM
nuevorumbo445@hotmail.com.ar

Las raices estructurales del problema criminal sintetizado en la contradicción delito-seguridad reconocen su origen el el carácter específico del modo de producción capitalista y mas precisamente en la relación que se entablece entre la fuerza de trabajo y el capital como único modo de supervivencia del que la desocupación deviene necesariamente como fenómeno estructural.

NECESIDAD DE LA TRANSFORMACION REVOLUCIONARIA DEL ORDEN JURIDICO
PENAL IMPERANTE

La Constitución de un Estado, las leyes y los códigos que en su consecuencia se dictan se exhiben por la burguesía ante los ojos de los trabajadores y el conjunto de los sectores sociales oprimidos como los reguladores formales del funcionamiento de una sociedad. Este dogma, crea la ficción de la imparcialidad, inviolabilidad, e inmutabilidad del orden jurídico.
Se oculta de esta manera que el fenómeno jurídico, en última instancia, es la manifestación superestructural de las relaciones de clase y de producción de una sociedad determinada. Es pilar formal del poder burgués y de su Estado, no sólo porque regla su funcionamiento y pena las violaciones a la ley, sino porque arma todo el entretejido de argumentos que moldea la conciencia y la moral de toda la sociedad.
Es “el poder judicial del Estado” quien galvaniza este orden de cosas Bajo el capitalismo, la Justicia defiende los intereses de clase de la burguesía. Pero en su fase de descomposición, de guerra y revoluciones (el imperialismo), lo jurídico está al servicio de los sectores más concentrados del gran capital. Por eso se verifica en la legislación, en los fallos y sentencias, la tutela al detalle que ejercen los grupos dominantes del Capital sobre las decisiones de los órganos del poder judicial.
La Corte Suprema no es independiente del Poder ejecutivo y legislativo y responde esencialmente al proceso económico, social y político digitado y dirigido por el gran capital. Por las propia contradicciones de ese proceso (que implica inclusive la destrucción de sectores enteros de la burguesía), el poder judicial puede incluso chocar con los otros poderes, y usar la figura de la "independencia" como recurso de potenciar fallos a la medida de sus verdaderos amos. Si los gobiernos y legisladores de turno operan como gerentes ejecutivos del Capital, los jueces, tienen un rol permanente, que exige una fidelidad y un compromiso que se corporiza en la estabilidad del Poder Judicial.
En una etapa de cambio social como la que atraviesa Argentina, uno de los indicadores de la crisis de dominación del poder burgués es la quiebra de la confianza en “la Justicia” y el orden jurídico imperante .como resultante de un largo proceso de desencanto transitado desde las leyes de obediencia debida y punto final y la complicidad del aparato judicial con la estrategia de licuar el genocidio perpetrado por la dictadura militar , con un momento destacado en el alzamiento popular del 19 y 20 de diciembre de 2001 en el que incluso algunos sectores de la propia burguesía chocaron con el ordenamiento jurídico que el conjunto de esa clase social en el poder había diseñado durante la década del 90
En ese aspecto los ingentes esfuerzos de Duhalde-Kirchner por recomponer la imagen con cambio de figuras,y la anulación de las leyes de punto final y obediencia debida no ha dado un resultado similar al reordenamiento político conseguido con el llamado a elecciones y la continuidad institucional del poder burgués. Cala hondo en el sentimiento general de los explotados que no son las leyes vigentes , ni los jueces quienes corporizan la existencia de un orden social justo, y que toda lucha por superar las paupérrimas condiciones de vida deberá enfrentar la política criminal que diseñan ese orden jurídico y concretizan los organismos judiciales.
En este marco, la criminalización de la protesta social como medio de intervención del estado en la lucha de clases pone en el tapete una situación básica que es el problema del Delito y su castigo, es decir, lo que genéricamente se conoce como “la cuestión penal”.
Las raíces estructurales del problema criminal reconocen su origen en el carácter específico del modo de producción capitalista y más precisamente en la relación que se establece entre la fuerza de trabajo, y el capital, como único modo de supervivencia, regido por las leyes del mercado, de donde la desocupación deviene necesariamente en un fenómeno estructural y no coyuntural del sistema. El modo de producción capitalista no garantiza el pleno empleo sino que por el contrario supone un mecanismo de exclusión de los trabajadores, que desempleados pasan a engrosar las filas del subproletariado (el llamado “ejército de desocupados”).
Sobre esta base los fenómenos criminales que se desarrollan por ese sector social no constituyen formaciones culturales auténticas, sino fenómenos conexos a los procesos de marginación y disgregación social inducidos por el modo de producción capitalista. Por eso, la criminalidad tal como se nos presenta en la vida cotidiana no es una categoría genérica y fuera de la historia, sino por el contrario resulta históricamente generada por el modo de producción capitalista, en tanto causa estructural de la marginalidad.
El presupuesto ideológico fundamental de la sociedad burguesa y del modo de producción capitalista es una concepción de la libertad como libertad de elección y no como libertad –participación. A este tipo de libertad negativa corresponde “la dominación de las formas materiales sobre los individuos, la opresión de la individualidad, la adecuación de sus relaciones personales bajo las relaciones generales de clase, (Carlos Marx La ideología alemana), por eso debe denunciarse como un dogma carente de toda base en la realidad y de todo rigor científico, la noción de “culpabilidad” entendida como conciencia y voluntad individual del sujeto para optar por el delito... “...si el interés bien entendido es el principio de toda moral, lo que importa es que el interés privado del hombre coincida con el interés humano. Si el hombre no goza de libertad en sentido materialista, es decir, si es libre, no por la fuerza negativa del poder evitar esto y aquello, sino por el poder positivo de hacer valer su verdadera individualidad, no deberán castigárselos crímenes del individuo, sino destruir las raíces antisociales del crimen y dar a cada cual el margen social necesario para exteriorizar de modo esencial su vida. Si el hombre es formado por las circunstancias, será necesario formar las circunstancias humanamente” (Carlos Marx. La Sagrada Familia)

Conversión de la fuerza de trabajo en mercancía y su subordinación a la objetividad de las relaciones de producción capitalista, atomización individualista de la sociedad burguesa y descomposición de los ciudadanos en la doble figura de titulares de la propia fuerza de trabajo y sujetos de un simple poder de delegación política, se configuran como factores de desocializaciòn del individuo y de desarrollo de los “antisociales lugares de nacimiento del delito” por eso ,las raíces de la criminalidad deben ubicarse no en el carácter antisocial de la conciencia individual sino en el carácter antisocial e inhumano de la sociedad capitalista,
Resulta prioritario entonces, una intervención social sobre las circunstancias, es decir, sobre el ambiente social y sobre las estructuras económicas que condicionan materialmente la libertad de los sujetos, entendidos como la síntesis de relaciones sociales, en un específico momento histórico.
En este marco, la raíz primaria del delito, debe buscarse en la carencia de un “espacio social “que garantice a cada uno el ejercicio de una libertad real y efectiva y no formal como la descripta. La socialización de los medios de producción, la superación del trabajo asalariado y la recomposición social del trabajo dividido, que son los ejes de todo proyecto de transformación revolucionaria deben ser vistos también como elementos de una acción estratégica contra el delito.
Es igualmente criticable esta representación del criminal como individuo libre y autodeterminado, si se la vincula como lo hace la cultura burguesa dominante, con la concepción teleológica de la Pena estimada como necesaria consecuencia de la “culpabilidad” y como instrumento de enmienda, recuperación social y terapia anticriminal, elementos todos estos que constituyen el fundamento del derecho penal moderno, entendido como instrumento privilegiado de control y defensa social.
Denunciar y destacar este proceso de criminalización de tipo ético e individualizante basado en la noción de culpabilidad individual (que es propio del derecho penal burgués), otorga la posibilidad de advertir que esa normativa solo juega para una parte de los infractores sociológicamente cualificados por su pertenencia a las clases explotadas y marginadas y no juega en modo alguno para la criminalidad del poder y en general para los personeros de los sectores económicos hegemónicos
Se explica de esta forma el carácter prevalentemente proletario y subproletario de la criminalidad puesta de manifiesto por las estadísticas judiciales, y al mismo tiempo permite comprender la ideología pequeño burguesa que sustenta la sospecha dirigida a los componentes de esos sectores sociales, a quienes le asignan inclinaciones naturales a delinquir (repárese en este sentido en los frecuentes arrestos para individualizar a personas “en actitud sospechosa”, fundada solo en su color de piel, el barrio o villa donde vive, su vestimenta, etc. ) y la alarma social disfrazada como “falta de seguridad”

La denuncia del carácter histórico y socialmente determinado de la criminalidad moderna, el carácter social de la responsabilidad penal y la consiguiente exigencia de una socialización integral del tratamiento penal son los ejes para avanzar en la construcción de hipótesis estratégicas de política criminal trazada desde la perspectiva del proletariado El primero y más decisivo instrumento de una política criminal del movimiento obrero está constituido por la transformación de la estructura productiva, de forma tal que la misma sea capaz de evitar a los trabajadores su exposición a las variaciones del mercado en cuanto se refiere al trabajo entendido como mercancía garantizándole condiciones sociales de existencia” capaces de impedir la marginación social de la fuerza de trabajo y los fenómenos de desocializaciòn y disgregación cultural inducidos por ella.
La cuestión está en preservar al proletariado del deterioro, la desmoralización y la ruina”, para ello resulta vital la agitación y organización en torno a la consigna de la escala móvil de salarios y escala móvil de horas de trabajo. Política y lucha por el empleo y política socialista de prevención del crimen son en este sentido la misma cosa. Sólo una acción de este tipo puede superar la atomización y la dispersión de las capas marginales, y transformar la rebelión inmotivada, individualista, en antagonismo social y lucha política.
La política obrera en materia criminal debe orientarse agitando consignas de transición que pongan el eje en una drástica reducción de la esfera de intervención penal del Estado burgués en la esfera privada de las personas apuntando a convertir a esta en un instrumento secundario y de excepción. Esto supone:
1. Despenalización masiva de todas las hipótesis de delito no graves (supresión de los delitos de opinión, de asociación y reunión, los delitos sindicales y la eliminación lisa y llana de los códigos de faltas y contravenciones)
2. Asignar el carácter de delitos únicamente perseguibles por las partes a los delitos contra la propiedad, desde los hurtos, hasta las pequeñas estafas
3) Revisión de los bienes que son tutelados por el orden penal vigente, sobre la base de una exacta identificación de las necesidades y los intereses de los trabajadores y demás sectores explotados que mire hacia la tutela del ambiente, la salud, el trabajo,
4) Necesidad de una progresiva superación de la cárcel a través de la reducción de las penas privativas de libertad o su sustitución por tratamientos institucionales alternativos.
La conversión de la fuerza de trabajo en mercancía y su subordinación a la objetividad de las relaciones de producción capitalista; atomización individualista de la sociedad burguesa y descomposición de los ciudadanos en la doble figura de titulares de la propia fuerza de trabajo y sujetos de un simple poder de delegación política a través del voto y la forma representativa de gobierno, resultan premisas básicas del engranaje de dominación capitalista y configuran factores de desocializaciòn del individuo y terreno fértil para la creación de los “antisociales lugares de nacimiento del delito”
Por esto es básico tener presente que la raíz primera del delito debe buscarse en la carencia de un espacio social que garantice a cada persona el ejercicio de una libertad no formal sino participativa. La socialización de los medios de producción, la superación del trabajo asalariado y la recomposición social del trabajo dividido, que son los ejes de todo proyecto de transformación revolucionaria, pueden entenderse también como elementos de una acertada estrategia contra el delito y su correlato de inseguridad. El SOCIALISMO es en este sentido el proyecto de una sociedad para la destrucción de los antisociales lugares del nacimiento del delito toda vez que supone la superación de esas contradicciones básicas al modo de producción capitalista y su correlato de exclusión y marginación social. No es la reformulación del Poder Burgués el camino hacia mayores espacios de convivencia y desarrollo en libertad sino su superación por el Poder Obrero la estrategia de superación del fenómeno criminal tal como se nos manifiesta en este contexto..
Es necesario emprender el camino de la lucha con el objetivo estratégico de superar este estado de cosas, de modo tal que la estructura del poder estatal en manos de los Obreros y demás sectores explotados borre revolucionariamente con las causas primarias del delito en sus secuelas de marginalidad y desplazamiento social.


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