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Indultos anticonstitucionales
Por DyN - Friday, Apr. 01, 2005 at 9:14 PM

La Cámara Federal ratificó que los indultos no son validos: estos actos "no pueden ser perdonados"


BUENOS AIRES, abr 1 (DyN) - La Cámara Federal porteña ratificó hoy la inconstitucionalidad de los indultos dictados durante el gobierno del ex presidente Carlos Menem que beneficiaban a seis militares, entre ellos el ex jefe del Primer Cuerpo de Ejército Carlos Guillermo Suárez Mason.

Es que la Sala I de la Cámara Federal entendió que Menem no estaba habilitado para "perdonar" a esos militares porque no habían sido aún condenados y que los crímenes ocurridos durante la dictadura de 1976-1983 "no son susceptibles de ser indultados ni amnistiados".

Así se desprende de la extensa resolución que firmaron hoy los jueces Horacio Vigliani y Gabriel Cavallo, de la Sala I, al confirmar un fallo de primera instancia del juez federal Rodolfo Canicoba Corral contra los decretos que rubricó Menem en 1989 y 1990.

El tercer integrante de la Cámara, el ex fiscal Eduardo Freiler, no votó porque precisamente un dictamen de su autoría, cuando era representante del Ministerio Público, fue el que aconsejó al juez Canicoba Corral que no respaldara esos indultos.

La inconstitucionalidad de los indultos abarca a tres ex represores militares aún con vida -Suárez Mason, Juan Bautista Sasiaiñ y Jorge Olivera Rovere-, y a tres fallecidos: José Montes, Andrés Ferrero y Adolfo Sigwald.

Todos ellos fueron involucrados en la causa por los crímenes del Primer Cuerpo de Ejército, cuya investigación fue reabierta tras la nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final dispuesta por el Congreso.

Esa causa ya está prácticamente lista para ir a juicio oral, pero se descuenta que los defensores de los tres militares detenidos apelarán ante la Cámara Nacional de Casación Penal, y aún pueden llegar ante la Corte Suprema de Justicia.

De hecho, el máximo tribunal tiene a estudio otros dos expedientes vinculados con violaciones a los derechos humanos: un pronunciamiento sobre la validez o no de las leyes de perdón y un planteo de defensores de los ex represores sobre la decisión del Congreso, en 2003, de declarar la nulidad de las medidas de impunidad dictadas por el gobierno de Raúl Alfonsín.

En lo que respecta a los indultos, al comienzo de su gestión Menem firmó dos decretos en busca de una supuesta reconciliación nacional. Y mediante ellos indultó a unos 50 militares que hoy están siendo investigados por crímenes perpetrados durante la última dictadura, según se desprende del fallo, y a miembros de la guerrilla.

La medida adoptada hoy por la Cámara Federal no abarca a los jerarcas de ese régimen de facto ni a los líderes guerrilleros indultados por Menem, pero sienta un precedente para futuros fallos en ese sentido.

En agosto del 2003, el Congreso anuló las leyes de Obediencia Debida y Punto Final -medida también avalada por la Cámara Federal-, lo que generó la reapertura de una serie de procesos estancados.

En ese marco, varios de los imputados quisieron hacer valer las normas que los habían beneficiado. Pero ahora la Sala I lo rechazó al sostener la "inconstitucionalidad" de los indultos porque los crímenes que se les imputan "resultan inamnistiables e inindultables".

Los jueces no sólo resaltaron los tratados internacionales en materia de derechos humanos incorporados a la Carta Magna en la reforma de 1994, sino que se subrayó que el presidente Menem habría sobrepasado su poder al dictar un perdón a personas que no habían sido condenadas.

"En tanto extienden tal perdón a personas que aún no habían sido condenadas, sino sólo procesadas, han desconocido el límite impuesto por la Constitución Nacional", dijo el fallo.

Según los camaristas, ese punto no es una "transgresión formal" sino que "resulta evidente que cuando la estructura constitucional de división de poderes establece un juego de pesos y contrapesos otorgando a cada poder institucional facultades para controlar a los otros dos, tales prerrogativas no pueden en ningún caso, desnaturalizar el normal desarrollo de una función que le es propia a cada uno de ellos".

"A la imposibilidad de dictar indultos a favor de procesados se suma el hecho de que, en particular, el decreto 1002/89 presenta fundamentos de absoluta generalidad, lo que convertiría en una verdadera amnistía que beneficia a más de cincuenta procesados en treinta y dos causas penales", se detalló.

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