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DECLARAN QUE NO ES CONSTITUCIONAL FILMAR A PIQUETEROS
Por i de sarandí - Tuesday, May. 10, 2005 at 3:35 PM

La Procuración General de la Suprema Corte de Justicia bonaerense consideró que no es constitucional que un fiscal ordene filmar a piqueteros que marchan encpacuhados y con palos durante protestas callejeras.

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DECLARAN QUE NO ES CONSTITUCIONAL FILMAR A PIQUETEROS

¶ La Plata, 10 de mayo (Télam).- La Procuración General de la
Suprema Corte de Justicia bonaerense consideró que no es
constitucional que un fiscal ordene filmar a piqueteros que
marchan encpacuhados y con palos durante protestas callejeras.

¶ Así lo dictaminó la procuradora María del Carmen Falbo al
hacer lugar a una demanda del Centro de Estudios Legales y
Sociales (CELS), que cuestionó la orden dada el año pasado por el
fiscal platense Marcelo Romero para que se filme y procese a los
piqueteros que marchaban encapuchados y con palos por el centro de
la capital provincial.

¶ A través de la resolución número 162 a la que accedió Télam,
la procuradora ordenó dejar sin efecto la instrucción del fiscal
Romero al considerar que esa medida "se traduce en una ampliación
punitiva que contraría el principio de legalidad constitucional".

¶ En este sentido, argumentó que la orden puede ser interpretada
"como una directiva tendiente a organizar la labor de prevención
del delito propia del Poder Ejecutivo provincial".

¶ En tanto, en declaraciones a Télam formuladas luego de que se
diera a conocer la resolución de Falbo, el fiscal Marcelo Romero
aseguró que respetará y acatará la decisión de su "superior" y
sostuvo que "muy poco puede hacer un 'fiscalito' de provincia
frente a metodologías de protesta ensalzadas desde los más altos
cenáculos del poder nacional y provincial".

¶ El primero de junio de 2004, el fiscal Romero había instruido
al ministro de Seguridad bonaerense, León Arslanian, para que en
las movilizaciones que se desarrollaran durante la primera
quincena de junio (que abarcaba su turno judicial) se filmara a
los piqueteros que protestaran a cara cubierta y armados con palos
y caños, quienes serían juzgados por intimidación pública.

¶ En esa oportunidad, Romero ordenó a la policía asignada a la
custodia de marchas y movilizaciones que organizara "una vía de
circulación libre adyacente al piquete o manifestación" y que
impidiera "la presencia de personas que porten armas impropias
como palos, caños, 'tumberas' y/o con rostros cubiertos por
pasamontañas, procediendo a su inmediato secuestro por razones de
gravedad y urgencia".

¶ "Ante la negativa o resistencia de estas personas a cumplir
con la orden, el personal policial labrará actas por la presunta
comisión del delito de intimidación pública y procederá a
documentar con medios fotográficos, fílmicos o de video, todas las
secuencias de la operación", precisaba la instrucción enviada por
Romero a Arslanian, objetada por el CELS. (Télam)

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05/10/2005 11-49

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