Julio López
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TIERRAS PÚBLICAS URBANAS DEL AREA METROPOLITANA BS. AS.
Por reenvío asambleas autónomas MyC - Friday, May. 13, 2005 at 10:00 AM

encuentro Asambleas Autónomas APEVU (Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos) Viernes 13 (19hs) y Sábado 14 de mayo de 2005 (14hs) “La Ideal” Triunvirato al 4700, entre Roosevelt y la vía Sede de la asamblea de Villa Urquiza (al lado de la estación)

Tierras públicas urbanas: recurso no renovable



el Area Metropolitana Buenos Aires

al borde del colapso ambiental






Ciudad de Buenos Aires







LA TIERRA PÚBLICA, OTRA PRENDA PARA EL SAQUEO





El despojo, que ha dejado su impronta en los salarios, la supresión de las leyes laborales, el deterioro de la salud pública, etc. se potencia y profundiza con la expropiación del espacio público, la expulsión pasiva de los pobres mediante la recalificación de áreas urbanas (“puesta en valor”) y la privatización del esparcimiento.



La resultante de tales acciones incide sobre lo que denominamos las “condiciones de vida” y se alinea en la dirección general del deterioro, siendo además ingredientes necesarios para configurar y completar el cuadro de miseria. Se vive en la escasez, recibiendo salarios miserables, hambreado o subalimentándose con chatarra, en un ambiente contaminado, ensopado en la injusticia. La apropiación de bienes sociales, en el caso del espacio público, constituye una faceta importante en la transferencia de ingresos hacia los sectores más concentrados del poder económico. Se privatizan los caminos, la salud, la educación, el transporte, ¿por qué no el espacio público y cualquier forma de esparcimiento al aire libre?



¿Si la tierra pública urbana por su valor económico y social constituye uno de los bienes más importantes del pueblo, por qué no incorporarla en el marco de las reivindicaciones sociales como el salario, la salud y la educación?



La actual coyuntura exige prestar singular atención a las políticas urbanas y ambientales que, si bien han pasado a formar parte del discurso de la mayoría de los referentes de nuestro espectro político, los hechos han demostrado que han sido utilizados solamente como una novedosa ornamentación a la moda, de la que rápidamente se desprenden a la hora de cumplir los mandatos con el poder real. Habiendo rematado a esta altura de la historia la mayoría de los bienes del Estado, la avidez insaciable del capital financiero se vuelca sobre las inversiones urbanas, específicamente sobre lo que se ha dado en llamar las tierras vacantes. Las condiciones no les son en este momento tan favorables, pero encuentran campo propicio para la gestión fraudulenta en la concentración de la atención pública sobre cuestiones económicas y sociales de importancia decisiva y gran repercusión política, y un Gobierno de la Ciudad que bajo una aureola de prescindencia, avanza crípticamente en el desarrollo de maniobras que facilitan este aspecto del despojo







SE LLEVARON LAS EMPRESAS PÚBLICAS, LOS PUERTOS,

LOS FERROCARRILES Y LOS AHORROS.



TAMBIÉN SE ESTÁN LLEVANDO LAS ÚLTIMAS TIERRAS PÚBLICAS URBANAS



LA METODOLOGÍA FRAUDULENTA,

UNA ACTITUD CONSTANTE PARA CEDER Y ENAJENAR TIERRAS PÚBLICAS



La metodología fraudulenta aplicada para enajenar tierras públicas, dilapidadora de la propiedad de todos, constituyó una actitud constante en casi todas las administraciones nacionales y municipales, desde las más democráticas hasta las más represivas.

Las tierras públicas de la Ciudad de Buenos Aires son aquellas que pertenecen al dominio público de la Ciudad o del Estado Nacional.

El Congreso de la Nación, como legislatura natural de la ciudad capital de la República (Const. Nac. 1853 - Art. 67- inc. 27), solamente delegaba algunas facultades administrativas en el Concejo Deliberante y en el Intendente Municipal, normadas últimamente por la Ley Nº 19.987 (BO del 6/12/1972) llamada Ley Orgánica de la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires. La máxima atribución conferida por esta ley al Concejo Deliberante era "... otorgar, por un plazo no mayor de veinte años, concesiones y permisos de uso sobre bienes del dominio público municipal" (cap. 5º - art.9 - inc. ñ). Es decir, ni siquiera le daba autorización para enajenar bienes del dominio público municipal ni intervenir en nada que tuviera que ver con tierras del dominio público del Estado Nacional, ya que la determinación sobre su uso y enajenación estaba prevista en el art. 67 - inc. 4º de la Constitución Nacional de 1853 y, a partir de 1994 en el art. 75 - inc. 5, como facultad del Congreso de la Nación. De aquí que las facultades que se autoatribuyen los funcionarios del Departamento Ejecutivo municipal o sus sucesores del Poder Ejecutivo del GCBA en muchos momentos de la historia de nuestra ciudad, son fuera de toda norma.

Tanto es así que la concesión y sus sucesivas prórrogas, otorgadas en su momento a la Sociedad Rural Argentina sobre el Predio Ferial del Parque Tres de Febrero, fueron siempre leyes aprobadas en el Congreso de la Nación o Decretos-ley dictados por el Poder Ejecutivo en épocas de gobiernos de facto. También el Congreso Nacional sancionó en 1993 la Ley Nº 24.257 de protección del Parque Tres de Febrero.

A partir de 1996, la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires autoriza a su Legislatura a desafectar del dominio público, enajenar u otorgar concesiones, sólo a inmuebles del do

minio público de la Ciudad (por ej. aquellas tierras adquiridas a la Nación o que le han sido transferidas formalmente por ley del Congreso Nacional) y por el sistema de doble lectura (Art. 82; inc.4 y 5 - Art. 89; inc. 4 y 5).



El GCBA, como continuador de la ex MCBA, tiene jurisdicción sobre todo el territorio de la Ciudad. Por lo tanto, sanciona y es autoridad de aplicación del Código de Planeamiento Urbano y demás leyes y ordenanzas.



Si bien la Constitución Nacional es clara en otorgar facultades sólo al Congreso de la Nación para "Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional", diferentes administraciones nacionales y de la Ciudad han optado por hacerlo por Decreto o simples Convenios firmados por el Intendente Municipal o Jefe de Gobierno de la Ciudad.

Otra vía ilícita ha sido la de crear sociedades anónimas, como la Corporación Antiguo Puerto Madero, u organismos como la Comisión de Ventas de Inmuebles Estatales, el ENABIEF y su sucesor el ONABE a los cuales se le transfieren las tierras (en este último caso las ferroviarias) y la facultad de enajenarlas. Cada gobierno, para cometer estos delitos, ha contado con la obvia complicidad de los partidos y sectores "opositores" en cada momento.





CONCLUSIONES



La operación de liquidación de las últimas tierras libres de la ciudad, puesta en marcha a partir de 1978 con la desafectación del dominio público y posterior venta a clubes deportivos de tierras pertenecientes al Parque 3 de Febrero; siguiendo en 1989 con la creación de la Corporación Antiguo Puerto Madero por el Poder Ejecutivo Nacional (Carlos Menem, Carlos Grosso, Domingo Cavallo, Roque Fernández, Matías Lucas Ordóñez), fue retomada por el Poder Ejecutivo y la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en su reforma al Código de Planeamiento Urbano en agosto de 2000 (De la Rúa, Ibarra, García Espil) y continúa actualmente con los proyectos sobre “la Rural”, las ex playas ferroviarias y el Aeroparque Jorge Newbery (Ibarra, Feletti, Charriere, Lopatín).

El actual Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad ha confirmado su pertenencia a esta política de liquidación de tierras públicas con varios actos que así lo demuestran: la firma de la escritura traslativa de dominio de tierras del Parque 3 de Febrero al Automóvil Club Argentino violando la Ley Nacional Nº 24.257 que prohíbe dichos actos (set/2000); la entrega a la Embajada de la República Popular China de un predio perteneciente a la ex Chacra Saavedra violando la OM Nº 46.229 y el dominio nacional sobre esas tierras (nov/2001), celebrando un Convenio con el Presidente Duhalde para entregar a la Corporación Antiguo Puerto Madero SA el área Retiro y la Isla Demarchi (nov/2002), dando lugar al Decreto PEN Nº 2384/02 y últimamente firmando un convenio con la Sociedad Rural Argentina y otro con el Gobierno Nacional para beneficiar a Aeropuertos Argentina 2000.

Dentro de este marco se ubica la pretendida venta de las tierras desafectadas del uso ferroviario, la actual ocupación ilegal del histórico viaducto ferroviario que atraviesa el Parque 3 de Febrero, la licitación llamada por el ONABE para ampliarla aún más (dic/2002) y la confección de leyes "a medida" para el predio de la ex Cárcel de Caseros (dic/2002) y para la ex playa ferroviaria de Villa Pueyrredón (nov/2002).



La inmensa mayoría de las ONGs acordamos en que estas zonas sean retiradas del campo de las especulaciones inmobiliarias y dedicadas a uso y utilidad pública, debiendo afectarse preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes públicos, reciclando para uso comunitario los edificios de valor patrimonial y con acotadas excepciones de expansión de los servicios ferroviarios. Así lo hemos expresado pública y formalmente en innumerables oportunidades, en la Legislatura y ante el propio Consejo del Plan Urbano Ambiental.



EL MOVIMIENTO VECINAL EN EL ÁREA METROPOLITANA BUENOS AIRES



La gestación, en la década de 1990, de un interesante movimiento vecinal-ambientalista ha sacado a luz esta problemática y ha iniciado con éxito una tarea de defensa, recuperación y ampliación de los espacios verdes existentes.

La conformación de la Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos-APEVU marcó un hito digno de tenerse en cuenta. Fue fundada por asociaciones vecinales y otras organizaciones no gubernamentales asistentes a las Primeras Jornadas por los Espacios Verdes Urbanos-Ciudad de Buenos Aires y alrededores, que convocadas y organizadas por la Asociación Amigos del Lago de Palermo, tuvieron lugar en Buenos Aires durante los días 12 - 13 y 14 de agosto de 1993.

Muchas de sus entidades vecinales adheridas, han efectivizado en la Ciudad de Buenos Aires el recupero o la creación de nuevas áreas verdes y además, han impuesto la utilización de predios pertenecientes a tierras residuales del ferrocarril como plazas públicas (Plaza Giordano Bruno en Caballito, Plaza frente a la Estación Belgrano R), totalizando la obtención de aproximadamente 50 hectáreas de nuevos espacios verdes entre 1995 y 1999.

También asociaciones vecinales de diferentes barrios de la Ciudad y el Gran Buenos Aires, cuidan y mantienen con su esfuerzo, espacios verdes públicos.

A partir de 1993 APEVU ha realizado sus encuentros anuales denominados Jornadas por los Espacios Verdes Urbanos, 1º; 2º y 3er. Congreso Ambiental del AMBA (1997/98/99) y últimamente, en marzo y agosto de 2002, efectuó el 1º y 2º Encuentro Vecinal en Defensa de las Tierras Públicas y en octubre de 2003 el 3er. Encuentro Vecinal en Defensa de las Tierras Públicas- 10as. Jornadas por los Espacios Verdes Urbanos.

En estos encuentros anuales, como en todas sus actividades, la Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos trata de ser una síntesis del saber profesional y académico con el quehacer cotidiano y la fortaleza en la acción de las entidades vecinales y distintos tipos de ONGs que hacen de sus preocupaciones ciudadanas una verdadera militancia por la vigencia de las libertades democráticas y de nuestro derecho humano a vivir mejor y en armonía con la naturaleza (sin pagarle a ningún concesionario).

En 1996 APEVU efectuó varias propuestas ante la Asamblea Constituyente porteña. Entre ellas, que la totalidad de las tierras vacantes de la ciudad sean dedicadas a espacios verdes públicos, la necesidad de la implementación de un Plan Urbano Ambiental para la Ciudad y la institucionalización de la Banca Nº 61 o Banca del Vecino. Esas dos últimas propuestas fueron incluidas, la primera en el artículo 29 de la Constitución y la segunda en el Reglamento Interno de la Legislatura.

En noviembre de 1998 APEVU hizo una presentación formal ante la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires en el sentido de la inclusión en el Código de Planeamiento Urbano, como Distrito Urbanización Parque, de las tierras del dominio del Estado Nacional dentro de su territorio.

Asimismo, en el Gran Buenos Aires se han desarrollado y se siguen desarrollando importantísimas luchas. En Vicente López los vecinos han logrado que los restos de la Chacra Saavedra, los terrenos militares de Villa Martelli, sean protegidos con una Ordenanza del Concejo Deliberante y están discutiendo su implementación; en Santos Lugares una Comisión Vecinal se plantea recuperar como parque público las tierras de los ex Talleres Ferroviarios Alianza y otra Comisión de Vecinos en Villa Adelina pretende lo mismo del Campo de Golf de la Armada sito en esa localidad, habiendo logrado hasta el momento la suspensión de su remate.

Entidades participantes de APEVU forman parte del Consejo de Planeamiento Estratégico-CoPE de la Ciudad de Buenos Aires y de la Comisión Asesora Permanente Honoraria-ComAPH del Consejo del Plan Urbano Ambiental-CoPUA.

En estos momentos, la Comisión de Vecinos de la calle Irala y adyacencias, integrada a APEVU y compuesta por vecinos del barrio de La Boca, ha logrado concretar, después de presentar en la Legislatura un proyecto de Iniciativa Popular con 17.000 firmas (el primero en la Ciudad en llegar a un grado importante de desarrollo), la creación de un parque público en terrenos de Casa Amarilla.

El rol de defender el patrimonio urbano-ambiental del Área Metropolitana de Buenos Aires, viene siendo ejercido por nuestras entidades desde hace muchos años. Constituimos un movimiento vecinal democratizador, de exigencia hacia funcionarios y legisladores. De hecho, con nuestras propuestas y nuestra actividad, las entidades vecinales que conformamos APEVU hemos logrado imponer estos temas en la agenda pública.

Desde su creación, en agosto-setiembre de 1993, hasta la fecha, la APEVU ha sido la red vecinal de mayor trascendencia.



ACCIONES JUDICIALES



Entidades participantes en APEVU han recurrido a la Justicia con el propósito de denunciar violaciones a la legislación vigente y al uso público de los bienes sociales. También para hacer oír nuestros fundamentados reclamos, generalmente no escuchados por los funcionarios gubernamentales.

En ese sentido, a raíz de denuncias públicas de la Asociación Amigos del Lago de Palermo sobre irregularidades en el Parque 3 de Febrero [los Bosques de Palermo], se inició en 1994 una causa penal que todavía continúa y en la que ha desempeñado un rol fundamental la Fiscalía Nacional en lo Criminal de Instrucción Nº 33, tanto en la profundización de las investigaciones, en el recupero de tierras ilegalmente ocupadas y en evitar la concreción de nuevas irregularidades, como así también en el procesamiento de funcionarios y personajes diversos ligados a ellos. En este marco se dio el pedido de llamado a declaración indagatoria de sesenta y nueve (69) funcionarios y ex funcionarios (nacionales y de la Ciudad) y directivos de la Sociedad Rural Argentina por la venta fraudulenta del Predio Ferial del Parque 3 de Febrero a la SRA y la posterior autorización ilegal para construir 150.000 m2 cubiertos en ese mismo predio (Distrito UP). El pedido de declaración indagatoria incluye al ex presidente Menem y su ministro Cavallo, al ex Jefe de Gobierno Fernando De la Rúa y varios de sus funcionarios y a Enrique Crotto y demás integrantes de la Comisión Directiva de la SRA. En otro tema de cesión irregular de tierras del mismo parque al Club de Gimnasia y Esgrima, ha sido confirmado el procesamiento del ex Intendente Carlos Grosso y su inminente sometimiento a juicio oral y público. Asimismo, asociaciones vecinales de los barrios de Belgrano y Núñez han logrado la clausura de varios boliches bailables clandestinos que funcionaban en clubes deportivos de la zona y, conjuntamente con la AALP, han impedido la rezonificación de esos mismos predios zonificados hasta el momento como Distrito Urbanización Parque-UP.

Otra expresión de este accionar ante la Justicia ha sido la presentación hecha por la Asociación Civil por la Reserva. Vecinos Autoconvocados. Esta entidad vecinal, también perteneciente a APEVU, ha investigado las groseras irregularidades existentes en la construcción de edificios en torre frente a la Reserva Ecológica, en la zona denominada Puerto Madero Este, y lo ha denunciado ante la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 11 que, orden del Juez mediante, ha procedido al secuestro de la documentación pertinente en los organismos del Gobierno de la Ciudad para proseguir con la investigación.

Las últimas acciones vecinales en este sentido han sido las promovidas en Vicente López contra los negocios patrocinados por el Intendente García y sus acólitos en el Concejo Deliberante de esa localidad y las llevadas a cabo en la Ciudad de Buenos Aires contra el mismo tipo de emprendimiento en “la Rural” y en el Aeroparque Jorge Newbery. Merece destacarse también la resolución judicial obtenida contra el Club de Gimnasia y Esgrima, por la cual se lo desaloja de 27.000 m2 de parque público ocupados ilegalmente desde hace muchos años



LOS ESPACIOS VERDES EN EL AREA METROPOLITANA BUENOS AIRES



La Ciudad de Buenos Aires, con casi 3 millones de habitantes, cuenta con unas 600 hectáreas de espacios verdes parquizados. Esta superficie da por resultado que cada porteño, al menos en los papeles, disponga de casi 2 m2 de los mismos para su solaz. Esta cifra significa una disminución del 75% con respecto a 1904, cuando era de 7 m2/habitante. Por fuera de este registro, la Reserva Ecológica Costanera Sur proporciona algo más de 1 m2 de espacio verde por habitante.

El Gran Buenos Aires, con más de 9 millones de habitantes, sólo cuenta con las plazas centrales correspondientes a los municipios de las antiguas divisiones territoriales. No tiene otras plazas debido al loteo indiscriminado a que fue sometido durante su gestación, en la primera mitad del siglo XX. Solamente cuenta con dos grandes parques, Pereyra Iraola y los bosques de Ezeiza -a los que se está mutilando y privatizando en forma ininterrumpida- y los producidos por los rellenos del CEAMSE, de difícil acceso para sectores de población que no poseen automóvil y/o dinero para pagar por su uso a los concesionarios.

La cifra que corresponde al Gran Buenos Aires, es de 0,90 m2 de espacio verde parquizado por habitante.

Teniendo en cuenta que por simple supervivencia debemos llegar como mínimo a una cifra cercana a los 10 m2 de espacio verde por habitante, como vecinos, como profesionales, como ciudadanos o como nos guste considerarnos, debemos impedir que prospere “la santa alianza” entre especuladores, funcionarios, políticos varios y algunas asociaciones de mezquinos profesionales. El espíritu del último gran negocio inmobiliario está latente y esta es nuestra última oportunidad de revertir la tendencia.

Si no lo logramos, nosotros y nuestros descendientes careceremos de ciudades vivibles. El Área Metropolitana Buenos Aires desaparecerá bajo un manto de nubes grises con olor a petróleo.

Estamos al borde del colapso ambiental.



EL CÓDIGO DE PLANEAMIENTO URBANO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES



Actualmente, en caso de producirse una transferencia de tierras nacionales a la Ciudad, el uso del suelo en ellas está regido por el Código de Planeamiento Urbano, que fija lo siguiente:



3.1.2 Proporción de terreno destinado para uso y utilidad publica. ... En el parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional sujetas a privatización o desafectadas del dominio o de un servicio público se destinará como mínimo el 65% de la superficie total para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados. Quedan exceptuados de esta norma los parcelamientos en el Distrito U31.



Es decir, la venta y construcción sobre el 35% de superficie restante, sobre la que nada dice el texto (aprox. 1/3); dedicar otro porcentaje similar a la apertura de calles y veredas (aprox. otro 1/3) y que el 1/3 remanente consista en los intersticios de lo construido.

Esto significa la impermeabilización de unas 240 has (con el 35% edificable + 30% de calles y veredas) y su “liberación” para los negociados urbanos. También significa la liquidación de estas tierras.

Debemos recordar que según el art. 75 - Inc. 5 de la Constitución Nacional, corresponde al Congreso "Disponer del uso y de la enajenación de las tierras de propiedad nacional". Por lo tanto, ni el Organismo Nacional de Administración de Bienes-ONABE ni la Corporación Antiguo Puerto Madero SA posen facultades para actuar como empresas inmobiliarias por cuenta del Poder Ejecutivo Nacional. De ahí el calificativo de fraudulento para cualquier acto de disposición de tierras que pretendan efectuar organismos o "empresas" creadas para eludir la intervención del Congreso Nacional y las Legislaturas locales, ya que si se efectuara la transferencia de tierras a la Ciudad, su Constitución autoriza sólo a la Legislatura a disponer "... la desafectación del dominio público y la disposición de bienes inmuebles de la Ciudad" (art. Nº 82 CCBA) y para eso debe tener en cuenta los arts. Nº 27; 28; 29 y 30 de la misma.







Proponemos en la Ciudad de Buenos Aires:



h Reformar el ítem 3.1.2 del Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad de Buenos Aires según el siguiente texto:



3.1.2 Proporción de terreno destinado para uso y utilidad publica. ... En el parcelamiento de tierras de propiedad del Estado Nacional desafectadas del dominio o de un servicio público, su superficie se destinará para uso y utilidad pública transfiriéndose su dominio a la Ciudad. Deberá afectarse especial y preferentemente dicha superficie a la generación de nuevos espacios verdes parquizados, considerando la expansión de los servicios ferroviarios, reciclando las instalaciones de valor patrimonial existentes como equipamiento comunitario y manteniendo las instalaciones portuarias nacionales. Quedan exceptuados de esta norma los parcelamientos en el Distrito U31, donde deberá incluirse a la Villa 31 y 31 bis.





Con la reforma propuesta se evita la posibilidad de que algún organismo no competente proceda a la venta de estas tierras, se fija su uso prioritario como espacio verde y no se descartan otros usos “de utilidad pública”, contribuyendo también a controlar las inundaciones (al dejar mayor cantidad de superficie absorbente) y a un mejor equilibrio ambiental en una ciudad con altos índices de contaminación. Además, se hace efectiva la radicación de Villas, en especial la 31 y 31 bis de Retiro, que se encuentran en permanente peligro de erradicación a manos de negociantes varios que desean vender esas tierras. Consecuentemente, el Gobierno Nacional y el de la Ciudad de Buenos Aires retirarán los predios del dominio del Estado Nacional dentro de su ejido (ex playas ferroviarias, bases y cuarteles abandonados o demolidos, Mercado de Hacienda, ex Cárcel de Caseros, etc.) del campo de la especulación inmobiliaria.



APEVU

Asamblea Permanente por los Espacios Verdes Urbanos



MYC asambleas autónomas



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