Julio López
está desaparecido
hace 6401 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Ver este artículo sin comentarios

LA LEY ES LA TRAMPA
Por EDUARDO ARCE - Sunday, Sep. 04, 2005 at 11:35 AM
flus19@ubbi.com (Casilla de correo válida) 15 5885 0595

Sobre la libertad de Cabello

Marcos Paz, 4 de septiembre de 2005.

Sebastián Cabello libre

LA LEY ES LA TRAMPA


Mi nombre es Eduardo Arce, hermano de Celia Edith González Carman y tío de Vanina Rosales, ambas asesinadas alevosamente por Sebastián Cabello el 30 de Agosto de 1999. Después de seis años de vericuetos judiciales, incluyendo un juicio oral en el cual se condenó al acusado a 12 años de prisión, “por considerarlo autor penalmente responsable del delito de doble homicidio simple cometido con dolo eventual”, finalmente la cámara de casación penal cambió la calificación del hecho, por “Doble homicidio culposo” con lo cual el criminal sale libre, quedando impunes los asesinatos de mi hermana y de mi sobrina.
Existe una contradicción insalvable entre ambos fallos, ya que se basan en el mismo cuerpo legal : uno de los dos tribunales ha incurrido en mal desempeño, por lo tanto, debería someterse a juicio político a alguno de los dos. Sin embargo, ello no ocurrirá , porque el poder judicial es una institución corporativa y corrupta, tanto como el ejecutivo y el legislativo, los tres poderes articulados para someter a la población por el engaño o por la fuerza, al servicio de las mafias dominantes.
Ante esta burla evidente de la cámara, que quiebra las leyes que ellos mismos dicen defender, me siento liberado de seguir cumpliendo con esas leyes, ya que la justicia se ha demostrado incapaz de hacer respetar las leyes por las que han jurado sus integrantes.
Yo no estoy ni estuve nunca de acuerdo con el cuerpo legal que rige en el país, a mí me impusieron esas leyes “democráticamente”, es decir, porque la mayoría de las personas que viven en el territorio en el que me tocó vivir están de acuerdo con esas leyes. Pero cuando las autoridades encargadas de aplicarlas las violan alevosamente, entonces yo, que he sido obligado a aceptarlas, (no tengo ningún antecedente policial ni judicial), me siento con total derecho a actuar según mis necesidades y conveniencias, dejando de lado la observación del supuesto “estado de derecho”. No será, sin embargo, la primera vez que lo hago. A partir del 24 de marzo de 1976, cuando quienes habían jurado defender “su” constitución, pasaron por encima de toda legalidad, también dejé de cumplir con las leyes, formé parte de un partido declarado ilegal y quebré cuantas leyes estuvieron a mi alcance para resistir a la dictadura.
No me voy a referir a los sentimientos que esta decisión judicial ha provocado en mí y en las personas directamente afectadas . Los jueces no demostraron sentimientos en el fallo, y yo no les voy a dar ese gusto, se trata de algo que considero debe quedar en el ámbito privado. En cambio, sí me parece adecuado sugerir a todos quienes repudian este fallo, poner en práctica la “condena social”, contra Cabello y sus padres, allí donde se les encuentre, recordarles su crimen, que no crean que, literalmente, pueden llevar por delante a otras personas, sin tener alguna clase de castigo.
Por último, deseo enviar un mensaje vulgar a “la familia judicial”, parafraseando al Señor? Ministro del Interior : que se metan el código penal en el etc.,será justicia.

Eduardo Arce DNI 11217352

TE (011) 15 5885 - 0595
E – Mail flus19@ubbi.com

agrega un comentario


SOBRE LA (in)JUSTICIA
Por Paterna - Wednesday, Sep. 07, 2005 at 1:08 PM
aguafuertes@gmail.com

Opino muy parecido a usted Eduardo. Creo, como lo digo en mi página http://aguafuertes2004.blogspot.com/, que nos tiraron una galletita para calmar a la fiera al mejor estilo de la (in) Justicia de nuestro país y resolver? temporalmente la fallas del código penal. Hoy que las aguas están más calmas producto del olvido social hacen lo que hubieran hecho desde el principio si no hubiese sido por la mediatización del caso. El problema está en el código penal y en la falta de conciencia social en el que vivimos.

agrega un comentario


A tribunales
Por E A - Wednesday, Sep. 07, 2005 at 3:42 PM

REPUDIEMOS LA


LIBERTAD DE


S. CABELLO



MARCHANDO A TRIBUNALES



EL 09/09/05 A LAS 18 HS



CONDENA SOCIAL




REPUDIEMOS LA


LIBERTAD DE



S. CABELLO



MARCHANDO A TRIBUNALES



EL 09/09/05 A LAS 18 HS



CONDENA SOCIAL





agrega un comentario


LA JUSTICIA NO EXISTE
Por Yogui - Wednesday, Sep. 07, 2005 at 8:11 PM
daniel_di_pietro@yahoo.com.ar

Estoy de acuerdo con todo lo que escribiste.
Vivo en Saavedra y cada vez que paso por el parque y veo el cartel de ese asesino me acuerdo con mucho dolor de tu hermana y tu sobrina, pero tambien de tu cuñado.
Los acompaño en el dolor y yo tambien digo que se metan la justicia en el culo.

NI OLVIDO NI PERDON AL ASESINO CABELLO!

agrega un comentario


REPUDIO
Por NV - Thursday, Sep. 08, 2005 at 8:18 PM


REPUDIEMOS LA
LIBERTAD DE
S. CABELLO
MARCHANDO A TRIBUNALES
EL 09/09/05 A LAS 18 H
CONDENA SOCIAL


agrega un comentario


es asesino?
Por conducto - Thursday, Sep. 08, 2005 at 11:56 PM

Creo que se exagera un poco al calificar de asesino a Sebastian Cabello. Este pibe, fue un negligente y un inconciente, tenia 19 años cuando paso lo que paso, era un boludo... Pero no quiso matar a nadie, no conozco al pibe este, pero no creo que este muy contento con todo lo que paso...
Hizo lo mismo que hacen muchos pendejos hoy en dia y nadie los llama asesinos. Solo que el tuvo la mala suerte de atropellar a estas dos pobres personas y destruir una familia...
No voy a discutir si tendria que estar libre o no, porque es una discusion legal, de la cual ignoro completamente...
Lo que me parece mal es calificar a alguien de asesino, porque cuando tenia 19 años, edad en la todavia somos muy pelotudos, cometio la inconciencia de correr picadas.
No creo que el pibe sea un moustro asesino impiadoso que sale por las carreteras a asesinar gente...

agrega un comentario


Para los defensores
Por EA - Friday, Sep. 09, 2005 at 6:00 PM

"Conducto y quienes defienden a Cabello coinciden con el canalla de Canaletti de Clarín, que se niega a publicar mi carta y mi respuesta a su"artículo" del sábado 3.Aquí la reproduzco.


Sr Ricardo V. Canaletti

Mi nombre es Eduardo Arce, hermano de Celia Edith González Carman y tío de Vanina Rosales, ambas asesinadas alevosamente por Sebastián Cabello el 30 de Agosto de 1999.
En su artículo de “análisis” publicado el Sábado 3 de setiembre en la página 50 de Clarín, utiliza usted una argumentación falaz para justificar dos asesinatos, ya que, por un lado, debería impulsar el juicio político para los jueces que condenaron a Cabello a 12 años, y por otro utiliza el eufemismo de la “imprudencia” para defender a un criminal condenado. Aquí no hay “presunción de inocencia” ya que se realizó un juicio con todos los requisitos que exigen las leyes que usted y Cabello dicen defender. El dolo eventual está perfectamente tipificado, y si usted se hubiera tomado la molestia de leer el fallo del tribunal oral, no hubiera podido escribir la cantidad de inexactitudes, sandeces y opiniones malintencionadas . Las citas que se hacen sobre la figura del dolo eventual están hechas por personas que saben más que yo de leyes, y mucho más que usted. Yo soy electricista, y si estoy trabajando en un andamio y dejo apoyada una maza, sé que si se cae puede matar a alguien, si no lo evito sería un criminal, por más que un leguleyo o un plumífero como usted declamen que la maza es una herramienta de trabajo. Su argumentación se parece demasiado a la de los “excesos” de la represión : un torturador, con su ayuda, podría argumentar que un torturado murió en la mesa de tortura, pero que no fue su intención matarlo, ya que la picana se inventó para obtener información, no para matar, y que a él le convenía mantener vivo al torturado para que cantara. Dice usted que “no parece haber diferencia entre imprudencia y dolo eventual” y que éste sería “oportunista” y “un recurso demagógico”: pues bien, si no hay diferencia, ¿por qué no es oportunista la imprudencia? Y ¿no será la imprudencia “un recurso demagógico” a favor del asesino? Se trata de una cuestión subjetiva, entonces, ante lo cual usted toma partido por el victimario y no por las víctimas. A usted, como a todos los que defienden a Cabello, sólo le falta decir que Celia circulaba marcha atrás a 140 Km/h en el R6.
Por, último, usted mismo debería pensar un poco antes de escribir , ya que sus palabras pueden producir mucho daño a otras personas, pero, claro, usted argumentará que no fue su intención, con lo cual podría ser calificado de “pasquinero imprudente” o “cagatintas con dolo eventual”. Yo prefiero calificarlo como “imbécil”.


Eduardo Arce DNI 1121735

TE (011) 15 5885 - 0595
E – Mail flus19@ubbi.com

agrega un comentario


para EA
Por conductor - Friday, Sep. 09, 2005 at 8:58 PM

" y si estoy trabajando en un andamio y dejo apoyada una maza, sé que si se cae puede matar a alguien, si no lo evito sería un criminal, por más que un leguleyo o un plumífero como usted declamen que la maza es una herramienta de trabajo"

Si usted deja la maza donde no debe ser dejada y esta se cae, usted un negligente, no un asesino...
No tuvo la intencion de dañar a nadie, simplemente fue un incociente que no tuvo en cuenta que la maza dejada en un lugar incorrecto podia caerse y matar a alguien...

agrega un comentario


Ante todo, mis respetos...
Por Juan Rey - Friday, Dec. 16, 2005 at 10:30 AM

He titulado de esa manera lo que a continuación escribiré debido a que por sobre toda apreciación particular del caso -que necesariamente abordaré- quiero dejar sentado ante todo que afinca en mí la necesidad de transmitir a los familiares de las víctimas de esta tragedia mis más sinceras y profundas condolencias por el terrible episodio que les ha tocado de lleno padecer. Es mi humilde convicción -y sé que en el intento fallo-, pero aún así trataré de sitiarme en el lugar de estas personas que han sufrido pérdidas irreparables y que han visto trastocadas sus vidas de ahora en más y por siempre debido a la fatalidad.
Pero aún con el cúmulo de solidaridad que comparto junto a ellos no me hallo autorizado -en absoluto- a prescindir del juicio de logicidad que debe subyacer en todo razonamiento a la hora de endilgar y deslindar responsabilidades. Y eso es de lo que se trata el razonamiento jurídico y en definitiva una sentencia; en este caso penal.
Como previo a todo, sé de antemano que lo que se pueda decir, opinar y esgrimir, en nada –y en absoluto, nada- dejará satisfechas a aquellas personas que han sido afectadas directamente por los acontecimientos luctuosos en trato. Es que en realidad, desde el punto de vista psicológico, se presenta como muy dificultosa la posibilidad que alguien que se ha visto directamente involucrado por tales acontecimientos (y me refiero a verse “afectado directamente” por ellos) pueda abstraerse de los efectos imborrables que tales hechos le hayan producido en su psique, alma, persona, corazón , etc, permitiéndole realizar un análisis crítico, racional, desapacionado, más allá de los reclamos vindicativos con asidero –como lo vengo sugiriendo- en algo que –justificadamente- podríamos llamar “visceral”.
Son por cierto varios los pasajes del artículo titulado “La ley es la trampa” los que me llamaron a escribir la presente, y no puedo dejar de advertir en prácticamente cada párrafo de la mencionada carta aquello a lo que hago referencia más arriba. En ella se destila bronca, la bronca comprensible por la impotencia; el dolor y la angustia, dentro de una vorágine de sentimientos y sensaciones, que con seguridad no pueden dejar indemne al recipiendario de semejante drama.
Pero realmente hay algo peligroso. Y es el mensaje que –con seguridad inintencionadamente- se trasmite.
Paso a explicarme.
Desandando el texto, su autor en algún momento habla de la dictadura militar y en tal sentido pareciera que –según se trasluce- no ha comulgado con ella y que en propia carne padeció aquellos años de plomo de la Argentina reciente. En tal sentido se dice: “...formé parte de un partido declarado ilegal y quebré cuantas leyes estuvieron a mi alcance para resistir a la dictadura.”
En un párrafo anterior se había afirmado que “...Yo no estoy ni estuve nunca de acuerdo con el cuerpo legal que rige en el país, a mí me impusieron esas leyes “democráticamente”, es decir, porque la mayoría de las personas que viven en el territorio en el que me tocó vivir están de acuerdo con esas leyes”.
Por lo pronto y con lo transcripto hasta aquí, avizoro ideas algo contradictorias y hasta antinómicas, cuando -por una parte- no se está de acuerdo con la “democracia” (así entre comillas, dando una sensación casi como despectiva; que puede ser muy imperfecta y defectuosa, pero que es el (UNICO) sistema que mejor se presta para hacer uso de la libertad, la opinión, el consenso, el discenso, la abstención, la participación, la oposición, la lucha, la resistencia, la adhesión, la solidaridad, etc...) y -por otra cuando su autor afirma haber “resistido” la dictadura formando parte de un “partido declarado ilegal”.
Pues bien, en este particular el mensaje que se libera entonces es confuso y hasta –si se quiere- poco democrático.
Sr. Arce, no me hace falta reiterarlo, pero lo hago para que lo tenga más presente que nunca: sinceramente comparto su aflicción. Por favor no piense que soy el enemigo. Las palabras no alcanzan para describir la catastrófica dimensión de lo ocurrido, la pérdida abrupta de dos vidas ligadas a Ud. por un lazo de sangre.
Ud. –como cualquier otra persona- no tiene la obligación de saber de leyes, así como tampoco de álgebra o física cuántica.
A mí me pasa lo mismo, salvo con alguna particularidad especial referida a mi caso personal, hay materias –muchas en realidad, más de las que quisiera- en las que no podría explayarme con solvencia. Y claro, por supuesto que no me atrevería a opinar por opinar, sin demasiado asidero sobre, p/ej. álgebra o física cuántica, pues realmente reconozco que no sé del tema. En todo caso (y como en democracia todavía estamos...) nadie me prohibiría decir cualquier cosa acerca de álgebra o física cuántica. Claro, eso sí: me arriesgo a que lo que diga (y a costa de que sea un disparate) pueda ser refutado por alguien que de álgebra o física cuántica comprenda algo más que yo y hable en base a fundamentos de carácter lógico y razonado, más allá de lo apasionante (como sinónimo de dramático) que sea el tema abarcado y en él yo esté involucrado.
Entiendo que es ése el sentido en que se expresaron los Magistrados de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal.
Vuelvo a repetir: esto no es un ataque. Para nada. Y en rigor de verdad, ni siquiera está direccionado a Ud. Sr. Arce, sino aquellos que al calor de la pasión desenfrenada (justificable sí en Ud.) prestan sus oídos a lo Ud. está diciendo. He aquí el peligro, pues –lamento aquí decir esto- muchas de las afirmaciones de se deslizan ligeramente son –cuanto menos- opiniones o puntos de vista personales de discrepacia al calor de los hechos, pero que muy poco o nada tienen que ver con un análisis racional y sincero de los tristemente célebres hechos ocurridos, lo que –en definitiva- induce al error a quién lea su esquela.
Yo no sé quién es Cabello. No lo conozco y no me interesa conocerlo. No soy su defensor, puesto que él ya ha tenido una defensa técnica que lo asistiera oportunamente. No reconozco en lo que hizo Cabello ninguna virtud; es más: repruebo la conducta temeraria que desarrollara y que culminó por sesgar la vida de dos seres humanos como Ud. y como yo.
Pero –si se me permite y con el debido respeto- no puedo ser indiferente –puesto que estaría faltando a mi conciencia, que es mi último Juez- a muchas de las ideas que Ud. vuelca en su carta abierta.
Ud. dice: “Después de seis años de vericuetos judiciales, incluyendo un juicio oral en el cual se condenó al acusado a 12 años de prisión, “por considerarlo autor penalmente responsable del delito de doble homicidio simple cometido con dolo eventual”, finalmente la cámara de casación penal cambió la calificación del hecho, por “Doble homicidio culposo” con lo cual el criminal sale libre, quedando impunes los asesinatos de mi hermana y de mi sobrina.” (el resaltado me pertenece).
Los “asesinatos” como Ud. los denomina (las muertes, más bien diría yo, puesto que “asesinar” se asocia con producir la muerte con dolo de matar, con intencionalidad de quitarle la vida a otro, con el claro fin de “hoy-me-subo-al-auto-porque-tengo-ganas-de-matar-a-alguien-corriendo-picadas”) no han quedado impunes.
Es obvio que para Ud. y su familia cualquier pena “temporal” que imponga el Estado será inservible para acallar todo el dolor que sienten. Pero no han quedado impunes esas muertes porque lo que hizo Cabello fue cometer un delito y ese delito –corroborado (juzgado si lo prefiere)- fue penado y dicha pena se cumplió, tal como lo ordenan la Constitución, las leyes y lo dispusiera el Tribunal (en el caso Casación Penal, última instancia revisora), no pudiendo afirmarse que el delito ha quedado impune.
Sigue diciendo: “Existe una contradicción insalvable entre ambos fallos, ya que se basan en el mismo cuerpo legal : uno de los dos tribunales ha incurrido en mal desempeño, por lo tanto, debería someterse a juicio político a alguno de los dos.”
Es verdad, a simple vista se advierte la contraposición entre lo que se resuelve en un fallo y otro. Más no es exactamente una “contradicción”, sino que la Cámara de Casación precisamente lo que hace es “corregir” a los Sres. Jueces del Tribunal Oral, quienes hicieron una interpretación errónea del derecho a aplicar en el caso, por lo que es la obligación legal de la Casación dar un fallo acorde a derecho, ya que el Tribunal Oral (su inferior) “forzó” la imputación y cometió errores de tipo lógico que hicieron que dicho fallo originario careciera de (valga la redundancia) la logicidad necesaria para que una sentencia sea válida e irrecurrible (firmeza del fallo).
Con respecto a lo sostenido en el párrafo que afirma que “...uno de los dos tribunales ha incurrido en mal desempeño, por lo tanto, debería someterse a juicio político a alguno de los dos.” deberé decir que justamente para ello existe un tribunal corrector (Cámara de Casación) de los errores del inferior (Tribunal Oral). Si bien como Ud. dice ambos fallos se basan en el mismo plexo legal (Código Penal de la Nación Argentina), los jueces son libres –dentro de la flexibilidad que les delimita la interpretación de una materia a veces tan opinable como el derecho- de apreciar las pruebas siempre y cuando no contradigan ese sentido de la lógica y no haya absurdo o éstas no sean invocadas siendo que no existen; así como de sostener sus criterios fundándose en el propio texto de la ley, así como en las impresiones que en el juicio oral puedan obtener de los dichos de los testigos, imputado, etc. Es decir que dentro de una materia harto subjetiva como el derecho–donde siempre no hay una, sino varias opiniones y puntos de vista sobre cada tema en particular- será el lugar desde donde deban fallar (sentenciar) los magistrados.
Para que las partes no queden sin resguardo ante un fallo injusto, el sistema prevé que –de ser así- el primer fallo pueda ser revisado –ya sea a favor o en contra del imputado, puesto que también podría haber recurrido el Fiscal o parte acusadora-. He aquí –a grandes rasgos- la función de la Casación: “casar” el fallo que se le arrima y corregir los errores de derecho que se adviertan.
Y así ha ocurrido en este caso. No corresponde ningún juicio político, puesto que no ha habido mal desempeño, sino vicios lógicos de interpretación y errores de subsunción legal, adjudicando conductas que no se condicen a la perfección con la realidad que las pruebas y constancias de la causa (único medio válido) sostiene.
Todo lo dicho anteriormente considero que da respuesta -sin que sea necesaria ninguna otra aclaración por mi parte- a la siguiente afirmación que Ud. lanza: “...Ante esta burla evidente de la cámara, que quiebra las leyes que ellos mismos dicen defender, me siento liberado de seguir cumpliendo con esas leyes, ya que la justicia se ha demostrado incapaz de hacer respetar las leyes por las que han jurado sus integrantes.”
Por último Ud. dice “...No me voy a referir a los sentimientos que esta decisión judicial ha provocado en mí y en las personas directamente afectadas . Los jueces no demostraron sentimientos en el fallo, y yo no les voy a dar ese gusto, se trata de algo que considero debe quedar en el ámbito privado. En cambio, sí me parece adecuado sugerir a todos quienes repudian este fallo, poner en práctica la “condena social”, contra Cabello y sus padres, allí donde se les encuentre, recordarles su crimen, que no crean que, literalmente, pueden llevar por delante a otras personas, sin tener alguna clase de castigo.”
Esto me llevó a reflexionar sobre varios puntos.
En primer lugar vuelvo a hacer incapié en algo que he reiterado hasta el hartazgo: la afectación, el quebranto y conmoción que este hecho ha producido en Ud. y su familia está totalmente justificado y quién suscribe se ha hecho expresamente partícipe de ese dolor.
Pero el derecho es ciencia y en ella los jueces no pueden poner en juego sus sentimientos. Los jueces no pueden ser “sentimentales”. Sí deben aplicar “su sentir”, su íntima convicción, pero ello no es lo mismo que tener que mostrar sus sentimientos a través de sus fallos o “enternecerse” dejando de lado la ciencia del derecho. Para el derecho es lo mismo que Cabello en vez de ir en un automóvil importado fuera en un Falcon modelo ´63 si hubiese causado el mismo resultado en equivalentes condiciones. El derecho no puede hacer diferencia si en vez que ser las víctimas una madre y su hijita, la víctima que conducía el vehículo envestido hubiese sido, p/ej. una persona condenada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la pasada dictadura militar. Si no fuera lo mismo, Cabello por pertenecer una clase acomodada y haber podido solventar el equipo de profesionales que lo defendió y por vivir en el barrio que vive –en contraposición al barrio al que pertenecían las víctimas- nunca habría sido siquiera molestado, menos juzgado.
Y no fue así.
Sinceramente –sin haber vivido lo que Ud. vivió-, no me parece que Cabello –después de atravesar lo que atravesó judicialmente hablando- haya pasado por arriba a nadie y menos aún afirmar que no ha tenido “castigo”.
Lo que él cometió se denomina homicidio. Es causar la muerte de una persona; en este caso dos.
El homicidio que cometió Sebastián Cabello se denomina culposo.
¿Porqué culposo? Porque por más su auto fuera un coche “tuneado” y estuviera corriendo una picada, ni él ni nadie –excepto un psicópata, patología que no se acreditó en la persona de Cabello- se sube a un auto –por más que intente correr y ganar una picada- con la intención real de matar. Quizás su intención fue ganar la picada, impresionar a su acompañante, sentir la adrenalina de la velocidad; pero no decir “quiero matar y tengo el firme propósito (voluntad) de hacerlo”.
Básicamente culposo porque Cabello lo que hizo fue conducir sin aplicar la debida diligencia a la hora de desarrollar este quehacer (corría una picada, excedido de velocidad y no pudiendo controlar en definitiva el vehículo que conducía). El mató sí; pero como consecuencia de su impericia. El quería correr; o ganar; no matar.
Sr. Arce: que Cabello esté en libertad no significa que esté libre de todas las consecuencias que de por vida esta tragedia también le acarreará a su persona. Y no será necesario que esté “pudriéndose” en una cárcel por años para ello. Absolutamente nadie sale indemne de una cosa así.
Pero eso ya es harina de otro costal.
Atte.
Juan Rey.-

agrega un comentario


Ante todo, mis respetos...
Por Juan Rey - Friday, Dec. 16, 2005 at 10:35 AM

He titulado de esa manera lo que a continuación escribiré debido a que por sobre toda apreciación particular del caso -que necesariamente abordaré- quiero dejar sentado ante todo que afinca en mí la necesidad de transmitir a los familiares de las víctimas de esta tragedia mis más sinceras y profundas condolencias por el terrible episodio que les ha tocado de lleno padecer. Es mi humilde convicción -y sé que en el intento fallo-, pero aún así trataré de sitiarme en el lugar de estas personas que han sufrido pérdidas irreparables y que han visto trastocadas sus vidas de ahora en más y por siempre debido a la fatalidad. Pero aún con el cúmulo de solidaridad que comparto junto a ellos no me hallo autorizado -en absoluto- a prescindir del juicio de logicidad que debe subyacer en todo razonamiento a la hora de endilgar y deslindar responsabilidades. Y eso es de lo que se trata el razonamiento jurídico y en definitiva una sentencia; en este caso penal. Como previo a todo, sé de antemano que lo que se pueda decir, opinar y esgrimir, en nada –y en absoluto, nada- dejará satisfechas a aquellas personas que han sido afectadas directamente por los acontecimientos luctuosos en trato. Es que en realidad, desde el punto de vista psicológico, se presenta como muy dificultosa la posibilidad que alguien que se ha visto directamente involucrado por tales acontecimientos (y me refiero a verse “afectado directamente” por ellos) pueda abstraerse de los efectos imborrables que tales hechos le hayan producido en su psique, alma, persona, corazón , etc, permitiéndole realizar un análisis crítico, racional, desapacionado, más allá de los reclamos vindicativos con asidero –como lo vengo sugiriendo- en algo que –justificadamente- podríamos llamar “visceral”. Son por cierto varios los pasajes del artículo titulado “La ley es la trampa” los que me llamaron a escribir la presente, y no puedo dejar de advertir en prácticamente cada párrafo de la mencionada carta aquello a lo que hago referencia más arriba. En ella se destila bronca, la bronca comprensible por la impotencia; el dolor y la angustia, dentro de una vorágine de sentimientos y sensaciones, que con seguridad no pueden dejar indemne al recipiendario de semejante drama. Pero realmente hay algo peligroso. Y es el mensaje que –con seguridad inintencionadamente- se trasmite. Paso a explicarme. Desandando el texto, su autor en algún momento habla de la dictadura militar y en tal sentido pareciera que –según se trasluce- no ha comulgado con ella y que en propia carne padeció aquellos años de plomo de la Argentina reciente. En tal sentido se dice: “...formé parte de un partido declarado ilegal y quebré cuantas leyes estuvieron a mi alcance para resistir a la dictadura.” En un párrafo anterior se había afirmado que “...Yo no estoy ni estuve nunca de acuerdo con el cuerpo legal que rige en el país, a mí me impusieron esas leyes “democráticamente”, es decir, porque la mayoría de las personas que viven en el territorio en el que me tocó vivir están de acuerdo con esas leyes”. Por lo pronto y con lo transcripto hasta aquí, avizoro ideas algo contradictorias y hasta antinómicas, cuando -por una parte- no se está de acuerdo con la “democracia” (así entre comillas, dando una sensación casi como despectiva; que puede ser muy imperfecta y defectuosa, pero que es el (UNICO) sistema que mejor se presta para hacer uso de la libertad, la opinión, el consenso, el discenso, la abstención, la participación, la oposición, la lucha, la resistencia, la adhesión, la solidaridad, etc...) y -por otra cuando su autor afirma haber “resistido” la dictadura formando parte de un “partido declarado ilegal”. Pues bien, en este particular el mensaje que se libera entonces es confuso y hasta –si se quiere- poco democrático. Sr. Arce, no me hace falta reiterarlo, pero lo hago para que lo tenga más presente que nunca: sinceramente comparto su aflicción. Por favor no piense que soy el enemigo. Las palabras no alcanzan para describir la catastrófica dimensión de lo ocurrido, la pérdida abrupta de dos vidas ligadas a Ud. por un lazo de sangre. Ud. –como cualquier otra persona- no tiene la obligación de saber de leyes, así como tampoco de álgebra o física cuántica. A mí me pasa lo mismo, salvo con alguna particularidad especial referida a mi caso personal, hay materias –muchas en realidad, más de las que quisiera- en las que no podría explayarme con solvencia. Y claro, por supuesto que no me atrevería a opinar por opinar, sin demasiado asidero sobre, p/ej. álgebra o física cuántica, pues realmente reconozco que no sé del tema. En todo caso (y como en democracia todavía estamos...) nadie me prohibiría decir cualquier cosa acerca de álgebra o física cuántica. Claro, eso sí: me arriesgo a que lo que diga (y a costa de que sea un disparate) pueda ser refutado por alguien que de álgebra o física cuántica comprenda algo más que yo y hable en base a fundamentos de carácter lógico y razonado, más allá de lo apasionante (como sinónimo de dramático) que sea el tema abarcado y en él yo esté involucrado. Entiendo que es ése el sentido en que se expresaron los Magistrados de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal. Vuelvo a repetir: esto no es un ataque. Para nada. Y en rigor de verdad, ni siquiera está direccionado a Ud. Sr. Arce, sino aquellos que al calor de la pasión desenfrenada (justificable sí en Ud.) prestan sus oídos a lo Ud. está diciendo. He aquí el peligro, pues –lamento aquí decir esto- muchas de las afirmaciones de se deslizan ligeramente son –cuanto menos- opiniones o puntos de vista personales de discrepacia al calor de los hechos, pero que muy poco o nada tienen que ver con un análisis racional y sincero de los tristemente célebres hechos ocurridos, lo que –en definitiva- induce al error a quién lea su esquela. Yo no sé quién es Cabello. No lo conozco y no me interesa conocerlo. No soy su defensor, puesto que él ya ha tenido una defensa técnica que lo asistiera oportunamente. No reconozco en lo que hizo Cabello ninguna virtud; es más: repruebo la conducta temeraria que desarrollara y que culminó por sesgar la vida de dos seres humanos como Ud. y como yo. Pero –si se me permite y con el debido respeto- no puedo ser indiferente –puesto que estaría faltando a mi conciencia, que es mi último Juez- a muchas de las ideas que Ud. vuelca en su carta abierta. Ud. dice: “Después de seis años de vericuetos judiciales, incluyendo un juicio oral en el cual se condenó al acusado a 12 años de prisión, “por considerarlo autor penalmente responsable del delito de doble homicidio simple cometido con dolo eventual”, finalmente la cámara de casación penal cambió la calificación del hecho, por “Doble homicidio culposo” con lo cual el criminal sale libre, quedando impunes los asesinatos de mi hermana y de mi sobrina.” (el resaltado me pertenece). Los “asesinatos” como Ud. los denomina (las muertes, más bien diría yo, puesto que “asesinar” se asocia con producir la muerte con dolo de matar, con intencionalidad de quitarle la vida a otro, con el claro fin de “hoy-me-subo-al-auto-porque-tengo-ganas-de-matar-a-alguien-corriendo-picadas”) no han quedado impunes. Es obvio que para Ud. y su familia cualquier pena “temporal” que imponga el Estado será inservible para acallar todo el dolor que sienten. Pero no han quedado impunes esas muertes porque lo que hizo Cabello fue cometer un delito y ese delito –corroborado (juzgado si lo prefiere)- fue penado y dicha pena se cumplió, tal como lo ordenan la Constitución, las leyes y lo dispusiera el Tribunal (en el caso Casación Penal, última instancia revisora), no pudiendo afirmarse que el delito ha quedado impune. Sigue diciendo: “Existe una contradicción insalvable entre ambos fallos, ya que se basan en el mismo cuerpo legal : uno de los dos tribunales ha incurrido en mal desempeño, por lo tanto, debería someterse a juicio político a alguno de los dos.” Es verdad, a simple vista se advierte la contraposición entre lo que se resuelve en un fallo y otro. Más no es exactamente una “contradicción”, sino que la Cámara de Casación precisamente lo que hace es “corregir” a los Sres. Jueces del Tribunal Oral, quienes hicieron una interpretación errónea del derecho a aplicar en el caso, por lo que es la obligación legal de la Casación dar un fallo acorde a derecho, ya que el Tribunal Oral (su inferior) “forzó” la imputación y cometió errores de tipo lógico que hicieron que dicho fallo originario careciera de (valga la redundancia) la logicidad necesaria para que una sentencia sea válida e irrecurrible (firmeza del fallo). Con respecto a lo sostenido en el párrafo que afirma que “...uno de los dos tribunales ha incurrido en mal desempeño, por lo tanto, debería someterse a juicio político a alguno de los dos.” deberé decir que justamente para ello existe un tribunal corrector (Cámara de Casación) de los errores del inferior (Tribunal Oral). Si bien como Ud. dice ambos fallos se basan en el mismo plexo legal (Código Penal de la Nación Argentina), los jueces son libres –dentro de la flexibilidad que les delimita la interpretación de una materia a veces tan opinable como el derecho- de apreciar las pruebas siempre y cuando no contradigan ese sentido de la lógica y no haya absurdo o éstas no sean invocadas siendo que no existen; así como de sostener sus criterios fundándose en el propio texto de la ley, así como en las impresiones que en el juicio oral puedan obtener de los dichos de los testigos, imputado, etc. Es decir que dentro de una materia harto subjetiva como el derecho–donde siempre no hay una, sino varias opiniones y puntos de vista sobre cada tema en particular- será el lugar desde donde deban fallar (sentenciar) los magistrados. Para que las partes no queden sin resguardo ante un fallo injusto, el sistema prevé que –de ser así- el primer fallo pueda ser revisado –ya sea a favor o en contra del imputado, puesto que también podría haber recurrido el Fiscal o parte acusadora-. He aquí –a grandes rasgos- la función de la Casación: “casar” el fallo que se le arrima y corregir los errores de derecho que se adviertan. Y así ha ocurrido en este caso. No corresponde ningún juicio político, puesto que no ha habido mal desempeño, sino vicios lógicos de interpretación y errores de subsunción legal, adjudicando conductas que no se condicen a la perfección con la realidad que las pruebas y constancias de la causa (único medio válido) sostiene. Todo lo dicho anteriormente considero que da respuesta -sin que sea necesaria ninguna otra aclaración por mi parte- a la siguiente afirmación que Ud. lanza: “...Ante esta burla evidente de la cámara, que quiebra las leyes que ellos mismos dicen defender, me siento liberado de seguir cumpliendo con esas leyes, ya que la justicia se ha demostrado incapaz de hacer respetar las leyes por las que han jurado sus integrantes.” Por último Ud. dice “...No me voy a referir a los sentimientos que esta decisión judicial ha provocado en mí y en las personas directamente afectadas . Los jueces no demostraron sentimientos en el fallo, y yo no les voy a dar ese gusto, se trata de algo que considero debe quedar en el ámbito privado. En cambio, sí me parece adecuado sugerir a todos quienes repudian este fallo, poner en práctica la “condena social”, contra Cabello y sus padres, allí donde se les encuentre, recordarles su crimen, que no crean que, literalmente, pueden llevar por delante a otras personas, sin tener alguna clase de castigo.” Esto me llevó a reflexionar sobre varios puntos. En primer lugar vuelvo a hacer incapié en algo que he reiterado hasta el hartazgo: la afectación, el quebranto y conmoción que este hecho ha producido en Ud. y su familia está totalmente justificado y quién suscribe se ha hecho expresamente partícipe de ese dolor. Pero el derecho es ciencia y en ella los jueces no pueden poner en juego sus sentimientos. Los jueces no pueden ser “sentimentales”. Sí deben aplicar “su sentir”, su íntima convicción, pero ello no es lo mismo que tener que mostrar sus sentimientos a través de sus fallos o “enternecerse” dejando de lado la ciencia del derecho. Para el derecho es lo mismo que Cabello en vez de ir en un automóvil importado fuera en un Falcon modelo ´63 si hubiese causado el mismo resultado en equivalentes condiciones. El derecho no puede hacer diferencia si en vez que ser las víctimas una madre y su hijita, la víctima que conducía el vehículo envestido hubiese sido, p/ej. una persona condenada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la pasada dictadura militar. Si no fuera lo mismo, Cabello por pertenecer una clase acomodada y haber podido solventar el equipo de profesionales que lo defendió y por vivir en el barrio que vive –en contraposición al barrio al que pertenecían las víctimas- nunca habría sido siquiera molestado, menos juzgado. Y no fue así. Sinceramente –sin haber vivido lo que Ud. vivió-, no me parece que Cabello –después de atravesar lo que atravesó judicialmente hablando- haya pasado por arriba a nadie y menos aún afirmar que no ha tenido “castigo”. Lo que él cometió se denomina homicidio. Es causar la muerte de una persona; en este caso dos. El homicidio que cometió Sebastián Cabello se denomina culposo. ¿Porqué culposo? Porque por más su auto fuera un coche “tuneado” y estuviera corriendo una picada, ni él ni nadie –excepto un psicópata, patología que no se acreditó en la persona de Cabello- se sube a un auto –por más que intente correr y ganar una picada- con la intención real de matar. Quizás su intención fue ganar la picada, impresionar a su acompañante, sentir la adrenalina de la velocidad; pero no decir “quiero matar y tengo el firme propósito (voluntad) de hacerlo”. Básicamente culposo porque Cabello lo que hizo fue conducir sin aplicar la debida diligencia a la hora de desarrollar este quehacer (corría una picada, excedido de velocidad y no pudiendo controlar en definitiva el vehículo que conducía). El mató sí; pero como consecuencia de su impericia. El quería correr; o ganar; no matar. Sr. Arce: que Cabello esté en libertad no significa que esté libre de todas las consecuencias que de por vida esta tragedia también le acarreará a su persona. Y no será necesario que esté “pudriéndose” en una cárcel por años para ello. Absolutamente nadie sale indemne de una cosa así. Pero eso ya es harina de otro costal. Atte. Juan Rey.-

agrega un comentario


Que chamuyo flaco...
Por Kenshin - Friday, Dec. 16, 2005 at 11:37 AM

-la calificación de eventual dolo, se da perfectamente porque las muertes no se dieron por mera impericia: el boludo que conducía sabía perfectamente que si algo se cruzaba en esas condiciones lo hacía mierda; era cuestión de azar (lo mismo que si yo para fin de año me pongo a hacer disparos al aire: no quiero matar a nadie, pero sé que si "eventualmente" el plomo le cae en el mate a alguien, es boleta).

-sí, los jueces no son sentimentales y generalmente aplican la ley (que no es lo mismo que aplicar justicia); pero también cuentan con la capacidad de hacer lo que se les cante el orto que raramente tendrán algún tipo de sanción; cuanto mucho, después de unos años de dar vueltas un expediente, aparecerá una instancia superior que dirá "se equivocó", lo enmendará y todos felices.-

agrega un comentario


mi canto
Por yo - Friday, Dec. 16, 2005 at 5:58 PM

yoooooooooooooo ke hice la trampaaaaaaaaa tuuuu ke ponias caraaaaaaaaaaaa carita de nadaaaaaaaa dejandome ahcerrrrrrr

agrega un comentario


opinion compartida
Por susana - Tuesday, Nov. 21, 2006 at 10:27 PM
sarav908@yahoo.com.ar

la verdad es que estoy totalmente de acuerdo con vos, y resumo todo lo que pienso con mucha bronca y dolor para no gastar en palabras que todos ya sabemos...en este pais REALMENTE LA JUSTICIA ES PATETICA!!!!

agrega un comentario