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Ley Federal de Educación.
Por Indymedia Córdoba. - Thursday, Sep. 15, 2005 at 3:02 PM

Ley Federal de Educación

El 14 de abril de 1993 fue sancionada la Ley Federal de Educación (LFE) en nuestro país.
La necesidad de generar un marco regulatorio en torno a la educación surgió luego de que en el Congreso Pedagógico realizado entre 1986 y 1988 se hablara de buscar una lógica de concertación de políticas educativas que se pensaban enfrentadas. Así es que esta ley se creó con la justificación de garantizar cierta unidad y organizar la diversidad.
En su articulo 1° la L.F.E. establece "el derecho constitucional de enseñar y aprender queda regulado para su ejercicio en todo el territorio argentino por la presente ley, que sobre la base de principios establece los objetivos de la educación como un bien social y responsabilidad común", pero en varios de sus artículos posteriores desliga al Estado de su responsabilidad de ser garante del derecho a la educación.
Es en el art 4º donde atribuye a las provincias, los municipios, la iglesia católica y demás organizaciones religiosas oficialmente reconocidas, la responsabilidad de las acciones educativas; en este mismo sentido se expresa en el art. 52º (1) al hablar de responsabilidades concurrentes.
Se observa una clara contradicción entre la “responsabilidad indelegable” del Estado con respecto a la educación y la participación de la iniciativa privada. En el artículo 3º se habla de “garantizar el acceso a la educación con la participación de la familia, la comunidad, sus organizaciones y la iniciativa privada”. Esto se completa en diferentes incisos del artículo 5º como por ejemplo:
- el inciso “o” que promueve la “armonización de las acciones educativas formales con la actividad no formal ofrecida por los diversos sectores de la sociedad y las modalidades informales que surgen espontáneamente en ellas.
- el inciso "j" que garantiza “el derecho de los padres como integrantes de la comunidad educativa a asociarse y a participar en organizaciones de apoyo a la gestión educativa.
El Estado Nacional debería ser el único y verdadero responsable de imprimir las políticas adecuadas y llevar adelante nuestro sistema educativo. Sin embargo esta responsabilidad es tergiversada con la L.F.E.
En el artículo 2º la ley le confiere al Estado Nacional la obligación de “controlar el cumplimiento de la política educativa”, pero nada dice sobre SOSTENER la Educación.
Está claro que hace más de 12 años que se viene realizando un proceso de descentralización, no sólo de tipo administrativo, sino que también con una transferencia de poder. En las explicaciones de la ley se habló de que la gestión directa de la prestación de los servicios educativos quedaba en manos de cada jurisdicción. Las jurisdicciones más pobres son las que ofrecen una educación más pobre. La consecuencia de esto es claramente visible: acentuación de la desigualdad. Esto es una continuidad de las políticas educativas iniciadas durante la última dictadura militar: en 1978 se dio el primer paso al imponerse la Ley de Transferencia Educativa, con la cual se pasaron las escuelas primarias del ámbito nacional al provincial.
La L.F.E. desvirtúa la verdadera responsabilidad del Estado como garante del “dejar aprender”. El Estado ya no define su rol para garantizar derechos, cada quien va a llegar adonde pueda de acuerdo a sus capacidades", o “según las características de las diferentes regiones del país”.
La Ley Federal de Educación se impuso en el momento de apogeo de las políticas neoliberales y utilizó estos lineamientos. Se decía que era preciso ubicar la necesidad y oportunidad de esta ley en relación a los desafíos que planteaban los cambios en los paradigmas políticos, sociales y económicos a nivel mundial. Entre estos cambios se encontraba la llamada globalización económica y política y la propagación hegemónica de los valores de mercado, que son algunas de las tendencias principales del “Nuevo Orden Internacional” impuesto durante los ‘90.
Entre los cambios estructurales que produjo esta controvertida ley se encuentra el tema de los derechos laborales. Los cambios en el sistema de educación general básica llevaron a la flexibilización laboral de lxs docentes. Nuestrxs maestrxs en su mayoría cobran salarios que están por debajo de la línea de pobreza.
A partir de 1993, año en que fue sancionada la L.F.E., se produjo un cambio que afectó y afectará a numerosas generaciones. Los programas han sido vaciados de contenidos con aparición de muchas materias en el marco de programas poco claros, con la extinción prácticamente de la educación técnica, y con el ajuste de la educación a las demandas del mercado, con una lógica más financiera que pedagógica.
La política educativa fue orientada así a transformar las escuelas en ámbitos de formación de mano de obra barata. En las mismas justificaciones de la ley se observa este criterio que está enmarcado en un sistema que de este modo impide el desarrollo de los llamados “países en vías de desarrollo”. Se habla de un sentido práctico del “saber hacer”. En el artículo 5º inciso "j" se lee sobre “la valorización del trabajo como realización del hombre y la sociedad y como eje vertebrador del proceso social y educativo”. A partir de este artículo y las formas de instrumentarse la ley es posible observar que se plantea la realización individual alrededor del Trabajo y que la educación gire en torno a la formación de mano de obra, sin embargo en ningún momento se habla de una formación integral como seres humanos e incluso como trabajadorxs.
En el nuevo sistema educativo se establecieron tres ciclos: de educación inicial, de educación general básica y de educación polimodal. En las justificaciones que se encuentran en la Secretaría de Programación y Evaluación Educativa del Ministerio de Educación y Cultura de la Nación, es fácil observar este criterio de formación de mano de obra ya que se presenta al ciclo polimodal como la oferta de “una atractiva variedad de orientaciones vinculadas con el mundo laboral”.
En este sentido es necesario analizar los artículos 15º y 17º de la Ley, que dan lugar incluso a la formación de mano de obra gratuita. En el inciso “e” del artículo 15º se habla de “incorporar el trabajo como metodología pedagógica”. En el artículo 17º dice que “la organización del ciclo polimodal incorporará con los debidos recaudos pedagógicos y sociales el régimen de alternancia entre la institución escolar y las empresas”. Esta articulación entre el mundo del trabajo y la educación se instrumenta mediante las pasantías y los contratos de aprendizaje impulsados por esta ley, lo cual significa un paso más en la flexibilización laboral que se implementó durante la década pasada.
La capacitación laboral de la forma en la que es concebida en esta ley tergiversa la relación educación-trabajo y la transforma en educación-empleo, acorde a las funciones que el mundo globalizado neoliberal impone a países como el nuestro. El objetivo es lograr capacidad competitiva para el desempeño laboral y formar una sociedad anestesiada para toda aspiración que no sea conseguir trabajo (más y mejor remunerada). En el medio de todo esto surge el fantasma de la “descalificación” y la valoración de las personas está dada por la optimización de su rendimiento laboral, el conocimiento es ignorado como medio de realización y crecimiento individual y social.
Actualmente se realiza la transmisión de conocimientos a través de fichas didácticas, donde se perdió el sentido de la formación de mentes criticas. Además la decreciente situación económica transformó a la escuela y su rol, desvirtuándolo. La escuela se ha convertido en un lugar donde l@s niñ@s buscan un plato de comida y no aprender a leer y a escribir; donde un/a docente no es ya un/a profesional que les enseña a sumar y restar, sino alguien que los acompaña cumpliendo el rol de madre, padre, y/o familia. Es decir, ya no es una institución transformadora y superadora para nuestr@s niñ@s y jóvenes, sino que es ella misma la que se ha tranformado en un espacio de contención social.
Queda manifiesta un tipo de política educativa totalmente desdibujada, muy lejana a aquella establecida en la Ley 1420. Ésta ley, sancionada en el periodo de organización Nacional (1884), marcó los principios que guiaron nuestra educación, estableciendo la obligatoriedad (del nivel primario con siete años de escolaridad para el total de la población), la gratuidad, la gradualidad y la educación laica.
La educación pública, gratuita, laica y de calidad es un derecho innegable para cualquier sociedad Y se ha transformado en una educación librada a la suerte, a la condición socio-económica de cada región, de cada familia, de cada niñ@, de cada joven, agudizando y reflejando la desigualdad social en nuestro país.

Ley provincial de Educación.
En la constitución provincial se establece los principios y lineamientos de la política educativa y la responsabilidad del estado en esta área, específicamente en el art. 63 expresa:
“el Estado Provincial organiza y fiscaliza el sistema educativo en todos los niveles, con centralización política y normativa, y descentralización operativa, de acuerdo a los principios democráticos de participación” (2).
La provincia de Córdoba, mediante la ley 8113 (modificada por la ley Nº 8525), adoptó la estructura del sistema educativo nacional establecido por la L.F.E. Esta Ley General de Educación rige la organización y administración del sistema educativo provincial, o sistema jurisdiccional en el lenguaje de la L.F.E. y que se integra con los servicios educativos oficiales prestados por el Estado Provincial, los servicios municipales regulados por ley especial (art. 80), y los servicios oficiales adscriptos prestados por personas o asociaciones reconocidas por el estado provincial y regulados por Ley.
La Ley 8113 tiene 95 artículos que podríamos seguir citando y desenredando, pero si analizamos y pensamos cual es la situación en la que se encuentra el sistema educativo provincial, cabe preguntarnos: ¿el estado provincial se esta haciendo cargo de nuestro sistema educativo?
Por un lado el Estado nacional a través de su famosa L.F.E. se desligo, “se lavo las manos” de la educación. Y por el otro, el estado provincial tampoco cumple con ninguna obligación. Sostiene y administra un magro presupuesto, edificios en malas condiciones, falta de personal administrativo, una planta docente escasa, con mala formación, agotadxs por este sistema, a lxs cuales no les alcanza para cubrir las necesidades de su familia, y sin embargo tratan de cubrir las del aula, entonces... ¿ que generaciones de personas estamos formando?
Para empezar a respondernos esta pregunta es importante decir que a partir de esta regulación de la educación, la Ley Federal, se produjeron distintos recortes presupuestarios que indicaban que la educación se considera como un gasto público a reducir, y no como una inversión para el desarrollo del país. Las leyes y políticas educativas hablaron de reformulación de contenidos, perfeccionamiento docente y recursos didácticos, lo cual además de haber sido sólo un discurso neoliberal y pseudodemocrático, en ningún momento incluyó el conflicto que se da por la imposibilidad de mejorar la educación sin tener en cuenta el desempleo y la pobreza que crecían en el mismo momento en el que se aplicaban estas leyes.
Para entender esto es necesario recordar el origen de este tipo de políticas educativas y entender que los límites de los gastos en educación fueron y son impuestos por organismos como el F.M.I. y el B.M. En las "Directivas del Banco Mundial para políticas de financiamiento educativo" de 1991, este organismo propuso:
“Se propone la descentralización de la educación pública y el fomento de la escuela privada…y sugerimos trasladar parte de la carga financiera de la educación del Estado a los beneficiarios, es decir a los estudiantes y sus familias…Que el Estado traslade el sostenimiento financiero a las organizaciones sociales, a los beneficiarios, a las familias y organizaciones privadas; hay que establecer una competencia entre la educación pública y privada”.
“En muchos países en desarrollo…las condiciones macroeconómicas adversas…han reducido la capacidad de la mayoría de los gobiernos para continuar expandiendo la educación. En una situación de restricciones financieras generales la competencia intersectorial por los recursos tiende a hacer que la educación sea una víctima inevitable de las reducciones presupuestarias”.
Extraído de las Recomendaciones para la Educación en Latinoamérica y de las “Directivas del Banco Mundial para políticas de financiamiento educativo” (1991)

(1)
Art. 52º: el Gobierno y Administración del Sistema Educativo es una responsabilidad concurrente y concertada del Poder Ejecutivo Nacional, de los Poderes ejecutivos de las Provincias y del de la municipalidad de Buenos Aires”.
Para la coordinación y concertación del Sistema Educativo Nacional se define el Consejo Federal de Educación que es precedido por el Ministerio de Educación de la Nación e integrado por los responsables del área de educación de las distintas jurisdicciones, sumados al Consejo Interunivesitario Nacional. Es su misión “unificar criterios ente las jurisdicciones, cooperar en la consolidación de la identidad nacional y en que a todos los habitantes del país se les garantice el derecho constitucional de enseñar y aprender en forma igualitaria y equitativa”.

(2)
Art 63º: ... integra en cuerpos colegiados a representantes del gobierno, de los docentes, y de otros agentes institucionales y sociales en los niveles de elaboración y ejecución de políticas, en la forma y con los atributos que fija la ley”.

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