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Ley Federal de Educación.
Por Indymedia Córdoba. -
Thursday, Sep. 15, 2005 at 3:02 PM
Ley
Federal de Educación El 14 de abril de 1993
fue sancionada la Ley Federal de Educación (LFE) en nuestro país. Ley
provincial de Educación. (1) (2)
La necesidad de
generar un marco regulatorio en torno a la educación surgió
luego de que en el Congreso Pedagógico realizado entre 1986 y 1988
se hablara de buscar una lógica de concertación de políticas
educativas que se pensaban enfrentadas. Así es que esta ley se creó
con la justificación de garantizar cierta unidad y organizar la diversidad.
En su articulo 1° la L.F.E. establece "el derecho constitucional
de enseñar y aprender queda regulado para su ejercicio en todo el
territorio argentino por la presente ley, que sobre la base de principios
establece los objetivos de la educación como un bien social y responsabilidad
común", pero en varios de sus artículos posteriores desliga
al Estado de su responsabilidad de ser garante del derecho a la educación.
Es en el art 4º donde atribuye a las provincias, los municipios, la
iglesia católica y demás organizaciones religiosas oficialmente
reconocidas, la responsabilidad de las acciones educativas; en este mismo
sentido se expresa en el art. 52º (1) al hablar de responsabilidades
concurrentes.
Se observa una clara contradicción entre la “responsabilidad
indelegable” del Estado con respecto a la educación y la participación
de la iniciativa privada. En el artículo 3º se habla de “garantizar
el acceso a la educación con la participación de la familia,
la comunidad, sus organizaciones y la iniciativa privada”. Esto se
completa en diferentes incisos del artículo 5º como por ejemplo:
- el inciso “o” que promueve la “armonización de
las acciones educativas formales con la actividad no formal ofrecida por
los diversos sectores de la sociedad y las modalidades informales que surgen
espontáneamente en ellas.
- el inciso "j" que garantiza “el derecho de los padres
como integrantes de la comunidad educativa a asociarse y a participar en
organizaciones de apoyo a la gestión educativa.
El Estado Nacional debería ser el único y verdadero responsable
de imprimir las políticas adecuadas y llevar adelante nuestro sistema
educativo. Sin embargo esta responsabilidad es tergiversada con la L.F.E.
En el artículo 2º la ley le confiere al Estado Nacional la obligación
de “controlar el cumplimiento de la política educativa”,
pero nada dice sobre SOSTENER la Educación.
Está claro que hace más de 12 años que se viene realizando
un proceso de descentralización, no sólo de tipo administrativo,
sino que también con una transferencia de poder. En las explicaciones
de la ley se habló de que la gestión directa de la prestación
de los servicios educativos quedaba en manos de cada jurisdicción.
Las jurisdicciones más pobres son las que ofrecen una educación
más pobre. La consecuencia de esto es claramente visible: acentuación
de la desigualdad. Esto es una continuidad de las políticas educativas
iniciadas durante la última dictadura militar: en 1978 se dio el
primer paso al imponerse la Ley de Transferencia Educativa, con la cual
se pasaron las escuelas primarias del ámbito nacional al provincial.
La L.F.E. desvirtúa la verdadera responsabilidad del Estado como
garante del “dejar aprender”. El Estado ya no define su rol
para garantizar derechos, cada quien va a llegar adonde pueda de acuerdo
a sus capacidades", o “según las características
de las diferentes regiones del país”.
La Ley Federal de Educación se impuso en el momento de apogeo de
las políticas neoliberales y utilizó estos lineamientos. Se
decía que era preciso ubicar la necesidad y oportunidad de esta ley
en relación a los desafíos que planteaban los cambios en los
paradigmas políticos, sociales y económicos a nivel mundial.
Entre estos cambios se encontraba la llamada globalización económica
y política y la propagación hegemónica de los valores
de mercado, que son algunas de las tendencias principales del “Nuevo
Orden Internacional” impuesto durante los ‘90.
Entre los cambios estructurales que produjo esta controvertida ley se encuentra
el tema de los derechos laborales. Los cambios en el sistema de educación
general básica llevaron a la flexibilización laboral de lxs
docentes. Nuestrxs maestrxs en su mayoría cobran salarios que están
por debajo de la línea de pobreza.
A partir de 1993, año en que fue sancionada la L.F.E., se produjo
un cambio que afectó y afectará a numerosas generaciones.
Los programas han sido vaciados de contenidos con aparición de muchas
materias en el marco de programas poco claros, con la extinción prácticamente
de la educación técnica, y con el ajuste de la educación
a las demandas del mercado, con una lógica más financiera
que pedagógica.
La política educativa fue orientada así a transformar las
escuelas en ámbitos de formación de mano de obra barata. En
las mismas justificaciones de la ley se observa este criterio que está
enmarcado en un sistema que de este modo impide el desarrollo de los llamados
“países en vías de desarrollo”. Se habla de un
sentido práctico del “saber hacer”. En el artículo
5º inciso "j" se lee sobre “la valorización
del trabajo como realización del hombre y la sociedad y como eje
vertebrador del proceso social y educativo”. A partir de este artículo
y las formas de instrumentarse la ley es posible observar que se plantea
la realización individual alrededor del Trabajo y que la educación
gire en torno a la formación de mano de obra, sin embargo en ningún
momento se habla de una formación integral como seres humanos e incluso
como trabajadorxs.
En el nuevo sistema educativo se establecieron tres ciclos: de educación
inicial, de educación general básica y de educación
polimodal. En las justificaciones que se encuentran en la Secretaría
de Programación y Evaluación Educativa del Ministerio de Educación
y Cultura de la Nación, es fácil observar este criterio de
formación de mano de obra ya que se presenta al ciclo polimodal como
la oferta de “una atractiva variedad de orientaciones vinculadas con
el mundo laboral”.
En este sentido es necesario analizar los artículos 15º y 17º
de la Ley, que dan lugar incluso a la formación de mano de obra gratuita.
En el inciso “e” del artículo 15º se habla de “incorporar
el trabajo como metodología pedagógica”. En el artículo
17º dice que “la organización del ciclo polimodal incorporará
con los debidos recaudos pedagógicos y sociales el régimen
de alternancia entre la institución escolar y las empresas”.
Esta articulación entre el mundo del trabajo y la educación
se instrumenta mediante las pasantías y los contratos de aprendizaje
impulsados por esta ley, lo cual significa un paso más en la flexibilización
laboral que se implementó durante la década pasada.
La capacitación laboral de la forma en la que es concebida en esta
ley tergiversa la relación educación-trabajo y la transforma
en educación-empleo, acorde a las funciones que el mundo globalizado
neoliberal impone a países como el nuestro. El objetivo es lograr
capacidad competitiva para el desempeño laboral y formar una sociedad
anestesiada para toda aspiración que no sea conseguir trabajo (más
y mejor remunerada). En el medio de todo esto surge el fantasma de la “descalificación”
y la valoración de las personas está dada por la optimización
de su rendimiento laboral, el conocimiento es ignorado como medio de realización
y crecimiento individual y social.
Actualmente se realiza la transmisión de conocimientos a través
de fichas didácticas, donde se perdió el sentido de la formación
de mentes criticas. Además la decreciente situación económica
transformó a la escuela y su rol, desvirtuándolo. La escuela
se ha convertido en un lugar donde l@s niñ@s buscan un plato de comida
y no aprender a leer y a escribir; donde un/a docente no es ya un/a profesional
que les enseña a sumar y restar, sino alguien que los acompaña
cumpliendo el rol de madre, padre, y/o familia. Es decir, ya no es una institución
transformadora y superadora para nuestr@s niñ@s y jóvenes,
sino que es ella misma la que se ha tranformado en un espacio de contención
social.
Queda manifiesta un tipo de política educativa totalmente desdibujada,
muy lejana a aquella establecida en la Ley 1420. Ésta ley, sancionada
en el periodo de organización Nacional (1884), marcó los principios
que guiaron nuestra educación, estableciendo la obligatoriedad (del
nivel primario con siete años de escolaridad para el total de la
población), la gratuidad, la gradualidad y la educación laica.
La educación pública, gratuita, laica y de calidad es un derecho
innegable para cualquier sociedad Y se ha transformado en una educación
librada a la suerte, a la condición socio-económica de cada
región, de cada familia, de cada niñ@, de cada joven, agudizando
y reflejando la desigualdad social en nuestro país.
En la constitución
provincial se establece los principios y lineamientos de la política
educativa y la responsabilidad del estado en esta área, específicamente
en el art. 63 expresa:
“el Estado Provincial organiza y fiscaliza el sistema educativo en todos
los niveles, con centralización política y normativa, y descentralización
operativa, de acuerdo a los principios democráticos de participación”
(2).
La provincia de Córdoba, mediante la ley 8113 (modificada por la ley
Nº 8525), adoptó la estructura del sistema educativo nacional
establecido por la L.F.E. Esta Ley General de Educación rige la organización
y administración del sistema educativo provincial, o sistema jurisdiccional
en el lenguaje de la L.F.E. y que se integra con los servicios educativos
oficiales prestados por el Estado Provincial, los servicios municipales regulados
por ley especial (art. 80), y los servicios oficiales adscriptos prestados
por personas o asociaciones reconocidas por el estado provincial y regulados
por Ley.
La Ley 8113 tiene 95 artículos que podríamos seguir citando
y desenredando, pero si analizamos y pensamos cual es la situación
en la que se encuentra el sistema educativo provincial, cabe preguntarnos:
¿el estado provincial se esta haciendo cargo de nuestro sistema educativo?
Por un lado el Estado nacional a través de su famosa L.F.E. se desligo,
“se lavo las manos” de la educación. Y por el otro, el
estado provincial tampoco cumple con ninguna obligación. Sostiene y
administra un magro presupuesto, edificios en malas condiciones, falta de
personal administrativo, una planta docente escasa, con mala formación,
agotadxs por este sistema, a lxs cuales no les alcanza para cubrir las necesidades
de su familia, y sin embargo tratan de cubrir las del aula, entonces... ¿
que generaciones de personas estamos formando?
Para empezar a respondernos esta pregunta es importante decir que a partir
de esta regulación de la educación, la Ley Federal, se produjeron
distintos recortes presupuestarios que indicaban que la educación se
considera como un gasto público a reducir, y no como una inversión
para el desarrollo del país. Las leyes y políticas educativas
hablaron de reformulación de contenidos, perfeccionamiento docente
y recursos didácticos, lo cual además de haber sido sólo
un discurso neoliberal y pseudodemocrático, en ningún momento
incluyó el conflicto que se da por la imposibilidad de mejorar la educación
sin tener en cuenta el desempleo y la pobreza que crecían en el mismo
momento en el que se aplicaban estas leyes.
Para entender esto es necesario recordar el origen de este tipo de políticas
educativas y entender que los límites de los gastos en educación
fueron y son impuestos por organismos como el F.M.I. y el B.M. En las "Directivas
del Banco Mundial para políticas de financiamiento educativo"
de 1991, este organismo propuso:
“Se propone la descentralización de la educación pública
y el fomento de la escuela privada…y sugerimos trasladar parte de la
carga financiera de la educación del Estado a los beneficiarios, es
decir a los estudiantes y sus familias…Que el Estado traslade el sostenimiento
financiero a las organizaciones sociales, a los beneficiarios, a las familias
y organizaciones privadas; hay que establecer una competencia entre la educación
pública y privada”.
“En muchos países en desarrollo…las condiciones macroeconómicas
adversas…han reducido la capacidad de la mayoría de los gobiernos
para continuar expandiendo la educación. En una situación de
restricciones financieras generales la competencia intersectorial por los
recursos tiende a hacer que la educación sea una víctima inevitable
de las reducciones presupuestarias”.
Extraído de las Recomendaciones para la Educación en Latinoamérica
y de las “Directivas del Banco Mundial para políticas de financiamiento
educativo” (1991)
Art. 52º: el Gobierno y Administración del Sistema Educativo
es una responsabilidad concurrente y concertada del Poder Ejecutivo Nacional,
de los Poderes ejecutivos de las Provincias y del de la municipalidad de Buenos
Aires”.
Para la coordinación y concertación del Sistema Educativo Nacional
se define el Consejo Federal de Educación que es precedido por el Ministerio
de Educación de la Nación e integrado por los responsables del
área de educación de las distintas jurisdicciones, sumados al
Consejo Interunivesitario Nacional. Es su misión “unificar criterios
ente las jurisdicciones, cooperar en la consolidación de la identidad
nacional y en que a todos los habitantes del país se les garantice el
derecho constitucional de enseñar y aprender en forma igualitaria y equitativa”.
Art 63º: ... integra en cuerpos colegiados a representantes del gobierno,
de los docentes, y de otros agentes institucionales y sociales en los niveles
de elaboración y ejecución de políticas, en la forma y
con los atributos que fija la ley”.