Julio López
está desaparecido
hace 6423 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Prebendarismo en el Ejército Argentino Moderno
Por Eduardo R. Saguier - Sunday, Dec. 25, 2005 at 11:17 PM
saguiere@ssdnet.com.ar (Casilla de correo válida) 4802-2979 Juan F. Segui 3955

El orden oligárquico-predatorio fue necesario perpetuarlo mediante una fuerte presencia de diversos dispositivos, entre los cuales se destacaron las cajas militares de los cuerpos, el régimen del enganche, el mercadeo de grados y honores, y el comanditismo fraudulento en las proveedurías de los ejércitos, todos los cuales arrastraban fuertes cuotas de corrupción que --sumados a la corrupción generada por la participación en las intervenciones federales a las provincias-- terminaron por infectar la república aristocrática y desatar la pérdida de legitimidad política del grupo social dominante. El avance de un capitalismo competitivo es bloqueado y boicoteado por dicho comanditismo fraudulento, temeroso de ver peligrar su poder patrimonialista, beneficiando así a un capitalismo aventurero y predatorio.

Prebendarismo en el Ejército Argentino Moderno (reproducción parcial del capítulo 4 de la Genealogía de la Tragedia Argentina, que pertenece a su vez al tomo XV de la obra titulada Un Debate Histórico Inconcluso en América Latina, http://www.er-saguier.org)

por Eduardo R. Saguier
saguiere@ssdnet.com.ar
http://www.er-saguier.org

Indice.

Prebendarismo en el Ejército Argentino Moderno.


I.- Comisarios pagadores como dispositivo desigual del control de pagos.


II.- Cajas y enganche como dispositivos de pago y reclutamiento (1862-91).


III.- Clientelismo militar como dispositivo prebendario de gratificación (1888).
IV.- Mercadeo de grados, honores y excepciones al servicio militar como dispositivos prebendarios de promoción y beneficio (1892, 1908).
V. Comanditismo fraudulento en el aprovisionamiento de los ejércitos en operaciones o maniobras.


VI.- Conclusiones


Palabras Clave

Clientelismo militar—comanditismo fraudulento--simonías—sinecuras--orden prebendario--Comisarios Pagadores--Cajas de regimientos—oficina de enganche--prevaricación militar--Dispositivo prebendario de gratificación--Mercadeo de grados, honores y excepciones al servicio militar--Dispositivos prebendarios de promoción y beneficio

Keywords.

Military clientelism—military fraud--prebendary order—army exchequer—recruitment office—military prevarication—gratification dispositive—degree marketing—

Abreviaturas.

AGE= Archivo General del Ejército
AGN= Archivo General de la Nación
AGCMN= Archivo General del Colegio Militar de la Nación
AVH= Actuaciones de Valor Histórico.
CMN= Colegio Militar de la Nación
EMGE= Estado Mayor General del Ejército
LCN= Libros Copiadores de Notas del CMN
LO= Libros de Ordenes del Día del CMN
MMGyM= Memoria del Ministerio de Guerra y Marina


Prebendarismo en el Ejército Argentino Moderno

En un célebre reportaje, el historiador santafesino José Luis Busaniche afirmó en 1954 que el estado-nación oligárquico contrataba con el dinero procedente de los empréstitos extranjeros los contingentes de soldados enganchados (los mismos con los cuales se estaba entonces practicando la partición y colonización de África), y fue mediante esos mismos empréstitos que se pudo derrotar las insurrecciones de 1874, 1880 y 1890.1 Estos contingentes alcanzaron a la mitad del total de personal civil y militar empleado por el estado nacional, que llegaba a los 12.000 individuos entre 1864 y 1879.2

Analizaremos en este trabajo el rol de los dispositivos prebendarios y patrimonialistas como viejas persistencias de la dominación tradicional y como mecanismos originarios de la deformación del orden modernizante. Para ello subdividiremos este cuarto capítulo en cinco rubros: a) comisarios pagadores como dispositivo desigual del control de pagos; b) cajas y enganche como dispositivos de pago y reclutamiento (1891); c) clientelismo militar como dispositivo prebendario de gratificación (1888); d) mercadeo de grados, honores y excepciones al servicio militar como dispositivos prebendarios de promoción y beneficio (1892, 1908); y e) el comanditismo fraudulento en el aprovisionamiento de los ejércitos en operaciones o maniobras.


I. Comisarios Pagadores como dispositivo desigual del control de pagos.

Para el pago del prest y del rancho prevalecía en la Confederación Argentina el viejo sistema de los comisarios pagadores. Y cuando durante la Confederación Argentina, el pago del prest de la tropa languidecía, fue preciso acudir al préstamo usurario de los financistas foráneos.3 En ese sentido el Ministro de Hacienda había ordenado al financista francés José de Buschental, residente en Montevideo, representante de la Casa Mauá, que entregase al Comandante General de Frontera sobre el Chaco la suma de 11.050 pesos a la vista, para el pago “…de libramientos impagos existentes en poder del referido Comandante General, cuyos libramientos serán remitidos oportunamente por dicho Gefe al Ministerio de Guerra”.4

Y para compensar la escasez e irregularidad del prest y del rancho, en las regiones de frontera la tropa y los oficiales participaban en la asignación de lotes en los ejidos de las guarniciones, espacios donde podían cultivar sus propios medios de subsistencia.5 En cada uno de los puntos que debían ocupar las guardias de la nueva frontera sobre el Chaco, se concedió a éstas y se destinó a la colonización espontánea de esos lugares, “…un área de dos leguas, cuya repartición se haría del modo siguiente: 20 cuadras cuadradas a cada individuo de tropa, 40 cuadras cuadradas a cada oficial, y 80 cuadras cuadradas a cada jefe que haya permanecido cinco años en la nueva frontera. Los jefes y oficiales que tuviesen al cabo de este término, recursos o medios suficientes para plantear establecimientos de mayor importancia, serán acreedores a mayor cantidad de tierra que les concederá el Gobierno Nacional en las inmediaciones del área afectada a los fuertes”.6

No obstante la aparente transparencia del mecanismo de los comisarios pagadores, éste ofrecía para el Coronel Nicolás Martínez Fontes --en un documento fechado en 1860-- la dificultad de recargar el presupuesto de Guerra “…con los sueldos de tantos Comisarios pagadores cuantas son las fracciones en que está subdividido el ejército y por las largas distancias que median de unas a otras, la rendición de cuentas no sería uniforme ni habría exactitud en presentarlas”.7

Asimismo, el sistema de los comisarios pagadores entorpecía el orden de los pagos, porque cuando en los momentos del pago uno o varios soldados se hallaban ausentes, los comisarios --que están en el deber de abonar en tabla y mano propia el prest del soldado, único recurso con que cuenta para atender las necesidades de familia—“…se resistían a dejar en poder del jefe del cuerpo el haber de uno o más individuos”.8 Esta resistencia de los comisarios pagadores ponía en tela de juicio la probidad de los jefes de los cuerpos, “…cuando ésta nunca debía estar en duda, pues si tal fuese la integridad de un jefe de cuerpo también lo sería la de un comisario pagador”.9 El jefe de cuerpo que era capaz de llenar cumplidamente las responsabilidades de su empleo, también “…debe serlo para responder a los caudales de su tropa; y así como las ordenanzas señalan penas para otros crímenes, también las tiene para el que disponga de los intereses de sus soldados si los malversa o los destina a objetos particulares”.10 Muchas otras razones podían aducirse para reprobar el sistema de comisarios pagadores, como objetable desde el punto de vista de la economía, la integridad, la puntualidad y la exactitud en la rendición de cuentas.11

II. Cajas y enganche como dispositivos de pago y reclutamiento (1862-91).

Respecto al sistema del pago de sueldos, el Coronel Martínez Fontes concluía que “…el medio más eficaz para la buena administración de los caudales de los cuerpos, es disponer que los jefes de ellos procedan al nombramiento de capitanes cajeros y oficiales habilitados: que estos nombramientos se hagan a votación en reunión general de jefes y oficiales en cada cuerpo; que el sargento mayor extienda un acta en que han de darse los votos, y hecho el escrutinio se cierre esta con el nombramiento o declaración de los oficiales en quienes hubiese recaído la elección, la cual elevará el jefe principal a la Inspección General con nota pidiendo su aprobación o exponiendo los motivos que tenga para reprobar a los nombrados”.12

Como medida peculiar de este sistema se debían disponer “…tres llaves para la caja del cuerpo, una para el jefe de él, otra para el sargento mayor y la otra para el capitán cajero: que el oficial habilitado reciba los fondos de prest y rancho, y a presencia de los jefes del cuerpo los entregue al capitán cajero quien anotará inmediatamente las cantidades que reciba en el libro de cuenta corriente que llevará de caja”.13 Este capitán cajero debería presentar al jefe del cuerpo “…cada 15 del mes un estado de cuenta corriente de la caja, haya o no habido operaciones de entrada o salida de fondos: que el mismo capitán cajero forme las cuentas de inversión 5 días después del pago, y examinadas por el jefe del cuerpo las eleve éste a la Inspección General para su aprobación, como lo hará también del estado mensual de la caja”.14 Para Martínez Fontes, los jefes de los cuerpos “…no puedan disponer de los fondos de caja sin previa autorización de la Inspección General, pidiéndola al efecto toda vez que consideren necesario disponer de fondos para emplearlos en servicio del cuerpo, cuyas sumas figurarán en los objetos que se han invertido en los estados mensuales que se elevan a la Inspección”.15

Una vez adoptado, después de Pavón (1862), el régimen de las Cajas Militares de los Cuerpos, y de la elección y escrutinio en cada unidad de los oficiales habilitados, comenzó la manipulación de estos dineros para alimentar la cuota de enganche El reclutamiento mercenario de enganchados, a nivel de tropa, estuvo a partir de entonces marcado por una constante serie de promiscuidades y corruptelas propias de todo dispositivo patrimonialista.16 En el Decreto que reglamentó la Ley de reclutamiento, de Septiembre de 1872, durante la presidencia de Sarmiento, la cuota de enganche alcanzó los doscientos cuarenta pesos fuertes.17 Si bien los oficiales cajeros y habilitados no eran propietarios de los dineros que manejaban, la discrecionalidad con que practicaban su administración se asemejaba en mucho al dominio privado.18 Por ello, el administrar estas cajas como si fueran una cuestión privada, y hasta personal, contribuye a que se las defina como una institución patrimonialista.19

Concurrentemente, el apogeo patrimonialista que significaron las Cajas de los cuerpos militares coincidió también con la época de los empréstitos externos y con la inmigración masiva europea, la cual al desplazar al elemento criollo (mestizo, mulato) del mercado del peonaje rural, lo volcó a este último decididamente a favor de casi la única alternativa laboral que le quedaba: el Enganche.20

Las acusaciones más graves fueron las relacionadas con la administración de la cuota de enganche. En la defensa del Teniente Coronel Nicanor Pico ante el Consejo de Guerra, su patrocinante el Capitán Manuel D. Álvarez, declaró en 1892 --contra las acusaciones del Fiscal Alejandro Mombello (el mismo que participó de la represión en 1905)-- que en las cajas de los regimientos administradas por los oficiales habilitados se economizaban las raciones o rancho de los soldados para poder servir las cuotas de enganche.21 Álvarez afirmaba que esto se “…hace en todos los cuerpos del ejército de modo que si prevalecían las teorías del Fiscal Mombello sobre malversación de caudales no hay un solo jefe del ejército que no haya cometido un delito”.22 Consecuentemente, no es extraño que al dispositivo del enganche se lo tuviera como causa generadora de la enorme masa de desertores.23 Por ello, y para evitar ese fenómeno desquiciador, en el campamento militar de Santa Catalina, inmenso predio ubicado en Lomas de Zamora (Provincia de Buenos Aires), y en otros cuarteles del interior del país, se permitía que convivieran junto a la tropa y las clases gran número de cuarteleras y familias pertenecientes a los mismos.24

Justamente, para corregir estos desaguisados patrimonialistas e intentar instalar un régimen más racional e impersonal, primero se fundó en Río IV (Córdoba), en 1891, el Depósito de Reclutas; y diez años más tarde, en 1901, entre otros motivos para ahorrarle al fisco la cuota de enganche, se consagró la Ley de Servicio Militar Obligatorio (Ley 4031). Esta nueva institución del Depósito vino teóricamente a suplantar las Comisiones u Oficinas de Enganche.25 La tropa enganchada padecía de enormes anomalías, tales como enfermos, menores de edad, y escuálidos de todo tipo.26 Históricamente, según Miller (2005), los tipos corporales (talla, grosor, peso) no han estado, distribuidos al azar a lo largo de las fronteras de clases y de etnías.27 Según Recluta, seudónimo del periodista Saturnino Álvarez Cortés, en un centro o depósito donde se efectúe la recluta general para todo el ejército, sería más fácil administrar la distribución racionalmente, según talla y peso. Los reclutados irán “…cada uno al arma que por su talla y condiciones físicas les corresponda, y no sucederá lo que hoy, que vemos en Infantería soldados de una talla tan elevada, que peca ya en ridícula, precisamente cuando en esta arma lo que se necesita son hombres de pequeña estatura, fornidos y con un desarrollo físico proporcionado”.28 Por el contrario, en la caballería se veían “…soldados que ni a la crin del caballo alcanzan, y para montar, si se les obliga a hacerlo reglamentariamente, no podrían. Inútil decir que la instrucción de lanza y sable no puede ser perfecta debida a la poca extensión del brazo y del cuerpo. Pié a tierra necesitan llevar suspendido el sable, pues colgado les arrastra”.29

Los más acérrimos adversarios del Depósito fueron primero “…los cuerpos [de ejército], porque indudablemente no les convenía su existencia, querían seguir con el sistema antiguo de mandar comisiones de enganche, de las que se decía, que al día siguiente de llegar al punto de su destino acusaban el alta de 50 enganchados, que tardaban en reunirse días, semanas y meses, pero que desde el primer día eran otras tantas plazas presentes en el batallón, y con el depósito no podía suceder eso”.30

Sin embargo, organizado el Depósito de Reclutas en debida forma, habría sido extremamente conveniente, porque en primer lugar los cuerpos “…se evitarían de mandar esas comisiones de enganche, que se eternizan en las provincias sin grandes resultados, y produciendo gastos que son pagados por el batallón cuando este no tiene fondos para el objeto”.31 En segundo lugar, porque los cuerpos “…podrían reemplazar sus bajas siempre que fuera necesario con soldados instruidos y con cierta educación militar, pues en el depósito, libre de todo servicio de guarnición, sin tener que asistir a paradas, ni intervenir en elecciones, podría recibir aquella mejor que en los cuerpos”.32


III. Clientelismo militar como dispositivo prebendario de gratificación (1888).

Los certificados o premios de tierras fueron un expediente prebendario de vieja data en la historia argentina, que excedía con creces la distribución de lotes en las guarniciones de frontera, y que se otorgaba a aquellos oficiales que se tenía como clientes políticos. Al Jefe de Guardias Nacionales Manuel Antonio Espinosa, en mérito a su rol en la batalla de Santa Rosa (1874), se le donaron 24 leguas de campo en el Departamento Gral. Roca (sur de Córdoba), donde fundó un establecimiento modelo en su época, fué Jefe Político del Gobernador Demetrio Pizarro, y Diputado Nacional en 1886.33 Y en 1888, en el Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, en la sesión nº 52 del 28 de septiembre, el Poder Ejecutivo propuso vender a precio vil tierras fiscales a oficiales del ejército en actividad.34

Los militares beneficiados en esta ocasión, de los cuales sólo algunos pocos se transformaron en estancieros y, por ende, en parte del sistema de dominación económica fundado en la explotación agropecuaria y en la apropiación de la renta agroganadera, fueron los generales Napoleón Uriburu (AGE, Leg.13.204) y Juan Ayala (Leg.120) con cinco leguas a cada uno; los coroneles Alvaro Barros (Leg.1470), Manuel Fernandez Oro (Leg.4510), Enrique Spika (Leg.12.672), Juan F. Czetz (Leg.3551), Santiago Baibiene (Leg.1238) y Nicolás Barros (Leg.1475), con cuatro leguas a cada uno; y los tenientes coroneles Benjamin Sastre (Leg.12.166), José M. García (Leg.5140), Rómulo Parkinson, Julio Ruiz Moreno (Leg.11.683), Tristan Amparón (Leg.715), Ponciano Torres (Leg.13.077), con tres leguas cada uno. Otro proyecto amplía la nómina e incluye con cinco leguas cada uno a los generales José M Bustillo (Leg.2238), Teodoro García (Leg.5211), Francisco B. Bosch (Leg.1984) y Zacarias Suspiche (Leg.12.771); con cuatro leguas a los coroneles Froilán Leyria (Leg.6855/56), Federico Mitre (Leg.8194), Felix Benavides (Leg.1660), Eudoro Balza (Leg.1319), Remigio Gil (Leg.5330) y Trifón Cárdenas (Leg.2606); y tres leguas a los tenientes coroneles Julio S. Dantas (Leg.3653) y Juan Miguel Facio (Leg.4352).

Estos eran los proyectos originales, pero luego se produce una interesante polémica parlamentaria entre Lucio Mansilla y Domingo F. Sarmiento porque este último quiere incluir al coronel José Inocencio Arias (Leg.117), hermano del General Amaro Arias, pero Mansilla se opone porque Arias ya no estaba en el ejército, dado de baja por haber participado en los sucesos del 80 del lado del gobernador Carlos Tejedor, y ya no correspondía, en su opinión, llamarlo Coronel porque era nada más que un simple ciudadano y como tal no le correspondía el beneficio con el que el Congreso estaba premiando a los otros militares. En realidad, para Meabe estaban “…comprando sus conciencias porque el precio era vil y esto queda claro en el debate”.35 A tal punto se evidencia el escarnio de la compra de conciencias o simonía militar y de incorporación económica al sistema de dominación como tributarios de la renta agroganadera que el propio general Bosch se presenta en el recinto y como hombre de honor, habla en su nombre y en el del general Teodoro García y del coronel Julio Dantas, solicitando se lo excluya expresamente de ese beneficio. Luego interviene el propio Dantas y reafirma lo solicitado por Bosch. Resulta notable como Mansilla va agregando luego nombres a la lista y lo mismo lo hace el diputado Estanislao Zeballos que pide favorecer a su compadre el coronel Genaro Racedo (Leg.10.607), el diputado Molina que pide por el coronel Enrique Godoy (Leg.14985), el diputado Soler que pide por el coronel Expedicionario del Chaco Manuel Sosa (Leg.12.607), el diputado Obligado que pide por el coronel Juan Carlos Boerr (Leg.1927), y así siguen las inclusiones con los pedidos de Mansilla por los coroneles Pedro Palavecino (Leg.9546), Salvador Tula (Leg.13.131) y Patrocinio Recabarren. (Leg.10.791)

Contrariando su postura principista, el propio Bosch interviene para pedir por su antiguo cliente el Sargento Mayor Pedro Godoy (Leg.15.413), que era en ese momento edecán del presidente de la República. Lo que queda en evidencia en esta 52ª sesión de la Cámara de Diputados es que se premia con tierras publicas a militares en actividad vendiéndoles a precio vil o, mejor aún, regalando tierras públicas y aparentando una venta pero solo a militares en actividad.36 La polémica en torno al coronel Arias que ya no revistaba en el servicio militar activo es para el Dr. Joaquín Meabe “…la clave de bóveda del mecanismo subyacente que compra las conciencias militares con tierras incorporando a los militares al dispositivo de dominación económica que a su vez sostiene el poder real”.37 Al hacerles participar de la renta agroganadera se les impone una necesaria complicidad. Según Meabe, los jefes Bosch y Dantas parecen advertir algo de esto y piden ser excluidos del beneficio. Finalmente, un decreto del Presidente José Evaristo Uriburu suspendió toda solicitud al respecto.38

Años más tarde, otros oficiales reclamaron también ser acogidos por la legislación que acordaba premios en tierras. En 1905, el Teniente Coronel Higinio Vallejos, autor de un libro sobre Telegrafía Militar, elevó una nota al Ministro reclamando el premio en tierras. De resultas de su solicitud y de las consideraciones que incluyó en la misma fue arrestado en el Cuartel de Palermo.39 A propósito de dicho arresto, Vallejos le pide reconsideración al Ministro de Guerra Gral. E. Godoy, manifestando que “…si fuera aceptado el criterio de que los gobiernos tienen correlación entre sí [el principio de seguridad jurídica], resultaría que los militares no podrían ser biógrafos o historiadores de su país, por que en sus relatos podían rozar o criticar la acción, ya sea política o administrativa que hayan tenido gobiernos de otras épocas. Entrando pues en esta corriente el Código Militar no solo sería aplicable al personal docente del Ejército y en sus relaciones con las autoridades constituidas, sino también tendrían efectos retroactivos”.40


IV. Mercadeo de grados, honores y excepciones al servicio militar como dispositivos prebendarios de promoción y beneficio (1892, 1908).

Los ascensos, pases y destinos fueron siempre mecanismos que se prestaban a negociaciones espúreas, como lo hemos visto recién con los premios de tierras discutidos por el Parlamento en 1888 y en 1893, pero nunca con la intensidad manifestada durante y a posteriori de la Revolución del 90.41 Al día siguiente de dicha Revolución, para Grapho, posible seudónimo de un militar que bien podría tratarse del oriental Diego Lamas, periodista de El Diario, órgano que aunque dirigido por Manuel Láinez expresaba en ese momento los intereses políticos del ex candidato presidencial y ex gobernador Dardo Rocha, “…ya se pudo prever por las iniciativas rumbosas y complacientes que se tomaron, que el cisma y las bajas emulaciones que provoca la injusticia en la adjudicación de grados y recompensas, iba a infundir en el ejército un ambiente maléfico de anarquía y de rivalidad”.42 En el momento en que más necesario era retemplar el sentimiento austero del deber militar, era “…cuando precisamente el favoritismo torpe y dadivoso se empeñaba en relajar la regla inflexible de la disciplina y el espíritu marcial que infunde, y sin el cual, la fuerza armada se disloca y desorganiza, tendiendo a degenerar en soldadesca”.43

Hemos visto y debemos decirlo sin embozo, sostenía Grapho o Lamas, testigo de cargo por cuanto estaba destinado en el Estado Mayor del Ejército, que “…la cortesanía militar ha sido una corruptela fomentada en las mismas antesalas ministeriales; allí han acudido todos los que querían propiciarse la gracia dispensadora de los grados y honores, y allí hemos visto formarse el foco de intrigas, semillero de chismes que ha convertido la repartición en pandemonium ingobernable, introduciendo la cizaña entre el personal que por sus funciones debía cooperar en la tarea de levantar el nivel militar de un ejército trabajado por fuerzas intestinas que tendían a debilitar el nervio que da solidaridad y poder a la milicia de línea”.44

Inmediatamente después de levantado el estado de sitio, que se había promulgado con motivo de la Revolución de Julio de 1890, y como resultado de una política de genuflexión y vasallaje y difundido mediante un sistema de información corporativa (Boletines del Estado Mayor) se promovió al empleo inmediato superior por Decreto del 16 de agosto a más de un centenar de Jefes y Oficiales comprendidos en la Ley de Ascensos.45 Quince días más tarde, el 1 de septiembre de 1890 se dicta el Decreto de Reincorporación, y el 5 de septiembre, el Ministro de Guerra Nicolás Levalle dispone en una Resolución que revisten “en la forma que se expresa” un centenar de Jefes y Oficiales que vuelven al Ejército en virtud de la Amnistía General legislada el 26 de agosto de 1890.46 Algo más de un año más tarde, el 31 de diciembre de 1891, se volvió a decretar la promoción al empleo inmediato superior a otro centenar de Oficiales del Ejército (24 de artillería, 68 de infantería, y 33 de caballería).47 Otros dos meses más tarde, el 3 de febrero de 1892, se volvió a decretar la promoción al empleo inmediato superior a más de una treintena de Oficiales y Sargentos distinguidos (30 de infantería, 4 de artillería, y 2 de caballería).48 Dicha promoción se repitió el 1º de septiembre de 1892 con casi trescientos oficiales subalternos (67 de artillería, 129 de infantería y 101 de caballería).49 Y un mes después, el 30 de septiembre de 1892, se volvió a promover a otro centenar de Jefes y Oficiales (63 de infantería, 33 de caballería y 20 de artillería).50 Y como broche final, a fines de 1893, se incurre en un generalizado uso y abuso de condecoraciones militares.51

El grueso del favoritismo estuvo dirigido a quebrar las armas más rebeldes, como la artillería y en segundo lugar la infantería. De todos los oficiales ascendidos he podido detectar leyendo con detalle los decretos mencionados a una decena de oficiales subalternos del arma de artillería (Cané, Arce, Vicat, Freixá, Moscarda, Perón, Vértiz, Maglione), a media docena del arma de infantería (Góngora, Lafleur, Lugones, Mors, Sassi, Ocampo) y a uno sólo del arma de caballería (Oyarzú), que fueron raudamente ascendidos en el curso de un par de años desde cadetes del 4º y 5º año del Colegio Militar hasta el grado de Teniente 1º .

Los grados, los honores, las recompensas en tierra “…se han marchanteado con un favoritismo que no ha podido menos que relajar la disciplina, no la disciplina mecánica como la entiende el ministro, que se consagra a impartir órdenes y hacerlas obedecer, no, nos referimos a esa alta disciplina, que cultiva las virtudes militares, infundiendo en el soldado un temple marcial que da a la obediencia por estímulo el sentimiento del deber y de las nobles emulaciones”.52

Finalmente, el colmo de la corrupción se dio con el mercadeo de las excepciones al servicio militar.53 Entre muchos otros, los casos salientes fueron los del Comandante José Supisiche ocurrido en 1908; y el del General Patricio Azcurra, que fuera edecán del General Nicolás Levalle, cuando oficiaba como Ministro de Guerra del gobierno de Carlos Pellegrini (1892), a quien veinte años después, en 1914, lo despojaron del grado y del uso del uniforme.54


V. Comanditismo fraudulento en el aprovisionamiento de los ejércitos en operaciones o maniobras.

En las órdenes del día de la Cámara de Diputados figuran despachos abriendo créditos extraordinarios a diferentes reparticiones del estado, entre ellas al Departamento de Guerra y Marina. Dichas sumas aparecen como invertidas en el racionamiento de las tropas movilizadas y el mantenimiento de las caballadas y pertrechos durante guerras, maniobras, revoluciones y campañas militares.

Este mecanismo administrativo doloso operó durante la Guerra de la Triple Alianza, y posteriormente en cada evento crítico, como las revoluciones de 1874, 1880 y 1890. Durante la Guerra del Paraguay y la hegemonía del Liberalismo Nacional (Mitrismo) la gran beneficiaria fue la casa Lezica, Lanús, y Cía., y otras menos notorias como Aguirre, Murga y Galván, Norberto Quirno, Drabble hnos., Tomás Drysdale, Tomás Duguid, etc.55 A partir de la hegemonía del Autonomismo Nacional (P.A.N.) dicha influencia se desplazó a favor de Gregorio Torres y Cía, el mismo que operaba de anfitrión --en su estancia La Armonía, sita en la vecindad de la ciudad de La Plata-- al ex Presidente Roca durante su gestión como Ministro de Interior de Luis Sáenz Peña (1891).56

Analizando brevemente las partidas que figuran en dichos créditos, y muy especialmente, aquellas que se refieren a las cuentas presentadas por el proveedor del ejército queda evidenciado que las cuentas respectivas son abusivas y arbitrarias.57


VI. Conclusiones

El orden oligárquico-predatorio fue necesario perpetuarlo mediante una fuerte presencia de diversos dispositivos, entre los cuales se destacaron las cajas militares de los cuerpos, el régimen del enganche, el mercadeo de grados y honores, y el comanditismo fraudulento en las proveedurías de los ejércitos, todos los cuales arrastraban fuertes cuotas de corrupción que --sumados a la corrupción generada por la participación en las intervenciones federales a las provincias-- terminaron por infectar la república aristocrática y desatar la pérdida de legitimidad política del grupo social dominante. El avance de un capitalismo competitivo es bloqueado y boicoteado por dicho comanditismo fraudulento, temeroso de ver peligrar su poder patrimonialista, beneficiando así a un capitalismo aventurero y predatorio.

En medio de este clima corrompido se alzaba la Oficina de Enganche como el resabio paradigmático del orden patrimonialista y el chivo expiatorio con el cual ocultar el desmadre moral provocado con los certificados de tierras y con el nepotismo militar oligarquizante que analizamos en el capítulo anterior.


Notas.

1 “Dos Puntos de Vista sobre un tema vital”, en Esto Es (Buenos Aires), n.31, del 31 de junio de 1954.

2 Martínez, 1890, citado en Oszlak, 2004, 110.

3 Para la penetración financiera foránea en la Confederación Argentina, ver Chianelli, 1974; Rato de Sambuccetti, 1999, 136-140; y Caldeira, 1995.

4 Ver Apéndice D-II.

5 En la provincia de Buenos Aires, en 1872, fueron sorteados a soldados y oficiales una enorme cantidad de lotes en el pueblo de Guardia Nacional, actual Chacabuco (Círculo Militar, II, 98-99).

6 Documento No. 24-Paraná, 25-IX-1858- Memoria del Ministerio de Guerra y Marina (MMGyM), 1860, pp.115-116, reproducido en forma íntegra en Apéndice D-I.

7 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

8 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

9 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

10 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

11 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

12 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III. Para las elecciones del oficial cajero de un regimiento, ver el caso de Modesto Torres, AGE, Leg.13.074; y el del coronel Pablo Escalada Saavedra, AGE, Leg.4165.

13 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

14 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

15 Coronel Nicolás Martínez Fontes al Inspector y Comandante General de Armas, General José María Francia, Concepción del Uruguay, 16-IV-1860 (MMGyM, 1860, 94-95), reproducido en forma íntegra en el Apéndice D-III.

16 Beverina, 1921, I, 182-185; Buffa y Cernadas de Bulnes, 1980, III, 304-306, y Rattenbach, 1958, 143-150. Sobre el empleo de militares mercenarios en la historia universal, ver Weber, 1944, II, 763-766. El personal de tropa manifestaba el Coronel Lindor Valdéz, Expedicionario al Desierto, al Ministro de Guerra en 1946 “…estaba constituído por conscriptos confinados y soldados voluntarios, reclutados estos últimos entre los delincuentes de las cárceles de varias provincias, razón por la cual resultaba difícil mantener la disciplina sin provocar sublevaciones. A este respecto ocurrieron hechos graves. Consta en los sumarios respectivos” (reproducido íntegro en Apéndice C-XXXIV).

17 Ver Disposiciones dictadas en ejecución de la Ley de Reclutamiento, de 28-IX-1872, en Apéndice D-IV.-

18 Sobre la relación entre la Comisaría de Guerra, que dotaba a las cajas de los regimientos, con la Caja de Buenos Aires, en las primeras décadas revolucionarias, ver Halperín Donghi, 1982, 90.

19 Weber, 1944, II, 717, 784 y 1059.

20 Orzábal, 1901, 394.

21 Álvarez, 1893, 8.

22 Álvarez, 1893, 21.

23 Rodríguez Molas, 1982, 420-424. Sobre la dificultad en el reclutamiento y el recurso a los esclavos en la Guerra de la Triple Alianza, ver Doratioto, 2002, 259-264.

24 Schaefer, 1974, 20, citado en Ramírez, 1987, 126.

25 Círculo Militar, 1972, 515-516.

26 Ramírez, 1987, 124 y 377.

27 Miller, 2005, 246.

28 “Remonta del Ejército. Centro de reclutamiento”, El Diario, miércoles 21 de diciembre de 1892. Sobre el seudónimo de Recluta, ver Tesler, 1991.

29 “Remonta del Ejército. Centro de reclutamiento”, El Diario, miércoles 21 de diciembre de 1892. Sobre el seudónimo de Recluta, ver Tesler, 1991.

30 El Depósito de Reclutas, El Diario (Buenos Aires)-13-VIII-1892-No.-3347-p.1; reproducido completo en Apéndice D-VI.

31 El Depósito de Reclutas, El Diario (Buenos Aires)-13-VIII-1892-No.-3347-p.1; reproducido completo en Apéndice D-VI. Sobre la suma que se crea indispensable para la manutención de los alistados durante el corto tiempo que será necesario permanecer en la Provincia con los soldados que se consiga enganchar, ver Apéndice D-VII.

32 El Depósito de Reclutas, El Diario (Buenos Aires)-13-VIII-1892-No.-3347-p.1; reproducido completo en Apéndice D-VI. Sobre la suma que se crea indispensable para la manutención de los alistados durante el corto tiempo que será necesario permanecer en la Provincia con los soldados que se consiga enganchar, ver Apéndice D-VII.

33 Cutolo, II, 703.
34 Debo toda esta información parlamentaria a la desinteresada colaboración de mi colega Joaquín Meabe. Sobre los certificados de tierras a militares, ver Ramírez, 1987, 140.

35 Comunicación personal de Joaquín Meabe.

36 Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados, tomo 2, Bs. As., 1888, pag.s 23-28.

37 Comunicación personal del Dr. Joaquín Meabe.

38 AGE, Leg.3346.

39 AGE, Leg.3346, fs.17.

40 AGE, Leg.3346, fs. 17v.

41 Venta de Tierras fiscales a militares (El Porvenir Militar, septiembre de 1893, n.2, p.3). Sobre los ascensos concedidos durante la Revolución del 90, ver García Enciso, 1970, Anexos 6 y 7, pp.651-654.

42 El Ejército, El Diario, 9-VI-1892, año XI, n.3292, reproducido completo en el Apéndice E-XV. Amén de un militar como el oriental Diego Lamas, el seudónimo es posible también que perteneciera a Nicolás Granada. Aunque periodista y colaborador de los diarios La Tribuna, El Tiempo, El Argentino y El Diario, Granada conocía de temas militares por ser hijo del coronel Nicolás Granada, y nieto del coronel Miguel Granada. Estaba casado con Nicasia Roca, hija del Gobernador Carlos Roca Allende.

43 El Ejército, El Diario, 9-VI-1892, año XI, n.3292, reproducido completo en el Apéndice C-V.

44 El Ejército, El Diario, 9-VI-1892, año XI, n.3292, reproducido completo en el Apéndice C-V.

45 Decreto del 16-VIII-1890 (Boletín Oficial del Estado Mayor General del Ejército, t.II, n.8; reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2326, pp.394-95.)

46 Resolución del 5 de septiembre de 1890 (Boletín Oficial del Estado Mayor General del Ejército, t.II, n.9; reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2328, pp.395-98) .

47 Decreto del 31 de diciembre de 1891 (reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2406, pp.448-49)

48 Decreto del 3 de febrero de 1892 (reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2411, pp.452)

49 Decreto del 1 de septiembre de 1892 (reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2432, pp.464-65).

50 Decreto del 30 de septiembre de 1892 (reproducido en la Colección Domínguez, v.3-4, item 2439, pp.468-69)

51 Condecoraciones militares (El Porvenir Militar, 8-XI-1893, n.10, p.2).

52 El Ejército, El Diario, 9-VI-1892, año XI, n.3292, reproducido completo en el Apéndice C-V.

53 Para denuncias s/falsas excepciones, ver el caso de Everardo Power, AGE-Leg.10.345

54 El Comandante Supisiche (La Vanguardia, 8-X-1908), reproducido en el Apéndice C-XIII. Con referencia al Consejo de Guerra formado contra el General Patricio Azcurra y presidido por el General José Félix Uriburu, ver AGE, Leg.122. Este crucial dato es omitido en la obra apologética producida por Jacinto Yaben (Yaben, 1952, I, 693).

55 ver Pomer, 1968, 299-309. La casa y solar que le regalan a Mitre por suscripción popular en la calle San Martín, en el centro de Buenos Aires, fue mayoritariamente financiada por Ambrosio P. Lezica y Anacarsis Lanús, ver Pomer, 1968, 302.

56 Sobre la Casa Lezica & Lanús durante la Guerra del Paraguay, ver Pomer, 1968.

57 Proveeduría monstruo-Un negocio de dos reales cobre (El Municipio-11-VII-1891-p.1. col-2), reproducida en forma íntegra en el Apéndice D-VIII.-


Para ver los apéndices sírvase visitar el capítulo 4 del tomo-XV en: http://www.er-saguier.org


Bibliografía

Álvarez, Manuel D. (1893): Defensa del Teniente Coronel Nicanor Pico ante el Consejo de Guerra (Buenos Aires);

Beverina, Juan (1921, 1973): La Guerra del Paraguay. Las operaciones de la guerra en territorio argentino y brasileño (Buenos Aires: Establecimiento Gráfico Ferrari hnos.);

Buffa, Norma Mabel y Mabel Cernadas de Bulnes (1980): Aspectos de la vida en la Frontera, en Congreso Nacional de Historia sobre la Conquista del Desierto (celebrado en la ciudad de General Roca del 6 al 10 de noviembre de 1979), III, 297-314;

Caldeira, Jorge (1995): Mauá, Empresário do Império, Companhia Das Letras, Edit.
Schwarcz Ltda., Sao Paulo, 1995.

Chianelli, Delia (1974): "Mauá: la penetración financiera en la Confederación Argentina", Todo es Historia (Buenos Aires), n.84, 50-65;

Círculo Militar (1972): Reseña Histórica y Orgánica del Ejército Argentino (Buenos Aires: Comando en Jefe del Ejército, 3 vol.);

Cutolo, Vicente Osvaldo (1968-1985): Nuevo Diccionario Biográfico Argentino, (Buenos Aires: Ed. Elche, 7 vol.);

Domínguez, Ercilio (1898-1932): Colección de leyes y decretos militares concernientes al Ejército y Armada de la República Argentina o Colección Domínguez (Buenos Aires: Compañía Sudamericana de billetes de banco, 1898-1932);

Doratioto, Francisco (2002): Maldita guerra. Nueva Historia de la Guerra del Paraguay (Buenos Aires: Emecé);

Halperín Donghi, Tulio (1982): Una nación para el desierto argentino (Buenos Aires: CEAL);

Halperín Donghi, Tulio (1982): Guerra y Finanzas en el orígen del Estado Argentino (1791-1850) (Buenos Aires: Edit de Belgrano);

Martínez, Carlos (1890): Buenos Aires. Su naturaleza, sus costumbres, sus hombres. Observaciones de un viajero desocupado (México: Tipografía de Aguilar);

Memorias del Departamento de Guerra y Marina (Buenos Aires), 1864-1898;

Miller, William Ian (2005): El Misterio del Coraje. Un ensayo sobre la valentía, el miedo, la vergüenza y el honor (Buenos Aires: Ed. Sudamericana);

Ministerio de Guerra y Marina (1890-1898): Boletín del Estado Mayor General del Ejército (Buenos Aires);

Orzábal, Arturo (1901): El reclutamiento del ejército, Revista de Derecho, Historia y Letras (Buenos Aires), año IV, t. X, 383-397;

Oszlak, Oscar (1982): La conquista del orden político y la formación histórica del estado argentino (Buenos Aires: Estudios CEDES, v.4);

Oszlak, Oscar (2004): La Formación del Estado Argentino. Orden, progreso y organización nacional (Buenos Aires: Ed Ariel);

Pomer, León (1968): La Guerra del Paraguay, Gran negocio (Buenos Aires: Ed. Caldén);

Ramírez, Gilberto (1988): The Reform of the Argentine Army, 1890-1904 (Michigan, Ann Arbor: Ph.D. Thesis);

Rato de Sambuccetti, Susana I. (1999): Urquiza y Mauá. El Mercosur del siglo XIX (Buenos Aires: Ed. Macchi);

Rattenbach, Benjamín (1958): Sociología Militar (Buenos Aires: Círculo Militar, Biblioteca del Oficial, vol.491);

Rodríguez Molas, Ricardo (1982): Historia Social del Gaucho (Buenos Aires: Centro Editor de Amèrica Latina);

Schaefer, Juergen (1974): Deutsche Militaerhilfe an Sued-amerika: Militaer-und Ruestungsinteressen in Argentinien, Bolivien, Chile vor 1914 (Duesseldorf: Bertels-mann Universitaetsverlag, 1974);

Tesler, Mario (1991): Diccionario Argentino de Seudónimos (Buenos Aires: Galerna);

Weber, Max (1922,1944,1964): Economía y Sociedad (México: Fondo de Cultura Económica);

Yaben, Jacinto R. (1938): Biografías Argentinas y Sudamericanas (Buenos Aires: Ed. Metrópolis);


agrega un comentario