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Condenaron a 4 años y medio a militante de La Cantora
Por Por Daniel Badenes - Friday, May. 19, 2006 at 5:33 PM

SAMPIETRO CONDENADO: EL PODER JUDICIAL CONVALIDÓ
EL OPERATIVO ILEGAL DE LA POLICÍA

Piedra libre

Por DANIEL BADENES

“Más allá de los intereses individuales de Fabián Sampietro, en el juicio estaban en juego concepciones de Estado. Concretamente, si avalábamos un Estado policial o un Estado de derecho”, dice preocupado el abogado Oscar Rodríguez, uno de los defensores del militante del colectivo radial La Cantora. Cinco días después de la conclusión del juicio oral contra Sampietro, el martes pasado se conoció el fallo del Tribunal de Trenque Lauquen que lo juzgó por “portación de arma de guerra” y lo condenó a cuatro años y medio de prisión. Sin embargo, pesan muchas dudas sobre esa decisión, y no son pocos los que creen que armada estaba la causa.

“Nadie se fijó en el trabajo social que estaba realizando Sampietro, sino en si llevaba un arma. No lo pudieron probar y de todas maneras lo condenaron”, dice Diego Candia, ex preso y también integrante de La Cantora, un grupo preocupado por la dignidad de quienes están o estuvieron privados de su libertad: “Los propios jueces asumieron la duda sobre algunos hechos. Nadie pudo comprobar que Sampietro tenía el arma en su poder. Pero en vez de al imputado, la duda benefició a la Policía”.

La engorrosa sentencia conocida el último martes en Trenque Lauquen cayó como un balde de agua fría para quienes siguieron el caso, pues visto el desarrollo del juicio –que devino en una exhibición de vicios de las fuerzas de seguridad provinciales– se esperaba otro resultado.

“Tergiversaron los hechos. Yo diría que la falacia de la sentencia radica en que hacen un recorte antojadizo”, asegura Rodríguez, que apelará ese resultado en estos días. El Tribunal circunscribió todo al momento de la aprehensión, a raíz de una supuesta “actitud sospechosa”. Así, pierde toda relevancia en la reconstrucción el informe producido al margen de la ley por agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), que alertaba a la Policía de Trenque Lauquen sobre la llegada de Sampietro y, según los relatos de los propios “agentes de seguridad”, fue el punto de partida del procedimiento. Por otra parte, como analiza Rodríguez, “para el Tribunal, ese fax no adquiere calidad de informe de inteligencia. Queda en una situación casi ajurídica... Le quitaron esa calidad de origen de todo para no dar la nulidad que estaba fundamentada en un caso famoso de la Corte”.

Efectivamente, el argumento que se había perfilado como el más fuerte de la defensa, se resumía en la metáfora de un “árbol envenenado”, incapaz de ofrecer frutos saludables. “Aquello que ha nacido en contra del derecho no puede generar derecho en su actuación posterior”, había afirmado Luis María Giordano en el alegato de la defensa.

De todos modos, los abogados de Sampietro también cuestionaron otros aspectos del procedimiento, y en última instancia invocaban el beneficio de la duda –frente a las divergencias en la reconstrucción del hecho– y la inexistencia del delito –por entender que, aún si la acusación fuera cierta, Sampietro no había afectado ningún bien jurídico–. “La sentencia se desarrolló en torno al pedido de nulidades nuestro”, evalúa Rodríguez y se queja: “Está construida en torno a la contestación negativa de nuestras postulaciones de nulidades, y en torno a los errores o contradicciones de la indagatoria de Sampietro. Eso me pareció un gran error”. En algunos momentos de la declaración, admite su abogado, “se boicoteó a sí mismo en la indagatoria, porque alardeó de cosas... Pero ¿qué podés esperar de un tipo que estuvo prisionizado veinticuatro años? ¿Qué querés, amor hacia el Servicio Penitenciario? Entonces, no podés construir una sentencia en torno a los errores de él. Se torna reaccionario. Más grave es una fiscal que, junto con (el jefe policial) Pierolivo, hace alarde de violación de garantías constitucionales en medio de la audiencia oral y pública, con todos los veedores de calidad que había, cuando decía que escuchaban el teléfono, sin orden judicial, delante de todo el público”.

El fallo no cosechó ninguna disidencia al interior del Tribunal, pese a que al menos la jueza Adriana Lucía Nanni parecía tener otra actitud frente al caso: había visitado a Sampietro en prisión y expresó sus sospechas sobre al posible “armado” de la causa.

“La sentencia rechazó todas las nulidades que pedía la defensa, que fueron muchas. Sólo en una dio la razón, a la del Acta de Procedimiento”, explica Rodríguez: “Pero eso, que podría haber significado la nulidad de todo, y con ello en la absolución y libertad de Sampietro, en verdad declaró sólo formalmente nula el acta y dejó vigente el contenido. Después, convalidó la requisa, la aprehensión, la pericia, etcétera. Dijo que el accionar policial había sido legítimo, oportuno, propicio”.

La libertad y la noche

El martes pasado, Sampietro vio anochecer en Trenque Lauquen, mientras se daba lectura a un extenso fallo plagado de jurisprudencia norteamericana, cuya condena hizo trizas el proyecto de libertad que había construido para sí.

“Se notaba que quería hacer las cosas bien, legalmente. De junio a octubre cumplió regularmente la disposición judicial de presentarse una vez por semana. Y estaba muy abierto a la intervención: había un intercambio de mucha profundidad”, había relatado casi una semana antes, en la primera jornada del juicio, una asistente social del Patronato de Liberados, Fernanda Kilduff, para concluir: “Fabián tenía y tiene un proyecto constructivo de libertad”.

Tras vivir casi la mitad de su vida preso, Sampietro fue liberado a mediados del año pasado. En el escaso tiempo que transcurrió hasta la controvertida detención del 17 de octubre de 2005, consiguió trabajo en un estudio de abogados y retomó la relación con su hijo de 5 años, que vive en Trelew. Encabezaba un proyecto de imprenta pensado para la inserción social de liberados. “Empezaba a disfrutar la vida cotidiana y la libertad. En eso La Cantora era fundamental, porque habilitaba espacios de comunicación”, contó Kilduff.

Lo ocurrido en Trenque Lauquen, instigado por agentes del SPB al día siguiente de la Masacre de Magdalena, interrumpió todo. Otra vez privado de su libertad, Sampietro logró apresurar el juicio oral y público haciendo una huelga de hambre que duró dos meses. Hasta que se conoció la sentencia, había muchas expectativas en que el Poder Judicial desandara la arbitrariedad e impunidad con que policías y penitenciarios habían cercenado su libertad.

Al contrario, el fallo leído el último martes convalidó el accionar policial que el doctor Giordano había caracterizado por su “celo exagerado” e incluyó el prejuzgamiento de Sampietro por sus antecedentes, la intromisión en teléfonos privados sin autorización judicial, la elaboración de actas falaces y el tratamiento de testigos ajeno a lo prescripto por la ley.

Esas irregularidades, que se remontan al origen mismo del caso, habían llamado la atención de varias organizaciones sociales. Tal es así que representantes del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), la Asociación Miguel Bru y un área especializada de la Comisión Provincial por la Memoria viajaron a Trenque Lauquen para participar como veedores del proceso oral y público.

Paola Relli, una abogada de la Secretaría de Derechos Humanos bonaerense que declaró en el juicio como testigo, dejó asentada la posición institucional de ese órgano estatal: “la Secretaría duda de todo lo que ha sucedido. Esto preocupa muchísimo y despierta sospechas”.

Dos gotas

El fallo tuvo, no obstante, dos aspectos positivos. Por un lado, el Tribunal accedió a un pedido de la defensa y declaró la inconstitucionalidad de un párrafo del Código Penal –originado en una de las reformas impulsadas por Blumberg–, que consideraba como “agravante” la existencia de condenas anteriores. Por otro lado, como afirma Rodríguez, se había “apostado muy fuerte a la morigeración y eso sí se consiguió. Es muy interesante el hecho de que una persona salga condenada y a su vez morigerada”.

La “morigeración” implica que Sampietro deberá pasar cada noche en un penal, pero podrá salir entre las 7 y las 19 horas. Sin embargo, no podrá hacerlo para trabajar en lo suyo: “el tribunal le prohíbe manejar causas penales, que es lo que hace, porque él estudió abogacía muchos años. Sampietro tiene que ir a cavar zanjas o no sé, porque de asesor en algún estudio jurídico no puede estar”, dice indignado Diego Candia, que ya regresó a Viedma para continuar allí el trabajo social que La Cantora realiza con ciudadanos detenidos o –como él– liberados. Está decidido a no bajar los brazos, aunque se lleva un sabor amargo de lo vivido en Trenque Lauquen: “La sentencia le da vía libre al armado de causas. El mensaje de este fallo es: ´muchachos, sigan armando causas, está todo bien´”.

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Por Por donde anda? - Friday, May. 26, 2006 at 10:57 PM

Para no ir a esa zona

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