Julio López
está desaparecido
hace 6423 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Kirchner y Garré se hacen los distraídos
Por Jorge Omar Vazquez - Friday, Aug. 25, 2006 at 1:31 PM
mapuen@speedy.com.ar (Casilla de correo válida) 02214871934 60 21 Y 22

Si al Gobierno Nacional y a los Organismos de Derechos Humanos les interesa tanto el tema de los crimenes de guerra en Malvinas, porque entonces no proceden a poner en funcionameinto el método que determina la Convención de Ginebra para estos casos.

MALVINAS CRIMENES DE GUERRA: ¿ KIRCHNER Y GARRE SE HACEN LOS DISTRAIDOS?

Informe Final de la actuación de la Comisión Investigadora Argentina

DEL MINISTERIO DE DEFENSA

(Realizado por César Horacio González Trejo y Jorge Omar Vazquez y presentado por la Federación de Veteranos de Guerra de la República Argentina)



Este informe fue girado al Auditor General de las Fuerzas Amadas, para que éste se expidiese. Mediante una nota, la cual transcribimos en sus partes más sustanciales, los Ex Combatientes de Malvinas nucleados en la Federación de Veteranos de Guerra de la República Argentina se dirigieron al Auditor de las Fuerzas Armadas, con la finalidad de ilustrarlo sobre hechos no investigados por la referida comisión investigadora:



"… Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted con relación al “Informe” elaborado por la Comisión Investigadora Malvinas, dependiente del Ministerio de Defensa, referida a supuestas violaciones a la Convención de Ginebra perpetradas por tropas británicas contra soldados argentinos, y que oportunamente fuera remitido para que Ud. se expida sobre los procedimientos legales reglamentarios.



Debido a ello y a nuestro seguimiento del tema es que consideramos oportuno informarle cuestiones que hacen al resultado final del informe elaborado por la referida Comisión Investigadora.

La Convocatoria

1.- En el mes de agosto de 1993 se hizo conocer fehacientemente al Sr. Ministro de Defensa que las supuestas facilidades para que los interesados en efectuar denuncias (telegramas y medios de transportes gratuitos) no existían hasta ese momento, lo cual entorpecía el funcionamiento de dicha Comisión Investigadora. (se adjunta prueba)



El Método de Investigación



2.- Se sugirió trabajar de oficio sobre declaraciones e informaciones volcadas durante 11 años en medios de prensa, informes interfuerzas y bibliografía especializada sobre el tema.



3.- Se solicitó que la convocatoria a declarar se hiciese por medio de la Secretaría de Medios de Comunicación de la Presidencia de la Nación y todo otro medio de difusión disponible por el Estado Nacional.



4.- Se solicitó una prórroga de la duración de la Comisión Investigadora hasta que la misma finalizara y/o agotara todas y cada una de las posibilidades de la investigación según el método solicitado.



5.- De no trabajarse según lo planteado con anterioridad, se “desconocería toda validez a las investigaciones e informes” que emitiese esa Comisión Investigadora.



6.- Asimismo se solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (Carta Documento Nro. 1564 y 1565 del 4 de noviembre de 1993) la reciprocidad ante la investigación que realizaba Scotland Yard en nuestro país para lo cual solicitamos que la Comisión Investigadora solicitara a la Policía Federal Argentina se constituyera en territorio británico y en nuestras Islas Malvinas, a efectos de proceder a las investigaciones de rigor.





Incumplimiento en los procedimientos



7.- Tenemos la firme convicción que el informe elaborado por la Comisión Investigadora no es completo, quedando testimoniantes sin poder efectuar su declaración debido a la poca y mala información, lo que indica la falta de observancia del art. 127 de la Convención de Ginebra, hecho que se repite con la investigación realizada por Scotland Yard en nuestro país y que fuera denunciado al Ministro de Relaciones Exteriores por carta documento Nro. 81955 del 18 de octubre de 1993.



8.- Dejamos sentado que no se ha cumplimentado el Art. 132 de la Convención de Ginebra, ya que el procedimiento administrativo para la apertura de la encuesta no ha sido acordada entre las partes contratantes (Argentina - Gran Bretaña).



Consideraciones Generales



Al informe de la Comisión Investigadora le faltan algunos testimonios de personas que públicamente dijeron tener conocimiento y/o tener información referida al tema de la investigación, a modo de ejemplo enumeramos algunos casos:



Testimonios Ingleses No Investigados

1.- El ex Comandante de las tropas navales inglesas durante el conflicto, contraalmirante John Woodward, admitió que "las malas conductas pueden ser enumeradas pero es difícil encontrar datos reales" (La Nación, Pág. 4, Lunes 18 de Octubre de 1993)



2.- El paracaidista inglés Ken Lukowiak declaró ante el noticiero ITN de la televisión británica que las ejecuciones de prisioneros sólo fueron consumadas por el 3er. Batallón. "No puedo dar nombres porque no es correcto, pero los hechos eran bien conocidos". (La Nación, Pág. 4, Lunes 18 de octubre de 1993)



3.- El diputado laborista británico Tam Dalyell, aseguró que hace cinco años tiene conocimiento de cosas aberrantes ocurridas en Monte Longdon. (La Nación, Pág.4, lunes 18 de octubre de 1993)



4.- El Ex Cabo paracaidista Vincent Bramley publicó un libro "Excursión al Infierno" en junio de 1991, las denuncias fueron corroboradas por testigos presenciales de los hechos y por el damnificado directo de los mismos. (Ex Cabo José Carrizo)



Testimonios

No investigados de Argentinos

(No participantes del conflicto)

1.- Sr. Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, Dr. Guido Di Tella: "Gran Bretaña había declarado unilateralmente la regla de conducta de las 200 millas, eran reglas de como y cuando trabar contacto con el enemigo, Gran Bretaña habría declarado una regla que luego violó sin previo aviso. Nadie cuestiona el derecho de la guerra de hundir un barco enemigo. La cuestión es si uno hace una declaración que no va a hundirlo si está fuera de las 200 millas y luego lo hunde” (La Nación Pág. 6, del 23 de octubre de 1993). Estas declaraciones fueron realizadas en relación con el hundimiento del crucero A.R.A. General Belgrano



- Esta documentación probatoria de violaciones a la Convención de Ginebra fue puesta en conocimiento del Sr. JEMGE, Tte. Gral. Martín Balza por carta documento Nro. 81956 del 18 de Octubre de 1993.





VER NOTA COMPLETA EN http://www.mapuen.com.ar



Jorge Vazquez

mapuen@speedy.com.ar

agrega un comentario