Julio López
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Resolución del Consejo Superior de la UNS sobre el tema Desmonte y y Pueblos Indígenas
Por Departamento de Antropología - Tuesday, Nov. 20, 2007 at 12:40 PM
depant@filo.uba.ar

SALTA, 16 de noviembre del 2007.

Expedientes N° 51/96 y 1.033/96.-


VISTO:

estas actuaciones, por las cuales la consejera por el estamento de profesores de la Facultad de Humanidades, Catalina Buliubasich presenta proyecto de resolución referido a las audiencias públicas convocadas por la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta (SEMADES) para habilitar desmontes y la tala indiscriminada de bosque nativo por aproximadamente 350.000 hectáreas, y;


CONSIDERANDO:

El detallado informe puesto a consideración del Cuerpo en la presente sesión por el Foro Salteño por la Tierra, en el que se evidencia el progresivo deterioro ambiental y social, reflejado en el acelerado incremento de las áreas de desmonte y el impacto directo que éste provoca sobre las comunidades indígenas y para todos los habitantes de la zona..

Que a fs. 1 y 2 obra declaración conjunta de dirigentes de comunidades aborígenes e instituciones de comunidades de los Departamentos Rivadavia, San Martín y Orán, convocados por la Diócesis de Orán, en la que expresan:

“Los abajo firmantes representantes y acompañantes de las comunidades aborígenes del Chaco Salteño Departamentos Rivadavia (Banda Norte y Banda Sur), San Martín y Orán, reunidos en la Parroquia San Roque de la ciudad de Embarcación, el día 24 de agosto de 2007, ante la apremiante situación de violación de los derechos humanos y ambientales, informados por todos los presentes acerca de los desmontes y la tala indiscriminada de nuestro bosque nativo, nos dirigimos al Poder Ejecutivo Nacional, al Poder Ejecutivo Provincial, a las Cámaras de senadores y de diputados de la Nación y de la Provincia de Salta, y al pueblo en general para denunciar lo siguiente.

Se está alterando de forma irreversible y con daños irreparables el medio ambiente en el que hemos vivido sustentablemente desde tiempo inmemorial, en abierta violación a toda la legislación vigente provincial, nacional e internacional en materia de derecho indígena y ambiental.

Hemos denunciado, reiteradamente, estos abusos, ante autoridades policiales, judiciales, Secretaría de medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de Salta (SEMADES) y gobiernos provincial y nacional, sin obtener resultados que frenen estos atropellos a nuestro bienestar y al bien público en general.

Lo único que se ha conseguido es una mayor y más rápida depredación ambiental por parte de empresarios inescrupulosos, nacionales y extranjeros.
La materia prima que utilizamos para nuestros trabajos y supervivencia (palo santo, lapacho, cedro, algarrobo, guayacán, palo blanco, etc.), se vende frecuentemente al extranjero –p. Ej. a países europeos y asiáticos- cuando no se convierte en humo quemándose delictivamente como parte del proceso del desmonte.

Como consecuencia de la destrucción del monte en que vivimos, perdemos la base de nuestra cultura y de nuestra propia economía que depende del uso sustentable y racional de nuestra biodiversidad (frutos y faunas del monte, miel, plantas medicinales y alimenticias, caza, pesca, leña, carbón, elementos de artesanía y carpintería) dejándonos en una situación de hambre y parálisis laboral.

A esto se suma el impacto ambiental que inexorablemente provoca la eliminación del bosque nativo, con sus consecuencias: desertificación y falta de agua, erosión, cambios climáticos anormales (notable aumento de temperatura), y pérdida de la biodiversidad.

Exigimos que las autoridades a las cuales nos dirigimos detengan ya la destrucción del medio ambiente, decretando la inmediata suspensión de los desmontes y de toda explotación forestal descontrolada e irracional.”

Que en el mismo sentido se han expedido en fecha 9 de agosto del corriente año las comunidades de Carboncito, La Esperanza, Misión Chaqueña y Salim, solicitando a autoridades nacionales y provinciales la suspensión del corte de madera de palo santo y otros árboles que afectan dramáticamente su subsistencia.

Que el 10/11/2.007 el Primer Congreso Wichí Tridepartamental Orán, Rivadavia y San Martín firmaron un acta en la que exigen “el cumplimiento de los derechos territoriales” y “el inmediato cese de los desmontes” reunidos en la iglesia San Miguel de Misión Chaqueña y acompañados por funcionarios nacionales.

Que en el día de la fecha la comunidad de Sede Regional Tartagal de esta Universidad manifiesta su adhesión a la presente, expresando que “...la tala de árboles ha depredado las especies nativas con graves consecuencias para el medio ambiente local...” y “profundiza la pobreza estructural de grandes sectores de nuestras comunidades, ya gravemente excluidos como consecuencia de las políticas privatizadoras de la empresas del Estado implementadas desde los ´90.” e “...incrementa dramáticamente la situación de despojo de la propiedad de la tierra de las diferentes etnias que habitan esta región. Los indígenas guaraníes, wichís, chorotes, tobas, chulupíes, chanés y tapietes, ven desaparecer el exiguo monte que les posibilitaba no sólo vivir sino también conservar algunas prácticas culturales de siembra y cosecha para su sobrevivencia, de sus lenguas, de sus creencias.”

Que la Asociación de Docentes e Investigadores de esta Universidad (ADIUNSa) solicita al Cuerpo que se expida sobre la presente situación.

Que distintos medios de prensa informan que durante el año 2006 y de acuerdo a datos extraídos del Boletín Oficial de la Provincia de Salta, la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta convocó a audiencias públicas para la posterior autorización de desmontes por un total de 77.612 hectáreas de bosque nativo y en el transcurso de este año, la misma Secretaría convocó a audiencias públicas para autorizar desmontes por un total de 280.301 hectáreas, lo que resulta cuatro veces más que los autorizados el año pasado, y equivalen a 14 veces la superficie de la ciudad de Buenos Aires.

Que con las cifras antes mencionadas, sólo en la Provincia de Salta se llega al promedio de deforestación anual de todo el país, aún cuando muchas de las tierras autorizadas para el desmonte no fueron a audiencia pública.

Que hubo graves insuficiencias en la participación de las comunidades en los procedimientos administrativos en trámite y en las audiencias públicas ya realizadas. En la mayoría de los casos no se los notificó en su idioma, ni se puso la información a su disposición para que pudiesen participar y tomar decisiones en libertad, violando esta situación sus derechos constitucionales reconocidos en el art. 75, inciso 17, de la Constitución Nacional. Sobre la participación indígena y su convocatoria se expidió la Corte de Justicia de la Provincia de Salta, cuyo fallo en el caso Eben Ezer-Gral Pizarro del corriente año, entre otros aspectos expresa: “resultaba necesario notificar a la comunidad aborigen en su propia lengua a fin de garantizar la efectiva participación de los interesados que prescribe la ley 7.070”

Que la constitución de la Provincia de Salta, en el Título Recursos Naturales, art. 78, expresa: “es obligación de toda persona proteger los procesos ecológicos esenciales y los sistemas de vida de los que depende el desarrollo y la supervivencia humana“ y en su art. 82 señala: “Los poderes públicos promueven el aprovechamiento racional de los bosques, resguardan la supervivencia, conservación, mejoramiento de las especies y reposición de aquellas de mayor interés a través de la forestación y reforestación“.

Que esta institución se ha expedido reiteradamente sobre la problemática social y ambiental de la región, asumiendo los principios enunciados en el Estatuto Universitario que establecen que la Universidad Nacional de Salta entiende en los problemas sociales, políticos e ideológicos, estudiándolos científicamente y en su carácter de ente estatal colabora con la identificación y solución de los problemas nacionales y regionales.

Que distintos estudios realizados por investigadores de esta Universidad resaltan cómo los desmontes afectan negativamente el ambiente regional y la vida de las comunidades de la zona.

Que, como lo expresan reiteradamente los científicos en este presente histórico, los problemas ambientales exceden lo regional, son globales en su escala y de larga duración en su impacto; atravesado por el calentamiento global.

Que el derecho a un ambiente sano corresponde a la última generación de derechos, de incidencia colectiva, que protegen intereses difusos compartidos por un número indeterminado de personas.

Que de acuerdo a conclusiones del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) “el índice de Dinámica Agrícola propuesto es una herramienta útil para localizar áreas en las cuales se combinan diversos factores de uso del suelo, que pueden resultar adversos para la sustentabilidad ambiental...” “...mediante la aplicación de este índice se detectaron cuatro zonas críticas, ubicadas en el Umbral al Chaco, dos en Salta....” “Se debería prestar atención en esas áreas, para la definición de futuras líneas de investigación, la aplicación de la normativa vigente, la creación de nueva legislación y la ejecución de políticas vinculadas al manejo de los recursos naturales y la agricultura en particular”.

POR ELLO, en uso de las atribuciones que le son propias, luego de constituido en Comisión y por unanimidad,

EL CONSEJO SUPERIOR DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SALTA
(en su Décimoséptima Sesión Ordinaria del 15 de noviembre de 2.007)


R E S U E L V E :

ARTICULO 1º.-Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, al Poder Ejecutivo de la Provincia de Salta, a las Cámaras de Senadores y de Diputados de la Nación y de la Provincia de Salta detengan urgentemente la destrucción del medio ambiente, decretando la inmediata suspensión de los procedimientos administrativos que tiendan a otorgar autorizaciones que impliquen desmontes y que se detengan los efectos de las ya otorgadas, como así mismo se impida la tala ilegal.-

ARTICULO 2º.- Instruir a la Dirección de Asesoría Jurídica para que inicie acciones legales con el objeto de realizar presentaciones tendientes al cumplimiento del articulo precedente.-

ARTICULO 3º.- Poner al servicio de la comunidad toda la información científica recabada en el área por parte de investigadores de distintas disciplinas pertenecientes a esta Universidad, dando a la presente la más amplia difusión.-

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese con copia a: Gobierno Nacional, Gobierno de la Provincia de Salta, Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación y de la Provincia de Salta, Secretaría de Medio Ambiente de la Nación, Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, Defensoría del Pueblo de la Nación, Dirección de Parques Nacionales, Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Salta, Rectorado, Facultades, Sedes Regionales, Institutos de Educación Media, Secretarías, Consejo de Investigación, Direcciones Generales, Dirección de Relaciones Públicas, Radio Universidad, Museo de Ciencias Naturales y Dirección de Asesoría Jurídica. Cumplido, siga a Rectorado a sus efectos. Asimismo, publíquese en el boletín oficial de esta Universidad.-


FIRMADO:
PROF. JUAN BARBOSA ING. STELLA BIANCHI
SEC. DEL CONSEJO SUPERIOR RECTORA

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