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Cronica de la ultima audiencia a l@s 11 imputados por defender la vida campesina.
Por Javier Astrada / Virgina Linkan -
Monday, Dec. 31, 2007 at 10:08 PM
El pasado viernes 28 de Diciembre, finalmente, culmino el juicio oral y público en contra de 11 integrantes de MCC (Movimiento Campesino de Córdoba). Recordemos que la imputación que pesaba sobre ellas/os era la de: “daño calificado agravado por delito en banda”. Esto fue, por haber realizado el corte de un alambrado en defensa de la posesión histórica de la familia Loyola, en el paraje Cañada Larga al noroeste de la provincia de Córdoba.
La jornada comenzó con el alegato de la parte Querellante, a cargo del abogado Pablo Olmos, quien insistió en instalar una vez más y como ya lo había hecho en oportunidades anteriores de este proceso, de que se trataba de un hecho de: “accionar delictivo realizado por una organización”, debido a que los 11 imputados pertenecen a APENOC (Asociación de pequeños productores del noreste cordobés).
El mismo, expresó al respecto: “… APENOC como figura de esta “asociación ilícita”, ya que un grupo de personas esta proponiendo la consecución de varios delitos, como: los cortes de alambres, los cortes de ruta, la usurpación también, como dijo la Fiscal de Cámara. Hay un voto específico, hay una voluntad especial una voluntad deliberada, de querer asociarse con esa finalidad, emprender un determinado plan de lucha. Personas capacitadas que tienen perfecto conocimiento del funcionamiento del sistema judicial, con lo cual agrava la cuestión. La reunión en si no es ilícita, forma parte del derecho que constitucionalmente asiste y así esta garantizado; pero si en esa reunión surgen actos que implican la comisión de otros delitos como por ejemplo la apología del delito, obviamente eso ya es otra cosa…”
El alegato del representante legal de Ramon Mazzeo, concluyo con el pedido de: “co-autoría de asociación ilícita” para las/os 11 imputados/as , realizando una distinción entre: los técnicos y la comunidad. Ya que entendía que: “…Los técnicos transmiten una determinada ideología a los campesinos...”; es así que, la pena para los técnicos: Juan Herrero, Maria Cecilia Suau, Javier Scheibengraf y el párroco Carlos Julio Sanchez, debía ser la de “asociacion ilicita agravada”. En tanto el pedido para: Juan Medardo Allende, Lorena del Valle Capdevila, Carlos Nicolás Loyola, Juan Carlos Loyola, Juan Ramón Maldonado, Dominga del Carmen Mercado, Ceferino Darío Romero era el de “asociación ilícita” pero simple.
Desde la Fiscalia, Ahidé Gersicich sostuvo que, si bien el hecho no se trataba de una “asociación ilícita”, pero; si se había perpetrado un hecho delictivo de: “daño calificado” realizado en banda, agravado por ser en un lugar despoblado.
A lo largo de su alegato, la fiscal, realizó una innumerable cantidad de citas de diversas fuentes jurídicas, entendiendo que, el hecho no forma parte de una legítima defensa, y que la organización campesina no había agotado los caminos legales.
“…nunca hay que avalar la justicia por mano propia, excepto cuando la ley lo permite, que no es éste el caso”… “Existen caminos legales y constitucionales. Propongan cambios legislativos, más si se les permite el libre acceso a la Justicia sin gasto”,
La fiscal, concluyo su alegato pidiendo: la pena mínima de un año de prisión en suspenso para todos/as los/as imputados/as.
Desde la defensa, Ramiro Fresneda, comenzó planteando que debía ser Ramón Mazzeo quien tendría que estar imputado; ya que él era quien había realizado un delito: “…Mazzeo cometió el delito de turbación de la posesión” y usurpó el campo de la familia Loyola, que se vio obligada a cortar el alambrado, luego de recurrir infructuosamente a las autoridades policiales…Registrándose diversas irregularidades en los procesos judiciales…”
También manifestó, que resultan agraviantes los dichos de la Fiscal de cámara sobre el agotamiento de los caminos legales, remarcando la inequidad de los poderes del Estado en relación a los históricos habitantes de la zona y a los inversionistas que vienen a traer el supuesto progreso. Esta idea, fue ampliada y respaldada por diversos informes como: el de la FIAM (Organismo Internacional Asesor de las Naciones Unidas) y el realizado en el 2004 por la Defensoría del Pueblo de la Nación.
Fresneda, en su alegato explicó en profundidad cual es la actividad de APENOC, que es: “… asistir, asesorar y defender a los integrantes de las comunidades campesinas del noreste cordobés…” Y concluyó con el planteamiento de que este caso”… es un problema político que excede el marco de la justicia”.
Por su parte, la co-defensa Mariana Romano, siguiendo con el planteamiento ya expresado por Fresneda, hizo hincapié: “… nunca el Sr. Mazzeo estuvo autorizado por la justicia civil para iniciar obras de construcción en el lugar. Por lo tanto, si hay algo que si ha quedado comprobado, son los actos turbatorios de construcción de alambrados del sr. Mazzeo, sin ninguna autorización legal que lo justifique…De hecho todas las veces que acudió a la justicia no logro esa posibilidad… Y si lo logró, a través de un acuerdo engañoso… Nada lo esta eximiendo de considerarlo un “acto turbatorio de la posesión”, primer delito en el tiempo que debía haberse investigado en este caso…”
“…Esta defensa considera que han actuado en el legítimo ejercicio de un derecho y en legítima defensa…”
A su vez manifestó su disconformidad respecto a las pruebas acusatorias presentadas por la fiscal y la querella: “… en este sentido tanto el alegato de la fiscal como el del sr. Querellante, me remite a un proceso inquisitorio y no al proceso acusatorio…”
Concluido los alegatos de ambas partes, los jueces dieron la posibilidad de que se expresen los/as imputados/as.
Carlos Nicolás Loyola, se preguntó y pregunto a Ramón Mazzeo: “Hasta cuando el Sr. Mazzeo va estar inventando mentiras y robos para hacer allanamientos en su casa…” y manifestó su gran preocupación acerca de que va pasar con ellos... “Yo creo en la Justicia, confío en la Justicia y quiero que se haga justicia. Nada más. Muchas gracias”.
Por su parte, Carlos Julio Sanchéz, contó lo vivido en los años que habita en el lugar y su participación en la organización campesina.
“Yo hace diez años que estoy en la parroquia y hace diez años que vengo escuchando todo este problema de tierras, toda esta problemática, injusticias, idas y venidas…”
Respecto a APENOC, comentó “… me ha sorprendido gratamente su metodología. Es decir, convocar a la gente, unir a la gente, organizar a la gente y que todas las familias se ayuden mutuamente…”
“…como dijo el doctor Mundet en su visita nuestra zona, los instrumentos que hay para defender la posesión de la tierra son pobres, son precarios, no son perfectos, pero existen. Y nos dijo esto: uno de los instrumentos es la denuncia, otro es la defensa de la posesión, con medios proporcionales a la agresión. También nos habló de las mensuras y la usucapión.”
“… la defensa de la posesión es ilusorio que la haga una sola familia. Es imposible que una sola familia defienda su posesión. Por el hecho de ser sola y de ser aislada, le gana el miedo, le gana la impotencia, le gana el no saber qué hacer, y la tenemos en Cruz del Eje. La gente se ha ido. Yo he visto mucha gente que se ha ido con miedo, con impotencia, con no saber qué hacer. Ese es el fruto de una familia sola. Entonces no es ninguna ilegalidad que muchas familias defiendan una posesión. No es ningún delito que muchas familias se unan para defender su salud, porque eso es lo que ha conseguido que se fumigue el norte de Serrezuela cada seis meses…, contra el chagas , que hacía veinte años que no se hacía. Y ahora también, el hecho de que muchas familias se unan y defiendan una posesión, ha posibilitado que la Justicia nos escuche por primera vez…”
Concluyó, reflexionando sobre la emigración involuntaria del campo hacia la ciudad: “… el éxodo silencioso, que no por silencioso es menos violento, y no por silencioso es menos injusto”.
La última en dejar su mensaje fue, Maria Cecila Suau, quien aporto su opinión de cómo se lleva adelante la resistencia de las comunidades campesinas y de cómo se dificulta el acceso a la justicia de los/as más pobres. Destaco lo agraviante que resuelta estar en condición de acusados por ejercer la legitima defensa de sus tierras.
Además, María Cecilia, señalo la presencia intimidatoria las fuerzas policiales dentro y fuera de la sala:
“Tenemos policías ahí, policías como en el momento en que hemos querido realizar acciones de legítima protesta, porque protestar es un derecho que tiene el pueblo, sobre todo el pueblo más vulnerable. Yo estuve tratando de impedir que los empleados de este señor construyeran el alambre y recibimos la visita del Fiscal de Instrucción. Ellos aparecen con él ahí y nos rodearon 50 policías armados con armas largas, cascos y escudos. Nos apuntaban.
“Yo he sufrido los insultos del señor Mazzeo. Estábamos en la camioneta con Carlos Julio, cuando se arrimó, lo insultó y lo invitaba a bajarse de la camioneta a pelear. Y vine a este edificio a denunciarlo y este señor, que también estaba acá haciendo trámites, se me paró a diez centímetros. No son condiciones para poder defenderse con tranquilidad.
Con respecto a la acusación de ejercer influencia ideología sobre las comunidades campesinas, dijo:
“Yo he acompañado a muchos compañeros. No les he dicho lo que tienen que hacer, porque acá me acusó ese señor que yo les digo lo que tienen que hacer. Yo jamás les he dicho lo que tienen que hacer. Los he acompañado a la policía y he visto cómo los tratan cuando van a hacer la denuncia. Lo he visto con mis ojos…”
María finalizó su intervención con las siguientes palabras: “…Y este operativo que hicieron en la última audiencia, de tildarnos a nosotros de poner bombas en estos lugares, esto de que había una amenaza de bomba y sacar a todos nuestros compañeros, me pareció una falta de respeto contra nuestra organización de la cual nosotros estamos orgullosos y defendemos con absoluta dignidad. Y no estamos dispuestos a dejar de estar organizados. Tenemos derecho a vivir en el campo. Ellos que han nacido ahí y yo que nací en un barrio de Córdoba y me vine acá porque quiero vivir acá. Tengo todo el derecho a hacerlo y tengo todo el derecho a gritar y a trabajar con quien guste”.
Luego de las emocionadas palabras de Maria Cecilia, comenzaba a llegar el final de este injusto proceso judicial.
Proceso judicial que sólo fue oral y no público , ya que luego de la supuesta amenaza de bomba realizada el 26 de diciembre, los únicos que pudieron ingresar ala sala fueron los imputados/as , las partes , unos pocos medios de comunicación y gran cantidad de efectivos policiales, incluyendo a policías de civil..
Una tensa y larga espera, se vivió hasta el momento de la sentencia...
Afuera de tribunales; hombres, mujeres, niños y niñas, llegados/as de distintas comunidades campesinas, acompañaban a los/as imputados/as junto al intenso calor y el fuerte el sol que caracteriza a esta zona del Norte Cordobés.
Finalmente, se reanuda la audiencia y la secretaria del Tribunal comienza a dar lectura del fallo emitido por los jueces. Es así que:
Juan Camilo Herrero, es el primero en conocer su absolución, por haber estado ausente el día del hecho.
Luego, Juan Medardo Allende, Lorena del Valle Capdevila, Carlos Nicolás Loyola, Juan Carlos Loyola, Juan Ramón Maldonado, Dominga del Carmen Mercado, Ceferino Darío Romero, María Cecilia Suau, Javier Scheibengraf y Carlos Julio Sánchez. Absueltos por entender la prescripción de la acción penal.
El fallo, incluyó algunas recomendaciones por parte de los jueces, para los distintos estamentos del Estado, destinado a subsanar el grave problema que con frecuencia afecta a las zonas rurales.
- Recomendar a los poderes Ejecutivo y Legislativo de la Provincia de Córdoba la concreción, con la urgencia que la realidad social exige, de acciones tendientes a la real y efectiva protección posesoria de los habitantes de esta provincia, especialmente en el noroeste cordobés, por no resultar suficientes las ya existentes.
- Poner en conocimiento del señor Fiscal General de la Provincia de Córdoba la demora en el trámite de las denuncias formuladas por el señor Juan C. Loyola, contenidas en el informe remitido por la comisaría de distrito de Villa de Soto de fecha 17 de diciembre de 2007.
- Remitir los antecedentes a la Fiscalía de Instrucción a los fines de la investigación de la amenaza anónima, según consta en certificado con fecha 26 de diciembre pasado.
- Remitir los antecedentes a la Fiscalía de Instrucción para se investigue la posible comisión de un delito perseguible de oficio por parte de la doctora Adriana Ester Paz (la abogada que asesoró a Eusebio Loyola, pariente de los imputados, para que firme con Mazzeo un acuerdo que resultó peyorativo para sus derechos posesorios).
- Por mayoría, rechazar “in totum” la acción civil instaurada por Ramón Mazzeo en contra de los imputados, con costas.
- Recomendar a las autoridades del Banco Central de la República Argentina que los instrumentos públicos por los cuales transfiere el dominio de inmuebles, como el de autos, contengan una correcta acreditación de la correlación de titularidad registrada.
Por ultimo fijar como fecha para dar lectura para que tenga lugar la lectura de la parte integral de la sentencia el día 12 de febrero del 2008.
La emoción lleno la sala de audiencias de la Cámara en lo criminal y correccional, inmediatamente invadió el frió pasillo de la sede judicial, para caminar hasta las puertas, celosamente custodiadas por más de un centenar de policías uniformados.
Policías, que solo actuaron como meros observadores de la inmensa alegría desatada tras conocer la noticia. Lagrimas y abrazos, se apoderaron de los/as presentes y la tarde de Cruz del Eje, fue aturdida al grito de la dignidad campesina y al ritmo del “Alerta, Alerta que camina, la lucha campesina por América Latina…” Es así, que culmino esta histórica jornada con una alegre victoria...
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Friday, Jan. 04, 2008 at 2:41 AM
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