Julio López
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Intervención de legisladora Maffia por la regulación de abortos no punibles
Por Zula ((i)) - Friday, Oct. 10, 2008 at 6:58 PM
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El viernes 3 de octubre la Comisión de Salud, de la Legislatura porteña, comenzó a debatir sobre los proyectos presentados para la regulación de abortos no punibles, previstos en el artículo 86 del código penal. En esta primera jornada, de un total de cuatro pautadas, expusieron los expertos y expertas invitados por los legisladores/as. La comisión fue presidida por la legisladora Lidia Saya del bloque macrista. Los proyectos que están siendo debatidos son los presentados por Diana Maffia (Colación Cívica), Gabriela Alegre (Dialogo por Buenos Aires) y Juan Cabandié y Pablo Failde (Frente para la Victoria).

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Estamos aquí para tratar la ley de procedimiento en los hospitales públicos y eso es lo que nos hemos propuesto los cuatros proyectos era previsible y aquí lo vimos ayer en la comisión de salud que el debate se ampliara. No esta mal que esta que es una casa publica reciba un debate que también es un debate publico y espero que sigamos en esta reunión y en la próximas con el debate mas allá de algún abuso de adjetivos. Por suerte tenemos taquígrafos en la reunión, vamos a hacer como sugería Borges trataremos que los adjetivos sean lo más austeros posibles y dejaremos la idea conceptual.

Se hablo de la diferencia de la vida humana el asunto es si vamos a legislar que es lo que tiene que hacer el estado para proteger esta vida humana, porque el estado tiene dos tipos de intervenciones una del tipo negativo: prohibiendo y otra positiva brindando herramientas para la protección de la vida humana. El estado si interviene es negativamente, es decir, interviene protegiendo la vida humana mediante un recurso que es la prohibición del uso del aborto. Entonces las preguntas que quiero hacer es si la protección del embrión mediante la prohibición del aborto, es una pregunta para la Dra. Romero, es efectiva o no es efectiva. ¿Que pasa en los países donde esta prohibido el aborto y que pasa en los países donde esta permitido? Aquí estamos legislando pensando en herramientas.

La otra intervención del estado, la positiva. Yo estoy segura que vamos a poder coincidir en las herramientas que el estado debería brindar para la protección de la vida humana. Si las políticas públicas a las que el estado esta obligado fueran efectivas, estoy segura que disminuirán el número de abortos. Si hubiera derecho no solamente a la salud, sino también a la información, porque estamos hablando de abortos que son producto de la falta de información, a la falta de acceso a los anticonceptivos, casos de evitar las relaciones violentas, es decir, las relaciones no consentidas. Lo que a mi me despierta curiosidad es que intentemos prohibir el aborto y todas aquellas acciones positivas de defensa de la vida humana que implicarían la reducción de los casos de abortos. Estamos teniendo arduas discusiones sobre la implementación de la educación sexual, prohibamos el acceso a los anticonceptivos, prohibamos la anticoncepción de emergencia, prohibamos la atención en los casos de violación y no brindemos las herramientas previstas en caso de violación para que ninguna mujer tenga como consecuencia un embarazo no deseado. Entonces si estamos realmente del lado del derecho a la vida evaluemos si la herramienta de la prohibición es apropiada y evaluemos poner en vigencia todas estas medidas.

Cuando solamente usamos la herramienta negativa, la herramienta de la prohibición lo que le estamos diciendo a las mujeres es: la condición para defender la vida es que ustedes acepten los embarazos en cualquier circunstancia. Esta interpretación de la ley les dice a las mujeres, la defensa de la vida corre por cuenta de ustedes, porque el estado no va a apoyar con medidas positiva, solo en la medida negativa de prohibición. Lo que esta haciendo es una exigencia de una vida heroica para las mujeres. El heroísmo, y esto lo debe saber muy bien el doctor (Mario Turzi) porque debe trabajar en cuestiones de bioética y ética aplicada. El heroísmo es una conducta supererogatoria es decir no es una conducta exigible y mucho menos de manera obligatoria. El heroísmo es admirable y es admirable justamente porque no es exigible. Ahora cuando nosotros mediante la ley pretendemos tener una conducta heroica la aplicación de la ley tiene que ser cruel. Porque solamente mediante la crueldad podemos imponer una vida heroica a las mujeres. Se dijo acá, lo dijo el Dr. Ibarra y yo estoy de acuerdo con él, que un embarazo no deseado se llega al aborto e implica un conflicto moral. Es un conflicto moral donde muchas veces se tiene que optar entre un embarazo obligatorio y la posible terminación de la vida de un embrión. Este conflicto moral como resolución moral depende de la conciencia de las mujeres. Sin confiamos en que las mujeres son sujetos autónomos, sin confiamos insito porque esto durante muchos siglos no fue así.

El Dr. Solanet se refirió al momento en que se discutió el código penal las mujeres no éramos capaces de votar, no éramos capaces de ser testigos en juicios… es decir las mujeres no éramos ciudadanas. Estamos discutiendo una interpretación del articulo 86, donde de ninguna manera se esta protegiendo la eugenesia sino que se protege es la autonomía y la integridad de las mujeres. Lo que se esta diciendo es que, si la relación sexual no fue consentida porque hubo forzamiento físico en el caso de la violación, ya sea porque la mujer no esta en condiciones de consentir, como es el caso de la mujer llamada idiota o demente sino hay consentimiento no hablemos de concepción como un hecho físico y químico. La concepción tendría que implicar la voluntad humana si la relación sexual fue forzada y por lo tanto estamos en el inciso 2 del código penal no tenemos porque hacer cargo de la consecuencia de una acción que no fue consentida, eso es lo que esta protegiendo el inciso 2 la integridad y la autonomía de las mujeres. Autonomía que por cierto cuesta un poco todavía admitir porque implica admitir una capacidad del tipo político pero también del tipo moral. Las mujeres tenemos autonomía y por tanto la solución de ese conflicto moral queda a nuestro cargo, no porque el embrión sea una víscera sino porque el sujeto que tiene que tomar la decisión somos las mujeres. Quizás resulte sorprendente pero las mujeres no somos un frasco donde germina un poroto, somos seres humanos.

La Dra. Romero presento unas estadísticas que son interesantes y que están referidas a la opinión publica, al porcentaje de población que acepta la interrupción de un embarazo en distintas causales. Casualmente es lo que queremos legislar, y lo que dice el artículo 86 del código penal, es decir hay un acuerdo de la población que no sea punible, es decir la moral media de la población. Cuando hablamos de lo que un juez resuelve se supone que el juez esta representando la moral media de la población, lo que pasa que para eso las mujeres nos tenemos que expresar cosa que hasta hace pocos años no podíamos hacer, entonces era muy sencillo expresar la moral media cuando las mujeres estábamos excluidas. Resulta que los señores tienen representación de los embarazos, que no coinciden con nuestra experiencia, y yo entiendo un varón no se puede hacer cargo de la experiencia de un embarazo, porque no le paso y no le va a pasar, y las únicas que nos embarazamos, parimos y abortamos somos las mujeres. Entonces quisiera reflexionar con el Dr. Turzi, acerca de una afirmación que hizo acerca de los avances de la medicina y de la tecnología relacionada con la vida, hablando de úteros artificiales y maquinas de gestación que remplazan el útero de la mujer de la posibilidad no sólo de fecundación in Vitro sino crío preservación de los embriones. ¿Qué nos quiere decir el Dr. Turzi? No podemos omitir la vida del embrión cuando tenemos que ejercer los derechos de las mujeres, pero parece que podemos omitir a las mujeres cuando tenemos que crear un embrión y la ciencia avanza en ese sentido, curiosamente a partir de la década del 80, es decir, la década en al que las mujeres hemos decidido que nuestros derechos sexuales y reproductivos son derechos humanos y hemos podido influir en los organismos internacionales para eso. Efectivamente hay una tecnología capaz de prescindir del útero femenino pero eso no es una gestación. Esto me recuerda un versito infantil de un pollito de incubadora que decía: Mi mamita no me quiere, mi mamita no me adora porque es una maquinita que se llama incubadora. Y esto tiene que ver con que en un embarazo las mujeres no solamente ponemos un envase biológico que podría ser remplazado con esta maquina llamado úteros artificiales y máquinas de gestación las mujeres ponemos intenciones, intercambios hormonales. Esas maquinas podrán reemplazar nuestras emociones, nuestros pensamientos, nuestros deseos todo lo que tiene que ver con al integralidad del cuerpo y el alma y no solamente con la maquina de gestar.

Al Dr. Solanet le quiero preguntar ustedes menciono este porcentaje el 80 por ciento esta a favor el 20 por ciento esta en contra de despenalizar en los casos previstos por el articulo 86. LO que el Solanet nos dice es que hay un derecho a la vida pre existente a toda legislación positiva. El Dr. Solanet es un naturalista, considera que por más que en esta legislatura nos reunamos y acordemos por más de un 80 por ciento contra un 20 por ciento esto seria ilegal desde el punto de vista del derecho natural que considera que hay un derecho absoluto a la vida. Es decir el 20 por ciento se puede imponer al 80 por ciento, entonces le quiero preguntar en el caso que hay que defender este derecho a al vida quien toma la decisión, porque si el 20 por ciento se puede imponer al 80 por ciento quiere decir que vamos a respetar los derechos humanos si están de acuerdo con el derecho natural. Y cuando el 20 por ciento no este de acuerdo con los derechos humanos vamos a llamar a que no se respeten los derechos humanos cosa que ene ste pais ya vimos.

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