Julio López
está desaparecido
hace 6429 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

La Justicia tradujo al idioma toba el Código de Faltas
Por Datachaco.com - Tuesday, Oct. 14, 2008 at 3:21 AM

Una decisión que mejora la resolución de conflictos

El Código de Faltas traducido al idoma toba ayudará a la resolución de conflictos.

11/10/2008

Siguiendo la milenaria costumbre de las poblaciones indígenas, un aborigen toba entra a un campo privado de Villa Río Bermejito para cazar, pescar o buscar leña. Pero después termina en la comisaría cumpliendo un arresto de 10 días. Y vuelve a su comunidad en silencio, sin haber entendido por qué lo que hizo está mal ni tampoco por qué fue sancionado.

Esta historia, vista con frecuencia en localidades y parajes del interior con población aborigen, podría dejar de repetirse: el Superior Tribunal de Justicia del Chaco acaba de traducir al idioma toba el Código de Faltas de la provincia, es decir la ley 4209, una herramienta imprescindible para el trabajo cotidiano de muchos jueces de Paz del interior.

La traducción del Código, con su correspondiente interpretación, representa un paso jurídico a favor de la diversidad cultural pero, además, supone un instrumento concreto y cotidiano de resolución de conflictos vecinales y faltas contravencionales en pequeñas localidades, tanto entre aborígenes o entre un aborigen y un “criollo”, como se conoce en el interior a los habitantes sin ascendencia indígena.
En este sentido, el Código traducido es fundamental para la tarea del mediador judicial, que en estos casos no podría realizar correctamente su rol (la mediación y resolución de conflictos) si desconoce la lengua aborigen.

“Es un aporte a los operadores de la Justicia de Paz en cuyas jurisdicciones se presentan situaciones problemáticas, y en particular para los ciudadanos de origen toba, brindándoles una herramienta para el contacto comunicacional, para garantizarles el legítimo derecho a la defensa con uso de su lengua en relación con la normativa vigente”, dice la publicación, que destaca los “derechos étnicos y lingüísticos” de las comunidades aborígenes.

Amplio acceso a Justicia

“La traducción es concretar un viejo anhelo: promover el acceso a Justicia de todos los habitantes, y especialmente de las etnias aborígenes de la provincia. Es una forma también de garantizar la vigencia y el respeto por los derechos humanos como condición de la pacificación y la transformación social”, señaló la doctora María Luisa Lucas, ministra del Superior Tribunal y presidenta del Centro de Estudios Judiciales, el área institucional de la Justicia chaqueña que publicó la traducción.

La historia comenzó entre 2005 y 2007 en Resistencia, durante el cursado de la Diplomatura en Resolución de Conflictos, organizada por el Superior Tribunal y la Universidad Nacional de La Rioja. Allí Diego Gutiérrez y Walter Leoni, dos funcionarios judiciales luego graduados, expusieron una inquietud que vivían con los aborígenes en sus trabajos en los Juzgados de Paz de Villa Río Bermejito y de Miraflores, una zona con amplia población toba, en pleno Impenetrable.

El problema, plantearon, era que a las naturales dificultades de comunicación con los aborígenes se sumaba el hecho de que las comunidades indígenas desconocían la legislación, lo cual generaba conflictos que podrían evitarse si los aborígenes conocieran las prohibiciones y sanciones establecidas, por ejemplo, en el Código de Faltas de la provincia.

“Como parte de nuestro trabajo de resolución de conflictos, día a día palpamos acá la realidad de la problemática aborigen, tanto entre ellos mismos o entre aborígenes y criollos, y lo planteamos cuando cursábamos la Diplomatura. Tuvimos el apoyo incondicional de la doctora Lucas, que recogió inmediatamente nuestra inquietud”, recordó Gutiérrez, secretario del Juzgado de Paz de Miraflores, ubicado a 325 kilómetros al norte de Resistencia.

“Así como un extranjero tiene conflicto en un país en el que no conoce el idioma, y no se siente respaldado por la ley ni se puede defender, lo mismo pasa acá con los aborígenes. El objetivo es que se sientan seguros, que cuando vayan al Juzgado no se retiren disconformes.

A veces los aborígenes, generalmente gente cerrada o tímida, reconocen que cometieron alguna falta, pero en realidad desconocen la ley. Y no saben si es correcta o no la pena que le aplicaron. Con este Código traducido, van a poder venir al Juzgado, leer y conocer sus derechos”, explicó Gutiérrez, quien hace más de 10 años vive en Bermejito (aunque trabaja en Miraflores).

“Con la traducción del Código, la Justicia del Chaco está contribuyendo a que nadie se sienta afuera del sistema judicial. También contribuye a la no discriminación de los pueblos aborígenes”, agregó.
Leoni, por su parte, dijo que la traducción del Código es “un reconocimiento a la existencia de otra cultura, que tiene una cosmovisión diferente del mundo”.

“A veces el aborigen acepta calladamente alguna sanción pero en realidad, por desconocimiento de la lengua, no sabe de qué se lo inculpa. La lengua es la única defensa del aborigen en estos casos”, agregó Leoni, quien junto a Gutiérrez egresó en abril del año pasado como diplomado en Resolución de Conflictos y Expertación con orientación en Mediación.

El tercer protagonista de esta historia es Laudino Leiva, un docente toba que trabaja como maestro en el Centro Educativo Rural “El Colchón”, de Bermejito, una escuela bilingüe a la que solamente asisten alumnos tobas, de entre 13 y 25 años. Aunque Leoni también fue maestro en una escuela bilingüe y sabe el idioma toba, y pese a que Gutiérrez también trabajó con aborígenes, Leiva fue clave en la traducción del Código de Faltas del Chaco, que en toba se escribe “Lmala’ da Nasouaxashitpi Mayi Huetaigui na LaProvincia Ne’ena Chaco”.

Intérprete, traductor y también historiador, Leiva precisó que el 70% de la población de Bermejito es indígena, con “nulo conocimiento de las leyes”. “Además, hay problemas para explicarles las cosas porque no saben castellano. La traducción es importante para que las comunidades indígenas tengan participación. Ellos tienen que saber no solo sus derechos sino también sus obligaciones”, señaló desde esa localidad ubicada a 340 kilómetros de la capital chaqueña.

Situaciones concretas

La traducción incluye los artículos más relevantes y de mayor utilización del Código, referidos a desórdenes en la vía pública, permanencia de menores en locales bailables o venta de bebidas alcohólicas a menores, entre otras situaciones de la vida cotidiana (ver aparte). También especifica las sanciones previstas en cada caso, que van desde el arresto a las multas, la clausura, la inhabilitación y otras penas, como también el derecho de los infractores a la defensa.

Al recordar la tarea de traducción, Gutiérrez dijo que el proceso llevó un año y que fue “un trabajo impresionante”. “Siempre tuvimos la idea de hacer algo por la problemática aborigen. Y no fue solo traducción sino también interpretación de la ley, porque hay aspectos que los aborígenes en su contexto no tienen en cuenta, por ejemplo lo que nosotros llamamos invasión de la propiedad privada”, explicó.

“Los aborígenes muchas veces cometen faltas por desconocimiento (de la ley y de sus sanciones). En el caso de la propiedad privada, acostumbrados a andar libremente por el monte, es común que entren a cazar o a pescar, pero los criollos cercaron sus campos”, agregó.

También Leoni citó los casos de invasiones indebidas de propiedad como uno de los principales problemas que contribuirá a solucionar el Código traducido. “El aborigen ve al monte como un espacio que es de todos, y así por ejemplo, en el invierno, entra a montes ajenos a buscar leña. No entiende que es una propiedad privada y que es imputable por entrar. Así, se les está acusando de una falta que ellos no consideran como tal. O a veces ellos consideran algo como una falta y nosotros no”, detalló.

Otro tema frecuente de conflicto es el consumo de bebidas. “Hay faltas que hay que explicarles a ellos, que desconocen por ejemplo que quedar alcoholizado en la vereda es una infracción y que hay una pena por eso”, dijo Gutiérrez. Y Leoni agregó: “Es un tema cultural. Por eso esta traducción es valiosa para que los aborígenes sepan cuáles son los problemas que pueden tener con la Justicia”.

Ambos funcionarios judiciales dijeron que ahora el próximo paso es la difusión masiva del Código traducido. “La idea es difundirlo en asociaciones, escuelas, en sus iglesias y comunidades, o dando cursos y capacitación”, dijo Gutiérrez. Y el juez de Paz suplente de Bermejito adelantó que ya una ONG que trabaja con adultos ofreció realizar talleres sobre el tema.

Leoni, finalmente, no descartó que en el futuro las traducciones se puedan extender a documentos jurídicos vinculados con el Derecho Civil, Penal o de Familia, en coordinación con el Centro de Estudios Judiciales del Poder Judicial del Chaco.

Regula diferentes conflictos vecinales y contravenciones

Los artículos más relevantes y más utilizados del Código de Faltas fueron traducidos al idioma toba, entre ellos los relacionados con conductas sobre portación de armas, faenamiento clandestino, negación de datos de identidad o información legal falsa, intromisión indebida en un predio cercado sin permiso del dueño, responsabilidad de los funcionarios públicos, destrucción o cambio de carteles en la vía pública y desobediencia a órdenes de tránsito.

Otros artículos traducidos también se refieren a la realización maliciosa de llamadas telefónicas a la policía, los bomberos o cualquier servicio de emergencia público o privado, riñas o agresiones en la vía pública, ruidos molestos, agresiones o escándalos de patotas, malos tratos contra familiares, permanencia de menores en locales bailables, bares y confiterías, venta de bebidas alcohólicas a menores, mendicidad, escándalos sexuales y prostitución en la vía pública.

También se hizo la traducción de artículos relacionados con la ebriedad en la vía pública, tenencia indebida de animales, acceso de menores a locales de juegos, venta de pegamentos a menores, alteración y destrucción del medio ambiente y la flora silvestre, quema de vegetación, caza y comercialización de animales protegidos de la fauna silvestre, pesca en zonas protegidas, desórdenes y agresiones en espectáculos deportivos, destrucción de calles, parques, jardines, paseos y alumbrado, Y escritura en paredes de edificios públicos, entre otros.

agrega un comentario