Julio López
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¡Ocho meses de prisión preventiva para estudiantes acusados de "terrorismo"!
Por l@s corbAtas - Friday, Nov. 07, 2008 at 7:37 AM
lacorbatazine@gmail.com

"Estado reafirma guerra contra movimiento mapuche"

El aberrante procesamiento político que esta juzgando en base a hechos inexistentes, defiende en todo momento la aplicación de la ley antiterrorista, por sólo suponer que los acusados preparaban un ataque incendiario.

En una extensa audiencia, en los Juzgados de Garantía de Temuco se realizó el control de detención de Jhonatan Vega, Fennix Delgado y un menor mapuche de 16 años, acusados de "lanzamiento de artefactos incendiarios" que "podrían afectar a personas o causar daños", para lo cual el Ministerio Público invocó aquella ley predilecta del estado chileno contra los mapuche.

La defensa parte del hecho que no existe prueba alguna que relacione a los detenidos con los hechos que investigan los fiscales, por lo que en principio solicitaron se declarara ilegal la detnción por vulnerar una serie de derechos.

El fiscal Sergio Moya, otro histórico persecutor del movimiento mapuche, acompañado del fiscal Manquel Llanos, expusieron los antecedentes del montaje, los que serían suficientes para convencer al juez de la "participación directa de los tres de los hechos que se les imputa en calidad de autores".

Los acusados en tanto, declararon que fueron golpeados al momento de la detención. En el caso de Jhonatan, su casa fue allanada dejando destrozos, además dijo que el fiscal Manquel Llanos lo presionó para que se hechara la culpa: "el fical me dijo que debía decir cualquier cosa".

Los secuaces de la fiscalía señalaron que existen testigos que vieron al grupo de al menos ocho personas despalzándose en parejas, de los cuales dos fueron detenidos. Tambien dijeron que se oyeron disparos, y que estos disparos corresponderían a un fusil de guerra, claramente inventando la relación con hechos anteriores.

El fiscal Moya defendió la aplicación de la Ley Antiterrorista "dada la gravedad de los hechos y de los antecedentes que obran en su poder, de los cuales algunos estan en reserva de difusión".

Prisión preventiva

Es asi como el juez decretó que el menor identificado como R.H.I deberá regresar a la cárcel de menores de Chol Chol popr un plazo máximo de 15 días, luego se revisará la medida cautelar impuesta consistente en arresto domiciliario total por seis meses. Esto luego que se considerara la condición de estudiante del Liceo Industrial, su promedio de notas sobre 6 y el arraigo nacional.

En el caso de los estudiantes de antropología de la UCT, fueron derivados a la cárcel de Temuco a cumplir ocho meses de prisión preventiva, con restricción de visitas y con la "petición especial" de la fiscalía de solicitar a gendarmería de Temuco si estan en condiciones de seguridad para mantenerlos en el penal de la ciudad, de lo contrario se evaluaría trasladarlos a una cárcel de mayor seguridad como la de Santiago.

En la audiencia solo dejaron entrar a los padres, los demás familiares, amigos y grupos de apoyo debieron esperar afuera del edificio de tribunales, que estuvo con una fuerte custodia policial. A la salida, los familiares y amigos denunciaron a los medios presentes que todo se trata de una persecución política.

Las penas que arriesgan Fennix y Jhonatan van de los cinco años y un día a los 20 años y un día de presidio. En el caso del menor de 16 años, procedería la ley de responsabilidad penal juvenil, posterior a la antiterrorista, con lo que puede ser condenado desde tres años y un día a los cinco años y un día con el "beneficio" de libertad asistida.

Cabe recordar que el mismo 30 de octubre la defensa interpuso un recurso de amparo por las irregularidades de la detención y los abusos contra el menor de edad, escrito que aun no ha sido resuelto.

Los supuestos otros cinco participantes de los hechos que nunca sucedieron, estarían siendo buscados.

Ley Antiterrorista: Antecedentes

Sobre el uso de esta ley, el fiscal nacional Sabas Chaguán dijo en Concepción que "los fiscales invocan la ley vigente si las circunstancias del caso concreto lo permiten, si esas circunstancias se repiten se invocará de acuerdo a lo que determinen el fiscal adjunto (Elgueta y/o Velásquez) y el fiscal regional (Ximena Hassi o Francisco Ljubetic). Cuando se le recordó que la presidenta chilena dijo que no se aplicaría esta ley durante su mandato, respondió que "la presidenta tiene sus atribuciones que ejerce en plenitud, pero el Ministerio Público es un organismo autónomo e independiente."

Hace 4 años que no aplicaba la ley ANTITERRORISTA , el gobierno de Bachelet aseveró que esta ley no se aplicaria a causas relacionadas con el conflicto mapuche. Esta disposición dictatorial permite a los fiscales recluir a los imputados en lugares especiales, asi como facultades especiales de investigación, tales como: intercepcion o registro de comunicaciones del detenido y la restricción de visitas carcelarias. Concretamente en este caso se está solicitando su traslado a otra cárcel de mayor seguridad, lo que implica alejárlos de sus familias y cercanos.

Cabe recordar que esta ley fue aplicada en el 2003- 2004 cuando fueron detenidos varios mapuche acusados de supuestos amenazas terroristas en contra de Juan Agustin Figueroa. Como resultado, los Lonko Pascual Pichun y Aniceto Norin fueron condenados a cinco años de cárcel, y en otra causa fueron condenados a 10 años y un día, Juan y Jaime Marileo, Patricia Troncoso, José Huenchunao y Juan Ciriaco Millacheo, por el caso Poluco Pidenco, un incendio de bosques de la empresa forestal Mininco ocurrido en diciembre de 2001. En ese entonces, y a pesar de que nunca han habido víctimas fatales, se les aplicó la Ley Antiterrorista, lo que elevó gravemente las condenas en relación a lo que les habría correspondido de ser procesados como delito común. En ese proceso, también se utilizaron 'testigos sin rostro' para obtener testimonios de su culpabilidad y en que también se les condenó al pago de una indemnización de casi 425 millones de pesos.

El estado chileno comenzó a utilizar contra el pueblo mapuche leyes tales como la N°12.927 de "Seguridad Interior del Estado" hasta llegar a la aplicación de la denominada "Ley Antiterrorista". La primera de ellas fue promulgada en agosto de 1958, durante el gobierno del general Carlos Ibáñez del Campo y modificada por el Decreto 890, de agosto de 1975, durante la dictadura del general Augusto Pinochet, manteniéndose vigente hasta nuestros días.

La antiterrorista, la N°18.314, fue promulgada el 16 de mayo de 1984, tras ser propuesta por la Junta Militar que entonces reemplazaba al Poder Legislativo, cerrado desde 1973. Lleva también la firma del dictador Augusto Pinochet y de su ministro del Interior, Sergio Onofre Jarpa, y ha sufrido modificaciones en el 2002 y el 2005, aunque más para "perfeccionarla" que para restarle alcance y atribuciones.

Desde entonces alrededor de 300 mapuche, hombres, mujeres y ancianos, han pasado por diversas cárceles chilenas. Más de diez ministros especiales y nueve fiscalías militares se han encargado de investigar acciones de resistencia enmarcadas en un conflicto que se agudiza año tras año y donde el reclamo por el territorio usurpado a las comunidades sigue siendo el factor principal de confrontación."

¿Cuantas muertes y presos mas vamos a observar caer? ¿Vas a continuar con tu vida, como si nada, mientras aumenta la lista de nuestros muertos y presos tanto politicos como sociales?

Extraido de País Mapuche

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CARTA ABIERTA
Por Rosamel Millaman Reinao - Saturday, Nov. 08, 2008 at 9:56 PM

Como cuerpo académico de la Escuela de Antropología de la Universidad Católica de Temuco, manifestamos nuestra profunda preocupación y desconcierto por la aplicación de la Ley antiterrorista y el encarcelamiento “preventivo” de dos de nuestros estudiantes, Jonathan Vega Gajardo y Fénnix Delgado Ahumada. Creemos que tal medida es a todas luces descontextualizada y desproporcionada, especialmente considerando que los hechos por los que supuestamente se acusa a ambos jóvenes no cuentan con evidencias precisas que los vinculen a actos de envergadura “terrorista”. Por otra parte las circunstancias de sus detenciones tampoco son del todo claras e incluso uno de ellos, Jonathan Vega, al momento de ser detenido no se encontraba en el lugar de los hechos sino en su domicilio particular. En este caso específico, resulta deplorable que la prensa insista en vincularlo a los hechos acaecidos esa madrugada.

Creemos que se trata de una medida que escapa a lo razonable, toda vez que ambos jóvenes son estudiantes universitarios con una trayectoria demostrable y que según consta en esta Escuela han dedicado su tiempo y esfuerzos al logro de sus objetivos académicos. Por otro lado reconocemos en ellos, como en otros (as) estudiantes de nuestra carrera, la expresión diversa de sus intereses y compromisos sociales, todo ello en un contexto social altamente complejo y notoriamente diferenciado respecto de otros escenarios nacionales.

Sostenemos que la perspectiva de ese contexto debiera servir para situar y matizar las circunstancias en la que éstos y otros jóvenes se han visto involucrados. Como hemos señalado en diversas ocasiones las eventuales soluciones al llamado “conflicto mapuche”, no pasan en ningún caso por adoptar este tipo de medidas, todo lo contrario –lo decimos responsablemente- más bien contribuyen innecesariamente a su agravamiento.

En otro plano, hacemos un llamado a los medios de comunicación (regionales y nacionales) a establecer una visión lo más objetiva posible de los hechos, evitando el uso de calificativos inapropiados que sólo contribuyen a lesionar la imagen de los jóvenes estudiantes y de sus familias. Asimismo nos plegamos a lo dicho por la secretaria de Amnistía Internacional, Irene Khan, quien durante su paso por la región de la Araucanía señaló que estas detenciones escandalizan y decepcionan en un país que se concibe a sí mismo como democrático, y en el que supuestamente impera el estado de derecho.

También nos hacemos parte del llamado realizado días atrás por el Colegio de Antropólogos de Chile al Fiscal Nacional, en el sentido de no criminalizar con el calificativo de “terrorismo” ciertos hechos puntuales y lamentablemente frecuentes entre estudiantes universitarios y carabineros.

Como miembros de esta comunidad académica, no podemos sino manifestar nuestra profunda solidaridad para con las familias de Fénnix y Jonathan en tan amarga circunstancia, pero así también confiamos en la fortaleza y calidad humana de ambos jóvenes para que con esperanza y reflexión puedan sortear este duro momento.

Finalmente, y en ese mismo sentido, adherimos a las propuestas de articular una red solidaria que contribuya a la pronta restitución de sus derechos ciudadanos en un marco de normalidad jurídica. Exigimos que nuestros estudiantes no sean calificados ni juzgados como terroristas, por tratarse de una designación que empaña y desvirtúa su condición de jóvenes universitarios de esta región.


Firman esta carta

Gonzalo Saavedra Gallo
Héctor Mora Nawarth
Marcelo Berhó Castillo
Noelia Carrasco Henríquez
Nabil Rodríguez Migueles
Rosamel Millamán Reinao
Ximena Navarro Harris

Académicos de la Escuela de Antropología de la Universidad Católica de Temuco.


Temuco 7 de noviembre de 2008

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