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El Cuadrilátero de la Corrupción Científico-Educativa (CONICET - CONEAU - ANPCYT - SPU)
Por Eduardo R. Saguier -
Saturday, Mar. 28, 2009 at 5:03 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
Esta infectada telaraña, al condicionar las libertades académicas, ha concluido por devaluar la autonomía de las universidades, el sistema de equilibrio de poderes (frenos y contrapesos) que debe existir en el seno de los organismos académicos colegiados, y la excelencia de la formación universitaria y de la producción científica.
El Cuadrilátero de la Corrupción Científico-Educativa (CONICET-CONEAU-ANPCYT-SPU)
por Eduardo R. Saguier
INDICE 1.- Introducción y Plexo Normativo 1.1.- Presidencia Oficialista del CONICET 1.2.- Falta de Representatividad del Régimen Electoral 1.3.- Discriminaciones Patriarcales en el Régimen Electoral del CONICET. Una suerte de Primogenitura y una Versión Académica del Derecho de Pernada 1.4.- Segmentación Geográfica y Disciplinar en la Representación y sus Secuelas 1.5.- El Acto Eleccionario en el CONICET y su Reglamentación Mordaza 2.- Praxis Burocrática Interna de las Instituciones de Ciencia y Técnica 2.1.- Evaluaciones Secretas en el CONICET y la Ley sobre Confidencialidad 2.2.- Promociones Incestuosas en el CONICET y su Junta de Calificaciones. Juez y Parte Interesada 2.3.- La ANPCYT, el CONICET y la CONEAU y la Pérdida de Autoridad Moral, originada en la Violación de las Incompatibilidades, a raíz de los Subsidios de Investigación 2.4.- Asesorías y Consultorías Incompatibles Autorizadas por el Directorio del CONICET 3.- Conclusiones Generales en Materia de Políticas Científico-Educativas
1.- Introducción
El objeto de esta presentación es exhibir la trama interna vigente en los organismos de ciencia y técnica que vulneran las garantías constitucionales y los derechos adquiridos por la comunidad científica, como son el de igualdad ante la ley y el derecho a la no discriminación, a los que cabe agregar el derecho de investigar (aprender), el derecho a la libertad de expresión, información y publicidad de los actos del Estado, lo mismo que el derecho a la representación de las minorías, que no es solo patrimonio de los partidos políticos (y debería ser también patrimonio de las asociaciones profesionales, como gremios y sindicatos), lo mismo que el derecho a la libertad de expresión y al secreto del sufragio.
1.- Plexo Normativo
En cuanto al marco normativo, el CONICET, que es el máximo organismo argentino dedicado a la investigación, fue creado por la Ley 1291/58 y tiene legislado su Estatuto de la Carrera (Ley Nº 20.464, B.O. 18/VI/73), y experimentó durante el Proceso (1976-83) una discriminación político-ideológica (que se venía arrastrando ininterrumpidamente desde el golpe de estado de 1966 incluido el gobierno de Cámpora) paralelamente a un incesante crecimiento del número de Institutos operando bajo su órbita inmediata. Sin embargo, el origen del sistema científico que aquí vengo a cuestionar, como el culpable de la actual postración de la comunidad científica argentina, se encuentra en la década del 90, es decir, en las normativas impuestas por el Menemismo después de firmado el Pacto de Olivos (1994), que no pasaron por el Poder Legislativo, pero que fueron esencialmente impulsadas en todo el continente por los intereses globales del Banco Mundial y su inspirador ideológico el Consenso de Washington (complejo político-económico-intelectual que tienen sede en Washington).
Entre dicha profusa normativa se halla el Decreto PEN No 1661/96, que más luego fue reglamentado por un gobierno pos-menemista (Resolución D. N ° 1774/04), y que por omisión en llevarlo al Congreso o inercia en legislar materias que son críticas para la administración de la ciencia, por inactividad o desidia de los funcionarios de contralor o auditoria, por desinterés manifiesto de la elite burocrática dominante, o por otros motivos aún menos confesables --que les ha garantizado un pacto de impunidad-- hasta el presente no se ha intentado purgar esta situación modificándola en sede legislativa o impugnándola en sede judicial. Y el tenaz continuismo de esta normativa se combinó con una multitud de instituciones legales que se pretendieron exhibir como innovadoras y progresistas pero que concluyeron tejiendo una inmensa telaraña compuesta por verdaderos nudos gordianos (CONICET, CONEAU, SPU, ANPCYT) y por flujos venales de ida y vuelta (subsidios, incentivos, categorizaciones, acreditaciones, confidencialidades, asesorías, consultorías, observatorios, transferencias tecnológicas, etc.). Esta infectada telaraña, al condicionar las libertades académicas, ha concluido por devaluar la autonomía de las universidades, el sistema de equilibrio de poderes (frenos y contrapesos) que debe existir en el seno de los organismos académicos colegiados, y la excelencia de la formación universitaria y de la producción científica.
1.1.- Presidencia Oficialista del CONICET
En lo que respecta al CONICET, nudo gordiano de esta cuestionada red, su Directorio compuesto de ocho (8) miembros que duran cuatro (4) años en sus funciones, renovados por mitades cada dos (2) años, está conducido por un Presidente, cuya elección está reglada por el artículo 5º del Decreto PEN No 1661/96, que establece que será propuesto por el Ministro respectivo. No obstante la oportuna recomendación del Foro de Sociedades Científicas, y otras asociaciones específicas de la actividad, el Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N) no adoptó la recomendación de que el Presidente del CONICET surja del seno del mismo Directorio por una elección realizada entre sus miembros: “El Poder Ejecutivo se reserva la elección del presidente del Directorio sin establecer mecanismo alguno de consulta. Esto conlleva el peligro, que nuestra historia reciente avala, de que resulte elegido por razones de política partidista una persona carente de representatividad y de idoneidad” (Vainstok, Fernández Prini, Garrahan, Rovira, Sánchez Sarmiento, González Cappa, 1996).
1.2.- Falta de Representatividad del Régimen Electoral
En este sistema representativo impuesto por el programa neoliberal en la estructura de poder del CONICET, tanto mi persona como la totalidad de los Investigadores de Carrera del CONICET, se han visto privados de una auténtica representación, pues el régimen electoral adoptado por el PEN, en el Decreto No.1661/96, niega la representación de las minorías y ha devenido por consiguiente en una parodia comicial.
Más aún, en el régimen electoral vigente en el CONICET, estipulado en el artículo 28 de la Resolución No.1774/04, la lista que obtiene la mayoría simple de los votos se adjudica todos los cargos y no da espacio alguno para que existan las minorías.
En otras palabras, la falta de representatividad del régimen electoral vigente predispone a la sumisión clientelar, entre patriarcal y paternalista, y lleva consigo un arbitrario y desigual trato a las minorías pues sólo recompensa a quienes obtienen el primer lugar y deja sin representación a quienes no votaron por el triunfador, metodología propia de los inicios del republicanismo de mediados del siglo XIX, ya superada en la sociedad política moderna, y en la Argentina por la Ley Sáenz Peña (1912).-
Hasta las personas jurídicas privadas legisladas por la Ley de Sociedades (Ley 19.550) tienen previstas en defensa de las minorías entre otras normas tuitivas, el voto acumulativo. Por ser el CONICET un organismo colegiado que es parte del estado y que dentro del estado constituye una organización descentralizada y autárquica pero dependiente del PEN, se encuentra obligado como ninguno a respetar la igualdad de trato exigida por el artículo 18 de la C.N.. El actual sistema CONICET, se asemeja a la arcaica Ley de Asociaciones Profesionales No.23.551, en su art.17, por el que no existe representación de las minorías, y los efectos de ello, han sido y son la burocratización, la perpetuación y el envejecimiento senil de sus dirigentes en sus personas, y aún por generaciones.
1.3.- Discriminaciones Patriarcales en el Régimen Electoral del CONICET. Una suerte de Primogenitura y una Versión Académica del Derecho de Pernada
La totalidad del plexo normativo adoptado para la elección de las autoridades del CONICET ha saboteado el espíritu democrático que debería presidir el organismo rector de la ciencia en un régimen republicano.
En efecto, el Decreto PEN No.1661/96 y el artículo 6º de su Reglamentación (Resolución No.1774/04 y sus modificaciones) –ambas normas que no recibieron tratamiento legislativo—el PEN ha discriminado a sus integrantes por la edad o antigüedad, por cuanto han proscrito de los cargos electivos a los Investigadores Asistentes y Adjuntos. La capacidad o incapacidad de ser elegido miembro del Directorio está fragmentada en dos escalas jerárquicas: la constituida por los Investigadores Independientes, Principales y Superiores; y la compuesta por los Investigadores subalternos (Asistente, Adjunto), aquellos forzados a someterse a la tutela paternalista de Investigadores Independientes, Principales o Superiores, o derecho de pernada académica.
En lo que respecta a los Investigadores Asistentes o Adjuntos, que suman más de la mitad de la nómina total de Investigadores registrados en el CONICET, pese a la culminación de sus doctorados (muchos de ellos en el exterior) y tener obra publicada se los apremia o coacciona a subordinarse a Investigadores de mayor edad y jerarquía (cuando no a trenzas y camarillas ligadas a las internas electorales universitarias) y se les niega la capacidad de ser elegidos miembros de dicho Directorio, con la excusa banal de estar bajo un status burocrático dependiente y no tener por ello supuestamente autonomía académica propia. Más aún, se les niega la representación por la misma razón que en cada Comisión Asesora sus autoridades e integrantes no son electos por los Investigadores respectivos.
Los méritos que puede derivar un sistema, la experiencia aplicada a crear e investigar, quedan sepultados al estratificarse en la conducción del organismo y convertirse en una suerte de excursión de caza de ejemplares cautivos donde lo que se hace tiene el destino de la repetición y el estancamiento al no permitir que se imponga en los institutos la presencia de sangre joven independiente. Esta restricción biológica o generacional (etaria) --que premia la antigüedad o longevidad e introduce profundas desigualdades en la representación-- adolece de un gerontocratismo semejante a los requisitos de primogenitura para acceder a la condición de capellán en las antiguas capellanías eclesiásticas - De ahí que el Investigador Superior del CONICET Patricio Garrahan sostuviera en 1996 que en el CONICET existe una estructura escalafonaria calcificada pues “…nadie es reconocido como investigador independiente antes de los 40 años, pasando muchos jóvenes creativos buena parte de su vida científica en posiciones de sumisión a científicos mayores”. Un científico como el laureado físico argentino Juan Martín Maldacena, que en 2005 contaba con 36 años de edad, en el CONICET tendría que haber estado sujeto a un control gerontocrático y no podría haber sido electo miembro del Directorio del CONICET (Maldacena: Premios: APS Bouchet Award, Xanthopoulus Prize in General Relativity, Sackler Prize in Physics, UNESCO Husein Prize for Young Scientists, Alfred P. Sloan Fellowship, MacArthur Fellowship. Actualmente es profesor titular en la Universidad de Harvard) 1.4.- Segmentación Geográfica y Disciplinar en la Representación y sus Secuelas Con referencia a las segmentaciones, el Decreto No.1661/96 y el artículo 10º de su Reglamentación (Resolución No.1774/04), impuestos por el PEN, al segregar los representantes y los representados por disciplinas y regiones ha fracturado a la comunidad científica, pues para el acto de sufragar a los miembros del Directorio ha dividido el padrón electoral en cinco (5) áreas de conocimiento distintas y en ocho (8) regiones geográficas separadas.
Efectivamente, la representación espacial o territorial está fraccionada en ocho (8) regiones, donde cada investigador-elector está obligado a incluir en su voto una terna compuesta de tres candidatos de la misma área de conocimiento pero correspondientes a tres regiones geográficas distintas, y si por el contrario llegara a elegir tres candidatos de la misma región geográfica el Tribunal Electoral del CONICET solo computará al primer elegido.
Para poder ejercer la condición de elector, el artículo 5º del Decreto PEN No.1661/96 divide a los Investigadores en cinco (5) Áreas distintas del conocimiento totalmente incomunicadas y aisladas entre sí, lo cual a su vez vulnera la voluntad soberana de los Investigadores, pues alimenta un centrifugador y deformante etnocentrismo profesionista que impide una fertilización interdisciplinaria o cruzada que haga desarrollar y potenciar el capital intelectual latente en nuestra comunidad científica.
Las cinco (5) áreas privilegiadas del saber son las ciencias sociales, biológicas, exactas, agrarias y tecnológicas. Si bien la elección que designa a los representantes Coordinadores de estas cinco (5) áreas disciplinares es de naturaleza directa; sus listas y padrones al estar arbitrariamente fracturadas en esas cinco (5) áreas de conocimiento, e impedirles elegir como miembros del Directorio candidatos que no sean los de su área de conocimiento, socava la posibilidad de una política científica global, elegida y aceptada en un mismo acto eleccionario por el conjunto mancomunado de los Investigadores de todos los campos del conocimiento.
Por otro lado, la desmesurada rotación interna de las Comisiones Asesoras, que se renuevan por mitades anualmente, y cuyos integrantes son seleccionados por el Directorio, los ha vuelto funcionarios efímeros y fugaces, y por ello han venido a licuar su responsabilidad y a encubrir la del Coordinador del Área respectiva, trasladando dicha responsabilidad a una suerte de sujeto colectivo compuesto por funcionarios subalternos donde nadie es responsable (integrantes de las Comisiones Asesoras). En ese preciso sentido, por tratarse de dirimir políticas específicas para cada disciplina la representación debería ser ampliada y los presidentes e integrantes de cada una de las Comisiones Asesoras deberían poder ser electos por sus respectivos Investigadores en actos eleccionarios propios y no ser seleccionados compulsivamente por los Coordinadores de Área enquistados en el Directorio. Aquí comprobamos como esta selección compulsiva se compadece con la proscripción de los Investigadores Asistentes y Adjuntos a participar como candidatos al Directorio, denunciada ut supra.
1.5.- El Acto Eleccionario en el CONICET y su Reglamentación Mordaza
Para que el acto eleccionario convalide el régimen de poder instaurado durante el Menemismo, las recientes autoridades del CONICET articularon una reglamentación mordaza plena de irregularidades que ha invalidado su legitimidad y constitucionalidad. En lo que hace a los procedimientos del acto eleccionario, el artículo 9º. de la Resolución (D) No.1774/04 no prevé interregno alguno para que los nuevos postulantes al Directorio puedan exponer y desarrollar su campaña proselitista. Los candidatos serían consagrados y/ o publicitados por el Tribunal Electoral en la misma fecha en la que supuestamente comenzaría la campaña electoral, y en la que simultáneamente, de acuerdo a su artículo 16 se iniciaría también la apertura del comicio.
En otras palabras, la campaña electoral padece la arbitraria circunstancia de abrirse simultánea y automáticamente el mismo día en que se produce su cierre, impidiendo así una pausa o intervalo de debate y discusión de proyectos y plataformas, y volviendo abstracto el ejercicio del derecho a la libre expresión.
Asimismo, observe V.S. la gravedad del acto eleccionario estatal que norma la Resolución del Directorio en cuanto impide la existencia de un intervalo prudencial y razonable de tiempo para que también los electores puedan examinar las credenciales de los candidatos, comparar y exaltar sus méritos, o impugnar u observar los mismos, a fin de estar todos en iguales condiciones de elegir con libertad aquellas propuestas y candidatos que mas se conformen a sus preferencias.
Como es de público conocimiento los defectos de los actos electorales (ausencia de un intervalo o período proselitista, excesivo número de avales exigido para candidatearse) agravian el artículo 14 de la C.N., que establece como derecho de los ciudadanos la libertad de publicar sus ideas sin censura previa, es decir de propagar la plataforma y el programa que lo lleva a competir en los comicios. La imposibilidad real de ejercer esos derechos provocó desmotivación y falta de participación, con un consecuente ausentismo electoral muy pronunciado, decidiéndose candidatos y electos entre muy pocos investigadores, en comicios amañados que no son obligatorios ni tampoco nunca han padecido de observadores externos. En febrero de 2005, y con motivo de una Convocatoria electoral del CONICET la entonces jueza Emilia Martha García, titular del Juzgado Contencioso-Administrativo Federal No. 9, hizo lugar a la medida cautelar solicitada por mi persona y le ordenó al CONICET suspender el proceso eleccionario convocado por la Resolución (D) nº 1774/04 del 19 de octubre de 2004, aunque luego inexplicablemente revisó su fallo.-
Esta es pues, en síntesis, la matriz del poder reglado vigente en el CONICET, que implica amplios márgenes de discrecionalidad que ha afectado en forma directa e inmediata mi carrera como Investigador Científico y ha sido susceptible de generar múltiples actos arbitrarios así como sucesivos e impotentes conatos de resistencia, en los cuales mi persona ha sido uno de los protagonistas.
2.- Praxis Burocrática Interna de las Instituciones de Ciencia y Técnica
Amén del plexo normativo tratado ut supra, cabe ahora examinar con más detalle los flujos venales hegemónicos en la burocracia interna de las instituciones de ciencia y técnica que han afectado mi persona, y colectivamente al cuerpo de Investigadores de Carrera del CONICET. El Directorio del CONICET es elegido de conformidad con un sistema cuasi-corporativo, pues se trata de un ente autárquico pero no autónomo, de naturaleza mixta, con cinco (5) miembros electos por los investigadores en cada una de las cinco (5) grandes áreas del conocimiento que son denominados Coordinadores de Área, y otros cuatro (4) miembros electos por el PEN de ternas propuestas por las instituciones de la industria y el agro, el Consejo de Universidades (establecido por la Ley Nº 24.521), y los organismos responsables de la ciencia de las provincias y la ciudad de Buenos Aires.
Abundando en argumentos, a este Directorio se le delegaron las responsabilidades de designar los integrantes de las Comisiones Asesoras y los de la Junta de Calificaciones y Promoción, así como la de otorgar diferentes beneficios, supuestamente para dinamizar la carrera de investigación científica (becas, ascensos, viáticos, licencias, avales, premios, patentes, traslados, dirección de becarios, autorizaciones de asesorías y consultorías, asignaciones de personal de apoyo, y subsidios institucionales para revistas, bibliotecas y laboratorios, y recientemente la de subsidios personales, que le habían sido sustraídos en la época de Menem). En resumen, este hipertrofiado Directorio posee la suma del poder burocrático-académico en el seno del CONICET, aunque en materia política responda indeclinablemente al poder político de turno.- Y por esa excesiva concentración de funciones y dependencia del poder político el sistema científico ha degenerado en un clima inficionado de temores; en un obsceno intercambio de favores, prebendas, canonjías y sinecuras (que constituyen una fuente de violencia moral); y en un régimen de poder de naturaleza patrimonialista, clientelar y patriarcal, donde se confunde lo público con lo privado y se dispone lo uno como lo otro con total discrecionalidad.-
2.1.- Evaluaciones Secretas en el CONICET y la Ley sobre Confidencialidad
Entre ese intercambio de premios y castigos figuran las evaluaciones y promociones del CONICET. Del Directorio del CONICET dependen cuatro Comisiones Asesoras de Grandes Áreas (art. 3 de la Resolución D N 1326 de fecha 30-8-02 y modificado por Resolución D N 1595 de fecha 11-10-02) y una veintena de Comisiones Asesoras vinculadas a las distintas áreas de conocimiento. Estas Comisiones tienen a su vez una veintena de miembros que se renuevan por mitades, todos designados por los cinco (5) miembros electos del DIRECTORIO.- La función de estas Comisiones consiste en evaluar la tarea de casi seis mil (6.000) investigadores, entre los cuales más de la mitad serían Asistentes y Adjuntos.
Bajo el sistema en crítica y el hermetismo y clandestinidad en que se desenvuelven, las Comisiones Asesoras conjuntamente con su Presidente respectivo eligen entre sus propios miembros a quien habrá de evaluar el desempeño de cada uno de los Investigadores. Teniendo en cuenta que están evaluando el desempeño académico de casi seis mil (6000) Investigadores --la mayor parte a su vez profesores titulares y regulares en Programas de grado y posgrado de universidades públicas y privadas, que son individualmente categorizados por el Programa de Incentivos de la SPU, e institucionalmente acreditados por la CONEAU-- y que con sus decisiones afectan los derechos constitucionalmente adquiridos por los mismos, la exigencia de respeto y de estricta sujeción a los límites constitucionales no admite ni permite la más mínima desviación del principio de igualdad ante la ley garantizado por el artículo 16 de la C.N.
Y la Ley sobre Confidencialidad No. 25.200, promulgada el 12 de Diciembre de 1999, e incluida por el CONICET en su propio plexo normativo, en su artículo 3º, le autoriza a dichas Comisiones Asesoras - con anterioridad a la evaluación de cada Informe Periódico - ocultar la identidad de los autores de sus dictámenes, y sustituirlos e intercambiarlos a voluntad. Más precisamente, el Presidente de cada Comisión elige para cada caso aquellos evaluadores que no contradicen la nómina de los únicos cinco (5) recusados por el evaluado, que permite el formulario del Informe Periódico. De conformidad con lo establecido por dicho Art. 3 de la ley 25.200, el CONICET adoptó entonces el sistema donde el evaluador deliberadamente conoce a los evaluados y los evaluados no conocen la identidad del evaluador.
Esta aberración jurídica, que viola el derecho constitucional de información (artículo 75, inc.22 de la C.N.) –que fue también adoptada por la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (de ahora en mas CONEAU), la Secretaría de Políticas Universitarias (de ahora en mas SPU) y la Agencia Nacional para la Producción Científico-Técnica (de ahora en mas ANPCYT)-- impide que el sistema de evaluación implementado sea un procedimiento abierto y transparente semejante al vigente en los concursos de cátedra de las Universidades Nacionales, donde el evaluado puede conocer a los evaluadores antes de que produzcan la evaluación y eventualmente poder recusarlos. Innocuamente, el artículo 3º de la Ley sobre Confidencialidad autoriza a los evaluados a reclamar la identidad de los autores de las evaluaciones sólo después que las mismas se han producido. Pero solicitar conocer a posteriori de la evaluación la identidad de quienes evaluaron carece de total seriedad y vendría a convalidar o cohonestar la ilegitimidad de la medida.
La indecencia de este régimen evaluativo ha provocado múltiples injusticias e impunidades, incluida la que aquí denuncio, la mía, y ha engendrado tanto temor y tanto daño a la igualdad en el trato, que el necesario estímulo para la creatividad científica del país ha quedado seriamente devaluado. Por el contrario, y valga como botón de muestra, los manipuladores de este régimen –preñado de complicidades y colaboracionismos-- han permitido que Investigadores públicamente conocidos por el antisemitismo de su producción académica fueran periódica y persistentemente aprobados y promovidos (ver en la web Antisemitismo en el CONICET).- 2.2.- Promociones Incestuosas en el CONICET y su Junta de Calificaciones. Juez y Parte Interesada
También depende del Directorio del CONICET una Junta de Calificaciones y Promoción (de ahora en mas denominada Junta) que está integrada por los presidentes de las Comisiones Asesoras, cuya función con voz y voto es promover a los investigadores dentro de un escalafón compuesto por cinco (5) jerarquías: Asistente, Adjunto, Independiente, Principal, y Superior. Esta Junta tiene más de una veintena de miembros cuya designación es refrendada por el Directorio del CONICET (artículo 47 del Decreto-Ley N 20.464/73 modif. Ley 22.140 y 24.729).
El Directorio designa a los miembros de las Comisiones Asesoras, a su vez la Junta está integrada por los presidentes de estas últimas y en su accionar de arbitraje asciende a los miembros conceptuados como los más leales entre los integrantes de las Comisiones Asesoras; y cerrando el círculo, algunos de los miembros de la Junta y de dichas Comisiones han participado en el pasado de sucesivos Directorios.
Este mecanismo de promoción, en el CONICET, ha resultado arbitrario, discriminatorio y moralmente lesivo a muchísimos investigadores, que como al suscripto, se los ha privado de los ascensos en la Carrera de Investigador.-
En este contexto incestuoso, sembrado de aduladores y genuflexos, se dan todas las condiciones objetivas para que los miembros de las Comisiones Asesoras, con acuerdo expreso o tácito del Presidente de la Comisión respectiva, ejerzan confabuladas presiones sobre la Junta con el objeto de ser promovidos en la jerarquía del organismo. Es decir, la Junta, opera sin la independencia necesaria para ejercer sus funciones de manera transparente respecto a los evaluados. Ello va de suyo, atento que resulta manifiesto que los integrantes de dicha Junta provienen de las Comisiones Asesoras, y que éstas a su vez son presididas simultáneamente por ellos mismos, es decir por los integrantes de la Junta. Es en ese sentido, que dicha Junta es parte interesada en las promociones y en la medida que excluye a la mayoría de los investigadores, beneficia sólo a sus propios allegados, que son los eternos cortesanos del poder.-
Toda esta malsana confusión de intereses resulta ilegítima y arbitraria y da origen a un trato desigual expresamente prohibido por la C.N. en sus artículos 16 y 18, pues su actuación debería ser objetiva, independiente y respetuosa del equilibrio de potestades que impone la ley a los sujetos de derecho y que no permite ejercer prerrogativas que excedan la potestad permitida o que enerven o afecten los derechos de aquellos con los que se enlazan las relaciones y tratos jurídicos en los que se impone el principio de equilibro recíproco que es el correlato del principio más general de equivalencia de las prestaciones que constituye la médula de moderno estado de derecho de nuestra constitución.
Esas actuaciones de arbitraje deberían resultar de una prolongada estabilidad, fruto de concursos de oposición y antecedentes y dotados sus miembros de probada imparcialidad para que se respete el equilibro recíproco de prerrogativas de los sujetos involucrados en tratos sometidos a los límites de la ley. Las prácticas burocráticas mencionadas no solo son violatorias de los deberes éticos más elementales afectando indirectamente la autonomía de las universidades públicas y privadas sino que expresan una desviación de las finalidades de la ley y un abuso del derecho, también expresamente prohibido, como lo es la circunstancia de que “los Investigadores Principales electos en el Directorio son ascendidos automáticamente a la jerarquía de Investigador Superior”. Es absurdo, arbitrario e injustificable que el Investigador electo para el Directorio, sea ascendido automáticamente al máximo escalafón de la carrera, por cuanto fue electo por sus propuestas políticas para el organismo y no por sus virtudes académicas.-
2.3.- La ANPCYT, el CONICET y la CONEAU y la Pérdida de Autoridad Moral, originada en la Violación de las Incompatibilidades, a raíz de los Subsidios de Investigación
Este régimen patrimonialista, clientelar, paternalista y patriarcal, se ha fundado en las recomendaciones que hiciera para toda América Latina el Banco Mundial, y se ha extendido en flujos de ida y vuelta no sólo con los funcionarios del propio CONICET, sino también con los de otros nudos gordianos (organismos académicos colegiados) también dependientes del Ministerio de Ciencia y Tecnología, tales como la ANPCYT, el Comité Nacional de Ética en Ciencia y Tecnología, el Observatorio Nacional de Ciencia y Tecnología, y la Biblioteca Electrónica, así como con los dependientes del Ministerio de Educación, tales como la CONEAU, el Programa de Incentivos de la SPU y las Secretarías de Ciencia y Técnica de las universidades públicas y privadas, integradas en el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y en el Consejo de Rectores de Universidades Privadas (CRUP).
Las funciones y marcos jurídicos de estos organismos están reglamentados y deben respetar las reglas e incompatibilidades de la administración pública. En ese sentido, el Programa de Incentivos de la SPU tiene funciones estipuladas sólo por Decreto 2427/93, que le concede la monopolización e instrumentación de las categorizaciones para el otorgamiento de los Incentivos a más de un millar de docentes-investigadores de todo el país, la que está a su vez sujeta al control y auditoria de la ANPCyT, que es la que otorga los subsidios de investigación. Es decir, la ANPCYT controla las categorizaciones que asigna el Programa de Incentivos de la SPU. En tanto, las Secretarías de Ciencia y Técnica de las Universidades Nacionales, tienen la responsabilidad de hacer el seguimiento de los proyectos de investigación financiados por organismos nacionales, provinciales y/o universitarios, la de administrar las rendiciones de cuentas de los gastos practicados por los responsables de los proyectos financiados, y también la de instrumentar las categorizaciones para el otorgamiento de los Incentivos, en comunión con el Programa de Incentivos para los Docentes-Investigadores, dependiente de la SPU.
También la CONEAU, regida por los arts. 43 y 47 de la Ley de Educación Superior Nº 24.521 (nuevamente reglamentada por el Decreto 705/97), tiene como función acreditar programas de pos-grados arancelados (a cambio de pasantías obligatorias y precarizadas concertadas bajo convenios con empresas). Para una mayor incestuosidad, la función de la CONEAU es la de acreditar aquellos programas de pos-grado donde enseñan docentes-investigadores que han sido categorizados sólo por el Programa de Incentivos de la SPU. De esa forma, el poder político de turno manipula por Decreto a la CONEAU y a la SPU para presionar sobre las Universidades y sus Programas de grado y posgrado para que incorporen determinada dirección y tipo de cuerpo docente.
Y en cuanto a la ANPCYT (Decreto PEN N°: 1660/96), se puede apreciar el rol clave que cumple al advertir que ha sido la responsable de distribuir subsidios (aquellos financiados por el BID) para proyectos de investigación personales, cuyos montos oscilan en alrededor de cien mil dólares cada uno, los que fueron en gran parte otorgados a investigadores-funcionarios de la propia ANPCYT (50 Coordinadores), a tres miembros del Directorio del CONICET, a setenta (70) miembros de sus Comisiones Asesoras, a dos (2) miembros del Directorio de la CONEAU, a Decanos, Consejeros y Secretarios de Ciencia y Técnica, y a Jefes de Departamento y Directores de Escuelas de universidades públicas y privadas. Paradójica y contradictoriamente, la ANPCYT, la misma que otorga los subsidios a sus propios funcionarios, es también la responsable de auditar y controlar la asignación de las categorizaciones (para los incentivos de los docentes-investigadores de los programas de grado y posgrado) que administra el Programa de Incentivos de la SPU. Interrogantes: ¿Qué autoridad moral puede tener la ANPCYT para controlar las categorizaciones del Programa de Incentivos si no respeta en su propio seno las incompatibilidades y si ha tomado también por costumbre otorgar subsidios a los altos funcionarios de organismos paralelos? ¿Que autoridad moral pueden tener los miembros del Directorio del CONICET y de la CONEAU si en sus desempeños como Directoriales han recibido subsidios de investigación de parte de la ANPCYT?
En mi polémica pública en la web con el entonces Presidente de la ANPCYT y actualmente Ministro de Ciencia y Tecnología, Dr. Lino Barañao, este afirmó que los subsidios al medio centenar de Coordinadores de Área de la ANPCYT estaban bien otorgados, desconociendo abiertamente la necesaria existencia de incompatibilidades en la administración del aparato del estado. Para verificar la nómina de los Coordinadores y otros denunciados así como los montos percibidos en materia de subsidios ver la prueba documental digital que oportunamente se acompañó en CD en la Ampliatoria de Prueba, bajo el rubro 3.2.5.8, titulada “La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina”, y que entre otros sitios electrónicos fuera publicada por la Fundación Argentina de Ecología Científica (FAEC). Ejemplos de ello son los casos de: los Miembros del Directorio del CONICET Noemí Girbal, Faustino Siñeriz y Carlos Rapela, a quienes en la Convocatoria-2002 les fue asignada individualmente la suma de $210.000. Ahora bien, ¿amén de ascensos en la jerarquía de la Carrera de Investigador cuáles otras contraprestaciones le pudieron haber dado a cambio los Directoriales Girbal, Siñeriz y Rapela para que la ANPCYT les concediera los respectivos subsidios? Asimismo, fueron beneficiados con subsidios los Miembros de la Comisión Asesora Interdisciplinaria Especial Ad-Hoc de la Gran Área de Ciencias Agrarias (Ricardo Farías recibió $210.000 en 2003, y Rodolfo Ugalde que a su vez desempeñó el cargo de Coordinador de la Comisión de Veterinaria y fue Director del Consejo de Investigaciones Científicas [CIC] de la Provincia de Buenos Aires recibió $210.000 en 2003 y $275.000 en 2004).
También a título de ejemplo fueron beneficiados por la ANPCYT los integrantes del Comité Nacional de Ética en Ciencia y Tecnología, donde sus directivos Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok recibieron diferentes subsidios, siendo escandaloso el de la Dra. González Cappa, que lleva acumulados desde 1998 tres diferentes subsidios de seis [6] dígitos cada uno. Se beneficiaron también miembros del Observatorio Nacional de Ciencia y Tecnología, donde su Director Mario Albornoz recibió en 2003 la suma de $128.000 aunque venía recibiendo cuantiosos fondos desde los tiempos del Secretario de Ciencia y Técnica Juan Carlos Del Bello, cuando también se verificaron groseras acumulaciones (como el caso de los sucesivos subsidios de $140.000 [a la par del dólar] recibidos por el Prof. Carlos Altamirano entre 1996 y 1998). De la misma manera los miembros de la Biblioteca Electrónica, donde el astrónomo Hugo Levato, el mismo que aseguraba durante el Proceso y desde USA lo bien exonerados que estaban los Investigadores que luego "desaparecieron", recibió en el 2004 un subsidio por la suma de $231.422. También fueron beneficiados por la ANPCYT en la Convocatoria 2000/2001, el Prof. Lino Barañao (actual Ministro de Ciencia y Técnica de la Nación, que ocupara la presidencia del ANPCYT), con la suma de $140.000; así como también los miembros del Directorio de la CONEAU Ernesto Villanueva y Carlos Pedro Krotsch quienes recibieron en 2002 y 2005 la suma de $155.354 y de un monto indeterminado respectivamente. Ahora bien, en este preciso caso ¿cuáles contraprestaciones le pudieron haber dado a cambio los Directoriales Krotsch y Villanueva para que la ANPCYT, la misma que les otorga subsidios a sus propios funcionarios, les concediera a ellos los respectivos subsidios?
Finalmente, también fueron beneficiados por la ANPCYT, los Decanos y Vice-decanos (a título de ejemplo: Alberto Boveris, Gerardo Fidelio, Yolanda Bolzón de Lombardo, Gustavo Daleo, Graciela Ferraro, Ricardo Gelpi, Fortunato Mallimacci y Héctor Trinchero, este último ascendido a la jerarquía de Investigador Superior del CONICET por intermediación de la Junta de Calificaciones y Promoción); los miembros de los Consejos Directivos (caso de Juan Pablo Paz en la Facultad de Ciencias Exactas de la UBA y sus $271.000 de subsidio), y los Jefes de Departamento de diversas Facultades (caso de Fernando Rocchi en la Universidad Torcuato Di Tella [UTDT] que recibió un subsidio de $174.563, y del Director de la Escuela de Política de la Universidad Nacional de San Martín [UNSM] Marcelo Cavarozzi, quien se benefició en 2004 con un subsidio de $204.529), como así también los funcionarios de las Secretarías de Ciencia y Técnica de diferentes Universidades Nacionales, la mayor parte a su vez Investigadores del CONICET (a título de ejemplo en la Universidad Nacional de Rosario, el Secretario de Ciencia y Técnica de la Facultad de Medicina Oscar Bottasso se benefició en 2004 con un subsidio de $213.125; en la Universidad Nacional del Sur, el Secretario de Ciencia y Técnica Osvaldo Agamennoni recibió en 2003 la suma de $147.727; y en la UBA, en la Facultad de Farmacia y Bioquímica, el Secretario de CyT Daniel Turyn recibió en 2004 un subsidio por $212.925; y en la de Medicina, en la Comisión de Investigación de dicha Facultad, el Dr. Daniel Sordelli recibió en el 2002 un subsidio por $210.000). Ahora bien, ¿Qué contraprestaciones les pudieron haber dado a cambio los Secretarios de CyT de las Universidades para que la ANPCYT les concediera los respectivos subsidios?
Incomprensiblemente, la ANPCYT rechazó --en igual período-- con argumentos pueriles, absurdos y triviales centenares de proyectos (carga horaria insuficiente, carátula fuera de término, falta de firma legal, etc.), al extremo que numerosos colegas, entre los cuales me encuentro, desistimos de presentarnos, y otros muchos optaron por engrosar las filas del ostracismo académico.
2.4.- Asesorías y Consultorías Incompatibles Autorizadas por el Directorio del CONICET
Aparte de los subsidios de la ANPCYT, el grupo dominante en el CONICET se benefició también de numerosas asesorías y consultorías que sólo son autorizadas por el Directorio. A sólo título de ejemplo menciono el relevante caso del ex Presidente del CONICET, Dr. Eduardo Hernán Charreau, quien como Investigador Superior - con lugar de trabajo en el IBYME - desempeñó simultáneamente incompatibles tareas de consultoría en los Laboratorios BETA S.A. y en la CONEAU, donde cobraba honorarios por encima de una Dedicación Simple.-
3.- CONCLUSIONES GENERALES EN MATERIA DE POLÍTICAS CIENTÍFICO-EDUCATIVAS
El sistema en su conjunto, como es de esperar en todo ente autárquico y descentralizado, segregado del necesario sistema de control interno y externo en las decisiones específicas que le son propias - donde el órgano directivo posee facultades omnímodas que violentan el equilibrio de poder (o sistema de frenos y contrapesos) que debería existir en la estructura de los organismos académicos colegiados como el CONICET, y que por el efecto cascada denunciado impactan en el investigador - ha generado una elite dominante limitada y cerrada, recipiendaria de subsidios, ascensos, viáticos, licencias, avales, premios, patentes, dirección de becarios y doctorandos, autorizaciones de asesorías y consultorías, asignaciones de personal de apoyo, e Incentivos de la más alta categoría; y lógicamente como contrapartida, un sistema de reciprocidad en el intercambio y silencio cómplice entre sus componentes.
Este régimen de reciprocidades, ocultamientos, proscripciones y persecuciones a la disidencia es producto de códigos no escritos, mediante los cuales se coopta venalmente a los eventuales aliados (de cualquier edad y jerarquía), se maneja u opera a los auténticamente prestigiosos para infiltrar a los inescrupulosos y mediocres, y se excluye con medidas punitivas (rechazo de Informes, congelamiento de ascensos, privación de personal de apoyo, etc.) a los desafectos o a aquellos elementos considerados como peligrosos, porque pueden llegar a sabotear sus propósitos mezquinos.
De esta forma abusiva e ilegítima, las prebendas y credenciales repartidas en comandita por el CONICET, la ANPCYT, la SPU y la CONEAU han sido y son orientadas por pautas que no promueven ni premian el mérito académico y el desarrollo de la investigación científica; así como tampoco las promociones asignadas en los respectivos escalafones se corresponden con la creatividad y calidad de los trabajos producidos, sino como canje de favoritismos en un marco de cerrada connivencia, dispensada entre un centenar de funcionarios-mandarines e investigadores-cómplices íntimamente vinculados al sistema cuestionado y al poder de turno, en un contexto de incompatibilidades, envejecimiento senil y miedo generalizado, que han condicionado indirectamente las libertades académicas y la autonomía de las universidades públicas y privadas.
Sólo basta cruzar la identidad de los beneficiarios de los subsidios de la ANPCYT, con los ascendidos a Investigadores Principal y Superior por el CONICET y con los categorizados con la más alta puntuación por el Programa de Incentivos de la SPU, para comenzar a deducir las relaciones ocultas de subordinación y complicidad, la quintuple lealtad institucional a la que los docentes-investigadores de las universidades se ven sometidos (Universidad, SPU, CONICET, ANPCYT, CONEAU), y la kafkiana telaraña de flujos recíprocos que se genera entre dichos organismos académicos colegiados (en menoscabo de la autonomía universitaria y de las libertades académicas). Para desentrañar dicha telaraña es preciso que actúen los entes estatales de fiscalización, ante las cuales el suscripto formuló hace casi cuatro (4) años las denuncias respectivas y de las cuales no he tenido noticia alguna a pesar de haber solicitado Pronto Despacho (Oficina Anti-Corrupción, Fiscalía de Investigaciones Administrativas, Defensoría del Pueblo y Auditoria General de la Nación). Aunque obvio, conviene decirlo, la gran mayoría de los investigadores que estuvieron sometidos a dichas evaluaciones han quedado excluidos de esos beneficios y distinciones, o forzados a enfeudarse bajo el vasallaje de Investigadores de mayor edad y jerarquía, que simbólicamente lucran con esa función escalafonaria, a contramano del propósito de las leyes de creación respectivas (CONICET, ANPCYT, SPU), que es el de fomentar la investigación y premiar el mérito en un marco de libertad, equidad y transparencia. Lamentablemente, muchos de ellos, totalmente desilusionados, optaron por incorporarse al listado de fuga de cerebros.
En conclusión, debemos señalar que para acabar con esta violencia moral institucionalizada, que tanto daño nos ha producido, a escala individual y colectiva, ya no cabe otra solución que: a) poner fin a las subordinaciones al poder político, a las discriminaciones jerárquicas y geográficas, a los subsidios e incentivos personales y a las acreditaciones forzadas de los programas académicos; b) instrumentar un nuevo sistema que revalore los ingresos regulares (remuneraciones), y estimule la excelencia retribuyendo el mérito con un mecanismo de premios individuales (que recompense la producción segmentada por edad y disciplina) y con un régimen de subsidios institucionales (que privilegien las bibliotecas, los centros de cómputos y los laboratorios); y c) imponer en los ámbitos científico-académicos claras pautas de transparencia, honestidad, democracia y publicidad de sus actos de gobierno, de manera tal que el aparato científico-tecnológico funcione como un verdadero sistema, sin trenzas, camarillas y paternalismos que afecten su necesario clima de libertad y de diálogo, su movilidad externa e interna y su productividad final, y que contribuya a la disminución de la fuga de cerebros y de la brecha cualitativa que nos separa de los centros científicos mundiales.
Eduardo R. Saguier
www.crisisyestado-nacion.org
y entonces?
Por Gabriel -
Saturday, Mar. 28, 2009 at 8:55 PM
Estimado Saguier
Su infome es sesudo y correcto. No dice mucho en verdad que no conozcamos a quienes pertenecemos a alguno de dichos organismos (como subalternos). Además de su conclusión...¿Cuál es su propuesta?
En otro orden, su informe y crítica acerca del funcionamiento escasamente democrático de los organismos, también es muy parcial, usted no hace ninguna referencia que salga del ámbito de los miembros de la carrera del investigador. ¿Y los investigadores en formación (becarios)? ¿Y el personal de apoyo técnico y profesional?
Un cordial saludo, GP
La Red Mafiosa en el CONICET
Por Eduardo R. Saguier -
Thursday, Apr. 30, 2009 at 9:25 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
Miércoles 29 de abril de 2009 Sra. Presidenta del CONICET Dra. Marta Rovira
Ref.: Recusación con causa de la Comisión Asesora de Historia y Antropología. Incompatibilidades entre Cargos Detentados y Subsidios Recibidos. Reiteración de Subsidios. Red Mafiosa. Deja formulada las Reservas del Caso Federal y de las acciones judiciales.
De mi consideración:
Eduardo R. Saguier, Investigador Independiente, con domicilio en Juan F. Segui 3955, 2º piso, Dpto E, y con el patrocinio letrado de los Dres. Ezequiel Altinier (t.66, f.455, CPACF) y Jorge Enrique Marenco (t.22, f.628, CPACF), vengo a:
I.- Objeto
Que vengo a recusar con causa a la totalidad de los miembros de la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía (de ahora en más Comisión Asesora), integrada por Ana Inés Ferreyra; Luis Alberto Borrero; María Ester Albeck; Rodolfo Valentín Bertoncello; Roberto Arnaldo Cittadini; Alicia Susana Goicoechea; Julieta Gómez Otero; Aurelia del Carmen Guarini; Mónica Beatriz Lacarrieu; Silvia Beatriz Lazzaro; Cristina del Carmen López; Marta Mercedes Maffia; Laura Lucía Miotti; Nelly Ongay; María Fernanda Rodríguez; Susana Alicia Salceda; Vivian Gabriela Scheinsohn; Ana Alejandra Teruel; Cristina Ofelia Valenzuela; Héctor Hugo Varela; Bibiana Leonor Vila; Adrián Gustavo Zarrilli; Elsa Beatriz Bragoni; Orieta Favaro; Noemí Lidia Goldman; y Gustavo Adolfo Martínez. Dicha Comisión Asesora ha sido designada por el Directorio para integrar el Comité Especial convocado para el viernes 8 de Mayo y destinado a elevar un Informe al mismo Directorio del CONICET, referido a lo que resulte --para mi caso particular-- de dar cumplimiento a lo establecido por el art.41 del Estatuto de la Carrera de Investigador Científico.
II.- Notificación.
Que el lunes 27 de abril del corriente año 2009 recibí en la sede del Correo Argentino la citación escrita para "conversar" (sic) con un Comité Especial. Aunque “conversar” no es una categoría jurídica diáfana, pues la Ley (o Estatuto de la Carrera) no puede prever actos innocuos o de mero diálogo, debe interpretarse que la audiencia fue prevista por el legislador como un acto de defensa del imputado, y como tal debe reunir todas las condiciones y requisitos de un acto administrativo, recusaciones y excusaciones incluidas. La cita o audiencia con el Comité Especial fue concertada para el día viernes 8 de mayo próximo a las 11,30 hs., en la sede del CONICET.
III.- Connotaciones del Comité Especial
Según dicha citación el acto administrativo puede llevarse a cabo por cuatro miembros de la Comisión Asesora, que son la antropóloga María Fernanda Rodríguez, los arqueólogos Vivian Scheinsohn y Héctor Hugo Varela, y la historiadora medievalista Nelly Ongay, o por toda la “efímera y fugaz” y volátil Comisión Asesora, constituida por los veinticinco (25) miembros ya mencionados (que salvo seis ya no son los mismos que me habían rechazado el último Informe Periódico, pues la Comisión se renueva por mitades anualmente). Cabe aclarar entonces que en la composición de esta nueva Comisión Asesora se hallan seis (6) miembros que también integraban la Comisión Asesora anterior (la que me rechazara el Informe), y que son: Guarini, Maffia, Miotti, Valenzuela, Cristina del Carmen López, y Bertoncello (este último se había retirado de la reunión). Y también debe señalarse que la extrema rotación de las Comisiones Asesoras licua sus responsabilidades y las priva de la necesaria continuidad jurídica.
IV.- Fundamentación de la Recusación
4.1.- Complicidad oficial en la Construcción de la Red Mafiosa (trenzas y camarillas)
Los actuales miembros de la Comisión Asesora han cohonestado con su silencio cómplice la corrupción existente en el organismo, que fuera denunciado oportunamente por el que suscribe ante los mismos órganos fiscalizadores: Defensoría del Pueblo de la Nación, Oficina Anti-Corrupción, Auditoria General de la Nación y Fiscalía General de Investigaciones Administrativas. Los funcionarios del CONICET denunciados por incurrir en incompatibilidades durante el desempeño de sus cargos, lo fueron por recibir simultáneamente con el cargo directivo en las Comisiones Asesoras del CONICET subsidios de la Agencia-SEPCyT (de ahora en más ANPCYT), y más de una media docena de funcionarios por recibir sucesivos subsidios.
Cruzando la lista de integrantes de las Comisiones Asesoras del CONICET, correspondiente al período que comprende el año 2006, con las Listas de los beneficiados por la ANPCYT durante el último quinquenio (2001-2006) ha dado como resultado casi un centenar de correlaciones directas. En principio, fueron beneficiados con subsidios los miembros del Directorio del CONICET Noemí Girbal, Faustino Siñeriz y Carlos Rapela, a quienes el ANPCYT, en su Convocatoria-2002, les asignó individualmente la suma de $210.000. Cabe aclarar que la Directora Girbal, actual Vicepresidenta del CONICET, fue también durante muchos años la Coordinadora de la Gran Área de Ciencias Sociales, y funcionaria durante el Proceso en la Academia Nacional de la Historia. También fueron beneficiados los miembros de la Comisión Asesora Interdisciplinaria Especial Ad-Hoc de la Gran Área de Ciencias Agrarias (Ricardo Farías recibió $210.000 en 2003, y Rodolfo Ugalde quien a su vez desempeñó el cargo de Coordinador de la Comisión de Veterinaria y fue Director del Consejo de Investigaciones Científicas [CIC] de la Provincia de Buenos Aires recibió $210.000 en 2003 y $275.000 en 2004). Entre los integrantes del Comité Asesor del Núcleo Básico de Revistas Científicas les fue adjudicado a Dora Barrancos $208.000 en 2004, a Alejandro Rofman $135.000 en 2004, y a Marcelo Cavarozzi $204.000 en 2004. Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc-Recursos correspondiente a las Ciencias Sociales le fue adjudicada a Ana María Lorandi en 2003 la suma de $72.969 y al funcionario de la Academia Nacional de la Historia Dr. Víctor Tau Anzoátegui $50.000 en 2000/2001 y nuevamente un total de $95.000 en 2003. Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc de Materiales, Roberto Salvarezza recibió en 2002 la suma de $193.000.
Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ciencias Médicas, los que recibieron subsidios en el año 2000/2001 fueron Aldo Mottino con la suma de $105.000; Carlos José Pirola con la suma de $120.000; Oscar Bottasso con un total de $92.000; y Héctor Targovink con el monto de $105.000; en el año 2002 fueron Patricia Elizalde con la suma de $210.000; Ana María Franchi con la suma de $210.000, y Alicia Belgorosky con la suma de $210.000; en el año 2003, Hugo Daniel Luján recibió la suma de $210.000, y Osvaldo Uchitel la suma de $200.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Rodolfo Campos la suma de $279.000; Jorge Geffner la suma de $174.000; María Ángela Lazzari la suma de $280.000; Alicia Mattiazzi la suma de $251.000; Héctor Targovnik volvió a recibir otro monto de $252.000; y Mario G. Murer la suma de $195.000. En este último caso, habría que aclarar que el Dr. Murer había ya recibido en el año 2002 la suma de $110.334. Y en el año 2005, los que recibieron fueron Claudia Capurro una suma de $279.000; Osvaldo Podhajcer un monto de $278.000; y otra vez Osvaldo Uchitel, en esta oportunidad con la suma de $244.000.
Entre los integrantes de la Comisión de Biología Alfredo Juan Castro Vázquez recibió en 2002 la suma de $147.000; y en el año 2005 Miguel Angel Sosa Escudero habría recibido una suma indefinida bajo el código 33.383; y Marta Dolores Mudry un monto desconocido bajo el código 38.001.
Entre los miembros de la Comisión de Química, en el año 2000/2001 María Rita Micaela Hoyos de Rossi recibió un total de $140.000; Manuel López Teijelo la suma de $94.000; y Carlos Previtali un total de $105.000; en el año 2002 el Coordinador Gerardo Burton recibió la suma de $202.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Edgardo Durantini la suma de $203.000; Luis Dante Martínez el monto de $160.000; y José Carmelo Pedregosa la suma de $267.000. Y en el año 2005, Carlos M. Previtali volvió a recibir $257.000 y María Hoyos de Rossi $280.000. Entre los integrantes de la Comisión de Bioquímica, en el año 2004, la Coordinadora Beatriz Caputto recibió la suma de $280.000; José Luis Bocco recibió $279.000; Horacio Garda recibió la suma de $270.000; Fernando Goldbaum el monto de $280.000; y María Isabel Colombo recibió la suma de $276.000. En este último caso, habría que aclarar que la Dra. Colombo había ya recibido en el año 2002 un monto de $196.771.
Entre los miembros de la Comisión de Matemáticas y Computación Juan Santos recibió en 2002 la suma de $205.000; y Graciela Boente Boente recibió en 2004 la suma de $177.000. Entre los miembros de la Comisión de Física, Ricardo Piegaia recibió en 2002 la suma de $171.249; y en el 2005 habrían recibido Jorge Fernández Niello una suma indefinida bajo el código 32.757; y Patricia Levstein otro monto de $279.000. Entre los integrantes de la Comisión de Astronomía, su Coordinador Pablo J. Mauas recibió en 2005 una suma de $269.000. Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Exactas y Naturales Gerardo Perillo quien desempeña a su vez el cargo de Coordinador de la Comisión de Ciencias de la Tierra, recibió en 2004 la suma de $272.000.
Entre los miembros de la Comisión de Ciencias Agrarias, en el año 2002 Roberto Lecuona recibió la suma de $175.000; y en el año 2003 Sofía Chulze recibió un total de $210.000. Entre los integrantes de la Comisión de Veterinaria, en 2000/2001 Osvaldo Rossetti recibió la suma de $75.000; y en 2002 Enrique Portianski recibió un total de $197.000. Entre los miembros de la Comisión de Ciencias de la Tierra, el Agua y la Atmósfera, en 2000/2001 Analía Artabe recibió $75.000; Sergio Matheos la suma de $85.000; y Alejandro Tosselli la suma de $150.000; en 2002 Carlos Cingolani recibió la suma de $188.167; en 2004 Susana Bischoff recibió un total de $220.000; y en el 2005 los que habrían recibido fueron nuevamente Analía Artabe una suma bajo el código 32.323; y Alicia Ronco un monto bajo el código 38.350.
Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ingeniería Civil, Mecánica y Eléctrica, el Ing. Guillermo Kaufman habría recibido en 2005 una suma bajo el código 38.168. Entre los miembros de la Comisión Asesora de Ingeniería y Procesos Industriales y Biotecnológicos en 2000/2001 José Bandoni recibió la suma de $120.000.
Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Humanas, María Isabel Santa Cruz recibió en 2005 la suma de $182.000. Entre los miembros de la Comisión de Arquitectura en 2000/2001 Beatriz Cuenya recibió la suma de $60.000. Y entre los integrantes de la Comisión de Historia y Antropología en 2000/2001 Cristina Bellelli recibió la suma de $92.000.
4.2.- Denuncias sobre Incompatibilidades y Códigos de Silencio y Secreto Mafiosos
Las denuncias que he realizado, son públicas y notorias, conocidas por todos en el CONICET y también fuera del CONICET, por haberlas elevado a los organismos fiscalizadores detallados ut supra, y el silencio oficial que las ha encubierto ha sido un pilar fundamental en el diseño de la red mafiosa.- A su vez otros ingredientes fundamentales en la construcción de la red mafiosa han sido la existencia del secreto (o confidencialidad) y de las camarillas o trenzas, que le dan sustento carnal a un orden mafioso, así como el colaboracionismo de las autoridades oficiales con dicha red, y la persecución inmisericorde a quienes osen desafiarlos.
En oportunidad de ser evaluado el suscripto desconocía a los evaluadores de su obra, y no tenía ninguna posibilidad de saberlo pues normas inconstitucionales (art.3º de la Ley 25.200) de carácter mafioso protegen el anonimato (o secreto), bajo el subterfugio de la confidencialidad, y permiten operar en un esquema informal de trueque o permuta de jurados, como si se tratase de un cajón de sastre. Pero hay una certeza empírica que descalifica los dictámenes de las Comisiones Asesoras que me evaluaron. Quienes hayan sido, incluidos los miembros del Directorio del CONICET --integrantes de las listas de autoridades que he denunciado como partícipes de un sistema perverso, y como tal injusto y persecutorio-- se encuentran vinculados entre sí por intereses espurios y recíprocos, propios de la red mafiosa denunciada. Y la actual Comisión Asesora de Historia y Antropología, que ha sido designada como Comité Especial para dictaminar mi desempeño como Investigador, no puede quedar exenta de responsabilidad como si nada supiera de la corrupción denunciada, pues ha otorgado en el pasado reciente con su propio silencio individual y colectivo la aceptación de este criminal estado de cosas, incursionando por ello en el proceloso terreno del delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público. Es como se suele decir, “el silencio de quien calla porque desea otorgar, sea por conveniencia oportunista o porque obtendrá una ventaja”.
Esta red de camarillas mafiosas que he venido descubriendo y denunciando en soledad, se ha apropiado de la superestructura del CONICET (recientemente fueron concursadas siete Gerencias administrativas del organismo) así como de la ANPCYT, de la CONEAU, del Comité de Ética del Ministerio de Ciencia y Tecnología, de la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU), del Observatorio Nacional de Ciencia y Tecnología, y de las Secretarias de Ciencia y Técnica de las Universidades Nacionales.- Aún queda por identificar quienes son los capos de esta red mafiosa, ya fueren padrinos o madrinas.
4.3.- Evaluación de mi persona y el Estigma del Chivo Expiatorio
En cuanto a mi evaluación académica, mi persona no ha sido evaluada por pares independientes y desinteresados, sino por colegas partícipes de este nudo gordiano, enhebrado desde la impunidad del poder, y desde la ilegitimidad e inconstitucionalidad de los procedimientos y reglas de ocasión, y que ahora se pretende repetir escandalosamente con la excusa del art. 41.
Las facultades evaluadoras del CONICET son una prerrogativa ordinaria, entre las que cabe como potestad ampliatoria de la misma el rechazo de los Informes Periódicos. Pero es una clara violación del principio de igualdad ante la ley, que excediendo sus prerrogativas, Vd. como Presidenta del CONICET permita o decida someterme a evaluaciones por parte de autoridades subalternas que han cohonestado con su silencio cómplice la corrupción existente; cuando por otro lado muchos de ellos carecen de una jerarquía igual o superior a la mía; y cuando en el caso de la primera opción de cuatro integrantes ellos no pertenecen a mi especialidad que es la Historia Moderna (dos de ellos son arqueólogos y uno antropólogo). Por todo ello, los integrantes de la actual Comisión Asesora se encuentran palmariamente incursos en las causales de recusación o excusación. El acto dictaminador del Comité Especial, al tener intereses antagónicos y ajenos a mi disciplina científica, no solo violaría la constitución y la ley sino que también entraría en contradicción con el mismo espíritu de la ley de creación del CONICET.
Por ende, el perjuicio lesivo a mi persona, ocasionado por las anteriores composiciones de la Comisión Asesora, es puntual y grave, pues amén de haber mentido descaradamente acerca de mi producción académica (cuestión que se ventila en sede judicial a través de una Acción de Amparo ante el Juzgado Nacional de 1ª instancia en lo Contencioso Administrativo Federal No.10, Secretaria No.19, y dos Medidas Cautelares actualmente en la Corte Suprema y en la Cámara Contencioso-Administrativa), de habérseme rechazado dos Informes Periódicos consecutivos, en forma particular y específicamente personal (ad hominem), cual si fuera un chivo expiatorio, entre miles de colegas amedrentados, con las secuelas académicas, morales y familiares que ello significan, ahora se me impone convalidar una reunión con los miembros de la actual Comisión Asesora (muchos de ellos inferiores a mi jerarquía académica), como si esta última no tuviera nada que ver con las anteriores versiones de la misma (hay seis integrantes que se han perpetuado y cuya identidad se detalla ut supra). Para peor, esta última Comisión fue seleccionada por los mismos altos funcionarios que en el pasado seleccionaron a los integrantes de la Comisión Asesora que me rechazaron ambos Informes.
Por otro lado, el primer rechazo de Informe fue recurrido hace más de cuatro años y aún no ha sido definitivamente resuelto en sede administrativa, lo que significa, privarme de cuestionarlo en sede judicial mediante juicio abierto, así como la de condenarme a vivir bajo la incertidumbre de su resultado final. Y el segundo rechazo se pretende consumar con el pretexto del art.41, cuando aún no esta firme el primer rechazo (por no haberlo firmado aún el Ministro del área), pero con el oculto propósito de sumarlos automáticamente y de producir un Úcase simultáneo, que me dejaría de repente sin ingresos alimentarios. Con ambos rechazos, quedó cercenado y ninguneado mi proyecto de investigación, privado de viáticos, de ascensos, y de asignaciones de personal de apoyo, en momentos en que para mayor daño me encuentro con las tareas de escaneo y procesamiento de decenas de miles de fichas correspondientes a los fondos notariales de Buenos Aires de los siglos XVII al XX. El acto malintencionado y mecánico de rechazar ambos Informes consecutivos y congelarme en la jerarquía de la carrera me ha ocasionado un daño profesional y humano enorme, por cuanto la mayoría de los colegas historiadores, estudiantes e investigadores, pueden interpretar a través de ambos rechazos, una descalificación de la calidad y excelencia de mi obra, potenciada por encontrarse en la web.
4.4.- Conclusiones
Quedó así afectado mi curriculum personal, mi vida privada, el prestigio de investigador de la historia argentina y universal (Metanastasis. Materiales para una reformulación de la Agenda Histórica de Cara al Nuevo Milenio (Corrientes: Moglia Ediciones, 2009), y la obra publicada en medios electrónicos de la que soy autor, titulada Genealogía de la Tragedia Argentina, compuesta por casi cuatro mil páginas (incluidos apéndices, cuadros, tablas, gráficos, listados, etc), encuadradas en más de un centenar de capítulos y en cinco (5) tomos, todos ellos en formato PDF; y reconocida, consultada y linkeada en multitud de sitios de todo el mundo (ver http://www.er-saguier.org y http://www.nationstatecrisis.org).-
Más aún, por la excesiva concentración de funciones por parte del Directorio y por su dependencia del poder político, el sistema científico ha degenerado en un clima inficionado de miedos; en un obsceno intercambio de favores, prebendas, canonjías y sinecuras (que constituyen una fuente de violencia moral); y en un régimen de poder de naturaleza patrimonialista, clientelar y patriarcal, donde se confunde lo público con lo privado y se dispone lo uno como lo otro con total discrecionalidad.-
V.- Petitorio
En consecuencia, solicito:
5.1.- Sea aceptado mi pedido de recusación de la totalidad de los miembros de la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía.
5.2.- Oportunamente se tenga presente la reserva de las acciones civiles y penales correspondientes.
5.3.- Se tenga además presente la reserva del caso federal tal como se indica en las violaciones al derecho federal y constitucional.
5.4.- Oportunamente se haga lugar a todo lo peticionado con costas.
Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA
Eduardo R. Saguier Ezequiel Altinier Jorge E. Marenco Investigador Independiente (t.66, f.455, CPACF) (t.22, f.628, CPACF)
www.crisisyestado-nacion.org
COMPLICIDAD del MINISTRO BARAÑAO con la CORRUPCIÓN
Por Eduardo R. Saguier -
Sunday, May. 10, 2009 at 7:10 PM
saguiere@ssdnet.com.ar 4802-2970 J. F. Segui 3955
COMPLICIDAD de los MINISTROS BARAÑAO y FILMUS con el PENTÁGONO de la CORRUPCIÓN en CIENCIA y TÉCNICA
por Eduardo R. Saguier
RESUMEN
En este trabajo compruebo la complicidad de los Ministros Barañao y Filmus y del Comité de Ética en Ciencia y Tecnología (CECTE) en la degradación moral de la conducción del área científico-tecnológica argentina. Para ello estudio el discrecional proceso evaluativo de los proyectos subsidiados por la Agencia, las incompatibilidades, las responsabilidades oficiales, los principios universales puestos en juego, la no transparencia y simulación fraudulenta de los portales electrónicos oficiales, la complicidad del mandarinato académico con la violación de la ética, y las represalias políticas a los que se opusieron al Plan Mafioso.
INDICE
1.- PROBLEMA CRÍTICO A RESOLVER 1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia 1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades 1.3.- Responsabilidades de la Comisión de Ética de Ciencia y Técnica (CECTE) 1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus) 1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados 1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos 1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT 1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Ética. 1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso 2.- COMPROBACIÓN FÁCTICA del PROBLEMA 2.1- Apéndice I
1.- PROBLEMA CRÍTICO A RESOLVER.
Una media docena de instituciones legales (AGENCIA, CONICET, CONEAU, SPU, CECTE) concluyeron tejiendo un inmenso pentágono compuesto por verdaderos nudos gordianos y por flujos venales de ida y vuelta (subsidios, incentivos, categorizaciones, acreditaciones, confidencialidades, asesorías, consultorías, observatorios, transferencias tecnológicas, etc.). Este contaminado pentágono, al condicionar las libertades académicas y tercerizar las universidades, ha concluido por devaluar tanto la autonomía de las mismas, como el sistema de equilibrio de poderes (frenos y contrapesos) que debe existir en el seno de los organismos académicos colegiados, y la excelencia de la formación universitaria y de la producción científica.
AGENCIA (Agencia Nacional para la Producción Científico-Tecnológica) (A): Medio centenar (50) de sus Coordinadores recibieron subsidios de la propia Agencia, y de los cuales ocho (8) percibieron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u. La antropóloga Rosana Guber, hija de la Dra. Rebeca Cherep de Guber, Presidenta de la Agencia, también recibió su correspondiente subsidio. La Agencia engloba al Comité de Ética en la Ciencia y la Tecnología (de ahora en mas CECTE), y supervisa las categorizaciones de los incentivos que distribuye la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) e indirectamente las acreditaciones de los programas de Maestría y Doctorado de la CONEAU, estos dos últimos organismos dependientes del Ministerio de Educación.
CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científico-Tecnológicas) (C): Tres (3) de los miembros del Directorio (Girbal, Siñeriz y Rapela) recibieron subsidios de la Agencia. Sesenta (60) miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA) también recibieron subsidios de seis (6) dígitos de la Agencia, y de los cuales siete (7) percibieron la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u.
CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) (CON): Aunque perteneciente al Ministerio de Educación dos (2) miembros de su Directorio (Villanueva y Krotsch) percibieron de la Agencia la suma de $275.354, a un promedio de $138.000 c/u.
SPU (Secretaría de Políticas Universitarias) (SPU): distribuye los incentivos a los docentes-investigadores de las Universidades Nacionales y categoriza a los mismos, tarea en la cual es supervisado por la Agencia.
CECTE (Comité de Ética en la Ciencia y la Tecnología) (CEC): Emitió dictámenes exculpatorios en materia de ética administrativa a favor de los Coordinadores de la Agencia. Sin embargo, cuatro de sus directivos (Kornblihtt, Parodi, Vainstok y González Cappa) recibieron subsidios de la Agencia. La Dra. González Cappa recibió tres diferentes subsidios de seis dígitos cada uno.
OAC (Oficina Anti-Corrupción) (OAC): oficia de depositario de las Declaraciones Juradas de Bienes hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Ética de la Función Pública, establecida en el decreto reglamentario de la Ley de Ética Pública Nº 25.188. Y en la práctica la OAC ha cajoneado las denuncias formuladas por cuestiones de incompatibilidad en los cargos de CyT.
Por ende, las autoridades de cinco (5) organismos de CyT y de Educación: los Coordinadores de la Agencia (A), los miembros del Directorio del CONICET (D), los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA), los integrantes del Directorio del CECTE (CEC), y los Directores de la CONEAU son como primos hermanos, más hermanos que primos, dado que recibieron subsidios del mismo padrino-antecesor: los une la Agencia y el Ministro de Ciencia y Técnica.
1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia
El proceso evaluativo de cada Proyecto en la Agencia lo dirige el Coordinador respectivo y la Comisión ad-hoc que analiza la pertinencia del Proyecto. El Coordinador de cada área tiene la responsabilidad de elegir a los evaluadores desinsaculándolos de un Banco de Pares Evaluadores, quienes evalúan la calidad de los proyectos; y el Presidente de la Comisión ad-hoc es el encargado de instrumentar los medios necesarios para que se dictamine sobre la pertinencia del proyecto.
En cuanto a los Pares Evaluadores, que son los evaluadores de los Proyectos a subsidiar debo decir: a) son más de mil en cada área de conocimiento; b) una muy pequeña minoría es la que usualmente es llamada a intervenir; c) su incorporación al Banco de Pares o Expertos Evaluadores se hace con total arbitrariedad por parte del Directorio de la Agencia; d) Su desinsaculación para la evaluación de cada Proyecto tiene el mismo vicio de discrecionalidad y arbitrariedad que el punto anterior. e) No es de extrañar que los Pares Evaluadores usualmente convocados para aceptar o rechazar Proyectos, que es una tarea honoraria, hayan sido también subsidiados. f) Todo sin perjuicio ni menoscabo de muchos integrantes de los Bancos de Pares Evaluadores que son ajenos e inocentes de este sistema y de cuya honorabilidad no se pone aquí en duda.
1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades
Es incompatible para un funcionario otorgarse a sí mismo un beneficio, dado que esa actitud implica privar a otro investigador que no es funcionario de dicho beneficio. No obsta a esta incompatibilidad que el beneficio sea otorgado por otros organismos integrantes del mismo Ministerio, dado que todos son empleados subalternos en la misma unidad ministerial. Tampoco obsta a la incompatibilidad que el miembro Asesor o Coordinador se excuse de intervenir cuando la Comisión o Área de conocimiento respectiva trata su propio pedido de subsidio. Obvio que de esa manera solo se salvan las formas y no la incompatibilidad, puesto que el subsidio cae en sus manos devolviendo la prestación con su voto a favor de los pares en la Comisión o Área de conocimiento respectiva.
Para evitar estos conflictos --propios de una administración venal que no respeta los parámetros meritocráticos y que maquina su ascenso socioeconómico mediante maniobras de corrupción política-- las garantías de independencia, imparcialidad, publicidad, igualdad y transparencia deberían ser requisitos insoslayables para el funcionamiento de todo poder evaluador, del fuero o jurisdicción que fuese.
1.3.- Responsabilidades del Comité de Ética en Ciencia y Tecnología (CECTE)
Tampoco obsta a la incompatibilidad ninguna reglamentación, ni exculpación, ni absolución, de organismo interno alguno, aunque fuere autónomo, que pretenda blanquear, encubrir o purgar la falta de transparencia, publicidad, legalidad, igualdad o responsabilidad, o que contradiga el espíritu de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Ética de la Función Pública Nº 25.188, salvo en ésta última la docencia.
Estas contradicciones las ha cometido el CECTE, supuestamente “autónomo”, que aunque creado por el Directorio del CONICET (Resolución D N° 1806/04, y su Reglamento, Resolución D N° 613 del 2-5-05), en 2004, bajo el Ministerio de Filmus, ha pasado ahora a la jurisdicción del Ministerio de Ciencia y Técnica; coordinado por Otilia Vainstok e integrado por miembros beneficiados por los subsidios de la Agencia (Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok) y también aparentemente por miembros no beneficiados (Roberto Fernánez Prini, Samuel Finkielman, Noé Jitrik, Ernesto E. Maqueda, Fernando O. Ulloa y Aída Kemelmajer de Carlucci). Dichas contradicciones se manifestaron en un Documento titulado Conflicto de interés en comunidades científicas pequeñas, fechado el día 5 de noviembre de 2007 http://www.cecte.gov.ar/pdf/14, emitido “…a pedido de Investigadores individuales”, pero también a solicitud del entonces Presidente de la Agencia Dr. Lino Barañao, la que fue formulada el 9 de abril de 2007 ante el Plenario del CECTE, y que exculpa a los Coordinadores de la Agencia de toda incorrección. Se ignora aún si esta exculpación alcanza también por analogía a los Directoriales del CONICET y la CONEAU, y a los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET, que también percibieron subsidios de la Agencia. No obstante la relevancia simbólica del evento burocrático citado, el Documento resultante es imposible de hallar en el menú del portal electrónico del CECTE.
1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus)
Pese a los compromisos de su pasado como Presidente de la Agencia (bajo el Ministro Filmus), contraídos ante el Plenario del CECTE, el actual Ministro Dr. Lino Barañao debe tomar cartas en estas omisiones, tergiversaciones, violaciones y discriminaciones; debe auditar la gestión de los organismos bajo su órbita; y debe decretar la nulidad de todo aquello que atente contra las Leyes de Actos Discriminatorios y de Ética de la Función Pública, incluido el citado Documento del CECTE, elaborado a su propio pedido.
La inactividad, indiferencia o negligencia del Ministro de Ciencia y Técnica en estas esferas legales, puede muy bien constituir delito, y ser fruto de una conspiración para discrecionalizar los fondos públicos y los recursos humanos en provecho de una camarilla facciosa que habría alcanzado también al Ministerio de Educación, específicamente a organismos tales como la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), cuyos directivos también fueron beneficiarios por la Agencia.
1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados
Los principios de legalidad, publicidad, igualdad, control y responsabilidad han sido absolutamente ignorados, la ética legal ha sido abdicada y burlada, y las incompatibilidades o conflictos de interés han sido producidos deliberadamente en todos los casos que fueron oportunamente denunciados ante los organismos fiscalizadores (Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía General de Investigaciones Administrativos, Oficina Anti-Corrupción, Auditoria General de la Nación), y que hasta hoy han sido extrañamente ignorados.
1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos
La falta de transparencia vigente hasta el día de la fecha en las pantallas electrónicas de estos organismos fue montada con el avieso objetivo de impedir a los Investigadores, Docentes-Investigadores y Becarios el conocimiento de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Ética de la Función Pública Nº 25.188, y como en El Castillo de Kafka obstruirle a los mismos la comprensión del nexo inmediato que dichas Leyes tienen con sus derechos y obligaciones (volviéndolos así una suerte de súbditos o extranjeros).
Para ese objetivo desinformador, la Agencia, en la sección electrónica titulada Biblioteca de Documentos; el CONICET y la CONEAU, en sus secciones tituladas Normativa, y la SPU en su sección titulada Legislación, ocultaron la exhibición de dichas Leyes. Eso sí, socarronamente la CONEAU incluye en su normativa la Recopilación de las Leyes de Indias. Y el CECTE ocultó en el menú de su propio portal la publicidad de Documentos críticos donde se auto-incrimina http://www.cecte.gov.ar/pdf/14. También la Agencia ocultó los listados de los beneficiarios de subsidios de la década entre 1996, año de su fundación, y el 2007. Y también practicó una simulación fraudulenta al distorsionar la cifra de los beneficiados con subsidios, utilizando una estadística grosera que no pondera sus propias cifras, cuando en su documento titulado estadísticas fonCyT http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article36 declaró la cantidad de dos mil (2.000) proyectos (y supuestamente igual cantidad de beneficiarios) para el período 2000-2004, de un total de 288 millones de pesos, a un promedio de $145.000 c/u, con el solapado afán de simular una supuesta equidad distributiva.
1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT
Para desmentir esa falsa afirmación del portal electrónico de la Agencia, hemos descubierto que en el CONICET siete (7) miembros de sus Comisiones Asesoras (Targovnik, Murer, Uchitel, Previtali, Hoyos de Rossi, Colombo y Ugalde), recibieron de la Agencia la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u, mientras el total de funcionarios miembros beneficiados alcanzaba el numero de sesenta (60); que en la propia Agencia, ocho (8) Coordinadores (Coira, Cánepa, Rubiolo, Cabada, Cazzulo, Arzt, Poderoso, y Corti), se asignaron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u, mientras el total de Coordinadores beneficiados alcanzaba el medio centenar; y que en la CONEAU, dos miembros de su Directorio se asignaron $275.354, a un promedio de $138.000. . En total, entre ambos organismos, quince (17) funcionarios se apoderaron de $6.683.459, a un promedio de $400.000 c/u, y otro centenar de ellos cifras algo menores pero siempre de seis (6) dígitos. La totalidad del presupuesto repartido en el cuatrienio 2000-2004 fue según cifras divulgadas por el portal de la Agencia de 288 millones, de los cuales, según nuestros cálculos, unos 27 millones, o el 20% del total, se lo llevaron para sí mismos en forma individual más de un centenar de autoridades de dichos organismos. Dada la escasez de la información a la que he tenido acceso presumo que dicho porcentaje debe ser mucho mayor.
1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Ética.
La complicidad de los funcionarios beneficiados con la distribución mafiosa de los subsidios, incluidas las autoridades del CECTE (que aunque ente autónomo creado por el CONICET está bajo la jurisdicción (sede, logística y financiación) del Ministerio de Ciencia y Técnica; con la violación del art.1º de la Ley de Actos Discriminatorios y el art.13º de la Ley de Ética de la Función Pública; y con el desentenderse de las incompatibilidades o conflicto de intereses, ha sido inequívoca, y el daño inferido a la comunidad científica argentina ha sido abrumador, tanto que amerita la inmediata intervención del Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI).
1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso
La motivación de las persecuciones y represalias de las que han sido víctimas quienes se opusieron a ello debería ser materia penal, por cuanto los mismos partícipes de las violaciones éticas (miembros del Directorio del CONICET) han sido también los que seleccionaron a los evaluadores que rechazaron los Informes Periódicos de quien viene denunciando públicamente aquellas violaciones (ver Red Mafiosa en el CONICET argentina.indymedia.org/news/2009/04/668439.php y Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina http://www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html). Y muchos de los propios integrantes de las Comisiones Asesoras que rechazaron los Informes del denunciante fueron o son aspirantes a los subsidios de la Agencia, y han sido además recusados ante la Presidencia del CONICET por violación al sistema de incompatibilidades o por integrarlos tácitamente o por ser sus beneficiarios. Si el CECTE admite el tratamiento de Documentos “…a pedido de Investigadores individuales”, sería interesante saber si admite también el tratamiento de acusaciones de persecución política de resultas de haber practicado severas denuncias.
2.- COMPROBACIÓN FÁCTICA del PROBLEMA
Para probar la inequidad distributiva de los subsidios de investigación repartidos, así como para demostrar la grave situación de incompatibilidad en que se encuentran las autoridades o funcionarios que recibieron subsidios de la Agencia, el Apéndice I (*) detalla la nómina de los beneficiarios y su filiación administrativa, área de conocimiento, y el año y monto de los subsidios:
(*) El Apéndice I se halla publicado en el trabajo titulado La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina, que esta en la web.
Eduardo R. Saguier Museo Roca-CONICET http://www.er-saguier.org http://www.nationstatecrisis.org
www.crisisyestado-nacion.org
La Nomenklatura Académica y la Muralla de Silencio
Por Joaquin E. Meabe -
Friday, Jul. 03, 2009 at 3:41 AM
jmeabegigaredcom@gmail.com
La Nomenklatura Académica y la Muralla de Silencio
Con el sistema científico-cultural imperante en Argentina están comprometidos todos los subsidiados por la Agencia (ANPCYT). Y los eligen para que cumplan una estratégica función de silencio en el conglomerado académico. Ellos no solo forman parte de la trama sino que garantizan el silencio al servir de cortina o muralla de silencio. Esta función de colaboración en el silencio fue lo que edificó la Nomenklatura soviética: los miembros del partido no solo eran una elite tambien eran por sus beneficios los garantes de la trama de control. Como todos estaban comprometidos, el silencio acerca de los beneficios del sistema y su corrupción era una condición de supervivencia personal y de garantía de continuidad del conjunto. Aquí en Argentina se opera del mismo modo. Esta es una nomenklatura académica de corrupción: son beneficiarios y garantes del sistema. Para que el sistema continúe ellos deben asegurar el silencio en los medios de comunicación y la ignorancia en los ciudadanos. No es solo una complicidad pasiva. Esto demuestra que la corrupción ha alcanzado una cota más alta que la de la mera malversación y es esto lo que hoy se presenta como problema que emponsoña y gangrena el tejido social.
Joaquín E. Meabe UNNE-Corrientes
La Corrupción y las patologías académicas
Por Joaquin E. Meabe -
Sunday, Jul. 19, 2009 at 9:13 PM
jmeabegigaredcom@gmail.com
La Corrupción y las patologías académicas
Creo que la cuestión de la corrupción en materia académica es crucial, pero debe colocársela en una perspectiva todo lo más amplia que fuere posible.
Veo esto así porque aunque la corrupción enerva todo el edificio interactivo siempre será una patología en el trato y en la vida académica, de manera que solo confrontando la vida académica apropiada y correcta con la patología se puede hacer un tipo de balance.
Ante todo, para saber si existe una comunidad científica se debe determinar si el agregado que forma el cuerpo académico de una facultad o universidad tiene objetivos científicos definidos y si esos objetivos se ajustan a la moralidad académica estándar que se observa en el resto del mundo. Pero no solo hacen falta objetivos, también se impone establecer de que modo se articulan los tratos en el seno del agregado académico. Hace falta ver si existe solidaridad en el agregado o si cada uno se rasca para adentro como se dice en el campo. Por cierto, tampoco eso es suficiente aunque puede resultar necesario para que la sumatoria de personas forme un conglomerado en el que cada miembro del agregado pueda encontrar reciprocidad y buen trato además de interés por parte del resto.
Todo eso es necesario pero no es suficiente. Una comunidad científica requiere trabajo común y compartido y respeto mutuo. Todo esto no es formal. Se trata de un dispositivo de valores morales positivos muy estrictos que sirve para confrontar el ideal con el caso y para medir la extensión de las patologías.
Una de las medidas se refiere el trabajo común y compartido. Como este es un ideal, la mayor o menor distancia en el caso sirve para ser medida y calculada. Del otro lado la patología también mide pero mide negativamente porque incluso en el caso de una mafia es imposible articular un trabajo común científico que se edifica en la objetividad y en el desinterés particular porque sus resultados se ofrecen como una contribución al acervo común del conocimiento. Si la actividad es patológica necesariamente no va a estar orientada a contribuir al acervo común del saber sino que va a estar orientada a proveer un beneficio personal al individuo particular. En ese sentido la mafia siempre oculta su trama porque no puede exhibir sus lazos comunes que son exclusivos lazos de interés personal generalmente económico.
Debe haber más para examinar y me parece que hace falta avanzar en esta dirección para poner en evidencia las mafias universitarias y académicas que por su misma naturaleza necesitan ocultar el rastro de sus nexos porque estos siempre son inmorales.
Joaquín E. Meabe
Facultad de Derecho--UNNE jmeabegigaredcom@gmail.com
GACETILLA de PRENSA-Denuncia Penal
Por Eduardo R. Saguier -
Wednesday, Sep. 16, 2009 at 1:01 AM
saguiere@ssdnet.com.ar
Martes, 18 de agosto de 2009 GACETILLA de PRENSA El sorteo de la denuncia 10.152/09, formulada por Eduardo R. Saguier contra las autoridades del CONICET y del Ministerio de Ciencia y Técnica, recayó en el Juzgado Federal No.8, a cargo del Juez Marcelo Martínez de Georgi, Secretaría No.15 de la Dra. Verónica Lara; y en la Fiscalía No.12 a cargo del Dr. Oscar Amirante. Dicha denuncia fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich. Asimismo la denuncia se formula por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, negociación incompatible con el ejercicio de la función pública, y tráfico de influencias.
Su síntesis y compilación se han publicado en forma de libro electrónico bajo el título La Nomenklatura Academica en la Cultura Argentina, y se encuentra completa en: http://www.salta21.com/spip.php?article2272
y en: http://www.ellibrepensador.com/2009/08/23/la-nomenklatura-academica/ y en: http://www.fmmeducacion.com.ar/Sisteduc/Unicienciaytecno/lanomenklatura_saguier.htm
Eduardo R. Saguier saguiere@ssdnet.com.ar http://www.er-saguier.org Tel.: 4802-2979 Celular 1533573721
www.er-saguier.org
Libertad de Prensa versus Libertad Academica
Por Joaquin E. Meabe -
Wednesday, Sep. 16, 2009 at 8:28 AM
jmeabegigaredcom@gmail.com
Libertad de Prensa versus Libertad Academica por Joaquin E. Meabe (UNNE-Corrientes) Justamente, uno de los problemas centrales que conecta a la libertad de prensa con la libertad académica es el conjunto de contenidos materiales en los que se expresan opiniones sustantivas acerca de la propia vida social. La libertad académica siempre ha estado atada a la libertad de opinión y la libertad de opinión solo es posible cuando la prensa es libre. La experiencia de Eduardo R. Saguier debería servir aquí de ejemplo. Los diarios le han dado la espalda a sus denuncias pero Internet se ha abierto al debate en los sitios, en los foros y en los blogs http://www.salta21.com/spip.php?article2272 y en: http://www.fmmeducacion.com.ar/Sisteduc/Unicienciaytecno/lanomenklatura_saguier.htm Lo que nostros estamos haciendo en Corrientes con el libro de Saguier titulado La Nomenklatura Academica en la Cultura Argentina relaciona la libertad académica con la libertad de opinión y ella se canaliza por Internet en: http://www.ellibrepensador.com/2009/08/23/la-nomenklatura-academica/ Sin embargo la industria cultural no ha tomado nota del asunto. Quiza haya algo de complicidad en el silencio de los medios gráficos, pero el síntoma es más complejo. En rigor, no se quiere hablar del asunto no solo para no atentar contra intereses establecidos o enquistados en los aparatos de poder. No se necesita hablar del asunto porque en definitiva no hay asunto para la industrica cultural y sus medios gráficos y de comunicación audiovisual. Ya todo está asignado de manera que solo se habla de lo establecido. Lo demás no hace falta tematizar. No se trata solo de que no sea negocio. Se trata de afirmar todo un sistema de adaptación en el que la complicidad es secundaria porque lo principal es la ausencia de una agenda de debate acerca de la cuestión crucial de la educación, la investigación y la ciencia creativa en Argentina. Por lo visto Argentina esta, para la industrial de los medios de comunicación, asignada a un mercado secundario y de actividades residuales. También la política ha asumido ese compromiso residual que secundariza todo y lo ajusta al interés del proveedor principal. Incluso en ese esquema hace falta un poco de retórica adaptativa para que todo no sea tan obvio. Y así se llega a un total oscurecimiento, a una pérdida completa del objetivo por parte de la propia sociedad. Brasil, Chile y Uruguay saben a donde quieren ir. Y eso se debate con inusual intensidad. Lo mismo ocurre en EEUU y en Europa e incluso en Rusia y en Japon. Parece que hasta en China y Cuba ha empezado gracias a Internet. Aquí sin embargo nada de eso pasa. Estamos entonces frente a un problema que demanda una demarcaciòn teórica. Y se tiene razón: es un problema teórico. Pero como no hay agenda y no hay tematización la libertad, y en especial la libertad de opinión y de investigación, parece prescindible o en todo caso molesta porque todo ya está arreglado y solo hay que formar fila en la lista de espera de la corrupción. Eso es lo que estan haciendo los universitarios. Y como en el dispositivo todo viene de arriba, o sea del poder ya estabecido, la libertad de opinión resulta innecesaria lo mismo que el debate y la controversia. Solo hay que ver donde encaja cada uno y listo. Y así es fácil hablar de Carl Schmit, de los desaparecidos, de la contaminación, de las misiones jesuíticas, de la funciòn ejemplar de la clase ganadera bonaerense, e incluso hasta se puede hablar de Heidegger, de Castoriadis o de Lenin. Como se ve, estamos ante un dilema teórico. Libertad de antagonismo o libertad de adaptación. Nuestros intelectuales y medios lo han resuelto: antagonismo adaptado. Por cierto, el resto, o sea nosotros, quedamos afuera y no queda otro remdio más que la acciòn marginal en Internet, en sitios marginales y con editoriales marginales. Y sobrevivimos relativamente porque hay mucha laxitud. Pero apenas se pone una pica en Flandes como Saguier lo hizo la determinación es inflexible: expulsar al indeseable que puede hablar libremente en Internet porque no hay problema ya que nada se difunde demasiado de manera que el sistema no peligra. Hay mucho más pero creo que por todo esto empieza el asunto como problema que debemos afrontar. Joaquin E. Meabe UNNE-Corrientes jmeabegigaredcom@gmail.com
POSTEADO EN MAYO
Por Carlos Santoro -
Thursday, Oct. 22, 2009 at 11:05 AM
Escrache en el CRUB
Por Carlos Santoro - Wednesday, May. 13, 2009 at 9:18 AM
boletinpoliticocrub@hotmail.com
El pasado mes de abril en Bariloche fue escrachado personal jerárquico del INIBIOMA, instituto local del CONICET.
(ABche) El pasado mes de abril, las paredes del CRUB en Bariloche aparecieron escrachadas con pintadas en contra del personal jerárquico del INIBIOMA, instituto local del CONICET. Es que los responsables a cargo temporariamente tienen reiteradas denuncias de corrupción debidamente documentadas en los archivos de la universidad nacional del comahue, tales como desmanejo de fondos, violencia laboral y violación de concursos docentes, entre otros. Las paredes, que llamativamente fueron blanqueadas luego de décadas de abandono, rezaban cosas tales como "Giraudo y Fontenla corruptas"; "microbiología lab público usurpado por CORRUPTOS" ; "fuera los corruptos de conicet", entre otras cosas.
http://argentina.indymedia.org/news/2009/05/670964.php
Que piensan los aqui comentaristas de...
Por y de estos que onda?? -
Thursday, Oct. 22, 2009 at 6:06 PM
.... Jóvenes Científicos Precarizados?
¿Que opinion les merece sus reclamos?
¿Sos privilegiados o justos?
La web es: precarizados.com.ar
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