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“La figura de infanticidio beneficiaria a Romina”
Por Zula ((i)) - Monday, Mar. 30, 2009 at 9:57 PM
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Este lunes 30 de Marzo, en el salón José Luis Cabezas se realizó una conferencia de prensa, donde Mirta Tejerina denunció los malos tratos a los que el servicio penitenciario y el sistema Judicial de la provincia de Jujuy, esta sometiendo a Romina Tejerina.

En el marco de la conferencia de prensa el Dr. Fernando Molina, abogado de Romina, habló con Indymedia Buenos Aires y el colectivo de Géneros de Indymedia Argentina.

-¿En que situación legal esta el caso de Romina Tejerina?

La situación legal ya esta terminada, lo que queda es la judicial porque al expedirse la Corte Suprema confirmando lal condena, por cuatro votos a tres, la situación esta terminada. Lo que se esta intentando son vías alternativas que también son legales pero ya no judiciales para obtener la libertad. Entre ellas, principalmente lo que hoy es el objeto de tratamiento, que es la modificación o reincorporación de la figura del infanticidio como un homicidio atenuado.

-¿De incorporarse esta figura como beneficiaria a Romina?

La beneficia automáticamente. El código penal establece que cualquier ley penal más benigna, que se sancionare desde la comisión del hecho hasta el fin del cumplimiento de la pena beneficia, al autor.  Es decir que aunque le quedara un mes, se tendría que cambiar la sentencia, adecuando la pena a los montos establecidos en al reforma.

-¿En el fallo queda estipulado que lo que se produjo, en el caso de Romina, fue un infanticidio? ¿Pregunto esto para comprender de qué forma se encuadraría?

Efectivamente en el fallo establece que el asesinato se dio en condiciones extraordinarias de atenuación, lo que es el articulo 80 inciso 2, prevé el delito como un agravante y no como un atenuante. Es decir al volver a la figura del código anterior las circunstancias  del infanticidio están determinadas en el tipo penal. Si al madre mata a su hijo durante el parto es un infanticidio, lo haya dicho o no el tribunal anterior, lo único que tiene que hacer es adecuar al pena.   

-En cuanto al sistema judicial que le ha negado a Romina pasar las fiestas con su familia o estudiar desde su perspectiva como abogado ¿Son atribuciones de la justicia o hay ensañamiento con Romina?

Las atribuciones del poder administrador siempre son razonables y acorde a derecho. Ahora cuando se convierte en una situación subjetiva de perseguir a alguien dejan de ser atribuciones y se convierten en arbitrariedades. Eso es lo que hemos venido planteando y seguiremos planteando. El decir el poder administrador tiene atribuciones y tiene que hacerse de acuerdo a la ley y no de acuerdo al capricho del que la dicta. Cuando esa ley se utiliza para perseguir a alguien deja de ser una atribución y se convierte en arbitrariedad.

-¿Entonces usted cree que la justicia ha actuado con arbitrariedad en el caso de Romina?

Yo creo que es manifiestamente arbitrario y vamos a seguir manifestándolo.

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