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COMPLICIDAD del MINISTRO BARAÑAO con la CORRUPCIÓN
Por Eduardo R. Saguier -
Sunday, May. 10, 2009 at 5:20 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
En este trabajo compruebo la complicidad de los Ministros Barañao y Filmus y del Comité de Ética en Ciencia y Tecnología (CECTE) en la degradación moral de la conducción del área científico-tecnológica argentina. Para ello estudio el discrecional proceso evaluativo de los proyectos subsidiados por la Agencia, las incompatibilidades, las responsabilidades oficiales, los principios universales puestos en juego, la no transparencia y simulación fraudulenta de los portales electrónicos oficiales, la complicidad del mandarinato académico con la violación de la ética, y las represalias políticas a los que se opusieron al Plan Mafioso.
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COMPLICIDAD de los MINISTROS BARAÑAO y FILMUS con el PENTÁGONO de la CORRUPCIÓN en CIENCIA y TÉCNICA
por Eduardo R. Saguier
INDICE
1.- PROBLEMA CRÍTICO A RESOLVER 1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia 1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades 1.3.- Responsabilidades de la Comisión de Ética de Ciencia y Técnica (CECTE) 1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus) 1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados 1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos 1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT 1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Ética. 1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso 2.- COMPROBACIÓN FÁCTICA del PROBLEMA 2.1- Apéndice I
1.- PROBLEMA CRÍTICO A RESOLVER.
Una media docena de instituciones legales (AGENCIA, CONICET, CONEAU, SPU, CECTE) concluyeron tejiendo un inmenso pentágono compuesto por verdaderos nudos gordianos y por flujos venales de ida y vuelta (subsidios, incentivos, categorizaciones, acreditaciones, confidencialidades, asesorías, consultorías, observatorios, transferencias tecnológicas, etc.). Este contaminado pentágono, al condicionar las libertades académicas y tercerizar las universidades, ha concluido por devaluar tanto la autonomía de las mismas, como el sistema de equilibrio de poderes (frenos y contrapesos) que debe existir en el seno de los organismos académicos colegiados, y la excelencia de la formación universitaria y de la producción científica.
AGENCIA (Agencia Nacional para la Producción Científico-Tecnológica) (A): Medio centenar (50) de sus Coordinadores recibieron subsidios de la propia Agencia, y de los cuales ocho (8) percibieron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u. La antropóloga Rosana Guber, hija de la Dra. Rebeca Cherep de Guber, Presidenta de la Agencia, también recibió su correspondiente subsidio. La Agencia engloba al Comité de Ética en la Ciencia y la Tecnología (de ahora en mas CECTE), y supervisa las categorizaciones de los incentivos que distribuye la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) e indirectamente las acreditaciones de los programas de Maestría y Doctorado de la CONEAU, estos dos últimos organismos dependientes del Ministerio de Educación.
CONICET (Consejo Nacional de Investigaciones Científico-Tecnológicas) (C): Tres (3) de los miembros del Directorio (Girbal, Siñeriz y Rapela) recibieron subsidios de la Agencia. Sesenta (60) miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA) también recibieron subsidios de seis (6) dígitos de la Agencia, y de los cuales siete (7) percibieron la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u.
CONEAU (Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria) (CON): Aunque perteneciente al Ministerio de Educación dos (2) miembros de su Directorio (Villanueva y Krotsch) percibieron de la Agencia la suma de $275.354, a un promedio de $138.000 c/u.
SPU (Secretaría de Políticas Universitarias) (SPU): distribuye los incentivos a los docentes-investigadores de las Universidades Nacionales y categoriza a los mismos, tarea en la cual es supervisado por la Agencia.
CECTE (Comité de Ética en la Ciencia y la Tecnología) (CEC): Emitió dictámenes exculpatorios en materia de ética administrativa a favor de los Coordinadores de la Agencia. Sin embargo, cuatro de sus directivos (Kornblihtt, Parodi, Vainstok y González Cappa) recibieron subsidios de la Agencia. La Dra. González Cappa recibió tres diferentes subsidios de seis dígitos cada uno.
OAC (Oficina Anti-Corrupción) (OAC): oficia de depositario de las Declaraciones Juradas de Bienes hasta tanto se constituya la Comisión Nacional de Ética de la Función Pública, establecida en el decreto reglamentario de la Ley de Ética Pública Nº 25.188. Y en la práctica la OAC ha cajoneado las denuncias formuladas por cuestiones de incompatibilidad en los cargos de CyT.
Por ende, las autoridades de cinco (5) organismos de CyT y de Educación: los Coordinadores de la Agencia (A), los miembros del Directorio del CONICET (D), los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET (CA), los integrantes del Directorio del CECTE (CEC), y los Directores de la CONEAU son como primos hermanos, más hermanos que primos, dado que recibieron subsidios del mismo padrino-antecesor: los une la Agencia y el Ministro de Ciencia y Técnica.
1.1.- Discrecionales Filtros Evaluativos de cada Proyecto en la Agencia
El proceso evaluativo de cada Proyecto en la Agencia lo dirige el Coordinador respectivo y la Comisión ad-hoc que analiza la pertinencia del Proyecto. El Coordinador de cada área tiene la responsabilidad de elegir a los evaluadores desinsaculándolos de un Banco de Pares Evaluadores, quienes evalúan la calidad de los proyectos; y el Presidente de la Comisión ad-hoc es el encargado de instrumentar los medios necesarios para que se dictamine sobre la pertinencia del proyecto.
En cuanto a los Pares Evaluadores, que son los evaluadores de los Proyectos a subsidiar debo decir: a) son más de mil en cada área de conocimiento; b) una muy pequeña minoría es la que usualmente es llamada a intervenir; c) su incorporación al Banco de Pares o Expertos Evaluadores se hace con total arbitrariedad por parte del Directorio de la Agencia; d) Su desinsaculación para la evaluación de cada Proyecto tiene el mismo vicio de discrecionalidad y arbitrariedad que el punto anterior. e) No es de extrañar que los Pares Evaluadores usualmente convocados para aceptar o rechazar Proyectos, que es una tarea honoraria, hayan sido también subsidiados. f) Todo sin perjuicio ni menoscabo de muchos integrantes de los Bancos de Pares Evaluadores que son ajenos e inocentes de este sistema y de cuya honorabilidad no se pone aquí en duda.
1.2.- Excusas Formales a las Incompatibilidades
Es incompatible para un funcionario otorgarse a sí mismo un beneficio, dado que esa actitud implica privar a otro investigador que no es funcionario de dicho beneficio. No obsta a esta incompatibilidad que el beneficio sea otorgado por otros organismos integrantes del mismo Ministerio, dado que todos son empleados subalternos en la misma unidad ministerial. Tampoco obsta a la incompatibilidad que el miembro Asesor o Coordinador se excuse de intervenir cuando la Comisión o Área de conocimiento respectiva trata su propio pedido de subsidio. Obvio que de esa manera solo se salvan las formas y no la incompatibilidad, puesto que el subsidio cae en sus manos devolviendo la prestación con su voto a favor de los pares en la Comisión o Área de conocimiento respectiva.
Para evitar estos conflictos --propios de una administración venal que no respeta los parámetros meritocráticos y que maquina su ascenso socioeconómico mediante maniobras de corrupción política-- las garantías de independencia, imparcialidad, publicidad, igualdad y transparencia deberían ser requisitos insoslayables para el funcionamiento de todo poder evaluador, del fuero o jurisdicción que fuese.
1.3.- Responsabilidades del Comité de Ética en Ciencia y Tecnología (CECTE)
Tampoco obsta a la incompatibilidad ninguna reglamentación, ni exculpación, ni absolución, de organismo interno alguno, aunque fuere autónomo, que pretenda blanquear, encubrir o purgar la falta de transparencia, publicidad, legalidad, igualdad o responsabilidad, o que contradiga el espíritu de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Ética de la Función Pública Nº 25.188, salvo en ésta última la docencia.
Estas contradicciones las ha cometido el CECTE, supuestamente “autónomo”, que aunque creado por el Directorio del CONICET (Resolución D N° 1806/04, y su Reglamento, Resolución D N° 613 del 2-5-05), en 2004, bajo el Ministerio de Filmus, ha pasado ahora a la jurisdicción del Ministerio de Ciencia y Técnica; coordinado por Otilia Vainstok e integrado por miembros beneficiados por los subsidios de la Agencia (Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok) y también aparentemente por miembros no beneficiados (Roberto Fernánez Prini, Samuel Finkielman, Noé Jitrik, Ernesto E. Maqueda, Fernando O. Ulloa y Aída Kemelmajer de Carlucci). Dichas contradicciones se manifestaron en un Documento titulado Conflicto de interés en comunidades científicas pequeñas, fechado el día 5 de noviembre de 2007 http://www.cecte.gov.ar/pdf/14, emitido “…a pedido de Investigadores individuales”, pero también a solicitud del entonces Presidente de la Agencia Dr. Lino Barañao, la que fue formulada el 9 de abril de 2007 ante el Plenario del CECTE, y que exculpa a los Coordinadores de la Agencia de toda incorrección. Se ignora aún si esta exculpación alcanza también por analogía a los Directoriales del CONICET y la CONEAU, y a los miembros de las Comisiones Asesoras del CONICET, que también percibieron subsidios de la Agencia. No obstante la relevancia simbólica del evento burocrático citado, el Documento resultante es imposible de hallar en el menú del portal electrónico del CECTE.
1.4.- Responsabilidades de los Ministros del Área (Barañao y Filmus)
Pese a los compromisos de su pasado como Presidente de la Agencia (bajo el Ministro Filmus), contraídos ante el Plenario del CECTE, el actual Ministro Dr. Lino Barañao debe tomar cartas en estas omisiones, tergiversaciones, violaciones y discriminaciones; debe auditar la gestión de los organismos bajo su órbita; y debe decretar la nulidad de todo aquello que atente contra las Leyes de Actos Discriminatorios y de Ética de la Función Pública, incluido el citado Documento del CECTE, elaborado a su propio pedido.
La inactividad, indiferencia o negligencia del Ministro de Ciencia y Técnica en estas esferas legales, puede muy bien constituir delito, y ser fruto de una conspiración para discrecionalizar los fondos públicos y los recursos humanos en provecho de una camarilla facciosa que habría alcanzado también al Ministerio de Educación, específicamente a organismos tales como la Secretaría de Políticas Universitarias (SPU) y la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), cuyos directivos también fueron beneficiarios por la Agencia.
1.5.- Principios Universales Absolutamente Ignorados
Los principios de legalidad, publicidad, igualdad, control y responsabilidad han sido absolutamente ignorados, la ética legal ha sido abdicada y burlada, y las incompatibilidades o conflictos de interés han sido producidos deliberadamente en todos los casos que fueron oportunamente denunciados ante los organismos fiscalizadores (Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía General de Investigaciones Administrativos, Oficina Anti-Corrupción, Auditoria General de la Nación), y que hasta hoy han sido extrañamente ignorados.
1.6.- No Transparencia y Simulaciones Fraudulentas en los Portales Electrónicos Públicos
La falta de transparencia vigente hasta el día de la fecha en las pantallas electrónicas de estos organismos fue montada con el avieso objetivo de impedir a los Investigadores, Docentes-Investigadores y Becarios el conocimiento de las Leyes Nacionales de Actos Discriminatorios N° 23.592 y de Ética de la Función Pública Nº 25.188, y como en El Castillo de Kafka obstruirle a los mismos la comprensión del nexo inmediato que dichas Leyes tienen con sus derechos y obligaciones (volviéndolos así una suerte de súbditos o extranjeros).
Para ese objetivo desinformador, la Agencia, en la sección electrónica titulada Biblioteca de Documentos; el CONICET y la CONEAU, en sus secciones tituladas Normativa, y la SPU en su sección titulada Legislación, ocultaron la exhibición de dichas Leyes. Eso sí, socarronamente la CONEAU incluye en su normativa la Recopilación de las Leyes de Indias. Y el CECTE ocultó en el menú de su propio portal la publicidad de Documentos críticos donde se auto-incrimina http://www.cecte.gov.ar/pdf/14. También la Agencia ocultó los listados de los beneficiarios de subsidios de la década entre 1996, año de su fundación, y el 2007. Y también practicó una simulación fraudulenta al distorsionar la cifra de los beneficiados con subsidios, utilizando una estadística grosera que no pondera sus propias cifras, cuando en su documento titulado estadísticas fonCyT http://www.agencia.gov.ar/spip.php?article36 declaró la cantidad de dos mil (2.000) proyectos (y supuestamente igual cantidad de beneficiarios) para el período 2000-2004, de un total de 288 millones de pesos, a un promedio de $145.000 c/u, con el solapado afán de simular una supuesta equidad distributiva.
1.7.- Monopolización de los Recursos Oficiales por parte de los Directivos de CyT
Para desmentir esa falsa afirmación del portal electrónico de la Agencia, hemos descubierto que en el CONICET siete (7) miembros de sus Comisiones Asesoras (Targovnik, Murer, Uchitel, Previtali, Hoyos de Rossi, Colombo y Ugalde), recibieron de la Agencia la suma de $2.846.105, a un promedio de $406.586 c/u, mientras el total de funcionarios miembros beneficiados alcanzaba el numero de sesenta (60); que en la propia Agencia, ocho (8) Coordinadores (Coira, Cánepa, Rubiolo, Cabada, Cazzulo, Arzt, Poderoso, y Corti), se asignaron $3.662.000 a un promedio de $457.750 c/u, mientras el total de Coordinadores beneficiados alcanzaba el medio centenar; y que en la CONEAU, dos miembros de su Directorio se asignaron $275.354, a un promedio de $138.000. . En total, entre ambos organismos, quince (17) funcionarios se apoderaron de $6.683.459, a un promedio de $400.000 c/u, y otro centenar de ellos cifras algo menores pero siempre de seis (6) dígitos. La totalidad del presupuesto repartido en el cuatrienio 2000-2004 fue según cifras divulgadas por el portal de la Agencia de 288 millones, de los cuales, según nuestros cálculos, unos 27 millones, o el 20% del total, se lo llevaron para sí mismos en forma individual más de un centenar de autoridades de dichos organismos. Dada la escasez de la información a la que he tenido acceso presumo que dicho porcentaje debe ser mucho mayor.
1.8.- Complicidad del Mandarinato con la Violación de la Ética.
La complicidad de los funcionarios beneficiados con la distribución mafiosa de los subsidios, incluidas las autoridades del CECTE (que aunque ente autónomo creado por el CONICET está bajo la jurisdicción (sede, logística y financiación) del Ministerio de Ciencia y Técnica; con la violación del art.1º de la Ley de Actos Discriminatorios y el art.13º de la Ley de Ética de la Función Pública; y con el desentenderse de las incompatibilidades o conflicto de intereses, ha sido inequívoca, y el daño inferido a la comunidad científica argentina ha sido abrumador, tanto que amerita la inmediata intervención del Instituto Nacional Contra la Discriminación (INADI).
1.9.- Represalias a los Investigadores, víctimizados por oponerse al Plan Mafioso
La motivación de las persecuciones y represalias de las que han sido víctimas quienes se opusieron a ello debería ser materia penal, por cuanto los mismos partícipes de las violaciones éticas (miembros del Directorio del CONICET) han sido también los que seleccionaron a los evaluadores que rechazaron los Informes Periódicos de quien viene denunciando públicamente aquellas violaciones (ver Red Mafiosa en el CONICET argentina.indymedia.org/news/2009/04/668439.php y Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina http://www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html). Y muchos de los propios integrantes de las Comisiones Asesoras que rechazaron los Informes del denunciante fueron o son aspirantes a los subsidios de la Agencia, y han sido además recusados ante la Presidencia del CONICET por violación al sistema de incompatibilidades o por integrarlos tácitamente o por ser sus beneficiarios. Si el CECTE admite el tratamiento de Documentos “…a pedido de Investigadores individuales”, sería interesante saber si admite también el tratamiento de acusaciones de persecución política de resultas de haber practicado severas denuncias.
2.- COMPROBACIÓN FÁCTICA del PROBLEMA
Para probar la inequidad distributiva de los subsidios de investigación repartidos, así como para demostrar la grave situación de incompatibilidad en que se encuentran las autoridades o funcionarios que recibieron subsidios de la Agencia, el Apéndice I detalla la nómina de los beneficiarios y su filiación administrativa, área de conocimiento, y el año y monto de los subsidios:
2.1- Apéndice I
A) Comité Nacional de Ética en Ciencia y Técnica (CECTE); Stella M. González Cappa, Alberto R. Kornblihtt, Armando Parodi y Otilia Vainstok. La Dra. González Cappa lleva acumulados desde 1998 tres diferentes subsidios de seis dígitos cada uno
B) Comisiones Asesoras y Directorio del CONICET; Fueron beneficiados con subsidios los miembros del Directorio del CONICET Noemí Girbal, Faustino Siñeriz y Carlos Rapela, a quienes el ANPCYT, en su Convocatoria-2002, les asignó individualmente la suma de $210.000 (Cabe aclarar que la Directora Girbal, actual Vicepresidenta del CONICET, fue también durante muchos años la Coordinadora de la Gran Área de Ciencias Sociales). También fueron beneficiados los miembros de la Comisión Asesora Interdisciplinaria Especial Ad-Hoc de la Gran Área de Ciencias Agrarias (Ricardo Farías recibió $210.000 en 2003, y Rodolfo Ugalde quien a su vez desempeñó el cargo de Coordinador de la Comisión de Veterinaria y fue Director del Consejo de Investigaciones Científicas [CIC] de la Provincia de Buenos Aires recibió $210.000 en 2003 y nuevamente $275.000 en 2004). Entre los integrantes del Comité Asesor del Núcleo Básico de Revistas Científicas les fue adjudicado a Dora Barrancos $208.000 en 2004, a Alejandro Rofman $135.000 en 2004, y a Marcelo Cavarozzi $204.000 en 2004. Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc-Recursos correspondiente a las Ciencias Sociales le fue adjudicada a Ana María Lorandi en 2003 la suma de $72.969 y al funcionario de la Academia Nacional de la Historia Dr. Víctor Tau Anzoátegui $50.000 en 2000/2001 y nuevamente un total de $95.000 en 2003. Entre los integrantes de la Comisión Ad-Hoc de Materiales, Roberto Salvarezza recibió en 2002 la suma de $193.000.
Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ciencias Médicas, los que recibieron subsidios en el año 2000/2001 fueron Aldo Mottino con la suma de $105.000; Carlos José Pirola con la suma de $120.000; Oscar Bottasso con un total de $92.000; y Héctor Targovink con el monto de $105.000; en el año 2002 fueron Patricia Elizalde con la suma de $210.000; Ana María Franchi con la suma de $210.000, y Alicia Belgorosky con la suma de $210.000; en el año 2003, Hugo Daniel Luján recibió la suma de $210.000, y Osvaldo Uchitel la suma de $200.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Rodolfo Campos la suma de $279.000; Jorge Geffner la suma de $174.000; María Ángela Lazzari la suma de $280.000; Alicia Mattiazzi la suma de $251.000; Héctor Targovnik volvió a recibir otro monto de $252.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $357.000; y Mario G. Murer la suma de $195.000. En este último caso, habría que aclarar que el Dr. Murer había ya recibido en el año 2002 la suma de $110.334, totalizando con ambos subsidios la suma de $305.334. Y en el año 2005, los que recibieron fueron Claudia Capurro una suma de $279.000; Osvaldo Podhajcer un monto de $278.000; y otra vez Osvaldo Uchitel, en esta oportunidad con la suma de $244.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $444.000.
Entre los integrantes de la Comisión de Biología Alfredo Juan Castro Vázquez recibió en 2002 la suma de $147.000; y en el año 2005 Miguel Angel Sosa Escudero habría recibido una suma indefinida bajo el código 33.383; y Marta Dolores Mudry un monto desconocido bajo el código 38.001.
Entre los miembros de la Comisión de Química, en el año 2000/2001 María Rita Micaela Hoyos de Rossi recibió un total de $140.000; Manuel López Teijelo la suma de $94.000; y Carlos Previtali un total de $105.000; en el año 2002 el Coordinador Gerardo Burton recibió la suma de $202.000; en el año 2004 los que recibieron fueron Edgardo Durantini la suma de $203.000; Luis Dante Martínez el monto de $160.000; y José Carmelo Pedregosa la suma de $267.000. Y en el año 2005, Carlos M. Previtali volvió a recibir $257.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $362.000 y María Hoyos de Rossi $280.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $420.000. Entre los integrantes de la Comisión de Bioquímica, en el año 2004, la Coordinadora Beatriz Caputto recibió la suma de $280.000; José Luis Bocco recibió $279.000; Horacio Garda recibió la suma de $270.000; Fernando Goldbaum el monto de $280.000; y María Isabel Colombo recibió la suma de $276.000. En este último caso, habría que aclarar que la Dra. Colombo había ya recibido en el año 2002 un monto de $196.771, totalizando con ambos subsidios la suma de $472.771.
Entre los miembros de la Comisión de Matemáticas y Computación Juan Santos recibió en 2002 la suma de $205.000; y Graciela Boente Boente recibió en 2004 la suma de $177.000. Entre los miembros de la Comisión de Física, Ricardo Piegaia recibió en 2002 la suma de $171.249; y en el 2005 habrían recibido Jorge Fernández Niello una suma indefinida bajo el código 32.757; y Patricia Levstein otro monto de $279.000. Entre los integrantes de la Comisión de Astronomía, su Coordinador Pablo J. Mauas recibió en 2005 una suma de $269.000. Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Exactas y Naturales Gerardo Perillo quien desempeña a su vez el cargo de Coordinador de la Comisión de Ciencias de la Tierra, recibió en 2004 la suma de $272.000.
Entre los miembros de la Comisión de Ciencias Agrarias, en el año 2002 Roberto Lecuona recibió la suma de $175.000; y en el año 2003 Sofía Chulze recibió un total de $210.000. Entre los integrantes de la Comisión de Veterinaria, en 2000/2001 Osvaldo Rossetti recibió la suma de $75.000; y en 2002 Enrique Portianski recibió un total de $197.000. Entre los miembros de la Comisión de Ciencias de la Tierra, el Agua y la Atmósfera, en 2000/2001 Analía Artabe recibió $75.000; Sergio Matheos la suma de $85.000; y Alejandro Tosselli la suma de $150.000; en 2002 Carlos Cingolani recibió la suma de $188.167; en 2004 Susana Bischoff recibió un total de $220.000; y en el 2005 los que habrían recibido fueron nuevamente Analía Artabe una suma bajo el código 32.323; y Alicia Ronco un monto bajo el código 38.350.
Entre los integrantes de la Comisión Asesora de Ingeniería Civil, Mecánica y Eléctrica, el Ing. Guillermo Kaufman habría recibido en 2005 una suma bajo el código 38.168. Entre los miembros de la Comisión Asesora de Ingeniería y Procesos Industriales y Biotecnológicos en 2000/2001 José Bandoni recibió la suma de $120.000.
Entre los integrantes de la Comisión de Ciencias Humanas, María Isabel Santa Cruz recibió en 2005 la suma de $182.000. Entre los miembros de la Comisión de Arquitectura en 2000/2001 Beatriz Cuenya recibió la suma de $60.000. Y entre los integrantes de la Comisión de Historia y Antropología en 2000/2001 Cristina Bellelli recibió la suma de $92.000.
C) Coordinadores y co-Coordinadores de Área del ANPCYT En la Agencia Nacional para la Promoción Científico-Tecnológica (ANPCYT), dependiente de la Secretaría de Ciencia y Técnica de la Nación (SECYT), presidida entonces por el Dr. Lino Barañao, los integrantes del Directorio eran propuestos por la SECyT, y los Coordinadores de Área por el propio Directorio a propuesta del FONCYT. En ese sentido, los Coordinadores de Área Jorge Jorrat, Marcelo Cabada, Eduardo Arzt, y Jaime Cerda, habrían aprovechado la feliz circunstancia para adjudicarse a sí mismos respectivos subsidios.
En efecto, en la Convocatoria-2002, en una sospechosa operación les fue adjudicada igual suma a los que al año siguiente fueron los Coordinadores de las Áreas de Tecnología Informática Dr. Marcelo Frías, de Tecnología de Alimentos María Cristina Añón, y de Economía y Derecho Dr. Luis Beccaria. En la Convocatoria-2003, el Coordinador del Área de Ciencias Médicas Dr. Eduardo Arzt recibió la suma de $210.000; el Coordinador del Área de Ciencias Biológicas Dr. Marcelo Cabada recibió la suma de $210.000, y el Coordinador del Área de Tecnología Química Dr. Jaime Cerda también la suma de $210.000. Y en la Convocatoria-2004, el Coordinador del Área de Ciencias Humanas y Sociales Dr. Jorge Jorrat recibió la suma de $209.000.
A los Coordinadores de Área, que han sido denunciados al comienzo de este escrito, debemos agregar los Coordinadores siguientes:
1) En la Convocatoria-2000/2001 les fue adjudicado diferentes subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Área Eduardo Cánepa, Juan José Cazzulo, Marcelo Cabada, Rodolfo Sánchez, Damián Ravetta, Gustavo Corach, Juan Pablo Paz, Juan José Poderoso, Alcira Batlle, Beatriz Coira, Walter Helbling, Ana María Parma, Alberto Escande, Amelia Rubiolo, Alberto Vargas, Francisco Felipe Garcés, y el actual Presidente de la Agencia Lino Barañao.
2) En la Convocatoria-2002 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Área Gustavo Politis, Luis Alberto Beaugé, Roberto Salvarezza, Ricardo Astini, Beatriz Coira, Hermenegildo Ceccatto, Carlos Gigolo, Luis Mroginski, Maria Cristina Anón, Luis Beccaria y Marcelo Frías.
3) En la Convocatoria-2003 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Área Carlos A. Balseiro, Juan José Cazzulo, Horacio Corti, Roberto Rossi, Carlos Lanusse, Isidoro Schalamuk, y Ricardo Carelli
4) En la Convocatoria-2004 les fue adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Área Eduardo Cánepa, Mirta Quattrochio, Juan Pablo Paz, Rodolfo Sánchez, Damián Zanetti, Juan Jose Poderoso, Amelia Rubiolo y Verónica Bucala.
5) En la Convocatoria-2005 les habría sido adjudicado subsidios por diferentes montos a los Coordinadores de Área Marcelo Cabada, Juan José Cazzulo, Eduardo Arzt, Alcira Batlle, Juan José Poderoso, Horacio Corti, Alberto Vargas, Luis Gugliotta, y Ana María Antón.
Con más detalle (en áreas, montos y fechas), en la Convocatoria-2000/2001, le fue adjudicada a los Coordinadores del Área de Ciencias Biológicas Eduardo Cánepa $130.000; Juan José Cazzulo $140.000; y Marcelo Cabada $90.000; a los de Tecnología Agraria Rodolfo Sánchez $84.000 y Damián Ravetta $140.000 (este último colaborador del Ing. Víctor Kopp, Director del Área Técnica de Gestión de Subsidios); a los de Ciencias Físico-Matemáticas Gustavo Corach $105.000 y Juan Pablo Paz $90.000; al de Ciencias Médicas Juan José Poderoso $105.000; a la de Ciencias Químicas Alcira Batlle $150.000; al de Ciencias de la Tierra Beatriz Coira $120.000; al de Ciencias Biológicas de Organismos Walter Helbling $130.000; al de Tecnología Pecuaria Ana María Parma $100.000; al de Tecnología Agraria Alberto Escande $105.000; al de Tecnología de Alimentos Amelia Rubiolo $150.000; y a los de Tecnología Energética Alberto Vargas $84.000 y Francisco Felipe Garcés $72.000. En esta última Convocatoria 2000/2001 le fue adjudicada al Prof. Lino Barañao la suma de $140.000; al ex Presidente del CONICET y actual Director General del FONCYT Armando Bertranou $75.000; al Decano Alberto Boveris $140.000 y $280.000 en 2005; y al Decano Héctor Trinchero $170.000.
En la Convocatoria-2002, le fue adjudicada al Coordinador de Ciencias Humanas Gustavo Politis $200.000; al de Ciencias Médicas Luis Alberto Beaugé $210.000; al de Ciencias Químicas Roberto Salvarezza $193.000; a los de Ciencias de la Tierra Ricardo Astini $210.000 y Beatriz Coira nuevamente $204.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $324.000; al de Ciencias Físico-Matemáticas Hermenegildo Ceccatto $200.000; al de Tecnología Química Carlos Gigoló $85.000; al de Tecnología Agraria Luis Mroginski $163.000; a la de Tecnología de Alimentos María Cristina Anón $209.000; al de Economía y Derecho Luis Beccaria $121.000; y al de Tecnología Informática Marcelo Frías $206.000.
En la Convocatoria-2003, le fue adjudicado al Coordinador del Área de Ciencias Matemáticas Carlos A. Balseiro $210.000; al de Ciencias Biológicas Juan José Cazzulo $210.000; a los de Ciencias Químicas Horacio Corti $209.000 y Roberto Rossi $210.000; a los de Ciencias de la Tierra Gerardo Perillo y Cintia Piccolo, marido y mujer, la suma de $450.000; al de Tecnología Pecuaria Carlos Lanusse $210.000; al de Tecnología Energética Isidoro Schalamuk $206.000; y al de Tecnología Informática Ricardo Carelli $256.000. A propósito, el Coordinador Roberto Rossi, aquí mencionado, sería el mismo que figura en La Nación del viernes 1º de diciembre como habiendo recibido el Premio Sadoski-Bernardo Houssay.
En la Convocatoria-2004, le fue adjudicado al Coordinador del Área de Ciencias Biológicas Dr. Eduardo Cánepa nuevamente un subsidio por $280.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $410.000; al de Ciencia de la Tierra Mirta Quattrochio $223.000; a los de Ciencias Físico-Matemáticas Juan Pablo Paz $271.000, Rodolfo Sánchez $200.000; y Damián Zanetti $202.000; al de Ciencias Médicas Juan José Poderoso nuevamente $279.000; al de Ciencia de la Tierra Rodolfo Sánchez nuevamente $78.802, totalizando con ambos subsidios la suma de $162.802; al de Tecnología de Alimentos Amelia Rubiolo nuevamente $280.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $430.000; y al de Tecnología Química Verónica Bucala $248.000.
En la Convocatoria-2005 registra su aparición el ex Secretario de Ciencia y Técnica del Menemismo Juan Carlos del Bello con la suma de $138.000, y la Secretaria de Educación de la Provincia de Buenos Aires Adriana Puiggrós con un monto de $204.000. También registra un subsidio el recientemente ascendido a la máxima categoría de Investigador Superior del CONICET y dirigente del Grupo de Gestión de Políticas de Estado en CyT Martín Isturiz con una suma de $279.000
En dicha Convocatoria-2005, les habría sido adjudicado a los Coordinadores del Área de Ciencias Biológicas Marcelo Cabada nuevamente la suma de $280.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $370.000; y a Juan José Cazzulo nuevamente un monto de $279.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $489.000; a los de Ciencias Médicas Eduardo Arzt nuevamente $280.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $490.000, y Juan José Poderoso por tercera vez $277.000, totalizando en las tres oportunidades la suma de $661.000 y a Alcira Batlle nuevamente una cifra indeterminada bajo el código 32.642; al de Ciencias Químicas Horacio Corti nuevamente un monto de $279.000, totalizando con ambos subsidios la suma de $488.000; al de Tecnología Energética Alberto Vargas nuevamente una cifra indeterminada bajo el código 32.438; al de Tecnología Química Luis Gugliotta una cifra indeterminada bajo el código 38.158; y al de Ciencias Biológicas de Organismos Ana María Antón un monto indefinido bajo el código 34.901.
Eduardo R. Saguier Museo Roca-CONICET http://www.er-saguier.org http://www.nationstatecrisis.org
www.crisisyestado-nacion.org
Hallazgo del Documento del CECTE
Por Eduardo R. Saguier -
Tuesday, May. 12, 2009 at 6:48 AM
saguiere@ssdnet.com.ar 4802-2970 J. F. Segui 3955
El Documento del CECTE, titulado Conflicto de interés en comunidades científicas pequeñas, http://www.cecte.gov.ar/pdf/14 , fechado el día 5 de noviembre de 2007, que el Ministro de Ciencia y Técnica Dr. Lino Barañao debe anular por violatorio de los artículos 1º y 13º de la Ley Nacional de Ética de la Función Pública, se halla archivado en la sección Recomendaciones e Informes del Portal electrónico del CECTE.
Eduardo R. Saguier
www.crisisyestado-nacion.org
El Rey esta Desnudo
Por Jorge Roze -
Tuesday, May. 12, 2009 at 9:52 AM
jorgeroze@gigared.com
Si bien cuesta coincidir con las denuncias de Saguier cuyos disparos en muchos casos puede ir en sentido equivocado, golpear inocentes, partir de equívocos, confundir, etc., debemos asumir que sencillamente nos está diciendo que no se puede en ninguna circunstancia ser juez y parte de lo que se decide. No es tan dificil. Por otra parte, pensar que el sistema es impoluto, que somos juzgado desde la imparcialidad o que en las evaluaciones -ya sean subsidios, aprobación de informes y/o promoción- se aplican las reglas de quehacer científico, perdon amigos, eso es ser inocentes o estúpidos. Se han preguntado por que ascienden mas rápido los discípulos, compañeros de laboratorio o centros, aquellos que comparten similares marcos conceptuales, chupamedias, etc. que los investigadores menos institucionalizados, sin padrinos, de universidades e institutos fuera del ruido metropolitano?. ¿Sabe el colega Guerri del juicio aun abierto de Inez Izaguirre contra toda la cúpula académica del CONICET por discriminación en la elección del marco teórico?, descansando en algún cajón burocrático de la justicia. ¿ Acaso alguno de Uds. fue despachado en una evaluación porque incursionó en temas diferentes? ¿o porque el evaluador, textualmente pone “No parece razonable hablar de ... y sin mas desechó una investigación con años de trabajo empírico, elaboración, discusión en eventos académicos, etc.? ¿Sabe como se cierra la corporación académica cuando se requieren revisión de esos exabruptos?
Disculpen colegas, pero el sistema científico no es una corporación de hombre justos. El calorcito del laboratorio, la cátedra, el centro, el instituto protege bastante del frio de la realidad de los manejos corporativos de los que Saguier hace que se cole por una rendija.
Con Saguier o sin Saguier, el rey está desnudo.
Jorge Roze UNNE
Mecenazgo de los Medici en Argentina
Por Carlos Guillermo Schwartzer -
Sunday, May. 24, 2009 at 2:16 PM
cgschwar@speedy.com.ar
Van los dardos, vuelven las diatribas.
Pero el Moderador del Foro, en este caso en su carácter de participante, ha introducido una interesante variante en materia de “teoría de la justificación” de éste reparto de dineros públicos bajo una modalidad digna de los Medici. Quienes reparten se han apoderado del Estado y sus arcas y lo reparten con la discrecionalidad, y obviamente, la “estética florentina”: sólo le doy al que me halaga.
Pero el Sr Hugo Scolnik ha introducido, decía una variante discursiva que nos remonta a otros tiempos y metodologías. El Sr Hugo Scolnik ha introducido la variante del “por algo será”.
A más de uno le debe sonar, clase media del “deme 2”, aplausos para el Programa del 2 de abril de 1977 de Martinez de Hoz, terroristas de estado haciendo desaparecer a quienes les vinieran en gana y ante semejantes atropellos: esa burguesía urbana, que pedía “orden y progreso”: respondía: “por algo será” y así lavaban sus culpas y salían al mundo a mostrar cuan derechos y humanos eran.
Dice el Sr Hugo Scolnik:
De: pol-cien-bounces@ccc.uba.ar [mailto:pol-cien-bounces@ccc.uba.ar] En nombre de Hugo Scolnik Enviado el: Sábado, 23 de Mayo de 2009 08:56 p.m. Para: Eduardo Saguier CC: pol-cien@ccc.uba.ar Asunto: [Spam] Re: [Polcien] Fw: Consejero Juan Pablo Paz
Y seguramente hizo cosas útiles para el país a diferencia de algunos que conozco
….y, si…por algo será que le dieron $ 271.000 pesos. A las escuelas primarias no les compraron un puto libro, pero al “ñerso” que algo habrá aportado, le dieron más de 2 gambas y media. Para que, no lo sabemos, ni lo sabremos, pero ahora, en los umbrales del Olimpo Académico (nos enteramos que es Consejero de una Universidad Pública) se siente con el derecho de no rendir cuentas, cree haber sido alcanzado con el halo mágico de la impunidad de los que “reciben” pero no aportan.
Por algo será que le dieron semejante cantidad de guita, pero también, por algo será que el profesor lo defiende a capa y espada sin fundamento objetico alguno.
Por eso, no vale la pena recurrir a las estadísticas y dar por válidos los supuestos que estas fetichizan, sobre todo en materia económica.
Los empleados públicos integrantes del autodenominado “Sistema Científico Nacional” reciben fondos públicos y la rendición de cuentas no consta sólo de prolijas facturas correctamente dibujadas. No, los ciudadanos, cuando pedimos rendición de cuentas, exigimos que nos digan que objetivos se alcanzaron y de que modo esa inversión pública puede ser capitalizada por el conjunto de la sociedad.
No hacerlo, es ser parte del sistema de corrupción instalado en el Estado y que está afectando seriamente la sustentabilidad democrática. La impunidad alcanzada por un sistema jurídico temeroso que permite “candidatos testimoniales” avalados por fallos increíbles alcanza a éstos empleados públicos que se creen ajenos a las normas republicanas y que finalmente ponen en evidencia la hilacha, el hilito de la careta.
Lic. Carlos Guillermo Schwartzer Economista Asistencia Técnica y Gestión para Pequeñas y Medianas Empresas e mail: cgschwar@speedy.com.ar
Consejeros Universitarios y su Irresponsabilidad Política
Por Eduardo R. Saguier -
Wednesday, May. 27, 2009 at 4:18 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
Consejeros Universitarios y su Irresponsabilidad Política
Existen en la Universidad Argentina dirigentes que no están a la altura de las críticas circunstancias que azotan a nuestro país. Se supone que quien alcanza un cargo electivo en el cogobierno universitario debe defender los intereses de quienes representa. ¿Cuáles son dichos intereses y como deben defenderse?
Pues bien, surge a simple vista que la administración de los subsidios destinados a la ciencia y a la investigación repartidos por la Agencia Nacional para la Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT) deberían haber ocupado una de las máximas prioridades de los claustros universitarios y de los Consejos Directivos de las respectivas Facultades.
Sin embargo, nos encontramos ante la amarga realidad que dicha administración ha sido ignorada, y que los subsidios de la Agencia han sido objeto de una suerte de asalto a medianoche, con nocturnidad y alevosía. En efecto, de los 650 millones de pesos procedentes del BID, que son Deuda Externa, distribuidos entre 1997 y 2007, el portal electrónico de la Agencia indica que fueron asignados a unos seis millares (6.000) de Proyectos, insinuando que los subsidiados habrían sido otros tantos Investigadores. No obstante estos generosos cómputos oficiales, hemos podido estimar que aproximadamente un 20% de los mismos o 133 millones de pesos fueron a parar a las arcas individuales de un centenar y medio de funcionarios de la nomenclatura científica y universitaria (Coordinadores de la Agencia, integrantes de Comisiones Asesoras del CONICET, Directoriales de la CONEAU y del CONICET, Decanos, Consejeros, Jefes de Departamento, Secretarios de CyT de las Universidades, miembros del CECTE, etc.). Asimismo, entre esos 133 millones repartidos entre un centenar y medio de funcionarios, una doceava parte (11 millones) se habría alojado en los bolsillos de una treintena de los mismos, que tuvieron la oportunidad de repetir en dos y hasta tres oportunidades su participación en el botín.
Por otro lado, si nos atenemos a una proyección de las pautas seguidas para con los funcionarios subsidiados, de los 520 millones de pesos restantes, 43 millones se habrían distribuido entre casi un par de centenares de Investigadores no funcionarios, repetidos en dos y hasta tres oportunidades. Y los 477 millones, que en esta estimación quedarían remanentes, se habrían distribuido por una sola vez en apenas un par de miles de Investigadores subsidiados. Por lo tanto, de los seis mil (6.000) supuestos subsidiados que anima la estadística oficial exhibida en el Portal de la Agencia, la cifra real de los mismos por nosotros estimada habría disminuido a casi una tercera parte (2.330 Investigadores subsidiados), y por cierto su índice de concentración habría sido altísimo.
Cabe entonces preguntarse ¿Qué investigación y que protesta de esta oligopolización de los subsidios de la Agencia han hecho los Consejeros representativos de los diferentes claustros en los distintos Consejos Directivos correspondientes a las Facultades de las Universidades Nacionales? ¿Qué control han ejercido los Consejos Directivos sobre las respectivas Secretarías de CyT de cada Facultad, y en especial en la emblemática Facultad de Exactas de la UBA?
Ignoramos la respuesta. Pero lo que sí sabemos es que unos cuantos de dichos Consejeros --cuyo verdadero número e identidad no ha sido posible aún establecer-- también participaron del botín, no en una sino en varias oportunidades, sin haber existido escrúpulos por incompatibilidad alguna. Y la presunción que asalta en esta hermenéutica de la sospecha es que los Consejeros han buscado y buscan los cargos electivos para poder compartir este obsceno pillaje, a sabiendas que contaban y cuentan con absoluta impunidad, pues los Secretarios de CyT de las Facultades nada podrían o querrían hacer para controlar sus respectivas rendiciones de cuentas.
En conclusión, los cargos electivos en el cogobierno universitario han sido así objeto de un ostensible desfalco practicado en banda destinado a alimentar una suerte de Cadena de la Felicidad extendida a escala nacional.
Eduardo R. Saguier
www.er-saguier.org
Hay una minoria de canallas...
Por Fabio Vicentini -
Friday, May. 29, 2009 at 5:35 PM
fvicent@arnet.com.ar
Estimado Profesor Paz:
Charles Darwin reflexionó 20 años antes de escribir El origen de las Especies, si hubiera sido profesor de esta facultad hubiera perdido su concurso de renovación. Para no correr la misma suerte nuestros profesores deben escribir rápidamente papers y muchos papers porque serán contados por el jurado y comparados versus los números de papers de los otros candidatos. Por lo que uno infiere que tanta premura resultara en papers de baja calidad y, si Ud no se ofende, yo diría que es mayormente basura. Y como un paper sirve para expresar el resultado de una investigación se deduce que la investigación es una truchada. Y también es necesario previamente que el profesor declare en un formulario la naturaleza de la investigación para que le paguen los incentivos. Se concluye que los concursos y los incentivos ejercen una fuerte presión sobre el pobre tipo para que "invente" una investigación.
Ahora bien, los profesores del montón se conforman con pasar airosos el trago amargo del concurso y cobrar los incentivos fabricando mediocres truchadas pero hay profesores de la Cosa Nostra que aspiran a mucho más pergeñando gloriosas truchadas y recibiendo como fruto de sus honorables esfuerzos un kickback (subsidio) de 250000 mangos.
Atte. Fabio Vicentini
Estimado Solari [por Alberto J. Solari]:
1) Trabaje 25 años para 9 plantas industriales. Mi función consistía en mejorar la utilización de los recursos - maquinas, materiales y mano de obra - usando métodos de optimización, estadística y computación. Guardé un archivo de 29 trabajos hechos en Techint en 10 años por lo que estimo por extrapolación lineal haber encarado en mi vida laboral aprox 70 proyectos. Entre estos hay cuatro satisfactorios porque cumplieron con dos condiciones: primero mis recomendaciones fueron implementadas y segundo el método matemático que usé no era trivial . Los restantes no sirvieron o me maneje con el sentido común para presentar una solución a mis evaluadores (capataz, superintendente, gerente).
2) ¡Solo 4 éxitos en 70 ensayos! Seré yo un minusvalido? Permítame suponer que soy una persona normal, obtuve la licenciatura, un MSc y un PhD. Claro, eso no demuestra nada porque puedo ser un farsante con 3 títulos universitarios. Pero para no terminar acá la carta le ruego que acepte la hipótesis que yo soy una persona normal y no soy un farsante.
3) ¿Entonces como explico los 66 fracasos en toda una vida de trabajo? Muy fácil de explicar, YO NO MIENTO. A una persona normal y honesta le resulta muy difícil inventar algo nuevo o trascendente que sea digno de transmitir a sus colegas o a la posteridad. Es triste admitirlo, Usted y yo nos moriremos y con alta probabilidad nada de lo que hagamos en vida trascenderá salvo nuestro hijos. Por lo tanto, un profesor normal que publique 22 papers en dos años es un farsante.
4) Papers, investigaciones, congresos, tesis, subsidios, incentivos son todos ítems que importan. Pero lo desgraciado del sistema vigente es que obliga al profesor a inflar el curriculum en lugar de hacer lo que su vocación le indique. Si no corre la carrera de las ratas perderá el cargo y no podrá mantener a su familia. Y no importa cuan viejo sea tendrá que seguir concursando hasta que lo jubilen o se muera. En fin, la impresión que yo me llevé del ambiente que procreo esta política académica fue de mendacidad y malicia.
5) En la Argentina hay gente que se caga de hambre, hay gente que revuelve la basura para comer y hay mucha gente que vive con un estipendio miserable pero hay una minoría de canallas que roban de las arcas públicas. Me cuesta creer que todos nuestros investigadores estén exentos de la tentación de meter la mano en la lata y llevarse 250000 pesos. La cuestión es si la proporción de delincuentes es de la escandalosa magnitud que se desprende del informe de Saguier.
Lo saludo cordialmente,
Fabio Vicentini
El Chueco Mazzon y la Corrupción de la Ciencia Argentina
Por Eduardo R. Saguier -
Tuesday, Jun. 02, 2009 at 7:15 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
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El Chueco Mazzon y la Corrupción de la Ciencia Argentina
A los fines de consolidar su hegemonía, la dominación-K ha vertebrado diversas estrategias en los campos de la política, la economía, la sociedad y la cultura.
En el campo de la política ya se conocen los mecanismos de las candidaturas testimoniales, mediante las cuales pretenden atosigar las urnas del conurbano bonaerense. En el campo de la economía, se conoce su estrategia mercado-internista condimentada con las estadísticas truchas del INDEC.
Y en el campo de la cultura, la dominación-K ha pergeñado a través de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Técnica (ANPCYT) una mega-distribución de subsidios ad-hominem procedentes del denominado Programa de Modernización Tecnológica (PMT) financiado en tres tramos con créditos del BID que totalizaron mil millones de dólares (190 entre 1993 y 1999, 280 entre 199 y 2006, y 510 entre 2006 y 2010), y complementados en parte con fondos propios del país (230 millones de dólares). Los créditos se habrían distribuido de la siguiente manera: 288 millones de dólares al Fondo para la Investigación Científica-FONCYT entre 2000 y 2004; 250 millones de dólares al Fondo Tecnológico Argentino-FONTAR entre el 2003 y el 2007; y 7 millones de dólares al Fondo Fiduciario de Promoción de la Industria del Software-FONSOFT.
La del FONCYT fue una operatoria en abierto menosprecio de los Institutos y Centros de Investigación universitarios, públicos y privados, pues fue destinado a alimentar exclusivamente un listado selectivo y concentrado de científicos en todas las áreas del conocimiento. Y la del FONTAR ha sido, según el Prof. Carlos Schwarzer, repartida entre los "amicus curiae" del organismo, el que a su vez ha resultado una eficiente máquina de impedir el desarrollo y la innovación empresaria (obviamente, en los pliegues, están los burócratas de turno que inventan el problema y venden la solución, los que en la jerga son denominados "vulgares coimeros").
En la mente afiebrada del Chueco Mazzon (heredero putativo de Juan Carlos Del Bello), ingeniero de los aparatos políticos oficialistas (quien apadrinaría al Ministro Barañao), se estaría consolidando una elite intelectual para que escolte al actual proceso político. A diferencia de la justicia que cuenta para su selección y revocación con el Consejo de la Magistratura, la elite científica no contaría con ingerencia alguna del parlamento. Para dicha empresa gatoparda, no existiría otra manera de lograr la domesticación de la elite que corrompiendo los cuadros de la ciencia y la cultura, escogiendo entre ellos a los más proclives a "no sacar los pies del plato".
Eduardo R. Saguier Museo Roca-CONICET
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Denuncia Penal ante la Cámara Nacional de Apelaciones
Por Eduardo R. Saguier -
Monday, Jun. 08, 2009 at 9:08 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
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Denuncia Penal ante la Cámara Nacional de Apelaciones
Esta mañana concurri a la sede de la Camara Nacional de Apelaciones en lo Correccional, sita en Viamonte 1155, donde radique mi denuncia, la cual fue sorteada de nmediato recayendo en el Juzgado de Instruccion No.8, a cargo de la Jueza Dra. Bernan, bajo el Nº 24031/09. Se me informo que en una semana habre de ser citado para ratificar mi denuncia.
Eduardo R. Saguier
Buenos Aires, 8 de junio de 2009
Sr. Fiscal de Cámara Cámara Nacional de Apelaciones en lo Correccional y Criminal
De mi consideración
El que suscribe, Eduardo Ricardo Saguier, DNI 4394928, Investigador de Carrera del CONICET, con el patrocinio letrado del Dr. Jorge Enrique Marenco, y con domicilio legal en Jun Francisco Seguí 3955, 2º piso, Dpto.E, Capital, vengo por la presente a denunciar a la Agencia Nacional para la Promoción Científica y Tecnológica (ANPCYT), sita en Av. Córdoba 831, por la distribución viciosa de la suma de 650 millones de pesos en subsidios entre 1997 y 2007, Asimismo, también vengo a denunciar a las autoridades del CONICET, la CONEAU, las Secretarias de Ciencia y Técnica de las Universidades Nacionales, y el Comité de Ética del Ministerio de Ciencia y Técnica de la Nación, por ser participes de esta distribución de dichos subsidios.
El detalle de dicha denuncia, por su extensión, viene adjunto en dos escritos, uno de los cuales es extracto del otro.
Sin otra consideración le saluda,
Eduardo R. Saguier Investigador del CONICET DNI 4394928 Juan F. Seguí 3955, 2º piso, Dpto E Tel. Celular
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Ratifique mi denuncia el martes 16 de junio
Por Eduardo R. Saguier -
Friday, Jul. 03, 2009 at 5:56 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
Ratifique mi denuncia el martes 16 de junio ante la Fiscalia del Crimen No.22, del Dr. Eduardo Cubria. Los terminos de la ratificación, que fueron por escrito y verbalmente guardan el secreto del sumario.
Eduardo R. Saguier
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NOMENKLATURA AKADEMICA ARGENTINA (era K)
Por Eduardo R. Saguier -
Saturday, Jul. 11, 2009 at 9:46 AM
saguiere@ssdnet.com.ar
NOMENKLATURA AKADEMICA ARGENTINA (era K) SUBSIDIOS de la ANPCYT duplicados, triplicados y cuadruplicados ver nómina en attach
De los dos mil (2000) subsidiados por la Agencia (ANPCYT) en el periodo 2002-2006, que fueran alfabetizados por el Prof. Roberto Etchenique, http://www.neuro.qi.fcen.uba.ar/agencia/2000-2006-Apellido-Nombre.pdf y de los 645 millones repartidos entre 1997 y 2007, según la Estadística de la propia Agencia, hemos encontrado que:
a) nueve (9) subsidiados percibieron cuatro (4) subsidios por un total de $7.709.049, a un promedio de $856.561 c/u;
b) treintaycinco (35) subsidiados percibieron tres (3) subsidios por un total de $22.051.000, a un promedio de $630.028 c/u;
c) trecientos cuarentaydos (342) subsidiados percibieron un par de subsidios por un total de $137.188.000, a un promedio de $401.149 c/u;
y d) milcientotreintayun (1131) subsidiados percibieron un solo subsidio por un total aproximado de 226 millones de pesos, a un promedio de $200.000 c/u.
Por lo tanto, de los seis mil (6.000) supuestos subsidiados que anima la estadística oficial exhibida en el Portal de la Agencia, la cifra real de los mismos por nosotros estimada habría disminuido enormemente (1517 subsidiados entre 2002 y 2006), y por cierto su índice de concentración habría sido altísimo.
En cuanto a los montos de los subsidios, el Prof. R. Etchenique sostiene que los mismos “son dependientes principalmente de los gastos de cada disciplina y del año del subsidio”. Sin embargo, hemos podido comprobar que si bien el año del subsidio incide en los montos (se incrementan notoriamente a partir del 2003) las cifras individuales distribuidas siguen un patrón que por lo repetido pareciera no tener nada que ver con los gastos de cada proyecto, y sí mucho con la premura burocrática de gastar la partida del correspondiente tramo del BID. Dicha premura podría estar íntimamente vinculada con la inclusión de más de un centenar de funcionarios de la Agencia, el CONICET, la CONEAU, el INADI, el INTA, el CECTE, y las Secretarías de Ciencia y Técnica de las Universidades, entre los favorecidos con subsidios, materia actualmente investigada en sede penal y descripta en el escrito La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina, http://www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html
Por cierto, de esta estadística no surgen si los recursos han sido bien o mal empleados. Ello podrá ser comprobado sólo mediante la respectiva Rendición de Cuentas y el Informe científico correspondiente de cada proyecto.
Eduardo R. Saguier
NOMENKLATURA AKADEMICA ARGENTINA (era K)
Nombre Año Monto
Ocho (8) Subsidios Cuadruplicados
Altamirano, Carlos W. 1997 140.000 1998 140.000 2003 143.349 2006 135.576 Total 558.925
Arregui, Carlos 2000 101.000 2003 209.000 2005 271.917 2006 271.207 Total 853.124
Cazzulo, Juan José 2000 140.000 2003 210.000 2005 279.000 2006 268.000 Total 897.000
Cukierman, Ana Lea 2000 104.000 2000 134.000 2004 272.000 2005 279.000 Total 789.000
Elizalde de Brecco 2000 105.000 2002 208.000 2005 251.000 2006 279.000 Total 843.000
Fossati, Carlos Alberto 2000 102.000 2003 185.000 2004 275.000 2006 277.000 Total 839.000
Frasch, Alberto 2000 150.000 2002 210.000 2004 280.000 2005 280.000 Total 920.000
Podestá, Ernesto J. 2003 201.000 2004 276.000 2005 194.000 2006 279.000 Total 949.000
Prat Gay, Gonzalo 2005 320.000 2004 380.000 2002 210.000 2000/01 150.000 Total 1.060.000
35 Subsidios Triplicados
Aguilar, Orlando 2003 208.000 2004 232.000 2006 279.000 Total 719.000
Aschero, Carlos 2000 147.000 2002 149.000 2005 210.000 Total 506.000
Ballare, Carlos 2003 418.000 2004 272.000 2006 279.000 Total 969.000
Berretta, Horacio 2002 143.000 2005 193.000 2006 268.000 Total 604.000
Boccaccio, Graciela 2000 149.000 2005 280.000 2006 280.000 Total 709.000
Bonetto, Fabián 2000 69.000 2004 280.000 2006 279.000 Total 628.000
Bouzat, Cecilia 2002 197.000 2004 268.000 2006 279.000 Total 744.000
Castellani, Norberto 2002 102.000 2003 110.000 2006 250.000 Total 462.000
Cerdán, Pablo Diego 2003 209.000 2005 280.000 2006 280.000 Total 769.000
Ceriani, María Fernanda 2002 173.000 2003 210.000 2006 280.000 Total 663.000
Echave, Julián 2000 149.000 2004 280.000 2006 279.000 Total 708.000
Elizalde, Patricia 2002 210.000 2004 237.000 2006 279.000 Total 726.000
García, Verónica Edith 2000 70.000 2004 220.000 2006 279.000 Total 569.000
García Vescovi, Eleonora 2000 77.000 2003 188.000 2004 279.000 Total 544.000
Geffner, Jorge Raúl 2006 265.695 2004 174.563 2003 177.626 Total 617.884
Goldbaum, Fernando 2000 135.000 2000 150.000 2004 280.000 Total 565.000
Goya, Rodolfo Gustavo 2002 201.000 2003 209.000 2005 278.000 Total 688.000
Guiamet, Juan José 2002 205.000 2005 222.000 2006 265.000 Total 692.000
Guido, Mario Eduardo 2000 99.000 2004 279.000 2006 279.000 Total 657.000
Lagares, Antonio 2000 96.000 2003 209.000 2005 279.000 Total 584.000
Lamattina, Lorenzo 2000 100.000 2003 205.000 2005 259.000 Total 564.000
Lorandi, Ana María 2002 178.541 2003 73.000 2007 157.326 Total 408.867
Malchiodi, Emilio Luis 2002 210.000 2005 275.000 2006 279.000 Total 764.000
Mattea, Miguel Ángel 2000 103.000 2004 280.000 2006 279.000 Total 662.000
Medan, Diego 2002 105.000 2004 61.000 2006 266.000 Total 432.000
Palermo, Marina 2002 149.000 2004 276.000 2006 236.000 Total 661.000
Parodi, Armando 2002 201.000 2003 207.000 2005 277.000 Total 685.000
Poderoso, Juan José 2000 105.000 2004 279.000 2005 277.000 Total 661.000
Podhajcer, Osvaldo 2000 113.000 2003 209.000 2005 278.000 Total 600.000
Rubinstein, Marcelo 2002 210.000 2003 210.000 2005 280.000 Total 800.000
Salvia, Agustín Héctor 2000 69.000 2004 191.000 2005 195.000 Total 455.000
Schinder, Alejandro 2000 150.000 2003 210.000 2005 280.000 Total 640.000
Soncini, Fernando 2000 104.000 2003 210.000 2006 279.000 Total 593.000
Walsoe de Reca, Noemí 2000 93.000 2003 189.000 2005 279.000 Total 561.000
Zerba, Eduardo 2000 103.000 2004 275.000 2005 262.000 Total 640.000
342 Subsidios Duplicados
Aboy Carlés, Gerardo 2003 370.049 2006 196.223 Total 566.272
Aguirre, Pío Antonio 2000 59.000 2003 103.000 Total 162.000
Albano, Ezequiel 2000 168.000 2006 260.000 Total 428.000
Aldabe, Bilmes 2002 201.000 2005 279.000 Total 480.000
Aldao, Celso 2002 105.000 2006 90.000 Total 195.000
Álvarez, Cecilia 2002 139.000 2006 279.000 Total 418.000
Álvarez, María Elena 2000 99.000 2005 259.000 Total 358.000
Amalvy, Javier 2000 63.000 2005 279.000 Total 342.000
Andreo, Carlos 2002 203.000 2005 280.000 Total 483.000
Andruilo, Adrián 2000 126.000 2004 221.000 Total 347.000
Andruskiewits, Nicolás 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Ángel, Sergio 2002 167.000 2005 280.000 Total 447.000
Apesteguía, Carlos 2002 207.000 2006 278.000 Total 485.000
Artana, Guillermo 2000 104.000 2005 279.000 Total 383.000
Arzt, Eduardo 2004 210.000 2005 280.000 Total 490.000
Astini, Ricardo 2002 210.000 2005 450.000 Total 660.000
Austin, María Teresa 2004 280.000 2005 279.000 Total 559.000
Avila, Eldo 2003 88.000 2006 196.000 Total 284.000
Awruch, Josefina 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Bal de Kier, Elisa 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Baldessari, Alicia 2000 70.000 2005 206.000 Total 276.000
Baquero, Ricardo 2002 161.000 2005 209.000 Total 370.000
Barañao, Lino 2000 150.000 2002 140.000 Total 290.000
Barbero, Cesar 2003 419.000 2004 251.000 Total 670.000
Barneix, Atilio 2000 81.000 2004 257.000 Total 338.000
Barrantes, Francisco 2002 209.000 2004 279.000 Total 488.000
Barros, Vicente 2000 89.000 2003 182.000 Total 271.000
Barsky, Osvaldo 2002 104.000 2004 74.000 Total 174.000
Battistini, Osvaldo 2003 99.000 2006 179.000 Total 278.000
Beccaria, Luis 2002 121.000 2006 200.000 Total 321.000
Becher, Verónica 2002 120.000 2006 279.000 Total 399.000
Becú, Damasia 2003 201.000 2006 257.000 Total 458.000
Belgorosky, Alicia 2002 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Bellelli, Cristina 2000 93.000 2004 203.000 Total 296.000
Bendini, Mónica 2000 80.000 2005 155.000 Total 235.000
Benech Arnold, Roberto 2003 185.000 2006 279.000 Total 464.000
Bertiller, Mónica 2002 208.000 2004 262.000 Total 470.000
Bertorello, Héctor 2003 102.000 2005 260.000 Total 362.000
Bilmes, Gabriel 2000 145.000 2004 280.000 Total 425.000
Bohé, Ana Ester 2000 149.000 2005 279.000 Total 428.000
Bolmaro, Raúl 2003 121.511 2007 229.000 Total 350.511
Borda Enri, Santiago 2000 71.000 2006 253.000 Total 324.000
Borrero, Luis 2000 76.000 2006 197.000 Total 273.000
Bottasso, Oscar 2000 91.000 2004 213.000 Total 304.000
Bottini, Ambrosio 2002 207.000 2004 275.000 Total 482.000
Boveris, Alberto 2002 140.000 2005 280.000, Total 420.000
Brandoni de Gasparini, 2000 47.000 2004 155.000 Total 202.000
Braverman 2002 182.000 2005 271.000 Total 453.000
Brignole, Esteban 2000 149.000 2004 253.000 Total 392.000
Burton, Gerardo 2002 201.000 2006 279.000 Total 480.000
Busch, Maria 2002 67.000 2005 127.000 Total 194.000
Cabada, Marcelo 2000 90.000 2004 210.000 Total 300.000
Cáceres, Alfredo 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Caffini, Néstor 2000 131.000 2005 260.000 Total 391.000
Calvo, Adriana 2000 89.000 2005 276.000 Total 365.000
Calvo, Jorge 2005 246.000 2005 245.000 Total 491.000
Campero, Carlos 2002 208.000 2006 279.000 Total 487.000
Campetella, Oscar 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Campos, Rodolfo 2000 101.000 2004 279.000 Total 380.000
Cánepa, Eduardo 2000 130.000 2004 280.000 Total 410.000
Capiati Nume, José 2002 210.000 2004 271.000 Total 481.000
Capurro, Claudia 2002 145.000 2005 280.000 Total 425.000
Caputto, Beatriz 2000 145.000 2004 280.000 Total 425.000
Carranza, Ricardo 2000 56.000 2005 279.000 Total 335.000
Carrasco, Andrés 2002 203.000 2005 279.000 Total 482.000
Cassano, Alberto 2000 150.000 2004 259.000 Total 409.000
Castagnino, Mario 2003 163.000 2006 209.000 Total 372.000
Castaño, Eduardo 2002 203.000 2006 280.000 Total 483.000
Castro, José Alberto 2000 104.000 2005 260.000 Total 364.000
Cataldi, Ángel 2005 277.000 2006 278.000 Total 555.000
Ceccatto, 2002 200.000 2003 203.000 Total 403.000
Cesari, Silvia 2002 200.000 2005 240.000 Total 440.000
Chemes, Héctor 2000 88.000 2005 201.000 Total 289.000
Chessa, Juana Josefa de 2003 280.000 2006 210.000 Total 490.000
Chialvo, Abel César 2003 272.000 2006 97.000 Total 369.000
Chiaramonte, José Carlos 2000 72.000 2004 150.508 Total 222.508
Cingolani, Horacio 2000 102.000 2002 188.000 Total 290.000
Ciuffo, Gladis 2000 91.000 2005 209.000 Total 300.000
Civello, Pedro 2000 180.000 2003 279.000 Total 459.000
Cointry Peix, Enrique 2003 157.000 2006 274.000 Total 431.000
Coira, Beatriz 2000 120.000 2002 204.000 Total 324.000
Colombo, Jorge Augusto 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Colombo, María Isabel 2002 196.771 2005 276.000. Total 472.771
Concari, Sonia 2003 135.000 2006 203.000 Total 338.000
Conci, Vilma Cecilia 2000 101.000 2003 279.000 Total 380.000
Corley, Juan 2003 120.000 2006 289.000 Total 409.000
Corti, Horacio 2003 209.000 2005 279.000 Total 488.000
Craviotti, Clara Virginia 2005 67.000 2006 111.000 Total 178.000
Crespo, Enrique 2002 205.000 2005 278.000 Total 483.000
Cuasnicú, Patricia 2000 104.000 2004 278.000 Total 382.000
Dain, Liliana 2002 201.000 2006 279.000 Total 480.000
Daniotti, José Luis 2003 162.000 2006 280.000 Total 442.000
Davio, Carlos 2002 210.000 2005 279.000 Total 489.000
De Sanctis, Oscar 2000 110.000 2004 279.000 Total 389.000
Denegri, Guillermo 2002 116.000 2006 280.000 Total 396.000
Depetris, Pedro 2000 79.000 2004 268.000 Total 347.000
Díaz, Sandra Myrna 2000 91.000 2004 254.000 Total 345.000
Díez, Javier Alberto 2002 252.000 2006 246.000 Total 498.000
Domínguez, Eduardo 2002 209.000 2006 278.000 Total 487.000
Donati, Edgardo 2004 279.000 2006 278.000 Total 557.000
Dos Santos, Alfonso 2004 278.000 2006 136.000 Total 414.000
Duschatzki, Silvia 2002 158.000 2005 207.000 Total 365.000
Duvilanski, Beatriz 2000 108.000 2005 279.000 Total 387.000
Elgoyhen, Ana Belén 2002 201.000 2005 279.000 Total 480.000
Erijman, Leonardo 2003 177.625 2006 189.417 Total 367.042
Ermácora, Mario G. 2000 150.000 2005 280.000 Total 430.000
Erra-Balsells, Rosa 2002 198.000 2006 279.000 Total 477.000
Estrén, Darío 2000 104.000 2004 279.000 Total 383.000
Fainboim, Leonardo 2000 114.000 2004 275.000 Total 389.000
Fainstein, Alejandro 2000 99.000 2004 213.000 Total 312.000
Fernández Garay, 2002 38.000 2005 169.000 Total 197.000
Ferretti, Osmar 2002 201.000 2003 207.000 Total 408.000
Feugeas, Jorge 2003 143.000 2006 275.000 Total 418.000
Fidelio, Gerardo 2001 134.000 2005 273.000 Total 407.000
Franchi, Ana María 2002 209.000 2004 279.000 Total 488.000
Frías, Marcelo 2002 206.000 2006 256.653 Total 462.653
Galetto, Leonardo 2002 153.000 2005 278.000 Total 421.000
Galigniana, Mario 2003 210.000 2006 280.000 Total 490.000
Garcés, Francisco 2000 70.000 2004 210.000 Total 280.000
García Bermúdez, Gerardo 2000 71.000 2005 165.000 Total 236.000
García Canal, Carlos 2000 89.000 2004 234.000 Total 343.000
García, María Laura 2002 201.000 2005 279.000 Total 480.000
Garda, Horacio 2000 103.000 2004 270.000 Total 373.000
Gardenal, Cristina Noemí 2003 183.000 2006 280.000 Total 463.000
Garramuño de Vallés 2002 206.000 2005 279.000 Total 485.000
Gea, Susana 2002 209.000 2005 278.000 Total 487.000
Gelman, Jorge 2003 145.563 2006 210.000 Total 355.563
Gelpi, Ricardo 2002 161.000 2006 277.000 Total 438.000
Genti de Raimondi, Susana 2000 40.000 2003 210.000 Total 250.000
Gershamk, Oscar 2002 180.000 2005 258.000 Total 438.000
Ghersa, Claudio Mario 2000 107.000 2006 273.000 Total 380.000
Gimeno, Eduardo Juan 2000 104.000 2004 220.000 Total 324,000
Godoy, Tomás 2002 121.000 2005 63.000 Total 184.000
Goldstein, Guillermo 2000 148.000 2002 203.000 Total 351.000
Gómez, Daniel 2003 209.000 2005 280.000 Total 489.000
González, Daniel Héctor 2002 200.000 2006 268.000 Total 468.000
González, María Gloria 2000 100.000 2005 276.000 Total 376.000
González, María Isabel 2003 149.000 2006 207.000 Total 356.000
González Cappa, Stella 2003 204.000 2005 203.000 Total 407.000
Gottifredi, Vanesa 2004 279.000 2006 279.000 Total 558.000
Gramajo, Hugo 2003 279.000 2005 209.000 Total 488.000
Grau, Héctor Ricardo 2002 295.000 2006 274.000 Total 569.000
Grau, Roberto 2002 210.000 2004 279.000 Total 489.000
Guariglia, Osvaldo 2000 52.000 2005 174.000 Total 226.000
Guerstein, Gladis R. 2000 141.000 2004 276.000 Total 417.000
Guichón, Ricardo 2003 66.000 2006 160.000 Total 226.000
Gürtler, Ricardo 2000 149.000 2004 272.000 Total 421.000
Harboure, Eleonor 2000 77.000 2004 169.000 Total 246.000
Hasson, Estéban 2002 193.000 2005 279.000 Total 472.000
Hernández, Ester 2000 102.000 2005 168.000 Total 270.000
Herzer, Hilda 2002 158.000 2006 181.000 Total 339.000
Hongn, Fernando 2002 190.000 2006 232.000 Total 422.000
Hoyos de Rossi, María 2000 140.000 2005 280.000 Total 420.000
Huespe, Alfredo 2005 183.000 2006 277.000 Total 450.000
Ibarra, Cristina 2000 104.000 2004 279.000 Total 383.000
Idoyaga Molina, Cristina 2003 104.000 2005 207.000 Total 301.000
Ielpi, Luis 2000 72.000 2006 280.000 Total 352.000
Isturiz, Martin 2003 201.989 2006 279.469 Total 481.458
Jelin, Elizabeth 2000 146.000 2005 209.000 Total 355.000
Juárez, Marta Patricia 2000 77.000 2004 269.000 Total 346.000
Karzenbaum, Haydée 2003 157.000 2006 279.000 Total 436.000
Kornblihtt, Alberto 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Kreimer, Pablo 2003 195.000 2006 204.000 Total 399.000
Krotsch, Pedro 2000 75.000 2005 119.000 Total 194.000
Laborde, Miguel Angel 2000 82.000 2004 275.000 Total 357.000
Laguens, Andrés 2000 94.000 2005 209.000 Total 303.000
L´Argentiere, Pablo 2002 210.000 2005 280.000 Total 490.000
Laria, Daniel Héctor 2000 94.000 2004 177.000 Total 271.000
Larripa, Irene Beatriz 2000 103.000 2005 272.000 Total 375.000
Lavado, Raúl Silvio 2000 95.000 2004 265.000 Total 360.000
Lazzari, María Ángeles 2000 105.000 2004 280.000 Total 385.000
Lecuona, Roberto 2002 175.000 2006 277.000 Total 452.000
Ledesma, Silvia 2002 154.000 2006 203.000 Total 357.000
Leguizamón, María 2002 136.000 2005 259.000 Total 395.000
León, Alberto Edel 2005 223.000 2005 275.000 Total 498.000
Leoni, Julián 2000 105.000 2004 266.000 Total 371.000
Levin, Mariano 2004 277.000 2006 273.000 Total 550.000
Libertun, Carlos 2000 105.000 2004 256.000 Total 361.000
Limarino, Carlos 2000 72.000 2004 212.000 Total 284.000
Litter, Marta Irene 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Llois, Ana María 2002 137.000 2005 278.000 Total 415.000
Lodeiro, Aníbal 2002 159.000 2006 279.000 Total 438.000
Loiseau, Irene 2000 102.000 2006 155.143 Total 257.143
López, Nora Mabel 2003 206.000 2006 248.000 Total 454.000
Lorenzano, Pablo 2002 231.000 2003 125.000 Total 356.000
Lorenzo, Alfredo 2003 150.000 2006 279.000 Total 429.000
Lozano, Jorge Enrique 2000 81.000 2004 209.000 Total 290.000
Luján, Hugo Daniel 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Lüthy, Isabel Alicia 2000 75.000 2004 185.000 Total 260.000
Maggio, Bruno 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Magni, Christian 2000 102.000 2005 277.000 Total 379.000
Maldonado, Héctor 2003 410.000 2006 278.000 Total 688.000
Manzanal, Mabel 2000 109.000 2006 210.000 Total 419.000
Manzo, Rubén 2002 206.000 2005 279.000 Total 485.000
Marchese, José 2000 108.000 2004 264.000 Total 372.000
Marcos, Graciela 2003 76.000 2006 91.000 Total 167.000
Marinelli, Raúl 2002 154.000 2005 280.000 Total 434.000
Martínez, Oscar Adolfo 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Martínez, Osvaldo Miguel 2003 102.000 2005 172.000 Total 274.000
Mattiazzi, Alicia 2000 110.000 2004 251.000 Total 361.000
Mayorga, Luis 2002 175.000 2005 271.000 Total 446.000
Medina, Jorge Horacio 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Mendoza, Diego de 2002 210.000 2003 210.000 Total 420.000
Merani, María Susana 2002 373.000 2005 270.000 Total 643.000
Mercado, Pedro Enrique 2000 97.000 2006 279.000 Total 376.000
Mianzan, Hermes Walter 2000 41.000 2006 279.000 Total 320.000
Miotti, Laura 2002 69.541 2006 210.000 Total 279.541
Miquel, Maria Cristina 2002 408.000 2006 234.000 Total 642.000
Miquelarena, Amalia 2002 178.000 2006 280.000 Total 458.000
Miraglia, Jorge 2003 206.000 2006 165.000 Total 371.000
Molina, Juan Carlos 2003 190.000 2006 278.000 Total 468.000
Molinas, Felisa 2002 171.000 2006 210.000 Total 381.000
Mordoch, José 2000 87.000 2003 209.000 Total 296.000
Moreno de Colonna 2000 129.000 2005 280.000 Total 409.000
Moretti, Héctor Alberto 2000 82.000 2004 207.000 Total 289.000
Mottino, Aldo Domingo 2000 105.000 2004 280.000 Total 385.000
Mroginsky, Luis Amado 2002 162.000 2006 279.000 Total 441.000
Muhlmann, María 2002 405.000 2006 194.000 Total 599.000
Murer, Mario G. 2000 195.000 2002 110.334 2005 Total 305.334
Muschietti, Jorge 2002 184.000 2005 250.000 Total 434.000
Mustapic, Ana María 2003 91.000 2006 141.000 Total 232.000
Narvaja de Arnoux, Elvira 2003 210.000 2006 202.000 Total 412.000
Navone, Graciela 2002 208.000 2006 197.000 Total 405.000
Nesse, Alcira 2003 182.000 2006 266.000 Total 448.000
Nicola, Alejandro de 2000 105.000 2004 241.000 Total 346.000
Norry, Fabián 2004 82.000 2006 154.000 Total 236.000
Novaro, Marcos 2002 144.000 2005 326.000 Total 470.000
Novas, Fernando E. 2003 203.000 2006 279.000 Total 482.000
Oesterheld, Martin 2002 208.000 2005 279.000 Total 487.000
Ojeda, Ricardo 2002 207.000 2004 253.000 Total 460.000
Olabe, José Antonio 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Oldecop, Luciano 2002 138.000 2005 186.000 Total 324.000
Orozco, Javier 2003 103.000 2006 186.000 Total 289.000
Osella, Ana María 2003 209.000 2005 278.000 Total 477.000
Oubiña, José 2002 208.000 2006 279.000 Total 487.000
Pacino, María Cristina 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Parma, Alberto 2005 271.000 2005 275.000 Total 546.000
Parma, Ana María 2000 103.000 2006 279.000 Total 382.000
Pasquini, Juana 2002 201.000 2005 279.000 Total 480.000
Paz, Juan Pablo 2000 90.000 2004 271.000 Total 361.000
Pelletieri, Osvaldo 2002 131.000 2006 205.000 Total 336.000
Peretti, Alfredo 2002 356.000 2006 256.000 Total 612.000
Perfumo, Carlos 2000 75.000 2005 279.000 Total 354.000
Piccolo, María Cintia 2002 182.000 2006 279.000 Total 461.000
Piegaia, Ricardo 2002 171.000 2006 165.000 Total 336.000
Pirola, Carlos José 2000 120.000 2004 279.000 Total 399.000
Pisarev, Mario Alberto 2000 75.000 2004 279.000 Total 354.000
Pistoresi, María Cristina 2004 280.000 2006 279.000 Total 559.000
Pitossi, Fernando 2004 209.000 2006 277.000 Total 486.000
Plotkin, Mariano Ben 2002 83.823 2006 208.000 Total 291.823
Ponce Dawson, Silvina 2000 53.000 2005 171.000 Total 224.000
Ponzi, Marta Isabel 2003 56.000 2005 274.000 Total 330.000
Portiansky, Enrique 2002 196.000 2006 260.000 Total 456.000
Poskus, Edgardo 2005 275.000 2005 279.000 Total 554.000
Poverene, María Mónica 2000 55.000 2006 249.000 Total 304.000
Previtali, Carlos 2000 105.000 2005 257.000 Total 361.000
Puiggrós, Adriana 2002 202.000 2006 204.000 Total 406.000
Quiroga, Santiago 2004 278.000 2006 279.000 Total 557.000
Rabinovich, Gabriel 2003 170.000 2006 263.000 Total 433.000
Ravella, Olga 2003 206.000 2006 209.000 Total 415.000
Reinheimer, Jorge 2000 99.000 2004 251.000 Total 350.000
Riesa, Clelia 2003 210.000 2006 280.000 Total 490.000
Rigotti, Ana María 2000 41.000 2005 122.000 Total 163.000
Rivera Pomar, Rolando 2004 248.000 2004 278.000 Total 526.000
Roma, Marcelo Gabriel 2000 105.000 2004 280.000 Total 385.000
Romano, Arturo Gabriela 2004 245.000 2006 245.000 Total 480.000
Romanowski, Víctor 2000 110.000 2004 279.000 Total 389.000
Romero, José Ricardo 2003 208.000 2006 251.000 Total 459.000
Romero, Luis Alberto 2003 182.053 2006 195.000 Total 377.053
Ronco, Alicia Estela 2000 105.000 2005 241.000 Total 346.000
Rosenstein, Ruth 2002 201.000 2004 279.000 Total 480.000
Rossetti, Osvaldo 2000 74.000 2003 208.000 Total 282.000
Rossi, Juan Pablo 2002 206.000 2005 240.000 Total 446.000
Rossi, Rolando Carlos 2003 206.000 2006 271.000 Total 477.000
Roulet, Esteban 2003 125.000 2006 250.000 Total 375.000
Rovero, Adrián Carlos 2003 103.000 2005 279.000 Total 482.000
Rubio, Gerardo 2002 162.000 2006 259.000 Total 421.000
Rubio, Modesto 2002 152.000 2006 279.000 Total 431.000
Rubiolo, Amelia 2000 150.000 2004 280.000 Total 430.000
Ruiz, Oscar Adolfo 2003 94.000 2005 276.000 Total 370.000
Salerno, Graciela 2004 419.000 2005 280.000 Total 699.000
Salomón, Horacio 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Salvarezza, Roberto C. 2002 193.000 2006 276.000 Total 469.000
Santa María, Guillermo 2000 120.000 2004 276.000 Total 396.000
Saravia Mattion, Luis 2000 80.000 2005 151.000 Total 231.000
Sasiain, María 2003 194.000 2005 269.000 Total 463.000
Schattner, Mirta Ana 2004 275.000 2006 279.000 Total 544.000
Scheuer, Nora 2002 99.000 2006 158.000 Total 257.000
Schulz, Pablo 2003 177.000 2006 278.000 Total 455.000
Scian, Beatriz 2000 106.000 2005 257.000 Total 363.000
Scoccola, Norberto 2000 95.000 2004 199.000 Total 294.000
Scopel, Ana 2000 130.000 2006 267.000 Total 397.000
Sedran, Ulises 2000 95.000 2005 279.000 Total 374.000
Seilicovich, Adriana 2002 201.000 2005 280.000 Total 481.000
Seman, Pablo 2006 131.000 2007 156.200 Total 287.200
Slavietsky, Irene 2002 183.000 2005 248.000 Total 431.000
Somoza, Gustavo 2003 347.000 2006 280.000 Total 627.000
Sordelli, Daniel 2002 210.000 2005 280.000 Total 490.000
Sotomayor, Claudia 2003 161.000 2006 276.000 Total 437.000
Spalletti, Luis Antonio 2000 98.000 2004 277.000 Total 375.000
Strumia, Miriam Cristina 2000 40.000 2004 232.000 Total 272.000
Szczupak, Lidia 2004 260.000 2006 279.000 Total 539.000
Targovnik, Héctor 2000 105.000 2004 252.000 Total 357.000
Tarragó, Myriam 2002 167.000 2005 209.000 Total 376.000
Thomas, Horacio Jorge 2005 280.000 2006 265.000 Total 545.000
Thomas, Luis Pablo 2005 140.000 2006 279.000 Total 419.000
Tiramonti, María Guillermina 2004 210.000 2006 209.000 Total 419.000
Tocho, Jorge Omar 2000 103.000 2004 272.000 Total 375.000
Tomsic, Daniel 2002 201.000 2006 279.000 Total 480.000
Torres, Adriana 2004 275.000 2005 206.000 Total 481.000
Torres, Héctor Norberto 2003 210.000 2006 277.000 Total 487.000
Turyn, Daniel 2004 212.925 2005 279.000. Total 491.925
Uchitel, Osvaldo 2002 200.000 2005 244.000 Total 444.000
Ugalde, Rodolfo 2003 210.000 2006 279.839 Total 489.839
Urretaviscaya, Guillermina 2002 139.000 2006 279.000 Total 418.000
Vaccaro, María Inés 2000 105.000 2004 279.000 Total 384.000
Vallés, Enrique M. 2002 209.000 2006 276.000 Total 485.000
Varela, María Eugenia 2000 47.000 2006 279.000 Total 326.000
Vargas, Alberto 2000 84.000 2006 211.000 Total 295.000
Vargas, Jorge Antonio 2003 192.000 2006 268.000 Total 460.000
Vázquez, Analía 2003 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Vázquez, Héctor 2000 81.000 2005 102.000 Total 183.000
Viale, Alejandro 2000 105.000 2004 279.000 Total 384.000
Vila, Alejandro José 2002 203.000 2004 279.000 Total 482.000
Viramonti, José Germán 2000 255.000 2006 111.000 Total 366.000
Vojnov, Adrián 2002 210.000 2006 279.000 Total 489.000
Wall, Luis Gabriel 2000 131.000 2004 280.000 Total 411.000
Wappner, Pablo 2002 209.000 2005 279.000 Total 488.000
Weber, Elba 2000 87.000 2004 264.000 Total 351.000
Williams, Roberto Juan 2003 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Williams, Verónica Isabel 2000 87.000 2003 210.000 Total 297.000
Wright, Pablo 2003 67.000 2006 134.476 Total 201.476
Yanovsky, Marcelo 2003 209.000 2006 227.000 Total 436.000
Zabaleta, Eduardo 2003 210.000 2005 280.000 Total 490.000
Zagarese, Horacio 2003 208.000 2004 279.000 Total 487.000
Zalazar, Carlos 2000 104.000 2005 280.000 Total 384.000
Zanutto, Silvano 2002 210.000 2006 239.000 Total 449.000
Zaretzky, Noemí 2002 209.000 2006 279.000 Total 488.000
Zgrablich, Jorge 2003 197.000 2006 279.000 Total 476.000
Zorreguieta, Ángeles 2000 104.000 2004 255.000 Total 359.000
Zwirner, Norberto 2002 167.000 2005 280.000 Total 447.000
Fuentes: a) Listado de Funcionarios subsidiados por la Agencia producido por el autor; b) Listado Alfabético de Subsidiados por la Agencia producido por Roberto Etchenique; c) Convocatorias de Proyectos de Investigación Científica (PICT) financiados por la Agencia publicados en el Portal de dicha Agencia
www.er-saguier.org
Denuncia Penal-Fiscal Oscar Amirante
Por Eduardo R. Saguier -
Thursday, Aug. 20, 2009 at 8:23 AM
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Martes, 18 de agosto de 2009 GACETILLA de PRENSA El sorteo de la denuncia 10.152/09, formulada por Eduardo R. Saguier contra las autoridades del CONICET y del Ministerio de Ciencia y Técnica, recayó en el Juzgado Federal No.8, a cargo del Juez Marcelo Martínez de Georgi, Secretaría No.15 de la Dra. Verónica Lara; y en la Fiscalía No.12 a cargo del Dr. Oscar Amirante. Dicha denuncia fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich. Asimismo la denuncia se formula por la presunta comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, negociación incompatible con el ejercicio de la función pública, y tráfico de influencias.
Su síntesis y compilación se han publicado en forma de libro electrónico bajo el título La Nomenklatura Academica en la Cultura Argentina, y se encuentra completa en: http://www.salta21.com/spip.php?article2272
Eduardo R. Saguier saguiere@ssdnet.com.ar http://www.er-saguier.org Tel.: 4802-2979 Celular 1533573721
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Ampliacion condicion de querellante
Por Eduardo R. Saguier -
Sunday, Jan. 10, 2010 at 11:22 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
SOLICITA SE AMPLIE CARÁCTER QUERELLANTE - APELACIÓN EN SUBSIDIO- CONEXIDAD OBJETIVA Y SUBJETIVA – PLANTEA CASO FEDERAL.- RESERVA
Señor Juez:
Eduardo Ricardo Saguier, querellante, asistido por los Dres. Jorge Enrique Marenco y Mario O. Dores, con domicilio constituido en Av. Corrientes 1515, 2° piso “C”, en el expediente caratulado “Agencia Nacional para la Promoción Científica y otros s/Delito de Acción Pública”, a V.S. digo:
1.- Que vengo a solicitar se amplíe el carácter de querellante a toda la causa y no solo a una parcialidad de ella. La vinculación de los actos cuestionados de los funcionarios de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT) con las represalias tomadas por el CONICET contra el suscripto es directa y amerita que se me tenga por parte querellante in totum.
Las represalias comenzaron con el sumario administrativo iniciado en el CONICET con motivo de mis denuncias sobre asesorías y consultorías, y donde ratifiqué mis dichos e hice mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (1998) acerca de la existencia de un tráfico de influencias en torno a los ingresos y las promociones entre los Institutos pertenecientes al CONICET y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones (Exp. No.003361/02). Y dichas represalias se agravaron luego de las denuncias que hice en el mes de enero de 2006 a los organismos fiscalizadores (Oficina Anti-Corrupción, Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y Auditoria General de la Nación), las que se publicaron en esa fecha en diversos foros electrónicos bajo el título La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina http://www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html y que fueron el disparador para que diversos funcionarios también del estado tomaran represalias contra el suscripto.-
2.- Pretendo constituirme en querellante de la totalidad de los hechos denunciados por la vía de la ampliación revocatoria de la resolución de V.S. del 21/12/2009, en los términos del Art. 446 del CPP, con subsistencia de la condición de querellante en lo atinente “a los presuntos actos de represalias y discriminación” ejercidos contra mi persona por las autoridades del CONICET”. Y pretendo también ser querellante en lo que respecta a los delitos de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT, en oportunidad de distribuir 280 millones de dólares en subsidios de investigación provenientes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre los años 2001 y 2005 incluido.
Para el caso de no concederse la ampliación, y en atención a lo dispuesto por el art. 438 y sigtes. del CPP., apelo por causar gravamen irreparable y seguidamente paso a manifestar los específicos motivos que fundamentan el presente.-
3.- Cabe señalar que la presente causa penal se originó por mi denuncia, ampliaciones de la misma y una medida urgente de aseguramiento de prueba, solicitado por esta parte a la luz de los hechos denunciados en el expte. judicial 10.152/09. Dicha denuncia penal fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich.
4.- No obstante lo expuesto, V.S. resolvió fragmentar la legitimidad procesal de mi condición de querellante, como si se tratasen de dos sujetos y dos materias independientes entre sí, la de los subsidios otorgados a funcionarios por parte de las autoridades de la Agencia o ANPCYT y las de las presuntas represalias y discriminaciones del CONICET contra mi persona. Sin embargo, ambos hechos investigados en estas actuaciones son indivisibles pues se encuentran íntimamente vinculados entre sí, existiendo una evidente conexidad objetiva y subjetiva. Los elementos en común de uno y otro importan la unicidad intelectual de las dos investigaciones y debieran implicar --por los principios de conexidad sustancial y procesal-- la unificación material objeto de autos
5.- Por ello, juzgo que me asiste en la causa el derecho de tener la legitimidad del querellante en lo relativo a las denuncias, tanto en el aspecto que me involucra en forma directa como indirecta así como en lo atinente a los hechos denunciados cometidos por funcionarios de la Agencia o ANPCYT.- 6.- Entiendo asimismo que no existe obstáculo para otorgar la legitimación activa pretendida –ser querellante in totum. Los hechos imputados a la Agencia son la causa directa de la posterior represalia persecutoria ejercida contra el suscripto en el CONICET: Rechazo de un par de Informes Periódicos consecutivos mediante las Resoluciones del Directorio del CONICET No.1672 de fecha 24/09/2004, No.2197/05 de fecha 16/12/2005, y No.2255 de fecha 26/09/2008 obrantes en los Exptes. No.3987/04 y No.2209/06 del registro del CONICET; en el Expte. No.272/06 del registro del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; y en el expediente judicial Nº 25.761/08, caratulado “Saguier Eduardo c/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y otros s/ Amparo”. Como vimos ut supra el origen causal fue la denuncia efectuada contra los funcionarios-Coordinadores de la Agencia o ANPCYT.
7.- Si bien es cierto que el objeto primordial de los delitos presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública se connota por la alteración del orden público y por el carácter de delitos de acción pública que exhiben, no puede desligarse de los mismos una necesaria conexidad material con los presumibles delitos cometidos por las autoridades del CONICET. Como es sabido estas autoridades habrían incurrido en el delito de abuso de poder (represalias y discriminaciones) contra el denunciante. Para probar la conexidad material aludida hay que tener en cuenta que las propias autoridades del CONICET (miembros del Directorio y de las Comisiones Asesoras) también fueron ilegalmente favorecidas con subsidios de investigación mediante la administración fraudulenta presuntamente cometida por dichas autoridades de la Agencia o ANPCYT. Este mutuo tráfico de influencias, prebendas, premios y castigos, entre la Agencia y el CONICET (ambas vinculadas al conocimiento e investigación), es lo que nutre la conexidad material que intento probar. El castigo al denunciante se materializó rechazando los Informes Periódicos mediante jurados arbitrarios, ajenos a la disciplina científica del castigado (arqueólogos, geógrafos y antropólogos), y beneficiarios del festival de subsidios denunciados. Y lo que alimenta aún más la conexidad material es el hecho que ambas autoridades –las de la Agencia y las del CONICET-- habrían actuado bajo una jefatura y un aire de familia común, la del Ministro de Educación y la del estado mismo.
8.- En primer término, bueno es destacar que la doctrina y la jurisprudencia imperantes, tienden a realzar el papel de la víctima y su interés legítimo en el proceso penal y a considerar con mayor amplitud la posibilidad de su participación activa.
En este sentido, ha señalado el voto del Dr. Maqueda en el fallo “Q. 162. XXXVIII. Quiroga, Edgardo Oscar s/ causa N° 4302", que el derecho a la intervención del querellante en el proceso, a peticionar y ser oído y exigir la reparación judicial de sus derechos, se encuentra tutelado por los arts. 18 de la Constitución Nacional, 8°, párr. 1° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, instrumentos legales de conocida jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 de la CN).
De donde la intervención propugnada, más allá de sus características procesales, tiende a salvaguardar derechos de raíz constitucional que deben ser objeto de tutela específica. Más aún, cuando ese accionar ha damnificado a determinado particular, es claro que dicho particular se ha visto perjudicado por los delitos denunciados; de donde tampoco puede dudarse de que se encuentra en la situación prevista por el art. 82 del Código Procesal Penal de la Nación.
En lo particular, la postulación que contiene mi presentación es que existe iuris tantum la comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.
También se ha señalado que “se justifica la habilitación concedida a quien invoca la calidad de particular ofendido, otorgándole la posibilidad de probar que algunos de los encausados conformarían una asociación delictiva destinada a cometer delitos indeterminados y que, en el desarrollo de tales designios, habrían escogido al querellante y a sus familiares como víctimas de varios de esos hechos” (TOCF I, c. 935, “Sibio, D. G.”, del 27-9-04, JPBA, T. 125, p. 158; se citó CCCFed., Sala I, c. Nº 25.993 “Torregrosa”, del 11-5-95).
9.- En consecuencia ruego a V.S. admita la ampliación solicitada por la vía arriba indicada, sin perjuicio de lo cual, estando en juego garantías constitucionales, hago reserva de recurrir en casación y planteo el caso federal, tanto por la vía de apelación ante la Corte Suprema de Justicia por la vía ordinaria, atento la materia federal en juego, como por arbitrariedad, asimismo ocurrir ante organismos internacionales, atento los pactos suscriptos por nuestro país, cuya violación constituiría el delito de indignidad previsto en el art. 220 del CP.- Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA
Eduardo R. Saguier Jorge Enrique Marenco (tº 22, f.628, CPACF)
www.er-saguier.org
Ampliacion de Querella--Conexidad material
Por Eduardo R. Saguier -
Sunday, Jan. 10, 2010 at 11:22 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
SOLICITA SE AMPLIE CARÁCTER QUERELLANTE - APELACIÓN EN SUBSIDIO- CONEXIDAD OBJETIVA Y SUBJETIVA – PLANTEA CASO FEDERAL.- RESERVA
Señor Juez:
Eduardo Ricardo Saguier, querellante, asistido por los Dres. Jorge Enrique Marenco y Mario O. Dores, con domicilio constituido en Av. Corrientes 1515, 2° piso “C”, en el expediente caratulado “Agencia Nacional para la Promoción Científica y otros s/Delito de Acción Pública”, a V.S. digo:
1.- Que vengo a solicitar se amplíe el carácter de querellante a toda la causa y no solo a una parcialidad de ella. La vinculación de los actos cuestionados de los funcionarios de la Agencia Nacional para la Promoción Científico y Tecnológica (ANPCYT) con las represalias tomadas por el CONICET contra el suscripto es directa y amerita que se me tenga por parte querellante in totum.
Las represalias comenzaron con el sumario administrativo iniciado en el CONICET con motivo de mis denuncias sobre asesorías y consultorías, y donde ratifiqué mis dichos e hice mías las acusaciones del ex Presidente del CONICET Dr. Enrico Stefani (1998) acerca de la existencia de un tráfico de influencias en torno a los ingresos y las promociones entre los Institutos pertenecientes al CONICET y las Comisiones Asesoras de Becas e Ingreso a Carrera y la Junta de Calificaciones (Exp. No.003361/02). Y dichas represalias se agravaron luego de las denuncias que hice en el mes de enero de 2006 a los organismos fiscalizadores (Oficina Anti-Corrupción, Defensoría del Pueblo de la Nación, Fiscalía Nacional de Investigaciones Administrativas y Auditoria General de la Nación), las que se publicaron en esa fecha en diversos foros electrónicos bajo el título La Red Mafiosa en la Ciencia y la Universidad Argentina http://www.mitosyfraudes.org/Polit/Conicet.html y que fueron el disparador para que diversos funcionarios también del estado tomaran represalias contra el suscripto.-
2.- Pretendo constituirme en querellante de la totalidad de los hechos denunciados por la vía de la ampliación revocatoria de la resolución de V.S. del 21/12/2009, en los términos del Art. 446 del CPP, con subsistencia de la condición de querellante en lo atinente “a los presuntos actos de represalias y discriminación” ejercidos contra mi persona por las autoridades del CONICET”. Y pretendo también ser querellante en lo que respecta a los delitos de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT, en oportunidad de distribuir 280 millones de dólares en subsidios de investigación provenientes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), entre los años 2001 y 2005 incluido.
Para el caso de no concederse la ampliación, y en atención a lo dispuesto por el art. 438 y sigtes. del CPP., apelo por causar gravamen irreparable y seguidamente paso a manifestar los específicos motivos que fundamentan el presente.-
3.- Cabe señalar que la presente causa penal se originó por mi denuncia, ampliaciones de la misma y una medida urgente de aseguramiento de prueba, solicitado por esta parte a la luz de los hechos denunciados en el expte. judicial 10.152/09. Dicha denuncia penal fue formulada contra el ex Presidente de la Agencia Nacional para la Promoción de la Ciencia y la Tecnología (o ANPCYT), y actual Ministro de CyT Dr. Lino Barañao, el ex Ministro de Educación Daniel Filmus, el actual Presidente de la Agencia Dr. Armando Bertranou, los integrantes del Directorio de la Agencia o ANPCYT, la Presidenta del CONICET Dra. Marta G. Rovira, la Vice-Presidenta del CONICET Dra. Noemí Girbal, la Jefa del Departamento de Carrera Luisa Baigorria, la Directora de Carrera del Personal Científico Prof. Liliana C. Sacco, la Directora de Despacho Dra. Liliana Pérez Risso, y los integrantes de la Dirección de Servicio Jurídico Dres. María Alejandra Aybal y Ruth Erijemovich.
4.- No obstante lo expuesto, V.S. resolvió fragmentar la legitimidad procesal de mi condición de querellante, como si se tratasen de dos sujetos y dos materias independientes entre sí, la de los subsidios otorgados a funcionarios por parte de las autoridades de la Agencia o ANPCYT y las de las presuntas represalias y discriminaciones del CONICET contra mi persona. Sin embargo, ambos hechos investigados en estas actuaciones son indivisibles pues se encuentran íntimamente vinculados entre sí, existiendo una evidente conexidad objetiva y subjetiva. Los elementos en común de uno y otro importan la unicidad intelectual de las dos investigaciones y debieran implicar --por los principios de conexidad sustancial y procesal-- la unificación material objeto de autos
5.- Por ello, juzgo que me asiste en la causa el derecho de tener la legitimidad del querellante en lo relativo a las denuncias, tanto en el aspecto que me involucra en forma directa como indirecta así como en lo atinente a los hechos denunciados cometidos por funcionarios de la Agencia o ANPCYT.- 6.- Entiendo asimismo que no existe obstáculo para otorgar la legitimación activa pretendida –ser querellante in totum. Los hechos imputados a la Agencia son la causa directa de la posterior represalia persecutoria ejercida contra el suscripto en el CONICET: Rechazo de un par de Informes Periódicos consecutivos mediante las Resoluciones del Directorio del CONICET No.1672 de fecha 24/09/2004, No.2197/05 de fecha 16/12/2005, y No.2255 de fecha 26/09/2008 obrantes en los Exptes. No.3987/04 y No.2209/06 del registro del CONICET; en el Expte. No.272/06 del registro del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología; y en el expediente judicial Nº 25.761/08, caratulado “Saguier Eduardo c/Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas y otros s/ Amparo”. Como vimos ut supra el origen causal fue la denuncia efectuada contra los funcionarios-Coordinadores de la Agencia o ANPCYT.
7.- Si bien es cierto que el objeto primordial de los delitos presuntamente cometidos por las autoridades de la Agencia o ANPCYT de administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública se connota por la alteración del orden público y por el carácter de delitos de acción pública que exhiben, no puede desligarse de los mismos una necesaria conexidad material con los presumibles delitos cometidos por las autoridades del CONICET. Como es sabido estas autoridades habrían incurrido en el delito de abuso de poder (represalias y discriminaciones) contra el denunciante. Para probar la conexidad material aludida hay que tener en cuenta que las propias autoridades del CONICET (miembros del Directorio y de las Comisiones Asesoras) también fueron ilegalmente favorecidas con subsidios de investigación mediante la administración fraudulenta presuntamente cometida por dichas autoridades de la Agencia o ANPCYT. Este mutuo tráfico de influencias, prebendas, premios y castigos, entre la Agencia y el CONICET (ambas vinculadas al conocimiento e investigación), es lo que nutre la conexidad material que intento probar. El castigo al denunciante se materializó rechazando los Informes Periódicos mediante jurados arbitrarios, ajenos a la disciplina científica del castigado (arqueólogos, geógrafos y antropólogos), y beneficiarios del festival de subsidios denunciados. Y lo que alimenta aún más la conexidad material es el hecho que ambas autoridades –las de la Agencia y las del CONICET-- habrían actuado bajo una jefatura y un aire de familia común, la del Ministro de Educación y la del estado mismo.
8.- En primer término, bueno es destacar que la doctrina y la jurisprudencia imperantes, tienden a realzar el papel de la víctima y su interés legítimo en el proceso penal y a considerar con mayor amplitud la posibilidad de su participación activa.
En este sentido, ha señalado el voto del Dr. Maqueda en el fallo “Q. 162. XXXVIII. Quiroga, Edgardo Oscar s/ causa N° 4302", que el derecho a la intervención del querellante en el proceso, a peticionar y ser oído y exigir la reparación judicial de sus derechos, se encuentra tutelado por los arts. 18 de la Constitución Nacional, 8°, párr. 1° de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, instrumentos legales de conocida jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 de la CN).
De donde la intervención propugnada, más allá de sus características procesales, tiende a salvaguardar derechos de raíz constitucional que deben ser objeto de tutela específica. Más aún, cuando ese accionar ha damnificado a determinado particular, es claro que dicho particular se ha visto perjudicado por los delitos denunciados; de donde tampoco puede dudarse de que se encuentra en la situación prevista por el art. 82 del Código Procesal Penal de la Nación.
En lo particular, la postulación que contiene mi presentación es que existe iuris tantum la comisión de los delitos de abuso de autoridad, administración fraudulenta, incumplimiento de los deberes de funcionario público, y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.
También se ha señalado que “se justifica la habilitación concedida a quien invoca la calidad de particular ofendido, otorgándole la posibilidad de probar que algunos de los encausados conformarían una asociación delictiva destinada a cometer delitos indeterminados y que, en el desarrollo de tales designios, habrían escogido al querellante y a sus familiares como víctimas de varios de esos hechos” (TOCF I, c. 935, “Sibio, D. G.”, del 27-9-04, JPBA, T. 125, p. 158; se citó CCCFed., Sala I, c. Nº 25.993 “Torregrosa”, del 11-5-95).
9.- En consecuencia ruego a V.S. admita la ampliación solicitada por la vía arriba indicada, sin perjuicio de lo cual, estando en juego garantías constitucionales, hago reserva de recurrir en casación y planteo el caso federal, tanto por la vía de apelación ante la Corte Suprema de Justicia por la vía ordinaria, atento la materia federal en juego, como por arbitrariedad, asimismo ocurrir ante organismos internacionales, atento los pactos suscriptos por nuestro país, cuya violación constituiría el delito de indignidad previsto en el art. 220 del CP.- Proveer de conformidad,
SERA JUSTICIA
Eduardo R. Saguier Jorge Enrique Marenco (tº 22, f.628, CPACF)
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Periodismo, Partidos Políticos y Poderes Públicos encubriendo la Corrupción Cientifica
Por Eduardo R. Saguier -
Friday, Feb. 19, 2010 at 5:18 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
El Periodismo, los Partidos Políticos y los Poderes Públicos encubriendo la Corrupción de la Ciencia Argentina.
Mil millones de dólares prestados por el BID a la Argentina para ser distribuidos entre científicos y funcionarios y no para la infraestructura científica (1997-2007).
En la prolongada contienda por descifrar la telaraña del miedo en la ciencia argentina fue preciso abundar con detalle en la realidad de los ámbitos periodísticos, políticos y judiciales que la han ignorado o tolerado. Entendemos que la tarea de esclarecimiento es imprescindible para poder comprender el porqué de la irresponsable complicidad de la clase política, periodística y judicial con la cuestión del miedo. Esta tácita complicidad puede atribuirse a múltiples causas entre las cuales cabe conjeturar la existencia de: a) ignorancia de la existencia de una asociación ilícita en los organismos científicos del estado; b) desinterés crónico por una política de investigación que exhiba en la vidriera de las prioridades públicas la producción de conocimiento crítico; y c) oportunismos temáticos y personales que esquivan temas de estado.
En efecto, un periodismo político, una acción político-partidaria y unos poderes públicos (judiciales y legislativos) que ignoran la existencia de un miedo generalizado y justificado en las filas del CONICET (seis mil Investigadores de carrera), un verdadero campo de concentración científico (CCC), cautivo de un Directorio fraudulento, corrupto y despótico, íntimamente conectado con los Directorios de la CONEAU y de la Agencia Nacional para la Promoción Científico-Tecnológica (ANPCYT), que subsisten bajo una gran campana de silencio en que consiste el sistema de educación superior, habrían venido esterilizando a la sociedad civil y a la comunidad científica. Este creciente vaciamiento de la sociedad civil y de la comunidad científica se habría agravado al extremo de estar incubando el conocido huevo de la serpiente (en Alemania dicho huevo se habría iniciado en 1933 con la expulsión de profesores en la Universidad de Friburgo durante el rectorado de Martín Heidegger).
En el sentido institucional, el CONICET debe ser el único organismo científico del mundo donde no existe intermediación alguna entre su máxima autoridad que es el Directorio y los árbitros o pares evaluadores que tienen la responsabilidad de dictaminar sobre los Informes Periódicos de sus Investigadores, situación heredada del inconstitucional Decreto Reglamentario 1661/96. Pero a diferencia de las Universidades Nacionales, donde existen al menos diversos órganos de intermediación entre los Consejos Superiores y el alumnado, tales como los Consejos Directivos por Facultad y las Juntas Departamentales por Departamento, en el CONICET las Comisiones Asesoras por área de conocimiento son integradas por el dedo dictatorial de su Directorio, sin participación alguna de los Investigadores de las Comisiones correspondientes.
Por otro lado, la complicidad tácita de la clase política y periodística se habría extendido a la vigencia de patologías enfermizas y de oportunismos temáticos. Entre dichas patologías descubrimos que nuestros Investigadores se ven constante y compulsivamente inducidos a llenar complejos formularios online para objetivos diversos que se pueden resumir en un hipotético rubro de sobresueldos (incentivos, subsidios, ascensos, asesorías, viáticos, etc.). Asimismo, observamos la reiterada manipulación de estadísticas creativas (destinadas por la Agencia para informar al BID) y de la manipulación de nomenklaturas varias, con sus respectivos parentescos, donde no existe participación alguna de los docentes-investigadores (comisiones asesoras y juntas de calificaciones). En el seno de dichos organismos de ciencia es de estilo reglamentario que los ascensos se produzcan por antigüedad y a solicitud de parte y no por mérito científico alguno. Pero también es frecuente encontrar en las unidades académicas universitarias de todo el país relaciones nepóticas de cónyuges, cuñados, concuñados y suegros con yernos y nueras incluidos, financiados todos ellos por la Agencia. En Exactas de la UBA, para dar un claro ejemplo, el Consejero docente Juan Pablo Paz y su ex mujer Silvina Ponce Dawson se beneficiaron con sendos subsidios de la Agencia que suman entre sí más de un millón de pesos.
La existencia de oportunismos temáticos, que esquivan temas de estado --como el de la formación de una elite crítica-- se puede comprobar en: a) la prelación permanente que se otorga a temas mediáticos y de ocasión tales como las retenciones agrícolas, los medios de comunicación y las reservas del Banco Central; y b) la reducción de la discusión sólo a temas de dinero, presupuesto y patentes por encima del de las inexcusables y postergadas condiciones institucionales del debate científico (órganos de participación).
Unos periodistas y unos políticos legisladores que practican un desinterés crónico por una política de investigación (que exhiba en la agenda pública la crisis moral de la producción científica) se puede comprobar en los temas de debate elegidos y en la identidad de los convocados por los medios de prensa, generalmente siempre los mismos, como los soldados de la ópera Aída. Que se sepa jamás un programa televisivo o radial o un periodista político (Aliverti, Bonelli, Caparrós, Castro, Eliaschev, Grondona, Jacobson, Lanata, Leuco, Lotuff, Majul, Mariño, Morales Solá, Pastor, Ruiz Guiñazú, Santillán, Santoro, Sietecase, Tenembaum, van der Kooy, Zlotogwiazda) o un Diputado o Senador Nacional integrante de las Comisiones de Ciencia y Técnica del Parlamento (Cabanchik, Gribaudo, Bullrich, Iglesias, Prat Gay, etc.) o dirigentes de partidos opositores (Sáenz, Carrió, Pinedo, Solá, Solanas, etc.) han visitado las oficinas del CONICET o de la Agencia de Promoción Científico-Tecnológica (ANPCYT) o entrevistado a voces críticas, para conocer lo que allí ocurre.
En muchos casos se cierne la sospecha que la parálisis indagadora de los políticos y legisladores opositores obedece a intereses personales o de facción que induce a muchos a vender su silencio por un plato de lentejas. En el caso de la Coalición Cívica (CC), por dar una muestra, la existencia de parentescos sospechosos despierta la suspicacia. El Investigador biólogo Gonzalo Prat Gay (Fundación Leloir), ha sido beneficiario de cinco (5) subsidios consecutivos de la Agencia que suman más de un millón de pesos, y su parentesco carnal con el ex Presidente del Banco Central y actual Diputado de la CC miembro de la Comisión de Ciencia y Técnica, de igual apellido, apuntalan la sospecha inicial. También se desconoce que parentesco existe entre la Directora del Instituto Hannah Arendt (CC) Lic. Diana Maffia y la funcionaria del INADI Marta Mercedes Maffia, beneficiaria de los subsidios de la Agencia e integrante actual de la Comisión de Historia del CONICET. Y en los casos de centros privados de investigación, como la Fundación Leloir o el recientemente creado Club Político Argentino (CPA) registran entre sus miembros a directivos que fueron beneficiarios reincidentes de la Agencia (e.g.: Osvaldo L. Podhajcer, Armando Parodi, Marcelo Cavarozzi y Luis Alberto Romero).
Y en los aparatos administrativo y judicial, los organismos fiscalizadores, que son auxiliares de la Justicia, tales como la Defensoría del Pueblo durante la gestión de Eduardo Mondino, la Fiscalía General de Investigaciones durante la gestión de Manuel Garrido y la Oficina Anti-Corrupción durante la gestión de Abel Fleitas Ortiz de Rosas, eludieron substanciar las denuncias formuladas en enero de 2006. Y tres años después, cuando las mismas denuncias han recaído en el Juzgado Federal del Juez Subrogante Marcelo Martínez de Georgi, la substanciación de una hipotética asociación ilícita se sigue demorando eludiendo el Juez llamar a indagatoria a los Ministros Filmus y Barañao; a los miembros del Directorio del CONICET (Girbal, Rapela y Siñeriz) y de la CONEAU (Villanueva); a los ex Secretarios de Ciencia y Técnica de las Universidades Nacionales (Campi, Fidelio, Ermácora, Aquilano, Bottasso, Agamennoni, Turyn, Sordelli, Boveris); y a los integrantes del CECTE (Kornblihtt, Parodi, Vainstok y González Cappa).
Finalmente, la estrategia política de subestimar y ocultar la problemática cultural y científica, y la estrategia judicial de demorar las actuaciones hasta producirse un cambio de gobierno, revelarían el estado de decadencia de la dirigencia política y judicial argentina.
Eduardo R. Saguier, Ph.D. Museo Roca-CONICET e-mail: saguiere@ssdnet.com.ar http://www.er-saguier.org
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Ministro Barañao contra Saguier CARTA DOCUMENTO
Por Eduardo R. Saguier -
Friday, Aug. 20, 2010 at 2:30 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
CORREO
ARGENTINO CD 13503842 9 Correo Documento
CARTA DOCUMENTO
Remitente Destinatario
Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva Saguier Eduardo R.
Domicilio: Córdoba 831-PB Juan F. Segui 3955
1054 C.A.B.A. 1425 C.A.B.A.
VISTO el expediente No. 002209/06 del registro del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita el recurso de alzada interpuesto por el Dr. Eduardo Ricardo SAGUIER contra la Resolución CONICET No. 11376 de fecha 27 de mayo de 2009. Que por conducto de la Resolución “Ut Supra” mencionada, se rechazó el pedido de recusación planteado por el causante contra la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía que entendiera oportunamente en la evaluación de su informe reglamentario correspondiente al período 2004/2005, el cual fuera declarado No Aceptable. Que es dable aclarar que el articulo No.6 de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que “las resoluciones que se dicten con motivo de los incidentes de recusación o excusación y las que los resuelvan, serán irrecurribles…”, sin perjuicio de lo cual este Organismo ha optado por dar tratamiento a la alzada interpuesta por el interesado. Que a través del recurso presentado el Dr. SAGUIER no solo solicitó la revocación de la Resolución recurrida, sino también se recuse al Sr. Ministro de Ciencia y Tecnología, Dr. Jose Lino Salvador BARAÑAO para entender en los presentes actuados. Que la pretendida recusación al suscripto se funda en el hecho de haber sido el mismo Presidente de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION CIENTIFICA Y TECNOLOGICA (ANPCYT) al momento de haberse rechazado su primer informe como investigador. Que la situación descripta anteriormente no configura motivo suficiente para recusar al suscripto en los presentes actuados, máxime cuando no existió ni ha existido subordinación del CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS respecto de la mencionada Agencia, siendo el primero un ente autárquico creado por conducto del Decreto No. 1291/58. Que a mayor abundamiento, en lo que respecta a las denuncias “públicas y notorias” que menciona el Dr. SAGUIER como respaldatorias de su solicitud de recusación, las mismas no revisten el carácter de judiciales, sino que se refieren a publicaciones en una página de Internet de carácter privado, que no configuran bajo ningún punto de vista la situación taxativamente prevista por el art. No.17 del CPCCN. Que en igual sentido, el recurrente no ha ofrecido causales válidas para recusar a toda la Comisión Asesora participante en los presentes actuados. Que conforme surge del Dictamen de la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS obrante a fs.200/206 “(…) la diferencia de criterios existentes entre el órgano evaluador y el Dr. SAGUIER sobre la calidad de su producción científica, no constituye causa suficiente que habilite la remoción de la totalidad de los integrantes de la misma (…)” en el mismo sentido ha expuesto diferentes supuestos motivos que lo llevan a concluir que la totalidad de los integrantes del Sistema de Ciencia y Tecnología (calificado a fs. 144 de “Red Mafiosa”) se han complotado en su contra; lo cual, no ha sido acreditado y que –en definitiva—no es mas que una particular forma de manifestar disconformidad con la calificación de su producción científica (…). Que en relación con la figura procesal de la recusación, el Dr. Tomás HUTCHINSON en su Ley de Procedimientos Administrativos comentada ha dicho: “(…) para evitar que puedan emplearse abusivamente esos procedimientos con el fin de demorar el trámite o para desentenderse de procedimientos complicados, la ley ha disciplinado la forma, oportunidades y motivos por los cuales los litigantes pueden recusar y los funcionarios pueden excusarse (…) La recusación con causa requiere la existencia de un motivo serio que haga lugar a la inhabilidad subjetiva del agente. De ahí que la ley siga el sistema de enumeración taxativa de los motivos que la hacen procedente (arts.17 y 21, Cod. Proc. Civil y Com. de la Nación) (…)”. Que los argumentos esgrimidos por el causante para intentar la reacusación de los agentes mencionados, no cuadran dentro de los supuestos previstos por el mentado Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Que asimismo, el Dr. SAGUIER ha solicitado se declare la nulidad de lo actuado por la Comisión Asesora en la reunión de fecha 08 de mayo de 2009, por haberse llevado a cabo la misma antes del dictado de la resolución que rechaza la recusación planteada por el mismo. Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DEL MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA ha tomado la intervención que le compete. Que el presente acto se dicta en el ejercicio de las atribuciones que le confiere el decreto No.21 de fecha 10 de diciembre de 2007, el articulo No23 quinquies de la Ley No.26.338 y la Ley de Procedimientos Administrativos (Articulo 94 del Decreto Reglamentario No.1759/1972 (t.o.1991). Por ello,
EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA RESUELVE:
ARTICULO 1º.- Rechazase el recurso de alzada interpuesto en los términos del articulo 94 y subsiguientes del Decreto No.1759/72 (t.o.1991), por el Dr. Eduardo Ricardo SAGUIER (LE No.4.394.928) contra la Resolución CONICET No 1376/2009. ARTICULO 2º- Ratificase lo actuado por la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía en reunión de fecha 8 de mayo de 2008, realizada en cumplimiento con lo previsto por el Articulo No.41 del Estatuto de la Carrera de Investigador Científico y Tecnológico. ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese al CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS, notifíquese al interesado de conformidad con los términos y alcances previstos en el Artículo 40 del Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto No.1759/72 (t.o.1991) y archívese.- Fdo. Dr. Jose Lino Salvador Barañao” Ministro de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva. La presente Resolución agota la vía administrativa. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente y a opción del interesado podrá recurrir de acuerdo a lo establecido en el articulo 100 del Decreto No.1759/72 (t.o. Decreto No.1889/91 que ha continuación se transcribe: “las Decisiones definitivas o con fuerza de tales que el Poder Ejecutivo Nacional, los ministros o los secretarios de la Presidencia de la Nación dictaren en recursos administrativos y que agoten las instancias de esos recursos solo serán susceptibles de la reconsideración prevista en el art.84 de esta reglamentación y de la revisión prevista en el art.22 de la Ley de procedimientos administrativos. La presentación de estos recursos suspende el curso de los plazos establecidos en el art.25 de la Ley de Procedimientos Administrativos”…
El plazo para interponer este recurso es de diez (10) días hábiles administrativos……….
Ciudad de Buenos Aires, 26 de Julio de 2010----------------------------------------------------
Queda Vd. debidamente notificado----------------------------------------------------------------
Dr. Alan D. Temiño
Director de Despacho y Mesa de Entradas
DNI: 21.015.895
CORREO
ARGENTINO
12 AGO 2010-08-19
SUC. CORDOBA Y FLORIDA
NIS C0085
www.er-saguier.org
Juez y Parte-Ciencia y Tecnica-Apelacion Presidenta-Gravedad Institucional
Por Eduardo R. Saguier -
Thursday, Aug. 26, 2010 at 4:47 PM
saguiere@ssdnet.com.ar
Buenos Aires, jueves 26 de agosto de 2010
Exma. Sra. Presidenta de la República Dra. Cristina Fernández de Kirchner
S/D: Formación Sumario y Gravedad Institucional.
De mi consideración:
Eduardo R. Saguier, Investigador de Carrera del CONICET, DNI 4394928, patrocinado por el Dr. Jorge E. Marenco, se dirige a la Sra. Presidente Dra. Cristina Fernández de Kirchner a fin de peticionarle disponga de una investigación exhaustiva por medio del sumario correspondiente, para el esclarecimiento de hechos que pueden constituir los delitos de tráfico de influencias acontecidos entre funcionarios de organismos subalternos del Ministerio de Ciencia y Técnica (ANPCYT y CONICET), cuyos agentes habrían operado como autores materiales e intelectuales de la descalificación y rechazo de mis Informes Reglamentarios 2002-2003 y 2004-2005 (exp.2209/06), confirmados por el Sr. Ministro de Ciencia y Técnica Dr. José Lino Barañao, y de no tratarse de delitos, claramente se han enfrentado normas morales y de ética pública al coincidir en los mismos funcionarios la calidad de juez y parte.
Esta suerte de persecución obedeció a que: a) en 2002, el suscripto criticó públicamente por escrito las autorizaciones del Directorio del CONICET para otorgar a los Investigadores asesorías y/o consultorías y las ratificó en un sumario confeccionado al respecto, e hizo suyas las expresiones públicas del ex Presidente del CONICET Enrico Stefani (Exp. CONICET No.003361/02); b) en diciembre de 2005 denunció ante los organismos fiscalizadores (Defensoría del Pueblo, Oficina Anti-Corrupción, Fiscalía General de Investigaciones Administrativas y Auditoria General de la Nación) a las autoridades de dicha Agencia Nacional para la Promoción Científico-Tecnológica (ANPCYT); y c) en mayo de 2009 querelló a las mismas autoridades ante el Juzgado Federal Penal No.8 a cargo del Dr. Marcelo Martínez de Georgi por diversos hechos que pueden constituir delito entre los cuales el de tráfico de influencias, administración fraudulenta y prevaricato, al haberse asignado a sí mismos los subsidios de la propia Agencia, conceder subsidios de investigación a autoridades de organismos públicos (CONICET), que operan unos bajo la jurisdicción del mismo Ministerio al que ellos pertenecen (Ciencia y Técnica), y otros bajo un Ministerio afín (Cultura y Educación), y expedirse como evaluadores cuando debieron abstenerse. La persecución provocada por estas denuncias habría culminó con la Resolución 493/10 del 26 de julio de 2010, firmada por el Ministro de CyT Dr. Barañao, por la cual se rechaza el recurso de alzada por mi interpuesto y se ratifica lo actuado por la Comisión Asesora de Historia, Antropología y Geografía en la reunión de fecha 8 de mayo de 2009.
Un fenómeno similar al de la Agencia se habría dado entonces entre las propias autoridades y directores del CONICET que evaluaron mis Informes, pues entre las mismas estarían las que fueron elegidas por el Directorio afín de lograr una mayoría sistemática influyendo y direccionando los resultados de las evaluaciones, para ser gratificados o premiados una vez cumplido lo que se esperaba de ellos (con subsidios, ascensos, autorizaciones de asesorías, viáticos, etc.). Las autoridades y directores beneficiadas por dichos subsidios que dependieron del Ministerio de CyT han sido tres (3) miembros del Directorio del CONICET (Siñeriz, Rapela, Girbal), medio centenar de miembros de sus Comisiones Asesoras, y medio centenar de Coordinadores y co-coordinadores de la Agencia o ANPCYT; y las que dependieron del Ministerio de Educación han sido las del Directorio de la CONEAU (Villanueva, Krotsch). De los miembros evaluadores de la Comisión de Historia y Antropología que han juzgado negativamente mis Informes, treinta y dos (32) recibieron antes y después de las evaluaciones diferentes subsidios procedentes de la Agencia y del propio CONICET, lo que confirmaría la hipótesis acerca de la naturaleza venal de quienes me evaluaron (ver nómina de los Asesores subsidiados por la Agencia en Anexo-I).
Amén de la elevada proporción de evaluadores subsidiados por la Agencia presentes en la Comisión Asesora que rechazó mis dos (2) Informes bianuales consecutivos, causa estupor el detalle de las disciplinas científicas de quienes me evaluaron a lo largo de las cuatro sucesivas composiciones de dicha Comisión, la mayoría ajenas a la que me corresponde: la Historia (ver nómina de la Comisión agrupada por disciplinas científicas en Anexo-II). Más específicamente, y desde la mencionada Agencia, organismo presidido en ese entonces por el actual Ministro de Ciencia y Técnica Dr. Jose Lino Barañao, se registraron --con anterioridad a los dictámenes negativos y también una vez producidos los mismos-- numerosos subsidios de investigación en beneficio de sus propias autoridades (Coordinadores y co-coordinadores) y de las del CONICET (ver detalle en Anexo-III). En concreto, he sido evaluado por retribuyentes y/o prometidos de subsidios.
Todas las pruebas ilustradas y alegadas en los tres (3) Anexos, con los respectivos apellidos, disciplinas, organismos, montos de dinero y códigos de expedientes, que deben ser administrativa y judicialmente compulsadas y comprobadas, suponen gravedad institucional, por concurrir en el mismo cuatro figuras determinantes: 1) una presunta y continua complicidad; 2) una decidida connivencia de varias personas; 3) un manifiesto abuso de la posición gubernamental; y 4) una completa indiferencia respecto de los deberes morales impuestos por la ley de ética pública.
Es evidente que en el cúmulo de miembros de la Comisión de Historia, Antropología y Geografía, donde una gran parte carece de competencia específica en el área de Historia, estos últimos deberían haber tenido la ineludible obligación de excusarse al carecer del atributo esencial que se requiere para la evaluación científica de un investigador perteneciente a una disciplina que no es la suya propia. El visto bueno a esta aberración viola el principio del juez natural ya que la mayoría de los jurados asignados han sido funcionarios profesionalmente incompetentes e ineptos para el desempeño específico de la función calificadora. Asimismo, esto viola el principio establecido en el artículo 18 de la Constitución Nacional y configura un abuso del derecho en los términos del artículo 1071 del Código Civil porque con una absoluta falta de respeto por la especialidad se formó un tribunal con miembros Asesores mayoritariamente ajenos a la disciplina de la historia (que es mi especialidad científica por la que debía ser evaluado). Más aún, se hizo todo esto sin respetar las reglas administrativas de la ley 19549 que impone a todo acto una motivación y causalidad efectiva que solo se cumple cuando el administrado ha podido recusar a quienes han sido elegidos como jurados, lo cual es una potestad inexcusable del derecho de defensa garantizado constitucionalmente. Asimismo, lo aquí denunciado constituye una manifiesta violación del debido proceso legal toda vez que es exigencia de la Constitución Nacional que todo trámite respete los presupuestos de actuación y procedimiento de la ley 19549 tanto en sede administrativa como judicial. En ese sentido la ley 19.549 es muy precisa y fulmina con la falta de motivación y causalidad todo lo que no se ajusta al debido proceso administrativo como ha ocurrido en este caso, amén del vicio sobre la finalidad de los actos dictados en relación al suscripto.
Si por otro lado, tal como se comunica más arriba, resulta que los funcionarios jurados que han intervenido en las evaluaciones de mis Informes estaban incursos en la causal material de recusación por tratarse de los mismos funcionarios que revistaban con prebendas bajo el título de subsidios en una repartición (Agencia) que había sido objeto específico de mis denuncias ante los organismos fiscalizadores y de una querella criminal ante el fuero penal federal, resulta que no solo se ha violado el debido proceso legal sino que también se ha atentado contra mi derecho de defensa, al omitirse el necesario desplazamiento de todos aquellos funcionarios jurados involucrados en la situación de hecho que ha sido objeto de dichas denuncias y querellas. Ese desplazamiento solo podía operarse por vía de recusación, derecho del que se me privó con arbitrariedad y mediante actos de nulidad manifiesta --como vengo denunciando--, y esto fulmina todo el proceso evaluador constituyendo además una causal de gravedad institucional porque lo enervado es mi derecho de defensa, o sea un derecho de rango constitucional. Todo esto indicaría entonces que los funcionarios responsables (CONICET) habrían actuado de manera ilegal, violatoria de mis derechos fundamentales y bajo una marcada presunción orientada a perjudicar sin preocuparse en lo más mínimo por la vulneración de mis prerrogativas.
El organismo que tiene el deber de neutralidad presenta, por el contrario, un comportamiento de cooptación y connivencia con los jurados involucrados en las evaluaciones de los Informes, resultando así estos últimos convertidos en gratificadores que hacen de sus pronunciamientos un servicio o delivery, a pedido de una indicación previa, o de un mandato oculto, para una evaluación que puede ser tanto a favor como en contra, pero que en mi caso personal fue negativa.
Esta arbitrariedad se torna más extendida si recordamos que el CONICET funciona con una veintena (20) de Comisiones Asesoras, que si bien hay renovación se advierte en ellas una permanente mayoría sistemática formada por subsidiados o prometidos de subsidios que luego los lograron. La veintena de Comisiones -CONICET- muy probablemente se encuentran contaminadas a una escala similar o mayor a la que traemos a colación en este preciso pedido de investigación y sumario. La falta de transparencia en la vida académica del máximo organismo de ciencia del país se corrobora también si tenemos en cuenta que actualmente lo preside la astrónoma Marta G. Rovira, la misma funcionaria que en íntima conexión con las autoridades penalmente imputadas viene de ejercer el cargo de Coordinadora en la Agencia o ANPCYT.
El régimen de cooptación y reclutamiento construido mediante la triangulación de reciprocidades entre funcionarios públicos pertenecientes a organismos que operan bajo la jurisdicción de un mismo Ministerio, así como entre Ministerios distintos, derivó en el ámbito científico en la nomenklatura académica patrimonialista que hoy rige y en la práctica de discrecionales evaluaciones y promociones de los investigadores de acuerdo a sus intereses y conveniencias personales, sin que los mismos hayan podido contar con intermediación institucional oportuna que los ampare. Esta triangulación viene también operando con los organismos subalternos del Ministerio de Cultura y Educación (CONEAU, Secretaría de Políticas Universitarias o SPU), pues la citada Agencia tiene potestades legales en la categorización de los docentes-investigadores de las Universidades Nacionales para el cobro de los llamados incentivos; e incluso con las Secretarías de CyT de las Universidades Nacionales, quienes tienen la responsabilidad de auditar las rendiciones de cuentas de sus subsidiados, auditorías que nadie conoce. Tenemos así una trama de intereses burocráticamente asociados que afecta a la totalidad del sistema de administración de la ciencia y de la educación superior argentina, y que por tanto reviste una gravedad institucional inusitada, cuya principal víctima ha sido y sigue siendo el bien público, la comunidad científica, la creatividad y las libertades de sus integrantes.
A esta altura, resulta claro que el Directorio del CONICET, al contar con una potestad omnímoda cercena y restringe los derechos y garantías al permitirle la Ley fundacional del organismo, el Decreto 1661/96 y la Ley 25.200 escoger de manera directa a los miembros de las Comisiones Asesoras y/o comisiones especiales y estos a su vez poder elegir a los peritos evaluadores de los Informes reglamentarios en un marco de confidencialidad o secreto de identidad, por el cual el evaluador es un comisionado con máscara y la defensa del Investigador –si así es posible denominar al trámite del art.41-- sólo es posible una vez que su trabajo fue rechazado.
De esto se sigue que el juzgamiento y evaluación de los Informes de los investigadores es realizado por los directores del CONICET o sus comisionados, elegidos en un marco de total arbitrariedad, que permite el transporte de mandatos clandestinos, segregativos o confirmativos, en abierta afectación de la justicia, la equidad y la excelencia, con graves perjuicios morales, patrimoniales y académicos. Es así que como recientemente lo señaló el Servicio Jurídico del CONICET en su dictamen de fs. 190/192 del exp.2209/06 --que el Ministro del área ha ocultado-- para resguardar las libertades académicas y de investigación pido se disponga la formación de un sumario administrativo.
La gravedad institucional y la falta de transparencia se vuelve mucho más elocuente si consignamos que se trata de un conjunto de funcionarios que han sido los beneficiarios del sistema que malversó a lo largo de trece años (1997-2010) la inconmensurable suma de U$S 1240 millones de dólares procedentes de un préstamo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), y de los cuales sólo U$S 40 millones de dólares fueron a parar al mejoramiento de la infraestructura científica (Programa para el Mejoramiento del Equipamiento, PME), y los U$S 1200 millones restantes a los proyectos personales de quienes ya se encuentran en la nómina salarial del aparato científico. Y para mayor escándalo, dicho conjunto de funcionarios y el Ministro Barañao dibujan las estadísticas en su portal electrónico para impostar imagen frente a la sociedad y los organismos de crédito (BID) y fabrican auto-amnistías de las acusaciones que se le formularon (ver dictamen del Comité Nacional de Ética en la Ciencia y la Tecnología o CECTE, 2007). Y todo esto no sería posible sin represaliar, acallar y perseguir al denunciante, descalificando su producción académica.
Semejante abuso del poder y del derecho, que la ley condena expresamente, configura un enorme y ostensible hecho de gravedad institucional al resultar enervados nada menos que los derechos contenidos en el artículo 18 de la Constitución Nacional. La combinación de violaciones a la ley de ética pública y violaciones a los derechos fundamentales del juez natural, el debido proceso y el derecho de defensa más la arbitrariedad ostensible de todo el procedimiento evaluador justifica que el hecho se califique como de gravedad institucional, porque ha corrompido al aparato del conocimiento convirtiéndolo en una ciencia administrada, privada del necesario ímpetu creativo, y porque lo que es tanto más vital ha puesto en peligro todo el sistema y el diseño de los derechos fundamentales establecidos en nuestra Constitución Nacional. Asimismo, el afán explícito de actuar de manera injusta viola el presupuesto primario con arreglo al cual se deben cumplir con los derechos fundamentales y que aparece como axioma básico impuesto al estado: afianzar la justicia como bien lo sostiene el Preámbulo de nuestra Constitución.
Finalmente, de acuerdo a lo prescripto en la Ley de Ética Pública, y por la gravedad institucional, debe ordenarse también la investigación exhaustiva de los hechos aquí denunciados con la formación del consecuente sumario, debiendo además darse vista del expediente al Defensor del Pueblo y a los órganos de control del estado, los que deberán expedirse, previo dictamen respectivo obligatorio, por cuanto tienen responsabilidad primaria en el seguimiento del desempeño de los funcionarios del estado.
Sin otro particular, le saluda
Eduardo R. Saguier, Ph.D. Investigador-CONICET Museo Roca Instituto de Teoría General del Derecho-UNNE Círculo de Estudios Tucididianos (CET) http://www.er-saguier.org Juan F. Segui 3955—2º Dpto E 1425--Capital
Anexo I
Integrantes de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET que fueron subsidiados por la Agencia (2002-2009)
Los integrantes de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET agrupados por los subsidiados de la Agencia, fue la siguiente: a) los miembros evaluadores que siendo subsidiados por la Agencia rechazaron mi Informe 2002/2003 fueron diez (10) Investigadores sobre un total de diecinueve (19), o más de la mitad de la Comisión, siendo los mismos: Eduardo E. Berberian, Roberto Joaquín Bárcena, Cristina Bellelli, Daniel Campi, Francisco Carnese, Edgardo Cordeu, Ana Inés Ferreyra, Ariel Omar Guiance, Mónica Cira Salemme, y Alejandra Siffredi (Reunión del 6 de agosto de 2004, Leg.00913); b) los miembros evaluadores que siendo subsidiados por la Agencia ratificaron el rechazo de mi Informe 2002/2003 fueron catorce (14) Investigadores sobre un total de diecinueve (19), o el 75% de la Comisión, siendo los mismos: Alejandra Siffredi, Ana María Presta, Cristina Bellelli, Daniel Campi, Edgardo Cordeu, Eduardo E. Berberian, Cristian Rainerio Buchrucker, Francisco Carnese, Sonia Edith Colantonio, Ariel Omar Guiance, Beatriz Solveira, Mabel Adriana Grimberg, Osvaldo Mendonca, y Mónica Cira Salemme (Reunión del 11 de agosto de 2005, Exp.No. 3987/04); c) en la Comisión que dictaminó negativamente mi Informe 2004/2005, los evaluadores que siendo subsidiados por la Agencia rechazaron dicho Informe fueron diez (10) Investigadores sobre un total de dieciocho (18) o más de la mitad de la Comisión, siendo los mismos: Guillermo Ángel Velázquez, Nidia Areces, Daniel Enzo Olivera, Marta Mercedes Maffia, Laura Lucia Miotti, Héctor Carlos Vázquez, Bibiana Leonor Vilá, María Isabel Hernández Llosas y Gustavo Adolfo Martínez; (Reunión de 6 y 9 de mayo de 2008, Exp.No.2209/06); y d) en la Comisión que decidió constituirse en mi árbitro evaluador para el tribunal requerido por el art.41 del Estatuto del CONICET, han actuado como evaluadores --sin haberse hasta el momento excusado-- ocho (8) Investigadores subsidiados por la Agencia sobre un total de veintidós (22) o la tercera parte de la Comisión, siendo los mismos: Ana Inés Ferreyra, Luis Alberto Borrero, Roberto Cittadini, Mónica Beatriz Lacarrieu, Cristina Ofelia Valenzuela y nuevamente los Investigadores G. A. Martínez, Maffia, y Miotti (Reunión de abril de 2009, Exp.2209/06).
Fuente: CONICET, Leg.00913; Exp.No. 3987/04; Exp.No.2209/06)
Anexo-II
Integrantes de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET distribuidos por disciplinas científicas (2002-2009)
Los integrantes de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET agrupada por disciplinas científicas, fueron los siguientes: a) en la Comisión que rechazó el Informe 2002-2003 estuvieron presentes sólo siete (7) miembros titulares que fueron historiadores (Cristina Bellelli, Daniel Campi, Mabel N. Cernadas de Bulnes, Ana Inés Ferreyra, Ariel Omar Guiance, Daniel Macor y Silvia Ospital) sobre un total de diecinueve (19) (Reunión del 6 de agosto de 2004, Leg.00913); b) en la que desestimó mi pedido de reconsideración por el rechazo del Informe 2002-2003, sólo nueve (9) fueron historiadores (Ana María Presta, Cristina Bellelli, Cristian Rainiero Buchrucker, Daniel Campi, Ariel Omar Guiance, Silvia Beatriz Lazzaro, Daniel Macor, Aurora Ravina, Beatriz Solveira) sobre un total de veintiuno (21) (Reunión del 11 de agosto de 2005, Exp.No. 3987/04); c) en la Comisión que rechazó el Informe 2004-2005, estuvieron presentes sólo cuatro (4) historiadores (Nidia Areces, Seoane, Cristian Buchrucker, Ana Inés Ferreyra) sobre un total de veintidos (22) apenas una quinta parte (Reunión de 6 y 9 de mayo de 2008, Exp.No.2209/06); y d) en la Comisión formada en 2009 para el art.41 estuvieron presentes sólo cuatro (4) historiadores (Ana Inés Ferreyra, Silvia Beatriz Lazzaro, Nelly Ongay, Ana Alejandra Teruel) sobre un total de veintidós (22) Investigadores, menos del 20% (Reunión de abril de 2009, Exp.2209/06); y en la suma total de evaluadores que dictaminaron sobre mis Informes en el CONICET (que fueron 64), se dieron: entre otros una etnóloga, un sociólogo, una etno-historiadora, dos (2) biólogos, cinco (5) geógrafos, una decena (10) de arqueólogos, una veintena (20) de antropólogos, y sólo una quincena (15) de historiadores, apenas la quinta parte del total.
Fuente: CONICET, Leg.00913; Exp.No. 3987/04; Exp.No.2209/06)
Anexo-III
Detalle de los subsidios otorgados por la Agencia a los miembros de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET que evaluaron los Informes del suscripto (apellidos, fechas, montos y códigos de expedientes) (2000-2008)
El detalle de los subsidios otorgados por la Agencia a los miembros de la Comisión de Historia y Antropología del CONICET antes de las dictámenes negativos a mi respecto (fechas, montos y códigos de expedientes), fue el siguiente: a) la etnóloga Alejandra Siffredi (en el CONICET dos subsidios: PIP Nº 02275, plurianual, 2002-2005; y PIP Nº 5572, 2005-2008; y en 2005 el Proyecto de Investigación en Ciencia y Técnica (PICT 04-12247); b) el geógrafo Guillermo Ángel Velázquez (el PICTR2002-00081); c) el sociólogo Roberto Cittadini el PICT 04-09371 por un monto de $40.000; d) la bióloga Bibiana Leonor Vilá (el PICT 99 Foncyt, por un monto de $101.000); e) el arqueólogo Roberto Joaquín Bárcena (PICT-2003-14463 por un monto total de $76.563); f) seis (6) antropólogos: Edgardo J. Cordeu (el PICT-BID 98 N° 04-04400 y un subsidio de más de $400.000 para una investigación ¿antropológica? sobre el golpe de estado de 1966); Héctor Carlos Vázquez (el PICT-2000-2001, bajo el código 04-09951, por un monto de $83.000; y el PICT-2005, código 32917, por un monto de $102.000; Sonia Edith Colantonio (el PICT-2002, bajo el código 04-12494 por un monto total de $97.821); Mónica Beatriz Lacarrieu (el PICT-38345 del 2005, por un monto total de $202.000); Guillermo Luis Mengoni Goñalons (PICT-2003 bajo el código 04-14425); Daniel Enzo Olivera (el PICT-2002, 04-12098; y el PICT-2004, bajo el código 26023 por $199.302); y g) sólo cinco (5) historiadores: Ariel Omar Guiance (el PICT-2002, bajo el código 04-11272); Daniel Campi (en el 2002 el PICT 04-13099 por $135. 938); Cristina Bellelli (en el año 2000 el PICT 04-09976 por $93.000 y en 2004 otro PICT por $203.000); Ana Inés Ferreyra (el PICT-26023 del 2004 por $129.925); y Nidia Areces (el PICT-2002, bajo el código 329). Y el detalle de los subsidios otorgados con posterioridad a sus dictámenes negativos fue el siguiente: a) la geógrafa Cristina Ofelia Valenzuela un PICT en 2005 bajo el código 32.788 y otro PICT en 2006 bajo el código 21055; b) la especialista en arte rupestre María Isabel Hernández Llosas otro PICT bajo el código 00538b; c) seis (6) antropólogos Francisco Raúl Carnese (el PICT-2004, bajo el código 26077); Mabel Grimberg otro PICT en 2007 bajo el código 00230 por $160.000; Héctor Carlos Vázquez un PICT en 2004 bajo el código 04-09951 por un monto de $102.000; y la funcionaria del INADI Marta Mercedes Maffia un subsidio que alcanzó los $210.000; d) seis (6) arqueólogos: Osvaldo Mendonca un PICT en 2005 bajo el código 32807 por un total de $207.000; Mónica Salemme otro PICT en 2005 bajo el código 05-38096 por un monto total de $205.000; Luis Alberto Borrero un PICT en 2006 bajo el código 02046 por un monto de $197.600; y otro más reciente bajo el código 04-9498 BID 1728 y por un monto de $75.000; Laura Lucia Miotti un PICT en 2004 bajo el código 04-12387 por un monto de $69.541; y en 2006 otro PICT bajo el código 01552 por un monto total de $210.000; Eduardo E. Berberian (el PICT-2008-1551); y Gustavo Adolfo Martínez otro PICT en 2006 bajo el código 00264 por un monto total de $209.358; y e) sólo tres (3) historiadores: Beatriz Solveira un PICT en 2006 bajo el código 01281; Cristian Rainerio Buchrucker (el PICT-2007-02107-03); y Ana María Presta un PICT en 2006 bajo el código 01056, y en 2008 otro PICT bajo el código 2104 por un monto total de $158.115.
Fuente: Listados de Operatorias de la Agencia o ANPCYT
www.er-saguier.org
Dictamen Fiscalia sobre las evaluaciones de la Agencia (ANPCYT)
Por Eduardo R. Saguier -
Wednesday, Dec. 15, 2010 at 1:42 AM
saguiere@ssdnet.com.ar
Comunicado de Prensa-9-XII-2010 DICTAMEN DE LA FISCALIA NACIONAL DE INVESTIGACIONES ADMINISTRATIVAS (FIA) El día 28 de agosto del 2010 la FIA dictamino sobre la denuncia oportunamente formulada por el suscripto y comunicada a la red de científicos, académicos, políticos y administradores de programas de las instituciones científicas, universidades nacionales y organismos de la administración publica y de la justicia acerca de las incompatibilidades que se producían en el otorgamiento de subsidios (para realizar trabajos de investigación) a funcionarios cuya dependencia y jerarquía los invalidaba por la incompatibilidad manifiesta y el conflicto de intereses, lo que generaba la violación de la ley, con la consiguiente secuela de favores y amiguismo, violador del mérito y la jerarquía que se debe respetar en situaciones de alta responsabilidad en la investigación científica y la aplicación tecnológica. La denuncia fue investigada exhaustivamente por la FIA y como consecuencia de las investigaciones practicadas quedaron expuestas las irregularidades, las que fueron ampliamente documentadas mediante una veintena de medidas de prueba, media docena de informes de testigos (Gargarella, Apólito, Boselli, Mendoza, Alexander, Virdis, Castro), diversos libramientos de oficios a distintas autoridades judiciales y auxiliares de la justicia (Defensoría del Pueblo, Juzgado Criminal Federal No.8), y con la firma del Sr. Fiscal de Investigaciones Administrativas Dr. Ricardo Renom y del Sr. Fiscal General Dr. Guillermo Felipe Noailles, se dictaminó solicitarle al H. CONGRESO NACIONAL la legislación y reformulación del Decreto Nº 1660/96 señalando que la LEY Nº 25200 no es aplicada, además de dar curso a la intervención del Juzgado Federal Nº 8, Secretaría No.15, para que proceda a la investigación de las irregularidades denunciadas para que todos los interesados puedan acceder a los detalles de las denuncias practicadas por el suscripto. Les informo que el expediente correspondiente lleva el número 23612/1592, de fecha 31 de agosto de 2010, el cual contiene un detalle de todo lo actuado. El Dictamen de la Fiscalía completo puede verse en: http://argentina.indymedia.org/news/2010/11/762627.php EDUARDO R. SAGUIER Ph.D. INVESTIGADOR DEL CONICET
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