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Perú: Proyecto Vilavilani viola Ley de Recursos Hídircos y causa exterminio de pueblos
Por bartolina sisa -
Saturday, Nov. 07, 2009 at 12:39 PM
bartolina.sisa@yahoo.es
Tacna (Perú) 27 de octubre 2009.- En la Sede del Gobierno Regional de Tacna, se encuentra el Proyecto Vilavilani I y II que ha formulado el PET Proyecto Especial Tacna, para que sea Evaluado por la Oficina Proyectos de Inversion Pública de dicho Gobierno Regional. Se sabe que los Comuneros de Ancomarca, (que habitan el Tripartito de la Frontera Peru , Chile Bolivia) ha presentado un escrito de oposición a dicho proyecto, pero el Gobierno Regional de Tacna ha ignorado dicha oposición ilegalmente, con lo cual se ha viciado dicho proyecto.
En efecto, En Tacna, se viene despilfarrando dinero público del Estado, construyendo campamentos, desbrozando cerros abriendo túneles en las montañas, excavando zanjas en las pampas de pastoreo de camélidos sudamericanos, y todo bajo una ingeniería destructiva que degrada las tierras de las comunidades campesinas indigenas altoandinas de la Región Tacna y agrede la vida cultural, económica y social de tales comunidades. Sin embargo El Estado peruano protege dicha inversiones autorizando mas y mas fondos públicos para dichas obras perniciosas.
La nueva Ley de Recursos Hídricos vigente en el Perú y el Código Penal Peruano prohíbe el saqueo de aguas de las fuentes y cabeceras de cuenca, sin embargo el proyecto Especial Tacna PET basa su llamado Proyecto Vilavilani I y II en sacar agua del subsuelo de los territorios de las comunidades Alto andinas, desviar las aguas superficiales de sus ríos y trasvasarla a través de canales y túneles desde el altiplano hacia la cuenca del océano pacifico, es decir privando del liquido elemento a los Bofedales y pastizales alto andinos (y a las comunidades) que son el ecosistema de recarga de agua en los Andes. Es decir que dicho proyecto al cual El gobierno Regional de Tacna le asigna la suma de 264 millones de soles, se basa en un acto calificado como delito por la legislación penal peruana Art. 313 del Código Penal que prohíbe la Alteración del Ambiente y paisaje natural.
La obras civiles del Proyecto Especial Tacna que realiza impunemente están llevando al exterminio a las comunidades de pastores de llamos y alpacas, porque les causa la muerte por hambre y sed a sus ganados, les priva de su derecho al Trabajo, les altera su sistema de vida social y económica, por esa razón los afectados han recurrido a las instancias de Justicia internacional (Ver Dictamen NR.1457-2006 CCPR del Comité de Derechos Humanos de fecha 6 de abril 2009) que ha condenado al Perú por violar en este caso el Art. 27 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos de las Naciones Unidas. La Resistencia que hace el Estado a cumplir con ponerse a Derecho, lo saca del sistema Jurídico Internacional en caso que no suspenda dicho proyecto.
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