|
De La Plata a Batán. Traslado ilegal de presos
Por reenvìo agencia walsh -
Tuesday, Apr. 20, 2010 at 5:40 PM
(AW) Como represalia a la huelga de hambre que realizaron los presos de la Unidad Nº 9 de La Plata, Jonathan Yubero Coria fue trasladado de ese penal a la Unidad 15 de Batán. Mediante un hábeas corpus presentado por un abogado, en base a la información brindada por la organización La Cantora, el juez de Garantías Juan Tapia resolvió que dicho traslado fue ilegal ya que no existió una orden judicial que lo permita.
En el habeas corpus presentado por Juan Pablo Gelemur, se indica que: “Como es de público conocimiento el jueves 18 de marzo del presente año, un grupo de personas privadas de la libertad en la Unidad Penal N°9 de La Plata iniciaron una medida de huelga de hambre en repudio al endurecimiento de las normas penales y procesales. Con el correr de los días, otros detenidos, alojados en distintos pabellones de esa misma cárcel y en otras Unidades provinciales y federales, se fueron plegando a la medida. Como fuera denunciado por la Asociación Civil La Cantora (http://www.lacantora.org.ar), Comité Contra la Tortura y la APDH a lo largo de estos últimos 25 días, el mecanismo de respuesta de los Servicios Penitenciarios poco ha tenido que ver con los pactos y declaraciones nacionales e internacionales de derechos humanos”.
Los organismos de Derechos Humanos han detectado que, como consecuencia de la medida de fuerza realizada por los presos, el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) ha llevado a cabo por lo menos 18 traslados ilegales. Este accionar es un claro mecanismo que busca desarticular la organización de las personas privadas de su libertad, quienes sufren a diario distintas violaciones a sus derechos.
Jonathan Yubero Coria fue llevado a varios centros de detención con el fin de perturbar su salud psíquica, pasando por una unidad de tránsito (donde no puede permanecer más de tres días), hasta que lo alojaron en la Penitenciaria 15 de Batán.
De esta forma, según lo detalla el habeas corpus presentado, se produjo un “INCONSTITUCIONAL E ILEGAL ACTO DE DISPOSICIÓN SOBRE LA LIBERTAD (traslado de detenidos sin orden de autoridad competente y recepción de detenidos sin orden de autoridad competente) del individualizado, como así también haberse producido por la misma un INCONSTITUCIONAL E ILEGAL ACTO DE AGRAVAMIENTO ILEGÍTIMO EN LA FORMA Y CONDICIONES DE DETENCIÓN”.
Según denunció La Cantora, Coria habría permanecido en una celda de aislamiento, incomunicado y sin atención médica.
La respuesta al habeas corpus presentado por el Frente Antirrepresivo, fue contundente. El juez de Garantías, Juan Francisco Tapia, confirmó la inconstitucionalidad de los traslados, conocidos como 'la calesita', fundamentando que el paradero de las personas privadas de su libertad debe estar controlado por la Justicia y no por el Servicio Penitenciario Bonaerense.
El diario marplatense El atlántico comentó que: “quedó asentado que se están vulnerando tres derechos fundamentales: el derecho al control judicial de las condiciones de detención, el derecho a la defensa y el acceso a la Justicia y el derecho a permanecer cerca de su familia”.El juez Tapia solicitó un informe al Servicio Penitenciario Bonaerense, en el que indagó acerca de cuáles fueron los lugares de detención por los que pasó Coria, cuánto tiempo estuvo en cada uno de ellos, el motivo de los traslados y la autoridad que los ordenó. En la decisión del juez se detalla la ilegalidad de los traslados, los cuales se produjeron por “una sanción informal, un castigo paralelo, que le fuera impuesto al nombrado por plegarse a una huelga de hambre en reclamo de mejores condiciones carcelarias”.De esta forma, se espera que Coria vuelva a su lugar original de detención.
AGENCIA DE COMUNICACION RODOLFO WALSH
|