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Proyectos de resolución en Diputados para pedir informes al INAPL y ADIF
Por Indymedia Pueblos Originarios - Saturday, May. 15, 2010 at 6:07 AM
originarios-arg@indymedia.org

La construcción de barrios privados sobre tierras ferroviarias y sitios arqueológicos en Tigre y Escobar sigue generando iniciativas en el Parlamento. A mediados de abril, varios legisladores de la CC-ARI presentaron dos proyectos de resolución para pedir informes al Poder Ejecutivo. Uno de los proyectos sumó la adhesión de una diputada salteña del Peronismo Federal.

2229-D-2010 | Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con el hallazgo arqueológico en el paraje Punta Querandí, Tigre, Provincia de Buenos Aires. 15/04/2010

Firmantes: Elsa Quiroz, Héctor Flores, Griselda Baldata, Horacio Piemonte, Fernanda Gil Lozano, Alicia Terada y Carlos Comi.

PROYECTO DE RESOLUCION

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Dirigirse al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos que correspondan, se sirva informar:

1. Si el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano, en su carácter de autoridad de aplicación de la Ley 25.743, ha tomado intervención en el hallazgo arqueológico realizado en el paraje denominado Punta Querandí, ubicado en la rivera del Canal Villanueva, en el Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires.

2. En caso de haber intervenido, si resolvió recomendar la liberación del terreno para que continúen las excavaciones y obras que lleva adelante en el área la empresa Eidico S.A.

3. Si recibió algún aporte en efectivo o en especie por parte de la citada empresa, o de algún otro particular vinculado con este caso, para llevar adelante la tarea mencionada o para cualquier otro fin.

4. En caso de haber recibido aporte alguno, cual fue el monto recibido –o los bienes o servicios, si se tratara de un aporte en especie-, por que medio, bajo que modalidad ingreso al organismo, y cual fue el destino del mismo.

5. Si intervino la Comisión Nacional de Museos y Monumentos y Lugares Históricos de acuerdo a lo establecido por la Ordenanza 2288/00 promulgada por el Decreto 1412/00 de la Municipalidad de Tigre, que establece que los hallazgos de recursos arqueológicos se deben preservar hasta que intervenga la mencionada Comisión, y de ser afirmativo especifique las conclusiones de dicha intervención.

6. Si se realizaron otras investigaciones arqueológicas en la zona del Paraná inferior o Bajo Paraná, en caso afirmativo especifique ubicación de los sitios investigados, resultados de los hallazgos y recursos económicos con que se financiaron las mismas.

FUNDAMENTOS

Señor Presidente:

La Ley 25.743 es el marco regulatorio para la preservación y custodia del patrimonio arqueológico de la Nación y determina que el Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL), dependiente de la Secretaria de Cultura de la Presidencia de la Nación, es la autoridad de aplicación del régimen, confiriéndole –entre otras- la facultad de actuar mediante denuncia o de oficio y ocupar temporalmente los terrenos donde se registren hallazgos arqueológicos y autorizar su liberación en caso de considerar que no es necesario su preservación por razones científicas o culturales.

La información pública del hallazgo en el paraje denominado Punta Querandí, en la rivera del Canal Villanueva ubicado en el Partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, dio origen a un reclamo vecinal encabezado por el grupo en Defensa de Pacha y la Asamblea Urbanoambiental de Tigre, acompañados por el Concejal Luis Cancelo de ese distrito.

Estas denuncias habrían motivado la intervención de los arqueólogos Dr. Daniel Loponte y Dr. Alejandro Acosta, en representación del INAPL, y según trascendido en los medios de comunicación (INFOBAN, 10-12-2008) habrían realizado excavaciones retirando 100.000 piezas de fauna local y 20.000 fragmentos de alfarería, concluyendo luego que el sitio se encontraba “limpio” y recomendando se lo liberara para que continuaran las obras que lleva adelante en el predio la empresa Eidico S.A.

Asimismo, y según trascendió en los mismos medios de prensa el financiamiento de la tarea llevada a cabo por los especialistas habría sido solventada por la empresa que lleva adelante las obras en el citado terreno.

Estos elementos y la suspicacia que genera en la población el hecho de que quienes debían controlar y autorizar la continuidad del emprendimiento comercial hayan sido financiados por la empresa que explota el predio, nos incentivan a formular el presente pedido de informes, a fin de que se preserve y resguarde el patrimonio arqueológico de la zona, según lo dispone la Ley 25.743, y por otra parte se garantice la transparencia en los procedimientos y el efectivo ejercicio del poder de policía que la ley y su reglamentación le confieren al INAPL.

Por otra parte, se solicita al Poder Ejecutivo informe si las acciones que le encomienda la ley al INAPL se ven impedidas por razones presupuestarias y deben recurrir para su funcionamiento al financiamiento privado, son informaciones imprescindibles que le permitirán a este cuerpo legislativo, si fuera necesario, realizar las adecuaciones presupuestarias del caso.

También se requiere información sobre la posible intervención de la Comisión Nacional de Museos, y Monumentos y Lugares Históricos, en virtud de que la Ordenanza 2288/00 promulgada por el Decreto 1412/00 de la Municipalidad de Tigre, que establece que los hallazgos de recursos arqueológicos se deben preservar hasta que intervenga la mencionada Comisión.

Por último, y según lo expresado en la tesis 0937 del área de arqueología de la Universidad Nacional de la Plata sobre la economía prehistórica del norte bonaerense "Arqueología del Humedad del Paraná Inferior, Bajíos Ribereños Meridionales", donde se analizan con cierto grado de detalle las colecciones de 8 sitios arqueológicos ubicados entre el año 1710 y el año 680 C AP (túmulo de campaña sitio 2, Anahí; Las Viscacheras, Garín, La Bellaca sitio 1, La Bellaca sitio 2, Guazunambí y Sarandí) y con una marcada generalización la de información disponible de algunos sitios pocos conocidos (Punta Canal, La Bellaca sitio 3, Otamendi sitio 1,2,3,4 y Aeródromo Escobar, junto con información arqueológica disponible de otros sitios publicados cercanos (Río Lujan 1 y 2 ,Laguna Grande y Túmulo 1 del Paraná Guazú), el INAPL realiza trabajos en la zona de los humedales desde hace 20 años habiendo encontrado sitios de interés arqueológico.

Por su parte, el Sr. Acosta, antropólogo del Instituto y del equipo que realiza los estudios desde hace más de una década, afirma que se "encontraron cerámicas con decoración incisa de estilo geométrico, de ahí que se estima que los yacimientos ubicados datan de hace 1000 o 1500 años, siendo habitado por grupos étnicos que se trasladaban por la llanura pampeana y la zona del Delta...".

A fin de constatar esta información es que solicita que el P.E. informe si el INAPL realiza dichas tareas y en cuyo caso informe cual ha sido la fuente de financiamiento de las mismas.

Por todo lo expuesto, solicitamos se apruebe el presente proyecto de resolución.

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2436-D-2010 Pedido de informes al Poder Ejecutivo sobre diversas cuestiones relacionadas con la venta de un predio propiedad del Estado Nacional - ex Ferrocarril Mitre GM 56 - ubicado en Punta Querandí o Punta Canal, partido de Escobar, provincia de Buenos Aires.

Firmantes: Elsa Quiroz, Héctor Flores, Griselda Baldata, Horacio Piemonte, Fernanda Gil Lozano, Alicia Terada y Zulema Daher (Peronismo Federal).

PROYECTO DE RESOLUCION

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE

Dirigirse al Poder Ejecutivo para que a través de los organismos que corresponda, informe sobre diversas cuestiones relativas a la venta de un predio de propiedad del Estado Nacional situado en Punta Querandí o Punta Canal, Partido de Escobar. Según los Expedientes Nº 3707/98 ENABIEF Cuerpo 1 y Nº 4021/98 ENABIEF Cuerpo 1 y 2 se realiza la venta directa de 57.200 m2 correspondientes al ex Ferrocarril Mitre GM 56 desde el Km. 2+950,00 a 4+378,00:

1. Si estaban incluidas en el total de metros cuadrados a la venta la calle Brasil, lindante al predio, y el ex terraplén ferroviario.

2. Por qué, expirado el plazo de 90 días para la escrituración estipulado en la cláusula décimo segunda del boleto de compra-venta suscripto entre el ONABE y la firma CHILESPA S.A. el 25 de abril de 2007, no se tomaron las acciones correspondientes para recuperar los predios vendidos por parte del ONABE.

3. Qué actividades han sido desarrolladas por la Administradora de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF), a los fines de la preservación del patrimonio arqueológico en dicha zona.

Fundamentos

Señor Presidente:

Punta Canal es un predio triangular de aproximadamente 4 has, 15 Km. de largo y un núcleo de 10m ,cercado por el arroyo Garín, el canal Villanueva y la calle Brasil, por la que se accede a la ruta 26 o 27 .

Fue localizado un yacimiento arqueológico debajo del terraplén ferroviario de principios del siglo XX. Se accede por la Ruta 26 o por la calle América de Dique Lujan que es la continuación del terraplén del otro lado del arroyo Garín. Parte de dicho terraplén quedó dentro de los barrios San Marcos y San Benito. En automóvil se puede acceder por Benavides.

Los pocos vecinos que no abandonaron sus viviendas han quedado cercados por los rellenos realizados en los terrenos linderos, especialmente los que habitan sobre la calle Brasil (de tierra), generando el riesgo de inundación en la zona porque se han cerrado los pasos naturales del agua desviando el curso de la misma desde el canal Villanueva hacia el interior del terreno que rodea los distintos countries ya construidos, a modo de canal artificial pretendiendo que este sea sólo navegable para aquellos que habitan dichos barrios cerrados; provocando, además, un drástico cambio en el ecosistema con la tala de árboles y vegetales y con la desaparición de gran variedad de animales. En el ingreso a la calle Brasil se ha instalado una garita de seguridad. Una vecina de 92 años, que habita en el lugar desde hace más de 50 años, al desaparecer el antiguo terraplén y cerrar la calle Brasil, ha quedado totalmente aislada, cercada la zona que rodea su vivienda, con alambrados y un nuevo terraplén sobre el nivel de la vivienda de aproximadamente 1m que impide el desagüe del agua, si debe salir con urgencia, teniendo en cuenta su edad, no tiene forma de salida, salvo saltando cercos y montículos de tierra.

La empresa “Emprendimientos Inmobiliarios de Interés Común” (EIDICO), presumiblemente la compradora ,a través de su máximo accionista Jorge O ’Reilly ex asesor del Sr. Sergio Masa ,cuando éste se desempeñó como Jefe de Gabinete dice, “suple al Estado resolviendo la necesidad de la vivienda…constituye un sistema de comercialización al costo, un reciclado de la vieja cooperativa, en la cual los clientes son pequeños inversores que participan del negocio de transformar una fracción de tierra virgen en una urbanización […] entre todos distribuimos los gastos de transformar un bañado en un barrio […] nosotros armamos el negocio, definimos el producto, buscamos el terreno y conseguimos los suscriptores que terminan siendo sus consumidores finales…”.

Los negocios inmobiliarios de algunos no pueden ser más importantes que los derechos de las personas.

Presumiblemente ha habido incumplimientos de diverso tipo, como por ejemplo:

* No hay estudios hidrológicos de la llanura intermareal donde se asientan los emprendimientos.

* Tampoco los hay respecto de los acuíferos salobres; ni reconocido cotas de arranque permanente basados en registros de las crecientes máximas históricas.

* Ni tener cota aprobada y registrada en el plan regulador municipal.

* No se ha cumplido con los caminos perimetrales, ni se han respetado el número de parcelas mínimas.

* No se han sometido a la aprobación de las autoridades responsables provinciales y/o municipales.

* No se construyeron las calles perimetrales.

* Se cerró la calle Brasil (de tierra) que comunicaba con la ruta Nº 26 y con la ruta Nº 27 siendo esta el medio de ingreso y egreso habitualmente utilizado por el resto de los habitantes ribereños históricos de la zona.

La situación creada a partir de la venta de los terrenos de propiedad del Estado ha sumido a los vecinos de la zona, en una situación de indefensión tal, que debería ser considerada para encontrar una solución respetando el lugar en el que los vecinos eligieron hace muchos años para vivir.

Por todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente proyecto.

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Sumario de noticias:
Por Indymedia Pueblos Originarios - Saturday, May. 15, 2010 at 5:02 PM
originarios-arg@indymedia.org

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Dos proyectos legislativos sobre ONABE-ADIF
Por Indymedia Pueblos Originarios - Tuesday, Sep. 14, 2010 at 2:53 PM
originarios-arg@indymedia.org

H.Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente


0379-D-2010

Trámite Parlamentario


06 (04/03/2010)

Sumario


PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS TIERRAS DEL ESTADO NACIONAL ADMINISTRADAS POR ONABE - ADIF - S.E. LINDERAS AL CANAL VILLANUEVA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Firmantes


BENAS, VERONICA CLAUDIA - CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR - FEIN, MONICA HAYDE - BONASSO, MIGUEL LUIS - MACALUSE, EDUARDO GABRIEL - DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA - PARADA, LILIANA BEATRIZ - BARRIOS, MIGUEL ANGEL - ITURRASPE, NORA GRACIELA - CARDELLI, JORGE JUSTO.

Giro a Comisiones


LEGISLACION GENERAL.

La Cámara de Diputados de la Nación

RESUELVE:

Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través de los Organismos correspondientes se sirva informar sobre los puntos que abajo se detallan relativos a tierras del Estado Nacional, administradas por ONABE - ADIF S.E. linderas al Canal Villanueva, en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre.

1. Si el Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE) o la Administración de Infraestructuras Ferroviarias Sociedad del Estado (ADIF S.E.), ha tomado conocimiento que las tierras referidas han sido ocupadas por un emprendimiento inmobiliario llamado Complejo Villa Nueva (Barrio San Benito y Barrio San Marco) desarrollado por la firma EIDICO S.A.

2. Si ONABE o ADIF S.A. ha tomado conocimiento que el terraplén ferroviario que se encontraba en dichas tierras, con tradición de servidumbre de paso de vecinos asentados en la llamada Punta Canal, fue destruido para conformar allí una canalización que prolonga el Canal Villanueva.

3. En caso que las respuestas a los puntos anteriores sean afirmativas: si la empresa EIDICO S.A. cuenta con la debida autorización o contrato que permita ocupar o utilizar las tierras mencionadas.

4. Si fue peticionada y/o se encuentra en trámite la transferencia del dominio de las tierras referidas, que administra dicho organismo, a la empresa mencionada. En caso afirmativo, informe datos de los peticionantes y estado del trámite.


FUNDAMENTOS

Señor presidente:

En la última década, el Delta del Tigre está siendo objeto de grandes emprendimientos inmobiliarios. La construcción de countries y barrios privados avanza día a día sobre este ecosistema único, rico en biodiversidad y bienes arqueológicos.

En muchos casos los isleños, habitantes tradicionales de la región han sido desalojados de sus tierras, se han desmontado grandes extensiones y modificado sustancialmente sus características por tareas de dragado y rellenado, generando un gran impacto ambiental y social.

Uno de esos emprendimientos inmobiliarios es el Complejo Villa Nueva, que comprende un área de aproximadamente 850 hectáreas e incluye 11 barrios náuticos, 4 de los cuales ya han sido terminados y otros siete se encuentran en construcción. La empresa que lleva adelante el emprendimiento es EIDICO S.A..

Uno de los barrios que está construyéndose dentro del Complejo que mencionamos, denominado "San Benito", se encuentra en el extremo norte de Villa Nueva y tiene una superficie de 65 hectáreas y 280 lotes. La empresa informa que los linderos de todo el barrio son el canal Garín, el canal Villanueva y la parte del puerto del barrio San Marco. De acuerdo a los límites denunciados lotes del Estado Nacional, que se encuentran entre el barrio y el Canal quedarían incorporados al complejo.

Las tierras a las que nos referimos son las linderas al Canal Villanueva en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre, administradas por la ONABE o actualmente por ADIF S.E. Por allí pasaba el tren que unía Ingeniero Maschwitz (Escobar) y el Dique Luján (Tigre) y en las inmediaciones a los nuevos Barrios privados estuvo alguna vez la parada intermedia kilómetro 4 del ramal que corría de Ingeniero Maschwitz (Escobar) hasta Dique Luján (Tigre). La ley 26.352, creo la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S. E. (ADIF S.E.), la que entre otras cosas, administrará el patrimonio ferroviario que se encuentre en jurisdicción del ONABE.

Los nuevos barrios construidos han ido aislando a los vecinos que desde hace décadas pueblan la zona, cerrando los accesos y pasos que utilizaban. Desde hace años el acceso a estas tierras se realizaba por la calle Brasil (que separa los partidos de Tigre y Escobar), pero en estos momentos dicha calle solo es transitable hasta el arroyo Garín, en donde se corta el paso debido a la rotura del puente.

Otro de los accesos era por medio de la calle Italia (partido de Tigre), pero desde el año 2001 la empresa EIDICO interrumpió su trayecto al extender el Canal Villanueva, con el fin de que éste ingrese al complejo.

Asimismo, los habitantes del lugar utilizaban un terraplén construido sobre las vías del ferrocarril en las parcelas pertenecientes al Estado nacional referidas.

Sin embargo, en la actualidad, el camino del terraplén quedó entre los barrios privados San Marco y San Benito y fue apropiado por la empresa EIDICO, la que estaría usurpando tierras que pertenecen al Estado, y al mismo tiempo, al no construir las calles perimetrales, esta privando a los vecinos de ejercer su derecho de servidumbre de paso.

El terraplén ferroviario era tradicionalmente una servidumbre de paso de vecinos asentados en la llamada Punta Canal y también utilizado por pescadores, sin embargo el mismo ya ha sido destruido por la empresa que comenzó a canalizar las aguas que prolongan el canal Villanueva en su lugar.

Una empresa privada destruye y usufructúa bienes del Estado, con fines estrictamente comerciales, privando a los lugareños del libre paso y acceso al río.

Este conflicto entre la empresa y los isleños fue denunciado judicialmente por uno de los vecinos dando lugar a que, el 16 de julio del año 2008, el juez Cesar H. Cozzi Gainza ordene a EIDICO abstenerse de realizar cualquier tipo de obra en las parcelas administradas por ONABE o ADIF lindantes con las parcelas 415A y 329A que puedan obstaculizar el trazado correcto de la calle perimetral, de manera tal que quede garantizado el acceso al domicilio del demandante por fuera del emprendimiento. Pero la empresa EIDICO incumplió esta medida judicial al cavar dos pozos en el camino del terraplén, obstaculizando por completo el acceso de los lugareños hacia sus casas.

Pero eso no es todo, en tierras del paraje Punta Canal (Tigre), en la orilla del Canal Villanueva, se encontraba un cementerio querandí de mil años de antigüedad. El sitio fue destruido por la desarrolladora inmobiliaria EIDICO.

En diciembre de 2.008 un equipo del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL) realizó una excavación de rescate -debido a que se sabía que las obras de EIDICO iban a remover el lugar-, y recogió 10 mil piezas entre tiestos de cerámica, restos de fauna e instrumentos de hueso y roca, pertenecientes al pueblo Querandí. Los originarios reclaman por el lugar, lo consideran sagrado, tienen la certeza de allí estuvieron enterrados antepasados.

Más que un valor inmobiliario, las tierras del Estado Nacional a las que hacemos referencia tienen un gran valor social. Las mismas, en este caso, pueden y deben ser utilizadas para preservar los bienes naturales y culturales, para asegurar el paso y el acceso libre al río de los lugareños. Por ello es que nos urge saber en qué situación se encuentran los lotes que administra ADIF S.E. linderos al Canal Villanueva, en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre.

Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.

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H.Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE DECLARACIÓN

Texto facilitado por los firmantes del proyecto. Debe tenerse en cuenta que solamente podrá ser tenido por auténtico el texto publicado en el respectivo Trámite Parlamentario, editado por la Imprenta del Congreso de la Nación.

Nº de Expediente


0362-D-2010

Trámite Parlamentario


06 (04/03/2010)

Sumario


SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA CONSERVAR EL DOMINIO Y USO DE LAS TIERRAS LINDERAS AL CANAL VILLLANUEVA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Firmantes


BENAS, VERONICA CLAUDIA - MACALUSE, EDUARDO GABRIEL - BARRIOS, MIGUEL ANGEL - DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA - CARDELLI, JORGE JUSTO - BONASSO, MIGUEL LUIS - PARADA, LILIANA BEATRIZ - CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR - ITURRASPE, NORA GRACIELA - FEIN, MONICA HAYDE.

Giro a Comisiones


LEGISLACION GENERAL.

La Cámara de Diputados de la Nación

DECLARA:

Qué vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los Organismos Competentes, conserve el dominio y el uso de las tierras linderas al Canal Villanueva, en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre, administradas por ONABE - ADIF S.E. con el fin de preservar y proteger el patrimonio arqueológico y sitios sagrados de los pueblos originarios que en las mismas se encuentran.


FUNDAMENTOS

Señor presidente:

En la última década, el Delta del Tigre está siendo objeto de grandes emprendimientos inmobiliarios. La construcción de countries y barrios privados avanza día a día sobre este ecosistema único, rico en biodiversidad y bienes arqueológicos.

En muchos casos los isleños, habitantes tradicionales de la región han sido desalojados de sus tierras, se han desmontado grandes extensiones y modificado sustancialmente sus características por tareas de dragado y rellenado, generando un gran impacto ambiental y social.

Uno de esos emprendimientos inmobiliarios es el Complejo Villa Nueva, que comprende un área de aproximadamente 850 hectáreas e incluye 11 barrios náuticos, 4 de los cuales ya han sido terminados y otros siete se encuentran en construcción. La empresa que lleva adelante el emprendimiento es EIDICO S.A..

Uno de los barrios que está construyéndose dentro del Complejo que mencionamos, denominado "San Benito", se encuentra en el extremo norte de Villa Nueva y tiene una superficie de 65 hectáreas y 280 lotes. La empresa informa que los linderos de todo el barrio son el canal Garín, el canal Villanueva y la parte del puerto del barrio San Marco. De acuerdo a los límites denunciados lotes del Estado Nacional, que se encuentran entre el barrio y el Canal quedarían incorporados al complejo.

Las tierras a las que nos referimos son las linderas al Canal Villanueva en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre, administradas por la ONABE o actualmente por ADIF S.E. Por allí pasaba el tren que unía Ingeniero Maschwitz (Escobar) y el Dique Luján (Tigre) y en las inmediaciones a los nuevos Barrios privados estuvo alguna vez la parada intermedia kilómetro 4 del ramal que corría de Ingeniero Maschwitz (Escobar) hasta Dique Luján (Tigre). La ley 26.352, creo la Administración de Infraestructuras Ferroviarias S. E. (ADIF S.E.), la que entre otras cosas, administrará el patrimonio ferroviario que se encuentre en jurisdicción del ONABE.

Los nuevos barrios construidos han ido aislando a los vecinos que desde hace décadas pueblan la zona, cerrando los accesos y pasos que utilizaban. Desde hace años el acceso a estas tierras se realizaba por la calle Brasil (que separa los partidos de Tigre y Escobar), pero en estos momentos dicha calle solo es transitable hasta el arroyo Garín, en donde se corta el paso debido a la rotura del puente.

Otro de los accesos era por medio de la calle Italia (partido de Tigre), pero desde el año 2001 la empresa EIDICO interrumpió su trayecto al extender el Canal Villanueva, con el fin de que éste ingrese al complejo.

Asimismo, los habitantes del lugar utilizaban un terraplén construido sobre las vías del ferrocarril en las parcelas pertenecientes al Estado nacional referidas.

Sin embargo, en la actualidad, el camino del terraplén quedó entre los barrios privados San Marco y San Benito y fue apropiado por la empresa EIDICO, la que estaría usurpando tierras que pertenecen al Estado, y al mismo tiempo, al no construir las calles perimetrales, esta privando a los vecinos de ejercer su derecho de servidumbre de paso.

El terraplén ferroviario era tradicionalmente una servidumbre de paso de vecinos asentados en la llamada Punta Canal y también utilizado por pescadores, sin embargo el mismo ya ha sido destruido por la empresa que comenzó a canalizar las aguas que prolongan el canal Villanueva en su lugar.

Una empresa privada destruye y usufructúa bienes del Estado, con fines estrictamente comerciales, privando a los lugareños del libre paso y acceso al río.

Este conflicto entre la empresa y los isleños fue denunciado judicialmente por uno de los vecinos dando lugar a que, el 16 de julio del año 2008, el juez Cesar H. Cozzi Gainza ordene a EIDICO abstenerse de realizar cualquier tipo de obra en las parcelas administradas por ONABE o ADIF lindantes con las parcelas 415A y 329A que puedan obstaculizar el trazado correcto de la calle perimetral, de manera tal que quede garantizado el acceso al domicilio del demandante por fuera del emprendimiento. Pero la empresa EIDICO incumplió esta medida judicial al cavar dos pozos en el camino del terraplén, obstaculizando por completo el acceso de los lugareños hacia sus casas.

Pero eso no es todo, en tierras del paraje Punta Canal (Tigre), en la orilla del Canal Villanueva, se encontraba un cementerio querandí de mil años de antigüedad. El sitio fue destruido por la desarrolladora inmobiliaria EIDICO.

En diciembre del 2.008 un equipo del Instituto Nacional de Antropología y Pensamiento Latinoamericano (INAPL) realizó una excavación de rescate -debido a que se sabía que las obras de EIDICO iban a remover el lugar-, y recogió 10 mil piezas entre tiestos de cerámica, restos de fauna e instrumentos de hueso y roca, pertenecientes al pueblo Querandí. Los originarios reclaman por el lugar, lo consideran sagrado, tienen la certeza de allí estuvieron enterrados antepasados.

Se estima que Punta Canal tendría mil años de antigüedad, siendo ocupado por grupos étnicos que se trasladaban por la llanura pampeana y la zona del Delta, movimiento que a la llegada de los europeos realizaban los Querandíes.

Los domingos, ciudadanos y representantes de distintos sectores, caminan hasta el lugar y allí se reúnen en memoria del pueblo Querandí, realizan ofrendas y reclaman por la protección de numerosos sitios arqueológicos de Tigre y Escobar, así como el libre acceso a ríos, arroyos, canales y otros cursos de agua que están siendo apropiados por las desarrolladoras inmobiliarias.

Los bienes que conforman el patrimonio cultural de los argentinos son una fuente irremplazable de información para la construcción del conocimiento y un componente insustituible de la identidad y del desarrollo sustentable de la Nación. Estos bienes son únicos, y por lo tanto no son renovables. Su pérdida provoca una fragmentación de la memoria colectiva y compromete la preservación de nuestra herencia cultural, lesionando el derecho a construir un futuro sostenible sobre la base de un pasado común.

El 2 de noviembre del 2009 la Cámara de Senadores de la Provincia de Buenos Aires aprobó un proyecto que declara de interés que el Estado Nacional no venda las tierras públicas aledañas al Canal Villanueva, pertenecientes a ADIF (Administración de Infraestructuras Ferroviarias), con el fin de preservar los sitios arqueológicos y sagrados de los pueblos originarios. La iniciativa fue del legislador Daniel Expósito (Coalición Cívica).

Más que un valor inmobiliario, las tierras del Estado Nacional, linderos al Canal Villanueva, en las inmediaciones de Dique Luján - Villa La Ñata, del Partido de Tigre, tienen un gran valor social. Las mismas pueden y deben ser utilizadas para preservar el patrimonio arqueológico que en ellas se encuentra.

Por todo lo expuesto solicito a mis pares acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.

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