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JNE perpetra otra inconducta funcional en tacha a Kouri
Por Guillermo Olivera Díaz - Monday, Aug. 09, 2010 at 2:22 PM
godgod_1@hotmail.com

Convendría que se indague por qué razones hay un divorcio absoluto entre lo que el JNE informa al país a través de una Nota de Prensa, en horas de la noche del 06 de agosto, que la agencia oficial Andina y La República reproducen, y lo que luego resuelve y aparece en el portal institucional de la página web del Jurado (www.jne.gob.pe), al día siguiente. En un asunto de trascendencia ese disloque es más reprobable, pues afectará a más de ocho millones de personas que residimos en Lima.

Perú

JNE perpetra otra inconducta funcional en tacha a Kouri

por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
http://www.voltairenet.org/article166679.html


9-8-2010


1. Tengo en mis manos, como muchos acuciosos creo, las notas periodísticas de la agencia oficial Andina, que cumple los dictados del mismo Presidente, ALAN GARCIA PEREZ y del periódico La República, ambas del 06 de agosto, pero de horas diferentes, que, basándose en una Nota de Prensa del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que supervisa su Presidente SIVINA HURTADO ¿también redacta?, señalan en forma idéntica y textual algo estremecedor que debe investigarse y sancionarse:

"La aplicación de este principio, señala el JNE, implica que el JEELC vuelva a pronunciarse en primera instancia, en virtud de lo cual podrá considerar los argumentos expuestos en la resolución del JNE o pedir se agregue documentación respectiva a las partes que intervienen en este proceso". (El subrayado me pertenece).

2. La sorpresa, de ribetes periodísticos y de otro corte, es que en la Resolución Nº 869-2010-JNE, del 02 de agosto último, que anula el fallo de primera instancia que declaraba infundada la tacha contra Alex Kouri y ordena un nuevo pronunciamiento, no existe nada similar, ni por asomo. Ni en sus amplios reflexivos Considerandos, tampoco en su escueta parte resolutiva, el JNE afirma nada sobre tremendo particular. ¿No fue parte de la Resolución acotada o alguien la mutiló ex post facto?.

3. Convendría que se indague por qué razones hay un divorcio absoluto entre lo que el JNE informa al país a través de una Nota de Prensa, en horas de la noche del 06 de agosto, que la agencia oficial Andina y La República reproducen, y lo que luego resuelve y aparece en el portal institucional de la página web del Jurado (http://www.jne.gob.pe), al día siguiente. En un asunto de trascendencia ese disloque es más reprobable, pues afectará a más de ocho millones de personas que residimos en Lima.

4. En este espinoso caso lo que informan ambos medios de prensa, uno oficial y otro privado, en texto idéntico, y lo que ha resuelto el JNE no tienen parecido alguno en palabras ni en concepto. La citada Resolución 869 en ninguna línea ordena al subalterno JEELC que “pida a las partes” –tachante y tachado Kouri- la nueva "documentación respectiva" , que hoy por hoy no obra en el expediente que corre ante el JEELC y por apelación ante el JNE. ¿Quién creó este texto salvavidas pro Kouri y Barba y lo anunció en Nota de Prensa al país y al mundo?

El JNE debe desatar este nudo gordiano que compromete al gobierno, a quien dirige su agencia oficial Andina y revela la íntima anastomosis entre Alan García y Hugo Sivina en materia de abominable corrupción.

5. Espero que este comentario sirva de algo para la labor periodística de esta agencia noticiosa oficial, La República y otros medios, cuando este JNE les entregue de noche una Nota de Prensa anunciándoles lo que ha resuelto en un caso importante, como el que concierne a la Alcaldía de la capital del país, y que al día siguiente en su resolución no consta; las frases escritas toman las de Villadiego, con dolo palaciego y electoral.

6. El hecho que el JNE informe por escrito lo que supuestamente ha resuelto y que eso después no aparezca en su Resolución no es atribuible a error, ignorancia o negligencia, sino a una torpe, delictiva y reprochable conducta del JNE, cuyos miembros deben al país una inmediata explicación. Después lo tendrán que explicar ante el nuevo Congreso y ante los tribunales de la República, ya que este divorcio entre Nota de Prensa y la Resolución del mismo organismo consta en documentos. No es un invento traído de la estratósfera.

7. Por mi parte también usaré otros caminos cívicos y legales, en su debida oportunidad, pues la prescripción de un ilícito penal tiene tiempos largos. La denuncia pública como ésta es el paso inmediato; antes lo hice conocer al periódico Perú 21.

8. Espero ansioso algún comentario de los entendidos y de la inmensa pléyade de webs y blogs del mundo que siguen este aquelarre electoral, de marca conocida Kouri-Barba-Heresy-Sivina.
Sobre todo lo que explique el Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Hugo Sivina Hurtado, tan amigo de maltratar a los abogados informantes.




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