Julio López
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Segundo día de la huelga de hambre en Carlos Paz
Por VECINO - Friday, Oct. 22, 2010 at 1:35 AM

Es por la planta de 132.000 voltios que EPEC está instalando al lado de un barrio.

Los vecinos autoconvocados "Sol y Río de Pie" han tenido que llegar a esta instancia para luchar en defensa de la vida, la salud, y el medio ambiente. Todas las demás instancias o están en la tonga con EPEC, GAMA, y el gobierno provincial o son demasiado cagonas para enfrentársele.

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entrevista a vecino de Carlos Paz
Por FM Zumba La Turba - Friday, Oct. 22, 2010 at 9:48 AM

audio: MP3 at 971.2 kibibytes

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QUIENES SOMOS LOS VECINOS AUTOCONVOCADOS SOL Y RÍO DE PIE
Por SOL Y RIO DE PIE - Friday, Oct. 22, 2010 at 9:57 AM

QUIENES SOMOS LOS VE...
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“LOS VECINOS AUTOCONVOCADOS SOL Y RIO DE PIE” somos un grupo de personas unidas por el mismo ideal, defender nuestra vida y la de futuras generaciones, proveyendo al cuidado del Ambiente.

En nombre del “progreso” se justifica la violación de la ley y se atropellan nuestros derechos, autorizando sin fundamentos técnicos ni jurídicos, la instalación de una subestación transformadora de EPEC de 132.000 kv en plena zona urbana y al lado de un parque y polideportivo donde juegan nuestros niños.

Ante la indiferencia de nuestros políticos, gobernantes, representantes, conciudadanos, decimos que esta lucha no termina hasta que trasladen esta Subestación de la MUERTE.

Aunque nos tilden de locos ambientalistas-fundamentalistas, o nos digan que el poder y los intereses económicos de unos pocos serán más fuertes...NO BAJAREMOS LOS BRAZOS.!!

A quienes todavía NO COMPRENDEN el por qué de nuestro reclamo, les decimos que EL DIA DE MAÑANA PODREMOS SENTARNOS FRENTE A NUESTROS HIJOS Y DECIRLES QUE HICIMOS TODO LO QUE PUDIMOS PARA DEJARLES UN MUNDO MEJOR.

A quienes todavía BASTARDEAN NUESTRO RECLAMO les pedimos qué reflexionen profundamente y se estudien otro “libreto” para explicarle en el futuro a nuestros niños de hoy por qué en unos años sus vecinos, hermanos, padres o ellos mismos... se enferman de LEUCEMIA O CANCER.

A quienes todavía NO CONOCEN nuestro reclamo, les pedimos que se informen adecuadamente y que nos acompañen –como ya lo hace gente muy valiosa de otros barrios- en nuestras Asambleas o encuentros culturales proyectados.

A quienes IGNORAN nuestro reclamo les decimos: aquí estaremos para recordarles con nombre y apellido, que participaron, avalaron, firmaron, consintieron la OBRA DE LA MUERTE....

Los días 24 y 25 de junio los vecinos advierten el desmonte del predio lindero al Parque Recreativo, Educativo, Natural protegido por Ordenanzas (4871/07 y AP1).- Las versiones indican que el predio pertenecería a EPEC.

Se presentaron notas el 28/06/2010 a Secretaria de Medio Ambiente y Defensor del Pueblo, que fueron reiteradas con fecha 04/08, solicitando información. El Defensor del Pueblo contestó con fecha 27/08/2010 que atento la información periodística acerca de la confirmación de la construcción de la subestación transformadora de EPEC de 132.000 kv han solicitado a la Secretaria de Ambiente de la Provincia de Córdoba, una copia del Estudio de Impacto ambiental correspondiente. Por su parte, la Secretaria de Ambiente nunca contestó.

Con fecha 09/08/2010 los VECINOS AUTOCONVOCADOS nos reunimos con representantes de EPEC donde eluden responder preguntas concretas como “qué aceite mineral van a utilizar” o sea “que sustancia van a utilizar como refrigerante”. Se comprometen a estudiar alternativas de reubicación, cuya respuesta comunicarían el día 11 de agosto al vecino Ing. Paesani.

El día jueves 12 de agosto, EPEC convoca a conferencia de prensa, y afirman que harían la planta en el lugar proyectado.

El día viernes 13 de agosto se visualiza gente trabajando en el predio.

El día martes 17 de agosto se interpone la acción de amparo AMBIENTAL.

El jueves 26 de agosto de 2010, la empresa EPEC –EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA ELECTRICA DE CÓRDOBA ,coloca el cartel de obra!!.-

Acción DE AMPARO AMBIENTAL:

Se demanda a EPEC, Secretaria de ambiente, Superior Gobierno de la Provincia, Comuna de San Antonio y Municipio de Villa Carlos Paz.

Se solicita la revocatoria de la autorización del aviso de proyecto otorgada por la Secretaria de Ambiente y el no otorgamiento de futuros permisos sobre el predio.

MEDIDA CAUTELAR: se solicita paralización de las obras (no innovar); convocatoria a Audiencia Pública; realización de Estudio de impacto Ambiental y posterior Evaluación de Impacto ambiental.

El juez Admite la acción de amparo y no así la cautelar, que a la fecha se encuentra apelada ante la Cámara de Acusación de Córdoba.

Los fundamentos del amparo ambiental son

Acto nulo de autorización por ser contrario a derecho, viola la normativa ambiental (ley nacional de ambiente 25675 (art 11), provincial 7343 y Decreto Reglamentario 2131/2000, disposiciones de las resoluciones 15/92 y 77/98 –ver pautas ambientales- e irregularidades administrativas, lo que en un momento se pide cumplimentar bajo apercibimiento de archivo, en la resolución se omite, y algunas obligaciones se difieren para la fase operativa (medición de los campos electromagnéticos).-

También se funda en la imposibilidad de localización por cuanto es una obra altamente contaminante (contaminación electromagnética y por residuos peligrosos).- Respecto de la contaminación electromagnética, invocamos el principio precautorio de la ley de ambiente, ya que si bien afirmamos que la obra produce contaminación, para el caso en que se alegue duda al respecto, debe regir dicho principio, y ante la duda la obra NO DEBE ejecutarse.

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