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DEFENDER los DDHH de los JOVENES CORDOBESES
Por CECILIO MANUEL SALGUERO - Sunday, Nov. 21, 2010 at 9:27 AM
ceciliomanuel@gmail.com (Casilla de correo válida)

DOCUMENTO CONTRA EL CODIGO de FALTAS de CORDOBA.


19/11/2010

Este documento se presento hoy a todos los bloques legislativos, secretaria de Derechos Humanos de la Provincia, Direccion de Derechos Humanos de la Municipalidad, Poder Judicial y Fiscal General de la Provincia.






En el marco de la “Marcha de la gorra” que se viene realizando hace ya cuatro años con el fin de exigir la derogación del vigente Código de Faltas (Ley 8431), a causa de las sistemática discriminación y el hostigamiento que las fuerzas policiales ejercen sobre los grupos vulnerados de la sociedad y en torno a lo expresado por las distintas organizaciones barriales, estudiantiles, de Derechos Humanos y trabajadores en los últimos talleres realizados por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos, pretendemos expresar nuestro descontento con dicha ley.

Uno de los problemas que distinguimos a la hora de analizar el Código de Faltas es que atenta contra la división de los poderes, propio de un sistema de democracia tripartita. Este código pone en manos del Poder Ejecutivo, por medio de una de sus agencias como lo es la Policía, la capacidad de juzgar en materia contravencional. El poder judicial deja en manos del ejecutivo provincial tareas que le son propias, desligándose así de su función de contralor de la policía, agente del ejecutivo.

Otro elemento importante es la confusión de roles entre acusador y juzgador, violando el principio de imparcialidad que figura en la CADH[1], de rango constitucional. Hay que resaltar que la institución que se hace cargo no posee real independencia -el comisario puntualmente- por pertenecer a una institución jerárquica con principio de obediencia funcional. De este modo las decisiones de juzgamiento se encuentran ampliamente sesgadas por las autoridades superiores, quienes definen las líneas y criterios con los que actúan, no sólo para realizar los arrestos, sino también para juzgar; arbitrariedades permitidas por la ley y que se reflejan en el accionar policial.

Sostenemos que no puede seguir accionando en nuestra sociedad un código contravencional tan lleno de vicios y, en especial, que deje a criterio de los agentes policiales las razones para realizar arrestos además de del juzgamiento de los detenidos, lo que abre la puerta a abusos policiales, maltrato y tortura de detenidos.

Por ello decidimos exigir el cumplimiento de los puntos que detallamos más abajo, con el fin de garantizar los derechos de los ciudadanos de nuestra provincia. Consideramos importante generar una institución policial que realmente esté al servicio de esta ciudadanía y abone en su práctica a los derechos humanos.

Creemos necesario exigir la democratización de las instituciones del Estado, donde la sociedad civil cumpla un rol efectivo y forme parte en las decisiones que de estas surjan, ya que afectan a la sociedad toda. Es imprescindible para ello el compromiso de las organizaciones sociales e instituciones estatales para que estos reclamos no deriven en intervenciones que sean sólo provisorias, como la mala experiencia de la Cartilla de DDHH -incluso contraproducente-, sino soluciones de fondo.

En función de lo analizado y de los consensos alcanzados en los distintos talleres llevados a cabo por la Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos y con la participación de diversas organizaciones de la sociedad civil exigimos lo siguiente:



· Intervención de asesores letrados en cada caso de arresto, garantizados por el Estado como se realiza en toda situación judicial.

· Efectivización de Jueces de Faltas que se encarguen del proceso judicial, desplazando la intervención policial de dicho rol.

· Generar capacitación de Derecho Humanos para la policía en toda la provincia, a cargo de los Organismos de Derechos Humanos y Organizaciones Sociales.

· Creación de un organismo de control externo de la actividad policial, dotado de presupuesto, autonomía funcional e independencia respecto del Poder Ejecutivo y Legislativo, que incluya representantes de la Sociedad Civil y la Universidad. Dicho organismo tendrá a cargo la tarea de revisar las condiciones de alojamiento de los presos en las celdas de las comisarías y cárceles, así como la situación en la que se encuentran los detenidos. El o los encargado/s de dicho organismo deberá/n tener la posibilidad de entrevistarse con los detenidos. Creemos impostergable la creación de esta institución de contralor ya que la ausencia de control del accionar policial por parte de la sociedad civil da lugar al abuso de poder.

· Creación de un Registro de Demoras y Contravenciones (municipal y provincial) a cargo de los Organismos de Derechos Humanos por su trayectoria en torno a la materia. Esto fortalece el sentido de la ciudadanía en una sociedad con marcadas desigualdades y tiene el objetivo de finalizar las condiciones de secuestro a las que son sometidas las personas.

· Que las Secretarias de Derechos Humanos (municipal y provincial) se expidan sobre el Código de Faltas públicamente con respecto a su carácter inconstitucional. Y que garanticen el buen trato de los detenidos a través de las medidas pertinentes.

· Que se habiliten Jueces de guardia 24 horas al día para que se puedan presentar habeas corpus rápida y efectivamente.

· Derogación del vigente Código de Faltas y reemplazo por un Acuerdo de convivencia generado por la real discusión de toda la sociedad, que garantice los derechos humanos y civiles de toda la ciudadanía.

· Aplicación de la Convención del Niño en la provincia de Córdoba.



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[1] Convención Americana sobre Derechos Humanos





Mesa de Trabajo por los Derechos Humanos de Cba.


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