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Diputados K explican la situación en Formosa y respaldan a Insfrán
Por Parlamentario.com - Thursday, Dec. 02, 2010 at 2:13 PM

“Condenamos por falaces las manifestaciones y expresiones de aquellos sectores políticos que, sobre el dolor formoseño de la pérdida de dos vidas, falsean y condenan, en la persona de nuestro Gobernador, Gildo Insfrán, a todo el pueblo formoseño”, expresaron los legisladores nacionales por Formosa.

Los legisladores K elaboraron un informe sobre los hechos ocurridos en la colonia QOM La Primavera.

Los firmantes del documento, que a continuación publica Parlamentario.com, son los diputados oficialistas por Formosa, María Graciela de la Rosa, Juan Carlos Díaz Roig, Rafael López y Carlos Guillermo Donkin.

El informe K sobre Formosa

1) La propiedad de la tierra de los pueblos originarios en la provincia de Formosa.

Desde 1984 la Provincia de Formosa viene impulsando procesos de innovación e inclusión legislativa, en orden al reconocimiento de los derechos de los pueblos originarios, contando con una importante participación de los mismos en dichas propuestas.

La sanción de la ley provincial 426 Integral del Aborigen, norma pionera en el ámbito nacional en formular un reconocimiento igualitario y particular para los pueblos originarios de Formosa, permitió el reconocimiento legal de dichas comunidades, la entrega en propiedad comunitaria de las tierras y la consagración de la educación intercultural bilingüe.

Estos derechos colectivos alcanzan jerarquía constitucional en la provincia en 1991, importante antecedente de la reforma de la Constitución Nacional de 1994, y son profundizados con la reforma de la Constitución Provincial de 2003, la que introdujo en su Preámbulo el reconocimiento expreso de la identidad multiétnica y pluricultural de la Provincia de Formosa, convirtiéndose así en la primera de las provincias argentinas que reafirma su identidad como trasunto de una realidad social en la que conviven grupos con identidades culturales a un tiempo plurales, variadas y dinámicas.

Por ello, podemos decir que este plexo normativo permite a los pueblos originarios alcanzar la necesaria seguridad jurídica en cuanto a sus derechos. En particular cabe destacar el art. 48, en donde se establece que todos los bienes, cualquiera sea su naturaleza, ubicados en el territorio de la Provincia son del dominio de ésta, con excepción de los que pertenezcan a la Nación, municipalidades u otras personas o entidades de derecho público o privado, y los pertenecientes a comunidades aborígenes. Asimismo, el art. 79 punto 4 de la Constitución Provincial establece que el Estado reconoce y garantiza la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan los pueblos y que ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos.

La Provincia de Formosa ha ubicado, por lo tanto, la temática de la propiedad comunitaria de la tierra de los pueblos originarios con la prioridad de una verdadera Política de Estado, orientada a potenciar en los pueblos originarios el ejercicio de los derechos y de los proyectos de vida, en el marco de una sociedad que se asume pluricultural.

2) El caso de la Comunidad Qom La Primavera.

Respecto de la Comunidad Qom de La Primavera hay que remarcar que el 23 de febrero de 1940, por Decreto Nacional Nº 80.513 se destinan 5.000 has en las leguas A y B de la Sección III de la Colonia Laguna Blanca para reserva de los componentes de la tribu del cacique Trifón Sanabria. Al provincializarse Formosa, la reserva es ratificada por el Decreto Provincial Nº 1363/1963.

En el año 1939 el señor Rosario Celía adquiere al señor César Villalba un campo fiscal libre de ocupantes ubicados en las Leguas A y B Sección III de la Colonia Laguna Blanca, incluida una vivienda que ocupa desde el año 1932, obteniendo posteriormente la autorización de arrendamiento del Poder Ejecutivo Nacional (expte. 126.755/39 Mº de Agricultura y expte. C- 13.601/57 de la Comisión Nacional de Zonas de Seguridad). La explotación del campo lo inicia con su hermano Ángel Celía, y la familia y descendientes de ambos se radican en el lugar.

En oportunidad de la sanción de la Ley Provincial 426, en 1984, marco por el cual se efectiviza la propiedad comunitaria de La Primavera, se desafecta la totalidad de la ocupación de la familia Celía dentro de la Reserva, salvo el lugar de emplazamiento de las viviendas. Por ello se compensó a la Comunidad La Primavera esa fracción ocupada por la familia Celía con una fracción de tierra similar ubicada en el límite norte, lindante con las leguas A y B a las que hacen referencia los ya mencionados Decretos Nacionales y Provinciales que crearon la Reserva. La evolución de las tierras puede apreciarse claramente en los diversos mapas que como anexo adjuntamos a la presente.

Finalmente, por escritura 468 del 11-12-1985, de la Escribanía Mayor de Gobierno, la Provincia transfiere a la Asociación Civil Comunidad Aborigen La Primavera en propiedad comunitaria 5.178 hectáreas, superficie mayor a las 5.000 reservadas originalmente.

En el mes de octubre de 2008, un grupo de aborígenes ingresó a las tierras de la familia Celía, intentando realizar una picada, lo cual dio origen a una denuncia por usurpación realizada por Cecilio Celía (Sumario de Prevención Nº 141/08 Comisaría de Laguna Blanca), con intervención del Juez de Instrucción Nº 2 de Clorinda.

En el marco de dicho sumario, en fecha 10 de octubre de 2008, se celebra una reunión entre el Juez de Instrucción, Dr. Santos Gabriel Garzón, el Sr. Presidente del Instituto de Comunidades Aborígenes, Dn. Esteban Ramírez, acompañado del Dr. Alejandro Dimitoff, el agrimensor Carlos Arato, la Dra. Rosana Silva, asesora del Equipo Nacional de Pastoral Aborigen y el Sr. Félix Díaz, firmándose un acta, la cual dice textualmente: “… Que en presencia de las partes se exhibió el Plano Mensura que corresponde al título de propiedad del terreno en cuestión, donde el Sr. DIAZ, FELIX, se dio por enterado que las tierras que pretendían apoderarse no le correspondían a la Colonia Aborigen por lo que en este Acto manifiesta que desiste de las acciones pertinentes que estaban llevando adelante, como así también que las personas que lo acompañaban, todos indígenas de la Comunidad, se retiran del lugar reconociendo la propiedad de la misma en la familia Celía…”.

De las tierras ocupadas por la familia Celía se han destinado 609 hectáreas a la Provincia de Formosa, para actividades de sede y campo de práctica profesional que puedan crearse como dependencia del Instituto Universitario de Formosa.

3) Hechos ocurridos el día 23 de Noviembre.

En la mañana del día 23 de noviembre, el Sr. Pedro Luis Celía denuncia que un grupo de personas habían cortado el alambrado de su propiedad irrumpiendo en la misma, razón por la cual una comisión policial encabezada por el jefe de la comisaría de Laguna Blanca, Comisario Caje, y cinco efectivos policiales se constituyeron en el lugar para realizar la constatación de lo denunciado. Llegados a la propiedad, fueron recibidos con violencia, sufriendo el personal policial golpes y resultando una oficial abusada. Luego de un forcejeo, los efectivos consiguen escapar, pero resultan sustraídas las armas reglamentarias de dos policías. Informada la situación al Juez de Instrucción y Correcional Nº 1, Dr. Julio Mauriño, dispuso el envío de refuerzos policiales a fin de ejecutar un cúmulo de medidas ordenadas.

De acuerdo a la acordada del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa, que consta en el acta Nº 2.650, en la que el Sr. Ministro de dicho Tribunal, el Dr. Ariel Gustavo Coll, produce un informe luego de haberse constituido en la Segunda Circunscripción Judicial y haber mantenido reuniones con la Procuradora Fiscal, Dra. Rejala, el señor Juez de Instrucción y Correcional Nº 1, Dr. Julio Mauriño, el Secretario del Juzgado de Instrucción y Correcional Nº 1, Dr. Pablo De Philippis, entre otros; pueden extraerse los siguientes hechos fundamentales: “los incidentes producidos en horas de la tarde del día 23 de noviembre en la Colonia “La Primavera” se originan en el marco de una comisión judicial dispuesta en cumplimiento de órdenes impartidas por el Juez Mauriño en ejercicio de su competencia (…) quien además encabezó el procedimiento, ante un hecho acaecido en horas de la mañana del mismo día y en el cual ya había participado una comisión policial. Fue en aquella ocasión que se genera “prima facie” una resistencia al cumplimiento del mandato judicial, hecho respecto a cuya modalidad e individualización de sus protagonistas, se encuentra en plena investigación por parte del juez Garzón (…), habiendo solamente tomado conocimiento de los avances de la etapa instructoria. Es de importancia señalar que de acuerdo al relato recibido, tanto el Juez Mauriño como el Secretario De Philippis se encontraban en el lugar donde se produce un enfrentamiento entre manifestantes y miembros de la comisión policial que acompañaba al magistrado –en tanto la doctora Rejala había permanecido en el vehículo oficial de la Segunda Circunscripción Judicial un poco más apartada- registrándose en esa ocasión la muerte violenta de un Oficial de Policía de apellido Falcón a escasos metros del Juez Mauriño, advirtiéndose minutos después la existencia de otra víctima fatal.” La otra víctima fatal, se corroboraría con el transcurso de las horas, era el integrante de la Comunidad Qom La Primavera, el Sr. Roberto López. “Estas circunstancias son las que permiten inferir, -continúa precisando el Dr. Coll en su informe- y al solo efecto del objetivo dispuesto por el Superior Tribunal de Justicia, que los graves hechos descriptos –que incluyó a otras personas heridas- se desarrollaron en el marco de la plena ejecución de una diligencia judicial ordenada por el juez competente en ejercicio de sus atribuciones jurisdiccionales”.

4) La Colonia La Primavera.

La Comunidad La Primavera está integrada por alrededor de 1800 habitantes, advirtiéndose que sólo un grupo muy minoritario y no representativo es el que está llevando adelante las diferentes acciones antes descriptas.

Tal como surge de la nota publicada el 29/7/2010 en el diario Nordeste al Día, el Sr. Cristino Sanabria, presidente de la asociación y cacique de la Comunidad, se expresaba en contra del corte de ruta, señalando que “sus planteos por tierra son mentirosos”, y reconociendo la tarea llevada adelante en La Primavera por el Gobierno Provincial con la construcción de 200 viviendas, las escuelas de jardín, primaria y secundaria, y la inauguración del Centro Integrador Comunitario con personal Qom trabajando en el mismo.

El doloroso hecho de la pérdida de dos vidas en este conflicto, la de un miembro de la comunidad y la de un policía, no nos deben hacer perder de vista que existe una justicia que está trabajando denodadamente en el esclarecimiento de los hechos. Es la hora de no abrir juicios apresurados y aguardar los resultados de las investigaciones en curso, sin prejuzgar, sin involucrar intereses foráneos o coyunturales en una cuestión de tal gravedad.

Por ello esta es la hora de la verdad y la justicia. Condenamos por falaces las manifestaciones y expresiones de aquellos sectores políticos que, sobre el dolor formoseño de la pérdida de dos vidas, falsean y condenan, en la persona de nuestro Gobernador, Dr. Gildo Insfrán, a todo el pueblo formoseño.

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