Julio López
está desaparecido
hace 6402 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Autorizaron la inscripción del linaje o descendencia de las comunidades originarias
Por El Diario de la Republica - Tuesday, Dec. 21, 2010 at 2:47 PM

El Gobierno promulgó la sanción que modifica un artículo de la ley del Registro Civil, lo que permite que los padres con ascendencia aborigen puedan inscribir su linaje, en el idioma de sus pueblos.

Autorizaron la inscr...
ranquelesdescendencia.jpghl1xaj.jpg, image/jpeg, 285x203

La provincia de San Luís continúa a la vanguardia en el dictado de normas que reconocen la preexistencia étnica y cultural de las comunidades originarias. Esta vez, en coincidencia con la conmemoración del “Día Internacional de Los Derechos Humanos”, el Ejecutivo promulgó la sanción legislativa que modifica el artículo cincuenta y tres de la Ley del Registro Civil y Capacidad de las Personas, incorporando el artículo siete.
La incorporación, permite que los padres con ascendencia de comunidades originarias, puedan inscribir su linaje, en el idioma de sus pueblos, y de acuerdo a su pertenencia troncal, debiéndose respetar el sentido de los fonemas y ortografías.
De esta manera, los integrantes de los pueblos indígenas lograron otra gran reivindicación en materia de derechos humanos, debido a que tendrán la posibilidad de que en sus actas de nacimiento se les reconozca su linaje o descendencia.
“Es una reforma a la Ley provincial de identificación de personas, que garantizará el respeto a la identidad de los niños y niñas indígenas al momento de la registración de sus datos”, manifestó la ministra de Inclusión y Desarrollo Humano, a cargo de Gobierno, Justicia y Culto, Gladys Bailac.
La funcionaria agregó que anteriormente no tenían la posibilidad de que en sus actas de nacimiento se les reconociera su linaje. En el contexto nacional, la Constitución en su artículo setenta y cinco inciso diecisiete, garantiza a las comunidades originarias, el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, facultando la creación de normativas especificas para ser posible la igualdad jurídica.
“Con este tipo de acciones, y con las restituciones de las tierras que históricamente habitaron los antepasados en nuestra provincia, el gobierno evidencia un claro ejemplo de compromiso social y en un respeto por las comunidades originarias” enfatizó Bailac.
“En esta coyuntura, y partiendo de realidades sociológicas de determinados grupos nacionales todavía vulnerables, en San Luis posibilitamos las condiciones objetivas en la equiparación de oportunidades para lograr la inserción en la sociedad”, concluyó la ministra.
Con esta nueva incorporación, la inscripción del nacimiento se hará extendiendo una partida que exprese:

1) El lugar, día y hora en que se haya verificado.
2) El sexo.
3) El nombre que se da al nacido.
4) El nombre, apellido, nacionalidad, y domicilio del padre, de la madre y de los testigos.
5) El nombre, apellido y nacionalidad de los abuelos paternos y maternos.
6) El nombre y apellido de la persona que solicite la inscripción del nacimiento.
7) En caso de padres con descendencia de comunidades indígenas, podrán inscribir su linaje, en el idioma de sus pueblos y de acuerdo a su pertenencia troncal debiéndose respetar en todo sentido los fonemas y ortografías.

agrega un comentario