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PERU: GOBIERNOS REGIONALES SIN DINAMICA TRANSFERENCIA DE GESTION
Por Mauricio Quiroz Torres - Monday, Dec. 27, 2010 at 8:05 PM
limaprovincias3@yahoo.es

TRANSFERENCIA DE GESTION EN LOS GOBIERNOS REGIONALES EN PERU DEL SIGLO XXI: VACIO LEGISLATIVO Y TECNOBUROCRATICO. EL CASO DEL GOBIERNO REGIONAL DE LIMA.


Mauricio Quiroz Torres(1)


“…necesitamos cerebros que piensen no autómatas que hablen y gesticulen; gentes vivas, no cadáveres ambulantes; prosélitos de buena fe, no tránsfugas corrompidos con la herencia y el mal ejemplo…”


Manuel Gonzáles Prada(2)


Luego de conocidos los resultados de las elecciones para Presidente y Vicepresidente de los Gobiernos Regionales peruanos hoy estos enfrentan el reto de la transferencia de gestión donde se encuentran dos sectores definidos: los funcionarios de la administración saliente y los representantes del Presidente Regional electo y de su movimiento político; los que constituyen la “Comisión Mixta” a que hace referencia el art. VII.6. de la Directiva Nº 08-2006-CG/SGE-PC “Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión”. Comisión que se instala según dispone dicha Directiva en un plazo que no exceda los cinco días posteriores a la proclamación del Presidente y Vicepresidente electos.


Este reto, sin embargo, se convierte en un problema para ambos sectores pues existen serias deficiencias normativas; y a nivel de la tecnoburocracia saliente y entrante que conspiran contra la gobernabilidad regional en el Perú lo que convierte a éstos en un eslabón débil de la democracia burguesa peruana. Veamos ello.


Vacío legislativo

En cuanto a transferencia de gestión entre una administración y otra en los Gobiernos Regionales, el Estado Peruano no ha regulado específicamente como si lo tienen los gobiernos locales con la Ley Nº 27997 y la Ley Nº 28430, salvo en los aspectos de la información contable que recientemente el 22 de diciembre 2010 acaba de modificarse sustantivamente con la aprobación de la Directiva Nº 005-2010/EF-93.01 (Anexo 1).

En ese aspecto- como en muchos otros- el Estado sigue siendo centralista pese al pregón del Presidente Alan García de que la afirmación de la Regionalización es lo que caracteriza a su gobierno (3). Desconoce así, el propio Estado la naturaleza y funcionalidad de los Gobiernos Regionales que es diferente a la de las entidades públicas de carácter nacional.

Por lo que la regulación de la transferencia de gestión, entonces, se ciñe a las normativas dispuestas para las entidades del Gobierno Nacional que ha emitido la Contraloría General de la República (4) que regula así inconstitucionalmente un aspecto que debería ser trabajado por el Congreso de la República. Adicionalmente a ello, gracias a la cooperación internacional se ha emitido una Guía que permite ubicar puntualmente las acciones que se deben tomar para la transferencia de gestión en el Gobierno Regional (5).

Siguiendo las pautas de dicho ente debemos mencionar que lo que se destaca es que una transferencia entre una administración saliente y los representantes del nuevo gobierno regional debe realizarse sobre la base de lo órganos, unidades orgánicas o dependencias existentes en el Organigrama del Gobierno Regional respectivo.


Comisión Central y subcomisiones

La existencia de una comisión [central] y subcomisiones solo sería nominal pues al menos para la información contable-corazón de la transferencia- la Directiva hoy vigente- que reproduce lo que señalaba la Directiva del año 2006- obliga a constituir una Comisión conformada por TODOS los funcionarios que conducen gerencias y subgerencias o unidades orgánicas. En efecto, el articulo 4.1 de la Directiva del 2010 señala que esta Comisión se forma con “[…]el Gerente Regional de Administración, el Contador General, los representantes de las diferentes áreas administrativas, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y el Gerente Regional de Infraestructura entre otros, teniendo en cuenta su estructura orgánica[…]”.

Lima incumple

Esta normativa, sin embargo, no se cumple en casi todos los gobiernos regionales del país, incluyendo el de Lima que en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 1010-2010-PRES (6) del 22 de diciembre del 2010 no la ha respetado. Solo ha designado 22 miembros por la administración saliente cuando directamente dicha entidad tiene 56 unidades orgánicas.

Inclusive estas 56 unidades quedan cortas si tomamos en cuenta que existen mas unidades orgánicas conducidas por el Gobierno Regional de Lima. Señalamos, por ejemplo, que cada Dirección Regional tiene unidades orgánicas internas con activos y pasivos que es menester tener presente en una transferencia de gestión; y cuenta además con unidades orgánicas externas como las UGEL- nueve en total a razón de una por provincia, las que a su vez también poseen sus propias unidades internas como gestión institucional, gestión pedagógica, asesoría jurídica, etc-, Hospitales, Institutos Superiores de Educación, etc.

Igualmente, no han tomado en cuenta la forma como se va transferir la información de los representantes que han acreditado ante las Empresas de agua y alcantarillado y en las Sociedades de Beneficencia Pública donde por expresos mandatos legales tiene representación.

En algunos casos, los gobiernos Regionales cuentan con Proyectos Especiales a su cargo que también tienen que tener su respectiva transferencia. Ica, por ejemplo, tiene a su cargo Proyecto Especial Tambo Ccaracocha-PETACC.


La transferencia de gestión en el aspecto contable-general

Si nos ceñimos plenamente a la precitada Directiva, el Gerente de Administración o quien haga sus veces es el responsable de conducir el proceso de transferencia de la información contable, que es la matriz de la información a dotar a la administración saliente. Pero, asimismo, para que dicha documentación sustente los registros contables (ver Anexo 1- puntos 36 al 45) hace descansar en él la responsabilidad de centralizar la información del resto de Gerencias y demás dependencias del Gobierno Regional conforme preceptúa el último párrafo del art. 4.1. de dicha Directiva.

Esta transferencia se realiza previo cotejo resultante de la respectiva visita o inspección a la unidad orgánica respectiva donde interviene los acreditados por la anterior administración como por el nuevo Presidente Regional.

Tres son los documentos que debe entregar dicho funcionario:
1. El Plan de Acción y el cronograma de actividades con las fechas de entrega de la información por áreas.
2. El acervo documentario que comprenderá los documentos administrativos y contables para transferir a la nueva administración(ver Anexo 1).
3. El Acta de Transferencia, suscrita por las autoridades correspondientes (Gerente Regional de Administración, Sub Gerente de Contabilidad o quienes hagan sus veces y los demás miembros conformantes de las comisiones de transferencia).Ver Anexo 3.

En la Comisión de Transferencia, el Presidente Regional electo puede ser asistido por profesionales expertos en Inventarios a tenor de lo que dispone el art. 4.4.1. de la referida Directiva los que efectuarán un Acta de conciliación con la SubGerencia de Contabilidad.

La información general, por otro lado, que demanda la Contraloría General se asemeja a lo que demanda la Contaduría Pública de la Nación en la indicada Directiva conforme es de verse en el Anexo 2.


La Contraloría General de la República, asimismo, fiscaliza la transferencia de gestión del Gobierno Regional en forma preventiva- sistema de veedurías- o control posterior, los mismos que pueden realizarse a través de un examen especial. La Directiva Nº 09-2006-CG/SGE-PC-Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado, regula su actuación facultándola a actuar en el momento mismo de la transferencia como veedores y posteriormente evaluando la información proporcionada por la administración regional saliente.



Incapacidad y ausencia de cuadros

Por otra parte, pese a que se sabe que existen elecciones regionales cada cuatro años y a la existencia de las normativas señaladas en la nota 1, las administraciones regionales salientes no tienen la información consolidada para facilitar que la transferencia de gestión en cada gobierno regional se realice con la transparencia necesaria y con la información solicitada. No hacerlo así implica una gobernabilidad regional incipiente, protección de la corrupción e ineficencia, transferencia a medias, mayor pérdida de tiempo y dinero (sobrecostos), agudización de pugnas políticas entre el nuevo gobierno y la administración saliente, etc.

Resulta que los Presidentes Regionales o los Gerentes, Regionales, en su defecto, no se dignan en señalar plazos y responsabilidades/responsables de la información que requieren dichas normativas, asignar un presupuesto a la transferencia, ni en preparar a sus funcionarios al respecto denotándose así que los actuales tecnoburocratas que conducen los Gobiernos Regionales no tienen la capacidad para enfrentar el reto de la transferencia de gestión. El Gobierno Regional de Moquegua, al respecto, ha aprobado la Resolución Ejecutiva Regional Nº 634-2010 aprobando una Directiva especifica que norma dicha transferencia de gestión en su gobierno y que puede observarse en su portal web: http://www.regionmoquegua.gob.pe/apartados/transparencia/docgestion/archivo/direct_007_2010.pdf


En ello también tiene responsabilidad el propio Estado centralista pues existe una dependencia denominada Secretaría de Descentralización en la Presidencia del Consejo de Ministros que no ha tomado las previsiones necesarias para que la transferencia de gestión en cada Gobierno Regional se realice con los instrumentos técnicos del caso que contribuyan a la gobernabilidad regional en vez de minarla desde el Estado.

Pero si esto acontece en la administración saliente y en la tecnoburocracia nacional, resulta que los electos Presidentes Regionales tienen también una cuota de responsabilidad pues se observa una completa improvisación a la hora de designar a sus representantes ante la Comisión de Transferencia en el Gobierno Regional.

Casi la totalidad de los electos Presidentes Regionales no toma en cuenta ni la composición de esta Comisión ni las bases legales que lo rigen para su funcionamiento.

Una revisión realizada a las Comisiones de Transferencia del periodo 2007-2010 que se han instalado luego de las elecciones regionales de octubre-diciembre del 2010 revela que estas cuentan con miembros insuficientes para la cantidad de unidades orgánicas existentes en el Gobierno Regional respectivo y por la distancia geográfica que existe entre las dependencias desconcentradas y/o unidades ejecutoras al interior de la Región (7).

Se acredita así la ausencia de cuadros y tecnoburocratas de los movimientos políticos regionales lo que tampoco es un buen indicador de gobernabilidad regional en el país.


Impunidad permitida

La Directiva de la Dirección Nacional de Contabilidad recuerda que el art. 38º de la Ley Nº 28708-Ley del Sistema Nacional de Contabilidad ha establecido que constituye “falta grave” incumplir las disposiciones para el traslado de la información contable en su gestión pero que también es letra muerta.


Los Organos de Control institucional de la Contraloría General de la República y las propias administraciones regionales entrantes no se han preocupado de determinar las responsabilidades de los funcionarios y servidores con lo cual la impunidad del personal es constante y atentatorio de su probidad.


Conclusión

Situación que nos lleva a concluir que los Presidentes Regionales electos y sus Consejos Regionales van a tener problemas a la hora de gestionar su Región.

Podrán en los últimos días del año 2010 capearse los problemas descritos?

Creemos que solo podrá solucionarse instalando su Comisión conforme a cada unidad orgánica existente con lo cual en un corto tiempo- no menos de tres días (8)- podrán cumplirse con la transferencia de gestión que alimente a su vez, el acta final de la transferencia (Anexo 2)



Notas.

1. Sociólogo. Vicepresidente del Instituto Pueblo Continente.
2. En “Horas de Lucha”.
3. El Gobierno Nacional siempre dispone de mayores recursos del Estado Peruano conforme es de verse en las respectivas leyes anuales de presupuesto: el año 2009, se dispuso S/. 47’402,194,703 para el Gobierno Nacional frente a un total de 72’355,497,884; el año 2010 manejó S/. 58’953,779,648 de un total de 81’857,278,697 y para el 2011 en el Proyecto remitido al Congreso de la República, el Gobierno Nacional se adjudica 62’732,649,651 de los 88’460,619,913.
4. La transferencia de gestión está regulado en:
- R.C. N° 372-2006-CG de 06.DIC.2006. Aprueban Directivas Nos 08 y 09-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión" y "Lineamientos para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado".
- R.C. N° 373-2006-CG de 06.DIC.2006. Aprueba Guía Técnica de Probidad Administrativa - "Transferencia de Gestión".
- R.C. N° 288-2008-CG de 17.JUL.2008. Modifica definición de Autoridad Ejecutiva Superior en las Directivas N°s. 08 y 09-2006-CG/SGE-PC y en la Guía Técnica de Probidad Administrativa sobre "Transferencia de Gestión" aprobada por Res. N° 373-2006-CG.
- Resolución Directoral Nº 020-2010/EF-93.01-Aprueba Directiva Nº 005-2010/EF-93.01-Lineamientos para facilitar la Transferencia de Información Contable de la Administración Regional a las Nuevas Autoridades Electas (Publicada El 22-12-2010 en el diario El Peruano).

5. En agosto del 2010 se ha publicado “Guía para la transferencia y cierre de la administración y gestión del Gobierno Regional”, elaborado por USAID y PRO DESCENTRALIZACION con la revisión de los siguientes organismos públicos y privados:
- Contraloría General de la República
- Secretaría de Descentralización, Presidencia del Consejo de Ministros
- Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado – OSCE
- Programa Gobernabilidad e Inclusión de la Cooperación Alemana al Desarrollo-GTZ
- Proyecto Descentralización y Reforma del Estado, PRODER PERU/ PCM-AECID
- Proyecto USAID/Perú Comunas
- Programa de Apoyo a la Descentralización en Espacios Rurales, APODER-Inter cooperation
- Asociación Nacional de Gobiernos Regionales – ANGR

6. Ver: http://www.regionlima.gob.pe/sisresoluciones/documentos/RESOLUCION_EJECUTIVA/2010/5155.pdf


7. Puede verse en:
http://www.radiogalaxia.com.pe/2010/11/26/se-formaron-25-comisiones-de-transferencia-para-gobierno-regional-moquegua/

http://www.iloaldia.com/index.php?option=com_content&view=article&id=15854:hoy-se-instalo-la-comision-de-transferencia-de-la-unidad-ejecutora-sub-region-ilo-del-gobierno-regional-en-la-provincia-de-ilo&catid=40:locales&Itemid=86

http://correoperu.pe/correo/nota.php?txtEdi_id=8&txtSecci_parent=0&txtSecci_id=16&txtNota_id=499017

http://www.regionpiura.gob.pe/deta_central.php?pagina=notideta&id=276&per=2010

8. Si tiene que trabajarse los días feriados-31 de diciembre y 1º de Enero- el saliente Gobierno Regional debe disponerlo sin dilación alguna impartiendo las instrucciones al personal y representantes involucrados en la Comisión de Transferencia.






ANEXO 1 – INFORMACION CONTABLE DE LA TRANSFERENCIA DE GESTION

DEL GERENTE DE ADMINISTRACION
1. Informes de Auditoria Interna y Externa y los exámenes especiales practicados a la información financiera y presupuestaria respectivamente, hasta la fecha de transferencia, incluyendo la implementación a las observaciones efectuadas por el Órgano de Control Interno, empresas auditoras y la Contraloría General de la República.
2. Memoria Institucional; así como otras informaciones de su competencia.

DEL SUB GERENTE DE CONTABILIDAD O QUIEN HAGA SUS VECES.

3. Cronograma de actividades a desarrollar para el cierre contable del ejercicio 2010, desagregado a nivel de todas las áreas obligadas a proporcionar información, con indicación de los plazos y nombres de los funcionarios responsables por área; así como de todas las unidades ejecutoras.
4. Informe de todo lo actuado y lo pendiente en la Sub Gerencia a su cargo.
5. Informe situacional de los libros de contabilidad (principal y auxiliar), procesados y obtenidos a través del módulo SIAF con indicación de la fecha de legalización y del último folio utilizado en cada uno de ellos a la fecha de la transferencia.
6. Los libros principales y auxiliares, así como las carpetas que contienen los Estados Financieros y Presupuestarios, Notas, Información Complementaria y documentación sustentatoria con sus respectivos análisis y conciliaciones; deben estar debidamente archivados cronológicamente y resguardados en un ambiente apropiado para su conservación, fácil acceso y verificación.
7. Análisis de saldos de las cuentas del Balance General:
7.1. Cuentas por Cobrar y Cuentas por Pagar (al Personal, AFP, ESSALUD, ONP, Proveedores y Otros).
7.2. Anticipos Otorgados y Encargos Generales Otorgados a la fecha del proceso de transferencia, debidamente sustentados con:
7.3. Las acciones efectuadas para obtener la rendición de cada uno de los deudores al Gobierno Regional, ya sean autoridades, funcionarios, trabajadores o entidades a quienes se les haya otorgado encargos o anticipos otorgados.
7.4. El monto de los Encargos Generales Otorgados o Anticipos Otorgados con su justificación correspondiente.
7.5. Encargos Generales Otorgados de ejercicios anteriores (numero del comprobante y fecha en que se otorgó el encargo).
7.6. Edificios y Estructuras
7.7. Activos no Producidos
7.8. Vehículos, Maquinaria y Otros
7.9. Construcciones en Curso, indicando el estado de las obras para su transferencia definitiva, como Edificios Residenciales Concluidos por Reclasificar, Edificios Residenciales Concluidos por Transferir, Edificios No Residenciales Concluidos por Reclasificar, Edificios No Residenciales Concluidos por Transferir, Otras Estructuras Concluidas por Reclasificar, Otras Estructuras Concluidas por Transferir, entre Otras.
7.10. La Depreciación, Amortización y Agotamiento por cada ítem del activo.
7.11. Bienes en Tránsito, si los hubiere.
7.12. Deudas a Largo Plazo, indicando el monto de la deuda principal, intereses, otros cargos (comisiones por pagar que se incluyen dentro de las condiciones de los contratos como parte del servicio), plazo de vencimiento, así como la entidad con la que se contrajo la obligación y la fuente de financiamiento que sustenta el pago de la obligación
7.13. Inversiones Intangibles, identificando especialmente la situación contable que finalmente no van a generar formación bruta de capital.
7.14. Estudios y Proyectos, detallando sus componentes y especificando aquellos que no van a formar parte del costo de las obras.
7.15. Otros activos
7.16. Encargos Recibidos de otras entidades y de las cuentas relacionadas con su ejecución.
8. Información de la comprobación de saldos de las cuentas de balance, (conciliaciones bancarias, confirmación de las cuentas por cobrar y por pagar; inventario físico de existencias, Edificios y Estructuras, Activos No producidos, Vehículos, Maquinarias y Otros , etc.).
9. Carpetas con la información financiera y presupuestaria de periodicidad anual, trimestral o semestral, según corresponda, presentadas a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, así como cualquier otra información que de acuerdo a la normatividad vigente, estén obligados a presentar; adjuntando copia de los oficios y de la hoja de recepción.
10. Informe sobre contingencias, cuantificables o no.
11. Informe del procurador público de la entidad o quien haga sus veces sobre litigios judiciales en proceso y en situación de cosa juzgada o firme.
12. Información sobre Reporte de Cuentas de Gestión de Operaciones Recíprocas entre entidades y empresas del sector público, a la fecha de transferencia, debiendo entregar dicha información en forma detallada a la nueva administración Regional.
13. En caso de contar con empresas regionales financieras y/o no financieras, así como de Organismos Públicos Descentralizados, debe consignarse los datos siguientes: Dirección de la Empresa u Organismo, Número de teléfono, Número de RUC, Datos del Directorio, Nombre del representante legal actual, File que contenga la documentación legal de constitución de la entidad o empresa.

DEL SUB GERENTE DE CONTROL PATRIMONIAL
14. Inventario físico de Edificios y Estructuras, Activos no Producidos, Vehículos, Maquinaria y Otros, Otros activos de propiedad del Gobierno Regional, incluyendo bienes no depreciables debidamente valorizados y conciliados con el área de contabilidad
15. Hoja del cálculo de la depreciación de bienes del activo fijo, con identificación por cada uno de los ítems que lo conforman.


DEL SUB GERENTE DE LOGÍSTICA
16. Contratos
17. Órdenes de Compra
18. Órdenes de Servicio
19. Notas de Entrada al Almacén,
20. Pedido Comprobante de Salida
21. Otros documentos, que se generen en el área, archivados y ordenados cronológicamente.
22. Inventario de las existencias en el almacén de la entidad, debidamente valorizados y conciliados con el área de contabilidad
23. Informe de mermas o desvalorización de existencias.

SUB GERENCIA DE TESORERÍA
24. Saldos de las cuentas corrientes bancarias a la fecha de transferencia, así como los talones de los cheques utilizados, incluyendo la última chequera.
25. Extractos bancarios de todas las cuentas corrientes por Fuentes de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados, Donaciones y Transferencias, entre otras.
26. Detalle de los cheques en tránsito, cheques en cartera, entre otros, indicando los trámites y procesos efectuados al respecto.
27. Comprobantes de pago.
28. Recibos de Ingreso.
29. Convenios.
30. Cartas Fianza recibidas o entregada.,
31. Cartas de Garantía de proveedores.
32. Cartas de Garantías de contratistas. entre otros, que correspondan al área, tendrán el mismo tratamiento que los Comprobantes de Pago.

Nota.-Los documentos del 27 al 32, en orden cronológico y con la documentación sustentatoria original según corresponda(facturas, boletas, contratos, valorizaciones, resoluciones, etc.).

DEL SUB GERENTE DE RECURSOS HUMANOS
33. Personal de la entidad.
34. Cuadro del cálculo de la compensación por tiempo de servicio.
35. Cálculo actuarial de las obligaciones previsionales de sus trabajadores activos y pensionistas (del régimen D.L Nº 20530 correspondiente al ejercicio 2010 alcanzado por la ONP, encargada de efectuar el indicado registro.

DEL GERENTE REGIONAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL

36. Informe y documentación sustentatoria del Presupuesto Institucional de Apertura - PIA, aprobado para el ejercicio 2010 y las modificaciones que se hubieran efectuado en el marco de la normatividad correspondiente.
37. Presupuesto Institucional de Apertura - PIA aprobado para el ejercicio 2011
38. Los Estados Presupuestarios: Presupuesto Institucional de Ingresos - PP-1,
1. Presupuesto Institucional de Gastos - PP-2, anexos y documentación que acredite su elaboración, así como el Estado de Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos -EP-1, remitidos a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
39. Hoja de Conciliación del Marco Legal del Presupuesto al primer semestre del ejercicio 2010, realizada con la Dirección Nacional de Contabilidad Pública.
40. Los oficios y carpetas de la información presupuestaria, que contienen los presupuestos institucionales de apertura, modificaciones, entre otros, presentados a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública de los últimos 10 años.

DEL GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA
41. Expedientes técnicos de las obras públicas concluidas
42. Expedientes técnicos de las obras públicas de años anteriores pendientes de liquidación.
43. Ejecución mantenimiento y liquidación de obras 2010: administración directa, contrata ú otra modalidad.
44. Acciones administrativas efectuadas a la fecha.
45. Otros Documentos.





ANEXO 2- INFORMACION A FACILITAR EN LA TRANSFERENCIA DE GESTION SEGÚN CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA (*)


1. Inventario físico detallado de los bienes muebles e inmuebles de propiedad de la entidad, indicando si se encuentran pendientes de saneamiento.
2. Relación de bienes afectados en uso y si sus contratos correspondientes se encuentran vigentes a la fecha de la transferencia.
3. Activos que se encuentran en situación de baja.
4. Activos que aún no han sido incorporados en el inventario de bienes de la entidad.
5. Inventario de las cuentas bancarias de la entidad debidamente conciliadas; asimismo se entregarán los talones de cheques utilizados, incluida la última chequera.
6. Detalle de otros medios de financiamiento (financieras, fondos mutuos, bonos, acciones, pagarés, papeles comerciales, operaciones de reporte, otros.)
7. Los libros de contabilidad y demás documentación sustentatoria de las operaciones contables y financieras realizadas.
8. Obligaciones de orden financiero, de corto y mediano plazo, debiéndose tener presente la normativa vigente sobre la materia.
9. Relación del personal, indicando su régimen de contratación, y monto de la planilla de activos, cesantes.
10. Nómina de trabajadores contratados por servicios no personales(**); así como outsourcing, contratos con empresas de servicios o cooperativas que brindan servicios de personal temporal.
11. Rendición de los anticipos y/o préstamos concedidos a todo el personal de la entidad, teniendo en cuenta la normativa interna.
12. Inventario de sistemas informáticos y bases de datos computarizadas de gestión (contribuyentes, trámite documentario, contabilidad, etc)
13. Evaluación Presupuestaria que muestre el grado de cumplimiento de las metas programadas, en base al presupuesto aprobado. Al efecto, tomar en cuenta la normativa vigente sobre el particular.
14. Informe de situación de los juicios seguidos por la Entidad o contra ella, indicando las implicancias administrativas y financieras para el desarrollo de la gestión o las posibles contingencias que pudieran presentarse en contra de la entidad y si éstas se encuentran contabilizadas.
15. Acervo documentario de la entidad, incluido el referente a los programas sociales, de salud o de educación que administre.
16. Relación de normas expedidas por la entidad durante su gestión.
17. Documentos de gestión administrativa tales como la organización de la estructura de la entidad y de cada uno de los procesos de gestión (ROF, MOF, CAP, PAP, TUPA, y otros)
18. Informe sobre el estado situacional de las actividades inherentes a sus funciones, o en su caso, de los servicios públicos administrados por la entidad. Esto incluye los niveles de calidad y productividad alcanzados.
19. Informe de los principales proyectos en ejecución y de aquellos cuyo inicio hubiese sido previsto en el corto plazo.
20. Relación de las principales obras ejecutadas por la entidad.
21. Informe sobre el estado de los expedientes pendientes de atención o de resolución.
22. Indicar las acciones prioritarias en proceso o pendientes que requieran atención en un plazo inmediato.
23. La indicación de los principales factores internos y externos que afectaron adversamente su gestión, para el logro de los objetivos y metas institucionales.
24. Presentación del Plan Operativo o Plan Estratégico Institucional, e informe sobre su cumplimiento durante su gestión. En caso que la entidad sea sectorial, presentación del Plan Estratégico Multianual e informe sobre su cumplimiento.
25. Relación de los Informes de Control recibidos del Sistema Nacional de Control durante su gestión y del grado alcanzado en la implantación de recomendaciones, incluyendo las acciones judiciales que se hubiesen generado.
26. La constancia de presentación ante la administración institucional de las declaraciones juradas de ingresos y de bienes y rentas a que se encuentra sujeto la autoridad saliente.
27. La constancia de presentación ante la administración institucional de la declaración de compromiso de no incurrir en las prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos o empleo de información privilegiada y/o reservada a la cual ha tenido acceso durante sus servicios a la entidad, previstas en la Ley N° 27588 y su Reglamento.
28. Otras informaciones que permita conocer la situación real de la entidad.

---------------------------
(*): En Directiva Nº 08-2006-CG/SGE-PC-Lineamientos preventivos para las Entidades del Estado sobre Transferencia de Gestión.
(**): Se incluiría aquí el personal sujeto al régimen de contratación administrativa de servicios- CAS, dado que la Directiva de la CGR es anterior a la fecha de creación del CAS.





ANEXO 3 - ACTA FINAL DE LA COMISION DE TRANSFERENCIA


ACTA DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN(*)

En la ciudad de ........................a los .......días del mes de ...............del año.........., se reunieron en la Oficina de ..................................., de una parte la Autoridad Ejecutiva Superior saliente, Sr. ..................... con DNI Nº ......................, y el representante de la Comisión de Transferencia por parte de la Entidad...................., Señor...................................., con DNI Nº.........................., y de la otra parte la autoridad que sucede en el cargo, Sr.............................. con DNI Nº..................... y el representante de la Comisión de Transferencia de la nueva administración, a fin de proceder a efectuar el proceso de transferencia. Asisten al presente proceso el Jefe del Órgano de Control Institucional de la entidad, Sr.................................., quien actúa en calidad de observador (en su caso, indica participación de Notario o Juez de Paz de la jurisdicción).

El proceso se inicia con la intervención de la Autoridad Ejecutiva Superior saliente, Sr. ......................, quien brinda información sobre el estado de la gestión y entrega el Informe de Transferencia de Gestión y la documentación relativa al mismo, de acuerdo al detalle que aparece en anexo adjunto.1

La autoridad que sucede en el cargo, Sr.............................. recibe la información y documentación pertinente procediendo a su verificación; en tal estado formula las siguientes apreciaciones: ……………………………………..

Al respecto la Autoridad Ejecutiva Superior saliente indica lo siguiente:..............................................
(En su caso las partes dejan constancia de sus observaciones)

De acuerdo a ello, ambas partes dejan constancia de la conformidad del proceso de transferencia, (en su caso formulan observaciones) para cuyo efecto firman el presente documento.


______________________________ ____________________________
Autoridad Ejecutiva Superior Saliente Autoridad que sucede en el Cargo
Entregué conforme Recibí conforme



_______________________________________
Jefe (Representante) Órgano de Control Institucional
Veedor

--------------------------------------

(*): Modelo consignado como Anexo 1 de la Directiva Nº 08-2006-CG/SGE-PC-Lineamientos Preventivos para las entidades del Estado sobre transferencia de gestión.













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