Julio López
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Investigación sobre jueces y dictadura
Por HIJOS La Plata - Monday, Jul. 04, 2011 at 5:42 PM
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Una investigación propia de HIJOS La Plata sobre la complicidad de Jueces en la represión del Terrorimo de Estado y en la impunidad sobre su investigación hoy.

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JUECES Y DICTADURA

Tras casi 8 años de caídas las leyes de impunidad y recomenzado el proceso de apertura de las causas judiciales contra los genocidas de la última dictadura, varios fallos de los tribunales y testimonios en las audiencias orales pusieron una vez más en la mira la participación de integrantes del poder judicial como cómplices de varios hechos de la represión del Terrorismo de Estado, y con ello la cuestión más general del rol funcional de los Jueces en la dictadura, un hecho no siempre mencionado, y mucho menos investigado.
En efecto, en la actuación de lo que muchas veces suele mencionarse como “la cara civil” de la última dictadura, los integrantes del Poder Judicial y del Ministerio Público ocupan una importante porción y empiezan a ser investigados, sea por iniciativa de funcionarios judiciales comprometidos con el proceso de Verdad y Justicia, o bien por los canales formales del Consejo de la Magistratura, organismo que tiene la facultad de promover su destitución. El Consejo es un órgano previsto en la Constitución reformada en 1994 para revertir el desprestigio de la Justicia frente a la sociedad. En ese universo a investigar podemos destacar dos grupos de casos:
- Magistrados en funciones en plena dictadura, cuestionados por su inacción cómplice frente a secuestros, torturas y desapariciones o cuando recibían un hábeas corpus.
- Jueces y Fiscales en funciones hoy, que benefician a los genocidas procesados con maniobras que dilatan los procesos y garantizan la impunidad.
En abril pasado, el mismísimo Consejo de la Magistratura creó una comisión para investigar el papel de los jueces durante la dictadura. Hay más de 40 denuncias y pedidos de juicio político en todo el país y muchos de los involucrados fueron o son camaristas. Según un informe de prensa del Consejo, la flamante subcomisión del Consejo investigará a ex magistrados, fiscales, defensores oficiales o funcionarios del Poder Judicial denunciados en todo el país, evaluará “la trascendencia institucional del tema”, “la eventual responsabilidad internacional” por la falta de juzgamiento, y la necesidad de “evitar las demoras” o la “paralización” de las causas, “como fue habitual hasta ahora”. La función de esta subcomisión será controlar la evolución de las investigaciones, que son instruidas por distintos miembros del Consejo. Integrarán esta subcomisión tres consejeros a designar y estará dentro de la estructura de la Comisión de Disciplina y Acusación del Consejo de la magistratura, que es la encargada de dar el primer paso para iniciar el camino al juicio político, o bien para descartarlo.

VEAMOS ALGUNOS CASOS:

Carlos Olivera Pastor, tramita de a una causa por víctima o de a un imputado por causa en Jujuy.

El titular del Juzgado Federal Nº 2 de Jujuy, Carlos Olivera Pastor, acumula denuncias en el Consejo por cómo tramita las causas, al punto que de sus investigaciones sólo se concretó un juicio oral, por un solo hecho y con Luciano Benjamín Menéndez como único imputado. El ministerio Público lo cuestionó por liberar a un imputado a pesar de que un recurso de la fiscalía lo impedía, y le objetó su costumbre de abrir casi una causa por víctima en lugar de agrupar hechos y que se hagan los juicios en un tiempo razonable y con los acusados con vida. En Jujuy hay sólo trece procesados pese a que la fiscalía pidió ochenta indagatorias. Olivera Pastor se excusó en marzo pasado diciendo que “estoy solo con mi personal, que no alcanza".

Miguel Angel Puga, cómplice de la desaparición de personas en Córdoba.

Recientemente la Cámara Federal Apelaciones de Córdoba rechazó los planteos de prescripción de una causa que investiga el papel de funcionarios judiciales durante la última dictadura. En este caso se trata de un ex juez (Miguel Ángel Puga) y dos ex fiscales federales (Antonio Cornejo y Alí Fuad Ali) investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento en la “Causa Ceballos”, que investiga desde hace 12 años su actuación en dictadura, cuando tenían a cargo causas contra presos políticos de la Unidad Penal 1 y detenidos en la “D2” de la Policía cordobesa, que luego fueron asesinados o desaparecidos.

Otilio Roque Romano, cómplice de torturas y traficante de influencias en Mendoza, destituído en 2010.
Luis Miret, el camarista estrella de la impunidad en Mendoza.

El año pasado la Cámara Nacional de Casación apartó a 3 jueces mendocinos de las causas en las que se investigan delitos de lesa humanidad en Cuyo. Los jueces son Julio Petra Fernández, Luis Miret y el presidente de la Cámara Federal de Mendoza, Otilio Roque Romano. Los dos últimos, Miret y Romano, están sospechados de complicidad con el terrorismo de Estado, durante su desempeño judicial en aquel período. Esto es, jueces de la dictadura actuando hoy como camaristas y beneficiando a los represores.
Miret fue destituido en marzo de este año por el jury de enjuiciamiento del Consejo por "mal desempeño", al haber omitido investigar o efectuar denuncia penal de vejaciones, torturas y
robos por fuerzas represivas a un grupo de detenidos puestos a su disposición, con ello perdió la jubilación y quedó a disposición de la Justicia Federal Penal de la provincia, donde tiene una causa abierta por posible comisión de delitos desde antes de la última dictadura.
Romano era fiscal en la dictadura y está acusado de ser parte del plan criminal del terrorismo de estado y siguió siendo juez federal a pesar de que está procesado por cerca de 100 hechos de torturas, desapariciones forzadas y crímenes contra la humanidad. Romano fue quien metió preso a Ángel Bustelo, conocido dirigente del PC en Cuyo, abogado, consecuente defensor de presos políticos, escritor y docente. Una personalidad tan reconocida y querida por la comunidad mendocina que el auditorio más importante de Mendoza lleva su nombre. En Mendoza era tan grave la colaboración entre jueces y represores que, por ejemplo, en el caso de otro juez de instrucción de las causas, Enrique Sosa Arditi, éste tipo aceptó en el proceso que su propio hijo fuera propuesto como abogado defensor de uno de los milicos represores. Imagínense la imparcialidad que garantizaba con eso.


Manuel Humberto Blanco, experto en retardos en La Plata.

Otro juzgado que será “compulsado” por el Consejo es el de Manuel Blanco, de aquí de La Plata , denunciado por los organismos de DDHH en 2009 por dilaciones en causas como la de la del Cementerio de La Plata, Causa Triple A, causa Unidad 9, la del CCD La Cacha , la de la comisaría 8ª, otras por apropiación de menores y también la de la desaparición de Jorge Julio López. En causa Cacha, Blanco ordenó la detención de 20 represores, y sólo tuvo en cuenta el funcionamiento del CCD en el año 1977; mientras que Justicia Ya! presentó pruebas para que sean indagados 125 responsables de las acciones represivas cometidas sobre 198 compañeros que estuvieron detenidos-desaparecidos en dicho CCD desde fines del 76 hasta fines del 78. Allí participaron de la represión efectivos del Ejército, de la Armada , de las policías Federal y Bonaerense, del Servicio Penitenciario Bonaerense y del Servicio de Inteligencia del Ejército.
Antes de ser juez federal de La Plata , el abogado Manuel Humberto Blanco, fue procesado en 1972 junto con los autores del secuestro extorsivo de Alfredo Kaplán, ocurrido en Lomas de Zamora, y por el que se cobró 60 millones de pesos ley. Sospechado de ser cómplice del hecho, Blanco alegó que se había limitado a cobrar sus honorarios como abogado defensor de la banda. En 1975 fue absuelto por duda tras devolver el dinero de honorarios, pero la Cámara de Apelaciones señaló que hubiera correspondido enjuiciarlo como cómplice y no como encubridor.
Con 25 años como juez electoral de La Plata, Blanco fue criticado en 2009 por rechazar las impugnaciones contra la candidatura de Luis Abelardo Patti, por entonces con pretensiones electorales pese a estar preso en Marcos Paz e investigado en varias causas por comisión de delitos de Lesa Humanidad.

Wagner Gustavo Mitchell, un ejemplo de coherencia por la impunidad.

Otro juez cuestionado es Wagner Gustavo Mitchell. Mitchell está cuestionado por su presunta participación en la apropiación de por lo menos un menor durante la dictadura. La denuncia fue presentada por María Isabel Chorobik de Mariani (fundadora de Abuelas), que pidió su expulsión al responsabilizarlo por entregar en julio de 1976 un bebé de 20 días, Simón Riquelo, a un subcomisario vinculado con el secuestro de su madre, la uruguaya Sara Méndez, de cuyos brazos había sido arrancado. Este juez es el que entendió en el caso de la compañera hija de desaparecidos Karina Germano Lopez ( La Gallega ) y le negó las salidas transitorias que le corresponden por ley.
El relato de Estela Carlotto de hace poco en el juicio por Plan Sistemático fue decisivo sobre el caso del Juez Mitchell: Estela contó que en 1978, cuando buscaba a su nieto, fue a la Casa Cuna , donde sabía que había una niña cuyos datos y fechas podían coincidir con los del bebé que había dado a luz su hija Laura, asesinada. No encontró a la nena, pero supo que el juez del caso era Mitchell. Fue a verlo, pero él no la atendió sino que le mandó un mensaje: que se “cuidara” porque “por lo que hacía podía aparecer en una zanja”. El testimonio fue girado al Consejo por decisión del TOF6 y también al juez Norberto Oyarbide, que lo investiga.

Conrado Bergesio, adalid de la restitución de la identidad a los jóvenes apropiados.

También hay un expediente contra Bergesio, el juez de San Isidro que tuvo la causa para determinar si Marcela y Felipe Noble Herrera son hijos de desaparecidos. Se lo cuestionó por dilatar la definición sobre los estudios de ADN, y por no procurar condiciones mínimas de conservación de las muestras de material genético y sangre (guardadas en una caja fuerte). Se objetó incluso que intervino el Cuerpo Médico Forense y no el Banco Nacional de Datos Genéticos. Su sucesora en la causa, Sandra Arroyo Salgado, es una de sus denunciantes. El 30 de abril se cumplieron diez años del trámite de esta causa, y poco después del aniversario, recién se obtuvieron muestras de ADN fiables de los jóvenes para poder compararlas con el pleno del BNDG. Paradójicamente, el camarista Mitchell podría intervenir en esta causa.

Rodolfo Pradas, el juez que hace allanamientos “cantados”.

Una de las presentaciones más recientes ante el Consejo apunta al juez de Mar del Plata Rodolfo Pradas, sospechado de facilitar la fuga de nueve acusados en la causa que investiga el accionar de la Concertación Nacional Universitaria (CNU) durante el gobierno de Isabel Perón.
A comienzos de año el presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, Jorge Ferro, denunció a Pradas ante el Consejo por haber observado “graves anormalidades” en la causa. Al parecer, Pradas desarrolló un conjunto de demoras incomprensibles: Se retrasó en dictar las indagatorias y los pedidos de prisión. El Ministerio Público había pedido detenciones e indagatorias en noviembre de 2009, y casi un año después Pradas realizó seis allanamientos con obvio resultado negativo. Para intentar subsanar su tardanza, declaró a los procesados prófugos y pidió la captura internacional, pero hoy se sabe que si bien la resolución de Pradas fue el nueve de noviembre, y reflejada por los medios de comunicación de Mar del Plata, las órdenes de detención se efectuaron cuatro días después, lo que permitió que los imputados se
dieran a la fuga. Los prófugos, integrantes del CNU son Gustavo Demarchi, abogado, ex fiscal federal, "conjuez" de la Cámara Federal y miembro del Tribunal de Etica, como también Juan Piero Asaro, Ernesto Ullua, Fernando Delgado, Fernando Otero, Raúl Viglizzo, Patricio Fernández Rivero, Raúl Moleón y otra persona de apellido Durquet. Todos están acusados de asociación ilícita y homicidio calificado en seis casos pertenecientes a la represión previa al golpe del ’76.

Gustavo Duprat, el excusado “entrometido”.

El juez de feria del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Bahía Blanca, Gustavo Andrés Duprat, se excusó en 2009 de formar parte de la causa que investiga la represión coordinada desde el Batallón de Comunicaciones 181, desde el Destacamento de Inteligencia 181 y la Policía provincial, por tener amistad con una de las víctimas. En esa causa, el TOCF había dispuesto la excarcelación de varios represores imputados. En Enero pasado, la Fiscalía pidió al TOCF la revocación de ocho excarcelaciones para impedir que los acusados permanezcan libres en vísperas de la etapa oral del juicio.
Entonces, Duprat tomó la causa y ponderó que no había elementos “ni subjetivos ni objetivos” para devolver a prisión a quienes, en realidad en algunos casos, ya se habían fugado antes. Además, se negó a habilitar la feria judicial para tratar ese tema. Su decisión fue avalada por los magistrados del TOCF, que terminaron por alertar a los procesados de la existencia de pedidos de detención en su contra. Con ello, a causa de la intervención del juez Duprat, ocho represores llegaron en libertad al juicio por crímenes de lesa humanidad en Bahía Blanca, que comenzó en junio de 2011.
El fiscal de la causa, Abel Córdoba, acudió a la Cámara de Casación por la “intromisión” del magistrado, cuya actuación también será remitida al Consejo de la Magistratura. Pero además, antes de comenzar el juicio tanto la fiscalía como parte de las querellas recusaron al juez Juan Leopoldo Velázquez, el único integrante original del Tribunal Federal de la ciudad, ya que lo vieron participando en una reunión, junto al juez Gustavo Duprat, con un imputado del proceso y abogados defensores de otros procesados.


Carlos Villafuerte Ruzo, el juez que toma a víctimas por victimarios.

También hay denuncias graves contra el juez Carlos Villafuerte Ruzo, titular del juzgado Federal Nº 2 de San Nicolás, que viene siendo duramente cuestionado por los organismos de DDHH de Rosario por trabar todas las causas contra los genocidas.
En la causa reabierta por la dudosa muerte del Obispo de la Diócesis de San Nicolás, fallecido en julio del ‘77 tras un choque presuntamente intencionado, el juez indagó a Víctor Martínez, único acompañante del obispo en el vehículo y sobreviviente del hecho. Lejos de avanzar en las responsabilidades de militares como el coronel Saint Amant en la persecución al obispo previa al “accidente”, Villafuerte Ruzo procesó a Martinez por falso testimonio y lo apartó como querellante. Lo hizo por iniciativa propia, no en respuesta de una solicitud concreta de la defensa de los represores sospechados. La decisión fue apelada y la Cámara de Rosario resolvió en abril de 2010 revocar la decisión de Villafuerte Ruzo, al determinar que su apreciación fue incorrecta. El Dr. Villafuerte Ruzo sacó un comunicado posterior al nuevo secuestro de Martínez, ocurrido en abril pasado, donde cuestiona el porqué de la presentación de un recurso de habeas corpus por Martínez, y no un simple pedido de “averiguación de paradero”, como pretende que se haga en estos casos. Y aclaró en la nota que al procesarlo nunca quiso perseguir a Martínez, sino que sólo “cumple la ley”.

Este Juez es renuente a avanzar en las investigaciones, utiliza criterios y conceptos que son totalmente opuestos a los que sugieren el Ministerio Público y los organismos de DDH y dilata de manera excesiva todos los trámites de los procesos, entre ellas la causa “Cambiasso-Pereyra Rossi”. Algunas dilaciones son escandalosas. Por ejemplo, en la causa de la supresión de identidad de Manuel Gonçalvez, hubo que apelar una medida donde el juez ponía conceptualmente en cabeza de los familiares y del mismo Manuel la responsabilidad por haber sido apropiado. Quizás Villafuerte Ruzo lo hacía para no enfrentar el hecho de que los imputados son el juez de Menores de San Nicolás durante la dictadura, Juan Carlos Marchetti (el mismo que sobreseyó a Patti en la causa “Cambiasso-Pereyra Rossi” en los ‘80), el entonces juez civil Juan Delfín Castro, y los asesores de Menores de la época, Juan Carlos Magni y Francisco García Cortina, a los que en abril de 2010 sobreseyó sin siquiera llamarlos a indagatoria.
En Junio de 2010 la “Mesa de la Memoria por la Justicia ” de San Nicolás recusó al juez nicoleño por sospecha de parcialidad, ya que sería cuñado del General de Brigada retirado Enrique Benjamín Bonifacino, uno de los investigados en las causas sobre el Terrorismo de Estado por su actuación como jefe entre el ’75 y el ’77 del Regimiento de Infantería de Montaña 11 de Tupungato, dependiente del área 331, bajo la órbita del Comando del Cuerpo III del Ejército. Este personaje fue comandante del Comando del IV Cuerpo de Ejército en los ’80, y cuestionado porque en 1986, durante un ejercicio en Neuquén, los soldados conscriptos a su cargo eran torturados con corriente eléctrica obtenida de un teléfono de campaña. Además fue activo coordinador del Centro de Estudios del Círculo Militar, presidido por Ramón Genaro Díaz Bessone.
A Villafuerte Ruzo el Consejo ya lo salvó de la destitución con la Resolución 477 de noviembre de 2010, que contestó a tres denuncias de Víctor Martínez por intimidación, amenazas y obstrucción de la Justicia. El Consejo dijo que “no surge ninguna irregularidad en la actuación del magistrado cuestionado que configure alguna de las causales de remoción”. ¿Caso cerrado?


Alejandro Sanchez Freytes, el cuestionador cuestionado.

Una de las denuncias más inverosímiles es la que cuestiona al juez Alejandro Sánchez Freytes, titular del Juzgado Federal Nº 2 de Córdoba, que investiga todas las causas de Derechos Humanos de la provincia, por haber dado una pensión por invalidez por “las dolencias” que padece producto de sus “actos de servicio” a Luis Alberto Manzanelli, interrogador del centro clandestino cordobés “ La Perla ”. Lo grave del caso es que Sanchez Freytes es además integrante del propio Consejo de la magistratura, como vicepresidente de la Comisión de Selección de Magistrados y como presidente de la Comisión de Administración y Finanzas. El juez cordobés, que desde su rol en el Consejo debe cuestionar el accionar de los magistrados, fue denunciado en agosto de 2010 por la Unión de Empleados Judiciales de la Nación por “mal desempeño” por otorgar el beneficio a varios genocidas.
Uno de los represores beneficiados por los fallos de Sánchez Freytes es Luis Alberto Manzanelli, a quien le otorgó una jubilación extraordinaria por invalidez, debido a las “dolencias que guarda en relación a los actos de servicio”. Entre esos “actos de servicio” se incluye su participación en el Comando de Operaciones Especiales del centro clandestino La Perla , donde se desempeñó como interrogador. Manzanelli también estuvo a cargo de allanamientos, secuestros y violaciones. En 1987, fue procesado y arrestado, pero luego fue beneficiado por las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. En democracia, Manzanelli consiguió que le otorguen el 70% de una pensión por invalidez ocasionada por sus “actos de servicio”. Pero en junio de 2002 se quejó ante la justicia por la parcialidad del beneficio, y el juez Sánchez Freytes le otorga la totalidad de la pensión. Manzanelli fue condenado en julio de 2008 por el TOF 1 de Córdoba a 22 años de prisión en la “Causa Brandalisis”, lo que lógicamente no pareció observar contradicciones para Sanchez Freytes.


Malas noticias… ¡PITO CATALÁN!

En mayo de este año, el titular del Juzgado Federal de La Rioja, Daniel Herrera Piedrabuena, ordenó detener con domiciliaria al ex juez federal Roberto Catalán, acusado como coautor en “imposición de tormentos”, “incumplimiento de los
deberes de funcionarios público” y “falsedad ideológica”, en el marco de la “mega” causa N° 1828/2000, caratulados: “MENENDEZ, Luciano Benjamín y otros p.ss.aa. Homicidio, Privación Ilegítima de la Libertad, Tormentos, Violación de Domicilio”.

Catalán fue denunciado por Leopoldo Juan González, sobreviviente del CCD Batallón de Ingenieros de Construcciones 141 de La Rioja, donde estuvo secuestrado y fue torturado entre abril y mayo del ’76. Según González, tras ser trasladado a varios lugares de detención, en octubre del ’78 fue visitado en el penal de Sierra Chica por el juez Catalán, que lo obligó a firmar como suya una declaración en la que no se incluían las denuncias de torturas. González afirmó que el juez se negó a ponerlo en el escrito “diciendo que esas cosas no tenían valor por haber pasado mucho tiempo, y que era mejor olvidar”. El desempeño del juez fue ejemplar, ya que al negarse en un principio González a firmar la declaración, el juez dio la vuelta al escritorio, lo tomó de los pelos y tirando su cabeza para atrás le metió una pistola en la boca, diciendo que si no firmaba era “boleta”.
Otro ex detenido, Aníbal de la Vega, integrante de la asociación de ex presos políticos de La Rioja, confirmó en la causa el accionar de Catalán en dictadura: “yo venía detenido a La Rioja desde Catamarca y él estuvo presente en el aeropuerto donde cargaron más detenidos… veníamos muy golpeados y los que ingresaban al avión estaban golpeados, vendados… eso lo vio el ex juez Catalán y no actuó”.
Catalán recibió el beneficio de la prisión domiciliaria tras la presentación de distintos certificados médicos que acreditarían su mal estado de salud (nunca peor que el de González o De la Vega en los ‘70) para no poder ir a una cárcel común.
El juez detenido es el padre de su homónimo Roberto Catalán (h), quien fue secretario de la Gobernación durante la gobernación de Ángel Maza en La Rioja.

Manlio Martínez, el mejor amigo de Bussi y Compañía.

En junio de este año, la Fiscalía Federal n° 1 de Tucumán, en conjunto con la Unidad Fiscal de Derechos Humanos, presentó al Juez Federal Daniel Bejas un pedido de indagatoria del ex juez federal en dictadura Manlio Torcuato Martínez, implicado en los delitos de violación de domicilio, homicidio doblemente agravado, privación ilegítima de la libertad con tormentos y/o vejaciones, incumplimiento de deberes de funcionario público, abuso de autoridad, prevaricato e incumplimiento de su deber de promover la persecución penal.
La indagatoria de Martínez se realizó en la segunda parte de la causa conocida como “Romero Niklison”, que investiga del asesinato de cinco militantes de la organización Montoneros (María Alejandra Niklison, Fernando Saavedra, Juan Carlos Meneses, Atilio Brandsen y Eduardo González Paz) en una casa de San Miguel de Tucumán, y en cuyo primer tramo el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán condenó a perpetua en marzo de este año a Luciano Benjamín Menéndez y a Roberto Heriberto Albornoz (a) “Tuerto”.
Martínez habría estado presente en el lugar del hecho en mayo del ’76, y pese a que las mismísimas pruebas reunidas por la policía indicaban que se había tratado no de un enfrentamiento sino de un “fusilamiento masivo”, el ex juez decidió no investigar a los autores de estos hechos y, en cambio, hacer suya la versión oficial brindada por el 3er Cuerpo de Ejército. Además, Martínez entendió que sí había mérito suficiente para investigar al propietario del inmueble donde ocurrieron los homicidios, Miguel Armando Romano, a quien privó ilegítimamente de la libertad durante más de un año acusándolo de pertenecer a una asociación ilícita, pese a que su única acción fue firmar un contrato de alquiler con una persona a la que no conocía y a que tenía un severo trastorno mental. Decidió que Romano debía ser detenido e incomunicado en el CCD que funcionaba en la Jefatura de Policía de Tucumán para luego, al agravarse su enfermedad mental al no proveerle la medicación que necesitaba como parte de su tratamiento, ordenar su internación en una institución psiquiátrica.
En verdad, a Martínez se lo acusa de haber tomado declaración a detenidos en los centros clandestinos de detención más importantes de la provincia, como la Jefatura de Policía, la cárcel de Villa Urquiza, el Puesto de Comando Táctico del Operativo Independencia, la Escuelita de Famaillá y la Delegación local de la Policía Federal.
Martínez estuvo a cargo del juzgado federal nº1 de Tucumán entre 1974 y 1975, en reemplazo de Jesús Santos, y a pedido del entonces general Acdel E. Vilas, a cargo del “Operativo Independencia”. Para Vilas, el accionar excesivamente “legal” del juez anterior entorpecía las tareas represivas de las FFAA a su cargo. Obsecuente con la tarea represiva, rechazó o archivó más de 350 acciones de habeas corpus presentadas ante su juzgado. Las denuncias de torturas y violaciones por personas secuestradas “legalizadas” eran sistemáticamente pasadas por alto por el ex juez, quien aceptaba como prueba incriminatoria confesiones arrancadas bajo tortura.

CASOS DERIVADOS DEL JUICIO “UNIDAD 9”

Recordemos que en su sentencia del año pasado en el juicio de Unidad 9, en la cual se condenó a 11 penitenciarios y a 3 médicos por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la Unidad Penitenciaria n°9 de La Plata , los jueces del Tribunal Oral en lo Criminal Federal 1 de La Plata dispusieron continuar las investigaciones sobre participación en la represión de varios magistrados mencionados en las audiencias:
Carlos Alberto Mayón (a la sazón, hoy docente de Derecho e Historia Constitucional de la Facultad de Derecho de la UNLP), Eduardo Francisco Marquardt, Rafael Sarmiento, Leopoldo Russo, Guillermo Rivarola, Carlos Guerello, Héctor Adamo, Guillermo Nieva Woodgate, Pedro Luis Soria (h), Héctor Hugo Decastelli, Antonio Andrés Raimundi, Ángel Nellky Martínez, Rómulo Dalmaroni y Héctor Ricardo de la Serna.

El TOF 1 le encargó a otro juez cuestionado, Manuel Blanco, que investigara el accionar de esos jueces en una causa residual que hay por hechos de la U 9. Entre ellos el asesinato del preso político Marcos Augusto Ibáñez Gatica.

En 2006 Soria había sido acusado por el encubrimiento de un homicidio en la Unidad 9 ocurrido durante la dictadura. La víctima era Marcos Augusto Ibáñez Gatica. Los penitenciarios lo habían hecho pasar por un suicidio, pero la Justicia no lo constató: no hubo ni autopsia. Soria, entonces juez penal y actual camarista, dictó el sobreseimiento provisorio sólo con la información provista por el SPB al día siguiente de haber recibido la causa en su juzgado. Treinta y dos años después, la investigación que Soria no hizo lo encuentra involucrado en el encubrimiento de un crimen de lesa humanidad.

Pedro Luis Soria fue nombrado Secretario en el ex Juzgado Penal 5 de La Plata el 3 de marzo de 1970. Seis años más tarde, sería el encargado de ese juzgado al jurar como juez el 4 de mayo de 1976, apenas un mes y medio después del golpe de Estado que terminó con un gobierno constitucional y sumergió al país en la más feroz y cruenta dictadura.

Portada del expediente del Recurso de Habeas corpus por Antonio Bettini presentado ante el Juzgado de Pedro Luis Soria en marzo de 1977. Para Muestra Basta un botón.

En su labor como juez, Soria rechazaba sistemáticamente los pedidos de habeas corpus presentados por familiares de desaparecidos. Además de no hacer lugar a los recursos les imponía "costas" a los damnificados, es decir, debían pagar por abrir un expediente judicial y recurrir al Estado para buscar información sobre el paradero de los desaparecidos.

Habeas Corpus de Jorge Devoto pidiendo por sus suegro Antonio Bettini, secuestrado el 18/3/77 en 10 y 60 La Plata.

Aquella lista es extensa, pero sobresale el habeas corpus pedido por Jorge Alberto Daniel Davoto para conocer el paradero de su suegro, el ex juez federal y docente universitario Antonio Bautista Bettini, padre del actual embajador argentino en España, Carlos Bettini. El expediente fue abierto el 21 de marzo de 1977 y cerrado un día después. En el año 2007 quiso ser candidato a Decano en la facultad de Derecho de la UNLP , pero sus antecendentes como juez en la dictadura hicieron que desista.


“NO HA LUGAR”, firmaba automáticamente Soria ante la desesperación de las familias de detenidos desaparecidos.

Mayón también está sospechado por su accionar en la causa que en su momento investigó el homicidio de Ibáñez Gatica. En esa causa residual, hubo también un pronunciamiento de la Cámara Federal confirmando la necesidad de investigar la conducta de los jueces y un dictamen de fiscalía en igual sentido.

Ante esto, el fiscal Sergio Franco, de la Unidad especial que interviene en casos de terrorismo de Estado en La Plata , solicitó las declaraciones indagatorias del juez de la Cámara Penal de La Plata , Pedro Luis Soria; del juez de la Cámara Penal de Lomas de Zamora, Héctor Hugo Decastelli; del ex fiscal bonaerense, Antonio Andrés Raimundi; y de once ex militares, entre los que se encuentra el dictador bonaerense, Ibérico Saint Jean.
Franco formuló su pedido ante el juez federal Humberto Blanco, en el marco de la causa que investiga los crímenes ocurridos en la Unidad Penal Nº9 de La Plata durante la última dictadura. Las imputaciones contra los dos jueces (Soria y Decastelli) y el ex fiscal Raimundi son por el delito de encubrimiento del homicidio del mendocino Marcos Ibáñez Gatica, quien falleció tras una larga agonía el 10 de septiembre de 1977 tras haber sido encontrado colgado en su celda el 25 de julio de aquél año.

Durante la instrucción de la causa U9, tanto Blanco como la Sala II de la Cámara Federal dieron por acreditado que la muerte de Ibañez fue un homicidio calificado y no un suicidio, como avalaron estos jueces cómplices. En 1977 el primer juez que se hizo cargo de la causa fue el fallecido (y por eso zafó en esta causa) Nelky Martínez, quien declinó la competencia en Soria, por entonces a cargo del Juzgado en lo Penal Nº5 del Departamento Judicial La Plata.

El certificado de defunción de Ibañez recién arribó al juzgado en febrero de 1978, tras lo cual las actuaciones se archivaron. Pero a mediados de los 80, a raíz de otra denuncia, un nuevo expediente se abrió por la muerte de Ibañez Gatica. El expediente anduvo boyando por diferentes juzgados provinciales entre 1984 y 1987, hasta que recayó en el mismo juzgado, en el que ya no estaba Soria, sino Decastelli. Este último intentó ubicar al testigo Eduardo Schaposnik (sobreviviente de la represión ilegal que podía contar realmente lo que había ocurrido con Ibáñez), pero como no logró encontrarlo y citarlo, el 27 de noviembre de 1987 dictó el sobreseimiento provisional de la causa, que fue consentido "sin más" por el entonces fiscal de primera instancia, Antonio Andrés Raimundi.

En su dictamen, el fiscal Franco sostuvo que "un día después de recibidas dichas actuaciones, el magistrado Soria dictó sobreseimiento provisional sin contar en la causa con el certificado de defunción acreditante del deceso de Ibáñez Gatica, sino tan sólo con las declaraciones testimoniales aportadas por la instrucción policial" y, en ese sentido, destacó que esas declaraciones "fueron prestadas por internos de la Unidad , que utilizaron términos inusuales, como asimismo juicios de valor absolutamente infundados y desproporcionados con relación a la situación en la que se hallaban. Sugestivamente tales declaraciones son idénticas entre sí".
Franco resaltó que "sólo con estos elementos y sin disponer de las medidas mínimas e indispensables que sin lugar a dudas ameritaba un hecho como el que se estaba instruyendo -como la realización de la autopsia del cuerpo con el objeto de constatar las causas del deceso de la víctima- el juez dictó el sobreseimiento provisional". Y finalmente citó la propia resolución del juez, quien sostuvo que no surgía "de las constancias de autos debidamente justificada la perpetración de delito alguno en el hecho que dio motivo a la formación del presente sumario".
Así que el Fiscal Franco pide indagar a estos funcionarios, teniendo presente que puede haber delito de encubrimiento en el homicidio de Ibañez, delito que no está prescripto porque es un crimen conexo con el delito de lesa humanidad -y, por tanto, imprescriptible.

En tanto, el fiscal Franco también solicitó una serie de medidas de prueba para examinar la presunta responsabilidad del ex juez federal porteño Eduardo Marquard en las desapariciones de Gonzalo Abel Carranza y Juan Pettigiani, quienes fueron secuestrados a la salida de la U 9 tras la orden de liberación emitida por aquél magistrado.

Pero Soria es ya conocido en el ámbito militante de Derechos Humanos por sus decisiones poco felices. Hace un tiempo, ante la proliferación mediática de casos de jóvenes y menores detenidos y golpeados en dependencias policiales o en las calles de La Plata , del defensor oficial del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, Julián Axat, presentó un habeas corpus colectivo para tratar de impedir que la Policía bonaerense detenga a cualquier menor de 18 años, en el Departamento Judicial local, por contravenciones, averiguación de identidad, pedidos de captura o para ser entregados a sus familias.

Una resolución del juez contencioso administrativo de La Plata , Luis Arias, hizo lugar al habeas corpus colectivo y dictó la inconstitucionalidad del decreto ley 8031 y, del artículo 15 de la ley 13.482.
Entró en acción el entonces Ministro de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, Carlos Stornelli, que con el patrocinio del Fiscal de Estado Ricardo Szelagowski, apeló la medida de Arias. Al resolver esa apelación, en septiembre de 2010, la Sala I de la Cámara Penal de La Plata , integrada por nuestro amigo Pedro Luis Soria, y por los jueces Raúl Dalto y María Elia Riusech, revocó la sentencia de Arias y autorizaron nuevamente a la Policía a detener a menores de 18 años con las practicas ya conocidas de torturas y malos tratos.

Dijo Soria, en su voto, "es allí donde se encuentra el meollo de la cuestión a resolver, pues al haber asignado la petición en tratamiento el carácter de hábeas corpus colectivo preventivo tiene que analizarse la vitabilidad de tal instituto, pues el mismo tiene entre sus exigencias para su procedencia que la amenaza de la libertad locomotiva que se pretende revertir sea cierta y no conjetural o presuntiva, concreta e inminente. (…) Y ello advierto no ocurre en el caso donde el accionante ha interpuesto una acción en forma potencial y genérica, pretendiendo de tal modo la declaración en abstracto de inconstitucionalidad de normas de naturaleza provincial y limitadas al Departamento Judicial de La Plata".
Por si fuera poco, Soria es hoy profesor titular de una de las cátedras de Derecho Constitucional y Procesal Penal en la Facultad de Derecho de la UNLP, y desde allí enseña en una de las materias troncales de la carrera de abogacía, cuáles son las garantías de los ciudadanos, a la vez que muestra cómo esconder sus propias responsabilidades penales a los alumnos que lo escuchan en la casa de estudios de calle 7 y 48 de La Plata.

JUICIO Y CASTIGO A TODOS LOS JUECES Y FUNCIONARIOS JUDICIALES CÓMPLICES DEL GENOCIDIO

HIJOS LA PLATA

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