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Natalia “Pepa” Gaitán espera justicia
Por republica Indymedia Córdoba/*RNMA -
Sunday, Aug. 07, 2011 at 10:31 PM
cordobaindymedia@gmail.com
Los alegatos desnudaron el carácter social y cultural del homicidio de Natalia Gaitán. Mañana se conocerá el desenlace de un juicio que, más allá de lo jurídico-penal, expuso ante la sociedad hasta qué extremos puede llegar la discriminación contra una mujer lesbiana.
Los jueces de la Cámara 7ª del Crimen dictarán sentencia el lunes 8 de agosto.
2011-08-06 -
Por Alexis Oliva - Prensared
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En este vínculo y en la orientación
sexual de la víctima radica no sólo el debate sobre la motivación del
homicida, sino también el profundo significado social y cultural de un
caso que disparó, en Córdoba y en el país, la discusión pública sobre
la lesbofobia en particular, la discriminación por identidad sexual
diversa en general y la violencia de género.
Ese debate afloró en los alegatos de
las partes, escuchados el miércoles 3, a pesar de que desde el punto de
vista estrictamente jurídico la motivación lesbofóbica no gravitará en
la sentencia, ya que la “Ley Antidiscriminatoria” 23.592 sólo considera
agravante de cualquier delito el que esté motivado “por persecución u
odio a una raza, religión o nacionalidad”. Aunque un proyecto
presentado por la Federación Argentina LGBT para que se incluya la
discriminación por identidad sexual ya cuenta con media sanción de la
Cámara de Diputados de la Nación.
Fiscalía: “Fue un
crimen de género”
Luego de dos semanas de juicio oral,
durante las que declararon una decena de testigos, el fiscal Fernando
Amoedo fue el primero en alegar, dando por probada la responsabilidad
de Torres en el homicidio. Además, negó el eventual atenuante de la
legítima defensa al rechazar, por no estar debidamente acreditada, la
existencia de un arma blanca en poder de Gabriela Cepeda, amiga de la
víctima y principal testigo, arma que por otra parte no intervino en el
desarrollo de los hechos.
También desestimó Amoedo una supuesta
provocación por parte de la víctima y consideró que Torres, quien no
había participado en la discusión previa, al entrar a la casa, tomar la
escopeta que ya tenía preparada y a su alcance sobre un sofá, salir y
sin pronunciar palabra disparar contra la víctima, cometió un crimen
“rayano en la alevosía, en el sentido jurídico del término”.
Al evaluar el perfil del acusado,
aunque mencionó que no tenía antecedentes penales, lo describió como
“un lobo disfrazado de cordero”, por su proceder pacífico afuera de su
casa pero violento dentro el núcleo familiar.
En cuanto a la motivación criminal,
el representante del Ministerio Público Fiscal planteó que podía
radicar en dos cuestiones: en primer lugar, la violencia de género,
“por la condición de mujer de la víctima”; y en segundo término, la
orientación sexual de Natalia Gaitán.
Sobre el primer factor, manifestó que
“sí habría discriminación de género, en el sentido en que se plantea en
la Convención de Belén do Pará” (Convención Interamericana para
Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, aprobada
por la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos en
1994).
Respecto al otro móvil posible, la
lesbofobia del victimario, Amoedo expresó: “No la descarto, pero
no la puedo afirmar con el grado de certeza necesario en el marco de
una acusación penal”. Como fundamento de esa duda, mencionó que “lo que
perturbaba a Silvia Suárez (madre de la novia de la víctima) era que su
hija era menor de edad y había abandonado el hogar para irse a vivir
con una persona mayor”. Además, señaló que “no hay referencia de los
testigos a expresiones de Daniel Torres en rechazo a la orientación
sexual de Natalia Gaitán”.
Finalmente, el Fiscal solicitó la
pena de 14 años de prisión por “homicidio agravado por el uso de arma
de fuego”.
Querella: “La mató
por ser lesbiana masculina”
El extenso y emotivo alegato de la
abogada querellante, Natalia Milisenda, comenzó con la evaluación del
homicidio, en la que coincidió en líneas generales con el Fiscal. En
este punto, Milisenda destacó que “no hubo provocación previa” de la
víctima al agresor: “Al contrario, fue Silvia la que se abalanzó a Pepa
y ella sólo trataba de sacarse los golpes”. También resaltó que Torres
“tenía el arma preparada desde antes que la Pepa lo insulte”.
Al respecto, la representante legal
de la familia de la víctima explicó: “Gritos y situaciones como éstas
son comunes en el barrio Parque Liceo, Segunda Sección. Lo que no es
común, es que alguien saque un arma y dispare”. Y aseguró: “Se mató a
quien no agredió”.
Al considerar los motivos, Milisenda
los atribuyó a “el rechazo que le provocaba (a Torres) la orientación
sexual de la Pepa, quien era lesbiana y ejercía una expresión de género
masculino”, sumada a “la sospecha de la atracción que Silvia (pareja de
Torres) sentía por la Pepa”.
En este punto, coincidió con la
Fiscalía al definirlo como feminicidio, pero disintió en el segundo
aspecto al enfatizar: “La mató porque era lesbiana. Este es un crimen
de odio basado en la orientación sexual de la Pepa como lesbiana
masculina”.
“La relación con Pepa no era
clandestina, ni era una amenaza para la integridad física y psicológica
de Dayana, que siguió estudiando y trabajando”, discrepó la abogada y
resaltó que incluso “se habían inscripto para terminar juntas la
escuela secundaria”.
Por lo tanto, aseguró que la supuesta
preocupación de Suárez por la condición de menor de su hija era en
realidad “una cortina de humo para ocultar el prejuicio por su
orientación sexual”. En este sentido, recordó que la madre de Dayana
“le pidió a la psicóloga (Mirta Moya) que modifique la orientación
sexual de su hija… que la transforme”.
“No considero justificable
-reflexionó Milisenda- que en función de la patria potestad una
madre pueda avasallar la libertad de su hija para elegir su orientación
sexual, para expresar y vivir su sexualidad”. “La misoginia y la
lesbofobia tienen el mismo basamento cultural de prejuicio: considerar
inferiores a las mujeres”, sentenció.
Luego de cuestionar la estrategia de
la defensa de “identificar masculinidad con peligrosidad”, la abogada
rememoró “la historia de Pepa Gaitán, tantas veces detenida por
portación indebida de masculinidad, discriminada y marginada a lo largo
de su vida, donde podemos reconocer las múltiples violencias que sufre
una mujer lesbiana hasta llegar a la muerte”, dijo entre lágrimas.
Como corolario de su alegato,
Milisenda subrayó que el de Natalia Gaitán “es un caso paradigmático
pero no único”, valoró la actitud de su familia -“la primera en
identificar que la mataron por lesbiana”- y criticó el mensaje de
escarmiento que ciertas interpretaciones del caso quieren instalar: “No
serás como la Pepa o vas a terminar así”. Finalmente, instó a la
sociedad y a la dirigencia institucional a “desaprender la lesbofobia
internalizada”.
En el contexto de sus fundamentos,
resultó casi anecdótico que Milisenda pidiera 18 años de prisión para
el autor de un homicidio en el que intervinieron muchos más factores
que la voluntad individual.
Defensor: “Fue en
legítima defensa”
Por su parte, el abogado César
Lapascua, defensor de Torres, admitió que éste cometió el homicidio,
pero descartó las motivaciones esgrimidas por la fiscalía y la
querella. “Plantear el elemento discriminatorio como cualquier
teoría es suicidarse”, dijo Lapascua, generando murmullos de
desaprobación en la sala.
“No existió la discriminación, ni de
género ni de nada, por parte de Torres. No está probado que tenga
una actitud discriminatoria, porque no hay expresiones de Torres que
abonen el elemento discriminatorio”, recalcó el defensor.
Al contrario, describió a su
defendido como “una persona asustada, que se vio disminuida y superada
por la situación, incluso con dificultad para entender por qué hizo lo
que hizo”. En este sentido, luego de preguntar “qué llevó a una persona
trabajadora, buen vecino, a cometer un homicidio”, respondió:
“Cuestiones emocionales”. “Me quedó prístino en el desarrollo del
debate -explicó el abogado- que se trata de un caso de legítima
defensa”.
En apoyo a su teoría, insistió en
mencionar el arma blanca en poder de una de las participantes durante
la discusión previa al crimen y en resaltar que la víctima era de
“contextura robusta, practicaba boxeo y ‘vale todo’, tenía antecedentes
penales por lesiones calificadas” y en definitiva “producía miedo”.
“Celebro el compromiso y la ideología
de la doctora -expresó, dirigiéndose a Milisenda-, pero no podemos por
una buena meta mandar a una persona a la hoguera”. Luego de
reiterar que Torres “se vio desbordado” por una “agresión ilegítima”,
propuso que se le aplique la figura de “homicidio con exceso en la
defensa”. “De eso se trata: hubo una situación de miedo, había un arma
blanca, que fue sacada y vista. Torres entró y haciendo un uso excesivo
de la defensa, disparó contra Natalia Gaitán”, narró Lapascua.
En consecuencia, solicitó que al
acusado “se lo tenga como autor de homicidio con exceso en la defensa”
y quede “a criterio del tribunal el monto de la pena”. En caso
contrario, pidió que “en subsidio, se lo condene por homicidio simple”
y “se excluya el agravante”, aplicándole el mínimo de 8 años.
El próximo lunes 8 de agosto, a las
9,30 horas, los jueces Víctor Vélez, Ricardo Iriarte y Carlos Ruiz
darán a conocer el fallo que dirimirá el aspecto penal de un caso que
trasciende lo jurídico e interpela al conjunto de la sociedad para
reclamar su propio Nunca Más.
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