Julio López
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Sobre las calumnias al Dr. Mario Ganora
Por Fundación Alameda - Monday, Aug. 15, 2011 at 7:04 PM

El poder no quiere que se metan con sus poderosos aunque en seis de sus propiedades funcionen seis prostíbulos con mujeres migrantes explotadas por fiolos y madame desde hace años y la Alameda solo pide que se investigue. Por eso ahora lanzan una campaña para demonizar a los denunciantes, inventando que uno de nuestros abogados defiende represores de la dictadura, cuando en realidad varios organismos de Derechos Humanos, incluído Verbitsky estuvieron de acuerdo en llevar al arrepentido Scilingo a España y ponerlo ante el juez Baltasar Garzón a fin de que devele como fueron los vuelos de la muerte y de nombres y apellidos de muchos de los torturadores que hoy están siendo juzgados. Scilingo admitió ser un represor y cumple su condena en prisión como corresponde. El Dr Ganora responde en esta carta a las increibles calumnias que difunden algunos diarios que hasta no hace mucho tiempo nos sacaban en tapa como una ONG ejemplar en materia de lucha por los derechos humanos. Parece que dejamos de serlo, el día que denunciamos ilícitos que ocurren en las propiedades de un poderoso. Gustavo Vera

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Sobre las calumnias al Dr. Mario Ganora
5 08 2011

En las últimas horas algunos medios distribuyeron calumnias sobre el abogado penalista Mario Ganora acerca del caso Adolfo Scilingo. Estando fuera del país por compromisos académicos, el Dr Ganora nos ha enviado la siguiente carta a fin de informar a la opinión pública:
1) Antes que nada, si me están denunciando públicamente por haber ejercido la defensa de un procesado en el marco de un proceso penal, eso me tiene sin cuidado porque es lo que hacemos a diario todos los abogados penalistas. Cuando una nación civilizada reconoce el derecho de defensa en juicio, también reconoce el derecho de las personas a contar con un letrado que asuma la defensa técnica. Perseguir al abogado defensor de un procesado por el ejercicio lícito de su ministerio es una violación de Derechos Humanos (art. 18 C.N., 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos). Los abogados defensores son parte de la garantía del debido proceso legal que cubre por igual a todas las personas, por repugnante que nos parezca su crimen o el individuo que lo cometió.
2) Creo, además, que la cuestión histórica de mi intervención en el caso de Adolfo Scilingo ya es suficientemente conocida y está abundantemente registrada en la crónica periodística y en la jurisprudencia nacional e internacional. No obstante, si quieren analizar nuevamente la naturaleza de mi intervención, los propósitos que me animaron, el significado político del caso para la cuestión de los Derechos Humanos en la República Argentina y sus proyecciones posteriores, no tengo ningún inconveniente en que así se haga y estoy dispuesto a debatirlo pública y personalmente en el ámbito que se quiera hacer. Estoy convencido que nada hay que sea desconocido, que me sea reprochable y que pudiera haber significado un obstáculo para el progreso de los Derechos Humanos, para el cumplimiento de las consignas de verdad y justicia y de juicio y castigo a los culpables.
Sin embargo y a todo efecto quiero dejar puntualizado lo siguiente:
a) Durante mi intervención como letrado defensor de los jóvenes que presuntamente agredieron al señor Alfredo Astiz y que luego fueron sobreseídos definitivamente, me puse en contacto con un antiguo conocido, el Dr. Horacio Méndez Carreras, a quien le solicité la posibilidad de obtener una copia de la sentencia condenatoria recaída contra Astiz en Francia para impugnar su condición de testigo en la causa contra los presuntos agresores. El Dr. Méndez Carreras, a la sazón letrado patrocinante de la querella contra Astiz por el caso de las monjas francesas, le informó a mi socia, la Dra. Magrini que había un caso muy interesante de un marino de la ESMA que estaba preso por estafa y que declaraba respecto de los llamados “vuelos de la muerte”. Este marino era Adolfo Scilingo. En una de las audiencias del juicio, la Dra. Magrini se puso en contacto con la esposa de Scilingo quien le relató las características de su detención.
b) Me entrevisté con Scilingo en la cárcel de La Plata y me relató su intervención en la represión ilegal durante la dictadura, los remordimientos que lo atormentaban y la necesidad imperiosa que tenía de contar la verdad. También me dijo que había puesto en conocimiento del entonces Juez de la Audiencia Nacional del Reino de España Baltazar Garzón los hechos en los que había intervenido y que estaba imputado en dicha causa. Dijo también que estaba impedido de declarar en razón de la prisión que padecía en una causa injusta por estafa inventada por el gobierno para restarle credibilidad.
c) El suscrito aceptó la defensa de Adolfo Scilingo en la causa que se le tramitaba por estafa en la Argentina, causa en la que resultó absuelto.
d) Scilingo luego de obtener su libertad comenzó a declarar ante la opinión pública acerca de los llamados “vuelos de la muerte” a consecuencia de lo cual fue objeto de amenazas y de un secuestro a la salida de mi estudio. Gracias a la inmediata publicación del secuestro en el “New York Times”, nota realizada por Horacio Verbitsky, Scilingo fue liberado pero con la cara tatuada con un cortaplumas. Luego de su liberación le informé que no podía garantizarle la vida y que debía viajar a España para ponerse a disposición de la Audiencia Nacional.
e) Cabe destacar que el caso fue consultado con Antonio Cartaña y Eugenio Semino, ombusman titular y ombudsman adjunto de la Ciudad de Buenos Aires, quienes viajaron a España para entrevistarse con el juez Garzón e informarle sobre la situación en Buenos Aires. También me entrevisté con el arq. Adolfo Pérez Esquivel, el Dr. Pedroncini, Horacio Verbitsky y Horacio Méndez Carreras a los que expuse la situación y la voluntad de Scilingo de declarar en España. Tengo entendido además que el escribano Antonio Cartañà puso en conocimiento del entonces diputado Alfredo Bravo, a la sazón co-presidente de la APDH sobre las gestiones que se estaban realizando. También realicé consultas con los representantes de Izquierda Unida que estaban llevando a cabo la acción popular en contra de los represores argentinos en el juicio por genocidio y terrorismo que se les seguía en España.
f) Para obtener la salida de Scilingo de la República Argentina tuve que tramitar varias acciones de habeas corpus. Destaco que también fuimos objeto de pesquisas por los servicios de inteligencia argentina tanto mi socia como el suscrito. Esto motivó la necesidad de interponer un habeas coprpus y habeas data que terminó en un leading case de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El caso “Ganora, Mario Fernando y otra s/habeas data” cuya doctrina se estudia en todas las Facultades de Derecho del país respecto de los alcances de la garantía del habeas data.
g) Apenas llegados a España y gracias a la oportuna intervención de Izquierda Unida y en especial del Partido Izquierda Republicana, se realzó la reunión con el Juez garzón, se le informó sobre la situación de esta persona que estaba dispuesta a declarar. Scilingo se presentó ante la Audiencia Nacional y declaró ininterrumpidamente durante cuatro días acompañando la lista de los represores de la ESMA y el detalle de como se llevaban a cabo los “vuelos de la muerte”. El defensor de Scilingo en dicha causa seguida en España fue el defensor de oficio, no el suscrito quien no obstante fue autorizado por el Juez Garzón para estar presente en todas las audiencias. El detalle de todo esto fue documentado por el diario La Nación toda vez que el periodista Fernando Mas siguió directamente toda la causa. Los que quieran tener información conviene que lean dos libros: “De Nuremberg a Madrid” escrito por Fernando Más que habla a mi favor y “El testigo Secreto” escrito por Juan Gasparini que me critica agriamente.
h) El juez Baltazar Garzón sobre la base de los dichos de Scilingo y demás piezas de convicción decretó la captura internacional de los represores militares, incluyéndolo al general Videla y al almirante Massera. Esta medida estaba demorada por cuanto faltaba la confirmación que significó la confesión de un represor. Scilingo quedó detenido en España, aunque luego recuperó la libertad por cuanto en ese país la detención provisional no puede extenderse indefinidamente. En la actualidad cumple su condena en prisión.
i) De retorno a la Argentina informé a todos los organismos de Derechos Humanos reunidos en la Controladuría General Comunal, hoy Defensoría del Pueblo, sobre lo realizado en España. Quiero destacar que el escribano Cartañá y el Dr. Semino impulsaron la realización de un seminario en el Colegio de Escribanos, donde me toco exponer, junto con personalidades de Izquierda Unida que participaban en la acusación popular. En ese seminario hubo una autocrítica del Dr. Raul Ricardo Alfonsín y los Dres. Juan Pablo Cafiero y Diana Conti manifestaron su decisión de impulsar la derogación de la Ley de Punto Final y de Obediencia Debida.
j) Entre las derivaciones del caso, cabe señalar que el entonces Presidente de la Republica, el Dr. Carlos Menem, había tomado la decisión de demoler la Escuela de Mecánica de la Armada. El suscrito junto con la Dra. Magrini patrocinamos a Graciela Palacio de Lois y a Laura Bonaparte de Bruchtein en una acción de amparo que defendiera el edificio de la ESMA para proteger las pruebas y la memoria histórica. Ese objetivo se logró toda vez que se ganó en todas las instancias. Ese fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y su debate (PALACIO DE LOIS, Graciela y otra s/amparo) fue el antecedente que sirvió de fundamento al hoy Museo de la Memoria,
Dr Mario Fernando

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