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Tasas judiciales que adelgazan al usuario y engordan al juez
Por Guillermo Olivera Díaz - Wednesday, Jan. 11, 2012 at 10:53 PM
godgod_1@hotmail.com

Si en esta Querella se tuviera que recurrir en nulidad contra lo que resuelva la Sala Penal Superior entonces la tasa se incrementa en demasía a S/. 4,680.00 nuevos soles. Se apela del juzgado a una sala superior y se interpone recurso de nulidad cuando lo resuelto debe ser revisado por una Sala Penal Suprema.

Perú



Tasas judiciales que adelgazan al usuario y engordan al juez
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
http://www.voltairenet.org/Tasas-judiciales-que-adelgazan-al?var_mode=calcul

12-1-2012

El día de hoy he constatado que el varias veces enjuiciado periodista Herbert Mujica Rojas ha pagado por tasa judicial, al apelar de una sentencia que contiene reserva de fallo por presunto delito de difamación, la abultada cifra de S/.1674.00 nuevos soles.

Si en esta Querella se tuviera que recurrir en nulidad contra lo que resuelva la Sala Penal Superior entonces la tasa se incrementa en demasía a S/. 4,680.00 nuevos soles. Se apela del juzgado a una sala superior y se interpone recurso de nulidad cuando lo resuelto debe ser revisado por una Sala Penal Suprema.

¡Y pensar que todas las sentencias se apelan o son recurridas en nulidad y debe pagarse previamente el monto de arancel judicial que ha dispuesto el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y que se incrementa cada año! Si la tasa no se ha pagado el recurso impugnativo es declarado improcedente.

Para el año próximo pasado se prorrogó el arancel judicial que rigió el 2010, mediante la Resolución Administrativa N° 442-2010-CE-PJ de fecha 6 de enero del 2011.

Si a tal monto abusivo, leonino, pagado hoy por Mujica, le añadimos otros semejantes de los miles de casos por difamación que se ventilan en todo el Perú, entonces el ingreso del Poder Judicial por este solo rubro será de muchos cientos de millones. Se llaman con cierto eufemismo Ingresos Propios.

El usuario de la justicia en los casos de querella por difamación paga por apelar o interponer recurso de nulidad; luego, cada mes, a los jueces se les reparte lo pagado vía tasas como bono de productividad. Por lo tanto, tienen especial interés en fiscalizar dichos pagos.

Arbitrios por servicios recibidos.- Los municipios, de modo semejante, también brindan servicios al vecino y por ello cobran arbitrios. Cada distrito de Lima los regula anualmente.

Sin embargo, no conozco un caso que se pague por arbitrios de un departamento que vale más de 100,000 dólares, por un trimestre, la suma abusiva de S/.1674.00 que se paga por apelar de una sentencia que condena o absuelve. Peor aún que se oble por tales arbitrios la friolera de S/ 4680.00 nuevos soles, como el Poder Judicial cobra cuando el caso va de la Corte Superior a la Suprema, pese a que se trata del mismo papeleo.

Un departamento en San Borja, de unos 100,000 dólares de precio, paga arbitrios por un trimestre (por serenazgo, relleno sanitario, parques y jardines, alumbrado público, etc.) la suma de S/ 112.00 nuevos soles; menos de 40 nuevos soles por mes.

Señor Presidente Ollanta Humala; señores del Congreso y del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial paren o frenen este abuso llamado Tasa Judicial, expidiendo las normas que les respecta o proyectándolas.

Tengan compasión del que tiene que trabajar, sudarla para que se engorden otros con la dación fácil de una Resolución Administrativa del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que integran 3 vocales supremos y otras 3 personas de menor jerarquía. ¿Les compete obligar a otros que paguen este otro tipo de impuesto?


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