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Opinión académica sobre la ley de Educación
Por Academia Nacional de la Historia - Friday, Mar. 30, 2012 at 9:10 AM
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Opinión académica sobre la ley de Educación (La Nación, 30-V-1980)

“Consideramos que la historia que se enseña en las aulas oficiales o privadas debe estar
inspirada en la verdad y justicia y ceñirse a los grandes lineamientos de una Nación que
en su trayectoria buscó conseguir la libertad para sí y para sus hermanas, defendió su
territorio y procuró asegurar los beneficios de la libertad dentro de un marco conceptual
del mundo occidental al que pertenece por sus orígenes y por su evolución”, expresa la
Academia Nacional de la Historia, en un pronunciamiento dado a conocer en relación al
proyecto de la ley general de Educación, y formulado a petición del Ministerio de
Cultura y Educación. Fue redactado por los académicos Edmundo Correas, José M.
Mariluz Urquijo, Carlos S. A Segreti y Andrés R. Allende, y aprobado en sesión privada
por la Corporación.

En el planteo general del tema señalase que dicha Ley “debe ser un instrumento de
fundamental importancia para el presente y futuro nacional”, asimismo que “debe
elaborarse sobre la base de nuestra realidad humana y social contemporánea pero con la
visión del Estado y la Nación deseables y posibles”.

Continuidad nacional

Manifiéstase a continuación que “el presente y el futuro tienen que seguir una
esclarecida línea de continuidad con el pasado histórico, en cuanto de él surge la
autenticidad del ser individual argentino y de la sociedad a la que pertenece con los
rasgos de una nacionalidad propia y exclusiva con estilo de vida, ideas, sentimientos,
carácter y conciencia nacionales que han de afirmarse en sus calidades superiores y
depurarse en sus notorias deficiencias”.

En función de tales objetivos “la educación, en todos sus ciclos, debe proponerse dar a
cada sujeto la capacidad de “saber ser” en tres aspectos que integran su personalidad
como miembro de una comunidad organizada: a) “Saber ser humano” mediante el mejor
y más pleno desarrollo de su individualidad, siempre perfectible; b) “Saber ser social”, o
sea la correcta participación y convivencia dentro de la sociedad, aceptando el orden
vigente sustentado en el orden jurídico, lo que no excluye la movilidad social y los
cambios necesarios por medios pacíficos; y c) “saber ser ciudadano”, miembro de la
colectividad política de acuerdo con el sistema constitucional del Estado”.

Misión formativa

El pronunciamiento académico indica también que “la ley general de educación debe
renunciar a la neutralidad ideológica y espiritual. Su misión formativa recae sobre un
determinado tipo humano –el hombre argentino—una determinada concepción de la
vida y del mundo, una definida nacionalidad insertada en la civilización occidental
cristiana, y en cuanto a civismo, debe atender celosamente a la capacitación de
gobernantes y gobernados como ciudadanos de nuestro país republicano, representativo
y federal, de acuerdo a nuestra Constitución Nacional que es “la Nación hecha ley”

Esa educación –afírmase—“debe dar prevalencia a los valores espirituales creando
defensas contra los factores deshumanizante derivados del progreso científico-técnico,
que fuera de sus innegables aportes civilizadores tiende a imponer un materialismo en el
que las cosas más que servir al hombre lo convierten en su esclavo”.

A la vez, la ley tiene que “asegurar una faena educativa sistematizada, que valga como
medio de saber y creación de cultura”, elementos complementarios, a los que debe
acompañar en los programas, “la información de los sucesos actuales, nacionales y
mundiales”. Por último, sobre el tema de la enseñanza de la historia se señala que “es
inadmisible que se utilice la cátedra para inculcar o difundir versiones antojadizas que
deforman nuestro pasado poniendo la historia al servicio de doctrinas políticas
contrarias a nuestras esencias nacionales”.

Fuente: La Nación, 30-V-1980

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