Julio López
está desaparecido
hace 6402 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

La reforma del Código Civil no respeta los derechos de los Pueblos Indígenas
Por Fuente: ODHPI - Friday, Aug. 24, 2012 at 12:37 PM

(24 de agosto de 2012 – ODHPI) – La reforma del Código Civil vulnera derechos al no consultar a los pueblos indígenas (como obliga la legislación actual y los tratados de derechos humanos vigentes). Así lo denuncian numerosos dirigentes indígenas, organizaciones que acompañan a las comunidades y abogados especializados en derecho indígena que coinciden: de aprobarse el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, será un retroceso para los pueblos originarios. “Es preocupante el avance del proceso sin que el Estado argentino haya organizado institucionalmente un proceso de consulta con los pueblos indígenas sobre el proyecto que prevé regular la personería jurídica y la propiedad comunitaria indígena, pues si bien es deseable avanzar en la implementación y reconocimiento de los derechos, sin la participación y consultas, Argentina sienta un precedente de negación y desconocimiento de los pueblos indígenas”, alertó la Asociación de Abogados de Derecho Indígena.

El 27 de marzo, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el presidenta de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Ricardo Lorenzetti, presentaron públicamente el anteproyecto de reforma del Código Civil (las normas que regulan las relaciones civiles de las personas físicas y jurídicas, sean privadas o públicas), que data de 1865. Fue bienvenido por el dirigencia política y los diferentes actores del Poder Judicial. Todos coinciden en la necesidad de actualizarlo.

Entre las numerosas modificaciones, funcionarios y periodistas destacaron que el nuevo Código traería mejoras para los pueblos originarios, al incluir la propiedad comunitaria indígena y las personerías jurídicas de las comunidades como personas del derecho privado. El jueves 23 de agosto comenzaron en el Congreso Nacional las audiencias públicas donde, durante 90 días, se expondrán aportes y sugerencias.

“El texto del proyecto es inconstitucional porque contradice el artículo 75 inciso 17 de la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos (…) La incorporación de la regulación del derecho indígena en el Código Civil en los términos proyectados daría lugar a múltiples inconstitucionalidades”, denuncian en un documento conjunto del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas (ODHPI), el Grupo de Apoyo Jurídico por el Acceso a la Tierra (GAJAT) y la Asociación de Abogados de Derecho Indígena (AADI).

Las organizaciones presentaron el documento ante la Comisión Bicameral del Congreso y destacaron, como ejemplo, que el proyecto de Código Civil equipara a las comunidades indígenas con una cooperativa o con un consorcio de edificio, lo cual “contradice abiertamente su consagración constitucional como nuevos sujetos colectivos que preexisten al Estado argentino”.

También impone formas de organización (presidente y/o administrador) que contradicen la cultura y forma de vida de las comunidades indígenas.

Eje central de la vida y lucha de los pueblos originarios es el territorio. Y ahí también el proyecto de Código Civil es perjudicial para las comunidades porque sujeta el derecho a la propiedad comunitaria al requisito de contar con personería jurídica. “(Se está) Contrariando a la Constitución y a los tratados de derechos humanos que estipulan que las comunidades indígenas son las propietarias de las tierras que tradicionalmente ocupan sin que para ello deban cumplir con ningún requisito y que la personería jurídica es sólo un formalismo legal”, aclaran las cuatro entidades firmantes.

El proyecto omite incorporar los estándares internacionales de derechos humanos. Evita legislar sobre el deber estatal de restitución de tierras tradicionales. “Se disminuiría (de aprobarse) los actuales niveles de protección del derecho a la tierra y al territorio indígena, alentando la aplicación de reglas del derecho privado (…) La sanción del anteproyecto sin que las comunidades indígenas puedan ejercer su derecho a la consulta y participación convertiría en nulo el texto que se apruebe”, advierten.

En mayo pasado, el Consejo Plurinacional Indígena (espacio de articulación de organizaciones nacido luego de la histórica marcha indígena de mayo de 2010) difundió un documento en el que puntualizó: “Actualizar un Código Civil que hoy es obsoleto y contradice la realidad que pretende regular, es sumamente necesario. Lo que es inadecuado es reglamentar la propiedad comunitaria indígena mediante la incorporación de un título especial en el Código Civil, toda vez que la posesión y propiedad indígena no sólo son diferentes a la posesión y propiedad civil, sino muchas veces, hasta incompatibles”.

“La Propiedad Comunitaria (indígena) no puede quedar encorsetado en un Código Civil y debe ser reglamentado en una ley especial, como lo prometió la Presidenta en el marco de los festejos del Bicentenario”, denunció el Consejo Plurinacional Indígena, afirmó que se están violando los derechos de los pueblos indígenas, advirtió que no se consultó a las comunidades y explicó que los derechos constitucionales “ganados en décadas de lucha pueden quedar reducidos a un Código Civil que no mide el impacto que va a generar en nuestras vidas y culturas”.

Los dieciséis dirigentes indígenas que firman el comunicado aseguraron que la vulneración de derechos presentes en el proyecto “no es un descuido” y lo entienden como una avanzada contra “el derecho indígena, el único que tiene legitimidad, autoridad moral y peso jurídico para condicionar o detener un modelo de explotación extractivista, que es un proyecto de muerte para nuestros territorios”.

Durante las próxima semanas, dirigentes indígenas y ONG expondrán en las audiencias públicas (durante los diez minutos que otorga la Comisión Bicameral), pero de ninguna manera esos aportes serán vinculantes para la reforma del nuevo Código Civil.

Aquí el documento que elaboraron las cuatro ONGs, enviado a la Comisión Bicameral.

agrega un comentario