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“Falta todo lo que el Ejecutivo pueda hacer para que la Justicia Penal surta efecto”
Por Elisa ((i)) - Monday, Aug. 27, 2012 at 3:01 PM

En el marco de la Campaña Nacional contra la Violencia de Género, Indymedia La Plata dialogó con la coordinadora del Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría del Pueblo provincial. La ley de emergencia, la incorporación del femicidio al Código Penal, el rol de los medios y la Justicia, y el caso de la salidas culturales al femicida de Wanda Taddei, fueron los temas centrales.

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Laurana Malacalza detalló algunas conclusiones que surgieron en la realización del Informe 2011 del OVG, sobre políticas públicas en la provincia de Buenos Aires. El mismo es contundente: la efectividad del Estado en materia de violencia de género se reduce a la recepción de denuncias. Pero aquí también hay grises porque si bien la ley nacional de violencia de género en relaciones interpersonales (n°26.485), habilita a terceros -y en caso de funcionarios públicos, los obliga-a realizar denuncias, pide que la víctima ratifique la denuncia. "Hay un problema de la propia ley que recarga en la propia víctima la continuidad del proceso judicial. Es una cuestión que requiere una modificación de la ley pero también de la práctica judicial".
Luego, cuando ya hay una denuncia la misma se pierde en la indiferencia judicial. Otra falla, a nivel penal, es la falta de criterios comunes a la hora de instruir causas. Y si se logra una resolución judicial -restricciones al agresor, refugios, subsidios, planes de vivienda, entre otros- no existen los dispositivos estatales para que esa medida se concrete. En general, la crueldad del sistema conlleva a que las denuncias sólo sirvan cuando ya ocurrió la muerte de la mujer, y además, sólo si el operador judicial decide considerar el contexto de violencia previo.


Indymedia La Plata: ¿Cuál es la diferencia entre femicidio y feminicidio?
Laurana Malacalza:
Son conceptos teóricos que se han utilizado como definiciones políticas. El femicidio es el hecho puntual, donde se asesina a una mujer por su condición de género. Todos los casos que aparecen en los medios masivos, como una sumatoria de casos, una puede nombrarlos como femicidios. La categoría feminicidio es más interesante, porque es superadora de la sumatoria de hechos individuales, e interpela al Estado. Le dice que estos hechos están pasando porque hubo una responsabilidad del Estado que no se cumplió.
Por ejemplo, con los casos de México, en ciudad Juárez, uno puede analizar los casos individuales como simples asesinatos. Pero si se analiza el contexto y el conjunto de los hechos se puede calificar como violencia de género o femicidios.


((I))LP: ¿Cuál es tu postura respecto a la incorporación de la figura de femicidio al Código Penal?
L.M: Todo lo que se nombra en el derecho tiene valor, porque se reconoce. Los conceptos no son casuales. Se está reconociendo algo que antes se presuponía que no existía. Lo que a mí me preocupa personalmente, es que la discusión se agote, o que la mayoría de los principios de la lucha se agoten en el reclamo de incorporación del femicidio en el Código Penal. Con lo que el Código Penal tiene, alcanza para juzgar un hecho de violencia contra la mujer como violencia de género. El problema es que la Justicia no lo hace.
De hecho, el Observatorio de Sentencias Judiciales de ELA (Equipo Latinoamericano de Justicia y Género) da cuenta de resoluciones que son bien interesantes, en cómo se han incorporado fundamentos desde una perspectiva de género. Y también, hay resoluciones que no la incorporan. Yo no sé si está garantizada la incorporación de una perspectiva de género con incorporación de la categoría de femicidio. Creo que la lucha hoy no sería esa, la lucha es que los operadores judiciales cambien la cabeza y el modo de actuar frente a las situaciones de violencia de género.


((I))LP: ¿Se seguiría dejando en manos de la Justicia penal la resolución del conflicto?
L.M: Yo creo que es poner muchas esperanzas en las respuestas que puede dar el Justicia penal. La responsabilidad y la lucha que tenemos como Observatorio, es que el Estado cumpla y que la Justicia cumpla con lo que ya tiene establecido. Falta todo lo que el Poder Ejecutivo pueda hacer para que lo que haga la Justicia Penal surta efecto.


((I))LP: ¿La declaración de emergencia en violencia de género puede efectivizar las políticas públicas en materia de género?
L.M: Tanto el Estado Nacional como el de la provincia de Buenos Aires tienen muchas deficiencias e incumplimientos respecto a lo que las leyes ya vigentes les exigen. Entonces, estas iniciativas legislativas de propulsar la emergencia en casos de violencia de género lo que hacen es volver a poner en discusión cuáles son las obligaciones que los Estados no han cumplido, centralmente políticas de asistencia integral que incluyan la protección de las víctimas.


((I))LP: ¿La ley vigente ya obliga al Estado a hacer efectivas este tipo de medidas de protección, como refugios, exclusión del hogar, entre otras?
L.M: La ley nacional de violencia de género en relaciones interpersonales es de carácter público, por lo tanto debe ser aplicada en la provincia de Buenos Aires. En algunos Municipios se han formado, desde el Ministerio de Desarrollo Social o la Secretaría de Derechos Humanos, mesas locales de violencia de género. Esas mesas locales deberían estar marcando los lineamientos para cómo atender los casos de violencia de género, pero no tienen ningún tipo de apoyo profesional ni económico desde el Estado provincial.
Luego, los refugios propios del Estado provincial son solamente dos, uno que funciona en Moreno y otro en Ensenada. El resto son convenios con ONGs, pero no se tiene ningún control o auditoría de cómo funcionan y de cómo se abordan los casos.


((I))LP: ¿Cuál es la situación en La Plata respecto a refugios y al funcionamiento de la mesa local?
L.M: En La Plata hay una mesa que es activa, que está trabajando en una ordenanza municipal para la regulación de refugios gestionados por ONGs, tanto en cuanto a habilitaciones, sanidad y seguridad. Esto lo debería estar haciendo el Ministerio de Desarrollo provincial.


((I))LP: ¿Qué ocurre con los medios de comunicación cuando por un lado visibilizan los casos como violencia de género, pero persiste en ellos un discurso y una práctica machista?
L.M: La responsabilidad de los medios debería estar en exigir al Estado que cumpla con las cuestiones que tiene que cumplir frente a la reiteración de casos. Me parece muy cómoda la posición de los medios de prensa mostrando la sumatoria de casos sin interpelar a nadie, o sin hacerse cargo que en otros programas están menospreciando y poniendo como objetos sexuales, de compra y venta, los cuerpos de las mujeres. No hay una postura crítica de los medios sobre su función social. No se hacen cargo de que la violencia mediática es una forma de violencia simbólica, que constantemente genera estructura para que esto pase.

 

 

El derecho a las salidas transitorias: El problema es la desigualdad


Eduardo Vázquez, el ex baterista de Callejeros, fue condenado a 18 años de prisión en junio de este año, por el femicidio de Wanda Taddei. A pocos días de la sentencia, se le otorgaron salidas culturales para asistir a una actividad de la agrupación kirchnerista, Vatayón Militante.


((I))LP: ¿Qué análisis haces del otorgamiento de salidas culturales a Eduardo Vázquez?
L.M: Claramente hay un privilegio que ha tenido Vázquez que no ha tenido otro detenido o detenida. Una persona común, pobre, que está presa por un delito contra la propiedad o contra la vida, no obtiene salidas transitorias con la rapidez con la que las tuvo Vázquez, ni a los lugares a los que fue Vázquez.
A mí me preocupa el mensaje, del Estado Nacional y del Poder Judicial, de autorizar con esa rapidez las salidas a alguien que cometió un delito claramente enmarcado en la violencia de género. Esto tampoco significa que una persona privada de la libertad no pueda tener salidas transitorias. Es un derecho. El problema es la desigualdad en el acceso a ese derecho para unos y para otros. ¿Por qué una persona que está imputada por el mismo delito y no pertenece al mismo sector social, tarda más en obtener una salida transitoria?
Gabriela, una mujer que está presa por un homicidio, a la que conozco mucho, tiene una condena de 25 años, lleva 12 años presa. Ya podría obtener algún tipo de salida transitoria y se las rechazan sistemáticamente, por ser pobre. Los argumentos eran que el delito era muy grave. Ahí funciona el tráfico de influencias y el prejuicio de los operadores judiciales, que no le dan las salidas a una mujer que mató a su pareja, y sí a un hombre.


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((I))LP
Por Elisa ((i)) - Monday, Aug. 27, 2012 at 3:01 PM

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