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Pueblos originarios cuestionan el nuevo Código Civil
Por Fuente: eldiario24 - Monday, Sep. 10, 2012 at 10:00 AM

Señalan que algunos artículos del proyecto se contradicen con la legislación indígena vigente. Reconocimiento de derechos.

En el marco de la Audiencia Pública que se realizó en Tucumán la semana pasada, para analizar las reformas propuestas al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación, se expusieron posturas disímiles en lo que respecta a la inclusión del reconocimiento a los derechos de las comunidades indígenas.

De esta manera de escucharon ponencias divergentes entre sí, que tendieron a remarcar la importancia que significa la incorporación de esta temática en el Código, pero a su vez se advirtió que en muchos pasajes de los artículos referidos a la reglamentación que le cabe a los pueblos originarios se estaría avanzando en una afectación para con sus atribuciones y tradiciones.

Al respecto, se focalizó en dos cuestiones centrales para reconocer la propiedad comunitaria indígena: que la posesión indígena implica propiedad (haya reconocimiento explícito estatal o no) y que esa posesión indígena es sustancialmente diferente a la posesión del Código Civil.

Así, y de acuerdo a lo manifestado por la Unión de Pueblos de la Nación Diaguita en Tucumán (UPNDT) durante las jornadas que culminaron el viernes pasado, "el respeto por la diversidad y el reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural supone que las relaciones entre el Estado y los Pueblos Indígenas se encuentran regidas por el derecho público. Situar a nuestras Comunidades Indígenas al mismo nivel que las asociaciones civiles, que las fundaciones, que las sociedades comerciales, es negar la realidad jurídica previa que las mismas tienen y el carácter declarativo de las inscripciones, que la clausula constitucional reconoce".

Paralelamente, UPNDT dejó plasmado su cuestionamiento en razón de la constitución de la propiedad comunitaria, puesto que en el nuevo Código se resalta que la misma es por reconocimiento del Estado nacional o de los Estados provinciales de la posesión inmemorial (tradicional).

Desde el INADI Tucumán, en tanto, señalaron que "el anteproyecto reconoce expresamente la personalidad jurídica de dichas comunidades y su derecho real de propiedad sobre las tierras que habitan. A partir del nuevo Código el titular va a ser la comunidad indígena, así que si cambian los componentes de la comunidad va a ser indiferente, mientras quede una persona de la comunidad, la propiedad subsiste".

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