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¿Se ejerce soberanía en mar o territorio ajenos o de otro país?
Por Guillermo Olivera Díaz - Thursday, Nov. 29, 2012 at 5:33 PM
godgod_1@hotmail.com

Sin ser experto o especialista en nada, sino abogado a secas, puedo aseverar que un Estado ejerce soberanía legítima sobre algo suyo, de derecho, llámese territorio, población o cualquier otro ingrediente nacional, sin depender de otro Estado en nada para adoptar decisiones dentro de sus fronteras.

Perú

¿Se ejerce soberanía en mar o territorio ajenos o de otro país?
por Guillermo Olivera Díaz; godgod_1@hotmail.com
http://www.voltairenet.org/article176784.html?var_mode=calcul

28-11-2012

Escuché con singular asombro a los ex presidentes chilenos, Eduardo Frei, Ricardo Lagos y Patricio Aylwin, uncidos al actual Sebastián Piñera, afirmar con miopía, motivada por obsesión, soberbia o puro y ciego afán de dominio, que, en el área de mar que el Perú reclama, vienen ejerciendo soberanía desde hace buen tiempo.

Sin ser experto o especialista en nada, sino abogado a secas, puedo aseverar que un Estado ejerce soberanía legítima sobre algo suyo, de derecho, llámese territorio, población o cualquier otro ingrediente nacional, sin depender de otro Estado en nada para adoptar decisiones dentro de sus fronteras.

Estoy convencido que usurpar lo ajeno, como hace Chile, ejerciendo violencias para mantener el área usurpada (capturando barcos y bolicheras), negándose al arreglo amistoso para finiquitar esta prepotencia con armamentismo y amenaza bélica, meciendo por años con tozudez al Perú reclamante, como hace con Bolivia, no puede ni debe considerarse ejercicio de soberanía, sino su negación; es más bien una horrenda actitud inamistosa.

Es como si el ladrón dijera que el vehículo que robó hace 50 años o los 50 millones de dólares que sustrajo de un banco y, como no fue habido, por el transcurso del tiempo, esos bienes que sigue poseyendo ya son suyos, pues ejerció dominio fáctico sobre ellos.

Cuando lo lógico, legítimo y de humana sensatez es no solo la devolución de lo robado o usurpado, sino también el pago adicional de los frutos indebidamente percibidos en tan dilatado lapso. La Corte de La Haya definirá estos conceptos.


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