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El lado oscuro de la penalización
Por Daniel Papalardo - Tuesday, Jul. 30, 2013 at 8:04 PM
danielpapalardo403@hotmail.com

la penalización del feminicidio revela su incapacidad para superar el problema social de la violencia de genero y la jerarquización de los vínculos

EL LADO OSCURO DE LA PENALIZACION
El cuerpo de Susana Leiva, empleada doméstica fue encontrado en el pozo séptico del baño de su casa, y su pareja fue detenida por el crimen.
El encuadre jurídico dado al suceso, (feminicidio) nos ubica ante una muerte que emerge resultante de la violencia de género. El abordaje mediático hace eje en la exacerbación de la casuística y detalles del desgraciado suceso, y lo liga al reclamo de castigo para el acusado recordando que este homicidio calificado conlleva para quien sea encontrado autor, la pena de prisión perpetua.
. Sin embargo, si algo deja ver lo sucedido, es que todo ese andamiaje represivo fue inocuo frente a la muerte de Susana Leiva. En otras palabras, lo sucedido demuestra que aun cuando se haya introducido el feminicidio al catálogo de delitos del código penal, y que este contemple la pena más severa, ese factor no fue dique de contención que limitara la decisión criminal de quien le quito la vida, ni evito que el resultado se concretara.
El hecho luctuoso, deja sin embargo la posibilidad de analizar, la interacción de las relaciones sociales de género, su contenido altamente jerárquico y vincularla, con el conjunto del sistema de reproducción social, desde que la jerarquía de género, que signa los vínculos sexuales con prevalencia de lo masculino y una de sus manifestaciones: la violencia de género, constituyen, emergentes necesarios del sistema social, que de diversas maneras las integra en su desarrollo cotidiano.
Frente a esto, pretender desde la arquitectura política del sistema, que se pueden evitar muertes con base causal y motivacional en el conflicto sexual, apelando a la amenaza punitiva, otorgándole a la pena función de prevención social y la concreción ulterior de pena privativa de libertad indeterminada en el tiempo deviene una empresa absolutamente vacía de contenido, solo justificada en el incremento y desplazamiento de poder hacia el aparato punitivo del Estado.
En la sociedad donde vivimos, las relaciones sociales que generamos, se estructuran siguiendo las conformaciones que por vía refleja le determina la manera en como producimos bienes y servicios todas las cuales hacen en última instancia, que se repartan de modo desigual el poder y los recursos. Esto necesariamente genera conflictos y violencia, ya que la aceptación de ese estado de cosas no es socialmente pacífica ni conformista. Por esa razón para poder plasmar lo que se llama orden social, los sectores dominantes imponen por vía del Estado, y otros instrumentos, un doble entramado coactivo y persuasivo, que instala un sistema de valores que consagra relaciones jerárquicas de género, que resulta así, funcional y operativo a la reproducción del sistema
Por esto, la relación entre personas de distintos sexos no puede ser vista solo como, un hecho "natural" en tanto además del hecho biológico, comporta una forma de interacción humana construida desde y para la estructura social.
No pueden simplificarse las relaciones de género reduciéndolas solamente en los aspectos puramente biológicos, ni a la emergencia de una legalidad puramente represiva Desde esa premisa, lo opuesto es partir señalando que la construcción de género es uno de los procesos de diferenciación donde se produce y reproduce la desigualdad social naciendo y conformando estructuras sociales injustas que le sirven de soporte.
En ese contexto de legalidad, exaltado por la criminología mediática, propiciando un orden cada vez más represivo y punitivo, las instituciones, accionan simultáneamente a través de la coacción y del consenso, de la violencia y de la ideología, para asegurar del mejor modo posible el funcionamiento de una sociedad de control, que conserva privilegios y consagra desigualdades.
Vivimos y nos desenvolvemos en esta dialéctica de reproducción del sistema, signada por el tándem: violencia, lucha y consenso , que implica un gran número de personas de ese colectivo social, que adecúan su pensamiento y procederes a esas pautas y convalidan consciente o inconscientemente su injusticia, por vía de aceptar esas condiciones, como "naturales" y ahistóricas.
Una estructura autoritaria y jerárquica dentro de la familia cualquiera sea la forma que esta asuma, es reflejo de la totalidad de la estructura social existente Por eso la presencia de relaciones jerárquicas de género dentro de ese vínculo, funciona al mismo tiempo, como condicionante ideológico para la construcción y la aceptación de todas las desigualdades. Propender a la igualdad sustantiva significa colocarse en las antípodas, y por eso resulta ese objetivo resulta componente ineludible de todo programa de transformación social.
Dicho de otra forma, el cambio de fondo necesario, lejos del maquillaje legislativo-represivo, gira en torno a disolver la jerarquía en las relaciones interhumanas, imponiendo, en tanto modelo. la igualdad como condición necesaria y humanizante del vínculo entre personas que se consideren como tales –
Se puede combatir las formas "evidentes" de violencia, pero debe entenderse que el objetivo es la desarticulación y erradicación del propio orden jerárquico, que no puede ser pensado como una simple corrección de los "excesos" de violencia, que permite a este orden jerárquico seguir reproduciéndose a sí mismo.
Las reformas legales constituyen básicamente mecanismos de actualización que, en circunstancias históricas concretas, realizan cambios inevitables y les dan la apariencia de transformaciones fundamentales, pero no llegan a cruzar nunca el umbral crítico de un vuelco sustantivo. No producen una verdadera ruptura del orden establecido, en tanto ese estado de cosas, reconoce su emergencia en situaciones objetivas y estructurales que siendo del plano de la realidad no resultan en ningún caso modificadas.
Pretender afrontar los aspectos propios de la violencia de genero desde el espacio específico del derecho penal, es al menos, un error conceptual, que nos obliga a replantear la cuestión en forma tal que, pretendiendo solucionar una conflictividad social relevante y rescatando la vida y la libertad como factores fundantes de la humanidad, no terminemos alimentando solamente el espíritu represivo, el afán de venganza y una nueva vuelta en la espiral de violencia social,
La superación del “feminicidio” en tanto manifestación cruel de la violencia de género, remite necesariamente a la construcción de alternativas de naturaleza política, con instrumentos jurídicos que no centren su entidad en lo punitivo. El fenómeno político es necesario para dar cuenta de la necesidad de esa construcción, como también, para una comprensión global del sistema social en el que estamos incursos.
. Violencia de género y violencia social son nociones que expresan procesos sociales de naturaleza dialéctica, en tanto significan dos modalidades de una misma práctica social que reconocen raíces y fuentes, en desigualdades sociales que se evidencian en tanto reflejos de estructuras económicas que consagran la explotación y afectan significativamente la dignidad humana.
Daniel Papalardo

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