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Quiera el pueblo votar: Notas acerca de la obligatoriedad del voto
Por (reenvio) Hernún - Wednesday, Aug. 14, 2013 at 12:08 AM

“Quiera mi país escuchar la palabra y el consejo de su primer mandatario, quiera el pueblo votar”. Roque Sáenz Peña

En la escuela me enseñaron que la ley Sáenz Peña tuvo un carácter democratizador de la política Argentina porque permitía a las clases subalternas formar parte de la vida política institucional. El concepto es clásico y se llama inclusión. El carácter democrático de esa ley se expresa en tres elementos que son la clave del sistema electoral argentino: el secretismo, la universalidad y la obligatoriedad.

Los dos últimos puntos confluyen en la función de neutralizar la actividad social (hoy diríamos también política) de la población de la región argentina a comienzos del siglo XX, especialmente motorizada por una creciente combatividad de las organizaciones obreras, inspirada en ideas emancipativas que abrían una brecha capaz de poner en jaque la estructura de poder de la época. En la medida en que la población se organizaba en torno a la abolición de la propiedad y la transformación profunda de la sociedad subvirtiendo el sistema de producción y el régimen decisional impuesto por las clases dominantes, las élites elaboraban estrategias represivas o inclusivas, estas últimas destinadas a neutralizar los conflictos sociales a través de la disertación de representantes en las cámaras. De esta forma, resultaba indispensable que todos los ciudadanos participaran en los comicios y delegaran a través de ellos su actividad política. El secretismo, por otra parte, estaba destinado a garantizar la efectividad de la universalización en vistas de un contexto social extremadamente coercitivo.

Esta reforma electoral fue impulsada por el ascenso de la Unión Cívica Radical como exponente de una burguesía nacional que reclamaba su parte en el reparto de beneficios de la sociedad capitalista. La presión que venía “desde abajo” tenía dos vectores: una radicalidad muy distinta a la de la Unión Cívica que brotaba del movimiento obrero, y el ascenso de la clase media que constituía un segmento novedoso en el mundo político de la época y que reclamaba cierto ordenamiento cívico a través una institucionalización republicana democrática.

La estrategia de inclusión institucional promovida por la ley Sáenz Peña fue eficaz en dos sentidos: por una parte, en la promoción de un proletariado nacional a través de cierta dación de ciudadanía a la que no accedían los extranjeros que componían la mayoría de la clase obrera y que constituía el último orejón del tarro; por otra parte, en la potenciación de las tensiones internas del movimiento obrero acerca de la validez o no de la vía estatal parlamentaria versus la validez de la acción directa. Quienes consideraron que la lucha económica y social debía ser canalizada a través de la política representativa encontraron en aquella ley un aliciente para el enfrentamiento contra la acción directa como principal herramienta para la lucha social emancipativa. Pronto, muchos creyeron tener no solamente una vía de acción en el sistema representativo, sino también algo por perder: el reconocimiento ganado a través de la negociación entre Yrigoyen y Sáenz Peña, que diera impulso a la ley, se convirtió en una ruinosa conquista para ciertos sectores del proletariado en Argentina.

La ley Sáenz Peña fue un punto de especial importancia en una línea considerablemente recta que partía de la implementación de un sistema de control social basado en la creación de una identidad nacional capaz de generar su propia ciudadanía. Los posteriores desarrollos legales y constitucionales que conformaron, y que conforman actualmente, la inclusión de las clases subalternas en el mundo institucional del Estado, se materializan en la reglamentación legislativa de las cuestiones laborales. Aquellas leyes de carácter progresista apuntaron a poner en medio de la lucha social y económica un disipador con la clara fisonomía de la política representativa. En términos políticos, el sentido de esta serie de rudimentos legales y normativos constituye una continuidad en la estrategia de neutralización de la lucha social. Semejante función han tenido la regulación legal del derecho a huelga, la creación del ministerio de trabajo y, muy especialmente, la todavía vigente Ley de Asociaciones Profesionales (hoy llamada Ley de Asociaciones Sindicales), construida en resguardo de la figura corporativa del unicato sindical como limitante política para la organización obrera. Estos son exponentes privilegiados de un amplio marco regulatorio destinado a la centralización política a través del afianzamiento de la lógica representativa y el consecuente fortalecimiento del aparato estatal.

De modo que es del todo correcto afirmar que la Ley Sáenz Peña fue una ley progresista, toda vez que afianzar el estado de la situación a través de la inclusión de toda divergencia es un procedimiento clásico del progresismo. En la medida en que el progresismo brega por la inclusión, se posiciona ante le novedad defendiendo a la estructura social vigente. Su sentido no es otro que el de preservar las instituciones sociales, políticas y económicas ante las novedades que amenazan en su aparecer la continuidad del estado de cosas. La invención progresista consiste en la transformación de la novedad en un rasgo novedoso de lo mismo, un procedimiento destinado a neutralizar cualquier discontinuidad posible en defensa de la continuidad del estado.

Como parte de esa continuidad que se consagra en la dualidad inclusión-represión, y más allá de los matices que le son propios, advertimos que al día de hoy lo que se consideró progresista en 1912 sigue siendo considerado así en un amplio abanico de discursos contemporáneos que visten al lobo con piel de cordero, aún cuando, en ciertas ocasiones, para el mismo progresismo sea “políticamente incorrecto” avalar las consecuencias de sus discursos. Tómese como ejemplos las leyes antiterroristas o, para seguir el hilo, el sufragio obligatorio. No es posible argumentar a favor del voto obligatorio si no es a través de la imposición de un deber público. Ya no se trata de la defensa del derecho democrático de participación política, en tanto derecho subjetivo, sino de un deber que pesa sobre el ciudadano en nombre de un interés general.

A partir de la institucionalización de la Voluntad del Pueblo como factor legitimante de las autoridades públicas, el progresismo instala el régimen eleccionario como el núcleo de sentido de la vida política. Desde esta perspectiva, la actividad política consiste fundamentalmente en la delegación de la decisión en representantes a través del voto, aún cuando se relativice al voto frente a la importancia de la militancia cotidiana, como ocurre en el esquema restaurador del gobierno kirchnerista que apela al paternalismo populista en contra del liberalismo. Cabe decir, no obstante, que adjetivar como progresista a este gobierno sería un exceso. Es más adecuado insistir en que tiene la tradicional capacidad del corporativismo peronista de encapsular las contradicciones sociales trasladándolas al interior de su propio mundo como representaciones de lo que hay. Este régimen de representación corporativa es una clave para interpelar la llamativa refrendación de la obligatoriedad del voto que el kirchnerismo promovió el año pasado detrás de la fachada de la consagración del derecho cívico para los menores de 16 y 17 años.

La política promocionada por el discurso kirchnerista es un instrumento administrativo legitimado en la representación a través del voto, y sostenido por una militancia que, en rigor, lo que hace es trasladar a la acción permanente lo que se instituye periódicamente en cada acto electoral. No es una exclusividad del kirchnerismo, ni mucho menos una invención, sino una forma ya clásica del sistema democrático de crear un específico sentido político. La militancia, en este modelo, tiene tres funciones: crear en el cuerpo social un punto de fuerza capaz de afianzar lo que se desprende de las estructuras de control autorizadas electoralmente, preparar el terreno para la próxima elección y contener (incluir) dentro del ámbito de esas estructuras de control cualquier intervención política de la población.

Este último punto merece que nos detengamos en él. Aquí se advierte que la votación periódica en un sistema representativo tiene un carácter simbólico que va mucho más allá de la cuantificación electoral o que, mejor dicho, la usa para consolidar el verdadero efecto político del plano simbólico social. La delegación de la decisión sólo puede sostenerse en virtud de una verdadera transferencia simbólica hacia los representantes. Si no se opera una representación simbólica efectiva, no puede sostenerse ninguna representación política.

En otras palabras, los buenos políticos comienzan a serlo en el momento en el que se las entienden bien con el mundo simbólico de la sociedad que anhelan gobernar. Lo que tantas veces se nombra como liderazgo natural se asienta en la capacidad, conciente o inconciente, de personalizar, como si se tratara de una pantomima, los aspectos medulares de una sociedad y de su tiempo. No se trata de convencer con las ideas, sino de expresar las ideas en un despliegue escénico capaz de mantener y alimentar una ficción fundacional en la que se inscriben afectos opacos al raciocinio. Esta opacidad es indispensable: cuando se ven los hilos de la marioneta el espectáculo no puede seguir igual. Toda escena esconde una trastienda cuyo ocultamiento es necesario para que viva la ficción.

De modo que la votación, en política, no solamente es una renuncia a la decisión colectiva, sino que es también una palanca de fijación del estado en el reforzamiento del mundo simbólico vigente.

Cuando en mi adolescencia pensaba que el andamiaje democrático era igualitario no alcanzaba a comprender por qué el voto era obligatorio. Cierta descripción de las condiciones sociales de comienzos del siglo XX había logrado explicarme de qué manera esa obligatoriedad conjuraba en cierto modo la coerción de los patrones sobre los trabajadores, cuando todavía no se notaba mucho la diferencia entre el trabajo y la servidumbre. Para impedir que los patrones obstaculizaran el voto de los trabajadores, me habían dicho, era preciso que el voto fuera secreto y obligatorio, y así nadie podía faltar al acto cívico ni sufrir reprimendas. Crédulo, lo comprendí. Pero seguía sin comprender por qué todavía, ya comenzando a terminar el siglo, seguía siendo necesario. Y es el día de hoy, con otra perspectiva, que sigo sin comprenderlo muy bien.

Hay una sola dimensión del asunto que me hace sentido y es, precisamente, la función que el sistema electoral opera en el imaginario social, afianzando la simbología representativa. En cierta manera, la obligatoriedad de optar es un antídoto eficaz contra la decisión.

La decisión es un tajo, un corte impulsado por ideas que se inscribe en una situación y que interrumpe la continuidad de su lógica trayendo una novedad. La decisión aparece cuando las opciones propias de una situación no son suficientes para resolver un dilema y es preciso que haya algo nuevo. La elección entre las diversas opciones que la situación presenta es el procedimiento exactamente contrario. Optando entre opciones alternativas de lo mismo, no aparece ninguna novedad. La decisión interrumpe la lógica que establece las opciones propias de la situación. La elección, al contrario, implica la continuidad de esa lógica. De modo que la obligatoriedad de la elección intenta conjurar cualquier aparición de una novedad potencialmente disruptiva.

Este mecanismo tiene, como suele suceder, múltiples caras. Por un lado, en la medida en que estamos obligados a votar, nos enredamos en deliberaciones acerca de la opción que se nos da. Se definen las condiciones del tablero, y sólo nos queda mover algunas piezas. Siendo que lo urgente suele arrollar a lo importante, la urgencia de las deliberaciones acerca de los representantes se impone sobre las deliberaciones acerca de nuestras dinámicas decisionales. El pueblo, esa categoría inciertamente relacionada con quienes no representamos a nadie, no delibera ni gobierna.

Por otra parte, la obligatoriedad es un recurso útil para una manipulación sencilla pero eficaz: habiéndonos obligado a optar, se nos responsabiliza por la opción elegida. Así es como se asume que el gobierno actual, por ejemplo, tuvo alguna vez el aval de media población. El número homogeniza la multiplicidad que contiene, y, en un sistema democrático simbólicamente bien administrado, se extiende tal homogeneidad incluso más allá de su propio contenido. En el mundo democrático la mayoría tiene razón, y encima la minoría mayoritaria es considerada una mayoría. Ergo, el resto, lo que sobra, lo que no está comprendido en esa mayoría, debe aceptar las decisiones tomadas por quienes han sido autorizados por semejante reglamento. Tomar la parte por el todo son las reglas del juego.

A partir de aquí, la mayoría es uno. Por más matices y factores diferenciales que podamos encontrar al interior de un gobierno, la eficacia gubernamental del sistema depende de un sentido de identidad colectiva que deberá refrendarse de forma continua. Los discursos constantes y las estrategias publicitarias de la propaganda política gubernamental giran en torno a esa suerte de posicionamiento de marca que mantenga viva la transferencia identitaria. Al mismo tiempo, las oposiciones internas se concentran en horadar esa transferencia para conquistarla y continuar.

En tiempos en los que se discutía el principio republicano como antagonismo del principio monárquico, se comprendía fácilmente que la figura del presidente era una herencia monárquica indeseable para la república. La potencia de esta figura, existente en toda república contemporánea y, de una u otra manera, en las instituciones que le pertenecen (partidos, sindicatos, etc.), radica en la transferencia simbólica que sobre ella se opera toda vez que la constitución patriarcal de nuestras sociedades habilita la dependencia de una figura central que dé consistencia a la identidad colectiva a través de la representación. Que esa figura sea personificada por un hombre o una mujer no cambia en lo más mínimo este principio, sino que, a lo sumo, lo realiza de forma diferente.

En el caso argentino, presidido por una viuda, la figura del padre muerto genera un sentido profundo en la mística legitimante de la representación política. La configuración de un mito acerca de Néstor Kirchner, sostenido por una discursividad sagaz, es uno de los pilares de la legitimación que ha recibido hasta ahora el gobierno nacional en amplios sectores de militancias propias y ajenas. De hecho, en buena parte de las acciones dirigidas a deslegitimar el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, el destinatario del golpe sigue siendo Él, y es en su nombre y sin nombrarlo que tantas sentencias fecundas en verborragia pseudo-revolucionaria se afirman con un despliegue escénico en algún punto admirable.

La mística es, ciertamente, una parte esencial de la gubernamentalidad, y es especialmente cara a ciertos espacios de carácter corporativo. La totalización representativa, que es el sustrato del principio de Estado Nacional, depende de una figura mítica que esté a la cabeza, un rey presidenciado, un referente instituido con la capacidad de regular la situación, es decir, de habilitar en su nombre las acciones de gobierno y el sentido interior de una situación cuya estructura se resiste a su propia inconsistencia. Esta mística depende de que los factores de legitimación subsistan, y hay que decir que la sociedad actual es aquella que se abrió a una novedad con el cambio de siglo, novedad cuyo nombre en la región argentina es 2001 y que consiste precisamente en la ruptura de la lógica de la representación política.

El gobierno kirchnerista toma el mando como herencia de un Duhalde que pagó el precio de la tarea sucia. Asume con una derrota electoral especialmente despoblada de electores que le dio un aval risible para cualquier ficción de su especie. Si en un paréntesis validamos durante un segundo la representación electoral, cabe decir que incluso Illia, famoso por su falta de representatividad, fue más representativo que el primer Kirchner, con la diferencia sensible de que la proscripción que en su momento pesaba sobre el peronismo, esta vez era un errático signo de abstención popular que pesaba sobre todos los partidos, sobre cualquier candidato, sobre la propia institucionalidad. Fue precisamente tarea del Kirchnerismo recuperar esa institucionalidad, como fue tarea de Sáenz Peña afianzarla y expandirla en su momento.

Actualmente, como recurso para defender la representatividad electoral, la presidente ha dicho más de una vez que el gobierno kirchnerista asumió sin ninguna clase de aval político que no naciera de la clase dominante. Lo dijo diciendo que la crisis había producido una desesperanza, y que haberla reconquistado fue un logro inconmensurable del gobierno kirchnerista. Ella, diciendo que no han tenido legitimidad en el gobierno, elogia la capacidad de su marido de haberla conseguido (seguimos en el paréntesis de sus propios términos) a pulso de un modelo que se supo ganar después un porcentaje exorbitante, cuando en 2011 casi doce millones de personas votaron por el Frente para la Victoria a nivel nacional. Esos casi doce millones, contados como la mitad de más de cuarenta, son el argumento que autoriza la representación gubernamental al día de hoy, casi dos años después de aquella elección.

Saliendo del paréntesis, vemos que haya o no legitimidad dentro de su propia lógica, lo que importa es preservar la lógica. La misión del kirchnerismo ha sido la misión que todo conservador asustado delega en el corporativismo: orden y restauración. La restauración económica ha sido considerablemente conseguida, toda vez que era poco menos que imposible no hacerlo. Algo parecido, quizás, haya ocurrido en el plano social. Pero todo eso es otro asunto esta vez: lo que está en juego aquí es la restauración política, que consiste principalmente en recomponer la lógica de la representación. Se han desplegado para eso procedimientos de manual cuya efectividad ha sido tantas veces demostrada: inclusión, represión y afianzamiento del mundo simbólico, especialmente contenido en el mundo específico de cada idiosincrasia.

Lo que toma relieve en este contexto, y es el propósito de estas líneas, es la cuestión de la obligatoriedad electoral. El año pasado se reformó la legislación electoral en algunos puntos especialmente sensibles a esta cuestión, y especialmente llamativos. La pregunta de rigor es: ¿Por qué ha sido necesario actualizar la legislación electoral?

En junio del año pasado, se publicó en el Boletín Oficial la promulgación de la reforma del Código Electoral Nacional, sancionada un mes antes con número 26.744. En noviembre, se promulgó la ley de Ciudadanía Argentina, ley 26.774 de octubre de 2012. Ambas leyes regulan el sistema electoral argentino modificando leyes anteriores.

Para tener una idea de los aspectos principales de esta reforma, veamos ciertos puntos cruciales:

1- El texto del nuevo Código Electoral comienza con la creación de un registro de infractores: “La Cámara Nacional Electoral llevará un registro de infractores al deber de votar establecido en el artículo 12. Luego de cada elección nacional, elaborará un listado por distrito, con nombre, apellido y matrícula de quienes no se tenga constancia de emisión del voto, el que pondrá en conocimiento del Poder Ejecutivo”.

2- En su artículo octavo se establece que la abstención del voto puede ser causal de suspensión o despido para los trabajadores de la administración pública: “Todos los empleados de la administración pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o municipal presentarán a sus superiores inmediatos la constancia de emisión del voto, el día siguiente a la elección, para permitir la fiscalización del cumplimiento de su deber de votar. Si no lo hicieren serán sancionados con suspensión de hasta seis (6) meses y en caso de reincidencia, podrán llegar a la cesantía. Los jefes a su vez darán cuenta a sus superiores, por escrito y de inmediato, de las omisiones en que sus subalternos hubieren incurrido. La omisión o inexactitud en tales comunicaciones también se sancionará con suspensión de hasta seis (6) meses”.

3- Se establece en el artículo noveno que los empleados públicos se convierten en fiscales del voto: “Se impondrá multa de pesos quinientos ($ 500) a los empleados públicos que admitan gestiones o trámites ante sus respectivas oficinas o dependencias hasta un (1) año después de vencido el plazo fijado en el artículo 125, sin exigir la presentación de la constancia de emisión del sufragio, la justificación correspondiente o la constancia del pago de la multa”.

4- En el artículo 5 de la ley de Ciudadanía, se establece la obligatoriedad del voto para todos los casos en que la consulta sea vinculante: “En todo proyecto sometido a consulta popular vinculante, el voto del electorado en los términos de la ley 19.945 será obligatorio”.

5- En el artículo 7 de la misma ley, se obliga a votar en las elecciones primarias: “En las elecciones primarias deben votar todos los electores, de acuerdo al registro de electores confeccionado por la justicia nacional electoral”.

Como muestra basta un botón. En estos cinco puntos se advierte que en las próximas elecciones se pone en juego un recrudecimiento del aparato fiscalizador del Estado en lo referente a la obligatoriedad del voto y, lo que es más interesante desde el punto de vista del análisis, se refrenda un marco legal represivo que hasta ahora había entrado en desuso con la presunción de obsolescencia. Si bien en 1994 se incluyó la obligatoriedad del voto en la constitución en el artículo 37[1], jamás se dio lugar a represalia alguna por causa de abstención electoral.

El planteo, entonces, se ordena de la siguiente manera: ¿por qué un gobierno que pudo gobernar con y sin aval numérico, que puede convertir 25 en 50, ante una participación electoral que no se diferencia mucho del promedio histórico, se aboca a reformar las leyes electorales especialmente en lo que refiere a la obligatoriedad del voto, cuando los sistemas democráticos occidentales en su mayoría, y principalmente los que se consideran desarrollados, prescinden de tal obligatoriedad y gozan de la misma legitimación social?

La obligatoriedad no está vinculada con la acción electoral. No se necesita que mucha gente vote. Precisamente este gobierno es el más claro ejemplo de que la cantidad no es importante. En sus propios términos, gobernaron con nada y con todo. Les dio igual. Nadie dice que una docena de millones de votantes avala el gobierno: se dice que es el 50 % de la población. La legitimación electoral democrática se basa en la proporcionalidad, no en la cantidad, de manera que no importa si votan quince o quince mil, lo que importa es cómo se distribuyen las proporciones y la adjudicación metonímica que se le hace al cuerpo social como un todo de lo que resulta de comicios realizados sobre un padrón construido como parte de ese todo. Con eso basta y siempre bastó. Esto significa que no hay nada sustancial en la obligatoriedad, sino que el esfuerzo está destinado a la forma, al modo en que la población se vincula con el imaginario representativo en un sistema democrático.

Este movimiento fiscalizador y coercitivo que renueva los mecanismos de control del Estado en relación a la persecución de los infractores busca instalar en la población algo así como un hábito volitivo, inducir con la fuerza del hábito una voluntad de participación dentro de las coordenadas de un sistema que se afianza en la percepción de que es la única posibilidad que hay. La democracia, nos dicen, será imperfecta, pero es el menos malo de los regímenes posibles. Y, ya lo sabemos, afirmar un bien que exceda las condiciones de posibilidad de este mundo es una utopía o un acto terrorista.

Lo interesante, desde una perspectiva emancipativa, es que sea necesario el esfuerzo. Si se hace un movimiento para afianzar el electoralismo, es porque el electoralismo es débil. El sistema de representación tiene una herida de muerte, y el esfuerzo denodado de los distintos pedazos del cuerpo gubernamental destinado a salvarle la vida a la representación no hace más que confirmarlo. Como ocurre tantas veces, ellos advierten el peligro mucho antes y con más realismo de lo que nosotros advertimos la posibilidad. Hay en el seno de los movimientos sociales, de las organizaciones económicas y de los grupos políticos emancipativos, una cierta sensación de fatalismo frente a la hegemonía del marasmo democrático en una sociedad paralizada por el menosmalismo. Ese fatalismo coexiste con la voluntad de afianzar el marasmo por parte del gobierno. Esta dualidad debería sorprendernos como una contradicción, y hacernos pensar que posiblemente no estamos dando cuenta cabal de la magnitud que la ruptura de la lógica de la representación ha tenido en los últimos quince años, y que sus consecuencias están en nuestras manos con una potencialidad que ellos mismos nos están mostrando.

El Estado avanza sobre la población, reacciona. A partir de ahora, los empleados públicos son fiscales del gobierno, a la vez que electores amenazados con la pérdida del trabajo. Una forma renovada de la instrumentación del empleo como vehículo de sujeción social, creando divisorias en un segmento de la población que se ve conminado a realizar funciones coercitivas. Un sistema clásico de vigilancia, arcaico y visiblemente corporativo, se pone en juego hasta en la más ínfima de las jurisdicciones, legislando incluso el gobierno nacional acerca de las obligaciones de fiscalización cívica que pesan sobre empleados administrativos municipales. No es un despliegue menor. ¿Por qué lo hacen?

Notoriamente, los sindicatos corporativos que hoy hegemonizan la organización obrera a fuerza de leyes, impunidad mafiosa, desorganización, apatía y aquiescencia, no han hecho nada al respecto. Los trabajadores de la administración pública deberían haber interrumpido esta legislación. Lo notorio, entonces, es hasta dónde el sindicalismo corporativo es parte constitutiva del Estado. No sólo por intereses específicos vinculados con alianzas o fidelidades políticas, sino por su propio concepto y función: los sindicatos corporativos son instituciones políticas de la sociedad democrática capitalista, y su función es, precisamente, la representación de los trabajadores. Es preciso para el sindicalismo, cuyo fundamento legitimante es exactamente el mismo, que la representación política sobreviva al golpe recibido cuando la consigna asamblearia era “sin partidos ni sindicatos”.

Al mismo tiempo, la obligatoriedad de votar en las elecciones primarias nos obliga a formar parte de los mecanismos orgánicos de los partidos políticos. Esto es lo mismo que decir que está prohibido no participar en un partido político. Está prohibido negarse a avalar la dinámica institucional representativa con la que los partidos políticos democráticos establecen los candidatos. Ya no sólo es una obligación ser democrático y condescendiente con la expropiación forzada de la decisión en los asuntos sociales, sino que también lo es cumplir funciones políticas dentro del régimen de la organización partidaria. En cierta manera es el sueño de quienes bregaban por la vía político-parlamentaria a comienzos del siglo XX, un intento fabuloso de avanzar en contra de la acción directa.

La democracia dice de sí que es un mal menor. Esto no dice nada de la democracia, pero mucho del mal menor. La sentencia, en verdad, declara: es obligatorio renunciar al bien, es obligatorio gestionar el mal. Llamativamente, la ausencia de discursos emancipativos consistentes indica que el espíritu político de los tiempos actuales consiste, precisamente, en resignar el bien en virtud de la gestión del mal. ¿Por qué, una vez más, legislar la obligación de lo que ya sucede?

Me viene a la cabeza una afirmación de Eduardo Colombo: “toda situación histórica es siempre opaca a los ojos del que la vive”. Hay una grieta que abrimos y que estamos subestimando. Para que una grieta se vuelva ruptura es preciso en principio visibilizarla. Nombrar 2001 es parte de esa visibilización, pero esta condición necesaria es completamente insuficiente. Es preciso dar un segundo paso en la afirmación de las consecuencias de esa grieta a través de la construcción de espacios sociales y económicos organizados en virtud del principio de igualdad. Este principio es el que nos moviliza a negar la validez de la representación, y activa nuestra afirmación de que la lógica del mundo en que vivimos no es verdadera. Precisamente, la consecuencia del principio de igualdad que consiste en la negación de la lógica representativa es la afirmación política que mejor expresa la novedad que advino en 2001, y es la causa de los procedimientos reactivos y oscuros que se desplegaron a partir de 2002. La refrendación de la obligatoriedad del voto es uno más de estos procedimientos, y ha pasado veladamente escondido en el caballo de Troya de la inclusión de los menores de 18, procedimiento de igual sentido y carácter pero que goza de cierta aparente inocuidad, y de una aceptación que semejante dispositivo de control y persecución de infractores a la obligatoriedad del voto no habría tenido quizás en algunos sectores del progresismo si se hubiera comunicado con transparencia.

Como sostuve hasta aquí, este movimiento legislativo tiene por función no que el pueblo vote, sino que el pueblo quiera votar. Y, muy especialmente, que el pueblo acepte las consecuencias de la delegación. Esta refrendación tiene un carácter instituyente, es una refundación del sistema electoral argentino. Ha vuelto la política, nos dicen, porque lo que ha vuelto es aquella visión de la política que la inscribe en la gestión del poder a través de la delegación aquiescente. ¿Diremos que sí?

Claramente la obligatoriedad, como toda orden, no dice nada en sí misma acerca de que vaya a ser obedecida. Y, lo más importante, nada dice acerca de que la misión que trae sea realizada. Lo que está en nuestras manos no es votar o no votar. Nada político-emancipativo hay en el voto ni necesariamente en su negación. El voto es un acto político sólo si se le confiere un sentido político, si se valida su lógica y su función legitimante. Hasta ahora el voto es en sí mismo ni más ni menos que un trámite relativo a un deber cívico en un mundo gubernamental, en cierto modo equivalente a pagar impuestos o tramitar el DNI. Está en nosotros construir algo políticamente consistente en sentido emancipativo o reducir nuestras acciones al terreno miserable de la delegación obsecuente y voluntaria, renunciar a la emancipación y darle cauce a la operación simbólica de la representación política.

Nada político-emancipativo hay en el voto, pero tampoco en el no-voto. No podemos afirmar nada acerca de los números que se expresan en la ficción electoral, a menos que estemos dispuestos a validar el imperio del número. Nada, incluso la abstención, nombran algo políticamente válido. La discusión no es votar o no votar, sino qué es lo que pensamos políticamente y cómo nos organizamos a partir de eso. La negativa a votar, como gesto de desobediencia o como coherencia por principios, puede convertirse en acto político. Pero aún así, estando cargado de sentido político emancipativo, es tan sólo un aspecto marginal de la acción política.

Lo que ha de importarnos por encima de todo es interrumpir el sentido último de la obligatoriedad, que es la representación política montada sobre un imaginario social específico, y no estrictamente interrumpir el voto. Reducir nuestra acción política a negarnos a votar sin hacer nada más es tan conservador como aceptar la obligación de elegir un mal menor, es decir, asumir la obligatoriedad como una determinación política que nos impide pensar más allá de la gubernamentalidad, lo cual no es más que un gesto miserable en la agregación de gestos miserables que constituyen la servidumbre voluntaria.

Votar sin más, reducirse a la disyuntiva electoral sin siquiera desobedecer, implica arruinar nuestra capacidad política. Ceder a la urgencia impuesta por la ley implica avalar el espíritu de las leyes. Oblígueme señor legislador, puesto que nada de mi voluntad, ni tan sólo mi voluntad de abandonarme en la delegación, puede habitar en este mundo. Mi voluntad se ha convertido en la justificación de su gobierno. Guarde usted por mi cuerpo y por mi propiedad, le cedo a cambio toda reminiscencia de algo parecido a lo que llamábamos idea. Protéjame, señor, señora presidente. Protéjame de mí, y déme la opción de echarle a usted la culpa cuando mi frustración advenga. Que se cumpla la voluntad del Padre en el gobierno del mundo, quiera el país escuchar su palabra y su consejo. Quiera el pueblo votar: que sea una orden.

nota:
[1] Como nota de color, cabe decir que llamativamente la obligatoriedad es incluida en el Capítulo Segundo de la constitución, que versa sobre Nuevos Derechos y Garantías. De esta forma, la obligatoriedad del voto se vincula con la garantía del derecho a votar sin que se mencione de qué manera una obligación garantiza un derecho para la persona obligada: “Esta Constitución garantiza el pleno ejercicio de los derechos políticos, con arreglo al principio de la soberanía popular y de las leyes que se dicten en consecuencia. El sufragio es universal, igual, secreto y obligatorio”.

Escrito para Revista Acontecimiento / http://grupoacontecimiento.com.ar

fuente http://entornoalaanarquia.com.ar/2013/08/02/quiera-el-pueblo-votar-notas-acerca-de-la-obligatoriedad-del-voto/

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Quiera el pueblo votar: Notas acerca de la obligatoriedad del voto
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