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La Corte Suprema mira para otro lado en causas por territorios ancestrales
Por "Con los pies en la Tierra" - Monday, Oct. 21, 2013 at 4:07 PM
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En dos fallos firmados la semana pasada, la Corte Suprema de Justicia de la Nación sostuvo que no es su “competencia originaria” analizar conflictos de territorio que comunidades indígenas de jujuy y salta llevaron al máximo tribunal del país. Sólo uno de los integrantes del máximo tribunal, Eugenio Zaffaroni, se expresó a favor de tratar los casos.

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Dos sentencias de la Corte Suprema de Justicia, firmadas el 15 de octubre pasado, donde habían presentado amparos la comunidad kolla de Aguas Blancas, en Jujuy; y las comunidades wichí de San José-Chustaj Lhokwe y Cuchuy, en Salta. Todas las presentaciones pedían la demarcación y mesura de los territorios que “tradicionalmente ocupan”.

No obstante, el máximo tribunal, con las firmas de la mayoría de sus miembros consideraron que estas causas “corresponde a la justicia local” ya que “tales planteos requieren para su solución” la interpretación de leyes provinciales. Así enviaron los expedientes a los máximos tribunales de justicias de esas provincias, es decir, a la Corte de Justicia de Salta y al Superior Tribunal de Justicia de Jujuy.

El único de los ministros que votó en disidencia fue Eugenio Zaffaroni, que al concordar con lo dictaminado por la procuradora fiscal Laura Monti, hizo suyos los argumentos de esta y sostuvo que la Corte Suprema debía tratar el caso ya que se trataba de “una ‘causa indígena’ cuya interpretación debe encuadrarse dentro de los términos de los arts. 75, inc. 17, de la Constitución Nacional y 21 de la Convención Americana de Derechos Humanos”.

El pedido de demarcación de las comunidades tiene un objetivo que no es ni más ni menos que ejercer “sus derechos constitucionales a la identidad y a la diversidad, a la vida en condiciones dignas, a la salud, al medio ambiente, a la preservación de su patrimonio natural y cultural, a la participación en la gestión de sus recursos naturales y en los demás asuntos que los afecten”.

No es la primera decisión de este tipo. En mayo pasado la Corte se declaró incompetente para tratar una causa por daños y perjuicios donde comunidades indígenas mapuches de Neuquén reclaman una indemnización por un acta-acuerdo. La misma fue firmada en el año 2000 entre la entonces empresa privada Repsol-YPF y la Confederación Indígena Neuquina, la Agrupación Mapuche Paynemil, el Lof Comunidad Kaxipayiñ, y varios habitantes de la zona conocida como Loma de la Lata. Allí se encuentra uno de los mayores yacimientos de hidrocarburos en Neuquén.

Asimismo, la Corte aún tiene pendiente de decisión una causa similar a estas en la que se debe decidir el fondo de la cuestión en lo que respecta a los territorios ancestrales que ocupa la comunidad Potae Napocna Navoogth, (La Primavera) en Formosa. Los antecedentes no parecen buenos.

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