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Perú: ¡Ordenan reposicion de trabajadores en LAP!
Por Herbert Mujica Rojas - Monday, Nov. 11, 2013 at 5:26 PM
hcmujica@gmail.com

2) FUNDADA la demanda en el extremo que se solicita se declare que los ceses de los deman dantes se produjo por despidos incausados; en consecuencia: ORDENO que la demandada, consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución cumpla con REPONERLOS al demandante a su puesto de trabajo; con costas y costos. HAGASE SABER."

Perú: ¡Ordenan repos...
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Perú

Señal de Alerta
por Herbert Mujica Rojas
11-11-2013

¡Ordenan reposicion de trabajadores en LAP!
http://perusupropiarespuesta.com/ordenan-reposicion-de-trabajadores-en-lap/

El Tercer Juzgado Especializado del Trabajo del Callao de la Corte Superior de la misma jurisdicción sentenció en el Expediente No.: 00614-2013-0-0701-JR-LA-03*, lo siguiente:

"DECISION:

Por los fundamentos expuestos, el señor Juez del Tercer Juzgado Especializado en lo Laboral del Callao, impartiendo Justicia a nombre de la Nación, en los seguidos por JUAN CARLOS AGUILAR ARIAS, ALFONSO JESUS CORDOVA CASANOVA, PILAR COSTA NEYRA, CHRISTIAN PIERO GIANNOTTI MAR, JUAN CARLOS LIHON TOLEDO Y HERMES GIANCARLO PACHECO MIRANDA contra la LIMA AIRPORT PARTNERS SRL., sobre declaración de existencia de contratos a plazo indeterminado y otro, declara:

1) FUNDADA la demanda interpuesta el 31 de julio de 2013 (folios 224 a 244), en el extremo que se solicita la declaración de la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado; en consecuencia: DECLARO que las relaciones jurídicas habida entre los demandantes y la demandada desde sus respectivas fecha de ingreso hasta el 02 de julio de 2013 constituyen contratos de trabajo a plazo indeterminado;

2) FUNDADA la demanda en el extremo que se solicita se declare que los ceses de los deman dantes se produjo por despidos incausados; en consecuencia: ORDENO que la demandada, consentida o ejecutoriada que sea la presente resolución cumpla con REPONERLOS al demandante a su puesto de trabajo; con costas y costos. HAGASE SABER."

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*Texto completo de la sentencia con este artículo.

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