Julio López
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Sin respaldo internacional el traslado del Banco Nacional de Datos Genéticos
Por BNDG - Sunday, Nov. 24, 2013 at 6:00 PM

Los integrantes de la mesa de trabajo Todos x el Banco manifestamos nuestra profunda preocupación ante la difusión de información falaz, parcial y mentirosa publicada por los medios de comunicación, acólitos al gobierno, respecto al supuesto aval que el Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas habría dado a la actual Ley 26.548 del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG).

Sin respaldo interna...
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OTRA MENTIRA DISFRAZADA DE VERDAD

Hace tres meses que hemos solicitado a la Justicia Federal su intervención ante la intención del Gobierno Nacional de trasladar el BNDG del lugar histórico donde fue fundado y continúa funcionado de manera ininterrumpida, con una reconocida excelencia y trayectoria de trabajo. En el marco de la causa “Chorobik de Mariani, María Isabel y otros c/ PEN- Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva- Ley 26.548 s/ Proceso de conocimiento”, radicada en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal I, se nos otorgó una medida provisional para impedir el traslado del BNDG, hasta resolver la medida cautelar solicitada.

La gravedad de los derechos afectados por la Ley 26.548 nos conmovió no solo como familiares de víctimas del terrorismo de Estado, sino como custodios de las instituciones que, como el BNDG, se crearon para llevar adelante las tareas de reparación que se debe nuestra democracia.

Parte de los cuestionamientos constitucionales hacia la Ley 26.548 fueron expresados en el propio Informe del Comité, como puede observarse en el texto de las “Observaciones finales sobre el informe presentado por Argentina en virtud del artículo 29, párrafo 1, de la Convención” aprobadas por ese Comité en su 5° período de sesiones, llevado a cabo del 4 al 15 de noviembre de 2013.

Ponemos en evidencia, que las noticias difundidas como “un respaldo internacional al traslado del BNDG” por medio de este Informe, son falsas. Por lo tanto, cabe aclarar que esta información recortada tiene la intención de avalar “la celebración” por parte de la Asociación Abuelas de Plaza de Mayo ante el pronunciamiento del Comité contra la Desaparición Forzada de las Naciones Unidas sobre la ley del BNDG, y con esto legitimar el traslado del Banco a la órbita del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, cuyo máximo interesado es el Gobierno Nacional, impulsor de la nefasta Ley 26.548.

Si los medios masivos de comunicación hubieran incluido la investigación de la fuente de la información difundida, se hubieran dado cuenta de la marcada preocupación del Comité acerca de la impunidad de las desapariciones forzadas en democracia en Argentina, la ausencia de medidas legislativas eficaces y datos estadísticos respecto a estas desapariciones posteriores al 10 de diciembre de 1983. En especial, con respecto al BNDG, el Comité expresó de manera enérgica en el apartado N° 24 que “nota con satisfacción las diversas leyes que disponen medidas de reparación a víctimas de violaciones de los derechos humanos ocurridas durante la dictadura militar. Sin embargo, el Comité lamenta que las disposiciones de las respectivas leyes cubren solamente a las víctimas de los sucesos ocurridos hasta diciembre de 1983 y que no existe una legislación similar para las víctimas de las desapariciones forzadas desde esa fecha. El Comité recuerda que la reparación de las victimas y la recuperación de la verdad sobre las circunstancias de las desapariciones forzadas son un compromiso permanente del Estado parte (art. 24)”.

Como venimos señalando, la Ley 26.548 restringe el derecho a la identidad biológica universal de las personas nacidas en fecha posterior al límite temporal impuesto. Esta barrera no existía cuando se creó el BNDG por medio de la Ley 23.511 y constituye una medida legislativa regresiva de los derechos humanos. Por ello, lejos de avalar esta regresividad, el Comité manifestó en el apartado N° 35 de dicho Informe que “alienta al Estado parte a continuar sus esfuerzos para velar que su sistema legal garantice a todas las víctimas de una desaparición forzada el derecho a la reparación, a la verdad y a una indemnización rápida, justa y adecuada. Asimismo, el Comité insta al Estado parte a eliminar la limitación temporal contenida en las leyes a que se refiere el párrafo anterior”.

No estamos dispuestos a resignar nuestros derechos a la verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, ejercidos ante el Poder Judicial para prevenir que la manipulación del BNDG y la utilización de su patrimonio, prestigio y equipo de profesionales para otros fines que desnaturalicen su razón de ser: garantizar el derecho universal a la identidad. Derecho que no debe ser exclusivo de los nacidos o registrados hasta el 10 de diciembre de 1983. Mas aún, no estamos dispuestos a permitir que por medio de informaciones falsas, reproducidas por los medios masivos de comunicación, se pretenda persuadir acerca de la constitucionalidad de una ley que consagra la exclusión y desigualdad de aquellos nacidos después de una fecha impuesta de manera arbitraria e intencional.

En el Informe remitido por Argentina, acerca de las observaciones del Comité, se omitió considerar que las políticas públicas implementadas para garantizar el derecho a la identidad solo protegen a los nacidos durante la dictadura militar. La ley 26.548 le cierra las puertas del BNDG a los que no califican de apropiados o desaparecidos por el terrorismo de Estado, así como la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (CONADI) solo investiga estos nacimientos. Por otro lado, quienes tuvieron la posibilidad de acceder al BNDG pero cuyo ADN no coincidió con las pocas muestras genéticas disponibles, son abandonados a su suerte.

Por todo lo expuesto, los integrantes de la mesa de trabajo de Todos x el Banco decimos:

- No al traslado del BNDG.
- Plena vigencia del Derecho Universal a la Identidad
- Urgente apertura de todos los archivos de la represión
- Juicio y castigo a todos los responsables del terrorismo de Estado

FIRMAN:
Asociación Anahí
Asociación de Ex-Detenidos Desaparecidos – AEDD
Asociación de Profesionales en Lucha – APeL
Colectivo Memoria Militante
HIJOS La Plata
Familiares y Militantes de Derechos Humanos

Fuentes:
http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/CED/Session5/CED.C.ARG.1_sp.pdf
http://www.ohchr.org/Documents/HRBodies/CED/Session5/CED.C.ARG.Q.1_sp.pdf
http://www.cels.org.ar/common/documentos/Informe_ComiteD_ONU.pdf

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