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Corrientes: Otorgan personería jurídica de comunidad indígena a pobladores de Yahaveré
Por Memorandu - Thursday, Nov. 28, 2013 at 4:09 PM

El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas otorgó la personería jurídica a la comunidad aborigen de Yahaveré en el Departamento de Concepción. Estiman que favorecerá la defensa de los derechos de los pobladores.

Corrientes: Otorgan ...
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El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas otorgó la personería jurídica a las comunidades indígenas Yahaveré y Ava Guaraní Cua Cuariño Ge Zenta (ambas guaraní) a la mapuche “Fentren Peñi” y la del pueblo Comechingón, a través de resoluciones publicadas hoy en el Boletín Oficial con la firma del titular del Instituto -dependiente del Ministerio de Desarollo Social- , Daniel Fernández.

Por Resolución Nº 572/2013 se otrogó la personería a la comunidad indígena Yahaveré, del pueblo guaraní, asentada en el Paraje Yahaveré, Municipio de Concepción, Departamento Concepción, Provincia de Corrientes, que había solicitado la inscripción de su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas.

En los fundamentos menciona que el artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, así como la personería jurídica de sus comunidades.

Por Resolución 573/2013 otorgó la personería a la comunidad Ava Guaraní Cua Guariño Ge Zenta, perteneciente al Pueblo Ava Guaraní, asentada en el Barrio Juan Pablo II (Ex Chatarrero), ciudad de San Ramón de la Nueva Orán, Departamento Orán, Provincia de Salta. Con idéntico criterio por Resolución Nº 291/2013 se otorgó la personería a la comunidad mapuche “Fentren Peñi”, perteneciente al Pueblo Mapuche, asentada en los Parajes Mina de Indio y Colonia Pastoril Cushamen, Departamento Cushamen, Provincia del Chubut.

Asimismo por Resolución Nº 616/2013 se otorgó la personería a la comunidad Macat Henen, perteneciente al Pueblo Comechingon, asentada en la localidad de La Higuera, Departamento Cruz del Eje, Provincia de Córdoba.

YAHAVERE
El caso de los pobladores de Yahaveré tomó trascendencia tras la construcción por parte de una empresa forestal de un terraplén que inundó campos de antiguos pobladores y limitó caminos de uso público.

Una larga historia judicial se desató en torno al terraplén que tras una orden de detención de la obra siguió creciendo hasta alcanzar más de 20 kilómetros de largo, y varias extensiones anexas.

Fallos posteriores ordenaron la destrucción, pero el terraplén siguió en pie. Actualmente rige un acuerdo de demolición entre el Estado y la justicia.

EL TERRAPLEN
El polémico el terraplén en Yahaveré fue levantado en 2005. En ese año la empresa llamada Haciendas San Eugenio (en ese entonces Forestal Andina) compró campos en la Reserva Iberá en el Departamento de Concepción, y comenzó la construcción de un terraplén para secar los humedales de esa zona de Iberá y poder realizar sus actividades productivas.

El terraplén llegó a tener más de 24 kilómetros y tiene desde 2007 sentencia firme de demolición por parte del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Corrientes (año 2007 Expediente N C12 -74036/5) y ratificación de la misma por parte de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (13/10/2009).

Pero para grupos ecologistas no solo se ha vulnerado la legislación ambiental y alterado la dinámica de escurrimientos de las aguas de un tercio de la cuenca Iberá, sino que también, y más importante aún, se han vulnerado los derechos ancestrales de los pobladores ribereños de Yahaveré.

Se criticó en su momento la sanción de la Ley N° 5993 para la creación del complejo eco-turístico “Yaguareté Corá” en tierras fiscales invadidas por la empresa y la firma del decreto N° 1927, en 2011, mediante el cual se acepta la donación del terraplén por parte de Hacienda San Eugenio al Estado Provincial para dar cumplimiento a la Ley N° 5993.

En una Resolución de marzo de 2011 la Cámara de Apelaciones señaló que llama la atención que en autos existían elementos que pretendían bajo modalidades encubiertas (declaración de interés turístico de la zona mediante ley, peticiones para que no se demuela lo resuelto por el Poder Judicial que se debe demoler, etc.) que la sentencia con autoridad de cosa juzgada y con carácter de “erga omnes” no se cumpla y de esa manera evadir el cumplimiento de la sentencia dictada”.

El último trámite de la causa fue la resolución emitida por el Juez Dr. Pablo Teller (del juzgado civil y comercial N° 12) que ordenaba al ICAA (Instituto Correntino del Agua y del Ambiente) cumplir con la sentencia de demolición del terraplén en Yahaveré.

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