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El Decreto de Pinochet y la Ley Kunkel, (in)feliz coincidencia
Por Ferrnando Rosso - Friday, Apr. 18, 2014 at 6:25 PM

El Decreto Supremo Nº 1086, promulgado en 1983 durante la dictadura de Augusto Pinochet sentencia:

El Decreto de Pinoch...
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“Artículo 2°. (http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=16783) Para las reuniones en plazas, calles y otros lugares de uso público regirán las siguientes disposiciones:

a) Los organizadores de toda reunión o manifestación pública deben dar aviso con dos días hábiles de anticipación, a lo menos, al Intendente o Gobernador respectivo. Las fuerzas de Orden y Seguridad Pública pueden impedir o disolver cualquier manifestación que no haya sido avisada dentro del plazo fijado y con los requisitos de la letra b.

b) El aviso indicado deberá ser por escrito y firmado por los organizadores de la reunión, con indicación de su domicilio, profesión y número de su cédula de identidad. Deberá expresar quiénes organizan dicha reunión, qué objeto tiene, dónde se iniciará, cuál será su recorrido, dónde se hará uso de la palabra, qué oradores lo harán y dónde se disolverá la manifestación”.

El proyecto presentado (http://es.scribd.com/doc/218618524/Ley-de-Convivencia-Manifestaciones-Publicas1) por los diputados kirchneristas encabezados por Carlos Kunkel y Diana Conti dice:

Artículo 5.- MANIFESTACIÓN LEGÍTIMA. Se considera que una manifestación pública es legítima cuando reúne los siguientes elmentos:

- Después de los incisos a, b, c y d, en el inciso "e" afirma: "Es notificada en los términos de la presente ley".
- Y en su Artículo 7.- SOBRE LA NOTIFICACIÓN. Toda manifestación pública debe ser notificada ante representación policial, con una antelación no menor de 48 horas. En esa notificación deberá indicarse:

a) El lugar en que se llevará a cabo
b) El tiempo estimado
c) El objeto de manifestación
d) El manifestante delegado

Si la manifestación no cumple con alguno de los requisitos del Artículo 5, entre ellos la notificación, se infiere lógicamente que es ILEGÍTIMA.

Con respecto a esto dice en su Artículo 10.- MANIFESTACIÓN ILEGÍTIMA. Una manifestación ilegítima y que afecta derechos de terceros puede ser dispersada por las fuerzas de seguridad con el objeto de garantizar esos derechos, pero siempre sometiéndose la actuación de éstas a los procedimientos y límites previstos en los capítulos I y III de esta ley.

Cualquier similitud ¿es pura casualidad?

Hasta podría afirmarse que "formalmente" el decreto pinochestista que sigue vigente hasta hoy, tiene el decoro de mostrarse como más "democrático", ya que el aviso tiene que realizarse ante autoridades civiles, mientras que en el "proyecto-Kunkel" se obliga a que el aviso se realice directamente ante la misma policía.

Esta nota (http://www.lanacion.cl/audiencia-en-cidh-abogados-piden-que-chile-derogue-decreto-de-pinochet/noticias/2011-10-28/104111.html) cuenta que abogados de los derechos humanos de Chile reclamaban en el año 2011, ante la Convención Interamericana de los Derechos Humanos, justamente contra ese aspecto en el que coinciden el Decreto de Pinochet y la Ley de Kunkel, con los siguientes argumentos:

DECRETO SUPREMO Nº 1086

Los abogados también describirán uno de los instrumentos legales que viola el derecho a manifestarse libremente sin pedir autorización. Se trata de la vigencia y utilización del Decreto Supremo Nº 1086, promulgado en 1983 durante la dictadura de Augusto Pinochet, con Sergio Onofre Jarpa como ministro del Interior.

Asesoría Ciudadana explica que el DS 1086 limita un derecho resguardado en la Constitución Política de Chile (art. 19 N° 13), que es la libertad de reunión pública. No sólo eso: también vulnera el artículo 15 de la Convención Americana de Derechos Humanos, suscrita por nuestro país.

Los abogados chilenos explicarán al organismo interamericano que el DS no es una ley, y no persigue un fin legítimo ya que dar aviso a la autoridad no es a priori defensa de ninguno de los fines explicitados, aseguran. "Se trata de una acción desproporcionada, porque la mera falta de aviso no es título legítimo (desde la Convención) para disolver una marcha pacífica y sin armas", explicarán.

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Al salame le preguntaron sobre la pena d su proyecto y no sabia
Por pep - Friday, Apr. 18, 2014 at 6:42 PM

fue en la r& pop y encima se enojo y no se que dijo acerca de las directivas que dan y quedó en evidencia que las directivas se las dieron a él

EN EL ARGENTINO DEL 15/4/14 SACARON UNA NOTA DICIENDO QUE MACRI OFRECE AYUDA PARA TERMINAR CON LOS PIQUETES.
MAS ABAJO ESTÁ UN REUADRO ENE EL QUE ESTÁN TRATANDO DE DESPROCESAR A A UN SINDICALISTA DE ATE POR LA REPRESIÓN DEL BORDA. NADIE PONE EN DUDA QUE QUIZÁS FUE UN RECLAMO LEGÌTIMO EL DEL BORDA PERO EN ESTE CASO HAY QUE DESPROCESAR.
QUE DESPROCESEN A LOS TRABAJADORES DE LAS HERAS CONDENADOS A CADENA PERPETUA POR CRÍMENES CON PRUEBAS OBTENIDAS BAJO APREMIOS ILEGALES ( NO SE SI SE PUEDE DECIR TORTUGA)

AHORA PRESENTAN PROYECTO PARA “ ENCAUZAR LA PROTESTA” SOBRE TODO SI NO SE PIDE PERMISO.

CUANDO HAY UN ACTITO MOVILIZAN A FUERZA DE CHORI DICEN UNOS SIMPLIFICANDO, LA REALIDAD ES QUE TODO ES RENTADO Y NO POR EL PARTIDO. UTILIZAN SUS FUERZAS DE MOVILIZACIÓN, MAS QUE FUERZAS VERDADERAS MASAS, QUE ACUDEN DE TODO EL PAÍS Y NO SE PUEDE DECIR QUE TODOS ESTÁN PAGADOS PERO NO ES GRATIS PARA EL ESTADO PROVINCIAL O MUNICIPAL. CARAVANAS DE ÓMNIBUS.

LIBERTAD A LOS PRESOS DE LAS HERAS !!!!

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NADA ES CASUAL
Por OMAR EL COLECTIVERO - Sunday, Apr. 20, 2014 at 10:28 PM

Si, nada es casual, ya lo demuestra pep que le falta que la democracia es manipulada por el chori y la coca y por lo tanto habria que prohibirles a los pobres votar para que no sean manipulados.
Que de Ultraizquierda te alabe un Gorila y Oligarca como pep, con motes aristocraticos y racistas, NO ES CASUAL.
Ahí tenes Avivol dos mas para tu Internacional de Masas Sergio.
OMAR EL COLECTIVERO, EL CHOFER DE LA PATRIA GRANDE

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