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La justicia rafaelina frena política persecutoria de Jorge Hoffmann
Por ATE Rosario - Saturday, Apr. 19, 2014 at 4:46 PM

Rosario, 17 de abril de 2014. “No puedo obviar el mecanismo empleado para la destitución de la actora (Ángela Corvalán) que no condice no ya con las normas estatutarias (de ATE) sino con el concepto de estado de derecho donde, entre otros, el derecho a defensa tiene un valor preponderante” (…) Si el Consejo Directivo Provincial (de ATE Santa Fe) cuestionó la vía del amparo elegido por la actora, qué decir del cuasi proceso oral y sumarísimo al que fue sometido la actora en la Asamblea extraordinaria del día 19/11/2013, convocado de manera tendenciosa y sin asistencia ni garantías de ninguna naturaleza”

La justicia rafaelin...
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El texto citado más arriba no pertenece a un crítico de las políticas gremiales del Dr. Jorge Hoffmann, sino al Dr. Lucas Marín, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la ciudad de Rafaela, en el Fallo Corvalán contra Asociación Trabajadores del Estado (Consejo Directivo Provincial para ser más exactos) por acción de amparo , del 28 de marzo de 2014. La compañera Ángela Corvalán había recurrido a la justicia para recuperar su derecho a estar afiliada a un sindicato y a proseguir el mandato al frente de la Seccional Rafaela, cargo para el cual había sido elegida democráticamente por los afiliados/as de la mencionada Seccional; derecho del cual había sido desposeída por el CDP de ATE Santa Fe.

En un proceso que tuvo una gran repercusión en la Provincia, el 19 de noviembre de 2013 el Consejo Directivo Provincial de ATE Santa Fe “expulsaba” – a través de una Asamblea extraordinaria en Rafaela fuera de toda legalidad - a la compañera Ángela Corvalán de la conducción de la Seccional Rafaela, y además la echaba del sindicato, es decir, le negaba hasta el derecho de ser afiliada a nuestro gremio.

Las acusaciones del CDP de ATE Santa Fe hablaban de faltante de dinero, sin embargo, las actuaciones de la justicia rafaelina y de la auditoría llevada a cabo por ATE Nacional no sólo no prueban las acusaciones de Hoffmann y sus amigos/as, sino que encontraron graves irregularidades tanto en el manejo del dinero por parte de Consejo Provincial, como en arbitrarias decisiones de política gremial, obviando y en muchos casos desconociendo el Estatuto de nuestra Asociación.

La resolución del Dr. Lucas Marín va paso a paso destruyendo el armado encarado por integrantes del CDP ATE Santa Fe para destituir a la Secretaria General de ATE Rafaela.

En cuanto a la falta de dinero, Martín se basa en la auditoría de un órgano superior a cualquier Consejo Provincial; la auditoría realizada por el Consejo Directivo Nacional de ATE que “pone en duda” la imputación invocada. En el punto dos demuestra la falta de conocimiento estatutario del Consejo Directivo santafesino ya que desconoce que “los fondos se manejaban por medio de un órgano plural, por lo tanto existe co-responsabilidad de todos los integrantes de la Comisión Administrativa de la Seccional Rafaela” por lo que no da a lugar a que, en el caso de haber existido dolo, cosa no probada, fuera sólo Ángela Corvalán la responsable. El Juez cita nuevamente a la auditoría: “Tratándose la conducción de la Seccional ATE Rafaela de un cuerpo colegiado, Secretaría General, Secretaría General Adjunta, Secretaría de Finanzas, Secretaría Administrativa y hasta Comisión Revisora de Cuentas, se concluye que la Seccional es responsable en su conjunto por el manejo de fondos de terceros (…) Me pregunto entonces por qué razón se convocó a la asamblea cuestionada identificando sólo a la actora como responsable de la irregularidad”.

Luego cuestiona el papel jugado por el Consejo Directivo Provincial, teniendo en cuenta que acusa un faltante de dinero recién en 2013, pero que, además de no coincidir las cifras con las de la auditoría de la ATE Nacional, esta última detectó que ya existían diferencias desde el año 2011.

También es cuestionada por Juez la forma de llevar el control sobre el manejo de dinero, que debe realizarse a partir de sostener libros llevados en forma legal y “no mediante un intercambio epistolar entre el CDP y la actora”.

El Juez en lo laboral de Rafaela pone el acento luego en lo tendenciosas que fueron las convocatorias realizadas por la Comisión Administrativa de Rafaela (siempre con integrantes del Consejo Directivo Provincial presentes) que identificaba ya en el punto uno al faltante de dinero con las actuaciones de Ángela Corvalán, tergiversando además en las sumas mencionadas, con el agravante de lo planteado ya más arriba: si falta dinero la responsabilidad es del cuerpo colegiado, léase Comisión Administrativa y no sólo de su Secretaria general.

Sobre la afirmación que en la Asamblea convocada para destituir a Ángela Corvalán ésta pudo defenderse el Juez es categórico: “El Consejo Directivo Provincial sostiene que la actora pude defenderse en la misma asamblea, pero no es así. La defensa no se ejerce de cualquier manera y momento. En una asamblea donde se trataba un supuesto faltante de dinero, pretender que la actora lo explique cuando no estaba claro si había faltante o si en realidad era todo producto de desmanejo administrativo, con cuestiones contables que la actora reconocía no estaba capacitada para brindar, con cantidades absolutamente disímiles entre lo que decía el Consejo Directivo Provincial y el Nacional; y siendo interpelada por los demás co-responsables en el hecho, no puedo menos que concluir que la actora no estaba de manera alguna preparada para asumir una defensa que, además, no contaba con asistencia técnica (contable)”.

Pero el Juez va más allá y ve en esta Asamblea una maniobra pergeñada entre el CDP de ATE Santa Fe y parte de la Comisión Administrativa de Rafaela para perjudicar a Corvalán.

“La arbitrariedad resulta palmaria porque el acto fue convocado por quienes la auditoría nacional señalaba como los demás co-responsables de la irregularidad en el manejo de dinero; en lo que debe calificarse como una estrategia común entre la conducción residual de la Seccional local y el Consejo Directivo Provincial (ambos señalados con igual responsabilidad que Corvalán); con la única intención de identificar las irregularidades con la persona de Corvalán; y sin respetar el derecho de defensa. Estrategia común que ya se advierte en su faz preparativa si me atengo a que las actas de Comisión Administrativa de la Seccional Rafaela de los días previos a la asamblea cuestionada, siempre contaba con la presencia integrantes del Consejo Directivo Provincial. Intervención que carece de todo justificativo por más que se interesaran en conocer la situación sobre las diferencias económicas”.

Luego el Juez Lucas Marín le explica a ATE Santa Fe qué es el derecho a defensa y les señala que deberían aprender el estatuto de su propio sindicato. “El derecho de defensa no es sólo hacer un descargo, de cualquier manera y en cualquier momento: El propio estatuto de ATE establece que para suspender a un afiliado debe correrse vista al afiliado de los cargos que se le formulen, darle oportunidad suficiente para su descargo y ofrecimiento de pruebas (art.11). Si esto se establece para la aplicación de suspensiones, qué decir para las expulsiones, que se suponen son sanciones de mayor gravedad. Y así, este estándar fijado por ATE no fue observado en el caso de la actora, dado que además de no correrse vista de los cargos imputados, no se le dio oportunidad ‘suficiente’ para efectuar su defensa y ofrece pruebas”, fijando luego jurisprudencia al respecto, generada por la propia ATE en diferentes lugares del país donde ha peleado por lograr la defensa de derechos a los trabajadores, y luego va más allá calificando la actuación del CDP de ATE Santa Fe como de “manifiesta ilegalidad”. “Esto lleva al segundo aspecto que me interesa tocar y es la manifiesta ilegalidad del acto. No solo por resultar violatorio del derecho de defensa de raigambre constitucional (art.18 CN), sino de normas estatutarias específicas. Como dije, no se cumplió con el mecanismo estatutario previsto para aplicar sanciones conforme el capítulo VI del estatuto”.

Por último observa en los testimonios recogidos un manifiesto interés en perjudicar a Ángela Corvalán, tanto en algunos integrantes de la Comisión Administrativa “residual” de la Seccional Rafaela como en los integrantes de CDP de ATE Santa Fe, mientras que otros testimonios sirvieron para determinar la maniobra llevada a cabo por el Consejo Directivo Provincial: Es importante destacar lo que el juez observa en el testimonio de quien es nada menos que el Secretario General Adjunto de la ATE Santa Fe, el sr. Marcelo Delfor. Sobre esto dice el Juez: “También los testimonios de los miembros del Consejo Directivo Provincial aparecen teñidos de un interés particular en perjudicar a la amparista. El testimonio de Delfor fs. 194/196), quien se presentó como Secretario Genera Adjunto del Consejo Directivo Provincial merece ser destacado. La única vez que se refirió a la auditoría encargada por el Consejo Directivo Nacional fue para señalar lo que dicho informe no dice: concretamente habló de “faltante” de dinero cuando la auditoría refirió claramente "que las diferencias no responden, necesariamente, a faltante de dinero a rendir.

Tampoco dio respuesta suficiente a la razón por la cual se individualizó a la amparista como la única responsable. No es admisible el argumento de que ella era la única que manejaba el dinero, porque si esto fue así y el Consejo Directivo Provincial estaba en conocimiento, debió haber efectuado los controles necesarios para encarrilar la administración de acuerdo a la conformación orgánica de la Seccional, o incluso denunciar la situación ante el Consejo Directivo Nacional. En su lugar, consintió todo lo actuado por Corvalán. Tampoco justificó de manera suficiente porqué razón omitió considerar las conclusiones de la auditoría nacional”. En forma similar entiende el Juez Marín los testimonios de otros integrantes de CDP de ATE Santa Fe tales los casos de Martín, y Avallone, ambos con importantes responsabilidades en la conducción de la ATE Santa Fe.

Luego el Juez cita a otros testigos que prueban la “intervención” de la Seccional por parte de gremialista llegados de la ciudad de Santa Fe. “Por su parte, la testigo Aguirre (fs.188) aporta datos de singular importancia, como que los miembros del Consejo Directivo Provincial manejaron la asamblea extraordinaria del 19/11/2013 y que los asistentes ni siquiera tenían a su disposición el padrón (preg.16).

La testigo Tulli (fs.190), por su parte, aportó otro dato importante. Señaló a los miembros del Consejo Directivo Provincial como los que dirigieron la asamblea extraordinaria del día 19/11/2013 (preg.15 y 16), que hubo irregularidades en la asamblea, que los argumentos para tomar la decisión sólo se conocieron por parte de los miembros del Consejo Directivo Provincial, que se la agredió verbalmente a la actora (preg.18). Los testigos Aguirre y Tulli dan cuenta, entonces, de una indebida injerencia del Consejo Directivo Provincial en la realización de la asamblea extraordinaria del día 19/11/2013, lo que no condice con los principios de libertad y democracia sindical”. El Juez asegura que esta injerencia de ATE Santa Fe fue determinante para volcar la asamblea extraordinaria en contra de la compañera Corvalán.

A partir de estas consideraciones el Juez Lucas Marín resolvió: 1) Hacer lugar a la acción de amparo. 2) Condenar a Asociación de Trabajadores del Estado a reponer en forma inmediata a la actora en su condición de afiliada y en el cargo de Secretaria General de la Seccional Rafaela, con ejercicio pleno de los derechos y obligaciones que ostenta en tales condiciones. 3) Recomendar al Consejo Directivo Nacional de ATE la urgente resolución del conflicto. 4) Imponer las costas a Asociación de Trabajadores del Estado.

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Equipo de Comunicación ATE – CTA Rosario

Notas Relacionadas:

- Diario Castellanos: RESTITUYEN A CORVALÁN EN LA SECCIONAL RAFAELA DE ATE

- Rafaela Noticias: Restituirían a Ángela Corvalán en su cargo

- Radio San Patricio: El Juez Marín ordenó a Corvalán retomar a su cargo de Secretaria General de A.T.E.

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Sentencia ATE Rafaela
Por ATE Rosario - Saturday, Apr. 19, 2014 at 4:46 PM

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